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REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN EJECUTIVA | Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile" Resolución Exenta Nº 0243/2013 Santiago, 20 de Marzo de 2013 | VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile", presentada por la señora Verónica Herrmann, en representación de Transportes Herrmann Limitada, con fecha 30 de julio de 2012. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (ICE), de la DIA del proyecto "Modificación Proyecto Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile". 3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Modificación Proyecto transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile”. 4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al Proyecto. CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Modificación Proyecto Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile”. 2. Que, el derecho de Transportes Herrmann Limitada, (en adelante, el Titular), a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la Administración del Estado. 3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el proyecto "Modificación Proyecto Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile” (en adelante, el Proyecto) consiste en ampliar el número de camiones que transportan ácido sulfúrico, e incluir nuevos orígenes y destinos con sus respectivas rutas. 3.1. Ubicación El Proyecto de transporte de ácido sulfúrico a granel, se ejecutará por las siguientes Regiones y Comunas del País: | Región | Comuna | | II Región de Antofagasta | Antofagasta, Mejillones y Taltal | | III Región de Atacama | Alto del Carmen, Caldera, Chañaral, Diego de Almagro, Tierra Amarilla y Vallenar | | IV Región de Coquimbo | Andacollo, Canela, Coquimbo, Illapel, La Higuera, La Serena, Los Vilos, Ovalle y Salamanca | | V Región de Valparaíso | Cartagena, Catemu, Hijuelas, La Calera, La Cruz, La Ligua, Llay Llay, Nogales, Papudo, Puchuncaví, Quillota, San Antonio y Zapallar | | Región Metropolitana | Buin, Calera de Tango, Cerrillos, Cerro Navia, Colina, Conchalí, El Bosque, El Monte, Estación Central, Independencia, Isla de Maipo, La Cisterna, Lampa, Lo Espejo, Maipú, Melipilla, Padre Hurtado, Paine, Pedro Aguirre Cerda, Peñaflor, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Renca, San Bernardo, San Miguel, Santiago, Talagante y Til-Til | | VI Región del Libertador General Bernardo O´Higgins | Chimbarongo, Codegua, Graneros, Malloa, Mostazal, Olivar, Quinta de Tilcoco, Rancagua, Rengo, Requinoa, San Fernando y San Vicente | | VII Región del Maule | Constitución, Curicó, Linares, Longaví, Maule, Molina, Parral, Retiro, Romeral, Río Claro, Sagrada Familia, San Javier, San Rafael, Talca, Teno, Villa Alegre y Yerbas Buenas | | VIII Región del Bio Bío | Bulnes, Cabrero, Chiguayante, Chillán, Chillán Viejo, Coelemu, Concepción, Coronel, Florida, Hualpén, Hualqui, Los Ángeles, Lota, Mulchén, Ñiquén, Pemuco, Penco, Quillón, Ranquil, San Carlos, San Nicolás, San Pedro de la Paz, Talcahuano, Tomé y Yumbel | | IX Región de La Araucanía | Collipulli | 3.2. Monto de Inversión: El Proyecto no requiere de inversión, toda vez que se utilizarán los camiones aprobados en Resolución Exenta Nº 3522/2008, de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (en adelante, RCA N° 3522/2008). 3.3. Vida útil: Se considera una vida útil indefinida. 3.4. Mano de Obra: La mano de obra con la que contará la empresa para la ejecución del Proyecto será de12 personas. 3.5. Descripción del Proyecto: El Proyecto tiene por objeto ampliar el número de camiones que transportan ácido sulfúrico, e incluir nuevos orígenes y destinos con sus respectivas rutas. En respuesta 1.1. de la Adenda N°2 el Titular señala, que los considerandos de la RCA N° 3522/2008, que serán modificados son los siguientes: 3.2 Vehículos a Utilizar: Se amplía el número de vehículos a utilizar de 8 aprobados en la RCA N° 3522/2008 a 11 que se presentan en el actual proyecto. 3.4 Transporte: Se amplía el número de camiones a utilizar, tal y como se explica en el punto anterior. Respecto a las tareas del administrador logístico, estás se mantiene inalterables. 3.4.1 Rutas a Utilizar Se amplían las rutas a utilizar respecto de las aprobadas por la RCA N° 3522/2008. Del mismo modo se amplían los orígenes desde los que se realizarán los transportes y se amplían los destinos en los que se descargará la sustancia ácido sulfúrico. 3.4.2 Consideraciones de las rutas a utilizar. Este considerando no presenta modificaciones, ya que el Titular, seguirá cumpliendo con las consideraciones establecidas en la RCA N° 3522/2008. 3.4.3 Lugares de Detención. Se consideran los mismos lugares de detención, ampliándose en este proyecto, los lugares de estacionamiento y algunas estaciones de servicio, como lugares de detención. 3.7 Plan de Contingencia. Se modifica el Plan de contingencia, incorporando la acción que tomará el personal de el Titular, ante distintas situaciones de emergencias. 3.7.2 Avisos a la Autoridad en caso de Contingencia. Se incorporan nuevos servicios públicos y privados a los que se les dará aviso en caso de contingencia. 3.7.4 Tiempo de Respuesta. Se modifican los tiempos de respuesta ante contingencias. Esto considerando la contratación de servicios externos de apoyo a emergencias. 3.8 Capacitaciones a los Conductores. Se agregan nuevas capacitaciones a los conductores, acordes a las diferentes emergencias a las que se pueden enfrentar durante la conducción, y el lugar por donde se realizará el transporte. En el punto 1.5 de la Adenda N° 1el Titular señala que sólo realizará servicios entre los orígenes y destino mencionados en la presente DIA. 3.5.1. Sustancias a Transportar. El Ácido Sulfúrico puro es un líquido aceitoso incoloro e inodoro, que a temperatura ambiente no es volátil. Cuando está menos concentrado o contaminado, puede verse turbio, y variar de color y olor. Es altamente corrosivo para la mayoría de los metales, particularmente a concentraciones bajo el 70%. En forma concentrada, el ácido sulfúrico es un agente fuertemente oxidante; reacciona con muchos materiales orgánicos e inorgánicos, produciendo una reacción fuertemente exotérmica. Su fuerte afinidad con el agua hace que descomponga por deshidratación los materiales orgánicos que contienen oxígeno e hidrógeno o solo oxígeno. Para mayor información ver Hoja de Datos de Seguridad del Ácido Sulfúrico, presentada en el Anexo N° 8 de la DIA. 3.5.2. Partes, Acciones y Obras Físicas: 3.5.2.1. Carga y Descarga de Sustancias Peligrosas. Las labores de carga y descarga no serán realizadas por el personal del Titular, sino por el personal de la empresa cliente. Los camiones de transporte y sus conductores darán cumplimiento íntegro a los procedimientos internos de carga y descarga de las empresas de origen y destino, en complemento con las acciones generales y básicas que establece su Plan de Contingencia que se encuentra en el Anexo N° 9 de la DIA. La información más detallada se encuentra en el numeral 2.4.1 Carga del Ácido Sulfúrico y 2.4.4 Descarga del Ácido Sulfúrico, de la DIA. 3.5.2.2. Transporte. El titular contará con un total de once camiones estanques, de los cuáles 8 ya fueron aprobados según RCA Nº 3522/2008. Cada uno de ellos tiene una capacidad de transporte de 16.000 lts., y realizarán del orden de 1 viaje diario. El transporte se iniciará cuando el vehículo sale de la instalación de origen y culminará cuando ingresa a la instalación de destino. En la medida que sea posible, establecerá un horario para el transporte que evite las horas punta o de mayor tráfico vehicular. Ver detalles en el numeral 2.4.2 “Transporte” de la DIA. 3.5.2.2.1. Ubicación de los Orígenes y Destinos del Ácido Sulfúrico | Origen (Empresa) | Región | Comuna | Provincia | | Terminal Puerto Mejillones | Antofagasta | Mejillones | Antofagasta | | Fundición Enami Paipote | Atacama | Copiapó | Copiapó | | Anglo Chile (Chagres) | Valparaíso | Catemu | San Felipe | | Codelco División Ventanas | Valparaíso | Puchuncaví | Valparaíso | | Molibdenos y Metales | Metropolitana | San Bernardo | Santiago | | TBA Los Lirios | Libertador General Bernardo O'Higgins | El Olivar | Cachapoal | | Destino (Empresa) | Región | Comuna | Provincia | | PlantaDosamigos | Atacama | Vallenar | Huasco | | MineraTrinidad | Atacama | Diego de Almagro | Chañaral | | MineraPelambres | Coquimbo | Salamanca | Choapa | | Proyecto MineroTres Valles - Vale | Coquimbo | Illapel | Choapa | | MineraLicancaburPlantaSanta | | | | | Filomena(Salamanca) | Coquimbo | Salamanca | Choapa | | MineraLicancaburPlantaAna | | | | | María(Illapel) | Coquimbo | Illapel | Choapa | | PlantaLambert | Coquimbo | Serena | Elqui | | PlantaDelta | Coquimbo | Ovalle | Limarí | | Cia.MineraAmalia | Valparaíso | Catemu | San Felipe | | Vopack | Valparaíso | San Antonio | San Antonio | | Oximin | Valparaíso | Catemu | San Felipe | | ComplejoTermoeléctricoNehuenco | Valparaíso | Quillota | Quillota | | PlantaConstitución | Maule | Constitución | Talca | | Quimetal | Araucanía | Collipulli | Malleco | | IndustrialMauleLtda. | Bio Bio | Coronel | Concepción | | IndugrasS.A. | Bio Bio | Coronel | Concepción | 3.5.3. Rutas a Utilizar. En el Anexo N°1 de la Adenda N°2 se encuentran las rutas que utilizará el Proyecto, y los respectivos mapas por Región están en el Anexo N°4 de la DIA. | Regiones | Comunas | Punto Carga | Punto Descarga | RUTAS | Ton/mes total de camiones | Viajes semanales X camión | | II-III | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapo, Tierra Amarilla, Vallenar,Alto del Carmen, La Higuera. | Terminal Puerto Mejillones | Planta Dos Amigos | B262 -Ruta1-B400- Ruta5-C237-C17-31CH-C411- Ruta5 | 320 | 2 | | II-III | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Diego de Almagro. | Terminal Puerto Mejillones | Minera Trinidad | B262 -Ruta1-B400- Ruta5-C13 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca | Terminal Puerto Mejillones | Minera Pelambres | B262 -Ruta1-B400- Ruta5-C237-C17-31CH-C411-Ruta5-Ruta47- D81-D835 - D871 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca | Terminal Puerto Mejillones | Minera Tres Valles - Vale | B262 -Ruta1-B400- Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca | Terminal Puerto Mejillones | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | B262 -Ruta1-B400-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel | Terminal Puerto Mejillones | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | B262 -Ruta1-B400-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera | Terminal Puerto Mejillones | Planta Lambert | B262 -Ruta1-B400-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | II-III-IV | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle. | Terminal Puerto Mejillones | Planta Delta | B262 -Ruta1-B400-Ruta5- Ruta43 - D477 | 320 | 2 | | II-III-IV-V | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu | Terminal Puerto Mejillones | Cía. Minera Amalia | B262 -Ruta1-B400-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | II-III-IV-V- RM | Mejillones; Antofagasta; Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Quilicura, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Santiago, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Maipú, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | Terminal Puerto Mejillones | Vopack | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta74-Ruta78-10 Sur – Angamos - Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | II-III-IV-V | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu. | Terminal Puerto Mejillones | Oximin | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | II-III-IV-V | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, La Cruz, Quillota. | Terminal Puerto Mejillones | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | II-III-IV-V-RM-VI-VII | Mejillones; Antofagasta; Taltal, Chañaral, Diego de Almagro; Copiapó; Tierra Amarilla; Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | Terminal Puerto Mejillones | Planta Constitución | B262-Ruta1-B400-Ruta5-L-30-M | 320 | 2 | | II-III-IV-V-RM-VI-VII VIII-IX | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, San Miguel, Lo Espejo, La Cisterna, El Bosque, San Bernardo, Calera de Tango, Maipú, Buin, Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | Terminal Puerto Mejillones | Quimetal | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | II-III-IV-V-RM-VI-VII VIII | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, San Miguel, Lo Espejo, La Cisterna, El Bosque, San Bernardo, Calera de Tango, Maipú, Buin, Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Terminal Puerto Mejillones | Industrial Maule Ltda. | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | II-III-IV-V-RM-VI-VII VIII | Mejillones, Antofagasta, Taltal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, San Miguel, Lo Espejo, La Cisterna, El Bosque, San Bernardo, Calera de Tango, Maipú, Buin, Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Terminal Puerto Mejillones | Indugras S.A. | B262-Ruta1-B400-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | III | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera. | Fundición Enami Paipote | Planta Dos Amigos | C35-C411- Ruta5 | 320 | 2 | | III | Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro. | Fundición Enami Paipote | Minera Trinidad | C35- C411-Ruta5-C13 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Fundición Enami Paipote | Minera Pelambres | C35- C411-Ruta5-Ruta47-D81 -D835 - D871 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca | Fundición Enami Paipote | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | C35- C411-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel, Salamanca | Fundición Enami Paipote | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | C35- C411-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, Illapel | Fundición Enami Paipote | Planta Lambert | C35-C411-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera. | Fundición Enami Paipote | Planta Delta | C35-C411-Ruta5- Ruta43 - D477 | 320 | 2 | | III-IV | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle. | Fundición Enami Paipote | Minera Tres Valles - Vale | C35-C411-Ruta5-Ruta47-D81 | 320 | 2 | | III-IV-V | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu. | Fundición Enami Paipote | Cía. Minera Amalia | C35-C411-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | III-IV-V- RM | Tierra Amarilla, Vallenar Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Quilicura, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Santiago, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Maipú, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | Fundición Enami Paipote | Vopack | C35-C411-Ruta5-Ruta74-Ruta78-10 Sur – Angamos Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | III-IV-V | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu. | Fundición Enami Paipote | Oximin | C35-C411 Ruta 5- CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | III-IV-V | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Canela, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, La Cruz, Quillota. | Fundición Enami Paipote | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | C35- C411Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | III-IV-V-RM-VI-VII | Tierra Amarilla, Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, San Miguel, Lo Espejo, La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | Fundición Enami Paipote | Planta Constitución | C35-C411 Ruta5-L-30-M | 320 | 2 | | III-IV-V-RM-VI-VII- VIII-IX | Tierra Amarilla; Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquen, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | Fundición Enami Paipote | Quimetal | C35-C411-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | III-IV-V-RM-VI-VII- VIII | Tierra Amarilla; Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Fundición Enami Paipote | Industrial Maule Ltda. | C35-C411-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | III-IV-V-RM-VI-VII- VIII | Tierra Amarilla; Vallenar, Alto del Carmen, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Andacollo, Ovalle, Illapel, Salamaca, Los Vilos, La Ligua, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Fundición Enami Paipote | Indugras S.A. | C35-C411-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | III-IV-V | Puchuncavi, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca, Illapel, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Tierra Amarilla, Vallenar | Codelco División Ventanas | Planta Dos Amigos | F-30-E- F20- Ruta5 | 320 | 2 | | III-IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca, Illapel, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Tierra Amarilla, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro. | Codelco División Ventanas | Minera Trinidad | F-30-E- F20- Ruta5-C13 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Codelco División Ventanas | Minera Pelambres | F-30-E- F20- Ruta5-Ruta47-D81 -D835 - D871 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Codelco División Ventanas | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel. | Codelco División Ventanas | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca, Illapel, Canela, Ovalle, Andacollo, Coquimbo, La Serena. | Codelco División Ventanas | Planta Lambert | F-30-E- F20-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca, Illapel, Canela, Ovalle. | Codelco División Ventanas | Planta Delta | F-30-E- F20-Ruta5- Ruta45 - D477 | 320 | 2 | | IV-V | Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Codelco División Ventanas | Minera Tres Valles - Vale | F-30-E- F20--Ruta5-Ruta47-D81 | 320 | 2 | | V | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu. | Codelco División Ventanas | Cía. Minera Amalia | F-30-E- F20-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Quilicura, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Santiago, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Maipú, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | Codelco División Ventanas | Vopack | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta74- -Ruta78-10 Sur – Angamos – Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Catemu. | Codelco División Ventanas | Oximin | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, La Cruz, Quillota. | Codelco División Ventanas | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | Codelco División Ventanas | Planta Constitución | F-30-E- F20-Ruta5-L-30-M | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | Codelco División Ventanas | Quimetal | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Codelco División Ventanas | Industrial Maule Ltda. | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Puchuncaví, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Codelco División Ventanas | Indugras S.A. | F-30-E- F20-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | III-IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Vallenar . | Anglo Chile División Chagres | Planta Dos Amigos | E65-Ruta CH60- Ruta5 | 320 | 2 | | III-IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Vallenar, Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro. | Anglo Chile División Chagres | Minera Trinidad | E65-Ruta CH60- Ruta5-C13- | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Anglo Chile División Chagres | Minera Pelambres | E65-Ruta CH60- Ruta5-Ruta47-D81 -D835 - D871 | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos,,Illapel, Salamanca. | Anglo Chile División Chagres | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel. | Anglo Chile División Chagres | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen. | Anglo Chile División Chagres | Planta Lambert | E65-Ruta CH60-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle. | Anglo Chile División Chagres | Planta Delta | E65-Ruta CH60-Ruta5- Ruta45 - D477 | 320 | 2 | | IV-V | Catemu, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel. | Anglo Chile División Chagres | Minera Tres Valles - Vale | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta47-D81 | 320 | 2 | | V | Catemu. | Anglo Chile División Chagres | Cía. Minera Amalia | E65-Ruta CH60-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Catemu, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Quilicura, Cerro Navia, Renca, Conchalí, Independencia, Quinta Normal, Santiago, Estación Central, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Maipú, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | Anglo Chile División Chagres | Vopack | E65-Ruta CH60- Ruta74-Ruta78-10 Sur – Angamos – Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | V | Catemu. | Anglo Chile División Chagres | Oximin | E65-Ruta CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | V | Catemu, Hijuelas, La Cruz, Quillota. | Anglo Chile División Chagres | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII | Catemu, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | Anglo Chile División Chagres | Planta Constitución | E65-Ruta CH60-Ruta5-L-30-M | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Catemu, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillan Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | Anglo Chile División Chagres | Quimetal | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Catemu, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillan Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Anglo Chile División Chagres | Industrial Maule Ltda. | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | V-RM-VI-VII-VIII | Catemu, Hijuelas, Llay Llay, Tiltil, Colina, Lampa, Santiago, Cerro Navia, Renca; Conchalí; Independencia; Quinta Normal; Estación Central; Pedro Aguirre Cerda; Cerrillos; San Miguel; Lo Espejo; La Cisterna; El Bosque; San Bernardo; Calera de Tango; Maipú; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Anglo Chile División Chagres | Indugras S.A. | E65-Ruta CH60-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | | | III-IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen. | Molymet | Planta Dos Amigos | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5 | 320 | 2 | | III-IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Vallenar, Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro. | Molymet | Minera Trinidad | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva- Ruta5-C13 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba, Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Molymet | Minera Pelambres | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva- Ruta5-Ruta47-D81 -D835 - D871 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | Molymet | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel. | Molymet | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena. | Molymet | Planta Lambert | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle. | Molymet | Planta Delta | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5- Ruta45 - D477 | 320 | 2 | | IV-V- RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca. | Molymet | Minera Tres Valles - Vale | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta47-D81 | 320 | 2 | | V-RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, Catemu. | Molymet | Cía. Minera Amalia | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | V-RM | San Bernardo, Calera de Tango, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | Molymet | Vopack | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta78-10 Sur – Angamos – Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | V-RM | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, Catemu. | Molymet | Oximin | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva- Ruta5-Ruta CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | V-RM- | San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, La Cruz, Quillota. | Molymet | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | RM-VI-VII-VIII | San Bernardo; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | Molymet | Planta Constitución | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-L-30-M | 320 | 2 | | RM-VI-VII-VIII | San Bernardo; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | Molymet | Quimetal | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | RM-VI-VII-VIII | San Bernardo; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Molymet | Industrial Maule Ltda. | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | RM-VI-VII-VIII | San Bernardo; Buin; Paine, San Francisco de Mostazal, Codegua, Graneros, Rancagua, El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | Molymet | Indugras S.A. | Avda. Peñuelas- Avda. Portales- Autopista Central- Avda. Eduardo Frei Montalva-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | III-IV-V- RM-VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen. | TBA Los Lirios | Planta Dos Amigos | H40- Ruta5 | 320 | 2 | | III-IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Alto del Carmen, Vallenar, Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro. | TBA Los Lirios | Minera Trinidad | H40- Ruta5-C13 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | TBA Los Lirios | Minera Pelambres | H40- Ruta5-Ruta47-D81 -D835 - D871 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel, Salamanca. | TBA Los Lirios | Minera Licancabur Planta Santa Filomena (Salamanca) | H40-Ruta5-Ruta47-D777 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Illapel. | TBA Los Lirios | Minera Licancabur Planta Ana María (Illapel) | H40-Ruta5-Ruta47 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena. | TBA Los Lirios | Planta Lambert | H40-Ruta5- D255-D205 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle. | TBA Los Lirios | Planta Delta | H40-Ruta5- Ruta45(sur)-Ruta43(norte) - D477 | 320 | 2 | | IV-V- RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, Nogales, La Ligua, Los Vilos, Salamanca. | TBA Los Lirios | Minera Tres Valles - Vale | H40-Ruta5-Ruta47-D81 | 320 | 2 | | V-RM | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, Catemu. | TBA Los Lirios | Cía. Minera Amalia | H40-Ruta5-RutaCH60-Camino a Catemu | 320 | 2 | | V-RM- VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, Calera de Tango, Peñaflor, Padre Hurtado, Talagante; El Monte, Melipilla, San Antonio. | TBA Los Lirios | Vopack | H40- Ruta5- G34-G30- Ruta78- 10 Sur – Angamos – Ramón Barros Luco - Antonio Nuñez de Fonseca | 320 | 2 | | V-RM-VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, Catemu. | TBA Los Lirios | Oximin | H40- Ruta5-Ruta CH60-E65-E619 | 320 | 2 | | V-RM-VI | El Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, San Fransisco de Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, El Bosque, La Cisterna, San Miguel, Santiago, Independencia; Conchalí, Huechuraba Colina, Lampa, Tiltil, Llay Llay, Hijuelas, La Calera, La Cruz, Quillota. | TBA Los Lirios | Complejo Termoeléctrico Nehuenco | H40-Ruta5-Ruta CH60 | 320 | 2 | | VI-VII-VIII | El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Constitución. | TBA Los Lirios | Planta Constitución | H40-Ruta5- L-30-M | 320 | 2 | | VI-VII-VIII | El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Cabrero, Los Ángeles, Mulchén. | TBA Los Lirios | Quimetal | H40-Ruta5-Ruta180-R22 | 320 | 2 | | VI-VII-VIII | El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | TBA Los Lirios | Industrial Maule Ltda. | H40-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | | VI-VII-VIII | El Olivar, Requinoa, Quinta Tilcoco, Rengo, San Fernando, Chimbarongo, Teno, Romeral, Curicó, Molina, San Rafael, Talca, Maule, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Linares, Longaví, Retiro, Parral, San Gregorio de Ñiquén, San Carlos, Chillán, Chillán Viejo, Bulnes, Penco, Talcahuano, Concepción, Coronel. | TBA Los Lirios | Indugras S.A. | H40-Ruta5-Ruta152-Ruta154-Ruta160 | 320 | 2 | Los camiones vacíos (sin ácido) podrán utilizar otras rutas. El Titular incluirá en las Hojas de Ruta las zonas ambientalmente sensibles, las que serán entregadas al conductor, con el objetivo de tomar todas medidas preventivas necesarias. 3.5.4. Lugares de Detención. En una condición de operación normal del Proyecto, se dará cumplimiento al D.S. N° 298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, específicamente a lo dispuesto en el artículo 19°, el que establece que los vehículos que transporten sustancias peligrosas sólo podrán estacionarse para el descanso o alojamiento de los conductores en áreas previamente determinadas por la autoridad competente y, en la inexistencia de tales áreas, se evitará el estacionamiento en zonas residenciales, lugares públicos o de fácil acceso al público y áreas densamente pobladas o de gran concentración de personas o vehículos. Los lugares de estacionamiento de los vehículos se realizarán en su mayoría en las instalaciones de las empresas clientes (origen y destino), esto a la espera de cargar o descargar el ácido sulfúrico transportado. La detención de los vehículos, se realizará en lugares habilitados para este fin y esta detención no se realizará por periodos mayores a dos horas y, en la medida de lo posible, se realizará siempre con los estanques vacíos de ácido sulfúrico. En el punto 1.7.4 Lugares de Detención del ICE se presenta información detallada. 3.5.5. Maquinarias a Utilizar. Para el transporte del ácido sulfúrico se utilizarán tracto-camiones con semi-remolque, cuyo volumen de carga será de 16.000 lts. Los estanques serán destinados exclusivamente para el transporte de ácido sulfúrico. Mayores antecedentes en numeral 1.7.5 Maquinarias a Utilizar del ICE. 3.5.6 Lavado y Mantención de Vehículos. 3.5.6.1. Lavado de Vehículos. El lavado de los camiones y de los estanques no se realizará en instalaciones de propiedad del Titular. Para ello se ha previsto que el servicio de lavado se efectúe en lugares adecuados y debidamente autorizados por la autoridad respectiva. Al respecto, el Titular se compromete a mantener un registro que permita a la Superintendencia del Medio Ambiente y Sanitaria, verificar que el o los lugares en donde se realizará el lavado, cumplen con lo señalado anteriormente. Según lo estipulado en el artículo 14º del D.S. N° 298/94, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece como regla general que: “Después de la descarga de un vehículo en que se haya transportado sustancias peligrosas, éste y especialmente el depósito o plataforma destinada a la carga, deberá limpiarse a la brevedad posible, y en todo caso antes de cualquier nuevo cargamento (…)”, no obstante, se establece como excepción a dicha regla general, el caso en que el producto peligroso transportado sea a granel y el nuevo cargamento esté compuesto del mismo producto que el que haya constituido el cargamento precedente. Por lo tanto, dicha excepción resultaría aplicable en materia de lavado al presente Proyecto. 3.5.6.2. Mantención de Estanques y Vehículos. Las labores de mantención programada y las reparaciones de los camiones se realizarán en los talleres de servicios de los representantes técnicos de las marcas de los mismos. Las labores de mantención rutinaria se realizarán en lugares debidamente autorizados por la autoridad respectiva. El Titular cuenta con un programa de mantención que incluye las siguientes actividades: Inspección Diaria, Mantención Preventiva Periódica y Mantención Preventiva Estacional. Mayores detalles en el numeral 2.4.5. “Mantención y Lavado de Camiones”, de la DIA. 3.5.7. Implementos de Seguridad. a) Equipos de Protección Personal (EPP): Para las operaciones de transporte de ácido sulfúrico, se proveerá a los conductores de los vehículos equipo de protección personal, detallado en el numeral 2.3.3 “Equipo de Seguridad” de la DIA. 3.5.8. Etapa de Abandono. Dado que la vida útil de los Proyectos de transporte está ligada a condiciones de mercado, no es posible precisar el término del Proyecto. Sin perjuicio de lo señalado, el Titular se compromete a dar aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la DIrección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental con la debida antelación sobre el término del Proyecto de transporte y las actividades o acciones que ejecutará para dar un adecuado término 3.6. Plan de Contingencia y Capacitación. El Titular cuenta con un Plan de Contingencia, en el cual se describen las actividades que se orientan a controlar con rapidez y eficiencia las distintas contingencias relacionadas con el ácido sulfúrico, a fin de efectuar las actividades considerando la seguridad para la salud de las personas y el medio ambiente. El Plan de Contingencia se encuentra en la Adenda N°2 “Plan de Contingencias V3”. Se incluye dentro el Plan de Contingencia, el programa de capacitación, que tiene como objetivo principal entregar a los trabajadores de la empresa un nivel de formación, capacitación y adiestramiento en las medidas de seguridad para el eficiente manejo del ácido sulfúrico. El Titular incorporará una capacitación relativa a: - Manejo de los desechos domiciliarios generados por los conductores, con el objeto de proteger el ecosistema.
- Áreas protegidas y otras Áreas Consideradas Bajo Protección Oficial.Uso de elementos de protección personal y el riesgo de no usarlo en forma correcta ante una posible emergencia.
Se mantendrá en la oficina un registro de las capacitaciones con la siguiente información: nombre de la capacitación, asistentes, organismo ejecutor, calendarización y horas de capacitación. El Titular señala que las medidas de seguridad que se tomarán para realizar específicamente la operación de trasvasije desde un vehículo siniestrado, son las mismas que se utilizarán para cualquier tipo de emergencia, y que se encuentran mencionadas en el Plan de Contingencia, y que dicen relación con: - El conductor se deberá colocar el equipo de protección personal, con el que cuenta.
- Se aislará completamente el área de trabajo, utilizando los implementos necesarios (cintas, conos, etc.).
- Se mantendrá a toda la gente alejada del lugar.
- Mantener siempre los extintores del camión en el lugar.
- Se evitará toda exposición a nieblas y vapores sin los elementos de protección adecuados. Se mantendrá todo tipo de materiales combustibles lejos de la sustancia derramada (madera, papel, aceite, etc.).
3.6.1. Procedimientos. En la Adenda N°2 “Plan de Contingencias V3”, se detallan los procedimientos a seguir en el caso de presentarse las siguientes contingencias: 3.6.1.1. En caso de Derrame / Filtración. - Antes de iniciar cualquier acción, se deberá avisar previamente el incidente al Supervisor o Administrador, a bomberos y carabineros más cercanos.
- El conductor se deberá colocar el equipo de protección personal, con el que cuenta.
- Si el incidente es en carretera, se detendrá inmediatamente el tráfico vehicular.
- Se aislará completamente del área de derrame, en alrededor de 60 mts. en todas direcciones, utilizando los implementos necesarios (cintas, conos, etc.).
a) Los criterios de despeje de área seguirán lo descrito a continuación: - Se mantendrá a toda la gente alejada del lugar.
- Una vez despejada el área, se deberá esperar las instrucciones del Supervisor para realizar cualquier acción.
- Si el derrame o filtración produce combustión y gases se deberá alejar en sentido opuesto al del viento.
- Si existe un incendio pequeño debe usar los extintores del camión, los que contienen polvo químico seco o CO2.
- Todas las personas que trabajarán en las labores de emergencia deberán estar debidamente capacitadas.
b) Para las labores de contención de derrame o filtración se deberá tener en consideración lo siguiente: - Todas las personas deberán tener los elementos de protección personal necesarios para no sufrir consecuencias por la sustancia transportada.
- Se evitará toda exposición a nieblas y vapores sin los elementos de protección adecuados.
- Se procederá al control del derrame a favor del viento.
- Se mantendrá todo tipo de materiales combustibles lejos de la sustancia derramada (madera, papel, aceite, etc.).
- Se evaluará y procederá a tratar de interrumpir el escurrimiento de la sustancia, utilizando los implementos de emergencia.
- Se evacuará a toda urbanización aledaña, que pudiera ser alcanzada por el derrame.
c) Para realizar el confinamiento del derrame o filtración se deberá tener en consideración lo siguiente: - Para contener el derrame, en caso de ser líquido, se cavarán pequeños diques y barreras de contención (pretil) de tierra o arena.
- El confinamiento debe evitar el escurrimiento de la sustancia a cursos de agua o hacia lugares donde pueda tomar contacto con elementos orgánicos o materiales combustibles.
d) Eliminación de Residuos producto de la contingencia: - Una vez controlada la emergencia, el personal del Titular, procederá a recolectar los residuos producidos por las labores de contención, en tambores metálicos y/o plásticos, los cuales serán sellados en terreno y trasladados por una empresa autorizada a transportar Residuos Peligroso a un lugar autorizado para su disposición final.
e) Traslado de vehículo y trasvasije de la sustancia restante: - Una vez detenido el derrame se movilizará el vehículo siniestrado tomando todas las precauciones necesarias, utilizando el equipo de levante adecuado.
- En caso que el derrame sea de una sustancia líquida, se evaluará la posibilidad de realizar el trasvasije a otro estanque, mediante bomba de trasvasije.
3.6.1.2. En caso de Derrame con Incendio / Explosión. - El personal deberá mantenerse alejado de todos aquellos materiales que puedan interactuar con la sustancia.
- Para incendios pequeños se utilizará polvo químico seco o CO2.
- Se retirará el estanque del área del incendio si fuese posible hacerlo sin ningún riesgo.
- A los estanques se deberá aplicar agua para su enfriamiento a los costados expuestos a las llamas, hasta mucho después que el fuego se haya extinguido.
- El personal se deberá mantener alejado de los cabezales de los estanques.
3.6.1.3. Derrame o Filtración en cursos de agua. - Dar aviso a las autoridades involucradas (SEREMIS de Salud, SAG, Asociación de Canalistas, municipios, Superintendencia del Medio Ambiente y a los sistemas de coordinación de emergencia regionales).
- Coordinar todas aquellas medidas que permitan interrumpir el flujo tanto aguas arriba como aguas debajo de la zona del derrame, evitando así su dispersión.
- Contactar a las asociaciones de canalistas, juntas de vigilancia o comunidades de agua u otras involucradas, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas, desvío del curso de agua, etc.)
- Informar a los agricultores en el sector afectado para que eviten el regadío de sus cultivos durante la emergencia.
- Realizar mediciones de pH en varios puntos, determinado por el profesional contratado para este fin. Las muestras se tomarán representativamente, cerca del centro del curso de agua, y, en los primeros 2 km, cada 400 m. Se tomarán cada 10 min, en lo posible, desde el inicio del derrame hasta 60 min después aproximadamente.
- Una vez terminadas las labores de emergencia, el Titular realizará monitoreos y seguimientos de las variables afectadas, estas labores serán coordinadas con las autoridades pertinentes (SEREMIS de Salud , SAG, municipios, Superintendencia del Medio Ambiente).
- Si el curso de agua afectado por el derrame es utilizado para fines sanitarios, el Titular tomará las acciones necesarias para que la comunidad que se ha visto afectada obtenga el agua por otro medio, hasta que el problema se encuentre resuelto y se restauren las condiciones del curso de agua.
- El Titular realizará las mediciones de los parámetros: pH, conductibilidad eléctrica, temperatura y oxígeno disuelto, indicados en la Norma Chilena 1.333 Of.78 que establece los requisitos de calidad del agua para diferentes usos, entre otros parámetros que la Autoridad Sanitaria determine necesarios de medir.
- El Titular realizará un muestreo aguas arriba, a fin de tener una muestra de referencia de la calidad de las aguas.
- La restauración del curso de agua afectado por el derrame, será comprobada mediante muestreos, incluyendo toma de muestras aguas arriba del punto del derrame, y cuyos resultados serán remitidos a la Autoridad Sanitaria y a la Superintendencia del Medio Ambiente, en el menor tiempo posible.
3.6.1.4. Derrame o infiltración en el suelo (vegetación, flora o fauna). -
Dar aviso a las autoridades involucradas (SEREMIS de Salud, SAG, municipios, Dirección Ejecutiva del SEA). -
Delimitar el área afectada. -
Prohibir el ingreso de personas no autorizadas a la zona afectada. -
Realizar un pretil de arena o tierra en el lugar del derrame. -
Neutralizar el derrame. -
Retirar la porción de suelo afectado. -
Trasladar los residuos generado por empresas autorizadas al transporte de Residuos peligrosos según se establece en el DS N° 148./2003, del Ministerio de Salud. -
Disponer los residuos peligrosos generados en un lugar autorizado para este fin, según DS N° 148/2003, del Ministerio de Salud. -
Una vez terminadas las labores de emergencia, el Titular realizará monitoreo y seguimientos de las variables afectadas, estas labores serán coordinadas con las autoridades pertinentes (SEREMIS de Salud, SAG, municipios, Superintendencia del Medio Ambiente). -
Si se viera afectado el suelo del lugar, se realizarán las labores para rellenar la cavidad del suelo con materiales de similares características (será coordinado con las autoridades competentes). -
Si se viera afectada flora o fauna de la zona, estas serán objeto de acciones de recuperación y/o rehabilitación y posterior seguimiento (a convenir con las autoridades pertinentes), los costos asociados a ello serán asumidos en su integridad por Transportes Herrmann como compromiso voluntario. Como medidas de prevención de riesgos para el transporte que cruce o colinde con áreas silvestres protegidas, el Titular considerará lo siguiente: - Dar cumplimiento a todas las leyes y reglamentos que regulen las áreas silvestres protegidas.
- Cumplir con los horarios establecidos.
- Estacionar los vehículos en las zonas destinadas para ese fin.
- Denunciar ante la CONAF, la ejecución de actos que realice cualquier persona contra los valores del área.
- Transitar solamente por las rutas autorizadas para este efecto indicadas en la DIA.
- Respetar la señalización, vallas, avisos, etc.
- No fumar en áreas de alto riesgo de incendio.
- Se prohíbe terminantemente causar daño a la infraestructura, flora, fauna y vegetación existente en las Áreas Protegidas.
- No se permite exceder el volumen de equipos de sonido.
- Arrojar desechos de cualquier naturaleza (basura, aguas negras, aceites, neumáticos, etc.) al ambiente (ríos, bosque, instalaciones, etc.).
En caso de ocurrir una contingencia en algún Área Protegida las medidas a tomar serán las siguientes: - Aviso inmediato a CONAF, Dirección Regional ONEMI y SEA.
- Presentar y coordinar con la autoridad el programa de reparación/compensación o el que se estime conveniente y seguimiento de las acciones propuestas en el área de la contingencia.
- Para el suelo, en caso que no sea posible remover el terreno, se aplicarán de ser posible, técnicas adecuadas para la recuperación, remediación o rehabilitación del suelo, lo cual será propuesto en el plan de reparación/remediación e informado y coordinado con el SAG.
- Si la contingencia afecta suelos de cultivos o áreas sensibles se procederá al retiro y reposición (con material similar a los horizontes del suelo presentes). Los residuos generados serán dispuestos en contenedores sellados herméticamente y etiquetados para ser manejados como residuos peligrosos y para ser posteriormente trasladados a disposición final a un sitio autorizado por la autoridad sanitaria correspondiente.
- Si el derrame afecta a la flora silvestre, se procederá a realizar la reparación de las especies afectadas, mediante la plantación de especies en un área acordada con la autoridad correspondiente, la cual será monitoreada para evaluar su evolución, según el plan de seguimiento establecido. El área afectada producto del derrame, se monitoreará para avaluar su recuperación, después de tomar las acciones correspondientes.
- Si la contingencia afecta a ejemplares de fauna silvestre, se realizarán todas las acciones necesarias para el rescate, rehabilitación, atención, costos médicos veterinarios y mantenimiento en centros especializados. Lo anterior será coordinado con el SAG correspondiente y quedará establecido en el plan de monitoreo y seguimiento presentado a la autoridad correspondiente.
- Asimismo, el Titular se compromete a elaborar un Plan de Monitoreo para la zona de derrame, para presentarlo a las Autoridades competentes para su revisión y validación. Dicho plan incluirá, sin ser excluyente, a lo menos lo siguiente:
- Identificación de los impactos sobre los recursos naturales y la biodiversidad (flora y fauna).
- Identificación de las medidas ambientales señaladas en el “Plan de Contingencia”.
- Frecuencia de medición.
- Periodo de tiempo durante el cual se va a realizar el monitoreo.
- Responsable del monitoreo.
- Se presentará un informe a los organismos con competencia, incluidas las municipalidades involucradas en la contingencia.
- En el caso de emergencias con sustancias peligrosas, se enviará a la SEREMI de Salud correspondiente, los resultados de las muestras del suelo, dentro de los primeros 15 días del suceso, indicando:
- Parámetros relevantes a monitorear de acuerdo a la composición de la sustancia.
- Área del suceso georreferenciada.
- Equipamiento empleado para el manejo, recolección, almacenamiento y transporte.
- Lugar de disposición final de los residuos peligrosos generados.
En caso de contingencias, el Titular remitirá el informe preliminar al Departamento de Protección Contra Incendios Forestales de CONAF, de la respectiva región, si se llegase a afectar vegetación. 3.6.1.5. En caso de Incidente Mecánico o Choque sin Derrame. - Se deberá notificar e informar al Supervisor.
- Se deberá detener la operación, estacionándose en la berma en un lugar seguro y despejado.
- Se aislará completamente del área del incidente, en alrededor de 50 m en todas direcciones, utilizando los implementos necesarios (conos y baliza). El objetivo de esta acción es evitar que algún vehículo choque el semi-remolque estanque.
- El Conductor deberá evaluar la situación, si es posible reparará por sus propios medios el problema, sino, avisar al Supervisor para que envíen equipos.
3.6.1.6. En caso falla mayor en ruta con carga. - Detener el vehículo.
- Señalizar con conos e iluminación de advertencia a 200mts.
- Dar aviso para activar plan de contingencia.
- Solicitar ayuda a carabineros de chile para el control del tránsito.
El Titular cuenta con contrato de atención 24 hrs. los 365 días del año ante emergencias con la empresa Suatrans. En el anexo N°11 de la DIA se presenta copia del contrato convenido con la empresa y sus alcances. 3.6.2. Coordinación de la Emergencia: El Titular cuenta con un equipo de trabajo multidisciplinario que se constituye para tomar decisiones dirigidas al control de la emergencia y llevar a cabo los planes de acción para recuperar en el más breve plazo la capacidad productiva de la empresa y el área afectada por la emergencia. El Comité de Emergencia está conformado por el personal del Titular, los detalles de la coordinación de la emergencia se encuentran en el Anexo N°9 “Plan de Contingencias” de la DIA. 3.6.3. Aviso a la Autoridad Según lo establece el Plan de Contingencia que se encuentra en Anexo N°9 “Plan de Contingencias” de la DIA.Titular avisará en forma inmediata a aquellos organismos de reacción ante accidentes o emergencias, tales como: - Carabineros de Chile.
- Cuerpos de Bomberos.
- Autoridad Sanitaria de la Región.
- Oficinas Regionales de Emergencias.
- Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Dirección Regional de Vialidad.
- Asociación de Canalistas.
- Dirección General de Aguas.
- Corporación Nacional Forestal.
- División de Normas de la Subsecretaría de Transportes.
- Municipios.
- Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación (SEA).
- Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
- Sistemas de coordinación de emergencia regionales.
- Concesionaria de la Ruta.
El Titular incluirá en el informe preliminar sobre la emergencia, contemplado en el Plan de Contingencia, los siguientes datos: Nombre del proyecto calificado ambientalmente y su Titular; identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire); identificación y explicación de las técnicas y acciones que se llevaron a cabo para realizar la limpieza de los recursos que hayan sido afectados (suelo, agua, flora y fauna); identificación, caracterización y estado de conservación del tipo y cantidad de recursos naturales (agua, suelo y aire) y biodiversidad (flora y fauna) comprometida en el derrame u otro, explicitando claramente el tipo de impacto ambiental asociado. En caso de derrame de la sustancia a cursos de agua, se informará a: - La Dirección Regional de Aguas.
- Asociación de Canalistas.
- Organizaciones de regantes correspondientes.
En una emergencia, antes de tomar cualquier tipo de acción, el Titular informará a la DGA de las regiones involucradas la ocurrencia de la contingencia, el equipamiento concreto, la ubicación de la misma y el número de vehículos de emergencia del que dispondrán, así como determinar si se dispondrá de contendores de emergencias. El Titular informará en caso de cualquier contingencia a la Superintendencia del Medio Ambiente y a las Secretarias Regionales del Medio Ambiente. El Titular remitirá informe de la contingencia a las municipalidades que se vean afectadas producto de la misma. El Titular incorporará en el listado telefónico los números de los organismos de emergencia de cada una de las comunas por las que transitarán los camiones del Proyecto, Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente de todas las regiones involucradas en el Proyecto, Direcciones Provinciales de Vialidad, ante contingencias en caminos públicos. 3.6.4. Tiempo de Respuesta: Según lo establece el contrato con la empresa SUATRANS que se encuentra en el Anexo N°11 de la DIA, el compromiso de tiempos de respuesta se define en 2 horas 30 minutos en promedio, desde el aviso a la central de llamado. 3.7. Emisiones y Residuos: 3.7.1. Emisiones Atmosféricas. El Proyecto de transporte generará emisiones gaseosas asociadas al proceso de combustión de los camiones que se utilizarán para realizar el servicio de transporte. No obstante, tales emisiones se encuentran controladas, dado que los camiones utilizados cumplirán con las respectivas revisiones técnicas, cumpliendo en todo momento con lo establecido por el Decreto 55/94, que Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La estimación de emisiones atmosféricas generadas por la flota de transporte en las rutas insertas en la Región Metropolitana, no supera los límites señalados en el artículo 98 del PPDA, DS Nº 66/2010 del MINSEGPRES. Para mayor detalle de los resultados, ver Anexo N° 10 “Emisiones Atmosféricas”, adjunto a la DIA. 3.7.2. Residuos. a) Residuos Sólidos Domiciliarios. El titular ha estimado una generación de residuos domiciliarios del orden de 1 ton/año, los cuales serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Los residuos asimilables a domiciliarios serán enviados a lugares de disposición final autorizados por la autoridad respectiva. b) Residuos Peligrosos. En caso de generarse residuos peligrosos debido a una contingencia, el Titular manejará tales residuos dando cumplimiento al D.S. N° 148/2003, que Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud. Para ello sólo utilizará vehículos autorizados por la Autoridad Sanitaria, los cuales sólo podrán disponer dichos residuos en las instalaciones autorizadas para tales efectos por la Autoridad respectiva. c) Residuos Líquidos. Los residuos líquidos generados por la actividad de lavado, serán manejados por un tercero autorizado, el cual será contratado por el Titular para realizar este servicio. Todos los residuos generados por los procesos de mantención y/o lavado de vehículos serán tratados por las empresas autorizadas donde el Titular contrate los servicios de mantención y/o lavado de los camiones. El Titular se compromete a mantener un registro, de la (s) instalación (es) en donde se realizará el servicio, lo cual permitirá en la fase de seguimiento del Proyecto, verificar a la Superintendencia de Medioambiente y la SEREMI de Salud, sobre la realización del servicio de lavado en lugares autorizados. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile", cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el numeral 3.1 del ICE. 5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile", no requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del artículo 2° del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile", no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el numeral 3.2 del ICE. 7. Que, en el proceso de evaluación del Proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el Titular no ha adquirido compromisos voluntarios. 8. Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N° 844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto. 9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 10. Que, para que el proyecto "Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 11. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 12. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio. 13. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. RESUELVO: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile” presentado por la señora Verónica Herrmann, en representación de Transportes Herrmann Limitada. 2. CERTIFICAR que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Modificación Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico a Granel entre la Primera y Décima Regiones de Chile " cumple con la normativa de carácter ambiental y no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 3. HACER PRESENTE que en contra de la presente resolución podrá recurrirse ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la notificación de la misma, conforme a lo señalado en el artículo 20 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Notifíquese y Archívese
Ignacio Toro Labbé Director Ejecutivo Servicio de Evaluación Ambiental
RRF/JMC/PGM/SHB/XRL Distribución: - Veronica Herrmann Lobos
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