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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificio Apóstol Santiago"

Resolución Exenta Nº 461/2017

Santiago, 18 de octubre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 19 de octubre de 2016, su Adenda de fecha 19 de enero de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 18 de agosto de 2017 del Proyecto "Edificio Apóstol Santiago" presentada por Apóstol Santiago SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Edificio Apóstol Santiago".

3°. Las Actas de Evaluación N° 02/2016 de fecha 03 de noviembre de 2016 y N° 09/2017 de fecha 07 de septiembre de 2017, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del Proyecto "Edificio Apóstol Santiago" de fecha 25 de septiembre de 2017.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 17 de octubre de 2017.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Edificio Apóstol Santiago".

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que Apóstol Santiago SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA Proyecto "Edificio Apóstol Santiago" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Apóstol Santiago SpA

Rut

76.486.144-2

Domicilio

Rosario Norte 532, Of. 1503, Las Condes, Región Metropolitana

Teléfono

+56 9 84361649

Nombre representante legal

James Walter Teare Naranjo

Rut representante legal

7.955.393-k

Domicilio del representante legal

Rosario Norte 532, Of. 1503, Las Condes, Región Metropolitana

Teléfono de los representantes legales

+56 9 84361649

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de septiembre de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 17 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto "Edificio Apóstol Santiago", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 25 de septiembre de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, agregando las consideraciones que se indica en el considerando 8.5 de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El proyecto "Edificio Apóstol Santiago", tiene como objetivo la construcción de un edificio, de una torre de 25 pisos de altura y 5 niveles subterráneos. El Proyecto contempla un total de 408 departamentos, 220 estacionamientos vehiculares y 273 bodegas, en la comuna de Estación Central.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El proyecto se sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, y, el artículo 3º del D.S. 40/2012, Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1 Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA dado que se emplazará en una zona declarada latente y saturada, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 131/1996 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, actualizado por el Decreto Supremo Nº 66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y contempla la construcción de 408 viviendas.

Vida útil

La vida útil para el proyecto es indefinida.

Monto de inversión

US $14.171.034.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El acto que da cuenta del inicio de ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente corresponderá a la demolición de las edificaciones existentes en el predio.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

El proyecto no se acogió a lo indicado en el artículo 14 del RSEIA.

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se emplazará específicamente en la calle Apóstol Santiago N° 18 y N° 32, comuna de Estación Central, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Justificación de la localización

La localización del Proyecto se justifica principalmente por la variedad de servicios del entorno, tales como supermercados, red de transporte público y servicios asociados a comercio, salud, educación, entre otros.

El Proyecto se insertará en una Zona Mixta que no posee restricciones para este tipo de infraestructuras, permitiendo elementos tales como vivienda, equipamiento y actividades inofensivas. Cuenta con Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación, mediante Resolución N° 11/2016 de fecha 22 de enero de 2016, adjunta en el Anexo N° 2 de la DIA y con Permiso de Edificación N° 275-2016 de fecha 30 de diciembre de 2016, adjunto en el anexo N° 6 de la Adenda Complementaria.

Superficie

La superficie total de terreno donde se emplazará el Proyecto es de 1.636,6 m2, y contempla una superficie total a construir de 25.844,13 m2, las cuales se desglosan de la siguiente manera:

Tabla 4.2.1: Superficies del proyecto

Superficie

m2

Construcción sobre terreno natural

18.707,41

Construcción bajo terreno natural

7.136,72

Total superficie construida

25.844,13

Fuente: elaboración propia a partir del punto A.3.3 de la DIA

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Tabla 4.2.2 Coordenadas del proyecto, Datum WGS84, huso 19 S

Punto

Este

Norte

A

342.661

2.697.379

B

342.663

2.697.419

C

342.624

2.697.419

D

342.622

2.697.387

E

342.629

2.697.385

F

342.629

2.697.379

Fuente: Tabla 1. Vértices Proyecto (Datum WGS 84, Huso 19 S.), de la DIA.

Caminos de acceso

Para la fase de construcción, el titular definió las siguientes rutas:

·         Material Escombros: Apóstol Santiago-Av. Ecuador-Toro Mazotte-Libertador B. O'Higgins-Padre Alberto Hurtado- Autopista Central-Padre Alberto Hurtado-Padre Alberto Hurtado-Pedro Aguirre Cerda-Suiza-Pdte. Salvador Allende

·         Material Hormigón: La Divisa-Puerta Sur-Autopista Central-Padre Alberto Hurtado-Av. Ecuador-San Gumercindo-Buzo Sobenes-Buzo Sobenes-Apóstol Santiago.

·         Material Acero: Camino a Melipilla-Américo Vespucio-Padre Alberto Hurtado-Av. Ecuador-San Gumercindo-Buzo Sobenes-Apóstol Santiago.

·         Material Otros Materiales: José Miguel Carrera-Departamental-Cerillos-Gral. Velázquez-Padre Alberto Hurtado- Autopista Central-Padre Alberto Hurtado-Padre Alberto Hurtado-Av. Ecuador-San Gumercindo-Buzo Sobenes- Apóstol Santiago

·         Material RESPEL: Apóstol Santiago-Av. Ecuador-Toro Mazotte-Libertador B. O'Higgins-Padre Alberto Hurtado-Autopista Central-Av. Lo Espejo-Av. Lo Espejo-Camino a Lonquén-Santa Marta-Las Industrias

·         Material Otros Materiales: José Miguel Carrera-Departamental-Cerillos-Gral. Velázquez-Padre Alberto Hurtado-Autopista Central-Padre Alberto Hurtado-Padre Alberto Hurtado-Av. Ecuador-San Gumercindo-Buzo Sobenes-Apóstol Santiago

·         Material RESPEL: Apóstol Santiago-Av. Ecuador-Toro Mazotte-Libertador B. O'Higgins-Padre Alberto Hurtado-Autopista Central-Av. Lo Espejo-Av. Lo Espejo-Camino a Lonquén-Santa Marta-Las Industrias

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Figura 2. Plano de ubicación del Proyecto georreferenciado, de la DIA.

Tabla 2. Frecuencia de viaje por tipo de material, Fase de Construcción, de la DIA

Anexo 1 Cartografía Digital KMZ, de la Adenda.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1 FASE DE CONSTRUCCION

Demolición

Corresponde a la demolición de las edificaciones existentes, una fábrica textil de nombre “Inés Johnson” y una vivienda con uso de oficina de tipo casa (para mayor detalle revisar Anexo N° 9. Fotografías del Estado Actual del Sector de la DIA). El período para efectuar esta actividad será de un mes. En caso que durante este intervalo se identifiquen materiales con contenido de asbesto, se dará cumplimiento a los procedimientos sectoriales establecidos por la Autoridad Sanitaria, además de disponer los residuos generados en los lugares autorizados según su clasificación. Es importante señalar que las edificaciones presentes en el área del Proyecto no tienen relación con el desarrollo de este.

Preparación del terreno

De manera previa a las excavaciones, se efectuará una remoción de material en toda la superficie que considera el Proyecto (1.636,6 m2). Dicha remoción se empleará para despejar el terreno, cuyos residuos serán dispuestos en un botadero previamente establecido y autorizado por la Autoridad Sanitaria. Se estima que el volumen generado por esta actividad corresponde a 490,98 m3.

Instalación de faenas

Considera el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas, servicios higiénicos, recinto para obreros, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua potable.

Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados a partir del D.S. 594/99, referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo. En cuanto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado se solicitará la conexión con la empresa sanitaria del sector. Para mayor detalle revisar Anexo N°13. Plano Instalación de Faenas de la DIA.

Considerando que se propone el uso de baños químicos para la instalación de faenas, durante la fase de construcción, previo a la conexión al sistema público de recolección y conducción de las aguas servidas, se tendrán las siguientes consideraciones:

·         Será responsabilidad del titular la instalación, mantención, transporte y limpieza de estos servicios higiénicos provisorios.

·         El número mínimo de artefactos, se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. 594/99 del MINSAL sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

·         Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·         Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·         El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

Sitio de acopio temporal de residuos no peligrosos

El Patio Temporal de Residuos corresponde a una instalación destinada para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados durante la faena, con la finalidad de ser enviados de manera posterior a los destinos autorizados, cumpliendo con los estándares y plazos establecidos en la normativa vigente. Dicho sector contará con un lugar para el almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y otro para residuos sólidos domésticos, estando estos debidamente separados por sectores dentro del mismo patio de acopio.

Los residuos sólidos domiciliarios se dispondrá aproximadamente como promedio un mínimo de 3 contenedores con ruedas de tapa hermética, cada uno con una capacidad de 360 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal (lunes, miércoles y viernes). En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud.

Para el caso de los escombros, estos serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.

Para los residuos inertes el suelo contemplado estará compactado y libre de vegetación. No se considera impermeabilización debido a las características del tipo de residuo a acopiar. La superficie considerada contempla aproximadamente un ancho de 10 m y un largo de 3m. No se incluye techo. En cuanto a los residuos de construcción, estos serán dispuestos en sectores separados por tipo de residuos; a granel (Escombros, despuntes de madera, despuntes de fierro) o en contenedores estancos o tambores metálicos.

Mas antecedentes en el Capítulo C.2.1 Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA y en el Capítulo 9 del ICE.

Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos

El proyecto contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de acuerdo a las siguiente características:

·         Piso: Tendrá una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

·         Cierre: Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Dicho cierre estará compuesto por planchas de zinc de 0,35 mm de espesor, las cuales serán impermeables, resistentes a la corrosividad, incombustibles y con una resistencia al fuego F-15.

·         Techo: Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Este techo será de zinc de 0,35 mm de espesor ondulado.

·         Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

·         Capacidad de retención: Estará conformada por un borde canal conductor de 10 cm *15 cm, cuya capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Cabe precisar, que la bodega además contará con elementos tales como arena o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) y, pala y escoba para recuperar los materiales contaminados, los que serán dispuestos en un contendor destinado exclusivamente para la disposición de este tipo de residuos, el cual se encontrará en la bodega de residuos peligrosos. Finalmente, se destaca además que la bodega cuenta con un kit adicional de respuestas para derrames de químicos peligros, el cual se detalla en Anexo N°15. Plan de Contingencia y Emergencia de la DIA.

·         Señalización: Dispondrá de letreros que indiquen el tipo de bodega (ej: “Bodega de Residuos Peligrosos”) y rombos de peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena Nch. 2.190 Of 2003. Además se dispone de las Hojas de Seguridad (HDS) de los residuos almacenados en la bodega.

·         Deberá tener acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el personal de la instalación.

·         La iluminación y ventilación será de tipo natural.

·         La ventilación proyectada será de un 5% de la superficie de los muros, impidiendo a la vez el ingreso de vectores.

·         La bodega deberá contar con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos, ubicado en un sitio de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocará a una altura máxima de 1,30 m., medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estará debidamente señalizado.

Mas antecedentes en el Capítulo C.2.2 Permiso Ambiental Sectorial 142 de la DIA y en el Capítulo 9 del ICE

Obra gruesa

La edificación comenzará con las actividades de socalzados y excavaciones, para continuar con las respectivas fundaciones. De manera posterior se iniciará el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se continuará con la instalación de tabiquerías, ductos e impermeabilización.

A continuación se detallan algunos de los procesos considerados en esta etapa:

·         Socalzados: Buscan generar un refuerzo estructural de las fundaciones que considera el Proyecto, con el objetivo de mejorar o mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda.

·         Excavación: Las excavaciones se realizarán a partir de las dimensiones, cotas y pendientes consideradas en los Planos del Proyecto, previa instalación de los elementos de seguridad necesarios. El material obtenido a partir de las excavaciones podrá ser empleado para los rellenos, en los casos en que este cumpla con lo establecido en cuanto al tipo de suelo. El material restante será depositado en un botadero autorizado por la autoridad pertinente. A partir de lo estipulado por el Estudio Atmosférico que se acompaña en el Anexo Nº 6. Emisiones Atmosféricas Actualizado de la Adenda, la cantidad de material a extraer es de 23.760,7 m3, al cual se aplica un factor de esponjamiento de un 25%, alcanzando un volumen total de 29.700,88 m3.

·         Fundaciones: Otorgan un elemento estructural de transferencia de las cargas de la estructura que considera el Proyecto al terreno.

·         Moldaje: Consiste en un conjunto de elementos dispuestos de forma tal que cumplen con la función de moldear el hormigón fresco a la norma y tamaño especificado, controlando su posición y alineamiento dentro de las tolerancias exigidas.

Para el Proyecto, se considerarán elementos metálicos, madera o similar, la colocación de éstos se realizará procurando asegurar su absoluta indeformabilidad desde el momento del montaje hasta el descimbre. En estos deberán quedar colocados los elementos de anclaje y/o instalaciones que estarán incorporados o empotrados en las estructuras resistentes de hormigón. Cuando el moldaje se use en reiteradas ocasiones, se tomará la precaución de mantener limpia y lisa su superficie, eliminando aquellas protuberancias originadas por el hormigón.

·         Cubierta del Edificio: Para la techumbre se considerará aislación térmica en losa cielo de zonas habitables, en base a una placa de poliestireno expandido de alta densidad de 80 mm de espesor colocada por debajo de la losa de cielo de recintos, anclada por medio de adhesivo tipo Romeral. Sobre esto, la losa de hormigón y encima la lámina asfáltica.

Obras de drenaje y saneamiento

Corresponde a la materialización de la obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias. Todas las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas mediante canaletas hacia cámaras decantadoras (zanjas drenes), calculadas a través de datos hidrológicos en base a la superficie del terreno. De acuerdo a esto, se obtendrá el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona y el índice de infiltración de aguas lluvias. Para mayor detalle, revisar Anexo N°16. Proyecto Aguas Lluvias de la DIA.

Una vez construida la torre el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención permanente de estas obras deberá incluir la limpieza periódica en cada elemento componente del conjunto evacuador de aguas lluvias (canaletas, techo, piletas, cámaras y rejillas).

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias del Gran Santiago, todo de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano, teniendo presente la OGUC y el PRMS.

Lavado de ruedas

Se realizará el lavado de ruedas de los camiones que abandonan el área de trabajo, para evitar la dispersión de material fuera de la zona del Proyecto.

El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos.

Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente, provendrá de la red pública. A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, se concluye que no existirá infiltración de residuos líquidos al suelo provenientes de esta actividad.

Instalaciones

Corresponde a la incorporación de los diferentes equipos y redes que permitirán el suministro y operación del edificio. Las principales instalaciones consideradas corresponden a: Alcantarillado de aguas servidas, agua fría y caliente, lampistería, sala de basura, empalmes y medidores, ascensores, sistema de ventilación y presurización, entre otros.

Terminaciones

Corresponde a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentado de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pinturas, etc.

Obras exteriores

Consiste en el conjunto de obras y trabajos que se efectuarán fuera del edificio y que permitirán complementar y mejorar su funcionamiento. Dentro de las principales actividades a realizar en el edificio, se destacan: pavimentos exteriores, terraza superior y quinchos.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.

Emisiones atmosféricas

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en el Anexo 6 de la Adenda, las emisiones del proyecto son las siguientes:

Tabla. 4.3.1.1. Resumen de emisiones en fase de construcción ton/año

Año

MP10 (ton/año)

CO (ton/año)

NOX (ton/año)

HC (ton/año)

SOX (ton/año)

1

2,16

0,978

3,82

0,432

0,308

2

0,29

0,472

1,876

0,216

0,146

3

0,08

0,072

0,724

0,005

0,046

Limite PPDA

2,5

100

8

100

50

Fuente: elaboración propia a partir de Tablas 74, 75, 76 y 77, del Anexo 6 EMISIONES ATMOSFÉRICAS ACTUALIZADAS de la Adenda.

Al respecto, se observa que pese a que el mayor aporte de emisiones contaminantes de MP10 a la atmosfera se presentará durante el año 1 de la fase de construcción del Proyecto, debido principalmente a la excavación, las emisiones totales no sobrepasarán el límite permitido. El resto de los contaminantes, generados principalmente durante la fase de construcción a partir de la combustión de la maquinaria, se mantienen dentro de los límites permitidos por la norma.

Además, el titular propone las siguientes acciones de control para reducir la emisión de material en suspensión generado por las actividades  constructivas del Proyecto y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso:

·         Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna. Se cubrirán las pilas de tierra y escombros, con lona o malla raschel.

·         Recomendación de velocidad de los vehículos a 20 km/h máximo.

·         Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.

·         Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.

·         Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

·         Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

·         El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

·         Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

·         Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión.

·         Se tomarán las acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes de los vehículos de carga, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.

·         El titular se compromete a establecer un plan de comunicación y manejo con las comunidades aledañas (juntas de vecinos) al lugar de emplazamiento del Proyecto. Para ello, se mantendrá una pizarra informativa en el acceso al Proyecto, donde se indicarán las fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas.

Por otra parte, el Titular implementará un programa de humectación que contenga frecuencia de humectación, hora de humectación, cantidad de agua a utilizar, origen del agua y sectores a humectar, llevando un registro de la actividad, el que estará disponible a la Autoridad.

Más detalles en Anexo 6 Emisiones Atmosféricas Actualizadas de la Adenda.

Ruido

La evaluación de los niveles de ruido se realiza con respecto al límite establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA. Según la ubicación de los receptores y el uso de suelo según el Plan Regulador Comunal (PRC) de Estación Central, todos los receptores (excepto R3) se encuentran emplazados en Zona IPC zona mixta, que permite usos de suelo de vivienda, equipamiento e industria inofensiva lo que, según lo establecido en la normativa ambiental, es homologable a Zona II cuyos límites máximos permisibles son 60 y 45 dBA, para horario diurno y nocturno respectivamente. Por otra parte, el receptor R3 se encuentra emplazado en zona IPB zona mixta que permite los mismos usos de suelo mencionados anteriormente, pero que también posee infraestructura, por lo tanto, también es homologable a zona III, cuyos límites máximos permisibles son 65 y 50 dB(A).

Los niveles de ruido estimados para esta fase se indican en la siguiente tabla:

Tabla 4.3.1.2 Evaluación de cumplimiento normativo con y sin  medidas de control

Receptor

NPS Sin medidas [dBA]

Exceso de nivel [dB]

NPS con medidas [dBA]

Límite normativo [dBA]

Cumple Norma

Demolición y Excavación

R1

77

17

59

60

Si

R2

86

26

60

60

Si

R3

66/66/65

1/10/0

41/41/42

65/65/65

Si

R4

86

26

60

60

Si

R5

74

14

49

60

Si

R6

86

26

60

60

Si

R7

86

26

60

60

Si

R8

85

25

59

60

Si

Obra gruesa y Terminaciones

R1

81

21

59

60

Si

R2

90

30

59

60

Si

R3

70/70/69

5/5/4

40/40/41

65/65/65

Si

R4

86

26

58

60

Si

R5

77

17

48

60

Si

R6

88

28

59

60

Si

R7

88

28

58

60

Si

R8

88

28

57

60

Si

Fuente: elaboración propia a partir del Anexo N° 5 “Estudio de Ruido y Vibraciones” de la DIA.

Medidas de control

·         Cierre Perimetral. Se implementará una barrera acústica cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente) con alturas que varían entre 3 y 6 m.

·         Barreras modulares para las faenas desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa que enfrentan a receptores, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Las alturas son las mismas que para la etapa de demolición.

Estas pantallas tendrán una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1,5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores.

Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) estará cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm. espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

La atenuación provista para estas pantallas varía entre 10 y 15 dBA según mediciones efectuadas por el consultor.

·         Cierre de Vanos para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.

Durante las actividades de trabajos en altura, los paneles se deberán ubicar en los vanos orientados hacia los puntos receptores externos, es decir, se deberán implementar en las caras que enfrentan a receptores por el Norte, Sur, Este y Oeste del Proyecto.

·         Túnel acústico para camión Mixer. Se deberá utilizar un túnel acústico para el Camión Mixer orientado de norte a sur (caras abiertas). El túnel estará conformado por un panel doble de madera OSB de 15mm separado al menos 80mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50mm de espesor y recubierto con malla tipo rachel para impedir su desprendimiento y deterioro.  Las dimensiones mínimas del recinto son las siguientes: longitud 10 metros, ancho 3 metros y altura 4 metros. La atenuación sonora de esta es de alrededor de 10 dBA según mediciones.

Medidas de gestión

·         Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

·         Mantención regular de equipos.

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

·         Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

·         Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

·         Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.

Más detalles en Anexo N° 5 Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA.

Vibraciones

Considerando que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza el criterio establecido por el documento de referencia Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA - May 2006, que establece un criterio de aceptabilidad para zonas residenciales y un límite de riesgo de daño estructural.

Los impactos por vibraciones se esperan principalmente por el empleo de maquinaria pesada. Para efectos de modelación se consideran las distintas distancias de los receptores al área de Proyecto para cada una de las fases del Proyecto.

Los niveles de Velocidad Peak de Partículas se evalúan según el criterio establecido en la FTA, la cual define el límite de 0.3 PPV (in/sec) para ingeniería de hormigón y albañilería.

Se puede observar que los niveles de vibración asociados a las faenas de constructivas de la fase de construcción del Proyecto cumplen con los límites máximos permisibles en todos los puntos receptores.

Más detalles en Anexo 5 Estudio acústico y vibraciones de la DIA.

Aguas servidas

El consumo promedio de agua de un trabajador es aproximadamente de 100 l/día, lo que implica que se obtendrá un caudal máximo de aguas servidas de 15 m3/día (150 trabajadores máximo mensual), proveniente principalmente de duchas, W.C., lavamanos, los que han sido incorporados en las instalaciones de faenas, cumpliendo con lo señalado por la normativa vigente (D.S. 594/1999 referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo).

En cuanto a su disposición, estos serán descargados a la red de alcantarillado existente. Cabe mencionar que aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en una fosa séptica o baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente.

Residuos líquidos producto del lavado de ruedas

Se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de rueda de camiones y de todos los vehículos que abandonen el área de trabajo. Se aclara que el origen de las aguas será mediante conexión a la red convencional de agua red de abastecimiento. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara degrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.

Residuos sólidos domiciliarios (RSD)

Durante la Fase de Construcción existirá la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, en línea, disponible en el sitio web: http://152.74.152.95/ocde/st.asp (Reporte a nivel municipal), el cual indica que en el año 2009 la comuna de Estación Central, promedia una tasa de generación de residuos de 1,34 Kg/día por habitante.

Considerando una mano de obra máxima de 150 personas, se estima una generación de 201 kg/día de RSD y un volumen de 1,34 m3/día.

Las condiciones de almacenamiento de los RSD para la fase de construcción del proyecto, se presentan en el Capítulo C.2.1 Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA, y en el Capítulo 9 del ICE

Excedentes de tierra

Corresponden a los excedentes generados durante las actividades de escarpe y excavaciones, considerando un volumen total de 30.191,86 m3. Estos serán retirados diariamente a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Si se requiere el acopio de material por más de un día, se humectará en caso de ser necesario. El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión de material al aire. Estos serán eliminados en actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros.

Escombros

Corresponden a los residuos tales como resto de hormigón, despunte de madera, restos cerámica y PVC, entre otros. Se estima un total de 4.212,9 m3 de escombros generados por las diferentes actividades desarrolladas durante esta fase.

Las condiciones de almacenamiento de los RSD para la fase de construcción del proyecto, se presentan en el Capítulo C.2.1 Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA, y en el Capítulo 9 del ICE

Residuos reciclables

Los residuos que se reciclarán corresponden a:

Papel en Oficina Central: Se deberá emplear cajas de cartón para acopiar el papel que no sea reutilizado, las cuales deberán estar rotuladas ya sea por una leyenda o un dibujo representativo. El número de cajas será de acuerdo a los puntos de trabajo y cantidad de papel generado.

Tóner originales: Se deberá emplear una caja de cartón en un punto dentro de la oficina administrativa para la disposición de tóneres.

Despunte de fierro: Se designará una zona de acopio en obra para el fierro. De acuerdo a la cantidad generada y el espacio en obra disponible, se gestionará un contenedor para acopiar el despunte en obra.

En cuanto a la disposición final de estos residuos, en encargado será el responsable de coordinar los retiros desde la oficina central con las fundaciones que se esté en convenio, una vez alcanzadas las cantidades requeridas para retiro.

Residuos peligrosos

Tabla 4.3.1.3. Resumen de generación de residuos peligrosos

Residuos peligroso

Cantidad L

Peligrosidad

Ácido muriático

97

Corrosivo

Tubos fluorescentes

7

Tóxico agudo

Desmoldante

759

Inflamable

Puente adherente estuco

594

Inflamable, corrosivo

Igol primer

353

Inflamable, tóxico crónico

Igol denso

352

Inflamable, tóxico crónico

Puente adherente yeso

174

Inflamable, corrosivo

Bencina

131

Inflamable

Pintura óleo

1.745

Inflamable, tóxico crónico

Diluyente

129

Inflamable

Adhesivo de contacto multipropósito

79

Inflamable, tóxico crónico

Adhesivo molduras

36

Inflamable

Trapos y guaipes con aceites y solventes

35

Tóxico crónico

Aceites lubricantes usados

141

Tóxico crónico

Espuma de poliuretano

6

Inflamable, tóxico crónico

Adhesivo cerámico

2.498

Inflamable

Fuente: Elaboración propia a partir de Tabla 21 de la DIA.

Los residuos acopiados deberán ser almacenados en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuo a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte, no deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrá en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados.

En relación a las pilas, estas deberán ser almacenadas en un recipiente plástico con tapa, en cuanto a los tubos fluorescentes y ampolletas de ahorro energía o que contengan mercurio deberán ser almacenados en su empaque original y luego dispuestos en cajas de cartón. Estos deberán ser colocados dentro de las cajas de tal forma de cuidar que no se rompan para evitar los riesgos a la salud de las personas y medioambiente.

Se deberá contar con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos al interior de la obra, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. 148/03, al D.S. 594/99 y a la O.G.U.C., considerando además las siguientes características.

Mas antecedentes en el Capítulo C.2.2 Permiso Ambiental Sectorial 142 de la DIA y en el Capítulo 9 del ICE.

Sustancias peligrosas

Según lo informado por el Titular, se manejará una reducida cantidad de sustancias peligrosas en stock en la bodega, esto se debe a que los subcontratos traen sus propios materiales, los cuales generalmente se instalan o aplican de forma inmediata.

Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento del D.S. 43/2015 del MINSAL

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase

Tabla 4.2 Partes y obras del proyecto.

Tabla 4.6.1.2 Acciones.

Tabla 4.6.3 Recursos naturales renovables.

Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.

Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.

Tabla 4.6.4.3 Ruido.

Tabla 4.6.4.4 Vibraciones

Tabla 4.6.5.1 Residuos no peligrosos.

Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos.

Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar al medio ambiente.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Elementos de los edificios

El Proyecto contempla un edificio de 25 pisos, con un total de 408 departamentos situados entre los pisos 2° y 25°, y 5 niveles de subterráneos. Además considera 273 bodegas.

Las circulaciones verticales de la torre se desarrollan a través de 1 núcleo de ascensores. Este poseerá 3 ascensores desde el quinto nivel de subterráneo hasta el piso 25.

Las salas de equipamientos se encuentran en el piso 1, tales como salas multiusos, gimnasio y lavandería.

Estacionamientos

De los 220 estacionamientos que contempla el proyecto, 208 corresponden a residentes, 12 para visitas y 5 para personas con movilidad reducida.

Además considera un total de 119 estacionamientos para bicicletas.

Sala de basura

El edificio poseerá una sala de basura en el subterráneo 1°, la que considera una superficie para la adecuada ubicación de contenedores y el correcto desplazamiento del personal para sus tareas de aseo y clasificación.

El equipamiento incluido en la sala de basura contará con las siguientes especificaciones técnicas.

·         Contenedores: Serán de 360 litros, de polietileno de alta densidad y tratados con estabilizante contra rayos U.V., con capacidad de levante mecánico o manual

·         Compactador: Modelo CRD-A2010 el cual reducirá a 1/3 los residuos generados.

·         Pavimentos: La sala de basura deberá tener en su totalidad pavimento de baldosa o cerámica (alternativa con sello Concrete-Seal o similar) Su encuentro con muros serán redondeados.

·         Muros: Los muros y cielos deberán estar estucados, lisos y pintados con pintura lavable (oleo blanco brillante), que resista un aseo profundo mediante agua a presión. En los recintos de acopio deberá tener una resistencia al fuego de 120 minutos.

·         Esquinas: Todas las esquinas y vértices deben ser redondeados en un radio mínimo de 4 cm.

·         Puerta: Puertas de madera o metal con marco y peinazo metálico para resistir impactos y acción de roedores, con burlete de goma de arrastre de acuerdo.

·         Iluminación: Deberá contar con iluminación hermética que permita el lavado interior del recinto, no debiendo existir conos de sombra.

·         El volumen total de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, considerando una tasa de 4 (L/hab día), una tasa de compactación de 1/3 y un número de 985 personas será de 3.940 (l/3 días). Dichos residuos se dispondrán en contenedores de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes. Se establecerá como factor de seguridad una capacidad máxima de almacenamiento de 72 horas en 11 contenedores.

Mas antecedentes en el Capítulo C.2.1 Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA y en el Capítulo 9 del ICE

Ocupación de departamentos

Esta fase corresponde a la ocupación de los 408 departamentos habitacionales, además del funcionamiento de su equipamiento interno, tales como salones de uso múltiple, gimnasio y lavandería. Se considera, también, la utilización de las 220 zonas de estacionamientos, 119 bicicleteros y el uso de las 273 bodegas que contempla el Proyecto.

Mantenciones

Las actividades de mantención, estarán asociadas al cumplimiento normativo del correcto funcionamiento de los equipos instalados en el edificio, considerando: ascensores, calderas, grupos electrógenos, sistema eléctrico, entre otros. La mantención deberá ser desarrollada por personal o empresas competentes y autorizadas.

Productos generados

El Proyecto, debido a su tipología, no contempla de ninguna manera, la elaboración de productos, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.

Recursos naturales renovables

No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase.

Emisiones atmosféricas

Para la fase de operación (uso del edificio) las principales fuentes de emisión corresponden al funcionamiento de las calderas y el funcionamiento de los grupos de electrógenos. La estimación anual de emisiones, a partir del año 3 del proyecto, se presenta en la siguiente tabla:

Tabla. 4.3.2.1. Resumen de emisiones en fase de operación ton/año

Año

Actividad

MP10

CO

NOX

SOx

3

Grupo de electrógenos

0,00090

0,00273

0,01263

0,00084

Calderas

0,06247

0,06247

0,69456

0,04410

Total

0,063

0,065

0,707

0,045

4

Grupo de electrógenos

0,00180

0,00546

0,02527

0,00168

Calderas

0,12461

0,12461

1,38533

0,08796

Total

0,126

0,130

1,411

0,090

Límite normativo

2,5

100

8

50

Fuente: elaboración propia a partir de la Tabla 83. Resumen de emisiones fase de operación en (ton/año) del Anexo 6 Emisiones Atmosféricas Actualizadas de la Adenda.

Contrastando los resultados obtenidos, con lo establecido en el D.S. 66/09 del MINSEGPRES que Revisa, Reformula el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana, se concluye que el Proyecto no sobrepasa los límites establecidos.

Emisiones de ruido

Durante la fase de operación las fuentes de ruido significativas corresponden a:

·         Grupo Electrógeno y ventilación: Ubicado en el subterráneo -1 y piso 1 respectivamente.

Para efectos de modelación se consideró el nivel de emisión sonora de una descarga de un grupo electrógeno medido por el consultor, al aire libre, de manera de modelar un escenario desfavorable. Los equipos de grupo electrógeno se encontrarán ubicados en salas en el piso subterráneo, en salas cerradas herméticamente, donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio. Si consideramos un nivel de ruido de 75 dBA2 al interior de las salas con muros de material sólido, con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, la pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dBA, con lo cual el nivel exterior no superará 30 dBA.

Para la fase de operación se deberá implementar la siguiente medida de control.

·         En la salida del escape del generador se deberá implementar un silenciador, splitter u otra medida de características similares, con material constructivo que permitan asegurar una atenuación de al menos 18dB, para de esta manera asegurar cumplimiento normativo en todos los puntos receptores en período nocturno obteniendo un nivel de presión sonora menor a 50 dBA (límite en período nocturno para los puntos receptores).

Más detalles en Anexo 5 Estudio acústico y vibraciones corregido de la DIA.

Residuos líquidos domésticos (Aguas Servidas)

Se estima que el consumo de agua medio diario de una persona es de 200 l/día. El permiso de factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas Andinas, considera 988 personas, por lo tanto el caudal de aguas servidas se estimó en 345 m3/día. Para mayor detalle ver Anexo N°10. Factibilidad de agua potable y alcantarillado de la DIA.

Residuos líquidos industriales

El Proyecto no genera residuos líquidos industriales durante la fase de operación.

Residuos sólidos domiciliarios

Durante la fase de operación habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes de los departamentos. A continuación se presentan las condiciones de manejo y la estimación de los residuos generados durante la fase de operación.

Se estima una generación de 4 l/hab/día, considerando na población de 985 personas, el volumen de basura equivale a 3.940 l/día. Los cuáles serán almacenados en 11 contenedores de 360 L.

Mas antecedentes en el Capítulo C.2.1 Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA y en el Capítulo 9 del ICE.

Residuos peligrosos

La fase de operación (uso del edificio) no contempla la generación de RESPEL.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

No se utilizarán sustancias peligrosas en fase de operación del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase

Tabla 4.2 Partes y obras.

Tabla 4.7.1.2 Acciones.

Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera.

Tabla 4.7.5.2. Emisiones líquidas o efluentes

Tabla 4.7.5.3 Ruido.

Tabla 4.7.6.1 Residuos no peligrosos.

Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos.

4.3.3 FASE DE CIERRE

El proyecto no considera fase de cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Diciembre 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Demolición de edificaciones existentes

Fecha estimada de término

Marzo 2020

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción municipal

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio

Marzo 2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

Aprobación del Certificado de recepción final

Fecha estimada de término

Indefinido

4.4.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de abandono o cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

4.5 MANO DE OBRA

Fases

Número máximo de personas

Construcción

150

Operación

7

Cierre

No contempla fase de cierre

 

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental

Aumento de concentraciones de material particulado y de emisiones de ruido

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Aire: Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes. De acuerdo a los niveles de emisiones atmosféricas generados en la fase de construcción y operación, el proyecto no supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), por lo cual, su emisión no revierte un riesgo para la salud de la población.  Adicionalmente, se proponen medidas de abatimiento con objetivo de disminuir el impacto de las emisiones durante la fase de construcción. Para mayor detalle revisar Anexo N°6. Emisiones Atmosféricas Actualizadas de la Adenda.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Emisiones de ruido (Construcción) Generación de emisiones de ruido hacia la atmósfera a consecuencia de los procesos constructivos, utilización de maquinaria, herramientas, equipos de apoyo y vehículos. El proyecto no sobrepasará los límites establecidos y dará cumplimiento D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Para mayor detalle ver Anexo Nº 5. Estudio de Ruido y de Vibraciones de la DIA. Por lo cual, su emisión no revierte un riesgo para la salud de la población, cabe agregar que se considerarán las medidas de control señaladas en el punto 9 del informe anteriormente citado.   Emisiones de ruido (Operación) Generación de emisiones de ruido hacia la atmósfera a consecuencia de la operación de calderas, grupos electrógenos y otros equipos. El proyecto no sobrepasará los límites establecidos y dará cumplimiento D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Para mayor detalle ver Anexo Nº 5. Estudio de Ruido y de Vibraciones de la DIA.

Por lo cual, su emisión no revierte un riesgo para la salud de la población.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Generación y disposición de aguas servidas (Construcción) a consecuencia de la utilización de baños provisorios durante la construcción. Generación de aguas servidas desde los baños químicos que se utilizarán durante la construcción. Las aguas servidas de los baños provisorios serán conducidas hacia el alcantarillado público de propiedad de la empresa Aguas Andinas, y la de los baños químicos serán transportadas y dispuestas por empresas autorizadas en sitios de disposición final autorizados. Para mayor detalle ver numeral A.5.8.2 de la DIA.

Por lo cual, su generación y disposición no revierte un riesgo para la salud de la población.

Generación de aguas servidas (Operación) a consecuencia de la utilización de baños, cocinas y lavandería. Estas aguas serán descargadas a la red existente de alcantarillado de propiedad de Aguas Andinas. Cabe señalar que el proyecto cuenta con factibilidad de agua potable otorgada por la misma empresa, mediante Certificado 003453 de fecha 09-05-2016, ver Anexo Nº 10. Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de la DIA.

Por lo cual, su generación no revierte un riesgo para la salud de la población

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Residuos (construcción)

Los principales residuos que se generarán durante la fase de construcción corresponden a material proveniente de las actividades de excavación y escarpe, escombros (demolición y construcción), residuos asimilables a domiciliarios generados por los trabajadores (RSAD) y residuos peligrosos (RESPEL) provenientes principalmente de los insumos y materiales a utilizar en la construcción (ver tabla 21 de la DIA). Con respecto al manejo de estos residuos, para los RSAD, se dispondrán contenedores con tapa hermética en su interior con bolsas de basura resistentes, los que estarán distribuidos uniformemente en el área de trabajo. Éstos serán retirados y llevados para su disposición final en un sitio debidamente autorizado.

En cuanto a los RESPEL, éstos se almacenarán en una bodega temporal, la cual contempla: contención ante derrames, elementos de seguridad, dimensiones adecuadas para el ingreso de personal, cierre perimetral, señalización, base continúa de hormigón impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. El periodo de almacenaje de estos residuos en la obra no sobrepasará los 6 meses. Todo lo cual cumplirá con lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 148 del año 2003 del Ministerio de Salud. Cabe señalar que estos serán transportados por terceros autorizados hasta los respectivos sitios de disposición final. Para esta actividad, el Titular tramitará la autorización para disponer residuos fuera del predio, señalada en el artículo 19 del D.S. Nº 549/99 del Minsal.

En relación a los residuos inertes (material de escarpe, tierra y escombros), serán acopiados temporalmente en la obra, antes de ser retirados para su disposición final. Cabe mencionar, éstos no contendrán sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos u otros. El titular mantendrá en obra todos los registros, relacionados con la disposición final de los residuos en sitios autorizados, a fin de facilitar el control y prueba del cumplimiento de la normativa aplicable. El detalle de las condiciones de almacenamiento de los residuos, se presentan en el punto C.2 Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) de la DIA.

Por lo cual, su generación, transporte y disposición no revierte un riesgo para la salud de la población.

Residuos Domiciliarios (Operación)

Durante la fase de operación del Proyecto se generarán Residuos Domiciliarios (RSD). En el numeral A.6.10.3 de la DIA se indica la cantidad y manejo de éstos, y en la Tabla 25 de la DIA se presenta la caracterización cualitativa y cuantitativa. Se contempla 1 sala de basura, considerando una frecuencia de retiro de 1 vez cada 3 días, el sistema deberá tener capacidad suficiente para retener los residuos generados durante 3 días de operación, y estará provisto con un sistema de compactación con tasa de 1:3. A partir del cálculo del volumen de residuos generados en el sistema, es posible indicar que se requieren 11 contenedores de 360 litros de capacitad cada uno. Los contenedores permanecerán en las salas de basura hasta su traslado al área de pre-carguío, la que servirá como lugar de estacionamiento provisorio de contenedores, a la espera del servicio recolector municipal. Es importante mencionar que las salas de basura serán manejadas por personal de aseo y el acceso de personas ajenas estará prohibido. El Titular ha considerado todos los requerimientos establecidos en la Resolución Nº 7.328 de fecha 19 de octubre de 1976, del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la O.G.U.C. Para mayor detalle remitirse al Anexo Nº14. Proyecto de Basura de la DIA

Por lo cual, su generación no revierte un riesgo para la salud de la población.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.1.1 y 6.1 del ICE.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental

El proyecto no generará efectos significativos sobre la cantidad y calidad ambiental de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del proyecto. El proyecto se ejecutará sobre suelo que posee el uso necesario para este tipo de proyectos conforme lo indican los instrumentos de planificación territorial vigentes (PRC).

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

En el área de emplazamiento y área de influencia del Proyecto, no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

Uso de suelo

Las partes, obras o acciones asociadas a la fase de construcción del Proyecto no son susceptibles de generar pérdida del suelo del área de influencia o afectar su capacidad para sustentar biodiversidad, dado que el Proyecto se emplazará en un área urbana que se encuentra previamente intervenida y que actualmente se encuentra albergando otras construcciones (ver Anexo Nº 9 de la DIA). Por otra parte, el “uso de suelo” del emplazamiento del Proyecto, correspondiente a la zona IPC (zona mixta) del PRC vigente de la comuna de Estación Central, permite y promueve la construcción de proyectos residenciales cómo el que se evalúa. Ver Certificado de Informaciones Previas en Anexo Nº 2. Certificados de la DIA.

De acuerdo a lo expresado, es posible indicar que no se generará la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

No corresponde algún tipo de impacto susceptible de ser causado por el desarrollo del Proyecto que se somete a evaluación, dado que por su tipología (proyecto inmobiliario) no considera la intervención, explotación, alteración o manejo de ningún tipo de especie animal ni vegetal; y en el terreno a intervenir no se observa presencia de flora ni fauna, solo se visualiza otro tipo de construcciones (Ver Anexo Nº 9. Fotografías Actuales del Sector de la DIA).

Por lo anterior, las partes, obras o acciones de la fase de construcción y operación no son susceptibles de afectar este componente.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

Componente Suelo:

A causa del Proyecto no se perderá ni degradará el suelo por efecto de erosión, compactación o contaminación, ya que no se alterará la línea base del área de emplazamiento. El Proyecto se emplazará en un terreno urbano previamente intervenido. Los residuos sólidos generados durante la construcción serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizados (Ver numeral A.5.8 de la DIA). Cabe agregar que ante un posible derrame se procederá según lo señalado en el Anexo Nº15. Plan de contingencias y emergencias de la DIA.

Componente agua:

Los baños y duchas estarán conectados a la red existente de agua potable y alcantarillado. Los residuos líquidos de los baños químicos serán manejados, transportados y dispuestos por empresa debidamente autorizada (Ver numeral A.6.10.2 de la DIA). Cabe agregar que no se utilizará agua subterránea y el agua potable será suministrada por la empresa Aguas Andinas.

Componente aire: Las emisiones de gases, material particulado, ruido y vibraciones serán controladas de manera de cumplir con los límites de emisión permitidos. Se dará cumplimiento al D.S. Nº 66/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente y norma técnica "Transit Noise and Vibration lmpact Assessment” de la FTA, ver Anexo Nº 6 de la Adenda y Anexo Nº 5 de la DIA.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

Las emisiones atmosféricas y efluentes generados a causa del Proyecto, no superarán los límites de emisión establecidos por la normativa vigente. Debido al tipo y alcance de las obras del Proyecto, las emisiones y efluentes que éste generará estarán debidamente regulados ya sea por normas de emisión primarias o sectoriales, y dada la ausencia de normas secundarias de calidad ambiental vigentes para el caso en análisis, no es aplicable este criterio al presente Proyecto.

De acuerdo a lo expresado para cada fase del Proyecto, es posible indicar que éste no generará sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

En el sector donde se emplazará el Proyecto tanto en construcción y operación no se concentra fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El Proyecto se emplazará en un sector urbano de la comuna de Estación Central, altamente antropizado.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 6º letra e) del D.S. N° 40/2012 del MMA.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Residuos sólidos:

Los residuos sólidos que se generen durante la fase de construcción, serán debidamente transportados y depositados en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana (ver numeral A.5.8 de la DIA).

Aguas servidas:

 Las aguas servidas que se genere en los baños provisorios serán conducidas al alcantarillado público y los residuos generados por los baños químicos serán transportados y dispuestos por empresas autorizadas y en sitios autorizados (ver numeral A.6.10.2 de la DIA).

Productos químicos:

El Titular ha establecido un adecuado manejo de este tipo de productos, de modo de evitar generar impactos por el mal uso de éstas (ver Anexo Nº17. Medidas de Manejo Ambiental de la DIA).

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

Durante ambas fases no se explotaran o intervendrán recursos hídricos de ningún tipo (ver numeral B.1.1.4 de la DIA). Durante la construcción del edificio se excavará en la parte no saturada de agua del suelo, por lo cual, el proyecto no alcanzará el nivel freático (ver numeral B.1.1.4 de la DIA y esquema en Anexo Nº19. Plano de profundidad de la Napa Freática de la DIA).

De igual forma, ante el eventual afloramiento de aguas subterráneas desde una “napa colgada”, se tomarán las consideraciones señaladas en el Anexo Nº 15. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA. De acuerdo a lo expresado no se afectarán recursos hídricos a consecuencia del proyecto.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.2 del ICE

El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

Durante la fase de construcción y operación del Proyecto no se generará reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

En el área de influencia del Proyecto, existen viviendas y gran cantidad de comercio (menor y mayorista), e industrias. Respecto al sector aledaño al área de emplazamiento del Proyecto, se observan viviendas unifamiliares de un piso principalmente y locales comerciales de barrio.

Reasentamiento de comunidades humanas

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habiten en el lugar de influencia del Proyecto o actividad.

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto no interviene usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que el Titular no identificó (en entrevistas realizadas a los residentes, como en el recorrido del Área de Influencia del Proyecto) recursos naturales que fuesen empleados por la población.

Del mismo modo, en base a la información levantada por el Titular, no se identificaron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales.

De acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada en el área de estudio del Proyecto (Ver dimensión socioeconómica del Anexo N° 7 Estudio de Medio Humano de la DIA) las principales actividades económicas desarrolladas en el sector tienen relación con el rubro automotriz y gastronómico, ambas actividades no se relacionan directamente con utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere, entendiendo que dicho alcance se asocia con comunidades o localidades que dependen exclusivamente de la explotación de los recursos que se encuentran en su territorio, no siendo el caso del presente Proyecto.

Por lo anterior, el Proyecto no generará una intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Fase de construcción:

El Proyecto considera una serie de medidas de control con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, las cuales son detalladas a continuación:

·         Se evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto en las horas de alto flujo vehicular (de 7:30 a 8:30 horas y de 18:00 a 19:00 horas).

·         Existirá un letrero informativo con horarios, plazos de obras, flujos de camiones y contacto de encargado de relaciones con la comunidad.

·         Durante la excavación y construcción se hará la mantención de la señalización horizontal y vertical, particularmente en el área adyacente al proyecto.

·         Se construirá y señalizará correctamente las entradas de camiones y vehículos al área de construcción y excavación. Además no se estacionarán camiones en la vía pública, se habilitará un espacio especial para este fin al interior del proyecto, durante las etapas de excavación y construcción.

·         Se utilizará banderilleros en la salida de los camiones, de modo de ayudar en la maniobra de salida de camiones y con la finalidad de no entorpecer la maniobra de salida de camiones y otros vehículos.

Conforme a lo anterior, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Fase de operación:

De acuerdo a los antecedentes presentados en la Tabla 37, Tabla 38, Tabla 39 y Tabla 40 de la Adenda, el titular concluye que el Proyecto aportará con un bajo flujo de generación y atracción de viajes para los períodos punta mañana y punta tarde. El análisis precisa que la calle Ecuador, pese a tener una gran cantidad de flujo de vehículos, no es afectada por el Proyecto, ya que su mayor aporte es de 110 vehículos por hora. Por otra parte, el resto de las rutas analizadas por el Titular evidencian un comportamiento en el cual el flujo está muy por debajo del límite de capacidad disponible. En este sentido, se puede descartar un aumento en los tiempos de viajes a partir de la formación de colas.

En virtud de lo anterior, y con la finalidad de evaluar de forma adecuada los efectos que tendrá el Proyecto en las vías consideradas, el Titular efectuó un análisis de “capacidad”, cuyos resultados concluyen que en ninguna de las vías evaluadas durante la operación del Proyecto se superará sus respectivas capacidades.

Respecto a los aportes del Proyecto en términos peatonales, y la eventual obstrucción de la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamientos, es posible indicar que las densidades peatonales estimadas por el Titular indican que se espera un tránsito libre en el sector.

Con respecto a la afección en el transporte público en relación a los tiempos de desplazamiento, se indicó en el punto 5.1.4 del Anexo de Medio Humano de la DIA que existen un total de 21 paraderos de transantiago con una gran cantidad de recorridos asociados, además de detallar las dos estaciones de Metro cercanas al Proyecto en el punto 5.1.5 del Anexo N°7. Estudio de Medio Humano. En este sentido, el transporte público no se verá perjudicado este ámbito. Además, se realizó un análisis de capacidad de la infraestructura de transporte público, donde los resultados arrojaron que no se supera la capacidad de ninguno de ellos.

Finalmente, es necesario destacar las prohibiciones de estacionamientos en las calles dentro del área de influencia directa, con motivo de descartar el uso de las calzadas y platabanda como estacionamiento por parte de los residentes del proyecto. Para ver detalles e imágenes de lo anteriormente mencionado, revisar respuesta 4.3 de la Adenda.

En virtud de lo anterior se concluye que el Proyecto durante su operación no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Para mayor detalle ver las respuestas a las observaciones 4.3, 4.11 y 4.14 de la Adenda

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Fase de construcción:

Respecto a la fase de construcción del Proyecto, el Titular prevé que no existirá población permanente en el sector, sino más bien sólo la mano de obra considerada como población flotante, la cual no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Respecto a posibles accidentes, lo trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como mutual u hospital del trabajador.

En relación a los inmuebles presentes en el predio correspondiente al Proyecto, se encuentra una fábrica textil de nombre “Inés Johnson” y una vivienda con uso de oficina de tipo casa (para mayor detalle y respaldo de lo mencionado, revisar Anexo N° 9. Fotografías del Estado Actual del Sector, de la DIA). Ambos inmuebles con sus respectivos terrenos están adjudicados a la Inmobiliaria “APOSTOL SANTIAGO SpA”, según lo indican los documentos notariales y comprobantes de pago (para mayor detalle revisar Anexo N° 20. Instrucciones Notariales, de la DIA). Por otra parte, se indica en las instrucciones notariales que los inmuebles correspondientes a la fábrica Inés Johnson y la vivienda con uso de oficina, para la fecha 25 de diciembre de 2016, deben hacer abandono de acuerdo a las cláusulas de la compraventa. En este sentido, los inmuebles a las fechas indicadas estarán libre de ocupantes y enseres. Cabe destacar que la fecha de inicio de obras y construcción del Proyecto está establecida posterior a la desocupación y entrega de los inmuebles.

Conforme a lo anterior, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Fase de operación:

Respecto al ámbito de la salud, de acuerdo a la información entregada por el Titular, las consultas estimadas para el año 2013 de Estación Central son 183.831. Para el año 2020, año en que entraría en operación el Proyecto, las consultas para el Servicio de Salud Metropolitano Central se proyectan en un total de 1.744.277 consultas. Por lo que las consultas correspondiente a Estación Central serían de 205.011 consultas. De acuerdo a lo anterior, las consultas del área de influencia corresponderían a 23.961 consultas. Es por esto que como las consultas (23.961 estimadas para el área de influencia) son mayores a la población total estimada del Área de Influencia proyectada para el 2020 (18.976 habitantes), se entiende que la oferta (centros de salud) podría cubrir la demanda proyectada. Cabe precisar que dentro de este análisis no se consideraron los centros de salud privados, por lo que la oferta presentada debería ser aún mayor.

Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará una alteración al acceso a los centros de salud presentes en el sector.

Respecto al ámbito de la educación, de acuerdo a la información presentada durante el proceso de evaluación, existiría una disminución de matrículas desde el año 2007 hasta el 2015, alcanzado un delta de 5.736 matrículas entre los años señalados. De acuerdo a esta información, teniendo en cuenta los antecedentes históricos en cuanto a los establecimientos educacionales de la comuna, la cual era capaz de absorber una demanda de 29.345 estudiantes el año 2007, el Titular concluye que existe una cantidad suficiente de matrículas disponibles para absorber los residentes en edad escolar del Proyecto.

Por lo anterior, es posible concluir que existe una adecuada capacidad de absorción de la futura demanda ejercida por el Proyecto, descartando de esta forma una alteración por parte del Proyecto al acceso a la educación.

Durante los registros en terreno realizados por el Titular, se evidenció un gran número y variedad de locales comerciales, los que se presentaban principalmente en las Avenidas Ecuador y Libertador Bernardo O´Higgins. En este sentido, fue posible catastrar un total de 110 locales, de los cuales 13 correspondían a almacenes, 14 Restaurantes y 40 centros de repuestos y talleres. También fue posible registrar supermercados (Líder y Ekono), locales de internet y fotocopias, Agencia de lotería, Peluquería, farmacia, ferreterías, centro de belleza, quioscos, entre otros. (Para mayor detalle revisar punto 5.4.5 del presente informe, donde se entrega el detalle de la ubicación y caracterización del comercio levantado en terreno).

También se indica que la percepción de la población del sector, es que existe una gran cantidad y variedad de comercio, en este sentido los dueños de locales comerciales señalan que se han visto favorecidos por el aumento de la población en los últimos años.

Respecto al transporte público el Titular informa que en el área de influencia, existen un total de 21 paraderos, 2 estaciones de metro de Línea 1 (Ecuador y San Alberto Hurtado) y un paradero de colectivos. Existe una variada oferta en los recorridos de buses Transantiago, es decir prácticamente es posible viajar a todo Santiago desde el sector del Proyecto. El detalle del transporte público Transantiago y Metro, se puede ver en los puntos 5.1.4 y 5.1.5, respectivamente del Anexo Nº7. Estudio de Medio Humano de la DIA.

A partir de lo anterior, el Titular  realizó un análisis de capacidad de la infraestructura de transporte público, donde los resultados arrojaron que no se supera la capacidad de ninguno de ellos. 

En virtud de lo anterior se concluye que el Proyecto no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Para mayor detalle ver en Anexo N°7. Estudio de Medio Humano y respuestas a las observaciones 4.9 y 4.10 de la Adenda.

De acuerdo a los antecedentes entregados, se descarta la afección a lo indicado en la letra c) del Artículo 7 del Reglamento, a partir de los análisis realizados en los distintos ámbitos considerados, además de dar respuesta a la solicitud de la autoridad en incluir dentro del análisis los proyectos inmobiliarios presentes en el Área de Influencia.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El Proyecto no dificulta o impedimenta ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia directa actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada, a excepción de la presencia de la Iglesia Evangélica “Casa de Oración Refugio del Alma” en la que participan personas de diferentes sectores del barrio y de la comuna en general, no siendo una actividad exclusiva del grupo humano en estudio.

En el caso de actividades, ritos comunitarios o festividades tradicionales, la población entrevistada indicó que en el sector no se desarrollan actividades comunitarias de carácter colectivo, por tanto no se generará afectación en este componente.

Así mismo, en ninguna de las dimensiones abordadas en la caracterización de la población del área de influencia se evidencia un impacto significativo que origine pérdida o modificación de rasgos de la identidad local y una pérdida de sentimiento de arraigo o apego al territorio.

Para mayor detalle ver en Anexo N°7. Estudio de Medio Humano de la DIA.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

En el área del proyecto no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Referencia al ICE.

Puntos 6.3 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Impacto ambiental

El Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Existencia de poblaciones protegidas

No existen poblaciones protegidas próximas al Proyecto.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

No existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zonas con valor ambiental próximas al Proyecto.

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones (como se justifica en punto B.6, “Cercanía de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas”), recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. Para obtener un mayor detalle de lo anterior revisar Anexo N°7. Estudio de Medio Humano de la DIA, el cual menciona que ninguno de estos elementos se encuentra en o cercano al Proyecto.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones (como se justifica en punto B.6, “Cercanía de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas”), recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. Para obtener un mayor detalle de lo anterior revisar Anexo N°7. Estudio de Medio Humano de la DIA, el cual menciona que ninguno de estos elementos se encuentra en o cercano al Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor ambiental del territorio.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental

El Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico

Existencia de valor turístico

No existen zonas de valor turístico

Existencia de valor paisajístico

El área de influencia del proyecto carece de valor paisajístico de acuerdo al criterio de la guía de evaluación del Valor paisajístico en el SEIA.

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2013), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2013), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

No habrá obstrucción del acceso o se alterarán zonas con valor turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

En virtud de lo anterior, se puede indicar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Impacto ambiental

El Proyecto no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Existencia de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

El área de influencia no presenta sitios con valor antropológico, arqueológico ni histórico.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración  a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

El Proyecto no excava, traslada, deteriora o modifica en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Lo anterior se debe a que en el área de influencia del Proyecto no existe la presencia de Monumentos Nacionales. Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

El Proyecto no modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

El Proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

     

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables y no peligrosos en fase de construcción.

Salas de basura del edificio en fase de operación.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario.

El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables y no peligrosos

Existirá un Patio Temporal de Residuos corresponde a una instalación destinada para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados durante la faena, con la finalidad de ser enviados de manera posterior a los destinos autorizados, cumpliendo con los estándares y plazos establecidos en la normativa vigente. Dicho sector contará con un lugar para el almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y otro para residuos sólidos domésticos, estando estos debidamente separados por sectores dentro del mismo patio de acopio.

Los residuos sólidos domiciliarios se dispondrá aproximadamente como promedio un mínimo de 3 contenedores con ruedas de tapa hermética, cada uno con una capacidad de 360 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal (lunes, miércoles y viernes). En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud.

Para el caso de los escombros, estos serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.

Para los residuos inertes el suelo contemplado estará compactado y libre de vegetación. No se considera impermeabilización debido a las características del tipo de residuo a acopiar. La superficie considerada contempla aproximadamente un ancho de 10 m y un largo de 3m. No se incluye techo. En cuanto a los residuos de construcción, estos serán dispuestos en sectores separados por tipo de residuos; a granel (Escombros, despuntes de madera, despuntes de fierro) o en contenedores estancos o tambores metálicos.

Sala de basura

El edificio contará con una sala de basura, con las siguientes características:

·         Contenedores: Serán de 360 litros, de polietileno de alta densidad y tratados con estabilizante contra rayos U.V., con capacidad de levante mecánico o manual

·         Compactador: Modelo CRD-A2010 el cual reducirá a 1/3 los residuos generados.

·         Pavimentos: La sala de basura deberá tener en su totalidad pavimento de baldosa o cerámica (alternativa con sello Concrete-Seal o similar) Su encuentro con muros serán redondeados.

·         Muros: Los muros y cielos deberán estar estucados, lisos y pintados con pintura lavable (oleo blanco brillante), que resista un aseo profundo mediante agua a presión. En los recintos de acopio deberá tener una resistencia al fuego de 120 minutos.

·         Esquinas: Todas las esquinas y vértices deben ser redondeados en un radio mínimo de 4 cm.

·         Puerta: Puertas de madera o metal con marco y peinazo metálico para resistir impactos y acción de roedores, con burlete de goma de arrastre de acuerdo.

·         Iluminación: Deberá contar con iluminación hermética que permita el lavado interior del recinto, no debiendo existir conos de sombra.

·         El volumen total de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, considerando una tasa de 4 (L/hab día), una tasa de compactación de 1/3 y un número de 985 personas será de 3.940 (l/3 días). Dichos residuos se dispondrán en contenedores de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes. Se establecerá como factor de seguridad una capacidad máxima de almacenamiento de 72 horas en 11 contenedores.

Más antecedentes en el punto C.2.1 PAS 140 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6976, de fecha 16 de noviembre de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.1 del ICE

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica.

Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

El sitio de almacenamiento temporal de residuos se ubicará en un sector de terreno contiguo a la zona de faena. En ésta área existirá una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, la cual se instalará sobre una base de hormigón, cumpliendo los requerimientos del D.S. Nº 148/2003 del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Y tendrá las siguientes características:

·         Piso: Tendrá una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

·         Cierre: Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Dicho cierre estará compuesto por planchas de zinc de 0,35 mm de espesor, las cuales serán impermeables, resistentes a la corrosividad, incombustibles y con una resistencia al fuego F-15.

·         Techo: Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Este techo será de zinc de 0,35 mm de espesor ondulado.

·         Garantizará que se minimizará la volatización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

·         Capacidad de retención: Estará conformada por un borde canal conductor de 10 cm *15 cm, cuya capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Cabe precisar, que la bodega además contará con elementos tales como arena o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) y, pala y escoba para recuperar los materiales contaminados, los que serán dispuestos en un contendor destinado exclusivamente para la disposición de este tipo de residuos, el cual se encontrará en la bodega de residuos peligrosos. Finalmente, se destaca además que la bodega cuenta con un kit adicional de respuestas para derrames de químicos peligros, el cual se detalla en Anexo N°15. Plan de Contingencia y Emergencia de la DIA.

·         Señalización: Dispondrá de letreros que indiquen el tipo de bodega (ej: “Bodega de Residuos Peligrosos”) y rombos de peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena Nch. 2.190 Of 2003. Además se dispone de las Hojas de Seguridad (HDS) de los residuos almacenados en la bodega.

·         Deberá tener acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el personal de la instalación.

·         La iluminación y ventilación será de tipo natural.

·         La ventilación proyectada será de un 5% de la superficie de los muros, impidiendo a la vez el ingreso de vectores.

·         La bodega deberá contar con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos, ubicado en un sitio de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocará a una altura máxima de 1,30 m., medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estará debidamente señalizado.

Más antecedentes en el punto C.2.2 PAS 142 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6976, de fecha 16 de noviembre de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.2 del ICE

 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. Nº 66/2009 Minsegpres. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción, demolición, preparación del terreno y escarpe, socalzado, excavación, carga y volteo, pilas de acopio, movimiento de maquinaria, equipos y camiones, traslado de escombros.

Durante la fase de operación, funcionamiento del grupo electrógeno y calderas.

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción:

El proyecto cumple con la normativa de límites señalados, sin embargo implementará las siguientes medidas de control para reducir la suspensión generados en esta fase:

·         Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna. Se cubrirán las pilas de tierra, con lona o malla raschel.

·         Recomendación de circulación de los vehículos a una velocidad máxima de 20 km/h.

·         Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.

·         Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.

·         Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

·         Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

·         El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

·         Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

·         Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión.

·         Se tomarán las acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes de los vehículos de carga, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.

En la fase de operación se exigirá que el grupo electrógeno y calderas de emergencia posean al día sus respectivas mantenciones periódicas. Con lo mencionado, se asegurará el cumplimiento de los límites establecidos en la legislación vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento.

·         Inspección visual y/o registro fotográfico que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

·         Registro de mantención de grupo electrógeno y caldera

Forma de control y seguimiento

·         Revisión de las barreras perimetrales para asegurar su conservación. Revisión por parte del encargado de obra del registro fotográfico o de camiones en obra que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

·         Registro de programa de humectación.

·         Revisión por parte del administrador de registros de la mantención del grupo electrógeno y calderas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.1.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. 144/61. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Fase de construcción: demolición, preparación del terreno y escarpe, socalzado, excavación, carga y volteo, pilas de acopio, movimiento de maquinaria, equipos y camiones, traslado de escombros.

Fase de operación: funcionamiento del grupo electrógeno y calderas.

Forma de cumplimiento.

Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo.

Durante la fase de operación del proyecto se realizarán mantenciones regulares al grupo electrógeno de emergencia ubicado en el subterráneo.

Indicador que acredita su cumplimiento.

·         Registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y encarpe de camiones, entre otros

·         Boleta o factura que corrobore las fechas de las mantenciones del grupo electrógeno.

Forma de control y seguimiento

·         Registro en obra (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las actividades de carga y descarga, mantenciones al día de maquinarias y camiones (revisiones técnicas).

·         Programa (calendarización) de mantenciones regulares al grupo electrógeno mediante servicios autorizados.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. Nº 75/1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Traslado de escombros, provenientes de la demolición, excavación, obra gruesa y terminaciones.

Forma de cumplimiento.

Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto, serán controlados en cuanto a su nivel de carga.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Exigencia contractual. Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados.

Forma de control y seguimiento

Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material pata relleno deben estar encarpados.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.3

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.

NORMA

D.S. N° 38/2011 del MMA. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Fase de construcción: operación de maquinarias, para cada fase de construcción del proyecto (demolición, excavación y obra gruesa).

Fase de operación: funcionamiento del grupo electrógeno y sala de máquinas.

Forma de cumplimiento.

Demolición y Excavación

·         Barrera acústica: Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa.

·         Materialidad: Panel de Madera OSB 15 mm o similar técnico de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3.

·         Altura y Longitud: alturas que varían entre 3 y 6 m

·         Camión Tolva: Se ubicará en un lugar fijo durante la demolición. La retroexcavadora lo cargará de material.

Obra Gruesa y Terminaciones

·         Barrera acústica: Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa.

·         Materialidad: Panel de Madera OSB 15 mm o similar técnico de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3.

·         Altura y Longitud: alturas que varían entre 3 y 6 m.

·         Modulares portátiles con una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1,5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. En altura: los paneles se deberán ubicar en los vanos orientados hacia los puntos receptores externos, es decir, se deberán implementar en las caras que enfrentan a receptores por el Norte, Sur, Este y Oeste del Proyecto.

·         Túnel Acústico: para el Camión Mixer orientado de norte a sur (caras abiertas).

·         Materialidad: Panel doble de madera OSB de 15mm separado al menos 80mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50mm de espesor y recubierto con malla tipo rachel para impedir su desprendimiento y deterioro.

·         Altura y longitud: Longitud 10 metros, ancho 3 metros y altura 4 metros.

Debido a que durante la fase de operación se estima superación normativa producto del funcionamiento del grupo generador, se implementará una medida de control de emisión ruido en el escape de aire, siendo ésta al menos, un silenciador catalizador que atenúe como mínimo, los 18 dB(A) indicados como superación normativa, con lo cual se dará cumplimiento al cuerpo normativo en comento.

Para mayor detalle revisar Anexo N°5. Emisiones de Ruido y Vibraciones de la DIA

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción:

·         Chequeo de mantención de maquinaria.

·         Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas propuestas.

·         Registro de capacitaciones a los trabajadores.

Operación:

·         Documento que acredite, para el edificio, el número de registro del grupo electrógeno y registro de sus mantenciones.

Forma de control y seguimiento

·         En construcción, mediciones mensuales de los Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) según la metodología establecida en el D.S. Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en los puntos receptores identificados.

·         En operación se realizará una campaña de medición de los Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) según la metodología establecida en el D.S. Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en los puntos receptores identificados, que permita la verificación de los niveles de ruido estimados y/o verifique la efectividad de la medida de control de ruido implementada. La campaña de medición se realizará una vez que todos los edificios se encuentren habitados cuyo informe se elaborará conforme a la Resolución Exenta Nº223 de la Superintendencia del Medio Ambiente

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.4

Capítulo X, punto 10.2.2

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: residuos sólidos

NORMA

D.S. 594/99 del Minsal. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Art 26)

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Instalación de faenas. Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio.

Forma de cumplimiento.

El Titular del Proyecto tramitará la autorización sanitaria para disponer los residuos fuera del predio, según lo estipula el artículo 19 del presente Reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Autorización sanitaria para disponer residuos fuera del predio.

Forma de control y seguimiento

Verificación en obra de que se cuente con la respectiva autorización sanitaria.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.5

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

NORMA

D.F.L. Nº 725/67 - Código Sanitario, El artículo 80 señala que “Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción:

Instalación de faenas

Operación:

Sala de basura

Forma de cumplimiento.

Construcción

Residuos y escombros provenientes de la actividad de demolición, movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones, así como aquellos generados por los trabajadores, serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Éstos serán retirados por el servicio de recolección municipal y dispuesta a relleno sanitario autorizado.

Operación

Contará con salas de basuras, diseñada especialmente para la acumulación de residuos. Los residuos domiciliarios se acumularán por un período máximo de dos días, para luego ser retirados por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados.

Para mayor información ver Capítulo C.4 de la DIA donde se presentan los antecedentes del PAS 140 y 142.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción

Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Operación

Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la fase de operación, por parte del servicio de aseo municipal.

Forma de control y seguimiento

Construcción

Registro en obra de los comprobantes de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Operación

Registro del pago de contribuciones para el derecho del servicio de recolección municipal de basura.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.6

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos.

NORMA

Decreto Supremo N°148/2003 del Minsal. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Fase de terminaciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados. Almacenados temporalmente en bodega de RESPEL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados.

Forma de control y seguimiento

Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos. Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.7

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y residuos.

NORMA

D.S. N° 1/2013 MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y transferencias de contaminantes (RETC).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de demolición, Preparación del terreno y escarpe, Socalzado, Excavación, obra gruesa y principalmente en fase de terminaciones (residuos peligrosos).

Forma de cumplimiento.

Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RECT).

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de registro de la declaración a través del RETC.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de los comprobantes de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.8

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

D.S. Nº 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Transporte de insumos y escombros provenientes de la construcción (demolición, movimiento de tierra, obra gruesa, terminaciones).

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las fases del Proyecto cumplirán con esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros).

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.9

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

D.S. Nº 200/93 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de insumos y escombros provenientes de la construcción (demolición, movimiento de tierra, obra gruesa, terminaciones).

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, cumplan este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros).

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.10

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

DS Nº 18/2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Transporte de insumos y escombros provenientes de la construcción (demolición, movimiento de tierra, obra gruesa, terminaciones).

Forma de cumplimiento.

El Titular velará porque en todo momento los vehículos asociados al Proyecto cumplan con las restricciones horarios de prohibición para circular por las vías al interior del anillo Américo Vespucio y por Avenida Américo Vespucio.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Restringir, en los contratos con empresas constructoras, la utilización de las vías indicadas.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de las rutas utilizadas por los vehículos asociados al Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.11

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley Nº 850/1998, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Circulación de camiones asociados a la construcción.

Forma de cumplimiento.

El Titular velará porque los caminos de acceso a las obras sean conservados, reparando cuando por efecto de las obras del proyecto, éstos sean dañados

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra del estado actual de los caminos de acceso y de su reparación cuando corresponda

Forma de control y seguimiento

Registro en obra del estado actual de los caminos de acceso y de su reparación cuando corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.12

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio

NORMA

Ley Nº 17.288/1970 Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/1990. Ambas normativas del Ministerio de Educación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Excavación.

Forma de cumplimiento.

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los procedimientos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de los hallazgos declarados.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de los hallazgos declarados.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.13

 

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Medidas de control de ruido

Impacto asociado

Emisiones de ruido

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción

Para la fase de construcción el titular deberá cumplir las siguientes exigencias:

1.      Durante la fase de construcción del proyecto, se deberá implementar barreras acústicas entorno al proyecto, las cuales deberán ser construidas con materiales que cumplan con una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m2 , por ejemplo paneles de OSB de 15 mm de espesor y densidad volumétrica superior a 660 kg/m3. Las junturas de los paneles que conformarán la barrera serán herméticas tanto entre ellas como en la unión con el piso. La ubicación y alturas de las barreras son las indicadas en la Figura 9 del Anexo N°5 de la DIA.

2.      En la fase de demolición se deberá ubicar el camión tolva en un lugar fijo, lugar indicado   en la Figura 11 del Anexo N°5 de la DIA.

3.      Para los trabajos en altura se deberá cubrir los vanos en las fachadas del edificio en construcción, para esto se deberá instalar paneles de OSB de 15 mm de espesor en los pisos en construcción Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya la edificación. Para la actividades desarrolladas en la losa de avance donde no sea posible cerrar vanos, se implementarán barreras acústicas de 2 m de altura, cuya materialidad cumpla con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, y será ubicada en todo el perímetro de la losa de avance.

4.      Para las faenas desarrolladas a nivel de piso y en la losa de avance, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Dichas pantallas deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel). Se deberá implementar un túnel acústico para el “Camión Mixer” orientado de norte a sur (caras abiertas), el túnel estará conformado por un panel doble de madera OSB de  15 mm cubierto al interior con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de  al menos 50 mm de espesor y recubierto con malla tipo raschel para impedir su desprendimiento y deterioro; Las dimensiones mínimas del recinto son. 10 m de longitud, 3 m de ancho y 4 m de altura.

5.      Se deberán implementar las Medidas de Gestión indicadas en el punto 9.3 del Anexo N°5 de la DIA.

6.      Para la fase de operación, los equipos generadores de ruido serán ubicados dentro de salas cuyos elementos constructivos (Muros, Puertas,Ventanas) deberán poseer un aislamiento igual o superior a un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además los equipos y sus ductos deberán poseer montajes antivibratorios de tal forma de quedar aislados mecánicamente de la estructura de la obra gruesa. Los ductos de salida o escapes de gases deberán poseer silenciadores que garanticen niveles de ruido de emisión medidos en el lugar de los receptores por debajo de los 45 dB(A). Lo anterior implica que se deberá implementar silenciadores de escape en el generador que garanticen una atenuación global de 23dB(A).

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.2.2 del ICE y Oficio Ordinario N° 6976 de fecha 16/11/2016 de la SEREMI de Salud RM.

 

8.2. Condiciones respecto al recurso hídrico

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

El titular deberá cumplir las siguientes exigencias:

1.      Realizar el Programa de Mantenimiento del Sistema de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en el acápite A.5.1.5 de la DIA.

2.      Tener presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

3.      En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:

a)      Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b)      Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c)      Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d)      En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

4.      En atención a la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el titular y/o sus contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a)      Detener las actividades en el frente de trabajo.

b)      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c)      En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d)      Verificación de la calidad del agua, previo a su infiltración.

e)      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

5.      Debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

6.      Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

7.      Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

8.      Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

9.      Si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.2.1 del ICE y Oficio Ordinario N° 185 de fecha 31/01/2017 de la Dirección General de Aguas RM.

     

 

8.3. Condiciones respecto a la componente ambiental aire

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción

1.      El Titular deberá mantener en terreno las fichas técnicas de la maquinaria comprometida por él, en el Anexo A “Fichas Técnicas de Maquinaria” a objeto de poder verificarla en terreno en caso de posibles fiscalizaciones por el organismo con competencia en la materia. En caso que el titular utilice maquinaria diferente a las expuestas en el anexo A, estas deberán ser equivalentes a las declaradas, es decir, deberán cumplir con la capacidad de carga y normativa de emisión, EURO IV y EURO V.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.2.3 del ICE y Oficio Ordinario N° 0156 de fecha 14/02/2017, de la SEREMI MA RM.

     

 

8.4. Condiciones respecto a vialidad y transporte

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción

El titular deberá cumplir las siguientes exigencias:

1.      El Titular debe materializar todas las medidas de mitigación que resulten del EISTU, antes de la recepción final de las obras.

2.      La DIA como el EISTU deben corresponder al mismo proyecto.

3.      Cualquier cambio en el proyecto, que implique diferencias con el EISTU, deberá ser informado a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones RM.

4.      El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.

5.      En relación a las obras que se realicen en la vía pública, deberá considerar lo dispuesto en Capítulo No 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Oficio Ordinario N° 7723 de fecha 28/09/2017, de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones RM.

     

 

8.5. Condiciones de la I.M. de Estación Central respecto a los compromisos voluntarios

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación

El titular deberá cumplir las siguientes exigencias:

1.      Compromiso Voluntario” N°2.5 “Proyecto de Luminarias en un tramo de 1.200 ml”, se deberán reubicar el total de las luminarias propuestas por calles Constantino y Francisco Javier, por Av. Ecuador, vereda norte entre San Gumercindo y Caletera Padre Hurtado, por Av. Ecuador vereda sur, entre Placilla y Caletera Padre Hurtado, por Coronel Godoy vereda poniente, entre Av. Ecuador y Conde del Maule,  por Coronel Godoy vereda oriente, entre Av. Ecuador y media cuadra hacia el sur,  por Caletera Padre Hurtado, entre Av. Ecuador y Alameda, y por Apóstol Santiago vereda oriente, entre Caletera Padre Hurtado y Av. Ecuador, según esquema adjunto en Anexo N° 1.

Sin embargo, debido a que el “Proyecto de Luminarias en un tramo de 1.200” corresponde a un compromiso voluntario del Titular, la Comisión de Evaluación, en sesión del 17 de octubre de 2017, aprueba el ICE del Proyecto, indicando que sólo procederá la modificación del compromiso voluntario mediando mutuo acuerdo de las partes, en virtud de causas justificadas.

2.      Compromiso Voluntario 2.6 Proyecto de Mejoras de Espacios Exteriores en un tramo total de 600 m, se solicita inicialmente aclarar si corresponde a m2 o ml, y en donde cada tramo propuesta deberá ser proyectado según exigencias de la DOM.

3.      Se deberá ingresar a la DOM el respectivo proyecto para su aprobación y V°B°, el cual deberá contemplar la totalidad de los tramos propuestos en la presente DIA.

4.      Compromiso Voluntario 2.7 Creación de nuevo tramo de ciclovía, se solicita aclara que dicho tramo pueda ser reubicado según exigencias de la DTTP y DOM, de acuerdo a lo dispuesto dentro del Plan Maestro de Ciclovías que se encuentra en ejecución por parte de otro proyecto inmobiliario.

5.      Compromiso Voluntario 2.8 Propuesta de Mejoramiento de Areas Verdes y Equipamiento de Bandejón  Central y Plaza, se aclara que deberán ingresar los respectivos proyectos a la DOM, los cuales deberán considerar alumbrado peatonal, implementación de sistema de riego, proyecto de paisajismo, escaños, vallas peatonales, y cualquier otro elemento que se pudiera estipular como necesario para configurar una suficiencia de habitabilidad dentro de las áreas verdes propuestas.

6.      Compromiso Voluntario 2.9 Estudio de Regularización de las intersecciones semaforizadas o de prioridad, se deberán ingresar dichos estudios tanto a la DTTP como UOCT, para revisión y V°B°.

7.      Compromiso Voluntario 2.10 Ingreso de un EISTU Voluntario, se solicita que dicho EISTU se encuentre aprobado previo al inicio de obras del presente proyecto.

Sin embargo, debido a que el ingreso del EISTU es un  compromiso voluntario, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, indica que no se debe considerar esta exigencia, e indica que el Titular sólo debe cumplir con la obligación de ejecutar las medidas de su EISTU aprobado, antes de la recepción final de las obras.

8.      En relación con lo dispuesto en el Anexo N°2. Normativa Ambiental Aplicable de la Adenda Complementaria, específicamente en las páginas 13 y 17, el titular deberá reparar todas aquellas calzadas que resulten dañadas producto de las obras a realizar por el presente proyecto, por lo cual deberán ingresar a la DOM un registro fotográfico con el estado de las vías que consulten el ingreso y egreso de camiones al proyecto.

9.      Todas las obras de pavimentación, contenidas tanto en la evaluación ambiental del proyecto, así como como en el EISTU y en el proyecto de Obras Exteriores, deberán contar con su respectiva recepción por parte de SERVIU R.M.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.2.4 del ICE y Oficio Ordinario 1800/20/2017 de fecha 22/09/2017, de la I.M. de Estación Central.

     

 

8.6. Condiciones de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana RM

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación

La Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana RM en su sesión de fecha 17/10/2017 aprobó el ICE del proyecto agregando las siguientes consideraciones respecto de los compromisos voluntarios:

1.      La modificación del compromiso voluntario “Instalación de luminaria peatonal” por un tramo de 1.200 m, destallado en la Tabla 9.6 de la presente RCA, podrá modificar sus características de acuerdo a lo solicitado por la Ilustre Municipalidad de Estación Central, sólo por causas justificadas y de mutuo acuerdo, no viéndose obligado el Titular a modificar su Proyecto de luminarias de la manera solicitada por la Ilustre Municipalidad de Estación Central.

2.      En relación EISTU, dado su carácter de voluntario, sólo se exigirá al titular la  materialización de todas las medidas de mitigación antes de la recepción final de las obras.

 

 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

9.1. Plan de comunicación

Impacto asociado

Emisiones acústicas.

Emisiones atmosféricas.

Congestión vehicular.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Informar a los residentes del área de influencia del Proyecto respecto a las medidas de control que este incorpora, además de recepcionar registros de denuncias, respuestas y acciones implementadas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas en un plazo máximo de 5 días hábiles. Además se realizará una encuesta mensual a los receptores identificados en el presente proceso de evaluación, con el fin de evaluar si las medidas consideradas para material particulado, ruido y vibraciones están dando cumplimiento.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Por medio de cartel informativo al ingreso de la obra durante toda la fase de construcción del proyecto, con información semanal de las actividades.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de cartel informativo.

Registro fotográfico o papel de quejas de las comunidades aledañas.

Registro fotográfico o papel de encuestas a receptores identificados.

Registro fotográfico o papel de respuestas a consultas emitidas.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico mensual en obra de pizarra informativa.

Registro en obra de quejas de las comunidades aledañas.

Registro mensual en obra de encuestas.

Registro mensual en obra de respuestas emitidas a consultas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.1

 

9.2. Incorporación de señalética de no estacionar

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Evitar que vehículos se estacionen en calzada o platabanda.

Descripción: Incorporación de señalética de No estacionar en calzada y platabanda.

Justificación: El titular solicitará autorización para instalar una señal de “No Estacionar en Calzada y Platabanda” a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central.

Contribuye a evitar la obstrucción de la vialidad, en concordancia con lo indicado en el literal b del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Calle Apóstol Santiago entre Ecuador y Buzo Sobenes (Vereda Poniente).

Forma: El titular solicitará autorización para instalar una señal de “No Estacionar en Calzada y Platabanda” a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central.

Oportunidad: Durante la construcción del Proyecto

Indicador que acredite su cumplimiento

Recepción por parte de Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central.

Forma de control y seguimiento

Recepción por parte de Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.2.

 

9.3. Incorporación de especies nativas

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Fomentar el uso del espacio público. Incrementar la biodiversidad. Entrega una mejor calidad a los espacios comunes, alineándose con lo establecido en el literal c del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Espacios comunes al interior del Proyecto, más específicamente en los jardines de la primera planta del edificio.

Forma: El Titular, en el diseño paisajístico, considera la incorporación de especies arbóreas nativas que comporten un menor consumo hídrico. Estas especies suponen el 61% de las especies totales incluidas en el Proyecto de Paisajismo. Del total de 41 individuos, un total de 29 corresponden a especies nativas, entre las que destacan:

·         Quillay (Quillaja saponaria)

·         Canelo (Drymis winteris)

Para mayor detalle revisar Proyecto de Paisajismo del Anexo Nº1. Planos del Proyecto.

Oportunidad: El Proyecto de Paisajismo se ejecutará durante el desarrollo del Proyecto y estará finalizado antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de las especies. Proyecto de paisajismo

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento será parte de la administración del edificio.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.3.

 

9.4. Incorporación Área de Reciclaje , Punto Limpio en fase de construcción

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Promover el reciclaje de la comunidad y los trabajadores, con el fin de reutilizar los residuos y así generar una menor cantidad de desechos y un menor impacto ambiental.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Fachada de la construcción.

Forma: se instalará un punto limpio en la fachada de cara al público, donde se recibirán 7 tipos de residuos, siendo abierto a la comunidad. La estructura interna servirá para recepción y acopio de residuos.

Residuos a reciclar

·         Aluminio y Otros metales

·         Envases Prolipileno (vasos desechables, envases cosméticos, de papas fritas)

·         Envases de Polietileno (envases de champú, detergentes o productos lácteos)

·         Envases de cartón para bebidas

·         Cartón

·         Papel

·         Vidrio

Los residuos serán retirados 1 o 2 veces semanales por parte de la empresa triciclos, quienes entregarán un informe con la trazabilidad, las cantidades recicladas y los beneficios ambientales.

Oportunidad: La instalación se instalará al inicio de la obra

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de los contenedores.

Acuerdo entre Titular y empresa Triciclos.

Forma de control y seguimiento

Informes en obra de la empresa Triciclos para cada uno de los retiros.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.4.

 

9.5. Incorporación Área de Reciclaje en fase de operación

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Promover el reciclaje de la comunidad y los trabajadores, con el fin de reutilizar los residuos y así generar una menor cantidad de desechos y un menor impacto ambiental.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Salas de basura del Proyecto y zona de pre-carguío.

Forma: se instalará en cada sala de basura (planta -1) y en la zona de pre-carguío (planta 1), un punto ecológico, que consistirá en la diferenciación de containers según tipo de residuo. Así, los residuos reciclados que provienen de los closets ecológicos de cada piso, serán distribuidos en los diferentes containers en la sala de basura por el personal del edificio.

Residuos a reciclar

·         Vidrios

·         Plásticos

·         Papel y cartón

·         Aluminio

·         Otros valorizables

Con posterioridad la Empresa Triciclo se hará cargo de los residuos a reciclar, con certificaciones respecto al tratamiento y con reportes de respaldo. La contratación de la empresa de reciclaje quedará a cargo de la Administración del edificio. 

Oportunidad: La instalación estará finalizada antes de la recepción final del edificio. El Proyecto de basura se presentará a la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, una vez obtenida la RCA favorable

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de los contenedores

Recepción final del edificio por parte de la Municipalidad

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento y del contrato de la empresa de reciclaje será de la administración del edificio.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.5.

 

9.6. Instalación de luminaria peatonal

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Fomentar el uso del espacio público. Generar espacios más agradables y seguros para la circulación peatonal. Entrega una mejor calidad a los espacios comunes, alineándose con lo establecido en el literal b y c del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Avenida Ecuador, entre caletera poniente Padre Alberto Hurtado y Francisco Javier. Calle Apóstol Santiago, entre Av. Ecuador y calle Paraguay; Calle Francisco Javier, entre Av. Ecuador y calle Buzo Sobenes; Calle Buzo Sobenes, entre calle Apóstol Santiago y calle Francisco Javier; Calle Constantino entre Paraguay y medio tramo desde Embajador Quintana y Av. Ecuador.

Forma: implementación de luminaria, de acuerdo a las características indicadas y lugar señalados por el Titular, salvo decisión en contrario de mutuo acuerdo del Titular y la Ilustre Municipalidad de Estación Central, de acuerdo a lo indicado en la sesión de la Comisión de Evaluación Ambiental de fecha17/10/2017.

Oportunidad: Las obras exteriores en el espacio público estarán finalizadas antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico del tramo en el que se realizan los trabajos.

Recepción por parte de la DOM de la Municipalidad de Estación Central.

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento será parte de la Municipalidad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.6.

 

9.7. Plan de Tratamiento de espacio público

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Fomentar el uso del espacio público. Generar espacios más agradables y seguros para la circulación peatonal. Entrega una mejor calidad a los espacios comunes, alineándose con lo establecido en el literal b y c del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: en calle Apóstol Santiago, desde Paraguay hasta Av. Ecuador, y en Av. Ecuador, desde Apóstol Santiago hasta Francisco Javier.

Forma: Mejora de la pavimentación en aceras, Instalación de monolitos segregatorios, plantación de la arborización del sector, e implementación de topes de contención, de acuerdo a los estándares establecidos por la DOM de Estación Central. Para más detalle revisar Plan de Tratamiento del Espacio Público del Anexo Nº1 de la Adenda Nº1, donde se presenta el TEP inicial para el tramo de calle Apóstol Santiago, que se ampliará a la zona anteriormente especificada.

Oportunidad: Las obras exteriores en el espacio público estarán finalizadas antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico del tramo en el que se realizan los trabajos.

Recepción por parte de la DOM de la Municipalidad de Estación Central.

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento será parte de la Municipalidad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.7.

 

9.8. Implementación de ciclovía

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Disminuir la congestión vehicular, tanto para el uso del vehículo particular como del transporte público. Fomentar el uso de la bicicleta pública. Incrementar el porcentaje de partición modal del medio de transporte bicicleta. Genera un aporte a lo establecido en el literal b del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: En Av. Ecuador, desde Placilla hasta caletera de Av. Padre Alberto Hurtado. En caletera de Av. Padre Alberto Hurtado, desde Av. Ecuador hasta Av. Libertador Bernardo O’Higgins.

Forma: Construcción de una ciclovía del alto estándar por la carretera, con el fin de conectar el Proyecto con la ciclovía Alameda.

Oportunidad: La ciclovía estará finalizada antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de la ciclovía.

Recepción por parte de los organismos competentes

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento será parte de la Municipalidad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.8.

 

9.9. Mejoramiento de Áreas Verdes y Equipamiento de Bandejón Central y Plaza

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Mejorar y acondicionar la Plaza ubicada en la intersección de las calles Embajador Quintana y Abtao, además de mejorar las condiciones ornamentales del Bandejón Central ubicada entre las calles Padre Alberto Hurtado y la Autopista Central. Ambas con el fin de ofrecer a la comunidad del sector un sitio de esparcimiento familiar apto, seguro y equipado. De esta manera, se ofrece un cambio de imagen al sector y a los espacios públicos de la comuna de Estación Central. Entrega una mejor calidad a los espacios comunes, particularmente en lo referido a las Áreas Verdes, alineándose con lo establecido en el literal c del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Los lugares en donde se implementará el presente compromiso corresponden a uno de los bandejones ubicados en la Av. Padre Alberto Hurtado y una plaza localizada en la intersección de las calles Embajador Quintana y Abtao, constan de aproximadamente 2.500 m2 y 4.500 m2 respectivamente.

Forma: Se propone la limpieza, instalación de mobiliario urbano, así como la creación de zonas ajardinadas. El detalle de las obras de mejora serán acordadas con la DOM de Estación Central según sus requerimientos.

Oportunidad: La mejora propuesta se ejecutará durante la fase de construcción, en coordinación con el municipio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la autoridad.

Forma de control y seguimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.9.

 

9.10. Estudio de regularización de las intersecciones semaforizadas o de prioridad

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Mejorar la circulación vehicular y la seguridad mediante la mejora de las intersecciones, ya sea por semaforización o mejora de la señalización.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: En cada una de las intersecciones del Área de influencia.

Forma: Se realizará una inspección visual y posteriormente un estudio de regularización de las intersecciones semaforizadas o de prioridad para determinar las intersecciones que necesitan una intervención. De ser así, se harán las mejoras en la señalización correspondiente.

Oportunidad: El estudio de regularización se realizará durante las medidas de implementación del AVB y la elaboración del EISTU. Se aclara que las medidas implementadas serán aquellas acordadas con el municipio, existiendo la posibilidad de trasladar medidas inicialmente propuestas de manera que no coincidan con lo planteado por el EISTU, evitando así la duplicidad.

Indicador que acredite su cumplimiento

- Ordinario de aprobación de AVB de la SEREMITT.

- Recepción final de la DOM con obras ya ejecutadas

Forma de control y seguimiento

Recepción final de la DOM con las obras ejecutada

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.10.

 

9.11. EISTU Voluntario

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Mitigar el impacto vial asociado a la incorporación de nuevos residentes en el área de influencia mediante la elaboración y presentación de un EISTU voluntario ante SEREMITT.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área de influencia a definir en el EISTU voluntario.

Forma: Se elaborará un EISTU voluntario, el cual una vez aprobado el titular que compromete a la ejecución de las medidas de mitigación establecido en el ordinario de aprobación.

Oportunidad: una vez elaborado el EISTU voluntario, se presentará el EISTU ante la SEREMITT para su evaluación y aprobación

Indicador que acredite su cumplimiento

- Obtención de Ordinario de aprobación de EISTU voluntario de la SEREMITT.

- Recepción final de la DOM con obras ya ejecutadas del EISTU voluntario

Forma de control y seguimiento

Obtención de resolución de aprobación de EISTU voluntario y recepción final de la DOM con las obras ejecutadas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.11.

 

9.12. Mantención y reparación de refugios peatonales existentes

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

En una inspección visual en el área de influencia del Proyecto, se detectó las falencias de las paradas de buses. Es por lo anterior que el titular se compromete a realizar mejoras en las parada de Buses inmersos en el área de influencia, específicamente se realizará la mantención y reparación de los refugios peatonales en sus partes y piezas, para que los usuarios se encuentren seguros durante los tiempos de espera. Se coordinará con Directorio de Transporte Metropolitano y la Ilustre Municipalidad de Estación Central. Mejora la calidad al equipamiento de infraestructura de transporte, alineándose con lo establecido en el literal c del Artículo 7 del RSEIA para el componente de Medio Humano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto se desarrolla en los refugios peatonales existentes en el área de influencia del Proyecto.

·         PI65 - Buzo Sobenes/Av. Gral. Velasquez

·         PI66 - Av. Ecuador/Av. Gral. Velasquez

·         PI81 - Av. Ecuador/Av. Gral. Velasquez

·         PI80 - Parada 1 (M) Alberto Hurtado

·         PI67 - Parada 7 (M) Alberto Hurtado

·         PI449 - Parada 6 (M) Alberto Hurtado

·         PI841 - Parada 9 (M) Alberto Hurtado

·         PI471 – Parada 4 Concón PI347 – Constantino/Av. Ecuador

·         PI1078 – Francisco Javier/Av. Ecuador

·         PI837 – Buzo Sobenes/Constantino

·         PI838 – Paraguay/ Constantino

·         PI1073 – Porto Seguro/Constantino PJ874 – San Gumercindo/Porto Seguro.

Forma: Mantención y reparación de los refugios peatonales en sus partes y piezas. Una vez, presentada y obtenida la aprobación por la DTPM y la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central se iniciará la ejecución del proyecto.

Oportunidad: La ejecución del proyecto se realizará después de la aprobación de la DTPM y la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central, antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

- Sera la recepción final del proyecto con la autorización de la DTPM y la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central

- Se entregará un álbum fotográfico al inicio y al final de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a la autoridad (DTPM y la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Estación Central) del inicio y termino de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.12.

 

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

10.1.1. Derrame de sustancias químicas o peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Construcción en el almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Limitar la cantidad de materiales nuevos y peligrosos para minimizar el riesgo y alcance de los derrames.

·         Almacenar los materiales bajo techo y alejados de puertas y drenajes para evitar descargas accidentales al medio ambiente

·         Al trasladar o distribuir materiales, manejarlos correctamente para prevenir derrames

·         Usar recipientes dobles para el transporte de materiales

·         Realizar capacitación a trabajadores en el uso, manejo y almacenaje de sustancias y residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Registro en faena del correcto almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII, Tabla 7.1.1 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.1.2. Derrame de residuos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Acopio temporal de residuos peligrosos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Realizar un correcto acopio de residuos peligrosos.

·         Mantener en buenas condiciones la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos

·         Retirar los residuos peligrosos con una frecuencia de 6 meses mediante transportistas y destinatarios finales autorizados.

·         Realizar capacitación a trabajadores en el uso, manejo y almacenamiento de residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Registro en faena del correcto acopio de residuos peligrosos

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII, Tabla 7.1.2 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.1.3. Incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Parte, obra o acción asociada

Durante la construcción y operación del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas para incendio durante todo el tiempo que dure la construcción.

·         Se deben colocar carteles claramente visibles con la ubicación del extintor de incendios más cercana. Además se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132).

·         Se deben tomar en cuenta y proteger adecuadamente la madera, los combustibles, la ropa, etc. que no se necesita tener en el lugar de trabajo.

·         No se deben tener calefactores en los lugares donde se almacenan residuos combustibles y si la calefacción es necesaria, se debe planear de modo que no se sobrecalienten los materiales y que tengan ventilación adecuada. En todos estos sitios se deben colocar carteles con la “prohibición de fumar” claramente visibles y se debe cuidar que se obedezcan siempre.

·         Realizar una adecuada inspección por parte del ITO, poniendo énfasis en:

o   El equipo y la instalación eléctrica.

o   La provisión de líquidos y materiales inflamables.

o   Las zonas cercanas a donde se realizan las labores de soldaduras, especialmente si ésta se realiza en lo alto.

o   Debajo y cerca de techos calientes.

o   Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor.

o   Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interna y sus provisiones de combustible.

·         Mantener orden y limpieza en la obra: El desorden y la falta de limpieza constituyen un riesgo que el contratista puede evitar.

·         Realizar capacitaciones a trabajadores en el uso de extintores.

·         Mantener aseado los pasillos.

Forma de control y seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.3 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.1.4. Accidente de camiones que transporten residuos o sustancias peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Transporte de residuos o sustancias peligrosas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         El transportista deberá dar aviso inmediato a los organismos públicos y personas atingentes para atender la emergencia, Seremi de Salud Metropolitana, bomberos, carabineros y la Oficina Regional de Emergencia.

·         Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada.

·         Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, etc.)

·         Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame.

·         Finalmente el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

Forma de control y seguimiento

Registro de transportista autorizado para el transporte de este tipo de materiales.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.4 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

 

10.2. PLAN DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

 

10.2.1 Accidente que afecte recursos hídricos

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faenas

Excavaciones y rellenos

Acciones a implementar

Se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana y se realizará informe preliminar el que incluirá:

a)      Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b)      Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c)      Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia

d)     En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Solo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de que se active este plan, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia Metropolitana del Medio Ambiente y la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.1 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.2.2 Afloramiento de napas colgadas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

En caso que exista un afloramiento de napas colgadas de agua durante la construcción del Proyecto, el Titular deberá dar aviso de manera inmediata a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h.

Como medida de manejo preliminar, el Titular no deberá almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades.

a)      Detener las actividades en el frente de trabajo.

b)      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c)      En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d)      Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e)      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Registro de aviso a Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a un posible afloramiento de napas colgadas de agua.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.2 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.2.3 Afectación de algún componente ambiental

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

Presentar un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente), el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:

a)      Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier otra relevante relativa a esta materia).

b)      La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

c)      La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.

d)     Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo menor a 48 horas de ocurrido un evento, se enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente el informe de la emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.2.3 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

10.2.4 Derrame de sustancias químicas o residuos peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas..

Acciones a implementar

·         Limitar la cantidad de materiales nuevos y peligrosos para minimizar el riesgo y alcance de los derrames.

·         Almacenar los materiales bajo techo y alejados de puertas y drenajes para evitar descargas accidentales al medio ambiente

·         Al trasladar o distribuir materiales, manejarlos correctamente para prevenir derrames.

·         Usar recipientes dobles para el transporte de materiales

·         Realizar capacitación a trabajadores en el uso, manejo y almacenaje de sustancias y residuos peligrosos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Ante un eventual emergencia producto de derrame de residuos peligrosos.

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto, presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la I. Municipalidad de Estación Central) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 7 del Anexo 7 de la DIA.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.2.4 del ICE

Anexo 7 de la DIA. Plan de contingencias y emergencias.

 

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15. Que, para que el Proyecto " Edificio Apóstol Santiago " pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto " Edificio Apóstol Santiago " de Apóstol Santiago SpA.

2°. Certificar que el Proyecto " Edificio Apóstol Santiago " cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto " Edificio Apóstol Santiago ", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales  mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto " Edificio Apóstol Santiago ", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Valeria Andrea Essus Poblete
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región Metropolitana de Santiago




JMZV/VEP/MGVV/NVU/MAC

Distribución:

  • James Walter Teare Naranjo
  • Intendente Región Metropolitana
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Estación Central
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región < eva.astudillo@sea.gob.cl >
  • Expediente del Proyecto "Edificio Apóstol Santiago"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=3f/79/698cdfaeb63f12da936230324224d8fbd305


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