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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA | Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación Subestación Carrera Pinto" Resolución Exenta Nº 129 Copiapó, 13 de Julio de 2016 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 19 de febrero de 2016 y su Adenda de fecha 16 de mayo de 2016, del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto”, presentado por el Sr. David Igal Noe Scheinwald, en representación de TRANSELEC S.A. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto”. 3°. El Acta de Evaluación N° 14 de fecha 05 de julio de 2016, elaborada por el Comité Técnico. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” de fecha 05 de julio de 2016. 5°. El Acta de fecha 13 de julio de 2016, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1°. Que, TRANSELEC S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Antecedentes del Titular | | Nombre o razón social | TRANSELEC S.A | | Domicilio | Orinoco 90, piso 14, Las Condes | | Nombre representante legal | David Igal Noe Scheinwald | | Domicilio representante legal | Orinoco 90, piso 14, Las Condes | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de julio de 2016, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - Acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
- No genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 y los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
- Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento de los Permisos ambientales Sectoriales del artículo 138, 140, 142 y 160 del RSEIA.
3°. Que, en sesión de fecha 13 de julio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de julio de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. Antecedentes generales | | Objetivo general | El Proyecto forma parte del Plan de Expansión del Sistema de transmisión Troncal decretado (D.S. N°158/2015) por el Ministerio de Energía, cuyo objetivo fundamental, es ampliar la capacidad de la subestación, para mejorar la capacidad y confiabilidad del Sistema Interconectado Central. | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. | | Vida útil | Etapa de Construcción: 12 meses. Etapa de Operación: 50 años. Etapa de Cierre: 6 meses. | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | Habilitación Instalación de faena | | Proyecto se desarrollará por etapas | SI | NO | | | | [X] | | Proyecto modifica un proyecto o actividad | SI | NO | | | | [X] | | 4.2. Ubicación del Proyecto | | División político-administrativa | Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Copiapó. | | Descripción de la localización | El Proyecto se encuentra ubicado en la Región de Atacama, Provincia de Copiapó, en la comuna de Copiapó, a unos 75 km al noreste de la ciudad de Copiapó. | | Superficie | El presente Proyecto se realizará en una superficie de 4,23 ha., donde se ubicará las instalaciones permanentes y temporales. En la siguiente tabla se presenta la superficie a afectar por el Proyecto: Superficie del Proyecto | Obra/Instalación | Superficie (ha) | | Área de Proyecto | 4,23 | | Instalación de Faena | 0,197 | | Caseta de control | 0,0057 | | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | | Vértice | Coordenadas UTM WGS84 19S | | Este | Norte | | 1 | 410335,75 | 7013276,92 | | 2 | 410525,63 | 7013269,47 | | 3 | 410518,92 | 7013098,56 | | 4 | 410400,21 | 7013103,22 | | 5 | 410395,90 | 7012993,32 | | 6 | 410378,30 | 7012993,92 | | 7 | 410376,35 | 7012944,11 | | 8 | 410351,13 | 7012945,09 | | 9 | 410324,78 | 7012996,12 | | | Caminos de acceso | El principal acceso a la obra será por la Ruta C-17, que va hacia Inca de Oro y Diego de Almagro. El proyecto está a unos 300 metros de la ruta C-17 y cuenta con un acceso regularizado. En el Anexo 1 de la Adenda, se adjunta cartografía y coordenadas del camino de acceso. | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | En el Anexo 1 de la Adenda, se adjunta cartografía de las instalaciones y obras del Proyecto presentadas en la DIA y sus Anexos, tanto temporales como permanentes. | | 4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto | | El Proyecto forma parte del Plan de Expansión Decreto N°158 del año 2015 del Sistema de Transmisión Troncal decretado por el Ministerio de Energía. La ampliación de la subestación Carrera Pinto, considera las siguientes obras permanentes: · Ampliación y modificación del extremo Norte de la plataforma existente en el patio de 220 kV, con unas medidas aproximadas de 125 m de largo por 120 m de ancho. · Construcción de un nueva acometida para la línea San Andrés (ex Cardones) – Carrera Pinto 1x220 kV, desde la estructura E-581 hasta el nuevo marco de línea de entrada a la nueva diagonal (instalación de una torre nueva y tres postes). · Construcción de una caseta de control, protecciones y telecomunicaciones para albergar los equipos de la nueva diagonal. · Construcción de la extensión de la barra principal (BP) Sección Nº 1 en dos (2) posiciones hacia el extremo norte de la subestación. · Construcción de la extensión de la barra principal (BP) Sección Nº 2 en tres (3) posiciones hacia el extremo norte de la subestación. · Construcción de nuevas secciones de barra principal (Secciones Nº 1 y Secciones Nº 2) con extensiones para seis (6) posiciones. · Construcción de una nueva diagonal donde se conectará la acometida San Andrés-Carrera Pinto. | | 4.3.1. Fase de construcción | | Habilitación Instalación de faena | La zona de construcción será cercada malla raschel y pilares de rodillo separados cada tres metros. Se dispondrá de borde superior duro (alambre 14AW o maderos de construcción). Se delimitará la zona quedando imposibilitado el acceso de personal de obra a las instalaciones en explotación. Los materiales serán almacenados en la zona de acopio de materiales de la subestación y se encontrarán debidamente delimitados. Se construirán instalaciones para el almacenamiento de residuos; en el caso de los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, se habilitará un patio de salvataje para el acopio temporal de restos residuos. En el caso de los residuos peligrosos se construirá una bodega de acopio temporal de estos, en concordancia a lo establecido en el D.S. 148/03 del MINSAL. | | Movimientos de tierra | Para la construcción de la plataforma de la subestación, se requiere realizar un corte para remover un volumen de material de aproximadamente 4.000 m3, así se requerirán 2.500 m3 como relleno y un empréstito de 1500 m3. El material de empréstito será obtenido del escarpe a realizar, y en caso de no ser suficiente será comprado a terceros que cuenten con todos los permisos y cumplan con la legislación vigente. | | Construcción de las obras de la ampliación de la Subestación | Luego del movimiento de tierra y despeje del terreno, se procederá a la construcción de las instalaciones que comprenden la ampliación de la subestación, entre esta se tienen: · Ampliación de Plataforma hacia el Norte. · Cerco Exterior de tipo Agrícola. · Solerilla retenedora. · Construcción camino tipo huella para tránsito vehicular. · Cerco Perimetral de hormigón prefabricado tipo Bulldog. · Cerco Patio AT de tipo Acmafor. · Construcción nueva caseta de control. · Construcción nuevas secciones de barras principales con extensión para seis posiciones. · Construcción extensión de barras principales, sección Nº 1, Nº 2 y diagonal. · Construcción de canaletas y bancos de ductos. · Montaje de estructuras. · Instalaciones eléctricas. · Tendido de barras. · Montaje de equipos. · Conexionado de equipos. · Instalación Malla PAT. · Construcción seccionamiento y acometida de línea. · Montaje Protección Diferencial Nueva. · Protección diferencial de barra existente. · Pruebas de Precomisionamiento. · Puesta en servicio y energización. | | Pruebas y puesta en servicio | La última actividad de la etapa de construcción es la de pruebas y puesta en servicio de las instalaciones. En esta etapa, se corrigen los eventuales desperfectos de funcionamiento, dejando las instalaciones aptas para entrar en operación. Antes de energizar cualquier equipo, el Titular realizará, al menos, las siguientes verificaciones: · Verificación de la adecuada aislación de los alambres de interconexión entre equipos y de, a lo menos, los circuitos primarios de la fuente de alimentación de los equipos. · Verificación de la polaridad en equipos alimentados con corriente contínua. · Verificación que las fuentes de alimentación de los equipos tengan los puentes adecuados para la tensión con la cual trabajarán. · Verificación de la sección adecuada de los cables. · Verificación de la conexión a tierra de los blindajes de los cables apantallados. · Verificación de la conexión a tierra de los equipos. · Verificación que la malla de puesta a tierra de las salas de comando y en las casetas de control y malla general de la subestación estén debidamente interconectadas. En ningún caso se podrán energizar los equipos si dicha conexión no existe. Finalmente, se realizará la puesta en servicio de todos los equipos de 220 kV y de las instalaciones completas asociadas a la Subestación. | | Emisiones y efluentes | Emisiones Atmosféricas En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, las que corresponden a; 10,68 ton/año de PM10; 2,6 ton/año de MP2.5; 47,16 ton/año de MPS; 12,25 ton/año de NOx; 3,68 ton/año de CO; 1,46 ton/año de HC/COV y 0,17 ton/año de SO2. Ruido En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, como para las etapas de operación y cierre se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11. Residuos Líquidos Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán residuos líquidos de origen doméstico. Se estima una cantidad de 3 m3/día (mes 1 al mes 6) y 15 m3/mes (mes 7 al mes 12). Además, se generarán residuos líquidos industriales (lechada de lavado de camiones mixer) equivalentes a 1,562 m3/etapa. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV y V. | | 4.3.2. Fase de operación | | Programa de mantenimiento | La operación del Proyecto será desatendido, es decir, sin presencia de personal permanente. Ésta será monitoreada y comandada en forma remota a través de un enlace de telecomunicaciones vía Onda Portadora por Línea de Alta Tensión (OPAT) y un enlace de telecomunicaciones. Se realizarán actividades de mantención preventiva, donde se emplea equipamiento mecánico menor. El mantenimiento correctivo se realizará en caso que sea necesarias reparaciones a las instalaciones por fallas detectadas en el sistema. Su envergadura dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista. Las labores de mantención se desarrollarán 4 veces al año como máximo obra. A continuación se describen las mantenciones a realizar: · Mantenimiento preventivo: El mantenimiento preventivo, incluye el conjunto de inspecciones, pruebas y medidas que se efectúan para predecir el estado de los equipos de las subestación y también incluye acciones correctivas menores, periódicas y programables tales como el reapriete de conexiones, retoques de pintura, ajustes de protecciones, lubricación, el reemplazo programado de piezas gastadas, etc. · Mantenimiento correctivo: Este mantención comprende todos los trabajos para restituir las condiciones óptimas de las instalaciones para su explotación. Dependiendo de las características de la anomalía y del elemento dañado, ésta podrá ser causa de falla en forma inmediata, o al evolucionar esta alteración, exponer a la instalación a una interrupción de su servicio normal. Fuera de las revisiones y mantenciones a ejecutarse durante la operación del Proyecto, no se consideran actividades adicionales a estas. | | Emisiones y efluentes | Emisiones Atmosféricas En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, las que corresponden a; 0,29 ton/año de MP10; 0,03 ton/año de MP2,5; 0,94 ton/año de MPS; 0,01 ton/año de NOx; 0,0013 ton/año de CO y 0,0003 ton/año de HC/COV. Ruido En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, como para las etapas de operación y cierre se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11. Residuos Líquidos Durante la etapa de operación del Proyecto no se generarán residuos líquidos de origen doméstico ni de origen industrial. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV y V. | | 4.3.3. Fase de cierre | | Obras asociadas a la etapa de cierre | A continuación, se describen las principales obras asociadas a la etapa de cierre del Proyecto: · Desconexión eléctrica: Previo al retiro de los equipos, se procederá a la desenergización y retiro de los conductores de las líneas que empalman con la subestación, dando los avisos a la autoridad y tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en esta actividad. · Desmantelamiento de Equipos: Corresponde a desmontar los equipos y cables instalados en el área del Proyecto, es decir, los considerados para la ampliación de la subestación. Los equipos que puedan ser reutilizados serán guardados, y el resto se dispondrá en un sitio de disposición final autorizado. · Eliminación de obras civiles y restitución del terreno: Las fundaciones serán demolidas y se restaurarán las condiciones del terreno original mediante el uso de carpetas de suelo. · Desarme las obras de conexión: Se desmontaran los equipos y estructuras metálicas asociadas a la conexión de las actuales instalaciones de la subestación Carrera Pinto. · Desarme y traslado de estructuras: Esta actividad considera retirar las partes que componen cada estructura, con la ayuda de un camión pluma y una grúa cuando sea necesario. Las piezas y elementos de las estructuras son transportados a una zona de acopio y luego despachados a bodegas de almacenamiento. · Cierre de terreno y señalizaciones: Al momento del cierre, se cerrarán los accesos a las instalaciones del proyecto de modo de evitar ingresos no autorizados o casuales y proteger las estructuras remanentes. Las actividades contempladas corresponden al cierre físico de los caminos de acceso mediante la colocación de barreras y la instalación de las señalizaciones de advertencia correspondientes. · Cierre y clausura de otras instalaciones: Todos los estanques que contengan aceites, lubricantes, combustibles, etc., así como también baterías, serán vendidos para su utilización por terceros. Los materiales para los cuales no se encuentren interesados, serán llevados a sitios de disposición final autorizados. · Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad En caso de que se considere o fuese necesario una fase de abandono del Proyecto, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, se retirarán los equipos, elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. · Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el proyecto o actividad: Debido al tipo de tecnología utilizada, se puede confirmar el retiro total de todas las estructuras y equipos comprometiendo a que una vez terminada la fase de cierre se restablecerán las condiciones iniciales del lugar. Las obras civiles serán demolidas en su totalidad, se retirará todo el hormigón del terreno, se restablecerán las condiciones iniciales del lugar y se reciclará la mayor cantidad de componentes provenientes de la subestación. Mayores detalles sobre las actividades que se ejecutaran en la etapa de cierre del Proyecto, se presentan en el Anexo 2 incluido en la Adenda. | | Emisiones y efluentes | Emisiones Atmosféricas En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, las que corresponden a; 7,09 ton/etapa de MP10; 1,72 ton/etapa de MP2,5; 31,36 ton/año de MPS; 8,16 ton/etapa de NOx; 2,46 ton/etapa de CO; 0,97 toneladas de HC/COV y 0,12 toneladas de SO2. Ruido En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, como para las etapas de operación y cierre se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11. Residuos Líquidos Durante la etapa de cierre del Proyecto se generarán residuos líquidos de origen doméstico. Se estima una cantidad de 1,5 m3/mes. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV y V. | | 4.3.4. Insumos del Proyecto | | Insumos | Cantidad Por Etapas | | Construcción | Operación | Cierre | | Agua potable | 15 m3/día | --- | 7,5 m3/día | | Agua Industrial | 38 m3/día | 10 m3 cada 3 meses | 8 m3/día | | Combustible | 7.000 l/mes | --- | 5.000 l/mes | | Maquinarias | 8 camionetas 4x4 y furgonetas 4 minibuses 2 camiones Tolva 1 camión aljibe 2 camiones mixer 1 camión rampa 2 camiones grúa | --- | 5 camionetas 4x4 y furgonetas 3 minibuses 1 camión tolva 1 camión aljibe 1 camión rampa 1 camión grúa | | Sustancias Peligrosas | 8,43 m3 de gas SF6 | --- | --- | | Hormigón | 1.250 m3 | --- | --- | | Energía eléctrica | 2 grupos electrógenos de 20 kVA | --- | 2 grupos electrógenos de 20 kVA | | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV | | 4.4. Descripción de las fases del Proyecto | | 4.4.1. Fase de construcción | | Fecha estimada de inicio | Agosto 2016 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Habilitación Instalación de faena | | Fecha estimada de término | 30 de julio 2017 | | Parte, obra o acción que establece el término | Término de todas las obras de la etapa de construcción | | 4.4.1. Fase de operación | | Fecha estimada de inicio | 31 de julio 2017 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Pruebas de energización y puesta en marcha | | Fecha estimada de término | 31 de julio 2067 | | Parte, obra o acción que establece el término | Comienzo de desmantelamiento de las obras | | 4.4.1. Fase de cierre | | Fecha estimada de inicio | 01 de agosto de 2067 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Desconexión eléctrica de equipos | | Fecha estimada de término | 01 de febrero de 2068 | | Parte, obra o acción que establece el término | Restitución de terrenos | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | 5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos | | Impacto no significativo | Emisiones Atmosféricas En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, es posible determinar que el Proyecto generará emisiones, cuyos valores corresponden para toda la etapa de construcción a 10,68 toneladas de PM10; 2,6 toneladas de MP2.5; 12,25 toneladas de NOx; 3,68 toneladas de CO; 1,46 toneladas de HC/COV y 0,17 toneladas de SO2. Estas emisiones se producirán principalmente por los trabajos asociados a la construcción de la plataforma para la Subestación Eléctrica, producto del movimiento de material y tránsito de vehículos y maquinarias. Para el caso de la etapa de operación las emisiones estimadas son 0,29 ton/año de MP10; 0,03 ton/año de MP2,5; 0,01 t/año de NOx; 0,0013 ton/año de CO y 0,0003 ton/año de HC/COV. Para la etapa de cierre del Proyecto, que tendrá una duración de 6 meses, las emisiones estimadas son 7,09 toneladas de MP10; 1,72 toneladas de MP2,5; 8,16 toneladas de NOx; 2,46 toneladas de CO; 0,97 toneladas de HC/COV y 0,12 toneladas de SO2. En virtud de lo analizado, el Proyecto generará emisiones atmosféricas de baja magnitud y duración (construcción y cierre), por lo que no se prevé un efecto sobre la salud de la población. | | Parte, obra o acción que lo genera | La acción que genera mayor aporte de emisiones de material particulado es el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Impacto no significativo | Ruido Dadas las características de Proyecto, se ha determinado que el mayor impacto acústico de éste, se genera durante la etapa de construcción. Para la evaluación del posible impacto del ruido generado por la implementación del Proyecto, se consideró el escenario más desfavorable, el cual corresponde a toda la maquinaria de construcción funcionando simultáneamente y un límite normativo de 35 dBA. Al realizar las modelaciones sonoras se determinó que el área de influencia de ruido del Proyecto es de aproximadamente 1 km (a un kilómetro de distancia se cumple la normativa de 35 dBa), sin embargo, los receptores más cercanos se encuentran a aproximadamente 26 km por lo tanto el Proyecto no generará ningún impacto sobre ellos, según lo estipulado en el D.S. Nº 38/11 del MMA. | | Parte, obra o acción que lo genera | Maquinarias y acciones propias de las etapas de construcción y cierre. | | Fase en que se presenta | Construcción y cierre | | Impacto no significativo | Residuos El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos y Líquidos para cada etapa del Proyecto. Respecto al manejo de aguas servidas, durante los primeros 6 meses de la etapa de construcción, se instalarán baños químicos dentro de la instalación de faena. Una vez cumplido los 6 meses, los baños serán reemplazados por un sistema higiénico conectado a una fosa con infiltración como destino de las aguas servidas generadas. Los residuos generados por el Proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo y serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras y desmantelamiento de las mismas. | | Fase en que se presenta | Construcción y cierre | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. | | 5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire | | Impacto no significativo | Suelo De acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Titular, las estructuras contempladas en el Proyecto se emplazaran sobre suelo de clase VII. Las condiciones de aridez características de la zona, mantienen los materiales parentales con muy poca alteración. No existe una cobertura vegetal importante ni tampoco la capacidad de retención de humedad necesaria para mantener en forma continua, la necesaria actividad biológica (microorganismos) para permitir el desarrollo de los suelos. En conclusión, la perdida de suelo es poco significativa, por no poseer una buena calidad y la biodiversidad que sustenta es reducida. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto no significativo | Emisiones Atmosféricas (MPS) El Proyecto generará emisiones atmosféricas que tendrán un carácter estrictamente temporal, y se generarán principalmente durante las etapas de construcción y cierre, directamente en el área de desarrollo del Proyecto y alejado de zonas habitadas que mantengan actividades silvoagropecuarias que puedan verse afectadas por el MPS generado. Durante la etapa de operación, las emisiones a la atmósfera solo están asociadas a la circulación de vehículos destinados a las mantenciones realizadas, por lo que no se consideran relevantes. | | Parte, obra o acción que lo genera | La acción que genera mayor aporte de emisiones de atmosféricas es el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Impacto no significativo | Flora Para el componente Flora y Vegetación, se registraron 16 especies, ninguna catalogada en los listados de clasificación de especies (RCE). En consecuencia, desde el punto de vista del componente flora y vegetación, el Proyecto no presenta elementos que impidan su desarrollo. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción | | Impacto no significativo | Fauna Respecto a la caracterización de fauna realizada, Los resultados obtenidos en la campaña de línea de base, se pudo identificar 2 especies de reptiles Lioalemus atacamensis y Callopistes maculatus, ambas en categoría de conservación. Además, se encontraron registros (huellas) de alguna especie de zorro. Para las especies de reptiles registradas, se realizará perturbación controlada. Además, el Titular implementará charlas informativas a los trabajadores respecto a los componentes fauna del sector con el fin de prevenir alteraciones y/o destrucción de los mismos, así como los procedimientos relacionados a la perturbación controlada. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras y operación de la subestación | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto no significativo | Hidrología Para el caso de la hidrología del área de emplazamiento del Proyecto, no existen cauces naturales de ningún tipo. El cauce natural de consideración en las cercanías más importante corresponde a la quebrada Banderita, la que se encuentra fuera del área de Proyecto. En los alrededores se desarrollan algunos cauces menores, poco definidos, que se activarían ante eventos extremos de precipitación, pero que se encuentran fuera del Área de Influencia. En consideración a lo anterior, se descarta la pertinencia de los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos asociados a intervenciones de cauces. | | Parte, obra o acción que lo genera | --- | | Fase en que se presenta | --- | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. | | 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos | | Impacto no significativo | En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que el Proyecto, no generará procesos migratorios o cambios en la estructura de la población local. La modificación de proyecto se ubica retirada de grupos humanos por lo que no afecta su distribución, comunicación o transporte. El grupo humano más cercano es la localidad de Inca de Oro ubicada a 26 kilómetros aproximadamente. La materialización del Proyecto no considera la utilización de recursos naturales en ninguna de sus etapas; por otra parte, el Proyecto no se encuentra cercano a grupos o asentamientos humanos que se vean afectados por éste. Si bien la ejecución del Proyecto realizará un leve aumento del flujo vial en las rutas de acceso a este (principalmente Ruta C-17), este aumento se producirá en la etapa de construcción principalmente, y en ningún caso generará la obstrucción o libre desplazamiento en dichas rutas. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción, operación y cierre de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | | 5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar. | | Impacto no significativo | Al respecto, es posible establecer que el Proyecto no se localiza próximo a población protegida por ley, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, y tampoco afecta el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. El Proyecto tampoco se localiza en o alrededor de áreas donde existan poblaciones protegidas. | | Parte, obra o acción que lo genera | ---- | | Fase en que se presenta | ---- | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no presenta o genera efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. | | 5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona | | Impacto no significativo | Según la información proporcionada durante el proceso de evaluación referida al Paisaje, el Proyecto se emplazará al interior de un área fuertemente intervenida (Subestación Carrera Pinto), por lo que no afectará las condiciones del paisaje ni de visibilidad. Además, no alterará atributos de una zona con valor paisajístico, dado el sector de emplazamiento del Proyecto no presentan estas características. Para el caso del componente Turismo, y considerando que el área de emplazamiento del Proyecto no mantiene valor paisajístico, cultural y/o patrimonial de importancia, no atrae flujo de visitantes o turistas. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y operación de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. | | 5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural | | Impacto no significativo | No se identifican sitios arqueológicos en la localización del Proyecto. Sin embargo, el Titular como compromiso voluntario realizará charlas y distribuirá cartillas informativas a los trabajadores, con respecto a hallazgos patrimoniales, naturales y culturales del sector con el fin de prevenir alteraciones y/o destrucción de los mismos. | | Parte, obra o acción que lo genera | --- | | Fase en que se presenta | --- | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. | 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: | 6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos | | 6.1.1. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y cierre | | Parte, obra o acción a que aplica | Implementación de una fosa séptica con drenes infiltración | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Anexo 8.1 incluido en la Adenda. | | Pronunciamiento del órgano competente | Mediante Ord. N° 1079 de fecha 08.06.16, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. | | 6.1.2. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y cierre | | Parte, obra o acción a que aplica | Habilitación de sitio destinado al almacenamiento temporal de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Anexo 8.2 incluido en la Adenda | | Pronunciamiento del órgano competente | Mediante Ord. N° 1079 de fecha 08.06.16, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. | | 6.1.3. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y cierre | | Parte, obra o acción a que aplica | Habilitación de sitio destinado al almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Anexo 8.3 incluido en la Adenda. | | Pronunciamiento del órgano competente | Mediante Ord. N° 1079 de fecha 08.06.16, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. | | 6.1.4. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a que aplica | El Proyecto contempla la construcción de una instalación de faena para la etapa de construcción del Proyecto, mientras que para la etapa de operación una caseta de control, por lo que requiere realizar cambio de uso para esas superficies. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Anexo 8.4 y Apéndice 1 incluidos de la Adenda | | Pronunciamiento del órgano competente | Mediante Ord. N° 388 de fecha 01.07.16, el Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: | Componente/Materia: Aire | | Norma | D.S. Nº144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza del Ministerio de Salud. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Durante la etapa de construcción, operación y cierre del Proyecto, a fin de controlar las emisiones atmosféricas se adoptarán las siguientes medidas: tránsito en caminos sin tratamiento superficial a 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga; camino de acceso, perimetral e interno se humectaran 2 veces al día; movimientos de tierra y excavaciones se realizarán humectando previamente el suelo, en caso de ser necesario | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro interno de humectación de caminos, catastro de vehículos con fechas de revisiones técnicas y mantenciones. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Aire | | Norma | D.S. Nº138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica, modificado por el D.S. N° 90/2010 del Ministerio de Salud. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y cierre | | Forma de cumplimiento | Para la etapa de construcción y cierre del Proyecto, requerirá del funcionamiento de equipos de generación de energía de 20KW de potencia. Por tal razón, el Titular declarara sus fuentes fijas en sistema de ventanilla única RETC http://vu.mma.gob.cl. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El Titular deberá mantener copia de la declaración anual de emisiones de todas aquellas fuentes fijas que le aplique. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos | | Norma | D.S Nº594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Todos los residuos, ya sean peligrosos, no peligrosos o domiciliarios, se almacenarán y dispondrán en lugares autorizados para tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones aludidas. A su vez, el transporte de dichos residuos se realizará por terceros autorizados que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El Titular deberá mantener el registro de salida a disposición final de los residuos generados. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos | | Norma | D.F.L. Nº725/1968 del Ministerio de Salud, Código Sanitario. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y cierre | | Forma de cumplimiento | Se implementarán baños químicos y su mantención y limpieza estará a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realizará a lo menos dos veces por semana (etapas de construcción y cierre). | | Indicador que acredita su cumplimiento | El Titular llevará un control del retiro de residuos, manteniendo disponible documento timbrado que certifique la disposición final de aguas servidas en recinto autorizado. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos Peligrosos | | Norma | D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y cierre | | Forma de cumplimiento | Los residuos peligrosos generados durante las etapas de construcción y cierre del Proyecto, serán retirados desde los frentes de trabajo y transportados hacia la Bodega de Acopio Temporal de forma diaria. El transporte y la disposición final de estos residuos, se realizará a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Patrimonio Cultural | | Norma | Ley N°17.288/1970, del Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Forma de cumplimiento | Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. El Titular realizará charlas informativas a los trabajadores respecto a hallazgos patrimoniales y naturales como culturales del sector, previniendo así la alteración y/o destrucción de los mismos. | | Indicador que acredita su cumplimiento | En caso de efectuarse hallazgos arqueológicos o paleontológicos, el Titular deberá mantener un registro de los sectores de movimientos de tierra y los hallazgos encontrados, además de las capacitaciones realizadas. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Sustancias Peligrosas | | Norma | D.S. N° 78/2009, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Forma de cumplimiento | Se utilizará gas SF6 en la etapa de construcción del Proyecto, en un volumen de 8,43 m3. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Al momento de la recepción del insumo, el Titular deberá entregar la declaración de uso y disposición emitida por la SEREMI de Salud, declaración de internación y la Hoja de Seguridad. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: | Componente | Medidas | | Emisiones Atmosféricas | - El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga. - Humectación en periodo de bajas precipitaciones, de aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas. - La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario. - Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante en talleres mecánicos autorizados. | | Flora y Vegetación y Fauna | - Charla de Capacitación Inicial de buenas prácticas de conservación de la biodiversidad que se efectúa antes que el personal comience con cualquier actividad de escarpe o movimiento de tierra y será de carácter obligatoria. - Para las especies de reptiles registradas en el sector de emplazamiento del Proyecto, se realizará perturbación controlada. - Charlas sobre los procedimientos relacionados a la perturbación controlada. | | Medio Humano | El Titular adquiere como compromiso voluntario contratar mano de obra local a través de la OMIL de las comunas aledañas al Proyecto (Copiapó y Diego de Almagro). Se estima la contratación de aproximadamente un 5% de mano de obra local, para las etapas de construcción y cierre del Proyecto, según disponibilidad de las personas con el perfil requerido. El Titular entregará dentro de los dos primeros meses la planilla con el personal contratado, a la SEREMI de Desarrollo Social Región de Atacama, a la Ilustre Municipalidad de Copiapó, y reportará su cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente. | | Patrimonio Cultural | El Titular se compromete a realizará charlas y distribuirá cartillas informativas a los trabajadores, respecto a hallazgos patrimoniales, naturales y culturales del sector con el fin de prevenir alteraciones y/o destrucción de los mismos. | 9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias, se presentaron en el Anexo 1-7 de la DIA. 10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución. 12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 13°. Que, para que el proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 14° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 15°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico. 16°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA. 17°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto”, presentado por el Sr. David Igal Noe Scheinwald, en representación de TRANSELEC S.A. 2°. Certificar que el proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Ampliación Subestación Carrera Pinto” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. Notifíquese y Archívese
Miguel Vargas Correa Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama
Verónica Ossandón Pizarro Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
VOP/FJSH/MCM/BRS Distribución: - David Noe Scheinwald
- CONADI, Región de Atacama
- CONAF, Región de Atacama
- DGA, Región de Atacama
- DOH, Región de Atacama
- Gobernación Marítima de Caldera
- Gobierno Regional, Región de Atacama
- Ilustre Municipalidad de Copiapó
- SAG, Región de Atacama
- SEC, Región de Atacama
- SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
- SEREMI de Energía, Región de Atacama
- SEREMI de Minería, Región de Atacama
- SEREMI de Salud, Región de Atacama
- SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
- SEREMI MOP, Región de Atacama
- SERNAGEOMIN, Región de Atacama
- Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
- Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <lcruz@sea.gob.cl>
- Expediente del Proyecto "Ampliación Subestación Carrera Pinto"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama
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