1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.
2. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”", presentada por el Señor Igor Horacio Stack Lara, en representación de Marine Harvest Chile S.A, con fecha 13 de Diciembre de 2012.
3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N
Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 13/12/2012
Test de admisión S/N
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 21/12/2012
Oficio solicitud de evaluación DIA Nº1922
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 26/12/2012
Solicitud especial de pronunciamiento Nº87
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 25/01/2013
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº112
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 08/02/2013
Adenda S/N
Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 01/04/2013
Solicitud de evaluación de adenda Nº477
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 08/04/2013
Resolución de ampliación de plazo Nº214
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 23/04/2013
3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio Nº023 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 14/01/2013; Oficio Nº78 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 15/01/2013; Oficio Nº148 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 16/01/2013; Oficio Nº83 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 17/01/2013; Oficio Nº179 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 21/01/2013; Oficio Nº37 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 22/01/2013; Oficio Nº96 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 28/01/2013; Oficio Nº41 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 29/01/2013; Oficio Nº12 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº300 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 10/04/2013; Oficio Nº183 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 15/04/2013; Oficio Nº186 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 18/04/2013; Oficio Nº974 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 24/04/2013.
3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto '“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
CONADI, Región de Los Lagos
Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos
Gobernación Marítima de Puerto Montt
Gobierno Regional, Región de Los Lagos
Ilustre Municipalidad de Calbuco
SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
Sernatur, Región de Los Lagos
Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto '“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:
Oficio no participación en la evaluación NºDF 7295
Por Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos, con fecha 09/01/2013
4. El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 02 de mayo de 2013.
5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”".
1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”".
2. Que, el derecho de Marine Harvest Chile S.A a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”" consiste en:
- Titular: Marine Harvest Chile S.A
- Rut: 96.633.780-k
- Domicilio: Avenida Diego Portales 1450, Puerto Montt
- Representante Legal: Igor Horacio Stack Lara
- Rut: 12.248.102-6
- Domicilio: Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual
- Región: Región de Los Lagos
- Comunas: Calbuco
- Tipología de Proyecto: o8-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos
- Fecha estimada de inicio de ejecución: 12/12/2012
- Monto de Inversión: US$ 100.000
- Vida útil: indefinida
| Etapa | Número de Personas | |
| Construcción | 3 | |
| Operación | 3 | |
| Total | 6 | |
- Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
| Etapa | Superficie requerida (m2) |
| Construcción | 36 |
| Operación | 36 |
| Abandono | ------------- |
Localización del proyecto : se ejecutará en la región de los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Calbuco.
Coordenadas geográficas del punto de emplazamiento en tierra del proyecto .
| Latitud Sur | Longitud Oeste |
| 41°47'54,79"S | 73°9'9,50"W |
Coordenadas geográficas de la concesión de acuicultura del proyecto.
| Vértice | Latitud Sur | Longitud W |
| A | 41°47'56,98" | 73°08'49,11" |
| B | 41°47'48,32" | 73°08'37,40" |
| C | 41°47'44,83" | 73°08'42,01" |
| D | 41°47'53,48" | 73°08'53,72" |
El proyecto es presentado por Marine Harvest Chile S.A. y el objetivo de éste es la implementación del sistema de ensilaje del centro de cultivo que cuenta con la Resolución de Subsecretaría de Marina 1264/1998 que otorgó concesión sobre porción de agua y fondo, la cual fue modificada por la Re (SSM) N° 1511/2008 y transferida por esta misma resolución a Marine Harvest Chile S.A.
La Subsecretaria de Pesca mediante la RE Exenta N° 3129/2010 aprobó el Proyecto Técnico y el cronograma de actividades presentado por la empresa.
El sistema de ensilaje se emplaza en las instalaciones en tierra, es una bodega destinada exclusivamente a estos fines, cuyas dimensiones son de 6*6m2.
Se entenderá por ensilaje el procedimiento de transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta alcanzar y mantener un ph menor o igual a 4, en una mezcla homogénea de lo cual deberá llevarse un registro diario.
Definición de sus partes, acciones y obras físicas
Etapa de construcción
La construcción del proyecto contempla la instalación de las siguientes edificaciones, infraestructura y otros que se detallan en la siguiente tabla:
Especificaciones Técnicas
Estanque triturador Acero Inoxidable Volumen 1.150
Bomba Trituradora Acero Inoxidable 5.5 Kw Flygt
Tablero Eléctrico Equipo triturador
Tablero Bomba de Recirculación
Tablero de Fuerza
Piping HDPE – VALV – FIT Trasvasije TK Acopio
Piping HDPE – VALV – FIT Recirculación TK Acopio
Pretil Plástico IBC
Plataforma de ensilaje 36 m2 en tierra
Montaje eléctrico y mecánico
Etapa de Operación
La recolección de la mortalidad se realizará diariamente durante la primera jornada laboral, mediante buceo semi-autónomo jaula a jaula hasta un peso promedio menor a 800g, utilizando un chinguillo de red con arco metálico, en tanto que a peso superior, la mortalidad será extraída de las jaulas mediante conos de extracción. Luego de cuantificada y clasificada la causa de muerte por apariencia y estado, la mortalidad es puesta en recipientes de 60 L con tapa y rotulados (jaula correspondiente), cuyos recipientes son llevados al sistema de ensilaje para su clasificación y posterior ensilado dentro de las 24 hrs. post extracción.
La operación desde la unidad generadora hasta la planta de proceso secundario, considera como proceso primario, la extracción y/o recepción de las mortalidades, luego el traslado a la unidad trituradora, la adición de 3% de p/p de ácido fórmico, homogenización de la mezcla, acopio de producto en un estanque de almacenamiento, y como logística el retiro por la unidad de transporte con transferencia a estanque de camión vía sistema de bombeo y posterior transporte a planta de proceso secundario.
Etapa de Cierre/Abandono
El proyecto no considera una etapa de cierre o abandono, ya que se contempla realizar una permanente mantención y recambio de estructuras cuando estas se deterioren o se vuelvan obsoletas. No obstante, en el caso de que por alguna razón no determinada actualmente se decidiera terminar o suspender el proyecto ya construido, se contemplan las siguientes acciones:
- En una primera etapa, se procederá a retirar la totalidad de la biomasa de peces y trasladarla a otros centros de cultivo para continuar su desarrollo.
- Las instalaciones de ensilaje podrán ser desmanteladas y preferentemente reutilizadas en otras instalaciones del titular u otros titulares de proyectos, de lo cual se dejará expresa constancia para efectos del expediente del proyecto. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en algún sitio de disposición autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente.
- En el área marina se retirarán todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizadas como sistema de fijación al fondo, los cuales serán trasladadas o vendidas para su reutilización. Lo mismo con las tuberías y todo el material de utilidad o valor comercial. Se aclara que las estructuras de concreto, pernos y anclas no se incluyen.
- Se realizará remoción general de escombros, todas las estructuras que puedan generar un riesgo serán desmanteladas y vendidas a terceros.
Todo lo anterior con la máxima precaución, con el objeto de evitar cualquier contingencia o riesgo de contaminación del sector.
Infraestructura y equipamiento
El sistema de ensilaje está ubicado en tierra en una bodega abierta destinada exclusivamente a estos fines, cuyas dimensiones son de 6x6 m2. Cuenta además, con una bodega de químicos cerrada y con acceso restringido de personal.
Vías de acceso terrestres y marítimas
Existen tanto vías terrestre y marítima.
Insumos del proyecto
Agua potable
El centro de Calbuco 1 está conectado al Comité de agua Potable Rural de Caicaén (anexo 7 de la DIA).
El sistema de alcantarillado se encuentra en proceso de regularización.
Suministro de energía eléctrica
El titular cuenta electricidad domiciliario con el certificado N° 3380211/2012 de SAESA (Anexo 7 de la DIA)
Sistema de ensilaje en tierra
En el (Anexo 3 de la DIA), se presenta el plano de ubicación del sistema de ensilaje, el cual cuenta con las siguientes características:
Ø Un área localizada de características sólidas, resistente e incombustible y aislado.
Ø Es muy importante destacar que en el área de ensilaje no habrá almacenamiento de ácido fórmico. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera.
Ø Tendrá acceso restringido de personal.
Ø Tiene salidas de emergencia y vías de evacuación señalizadas.
Ø Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin nada que las obstruya.
Ø Los productos estarán separados de acuerdo a sus compatibilidades.
Ø Se contará con agentes de absorción en lugares debidamente dispuestos y señalizados.
Ø Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación son resistentes a la corrosión.
El estanque de acopio es de polietileno compuesto de alta densidad, con capacidad para 20 m³.
El esquema gráfico de los componentes del sistema de ensilaje se muestra en el (Anexo 3 de la DIA). Este se encuentra instalado en una superficie que es un gran pretil de contención en caso de derrames.
Vías de acceso
La vía de acceso es terrestre para el retiro del material ensilado y marítimo desde el centro.
Proceso productivo
A continuación se describen las principales actividades que se desarrollarán durante la operación del proyecto.
Manejo de la mortalidad por ensilaje
Se entenderá por ensilaje el procedimiento de transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta alcanzar y mantener un pH menor o igual a 4, en una mezcla homogénea, de lo cual deberá llevarse un registro diario.
Para realizar el procedimiento general de ensilaje el personal del centro cuenta con el Procedimiento Manejo de Mortalidades Salmones Aysén S.A. (empresa que arrienda esta concesión a Marine Harvest Chile S.A.), que en el punto 13 de este procedimiento, indica también la operación de retiro del ensilaje del centro. Además, el centro posee el Procedimiento de Retiro de Ensilaje bodega mediante camión aljibe, realizado por la empresa
Pesquera La Portada S.A. que es la responsable del retiro del producto ensilado del centro de cultivo (Anexo 4 a-f de la DIA), sin embargo puede contratarse otra empresa que cuenta con todas los permisos legales para estos fines. Además, el centro cuenta con el Manual de Operación unidad de ensilaje, también realizado por Pesquera La Portada S.A. (en caso de cambiar de empresa se contratará otra con todos los permisos ambientales vigentes), el cual tiene por objetivo entregar el procedimiento que permita una correcta operación de la unidad de ensilaje (Anexo 4a de la DIA).
Traslado de la Mortalidad desde la jaula hasta la bodega de ensilaje
El traslado de la mortalidad hacia la bodega de ensilaje se realiza en tachos de 60 L. La extracción de la mortalidad se realiza diariamente tal como lo dispone la actual normativa. En general, los procedimientos de limpieza y desinfección de equipos cumplirán con lo establecido en el Manual de Higiene y Desinfección que se aplica al centro de acuicultura (Anexo 5 de la DIA).
Características generales del ensilaje
El proceso de ensilaje en si mismo, requiere de personal calificado para su adecuada realización, para lo cual serán capacitados. El personal contara con equipos de seguridad consistentes en:
· Protección de manos (de PVC) de manga completa.
· Protección de pies (de PVC)
· Mascara respiratoria de rostro completo 3 M (protección respiratoria, facial y ocular) con visor de policarbonato, filtros 3M para vapores orgánicos.
· Pechera de caucho-butilo.
Las características del equipo de ensilaje son las siguientes:
· Estanque picador
· Adición del ácido automatizada.
· La medición del pH será realizada a través de un pHmetro, con una frecuencia diaria. Siempre se medirá el pH antes de trasvasijar al silo, tomando una muestra de este en superficie y fondo.
· El abastecimiento de energía al sistema de ensilaje será mediante un generador.
· Toda la superficie de la instalación de ensilaje, es un gran pretil de contención ante derrames de producto ensilado, con capacidad de contener la totalidad del derrame.
En esta eventualidad, se cuenta con planes de contingencia ante derrames de producto ensilado (Anexo 4d de la DIA).
· Dentro de la plataforma, estará prohibido realizar fraccionamiento, reenvasado y trasvasije del producto y no se emplearan herramientas que puedan producir
chispas.
· Existirán procedimientos de operación del sistema de ensilaje. El personal que opera este sistema será debidamente capacitado.
Características y técnicas generales del trasvasije de la mortalidad al silo y retiro del producto
La cantidad de mortalidad (kg.) que se generará en un ciclo productivo va a depender de la especie que se esté cultivando. Sin embargo la biomasa máxima de la mortalidad del centro será el 10% de la producción total (de acuerdo al PT que se adjunta en (Anexo 2 de la DIA).
En la tabla de la página 14 de la DIA se muestra la mortalidad máxima generada durante un ciclo productivo.
Se estima que el tiempo de trituración de la mortalidad del estanque picador será de 15 a 30 minutos aproximadamente para procesar 300 kg. de mortalidad, entonces la mortalidad por día del centro tardaría aproximadamente 1/2 hora en ser ensilada.
Limpieza y desinfección
Una vez concluido el ciclo productivo y estando el centro en descanso, se procederá a realizar la Limpieza y Desinfección de la estanque de ensilaje, como de sus partes (silo y triturador) en los tiempos y condiciones que señalan la normativa sectorial de la autoridad (Anexo 5 de la DIA).
Esta actividad será desarrollada preferentemente por una empresa de limpieza y desinfección que cumplirá con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos y RILES provenientes de esta actividad, los que deberán ser dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente. La empresa de limpieza y desinfección debe entregar un certificado de desinfección el que se debe mantener en el centro de cultivo. Si se optase por realizar esta actividad con personal propio, se solicitará la autorización de la autoridad.
El destino del producto ensilado se destinará a una planta reductora que cuente con sistemas de tratamiento de residuos sólidos y líquidos. Sin perjuicio de lo anterior, el producto del ensilado podrá tener un destino diverso en los casos autorizados por la autoridad competente, previa aprobación de la metodología de tratamiento y proceso.
Traslado de la mortalidad ensilada a planta reductora
Aun cuando el traslado del producto ensilado no forma parte de esta modificación, se deja expresa constancia que la empresa prestadora de este servicio deberá contar con las autorizaciones correspondientes y de lo cual se llevara un registro que facilite la fiscalización de la autoridad.
Como se ha señalado precedentemente, el producto generado en el ensilaje, será llevado hacia una Planta reductora de Harina y Aceite. En el caso de que el ensilado no fuera retirado de acuerdo a contrato con Planta Reductora o por el proveedor del equipo de ensilaje, se contratara un servicio de transporte de alguna empresa que cuente con las correspondientes autorizaciones. Cualquiera sea el destino del producto resultante de este proceso, se llevará un registro pormenorizado de él, de modo que pueda ser fácilmente verificable. Es necesario destacar que este proceso de ensilaje permite hacerse cargo de mortalidades normales para un centro.
Sin embargo, ante eventos de mortalidades masivas, estas serán tratadas según lo establecido en el art. 7, letra k) del D.S. 319/2001, el cual señala lo siguiente:
“En caso que el servicio verifique la existencia de mortalidades masivas podrá ordenar su disposición en vertederos autorizados, de conformidad con el Programa Sanitario General respectivo, en casos calificados atendida la magnitud de la mortalidad”.
Independientemente de lo anterior, esta modificación de proyecto considera la implementación de un Plan de Contingencia frente a un evento de esta naturaleza (Mortalidades Masivas), según lo establece el Art. 5 del D.S. 320/2001I, el cual se describe en Plan de Contingencia no Factibilidad de Ensilaje de Mortalidad Diaria y el Plan de Contingencia para Aumento Imprevisto de la Mortalidad que Supere la Capacidad de Manejo (Anexo Nº 4b de la DIA).
Lo que se señala en la letra k) del art. 7 del DS Nº 319/2001 adquiere un carácter de perentorio toda vez que es la autoridad pesquera la que puede “ordenar su disposición en vertederos autorizados”, en casos calificados atendida la magnitud de la mortalidad. Esta situación puede darse cuando se excede la capacidad máxima de ensilaje. En estas circunstancias este titular coordinará con las autoridades competentes (SERNAPESCA, Ministerio del Medio Ambiente, Servicio Sanitario o algún otro organismo que sea pertinente). En todo caso
como lo señala la referida normativa, la disposición de la mortalidad se realizará en sitios autorizados para estos fines, y de ello se llevará un registro que facilite la verificación de la autoridad.
Manejo del ácido fórmico
El ácido fórmico es mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje contará con un dosificador automático, que equilibra ácido fórmico y volumen de mortalidad, según tabla Nº 3 de dosificación. Se contará con un Procedimiento de carga y descarga de ácido fórmico (Anexo 4c de la DIA).
En la tabla de la página 16 de la DIA se encuentra detallada la dosificación de ácido fórmico según cantidad de mortalidad.
Cabe hacer presente que en el centro no habrá almacenamiento de ácido fórmico. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera.
El Plan de manejo para los químicos, productos y residuos de operaciones de ensilaje de mortalidad de peces, deberá contener una bitácora para el ensilaje donde se registrarán diariamente las operaciones del manejo de productos químicos, mortalidad extraída, producto ensilado, químicos para las faenas de limpieza y desinfección del sistema de ensilaje, de los residuos generados y cualquier contingencia ocurrida durante estas operaciones. El personal responsable del centro deberá mantener esta bitácora siempre al día y disponible en caso de fiscalización.
Las condiciones de almacenaje, manipulación y eliminación de residuos se harán acorde a lo establecido en el D.S. N° 148/03 MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos y a la NCh. 382 Clasificación de sustancias Peligrosas; ya que, la finalidad principal es propender a la seguridad personal, la seguridad colectiva y la de la propiedad, tomando todas las medidas tendientes a resguardar estas, tal como aparece en el Procedimiento de Operación, fichas de seguridad, transporte y almacenamiento de la norma antes citada.
Finalmente, el manejo antes mencionado será concordante con el "Plan de Manejo para los químicos, productos y residuos de las operaciones de ensilaje de mortalidad de peces en centros de cultivo" con que cuenta el centro.
Manejo de insumos
Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados y según las condiciones ambientales para su almacenamiento, en lugares destinados especialmente para ello. Cada insumo estará almacenado en su envase original y etiquetados según normativa vigente, contando con las fichas técnicas HDS en el lugar de almacenamiento.
El titular se compromete a que el manejo de insumos en general, se respaldará adecuadamente mediante doble guía de recepción y despacho. Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame se contará con el material necesario en el lugar de almacenamiento y pretiles de contención, se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. 1/1992 Titulo II del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
En el manejo de insumos se ocuparan los equipos necesarios según lo amerite el tipo de insumo asegurando la salud y seguridad de los trabajadores.
PRINCIPALES DESCARGAS, EMISIONES Y RESIDUOS DEL PROYECTO
Residuos líquidos
Uso de químicos y desinfectantes
La bodega de productos químicos cuenta con ventilación adecuada, bandejas para control de derrames, material absorbente ante un eventual derrame de sustancias peligrosas además de la adecuada señalización y HDS de cada producto.
Pediluvios: Mensualmente se utilizará Glutarzan, desinfectante cuya base es el ácido acético e hidroxilo de hidrogeno. En pediluvios la desinfección se realiza por aspersión.
Maniluvios: la desinfección se realiza con alcohol gel.
Limpieza, Lavado y desinfección: Estos procedimientos se realizan mediante uso de bombas aspersoras y por tanto la pérdida de producto es insignificante.
El lavado del sistema de ensilaje no genera residuos líquidos. A su vez, lo que se genera del lavado en el sistema de ensilaje son los riles de la necropsia, los que son almacenados en un tacho e ingresados a la olla de triturado, ya que corresponde a agua sangre. La LLD se realizará al final del ciclo productivo (al momento del retiro de todo el material ensilado el cual puede ser más de una vez durante el ciclo productivo), pero solo después del último retiro de ensilaje, una empresa autorizada para LLD se hará cargo de los riles que se puedan generar, y de su disposición final.
Los envases vacíos tanto de químicos y detergentes son devueltos al proveedor
Residuos sólidos
El centro de cultivo cumplirá siempre con las siguientes condiciones de limpieza y disposición final de residuos de acuerdo a lo señalado en el árt. 4° del D.S. 320/2001 Reglamento Ambiental para la Acuicultura:
a) Adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos sólidos y líquidos, que tengan como causa la actividad, incluidas las mortalidades, compuestos sanguíneos, sustancias químicas, lodos y en general materiales y sustancias de cualquier origen, que puedan afectar el fondo marino, columna de agua, playas, terrenos de playa, sin perjuicio de lo dispuesto por las normas de emisión dictadas en conformidad con el artículo 40 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
La acumulación, traslado y disposición de dichos desechos y residuos deberá hacerse en contenedores herméticos que impidan escurrimientos. El transporte fuera del centro y la disposición final deberá realizarse conforme los procedimientos establecidos por la autoridad competente.
b) Mantener la limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al centro de cultivo de todo residuo sólido generado por la acuicultura.
Se empleará una doble guía de despacho y recepción, las que se encontrarán en el centro y las cuales darán cuenta del movimiento de todos los residuos generados por el centro de cultivo.
La limpieza del borde costero se realizará con una periodicidad mensual para colectar la basura encontrada en bolsas plásticas, las que serán depositadas en tachos herméticos debidamente rotulados de residuos domiciliarios, siguiendo su curso como se describe más arriba.
Mortalidad
Se estima que la mortalidad en un ciclo será de alrededor de 10% máximo independiente de la especie de cultivo. La mortalidad será trasladada desde los módulos de las balsas jaulas hacia el sistema de ensilaje, específicamente en el silo de picado, para lo cual se tomaran todas las medidas de protección.
El tratamiento consiste en la aplicación de ácido fórmico. Posteriormente se pone en marcha el triturador. La recirculación del ensilaje debe ser realizada durante 30 minutos. Posteriormente el ensilaje se traspasa al estanque de almacenamiento que en cuanto esté completo, un camión o embarcación especializada conecta la manguera de succión a la válvula del pipping del estanque de almacenamiento y retira el ensilado.
Respecto a la disposición de Residuos Sólidos, esta será de la siguiente manera:
El ensilaje de mortalidad será destinado a plantas reductoras autorizadas, para lo cual previo a realizar dicha acción se solicitará acreditar a través de certificación, la factibilidad de recepción del 100% del ensilaje de mortalidad. En caso de que la empresa reductora no pueda recepcionar el ensilaje de mortalidad, aplicará un Plan de Contingencia en caso de imposibilidad de recepción de la referida mortalidad.
Emisiones
No se generarán emisiones a la atmósfera ya que los artefactos llegarán armados únicamente para ser acomodados en un lugar del área concesionada. Respecto a la etapa de operación, no se generarán emisiones ya que se trata de un sistema cerrado el que cumplirá con la condición de aislamiento.
Olores
El ácido fórmico será el encargado de evitar la putrefacción de la mortalidad ensilada, lo que significa que no se generarán olores desagradables.
Programa general de lavado, limpieza y desinfección
Las faenas de Limpieza, Lavado y Desinfección (LLD) realizadas en materiales, equipos, naves, artefactos navales e infraestructuras del centro de cultivo y en operaciones anexas (abastecimiento, transporte y otras), serán realizadas por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias y ambientales vigentes.
Para las faenas de LLD proyectadas a ser realizadas por personal del mismo centro de cultivo o de la misma empresa, el Titular cuenta con el Manual de Procedimiento de Limpieza y desinfección de materiales, Implementos, Infraestructura, Personal, Vestuario y Calzado (Anexo 5 de la DIA), que considera lo dispuesto en su Circular Marítima Externa N° 12.600/214 del 2008 de la Gobernación Marítima de Castro y el Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección (PSGL) de SERNAPESCA.
Respecto al proceso de ensilaje
El proyecto dará cumplimiento al Programa General de Lavado y Desinfección que ha establecido sectorialmente el Servicio Nacional de Pesca. Para ello se contempla lo siguiente:
Ø De acuerdo al requerimiento de la autoridad pesquera, el proyecto contará con un “Plan ante vertimiento en faenas de LLD y un plan ante derrame de químicos” (anexo 5 de la DIA). Estos planes deberá abordar tanto el traslado como el almacenamiento de las sustancias químicas del centro de cultivo, especialmente de los ácidos utilizados durante un ensilaje. Sus alcances y contenidos deberán ser abordados conforme la calificación del
químico utilizado en el sistema (peligrosidad, corrosividad, irritabilidad).
Ø El centro de cultivo mantendrá una Bitácora, en la que se registrará la cantidad de ácido utilizado, situaciones de riesgo para las personas o al medio ambiente. “Sustancias peligrosas” o “sustancias corrosivas”. Se mantendrá en el centro de cultivo una copia de las autorizaciones de traslado, emitida por la autoridad.
Ø El personal del centro de cultivo o en su defecto las empresas externas que limpien y desinfecten los equipos de ensilaje, deben contar con su “Manual de Higiene y Desinfección”, el cual contemplará solo el uso de productos autorizados. Además, describe el sistema de extracción, manejo de mortalidades y procedimientos de desinfección, establece los métodos, equipos y materiales a utilizar, los procedimientos de necropsias y el personal responsable para ejecutar cada una de las operaciones.
Medidas de contingencia
Para el caso que se produzca un accidente, desperfecto o falla en el funcionamiento del centro de cultivo, se prevé un plan de contingencias que se detalla a continuación (D.S. 320/01, Art. N° 5).
Mortalidades masivas de peces
Se dará aviso de inmediato al jefe de producción para que se tomen medidas en forma inmediata y se avise al servicio correspondiente. El titular contará con una lista de contactos de proveedores de servicio de cosecha o retiro de mortalidad y de personal para las maniobras requeridas, se enviará una embarcación con bins para retirar la mortalidad del centro. En el menor plazo posible se procederá a detectar las causas de la mortalidad, para lo cual se tomarán muestras de los peces muertos para practicarles los análisis correspondientes. Existe un plan de contingencia que se adjunta (Anexo 6 de la DIA).
4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
| Norma | Forma de cumplimiento |
| Constitución Política de la República de Chile | La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA para su evaluación y aprobación, tienen por objeto contribuir al cumplimiento de la garantía constitucional: El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación |
| D.S. N° 320/01 MINECON “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”. | Dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 4, 5, 6, 9, 15 y 19 del señalado decreto. |
| Ley N° 19.300 MINSEGPRES “Ley de Bases del Medio Ambiente”. | Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente |
| D.S. N° 95/01 MINSEGPRES “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. | Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos de residuos producidos, medidas para reducir los impactos sobre el ambiente tales como planes de contingencia en caso de emergencia, etc. Se considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc. |
| D.S. N° 1/92 “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”. | Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. |
| DFL 725/1967 MINSAL “Código Sanitario” | Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. |
| D.S N° 594/1999, MINSAL (Pub. D.O. 29/04/2000). Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo | Se habilitará un patio de salvataje o zona de almacenamiento de residuos. Los residuos serán dispuestos en un lugar autorizado. |
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 93 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Respecto a este PAS la Seremi de Salud en Ord. N° 300 del 09 de abril de 2013 se manifiesta conforme sobre los rquisitos del PASD y Adenda del proyecto.
5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
El titular se compromete a seleccionar y adoptar procesos productivos y tecnologías que contribuyan a la política de producción limpia adoptada por el país, para alcanzar estándares internacionales de desempeño ambiental.
El titular se compromete a realizar, cuando se requiera, las correcciones necesarias y velar por el desarrollo ambientalmente aceptable de este Proyecto.
A fin de seguir minimizando el impacto visual de las estructuras utilizadas, se usara colores acordes con el entorno.
Desarrollar capacitaciones periódicas a los operadores del sistema de ensilaje.
7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
8. Que, para que el proyecto "“Manejo de Mortalidad mediante un sistema de ensilaje en centro de Cultivos Calbuco 1, Calbuco, Provincia de Llanquihue, Xa Región”" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
9. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
10. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, y a la Superintendencia de medio Ambiente la individualización de cambios de titularidad.
11. Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente, a los servicios precedentemente y facilitar las labores de éstos a objeto de controlar la emergencia.
12. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a Monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimiento de metas, o plazos y, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto. , deberá ser entregada por el titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N° 178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
14. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos.