VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VII REGIÓN DEL MAULE

Califica Ambientalmente el proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule"

Resolución Exenta Nº 73

Talca, 21 de julio de 2017



VISTOS:

1.         La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 23 de marzo del 2016, su Adenda de fecha 09 de diciembre de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de mayo de 2017, del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule" presentada por el Ministerio de Obras Públicas.

 

2.         Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule".   

 

3.         El ICE de la DIA del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule", de fecha 29 de junio del 2017.

 

4.         La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión.

 

5.         La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.

 

6.         El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 10 de julio del 2017.

 

7.         Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule".

 

8.         La Resolución Exenta Nº  86, de fecha 26 de enero de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispuso la suspensión de plazos en procedimientos de evaluación de impacto ambiental, que se encuentre en tramitación ante el Servicio de Evaluación Ambiental de las regiones del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule y del Biobío.

 

9.         La Resolución Exenta Nº  107, de fecha 02 de febrero de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispuso ampliar la suspensión de plazos en procedimientos de evaluación de impacto ambiental, que se encuentre en tramitación ante el Servicio de Evaluación Ambiental de las regiones del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule, del Biobío y de la Araucanía.

 

10.       Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Número 1246 de fecha 23 de septiembre de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Pablo Meza Donoso, como Intendente Regional del Maule; y en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. 

 

CONSIDERANDO:

1.         Que, el Ministerio de Obras Públicas, en adelante, el Titular o el MOP, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Titular

 Ministerio de Obras Públicas

RUT

 61.202.000-0

Representante Legal

 Juan Manuel Sánchez Medioli

RUT

 12.017.085-6

Domicilio

 Morandé Nº 59 - Piso 3, Santiago.

Teléfono

+56 2 2449 3951

Correo Electrónico

 juan.sanchez.m@mop.gov.cl

 

2.         Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de junio del 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, recomendó aprobar el Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule", debido a que:

·                     El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los respectivos Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones;

·                     El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el cuerpo del presente informe consolidado de evaluación;

·                     El proyecto cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales 119, 138, 140, 142, 148 y 160; y

·                     El proyecto no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3.         Que, en sesión de fecha 10 de julio del 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, acordó calificar favorablemente el Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de junio del 2017.

 

4.         Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1.      ANTECEDENTES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

 

Tabla 4.1. Antecedentes del Proyecto o actividad

Objetivo general

Mejorar la capacidad de conducción del actual Canal Pencahue para aumentar la seguridad de riego del Sistema Pencahue.    Construcción de un sistema de impulsión de aguas mediante una planta de elevación mecánica, que captará las aguas del río Claro y las conducirá mediante 2 acueductos de 2 m3/s cada uno, para verterlas al canal Pencahue, en el km 27.

 

La Regla de Operación a utilizar será:

a.            Las bombas operarán en el periodo estival (máximo consumo de agua para riego) que serán los meses de enero, febrero y marzo, cuando la oferta del canal es inferior a 12 m3/s o inferior a los requerimientos de la demanda de riego. 

b.            En caso de requerirse, operarán las plantas las 24 hr/día.

c.             La capacidad de operación del canal es de 12 m3/s en la sección de la impulsión, por lo cual se le aportará al canal en los meses de enero y febrero, según necesidad, hasta llegar, como máximo, a los 4 m3/s  de aporte de la planta de bombeo (criterio imperante llenar a máxima capacidad el canal, dado que la demanda agrícola es la máxima estos meses).

d.            Dado la conformación de la demanda agrícola, que es del orden del 84%, conformado por viñas viníferas en el cual el mes de marzo se restringe a 64% la demanda, en promedio, para obtener mejores cosechas se consideró que se utilizarán las bombas, según necesidad, al 70% de su capacidad (2,8 m3/s). (criterio imperante satisfacer el remanente de demanda que se necesita en los rubros agropecuarios). 

 

La probabilidad de ocurrencia de uso  de las bombas en período estival, sería:

Probabilidad de Uso de Bombas en el período estival

MES

Probabilidad de Uso de Bombas

8 bombas

7 a 6 bombas

5 a 4 bombas

3 a 1 bombas

0 bombas

4 m3/s

3,9 a 3 m3/s

 

2,9 a 2 m3/s

1,9 a 0,5 m3/s

0 m3/s

Enero

33,3 %

26,7 %

0 %

33,3 %

6,7 %

Febrero

46,7%

13,3 %

13,3 %

26,7 %

0,0 %

Marzo

0 %

0 %

100 %

0,0%

0,0 %

Fuente: Depto. Proyectos de Riego DOH.

 

La Tabla siguiente muestra los caudales y el número de bombas a utilizar con una probabilidad de ocurrencia de un 50%. En promedio se utilizarán 6 bombas en cada uno de los meses, teniendo como máximo un caudal a extraer de 3,0 m3/s.

 Caudales y Bombas con probabilidad de 50%

MES

Caudales m3/s

Probabilidad 50%

Numero de Bombas Probabilidad 50%

Enero

2,6

6

Febrero

3,0

6

Marzo

2,7

6

Fuente: Depto. Proyectos de Riego DOH.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N° 40/12 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el Proyecto debe someterse al SEIA por cuanto concurre el  presupuesto señalado en el literal a) del artículo 10 de la citada ley, así como el literal a) del artículo 3 del D.S. N° 40/12.

Al respecto el D.S. N° 40/12 señala lo siguiente:  a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de agua.

 

Por su parte el artículo. 294 del Código de Aguas indica:  Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes Obras:  “…  los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo  …”.

 

El proyecto no tiene tipología secundaria que también implique su ingreso al SEIA.

Vida útil

Indefinida considerando las mantenciones (50 años para evaluación económica)

Monto de inversión

 USD $ 5.886.237

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Se establece como hito de inicio de ejecución del proyecto, la “entrega de terreno”  en la fase de construcción.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

El proyecto se desarrollará solo en una etapa.

 

X

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

Si

No

El proyecto modificará  el canal Pencahue, ubicado en la Región del Maule, en la provincia de Talca.   Inversión realizada por la Dirección de Obras Hidráulicas – ex Dirección de Riego en la década de los años 90 para satisfacer las necesidades de riego de la Región como parte del Programa de Grandes Obras de Riego del MOP. Esta obra significó incorporar al desarrollo agrícola unas 10.000 has de suelo de secano, beneficiándose con ello unos 500 agricultores de la zona de Pencahue en la Región del Maule.

X

 

Proyecto modifica otra RCA

Si

No

El proyecto no modifica otra resolución de calificación ambiental (RCA).

 

X

 

 

4.2.         UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

 

Tabla 4.2. Ubicación del Proyecto o actividad

División político-administrativa

El proyecto se ubicará en la comuna de Pencahue, Provincia de Talca, Región del Maule a unos 8 kilómetros al sur de la ciudad  de Talca.

Justificación de la localización

El lugar de las obras proyectadas en el km 27 del canal Pencahue reúne las condiciones técnicas y operativas para el emplazamiento del proyecto, ya que en este sector se ubica una actual descarga del canal al río Claro (Descarga N° 6) donde el nuevo acueducto ocupará la misma faja fiscal de esa obra. Por otra parte, en el sitio del proyecto las condiciones ribereñas del río Claro (remanso) favorecen el emplazamiento del muelle y sus obras.

Superficie

El Proyecto considera una superficie de 2,16 hectáreas.  Esta área incluye la instalación de faenas necesaria para ejecutar las obras, que ocuparán un área de 360,0 m2  . (Oficinas 5,9m2; Baños 4,5m2; Pañol 15m2; Zona de Acopio 30m2; Almacen 13,2m2; y Caseta de Vigilancia 4m2).

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas UTM Huso Datum WGS 1984 son las siguientes:

 

Coordenadas del Proyecto.

 

 Coordenadas

UTM

UTM Huso: 19, Datum: SIRGAS (WGS 84)

Vértice A

Vértice B

Vértice C

Vértice D

Norte

6.073.800

6.073.825

6.073.985

6.074.025

Este

252.113

252.137

251.988

252.050

Fuente: Tabla 2.1 de la DIA.

 

Ver Anexo A del Adenda.   La Ilustración N°1 del Adenda (respuesta 1.1.  iii)) indica las Coordenadas UTM de los “Vértices Obras de Ingeniería Sistema de Elevación Mecánica Canal Pencahue”.

Caminos de acceso

El camino de acceso al sitio del proyecto corresponde al camino fiscal Talca - Rauquén, también conocido como camino Las Tinajas el cual conecta la ruta K-60 (Talca- Pencahue) con la ruta K-650 (camino a Corinto). El camino Las Tinajas se emplaza en paralelo entre el Canal Pencahue y el río Claro, con lo cual favorece el acceso al sitio del proyecto a través de 2 rutas, una directamente desde la ciudad de Talca (dirección oriente- poniente) y otra desde las localidades de Pencahue y Corinto (dirección poniente oriente).

 

En la figura N° 2-3 del Capítulo 2 de la DIA se presenta la figura de las vías de acceso al Proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

·       Ubicación del proyecto figura N° 2.1,  2.2, y 2.3.   Anexo 8 de la DIA.

·       Anexo A del Adenda.

 

4.3.      FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.3.1.     Partes, obras y acciones

4.3.1.1. Partes y obras

Tabla 4.3.1.1. Partes y obras

Nombre

Descripción.   La materialidad está señalada en la Tabla 1 del Adenda

Plataforma de Bombeo

Contiene las obras de muelle de doble plataforma, estructura de succión, bombas de turbina.

Sistema Impulsión

Contiene las tuberías de impulsión, sistema de protección, los estanques hidroneumáticos, sistema de impulsión en plataforma, sistema de impulsión enterrada.

 

4.3.1.2.  Acciones

Tabla 4.3.1.2. Acciones

Nombre

Descripción

Instalación de Faenas

La ejecución de la obras requiere de una Instalación de Faenas. Ésta se habilitará en el mismo sector de las obras y en general consistirán en oficinas, instalaciones sanitarias,  Pañol,  zona de acopio, almacén y caseta de vigilancia.

La instalación de faenas se ubicará en sectores aledaños a las obras, en un lugar dentro del área expropiada. No se contempla la instalación de campamentos, debido a la proximidad a la ciudad de Talca. No se considera habitaciones para dormir ni casino donde se manipulen alimentos.

Movimientos de tierra y excavaciones

El movimiento de tierra asociado a la excavación que será necesario efectuar es de 4.615 m3. Este material será empleado en el relleno o terraplén que se realizará en el río Claro. El material excedente se enviará a sitios autorizados para relleno.

La superficie de terreno que ocuparán las obras del kilómetro 27 del canal Pencahue, es de 2,16 ha. Esta área incluye la instalación de faenas necesaria para ejecutar las obras, que ocuparán una superficie de 360,0 m2.

Uso de Botaderos

Como lugares de botaderos para la disposición de material inerte excedente de la construcción, el proyecto considera la utilización de sitios autorizados.

 

4.3.2.      Suministros básicos

Tabla 4.3.2. Suministros básicos

Nombre

Descripción

Energía

La obra será suministrada de energía eléctrica mediante un empalme provisorio a la red eléctrica existente.

Agua potable

El agua para bebida será por medio de agua embotellada, para lo cual el suministro de ésta se efectuará mediante la adquisición a una empresa que cuente con autorización de la SEREMI de Salud de la Región del Maule. Para los servicios higiénicos (solución particular a través de una planta compacta) se proveerá mediante un camión aljibe.

Combustible

El combustible necesario para el funcionamiento de equipos y maquinaria estará a cargo de un camión cisterna de una empresa autorizada. Se cumplirá con la normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) y se implementará el Plan de Medidas y Seguimiento Ambiental en la obra para evitar derrames.

Por otra parte, las camionetas y camiones de obra se abastecerán de combustible en Servicentros de la misma ciudad de Talca.

Maquinaria y Equipos

MAQUINARIA / VEH.

CANTIDAD

HORAS TOTAL

ACTIVIDAD PRINCIPAL

Camioneta

5

513

Transporte personal

Camión

1

2.456

Instalación de Faena, pilotes

Cargadora

1

192

Camino a Estación de Bombeo; Pretil Construcción Plataforma

Martinete

1

168

Pilotes de Fundación

Grúa

1

544

Instalación de Faena; Anclaje

Excavadora

1

392

Camino a Estación de Bombeo; Pretil Construcción Plataforma

Rodillo

1

272

Camino a Estación de Bombeo; Pretil Construcción Plataforma

 Camión mixer

1

592

Hormigón de pilotes

Insumos y Materiales

MATERIALES PRINCIPALES

UNIDAD

CANTIDAD

Hormigón H-25

m3

470

Acero

kg

76.040

Rellenos

m3

8.900

Tuberías de Impulsión

m

360

El suministro de áridos se realizará a través de empresas autorizadas. El suministro de hormigones se realizará con empresas del rubro autorizadas, a través de camiones mixer.

 

4.3.3.      Productos generados

Tabla 4.3.3. Productos generados

Nombre

Descripción

En virtud de las características del proyecto, no existe generación de productos.

 

4.3.4.      Recursos naturales renovables

Tabla 4.3.4. Recursos naturales renovables

Nombre

Descripción

 Agua

Durante la fase de construcción no habrá explotación de recursos naturales. En el camino y las instalaciones, se intervendrán 0,214 hás asociadas a la categoría de bosques, la cual será reforestada a través del Plan de Corta de obras civiles.

 

4.3.5.      Emisiones y efluentes

4.3.5.1.  Emisiones a la atmósfera

Tabla 4.3.5.1. Emisiones a la atmósfera

Nombre

Descripción

MP10

En la siguiente Tabla se presenta un cuadro resumen de los niveles estimados de emisiones para la Fase de Construcción del proyecto.

Las emisiones por tránsito en caminos pavimentados y no pavimentados, serán poco significativos, los cuales no se consideran para el resumen de las emisiones totales del proyecto en fase de construcción.

La fase de construcción tiene una duración estimada de seis meses, por lo cual el escenario más desfavorable para realizar el análisis y comparación de referencia con el Plan de Descontaminación Atmosférica por PM10, para las comunas de Talca y Maule, es que la obra se desarrolle dentro de un año calendario.

Conforme lo establecido en el Plan de Descontaminación Atmosférica por PM10, para las comunas de Talca y Maule, según Resolución MMA Exenta N°1318 de 22.12.2014, en su artículo 47 se establece que los proyectos o actividades y modificaciones que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, generen emisiones de PM10 superiores a 1 Ton/año, deberán compensar sus nuevas emisiones en un 120%.    Las emisiones de PM10 del proyecto con el límite establecido en el Anteproyecto PDA, serán:

Parámetro

Nivel Máximo Anteproyecto PDA Talca-Maule (ton/año)

Emisión PM10 del Proyecto (ton/año)

PM10

1

0.13

El proyecto en la fase de operación no generará emisiones atmosféricas.

 

4.3.5.2.  Emisiones de Ruido y Vibraciones

Tabla 4.3.5.2. Ruido y vibraciones

Nombre

Descripción

Ruido

La línea de Base señala que los Niveles de Ruido de Fondo fluctúan entre 39 dB(A) y 45 dB(A) Lento para el periodo diurno y entre 36 dB(A) y 38 dB(A) Lento para el periodo nocturno.

El área de influencia del proyecto se encuentra acústicamente caracterizado por el ruido de árboles en movimiento por el viento, motobomba lejana, viento ligero, perros lejanos, aves e insectos, etc.

Se infiere que los Niveles de Ruido Modelados, cumplen con los máximos permisibles por el D.S. Nº 38/2011 del MMA para las faenas de maquinarias e instalaciones, y simultáneamente cumplen con lo dispuesto en la Normativa de la Confederación Suiza OPB 814.41 para el flujo vehicular.

 

4.3.5.3.           Emisiones líquidas o efluentes.

Tabla 4.3.5.3. Emisiones líquidas

Nombre

Descripción

Residuos Líquidos

La solución de evacuación de estos residuos se realizará a través de una solución de sistema particular (planta compacta), la cual será usada posteriormente para la fase de operación, y en los frentes de trabajo mayores a 75 metros, se utilizarán baños químicos, cuya limpieza se realizará por empresas autorizadas.

El número de artefactos en los baños presentes en la instalación de faenas será de acuerdo a lo estipulado por el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud.

 

4.3.6.      Residuos

4.3.6.1.  Residuos no peligrosos

Tabla 4.3.6.1.  Residuos no peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Los residuos sólidos asimilables a domésticos provenientes de la Instalación de Faenas y que corresponde a los residuos de los trabajadores de la obra, serán manejados en conformidad con lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, almacenados en contenedores rotulados hasta su disposición de acuerdo a la ordenanza municipal respectiva.

Estos residuos se estiman en un promedio mensual de 242 kg/mes, considerando una tasa de generación de residuos de 0,5 kg/día/por trabajador. Considerando una mano de obra promedio mensual de 22 trabajadores, la estimación es de 11 kg/día.

El retiro de estos residuos será a través de empresas transportistas autorizadas, las cuales ocuparán un tipo de contenedor apropiado a la cantidad generada y a la frecuencia de retiro. Para ello los residuos domésticos serán dispuestos en contenedores con tapa hermética sin sistema de compactación.

Para el acopio temporal se dispondrán de contenedores de 200 litros de capacidad cada uno, los cuales estarán dispuesto en la zona de acopio general de la instalación de faenas y con ello proceder a la disposición de los residuos domésticos de los 22 trabajadores en promedio mensual que se encontrarán en obra.

 

Residuos peligrosos (RESPEL)

Tabla 4.3.6.2. Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos Peligrosos

Se contará con un plan de manejo específico, donde la generación, el almacenamiento temporal, transporte y destino final de estos residuos deberá realizarse en base a lo  establecido en el D.S. Nº 148/03 del MINSAL. Sin embargo, de acuerdo a este tipo de obras se considera que la generación de estos residuos será mínima, no sobrepasando las cantidades exigidas para generadores y transportistas que exige el D.S. 148/03. En cuanto al manejo temporal, los residuos peligrosos serán dispuestos en una bodega de almacenamiento transitorio que será construida dentro de la zona de acopio general de forma aislada de otros materiales, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en el D.S. 148/03.

Los residuos que se generen producto de mantenciones de la maquinaria y equipos, serán manejados por la empresa que se haga cargo de la  mantención de la maquinaria y camiones.

En caso eventual de situación de derrames de aceite hidráulico o de lubricante, el Plan de manejo específico indicará la mantención de recipientes de arena para contener el derrame y posteriormente depositarlo en un recipiente estanco y con tapa.

La cantidad de estos residuos se estima, en torno a 90 l/mes de aceites en desuso y 15,3 l/mes de anticongelantes, baterías o piezas contaminadas con residuos peligrosos (0,58 m3), lo que equivale a 186 Kg en los 6 meses del proyecto (31 Kg/mes).

 

4.4.      FASE DE OPERACIÓN

4.4.1.    Partes obras y acciones

4.4.1.1. Partes y obras

Tabla 4.4.1.1. Partes y obras

Nombre

Descripción

Plataforma de bombeo

La plataforma de bombeo se compone de un muelle, el cual se caracteriza por tener los siguientes componentes:

·                    Plataforma: Muelle de doble plataforma de 43 m de largo por 10,35 m de ancho, sobre 20 pilotes pre-     excavados de D=1 m.

·                    Estructura de succión: acero inoxidable con 5 vanos de 80x50 cm con rejillas removibles, para impedir el ingreso de partículas al interior de la camisa de protección.

·                    Camisas de protección: Tubería Spiropecc (HDPE) y acero Dint = 1,4 m para proteger bomba y garantizar sumergencia mínima.

·                    Bombas: 8 bombas tipo turbina de eje vertical de     500 l/s cada una, altura manométrica de 46 m.c.a.

En Anexo A de la Adenda se presenta archivo KMZ con la localización de las obras.

Sistema de impulsión

 

El sistema de Impulsión está constituido por las siguientes unidades:

·                    Impulsión: Dos líneas de 2,0 m3/s cada una

·                    Sistema de Protección: Dos Estanques Hidroneumáticos.

·                    Impulsión en Plataforma: Dos tuberías de Acero de 1,0 m de diámetro.

·                    Impulsión Enterrada: Dos tuberías HDPE de 1,0 m de diámetro.

·                    Entrega Canal Pencahue: Sumergida en obra de descarga existente.

·                    Las tuberías de impulsión de la zona de la plataforma hasta el bloque de anclaje, se han diseñado en acero carbono. A partir de este bloque, toda la impulsión hasta el canal, se ha proyectado en plástico HDPE, enterrada que asegura resistencia a los impactos y a la corrosión.

·                    Las tuberías de impulsión serán dos, estarán en forma paralela y tendrán una longitud de 176 metros, con capacidad para transportar 2 m3/s cada una.

Obra descarga al canal Pencahue

La obra de entrega tiene las siguientes partes:

·                     Obra de Entrega

·                     Compuerta de Clapeta

·                     Compuertas de obras de Descargas

 4.4.1.2.           Acciones

Tabla 4.4.1.2. Acciones

Nombre

Descripción

Sistema de bombeo y elevación mecánica

Tal como se señaló en el punto 2.6.6.1 de la DIA, la conformación de la demanda agrícola, que es del orden del 84%, corresponde a viñas viníferas, la cual el mes de marzo se restringe a un 64% de la demanda, en promedio. Con el fin de obtener mejores cosechas se consideró que se utilizarán las bombas, según necesidad al 70% de su capacidad (es decir 2,8 m3/s). (Criterio imperante es satisfacer el remanente de demanda que se necesita en los rubros agropecuarios).

 

La Regla de Operación a utilizar será:

a.            Las bombas operarán en el periodo estival (máximo consumo de agua para riego) que serán los meses de enero, febrero y marzo, cuando la oferta del canal es inferior a 12 m3/s o inferior a los requerimientos de la demanda de riego. 

b.            En caso de requerirse, operarán las plantas las 24 hr/día.

c.             La capacidad de operación del canal es de 12 m3/s en la sección de la impulsión, por lo cual se le aportará al canal en los meses de enero y febrero, según necesidad, hasta llegar, como máximo, a los 4 m3/s  de aporte de la planta de bombeo (criterio imperante llenar a máxima capacidad el canal, dado que la demanda agrícola es la máxima estos meses).

d.            Dado la conformación de la demanda agrícola, que es del orden del 84%, conformado por viñas viníferas en el cual el mes de marzo se restringe a 64% la demanda, en promedio, para obtener mejores cosechas se consideró que se utilizarán las bombas, según necesidad, al 70% de su capacidad (2,8 m3/s). (criterio imperante satisfacer el remanente de demanda que se necesita en los rubros agropecuarios). 

 

La probabilidad de ocurrencia de uso  de las bombas en período estival, sería:

 

Probabilidad de Uso de Bombas en el período estival

MES

Probabilidad de Uso de Bombas

8 bombas

7 a 6 bombas

5 a 4 bombas

3 a 1 bombas

0 bombas

4 m3/s

3,9 a 3 m3/s

 

2,9 a 2 m3/s

1,9 a 0,5 m3/s

0 m3/s

Enero

33,3 %

26,7 %

0 %

33,3 %

6,7 %

Febrero

46,7%

13,3 %

13,3 %

26,7 %

0,0 %

Marzo

0 %

0 %

100 %

0,0%

0,0 %

Fuente: Depto. Proyectos de Riego DOH.

 

La Tabla siguiente muestra los caudales y el número de bombas a utilizar con una probabilidad de ocurrencia de un 50%. En promedio se utilizarán 6 bombas en cada uno de los meses, teniendo como máximo un caudal a extraer de 3,0 m3/s.

 

Caudales y Bombas con probabilidad de 50%

MES

Caudales m3/s

Probabilidad 50%

Numero de Bombas Probabilidad 50%

Enero

2,6

6

Febrero

3,0

6

Marzo

2,7

6

Fuente: Depto. Proyectos de Riego DOH.

 

Mantención de las obras

- Mantenimiento de las bombas,

- Limpieza de filtros de malla en las sentinas de cada bomba,

- Pintura de partes y piezas,

- Limpieza de clapetas en el canal matriz y

- Mantención del sistema eléctrico y trasformadores.


4.4.2.      Suministros básicos

Tabla 4.4.2. Suministros básicos

Nombre

Descripción

Servicios sanitarios

Se utilizará la solución de sistema de evacuación particular de residuos líquidos construida en la fase de construcción. En esta última fase se considera un número total de 3 trabajadores, y se ha estimado la cantidad total de residuos líquidos mensuales, considerando una tasa de generación de 150 litros/trabajador/día y se ha definido un período de trabajo de 22 días por mes. En total la emisión será de 9.900 lt/mes. La disposición final de los residuos líquidos se realizará cumpliendo la normativa específica. Los antecedentes se presentan en el Anexo Nº 5 PAS 138, de la Adenda complementaria.

Suministro de agua

El suministro básico de agua para bebida será por medio de agua embotellada, para lo cual el suministro de ésta se efectuará mediante la adquisición a una empresa que cuente con autorización de la SEREMI de Salud de la Región del Maule. Para los servicios higiénicos (que corresponderán a una solución particular a través de una planta compacta) se proveerá mediante camión aljibe.

Suministro Eléctrico para bombas

 

Las bombas impulsoras de agua requieren de suministro eléctrico, por lo cual el motor de cada bomba impulsora de agua será de 280 kW en 3.300 V. La potencia instalada se estima en alrededor de 3.500 kVA, considerando la característica de partida de los motores.

Además, habrá consumos eléctricos menores asociados a servicios auxiliares, como el alumbrado, motores fraccionarios y algunos enchufes de baja potencia.

El proyecto considera la instalación de un transformador de poder de 13.200/3.300 V, 3.500 kVA, soportado sobre fundación de hormigón, el cual será alimentado a través de una nueva línea de media tensión.

La línea de media tensión se compone de dos partes: una parte corresponde al tramo de línea existente en el sector de propiedad de la Empresa Eléctrica de Talca (EMETAL), que deberá ser modificada por EMETAL de acuerdo a los requerimientos de la planta de bombeo; otra parte corresponde a un tramo de línea de aproximadamente 350 m, el cual podrá ser construido por un externo o por EMETAL.

Se ha contemplado la construcción de una sala de comandos, de aproximadamente 62 m2 para alojar el Centro de Control de Motores (CCM) y los tableros adicionales. Este recinto se utilizará, además, para almacenar repuestos asociados al sistema de bombeo, e incluirá un baño.

El proyecto considera, además, la malla de puesta a tierra, las canalizaciones y el alumbrado.

 

4.4.3.      Productos generados

Tabla 4.4.3. Productos generados

Nombre

Descripción

En virtud de las características del proyecto, no existe generación de productos.

 

Recursos naturales renovables

Tabla 4.4.4. Recursos naturales renovables

Nombre

Descripción

Agua

 

El proyecto considera el uso de los derechos de aprovechamiento de las aguas del río Claro para ser utilizadas en el Canal Pencahue a través de la descarga en el km 27 de dicho canal.


4.4.5.      Emisiones y efluentes

4.4.5.1.  Emisiones a la atmósfera.

Tabla 4.4.5.1. Emisiones a la atmósfera

Nombre

Descripción

Emisiones a la atmósfera

Dada la característica del proyecto, la fase de operación no generará emisiones atmosféricas.

 

4.4.5.2.  Emisiones líquidas o efluentes.

Tabla 4.4.5.2.       Emisiones líquidas

Nombre

Descripción

Residuos Líquidos

Se usará la solución de sistema de evacuación particular de residuos líquidos construida en la fase de construcción. En esta última fase se considera un número total de 3 trabajadores, y se ha estimado la cantidad total de residuos líquidos mensuales, considerando una tasa de generación de 150 litros/trabajador/día y se ha definido un período de trabajo de 22 días por mes. En total la emisión será de 9.900 lt/mes. La disposición final de los residuos líquidos se realizará cumpliendo la normativa específica.

 

4.4.5.3.  Emisiones de Ruido y Vibraciones.

Tabla 4.4.5.3. Ruido y vibraciones

Nombre

Descripción

Ruido

La línea de Base determinó que los Niveles de Ruido de Fondo fluctúan entre 39 dB(A) y 45 dB(A) Lento para el periodo diurno y entre 36 dB(A) y 38 dB(A) Lento para el periodo nocturno.

El área de influencia del proyecto se encuentra acústicamente caracterizado por el ruido de árboles en movimiento por el viento, motobomba lejana, viento ligero, perros lejanos, aves e insectos, etc.

Se infiere que los Niveles de Ruido Modelados mediante software computacional para el escenario de operación del proyecto, cumplen con los máximos permisibles por el D.S. Nº 38/2011 del MMA para las faenas de maquinarias e instalaciones, y simultáneamente cumplen con lo dispuesto en la Normativa de la Confederación Suiza OPB 814.41 para el flujo vehicular.

 

4.4.6.      Residuos

4.4.6.1.  Residuos no peligrosos

Tabla 4.4.6.1 Residuos no peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Corresponderán a los residuos de tipo  domiciliarios de los operarios que operarán frecuentemente de diciembre a marzo de cada año y efectuarán el mantenimiento de los equipos.

Estos residuos se estiman en un promedio mensual de 45 kg/mes, considerando una tasa de generación de residuos de 0,5 kg/día/por trabajador. Considerando una mano de obra promedio mensual de 3 trabajadores, la estimación es de 1,5 kg/día. El retiro de estos residuos será a través de empresas transportistas autorizadas.

 

4.4.6.2.  Residuos peligrosos.

Tabla 4.4.6.2. Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos Peligrosos

Los residuos peligrosos que se generen producto de mantenciones de equipos y bombas, serán manejados de manera temporal y serán dispuestos en una bodega de almacenamiento transitorio, que cumplirá  también con todos los requisitos establecidos en el D.S. 148/03 hasta su traslado a sitios autorizados.

 

4.5.      FASE DE CIERRE

Si bien el Proyecto considera una vida útil de 25 años, no se contempla una etapa de abandono, ya que al término de dicho periodo se puede realizar una revisión y mantención continua de la instalación. Sin embargo, en caso de producirse un eventual cierre se presentará el correspondiente Plan de Cierre y Abandono a la Autoridad.

 

El inicio de la fase de cierre del Proyecto, corresponderá la habilitación de un lugar para la instalación de faenas, la cual estará ubicada en el mismo sector contemplado para la fase de construcción.

 

 

4.5.1.      Partes obras y acciones

Tabla 4.5.1. Fase de cierre

Nombre

Descripción

Escenario 1: Paralización temporal del sistema de elevación por mecánica por varios años.

Podría darse una situación en que durante la operación, la planta esté paralizada por un período de varios años, lo cual  significa que se deberán considerar las mismas actividades de paralización temporal en operación normal.

No  se considera desmantelar o desarmar las obras, dado que se quedará en situación de espera pasiva para que vuelva a operar.

En el período en que no esté operando el sistema de elevación mecánica (período distinto al estival, es decir de abril a diciembre), se consideran las siguientes actividades:

- Mantenimiento de las bombas,

- Limpieza de filtros de malla en las sentinas de cada bomba,

- Pintura de partes y piezas,           

- Limpieza de clapetas en el canal matriz y

- Mantención del sistema eléctrico y trasformadores.

Si  bien  son las mismas actividades que en el periodo  de suspensión temporal en fase de operación normal,  éstas se llevan  a cabo  en forma más espaciada en el  tiempo, acorde a lo  que indica el  cronograma mensual  de actividades

Escenario 2: Cierre de la planta de bombeo, propiamente tal.

Si se toma la decisión de cerrar la planta de bombeo, se contempla dejar solamente el  muelle habilitado y el  resto  de las instalaciones será desmanteladas. Para lo anterior, se consideran las siguientes actividades:

Desarme de instalaciones y retiro de bombas con todo su sistema de impulsión, trasformador y  cableado;

Desarme y desmantelamiento del sistema Hydroball  y retiro de tuberías de acero y cañerías existentes en el muelle;

Retiro de Tubos y Sentinas que protegían sistema de impulsión de las bombas;

Desarme  de puente grúa,  retiro de barandas y  partes metálicas que forman parte operativa del muelle; 

Sellado con concreto de la entrada de  los tubos de impulsión que quedarán enterrados y desmantelamiento de techumbre puertas y ventanas de bodega;

Retiro de Piezas y partes desmanteladas a sitios autorizados.

 

4.6.         CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

 

Tabla 4.6. Cronología de las fases del Proyecto o Actividad

Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

01/11/2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito de inicio de la fase de construcción, es la preparación de terreno para la instalación de faenas.

Fecha estimada de término

01/05/2018

Acción que establece el término

Abandono de Faenas

Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

01/05/2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Resolución DOH que da término a la Etapa de Construcción.

Fecha estimada de término

No aplica.

 

 

Fase de Cierre

No se contempla.

 

4.7.         MANO DE OBRA

Tabla 4.7. Mano de obra

Fases

Trabajadores (promedio mensual)

Tiempo (Meses)

Construcción

 22

 6

Operación

 3

Indefinida 

Total

 -

 

 

5.         Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los siguientes antecedentes respecto del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1.      Riesgo para la salud de la población

 

Tabla 5.1. Riesgo para la salud de la población

Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Según el acápite 2.5.7 de la DIA  y el estudio específico, para la fase de construcción, las emisiones atmosféricas serán bajas, puesto que se trata de un proyecto de corta duración en la fase de construcción. Al proyecto no le aplica el cumplimiento del Plan de Descontaminación Atmosférica por PM10, para las comunas de Talca y Maule, según Resolución MMA Exenta N°1318 de 22.12.2014 y si se le aplicara, por la cercanía de las actividades a la ciudad de Talca, no deberá compensar emisiones, debido a que se estima que generará niveles menores a 1 ton/año de PM10. En la presente DIA, todas las emisiones cumplen con la normativa vigente. En la fase de operación no se esperan emisiones atmosféricas. No se superarán los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas.

Se ha considerado la baja presencia de población en el área de influencia y la cantidad, composición, concentración, peligrosidad, frecuencia y duración de las emisiones.

No existe presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Segúnn el acápite 2.5.7.1 y 2.6.7.1 que da cuenta del análisis de la fase de construcción y operación respectivamente, se concluye que las emisiones y vibraciones cumplen con la normativa vigente tanto en la fase de construcción como en la operación.

Se infiere que los Niveles de Ruido Modelados mediante software computacional para el escenario de construcción del proyecto, cumplen con los máximos permisibles por el D.S. Nº 38/2011 del MMA para las faenas de maquinarias e instalaciones, y a la vez cumplen con lo dispuesto en la Normativa de la Confederación Suiza OPB 814.41 para el flujo vehicular.

No existe presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Según el capítulo 2 sobre las emisiones y descargas al ambiente de la presente DIA, todas las emisiones cumplen con la normativa vigente y no se produce un impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Según el capítulo 2 sobre las emisiones y descargas al ambiente de la presente DIA, el manejo de los residuos cumple con la normativa vigente y no se produce un impacto por este manejo sobre los recursos naturales renovables.

El proyecto contempla el manejo adecuado y disposición de sus residuos.

 

5.2.      Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

 

Tabla 6.2. Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Impacto ambiental no significativo

Contaminación de aguas subterráneas

Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

 

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El proyecto contempla sólo una intervención puntual del borde ribereño en el cual se construirá la plataforma de impulsión, ocupando un frente de 30 a 40 metros como máximo. Por otra parte, se considera la intervención  de  suelo para la instalación de oficinas que corresponden a un total de 68 m2. 

Para el camino de acceso, directo se contempla la utilización de una franja de 150 m con un acho de 6 m. La tubería de impulsión ocupará un ancho de faja de 3,5 m por el costado de la actual descarga ya expropiada e intervenida. En este sector se mantendrá la vegetación que no es intervenida directamente.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

Como parte del área de estudio se contempla la intervención de bosque de acacia caven en una superficie de 0,214 ha. El resto de la superficie corresponde a matorral de pradera arborescente con un total de 1,362 há, las cuales sólo serán intervenidas en forma puntual.

En el área de influencia se registró un total de 55 especies de plantas vasculares, sin embargo, es necesario señalar que el 52,7% de las especies halladas corresponden a plantas adventicias, mientras que las especies endémicas de Chile solo comprenden el 10,9% de la riqueza total, lo que se explica por el alto grado de intervención antrópica que existe en el área.

El Bosque de Acacia caven no se encuentra en la zona de protección de exclusión, correspondiente a los 5 metros aledaños a un curso natural de agua. Lo anterior, sumado a la ausencia de formaciones xerofíticas y humedales declarados Sitios Prioritarios de Conservación o sitios Ramsar, determina que las medidas restrictivas del Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales (D.S. N° 82/10 del MINAGRI), no sean aplicables.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

La superficie de intervención con vegetación actual que será utilizada para las obras  será reforestada. No se contemplan impactos sobre la fauna terrestre por las emisiones del proyecto. Con respecto al agua, no se consideran actividades que posibiliten la contaminación o la extracción que puedan poner en peligro la biota acuática, dado que se contemplan medidas preventivas para evitar cualquier tipo de contaminación y además, el sistema de impulsión de agua no funcionará de modo continuo ni permanente, sino que existirán sólo tres meses de funcionamiento potencial y de operación al año.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

El río Claro, presentó características propias de los cauces de la región del Maule con gran caudal y capacidad de arrastre; lo que se ve reflejado en la turbidez de sus aguas. Se caracterizó también por presentar aguas profundas, de color café, con variedad de ambientes, tales como: pozones, remanso y rápidos en algunas zonas. Destaca por presentar mayor superficie de sustrato fino y también sustrato pedregoso en algunas zonas. Se observó residuos plásticos y contaminación en la ribera, probablemente producto de los asentamientos humanos que se encuentran en los predios donde pasa el canal Pencahue.

Las mediciones in situ de las variables abióticas del agua superficial mostraron diferencias significativas entre puntos de muestreo para la temperatura. La velocidad de la corriente por su parte también presentó diferencias significativas entre puntos de muestreo (F=5,0; p<0,05).

Tanto el pH como la conductividad eléctrica y los sólidos disueltos totales, no presentaron diferencias significativas entre puntos de muestreo (p>0,05), lo que indica homogeneidad para estos parámetros a través del tramo estudiado en el río Claro. Las actividades del proyecto no generarán cambios en las condiciones de la línea de base.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

De los 5 puntos receptores de ruido para la caracterización de línea de base para la molestia de la población, uno de ellos es utilizado para efectos de la evaluación del riesgo sobre la fauna terrestre, correspondiendo al R2, cuyo ruido de fondo alcanza los 45 dB(A) y cuya proyección con las obras alcanza  los 49,6 dB(A) estado dentro del rango permisible. Para la fase de operación no se consideran efectos permisibles, dado que no existen fuentes generadoras de ruido importante.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

No se considera la existencia de impacto por la utilización de productos químicos, ya que no existen para el proyecto y se contemplan las medidas de control y manejo para los residuos tanto en fase de construcción como de operación.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

El proyecto sólo contempla la utilización de 4 m3/s que se extraerán del río Claro para ser usados en regla de operación y no continuos. Para tal efecto, el Titular cuenta con los derechos de aprovechamiento para su uso. Por otra parte el río Claro en período de estiaje tiene una variación de caudales promedio mensuales que van entre 29,7 y 88,4 m3/s.

 

La extracción de los derechos de aprovechamiento para el proyecto no contempla la generación de ascenso o descenso de los niveles de las aguas subterráneas.

 

En el área del proyecto no existen vegas o bofedales que pueden ser afectados por el proyecto.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

 

5.3.      Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

 

Tabla 5.3.   Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

No habrá intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

No habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, ya que por el camino de acceso se realizarán los desvíos correspondientes en el momento puntual de la construcción del sistema de impulsión.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

No habrá alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, dado que no se encuentran en el área de influencia del proyecto.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

No habrá dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo ya que no existen estas actividades en el área de influencia del proyecto.

 

5.4.      Localización y valor ambiental del territorio

 

Tabla 5.4. Localización y valor ambiental del territorio

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

El proyecto no se localiza cercano a poblaciones protegidas a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización Antecedentes.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

El proyecto no se encuentra inserto o cercano a algún sitio colocado bajo protección oficial o área protegida..

Antecedentes.

 

5.5.      Valor paisajístico o turístico

 

Tabla 5.5. Valor paisajístico o turístico

Impacto ambiental

El Proyecto no se encuentra en una zona con valor paisajístico o turístico.

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

No habrá una obstrucción del paisaje general del sector y/o visibilidad de la zona, insertándose las obras como parte del paisaje del entorno con una baja magnitud.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

No se alterarán los atributos de la zona con valor paisajístico.

El territorio analizado presenta características comunes en relación a otros paisajes que pueden ser encontrados en la VII Región, ya que no se encuentran elementos singulares de mayor significancia y que aporten elementos distintivos al sector.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

No aplica.

 

 

 

5.6.      Alteración del patrimonio cultural

 

Tabla 5.6. Alteración del patrimonio cultural

Para justificar que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

De acuerdo a los resultados bibliográficos y de prospección de la zona de estudio, se concluye que se descarta la presencia en superficie de cualquier tipo de sitio arqueológico, tampoco evidenció otros elementos relevantes del patrimonio cultural en el área del proyecto, incluso no se registraron hallazgos aislados.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

De acuerdo a los resultados bibliográficos y de prospección de la zona de estudio, se concluye que se descarta la presencia de construcciones o monumentos históricos que pertenecen al patrimonio cultural.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

El proyecto no genera la  afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. En el área de estudio no se desarrollan o se encuentran actividades referidas a los pueblos indígenas.

 

 

6.         Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1.         Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental

6.1.1.   PAS 119

Tabla  6.1.1.

Permiso

119   Permiso para realizar pesca de investigación

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo fue realizada con la autorización de Subpesca, mediante la Res. Ex. Nº 1143/2014. Además como se propone una campaña de monitoreo de biota acuática en la fase de construcción y operación, se requerirá de este permiso correspondiente.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Ver Anexo 11 de la DIA y Anexo D del Adenda

Pronunciamiento del órgano competente

La Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA), mediante (DAC) Ord.SEIA N° 434, de fecha 23 de diciembre del 2016, se pronuncia conforme.

 

 

6.2.         Permisos ambientales sectoriales mixtos

6.2.1.      PAS 138

Tabla 6.2.1

Permiso

138 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

La instalación de faenas tendrá una planta de tratamiento particular

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Ver Anexo 11 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud del Maule, mediante Ord. N° 3249, de fecha 28 de diciembre del 2016, se pronuncia conforme.

 

6.2.2.      PAS 140

Tabla 6.2.2

Permiso

140 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

La instalación de faenas acumulará residuos domésticos momentáneamente hasta su disposición final en sitio autorizado.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

·         Ver Anexo 11 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud del Maule, mediante Ord. N° 3249, de fecha 28 de diciembre del 2016, se pronuncia conforme.

 

6.2.3.      PAS 142

Tabla 6.2.3

Parte u obra a la que aplica

142 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Calificación de la parte u obra

Construcción.

Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento

La instalación de faenas acumulará pequeñas cantidades de residuos peligrosos momentáneamente hasta su disposición final en sitio autorizado

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Ver Anexo 11 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud del Maule, mediante Ord. N° 3249, de fecha 28 de diciembre del 2016, se pronuncia conforme.

 

6.2.4.      PAS 148

Tabla 6.2.4

Parte u obra a la que aplica

148 Permiso para corta de bosque nativo

Calificación de la parte u obra

Construcción.

Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento

Para la ejecución del proyecto, se necesita la corta de bosque nativo, cuya formación forestal corresponde al tipo Esclerófilo, teniendo como especie dominantes a Acacia caven  con algunas individuos de Cryptocarya alba y Maytenus boaria. El bosque presenta una estructura de monte bajo, en estado de desarrollo latizal bajo, con algunos individuos aislados más desarrollados, y un estado fitosanitario bueno. La superficie a intervenir es en total de 0,694 ha.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Ver Anexo 4 del Adenda Complementario

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la Corporación Nacional Forestal de la Región del Maule, mediante Ord N° 16-EA/2017, de fecha 13 de junio del 2017 se pronuncia conforme.

 

6.2.5.      PAS 160

Tabla 6.2.5

Parte u obra a la que aplica

160 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Calificación de la parte u obra

Construcción

Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento

Aplica el art 55 del DFL n° 458/45 del MINVU.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Ver Anexo 11 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero de la Región del Maule, mediante Ord N° 640, de fecha 13 de junio del 2017 se pronuncia en forma favorable en el marco de los antecedentes técnicos y formales contenidos en el mencionado PASM; la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región Maule, Ord N° 688, de fecha 20 de abril del 2016, se pronuncia conforme; y la SEREMI de Agricultura de la Región Maule, Ord N° 288, de fecha 20 de abril del 2016, se pronuncia conforme.

 

 

7.         Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

 COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 144

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 Construcción

Forma de cumplimiento

-        Para el caso de los gases de vehículos y maquinarias, se controlará que éstas cuenten con sus revisiones técnicas al día, incluyendo los certificados de emisión de gases.

-       Se realizará un riego constante de las vías de circulación, zonas de instalación de faenas y movimiento de materiales cercanos a puntos sensibles, como viviendas, rurales y/o urbanos, con el fin de evitar el levantamiento de polvo.

-       Se prohibirá la incineración de cualquier tipo de residuos.

-       Se restringirá la de velocidad de los vehículos que circulen por la zona de faenas y camino de acceso.

-       El transporte de materiales y excedentes se deberá realizar en camiones cubiertos.

Indicador que acredita su cumplimiento

-        Los vehículos utilizados deberán tener sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos.

-       Se exigirá un plan de mantención de maquinarías que deberá tener operativo desde el inicio de las actividades de transporte.

Forma de control y seguimiento

 Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma D.S. N° 594

D.S. N° 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del 29 de abril de 1999 y modificaciones posteriores, Ministerio de Salud.

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

-              Aplicable a las condiciones sanitarias que deben existir en los lugares de faenas durante la fase de construcción y operación. De especial relevancia son las exigencias relacionadas con las condiciones ambientales en los lugares de trabajo y con los límites máximos permisibles –químicos y físicos- en relación con el riesgo ocupacional.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Las faenas que se desarrollarán durante la fase de construcción, que sean factibles de emitir contaminantes perjudiciales para la salud serán realizadas al aire libre lo que provee de una adecuada ventilación.

-              Los vehículos utilizados deberán tener sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos.

-              No se excederán los límites máximos de velocidad permitidos.

Forma de control y seguimiento

 Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 75

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 Construcción

Forma de cumplimiento

En la fase de construcción se realizará transporte de excedentes, materiales y residuos generados en los sectores de obra por zonas urbanas a los sitios de disposición final

Indicador que acredita su cumplimiento

El transporte de materiales por zonas urbanas se realizará en camiones con la tolva cubierta en buenas condiciones que evite el esparcimiento de material.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 47

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Este cuerpo normativo se aplica a todas las actividades desarrolladas en la fase de construcción, que puedan ser causales de emisión de polvo y material particulado a la atmósfera.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Los vehículos y maquinara utilizados deberán tener sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones.

-              Se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 4

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Se aplica debido a la emisión de los gases de combustión de los vehículos motorizados que se utilizarán durante la fase de construcción del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Los vehículos y maquinara utilizados deberán tener sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 38

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Durante la construcción del proyecto se generarán emisiones puntuales y localizadas de ruido producto del funcionamiento de maquinaria, equipos estacionarios, maquinaria y el movimiento de tierra.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Mantenimiento adecuado de la maquinaria.

-              En sectores rurales, los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar al ruido de fondo en 10 dB(A).

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. N° 594

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Durante la construcción se generan ruidos producto del funcionamiento de maquinaria, equipos estacionarios, maquinaria de impacto y el movimiento de tierra. Esta norma es aplicable al ambiente laboral, no así a la comunidad.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Los operarios, choferes y trabajadores que se encuentren realizando trabajos al interior de las faenas, contarán con los implementos de protección adecuados.

-              El personal deberá recibir una capacitación sobre el uso adecuado de maquinaria generadora de ruidos molestos, evitando el uso simultáneo de maquinaria ruidosa, lo mismo se indicará acerca de su comportamiento al interior de la obra para evitar la generación de ruidos que afecten a la comunidad.

-              Se evitará la operación en forma simultánea de faenas que superen los límites permitidos por la norma, poniendo en riesgo la salud de los trabajadores.

-              Se empleará en lo posible maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a la tecnología disponible y mantenimiento periódico de las máquinas.

-              Se evitará el uso de bocinas desde la calle para avisar la llegada, y dentro de la obra.

-              No se permitirá el estacionamiento de camiones con motor encendido, a menos que sea estrictamente necesario.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA: Agua

Norma

D.F.L. N° 1.122

fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Dado que las obras de intervención intervendrán el cauce del Río Claro, se efectuará una excavación en el sector ribereño para la construcción de un muelle. El Titular del proyecto deberá informar a la Dirección General de Aguas (DGA) los alcances técnicos para ser incluidos en el Banco de Proyectos, quedando exceptuado de solicitar alguna autorización técnica al respecto. Lo anterior, dado que la DOH y la DGA son servicios del mismo Ministerio de Obras Públicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              El Titular del proyecto informará a la DGA los alcances técnicos para ser incluidos en el Banco de Proyectos.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma               

Norma Chilena Oficial 1333.of78. Requisitos de calidad para diferentes usos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Las aguas  que se tomarán del río Claro y que serán vertidas al Canal Pencahue, deberán cumplir con los parámetros establecidos en la norma para diferentes usos por parte de los regantes que deseen ocupar estas aguas. Por otra parte, si producto de la evacuación de las aguas residuales de la planta de tratamiento para un uso determinado, deberá cumplir esta norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

-       Los regantes deberán realizar los ensayos necesarios para la caracterización de las aguas, la cual deberá cumplir con los parámetros físico-químicos y bacteriológicos que establece la NCh 1.333 Of78.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma

D.F.L. N° 725/1967, Código Sanitario, publicado el 31 de enero de 1968, Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Forma de cumplimiento

Aplicable durante la fase de construcción en los sitios de instalaciones de faenas, respecto de la disposición de residuos líquidos domésticos generados en obra, y al suministro de agua potable.

Indicador que acredita su cumplimiento

-       Instalación de baños químicos en los frentes de trabajo.

-       Control y supervisión permanente por parte del encargado de ejecutar las obras, de los procedimientos de cada faena, siendo su responsabilidad asegurar que durante el desarrollo de éstas no se contaminen las aguas.

-       Se tendrá conexión a la red en caso de factibilidad y de no ser posible se entregará a través de camiones aljibe a la instalación de faenas y con bidones de 20 litros para los frentes de trabajo, siendo responsabilidad de quién se adjudique la obra, la realización de los ensayos necesarios para la caracterización de las aguas y la obtención de los permisos ante la SEREMI  de salud correspondiente.

-       Implementación de un Plan de Manejo de Residuos Sólidos.

Forma de control y seguimiento

Fiscalización de la SEREMI de Salud.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma

D.S. N° 735, Reglamento de los Servicios de Agua destinados al consumo humano, del 19 de diciembre de 1969, Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Este cuerpo normativo es aplicable dado que durante la fase de construcción y operación, se requiere de abastecimiento de agua potable en los sectores de faenas, para el consumo de los trabajadores.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              El suministro de agua potable se realizará  directamente de la red en el caso de la instalación de faenas (si existe factibilidad) o a través de camiones aljibe.

-              En el caso de los  frentes de trabajo se dispondrá de bidones de 20 litros para los trabajadores.       Se deberá realizar los ensayos necesarios para la caracterización de las aguas y la obtención de los permisos ante la autoridad sanitaria correspondiente.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma

D.S. Nº 11, Aprueba Norma Chilena N° 409 Of2004 y Of2005, establece Requisitos de Calidad y Muestreo del Agua Potable, publicada en DO el 27 de junio del 2006, Ministerio de Salud Subsecretaria de Salud Pública.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

Dado que existirán instalaciones de faenas y oficinas en la fase de operación, se debe proporcionar agua potable, que cumpla los requisitos establecidos, a los trabajadores en las instalaciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              En los frentes de trabajo que estén alejados de la red de agua potable, el agua potable será almacenada en recipientes herméticos (20 litros), cerrados para evitar su contaminación, para así cumplir con los requisitos mínimos establecidos por esta Norma.

-              Realización de ensayos y análisis de laboratorio para poder cumplir con los parámetros establecidos de norma.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma

D.S. N° 594 de 1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Básicas en Lugares de Trabajo, actualizado al 10 de noviembre del 2003 por el Ministerio de Salud (modifica: Dto. N° 556/00, MINSAL, D. OF. 28.07.00; Dto. N° 201/01, MINSAL D.OF. 05.07.01; Dto. N° 57/03 y MINSAL D.OF. 07.11.03)

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Dado que en la fase de construcción y operación existirán instalaciones de faenas y ejecución de obras en el cauce, se establece la exigencia de no verter residuos líquidos o sólidos al cauce natural. Además, establece los requisitos para el suministro de agua potable en los sectores de faenas temporales y las instalaciones definitivas.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              El proyecto contempla la instalación de baños químicos, retiro y limpieza en lugares autorizados, los retiros serán efectuados por una empresa autorizada.

-              Se contempla la instalación de un sistema de tratamiento de aguas servidas tanto para la fase de construcción como de operación.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales de la fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Agua

Norma

D. L. Nº 3.557, Establece Disposición sobre Protección Agrícola y sus posteriores modificaciones, del 9 de febrero de 1981, Ministerio de Agricultura.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Aplicable durante la fase de construcción a las empresas que utilicen predios públicos o privados, con el fin de llevar a cabo el tratamiento o procesar las basuras, malezas o productos vegetales que sea necesaria remover para la construcción de las obras, almacenamiento de combustibles, aceites y otros.

Si bien la superficie directa que ocupará el proyecto abarca aproximadamente 2,6 hás, donde se construirán los acueductos, el muelle y el centro de control, la instalación de faenas cubrirá sólo una parte de esta superficie.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Instalación, mantención y retiro de los residuos de los servicios higiénicos por parte de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria que corresponda.

-              Los residuos sólidos domésticos generados por el proyecto se almacenarán temporalmente en contenedores especiales, para luego ser evacuados en sitios de disposición autorizados por la autoridad sanitaria.

-              Control y supervisión permanente por parte del encargado de ejecutar las obras, de los procedimientos de cada faena, siendo su responsabilidad asegurar que durante el desarrollo de éstas no se contaminarán las aguas y el suelo.

[Debe permitir establecer o evidenciar que el titular ha dado cumplimiento a la normativa. Se trata de evidencias inequívocas como inspección y observación directa, contratos, registros de laboratorio, entre otros]

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Flora y Vegetación Terrestre

Norma

Ley N° 20.283 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, del 30 de Julio de 2008, Ministerio de Agricultura.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Se registró la presencia de una formación de bosque que cumple con la definición de “Bosque nativo” según la tipología de la Ley Nº 20.283/08, la que resultó ser el Bosque de Acacia caven, por lo que se debe elaborar un “Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles.  La superficie de Bosque Nativo a intervenir será de 0,694 ha.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Elaborar el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles.

-              Ejecutar el plan de manejo de corta y reforestación

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Fauna Terrestre.

Norma

Ley N° 19.473 sobre Caza, publicada el 27 de septiembre de 1996, Ministerio de Agricultura.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En algunos sectores del área de construcción de la obra será necesario el despeje del suelo con eliminación de algunos árboles, arbustos y vegetación, para la construcción de las obras, movimiento de la maquinaria y/o instalación de frentes de trabajo.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Se prohibirá estrictamente la caza de cualquier especie de fauna.

-              Se evitará el tránsito de vehículos y maquinaria fuera de las áreas de trabajo o caminos no habilitados.

-              Se exigirá el desarrollo de charlas educativas para los trabajadores del proyecto, en las que se informe sobre las características de la fauna del sector y se informe sobre la necesidad de conocer y proteger a la fauna existente.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Fauna Terrestre                                               

Norma

D.S. N° 5 Reglamento de la Ley de Caza, publicado el 05 de enero de 1998, Ministerio de Agricultura –NO hubo caza de especies, por lo tanto no aplicaría este Reglamento, en este caso.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental.

Forma de cumplimiento

Para el levantamiento de la caracterización del área de influencia en el componente fauna terrestre donde se hace  necesario la captura y trampeo de ejemplares, es atingente solicitar el permiso para captura de micromamíferos, anfibios y reptiles.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              En la campaña de fauna terrestre no se llevaron a efecto actividades de trampeo, por lo tanto, no se requirió del Permiso de Captura de Micromamíferos, y Reptiles del SAG.

-              Para la fauna en estado de Conservación, se tomaran las mismas medidas señaladas para la Ley N° 19.473 sobre Caza.

Forma de control y seguimiento

Declaración de Impacto Ambiental.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Biota Acuática

Norma

D.S. N° 430 de 1992, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892 de 1989 y sus Modificaciones, “Ley General de Pesca y Acuicultura”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

Esta normativa es aplicable, dado que en el estudio de la caracterización del área de influencia se necesita estudiar la biota acuática en el sector de emplazamiento del proyecto. La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo debe ser realizada con la autorización de Subpesca.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo fue realizada con la autorización de Subpesca, mediante la Res. Ex. Nº 1143/2014.

-              El permiso de pesca de investigación es pertinente para la fase de seguimiento y monitoreo tanto para la fase de construcción como de operación del proyecto, dado que se contempla esta acción como medida voluntaria.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Biota Acuática

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Esta normativa es aplicable, dado que en el estudio de caracterización del área de influencia implica la realización de campañas de terreno y con el permiso correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo fue realizada con la autorización de Subpesca, mediante la Res. Ex. Nº 1143/2014

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Biota Acuática

Norma

D.S. N° 51/08, del MINSEGPRES, “Nómina 3º Proceso de Clasificación de Especies según su Estado de Conservación”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Establece restricciones de manejo en caso de existir en el área influencia especies identificadas en este proceso de clasificación. Para el presente proyecto se registró la especie nativa pejerrey (Basilichthys australis) descrita como vulnerable, sin embargo, ésta presentó baja abundancia y acotada distribución en el área del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Se dará cumplimiento a las normativas que establezcan obligaciones o prohibiciones en relación al grado de protección que se instituya a favor de éstas.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Patrimonio Arqueológico y Cultural

Norma

Ley N° 17.288 de 1970, del Ministerio de Educación, “Sobre Monumentos Nacionales” y su reglamento D.S. N° 484 de 1991, del Ministerio de Educación, “Reglamento de la Ley de Monumentos Nacionales”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El proyecto realizará intervención del borde ribereño y en la zona contigua para la instalación de faenas y las edificaciones que se utilizarán para la fase de operación. En los estudios previos del proyecto se realizó una prospección superficial de toda la zona de intervención, incluyendo el camino de acceso directo al muelle.  La normativa le es aplicable en el sentido que si durante las actividades de construcción y excavación se detecte algún hallazgo o vestigio, se deberá informar a la autoridad respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Paralización de faenas y denuncia al Gobernador Provincial, en caso de hallazgos arqueológicos subsuperficiales no identificados en los estudios básicos.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Residuos Sólidos

Norma

D.F.L. N° 725/1967, Código Sanitario, publicado el 31 de enero de 1968, Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Durante la instalación de faenas provisorias y en la fase de operación se generarán distintos tipos de residuos, los que deberán ser dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa son las siguientes:

-              Los residuos sólidos domésticos generados por el proyecto, serán almacenados temporalmente en contenedores habilitados para este efecto especiales, para luego ser dispuestos en sitios autorizados por la autoridad sanitaria.

-              Para los desechos que deban ser acumulados transitoriamente, se contará con un patio de acopio que será previamente determinado, delimitado y cercado.

-              Se elaborará un plan de manejo de residuos sólidos para cada contrato que forme parte del proyecto de construcción. El plan incluirá los siguientes contenidos mínimos:

-              Clasificación: Los residuos serán clasificados.

-              Estimación de generación: Se deberá hacer una estimación de la generación de residuos por tipo, de acuerdo a la clasificación definida en el punto 1. La estimación se deberá expresar en ton/mes.

-              Almacenamiento temporal: En el plan específico para cada contrato de construcción, se definirán los lugares de almacenamiento temporal y el tipo de contenedor por categoría de residuo en función de su clasificación.

-              Frecuencia de recolección: La frecuencia de recolección se definirá para cada tipo de residuo, atendiendo a sus características físico químicas. En el caso de los residuos domésticos de características orgánicas, la frecuencia será con frecuencia mínima de 3 veces por semana.

-              Transporte: El transporte de residuos se realizará por empresas que cuenten con la respectiva autorización sanitaria.

-              Destino final: El plan de manejo definirá la forma de eliminación de cada tipo de residuo.

-              Procedimiento de control: Se definirá un procedimiento de control interno que permita el seguimiento a las distintas fases de manejo.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Residuos Sólidos

Norma

D.S. N° 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, publicado el 29 de Abril de 2000.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción se generarán residuos domésticos y  residuos provenientes de la construcción y del descarte de material de excavación los cuales deben ser enviados a un sitio de disposición final autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Los residuos sólidos domésticos generados por el proyecto, serán almacenados temporalmente en contenedores habilitados para este efecto, para luego ser evacuados en sitios de disposición autorizados por la autoridad ambiental.

-              Para los desechos que deban ser acumulados transitoriamente, se contará con un patio de acopio que será previamente determinado, delimitado y cercado.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción e informes semestrales en fase operación.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Residuos Peligrosos.

Norma

D.S. Nº 148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, publicado el 12 de junio 2003, Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Esta normativa es aplicable a las faenas durante la fase de construcción, se pueden  acumular  residuos peligrosos, como lubricantes, aceites y combustibles, entre otros. No obstante se trata de volúmenes pequeños.

Indicador que acredita su cumplimiento

En las zonas destinadas a instalaciones de faenas y en los frentes de trabajo existentes se habilitará un área para la acumulación de residuos.

Se implementará un plan de manejo cuyo alcance contendrá al menos lo siguiente:

-       Clasificación: Los residuos serán clasificados. Deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 of. 93, y en general, cumplir con todas las exigencias del DS Nº 148/2003 del MINSAL.

-       Estimación de generación: Se deberá hacer una estimación de la generación de residuos por tipo, de acuerdo a la clasificación definida en el punto 1. La estimación se deberá expresar en ton/mes.

-       Almacenamiento temporal: En el plan específico para cada contrato de construcción, se definirán los lugares de almacenamiento temporal y el tipo de contenedor por categoría de residuo en función de su clasificación.

-       Frecuencia de recolección: La frecuencia de recolección se definirá para cada tipo de residuo, atendiendo a sus características físico químicas.

-       Transporte: El transporte de residuos peligrosos se realizará por empresas que cuenten con la respectiva autorización sanitaria.

-       Destino final: El plan de manejo definirá la forma de eliminación de cada tipo de residuo.

-       Procedimiento de control: Se definirá un procedimiento de control interno que permita el seguimiento a las distintas fases de manejo. En el caso de los residuos peligrosos, se deberán implementar las exigencias de la norma asociada.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Condiciones de trabajo en instalaciones de faenas.

Norma

D.S. Nº 160 de 2008, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos” que deroga el DS 379/85 y el DS 90/96, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Dado que se utilizarán maquinarias y equipos, se contempla el recambio de aceites y lubricantes en las instalaciones de faenas en forma puntual.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Mantención de las instalaciones en buen estado cuidando que no se produzcan filtraciones, emanaciones y residuos que perjudiquen a las personas y/o a las aguas superficiales.

-              Se elaborará un Programa de Seguridad que aplicará en caso que se realice carga de combustible a vehículos. Se tendrá un Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL). En ambos casos, este Programa o este Manual deberán tener un plan de emergencia y de respuesta ante accidentes.

-              Se implementará un plan de mantenimiento y otro de inspección para las instalaciones, así como sus correspondientes registros.

-              Se contará  con un experto de prevención de riesgos será el encargado de inspeccionar las instalaciones. La frecuencia de las inspecciones dependerá del tipo de instalación y los resultados de estas inspecciones se llevarán en un libro foliado.

-              Se tendrá dentro de sus áreas de trabajo, un sector diferenciado para el almacenamiento de tambores con aceites nuevos y usados.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Transporte.

Norma

D.F.L. Nº 850, Ley Orgánica del M.O.P, publicada el año 1998, Ministerio de Obras Públicas.

 

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción se transportarán materiales e insumos para las obras, las cuales ocuparán la vialidad existente. [Si corresponde indicar además oportunidad y lugar]

Indicador que acredita su cumplimiento

-              El transporte de materiales se cumplirá con los pesos máximos establecidos por la normativa vigente.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Transporte.

Norma

D.S. Nº 298, Regula el Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos, publicado el 11 de febrero 1995, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

Esta normativa es aplicable considerando que el proyecto contempla el traslado de combustible para las maquinarias y equipos que estarán operando en las obras del cauce.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              El combustible requerido será manejado de acuerdo a lo estipulado por este Decreto.

-              Se deberá cumplir con todas las autorizaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicación, relativas a su transporte y manejo.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

COMPONENTE/MATERIA:

Transporte.

Norma

D.S. Nº 158, Fija el peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos, publicado el 07 de Julio 1980, Ministerio de Obras Públicas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

El proyecto considera la utilización de vehículos y camiones durante la fase de construcción de las obras.

Indicador que acredita su cumplimiento

-              Los vehículos y camiones cumplirán con lo establecido por esta Ley.

-              Se deberá cumplir con todas las autorizaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicación.

Forma de control y seguimiento

Informes mensuales de fase construcción.

 

 

8.         Que, durante el proceso de evaluación se determinó que de obtener la Resolución de Calificación Ambiental Favorable para ejecutar el Proyecto,  el Titular deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 16/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba y oficializa la nómina para el duodécimo proceso de clasificación de especies silvestres según su estado de conservación del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), lo anterior en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300.

 

 

9.         Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios

 

9.1.         Inducción al Personal Componente Ruido y Plan de información a la Comunidad

Tabla 9.1. Inducción al Personal Componente Ruido y Plan de información a la Comunidad

Impacto asociado

Riesgo de aumento de niveles sonoros

 

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

1.- Inducción al Personal y Plan de información a la Comunidad

Se instruirá a los trabajadores en general que eviten hacer ruidos innecesarios, tales como gritos, bocinazos, acelerar motores con vehículos detenidos, etc. Se otorgará una mantención permanente de los equipos.

Se publicará mediante carteles ampliamente visibles, la duración y el tipo de faenas para cada sector en particular.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Población del Área de Influencia del Proyecto.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

1.- Registro de charlas de inducción y capacitación.

Existencia y registro de implementación de plan de información a la comunidad

 

Forma de control y seguimiento

1.- Registro de charlas de capacitación.

 

 

9.2.         Restringir el movimiento innecesario de maquinaria pesada

Tabla 9.2. Restringir el movimiento innecesario de maquinaria pesada

Impacto asociado

Riesgo de aumento de niveles sonoros

 

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

2.- Restringir el movimiento innecesario de maquinaria pesada

Se deberá evitar el paso de maquinaria pesada cercano a las viviendas si no es necesario. Este criterio deberá ser aplicado en el diseño de Layout de los sitios de faenas, de modo que el lugar destinado al aparcamiento de la maquinaria pesada y los vehículos, quede ubicado en el mismo lugar de la instalación de faenas o bien lo más cercano posible a ellas, siempre respetando el distanciamiento mínimo definido.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

En las zonas destinadas a instalación de faenas y en todos los frentes de trabajo

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Exigencia establecida en las bases de licitación y contratos de empresas.

Forma de control y seguimiento

Fiscalización periódica. 

 

9.3.         Reducción del tiempo de intervención de cauces naturales  

Tabla 9.3. Reducción del tiempo de intervención de cauces naturales 

Impacto asociado

Modificación condiciones de escurrimiento

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

1.- Reducción del tiempo de intervención de cauces naturales

Como criterio general para la realización de las obras, se deberá considerar una intervención programada de los cauces, de modo de minimizar el tiempo de intervención. Así, se deberá realizar el desvío del curso de agua en forma previa a la intervención de la superficie de explotación, de modo de evitar la alteración del curso de agua en reiteradas ocasiones y de evitar el ingreso innecesario de maquinaria al lugar. Esta medida tiene el propósito final de mitigar los efectos sobre el medio acuático. Además, las obras deberán ser ejecutadas en las épocas de menor caudal de forma de no intervenir significativamente la escorrentía natural.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Área de Influencia del Proyecto Lugar

 

Indicador que acredite su cumplimiento

 1.-Reducción del tiempo de intervención de cauces naturales.

Forma de control y seguimiento

1.- Exigencia establecida en las bases de licitación y contratos de empresas.

 

 

 

9.4.         Capacitación de Trabajadores componente Fauna Terrestre

Tabla 9.4. Capacitación de Trabajadores componente Fauna Terrestre

Impacto asociado [si aplica]

Alteración condiciones de hábitat

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

1.- Capacitación de Trabajadores

Se darán charlas permanentemente durante la fase de construcción a los trabajadores, respecto de las características de la fauna presente en el área de proyecto y las prohibiciones asociadas. El contenido tendrá como objetivo central evitar una mayor pérdida del recurso, particularmente de las aves de suelo y lagartijas presentes en el tramo a intervenir.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Área de Influencia del Proyecto Lugar.

Indicador que acredite su cumplimiento

1.- Capacitación de Trabajadores.

Forma de control y seguimiento

1.- Registro de charlas de capacitación.

9.5.         Delimitar y no intervenir el sector noreste de la ribera este del río Claro para salvaguardar la presencia de la especie Myocastor coypus

Tabla 9.5. Delimitar y no intervenir el sector noreste de la ribera este del río Claro para salvaguardar la presencia de la especie Myocastor coypus

Impacto asociado [si aplica]

Alteración de condiciones de hábitat

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción. [Construcción/operación/cierre]

Objetivo, descripción y justificación

Delimitar y no intervenir el sector noreste de la ribera este del río Claro para salvaguardar la presencia de la especie Myocastor coypus en límite Noreste del área del proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Área de influencia del proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Delimitación de la zona, se deberá asegurar previamente la presencia de la especie en la zona

Forma de control y seguimiento

- Registro fotográfico de la actividad. Exigencia establecida en las bases de licitación y contratos de empresas

 

9.6.         Realizar corta de árboles en ribera Este, previo a época reproductiva

Tabla 9.6. Realizar corta de árboles en ribera Este, previo a época reproductiva

Impacto asociado [si aplica]

Previo al inicio de obras, post-desbroce de vegetación y medidas de perturbación controlada, terminada la fase de construcción

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Presencia de Ardea cocoi. Realizar corta de árboles en ribera Este, previo a época reproductiva (inicia a finales de invierno)

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Previo a reproducción, entre inicio de abril e inicio de agosto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Se deberá descarta la presencia de nidos y/o individuos en los árboles a cortar. De ser necesaria la corta, se deberá liberar la zona, indicando la ausencia de la especie en la zona intervenida.

Forma de control y seguimiento

- Registro fotográfico de la actividad. Exigencia establecida en las bases de licitación

 

9.7.         Exclusión del ejemplar de la especie Trichocereus chiloensis

Tabla 9.7. Exclusión del ejemplar de la especie Trichocereus chiloensis

Impacto asociado [si aplica]

Alteración condiciones de hábitat

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Evitar la intervención del ejemplar de la especie Trichocereus chiloensis

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Previo al inicio de obras, post-desbroce de vegetación y medidas de perturbación controlada, terminada la fase de construcción

Indicador que acredite su cumplimiento

Mantención del ejemplar hasta el inicio de la fase de operación.

Forma de control y seguimiento

- Registro fotográfico de la actividad.

Exigencia establecida en las bases de licitación

Informe de seguimiento de la actividad

 

9.8.         Plan de Perturbación controlada especies Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis.

9.8. Plan de Perturbación controlada especies Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis.

Impacto asociado [si aplica]

Alteración condiciones de hábitat

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Perturbación controlada de las áreas de obras, caminos e instalación de faenas, en primavera/verano o en días calurosos, donde las especies presentan su mayor actividad y pueden desplazarse hacia otros sectores. La vegetación desbrozada será utilizada para crear refugios para la fauna de baja movilidad, siendo acumulada en distintos sectores del área del proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Como máximo 7 días previos al inicio del despeje de vegetación.

Indicador que acredite su cumplimiento

Ausencia de refugios, hábitat e individuos en el área de las obras y un buffer máximo de 5 m.

Forma de control y seguimiento

- Registro fotográfico de la actividad.

Exigencia establecida en las bases de licitación

Informe de seguimiento de la actividad

 

9.9.         Mantención del libre escurrimiento de las aguas del cauce río Claro

Tabla 9.9. Mantención del libre escurrimiento de las aguas del cauce río Claro

Impacto asociado [si aplica]

Modificación condiciones de escurrimiento

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Limitar la intervención del cauce sólo al sector de las obras, evitando alteraciones como ingreso de sedimentos al cauce que puedan alterar las condiciones físicas, químicas y biológicas de río Claro

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Durante la fase de construcción, mediante monitoreo trimestral

Indicador que acredite su cumplimiento

Permanencia del cauce y presencia de la especie en monitoreo

Forma de control y seguimiento

- Registro fotográfico de la actividad.

Exigencia establecida en las bases de licitación

Informe de seguimiento de la actividad

 

9.10 Monitoreo biota acuática del sistema fluvial en el río Claro

Tabla 9.10. Monitoreo biota acuática del sistema fluvial en el río Claro

Impacto asociado [si aplica]

Alteración condiciones de hábitat

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción/operación

Objetivo, descripción y justificación

Se realizará un monitoreo en las 6 estaciones de muestreo definidas como representativos del área de influencia del proyecto. En estas estaciones se prospectarán los siguientes componentes: del hábitat, ictiofauna, macroinvertebrados bentónicos, anfibios en fase acuática, fitoplancton, perifiton y clorofila a, de acuerdo a la metodología y parámetros establecidos en el PAS 119. Las estaciones y frecuencias se indican en la siguiente tabla:

 

Punto

Coordenada WGS 84, HUSO 19

Campañas y Frecuencia Monitoreo

Este (m)

Norte (m)

Construcción

(plazo 6 meses)

Operación

(plazo 4 años)

LIM-1

252.519

6.073.750

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-2

252.166

6.073.562

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-3

251.919

6.073.459

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-4

251.884

6.073.426

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-5

251.823

6.073.337

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-6

251.711

6.073.180

Duración: 6 meses

Campañas: 1

Frecuencia: Semestral

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

LIM-CP

(1)

(1)

No aplica

Duración: 4 años

Campañas: 8

 Frecuencia: Semestral

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: En las 6 estaciones de muestreo definidas como representativos del área de influencia del proyecto fase de construcción y en una estación adicional en la zona de descarga del canal Pencahue fase de operación.

Oportunidad: De acuerdo a la frecuencia definida para fase de construcción y operación

Indicador que acredite su cumplimiento

Monitoreo de la biota acuática presente en el sistema fluvial, de los componentes del medio biótico y abiótico para el río Claro durante las etapas de construcción y operación del proyecto, que permita contrastar y asegurar que no existe un efecto asociado a la preservación del sistema biótico del río.

Debe permitir establecer o evidenciar que el titular ha dado cumplimiento al compromiso voluntario.

Se trata de evidencias inequívocas como inspección y observación directa, contratos, registros de laboratorio, entre otros.

Forma de control y seguimiento

Existencia de informe de resultados de monitoreo.

 

 

10.       Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1.       Riesgo o contingencia Deslizamiento de material.     

 

Tabla 10.1.   Riesgo o contingencia 

Riesgo o contingencia

Deslizamiento de material.     

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Plataforma del muelle

Construcción del camino de acceso

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Minimizar la remoción de vegetación en sectores de corte de laderas.

Evitar la realización de faenas sobre laderas con pendientes superiores a las contempladas por el proyecto y con signos evidentes de inestabilidad (huellas de deslizamientos, caídas de piedras, remoción en masa, etc.).

Forma de control y seguimiento

Control de encargado de faena

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

 Estabilizar taludes temporalmente con maquinaria pesada

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

-          Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

-          Envío de comunicación formal por carta con evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

10.2.       Riesgo o contingencia Derrames a cursos de agua

 

Tabla 10.2. Situación de riesgo o contingencia Derrames a cursos de agua

Riesgo o contingencia

Derrames a cursos de agua

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Transporte de Materiales

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El transporte en general por las rutas y la circulación en los caminos interiores en el sector de faenas, se realizará a una velocidad acorde con las condiciones del camino, que en este caso no debe sobrepasar los 30 km/h. Se deberá contar con la señalización adecuada.

El transporte de maquinarias, equipos e insumos requeridos para el proyecto se realizará de acuerdo a un plan estratégico que será definido por el contratista, considerando para estos efectos el tamaño y la cantidad involucrada en este transporte.

Se realizará un control interno del flujo de sustancias peligrosas, del peso de los camiones de carga y del transporte de materiales peligrosos.

Cuando se trate de transportes de gran tamaño y magnitud se comunicará a Carabineros de Chile previamente, a fin de coordinar en forma conjunta el transporte seguro y adecuado, tomando en consideración todas las medidas de seguridad.

El peso y altura de los camiones cargados con materiales no sobrepasará el máximo permitido de acuerdo a la ruta que se esté utilizando.

Se llevará un registro mensual de los movimientos y manejo de líquidos y demás sustancias peligrosas que puedan afectar la calidad de las aguas.

Se contempla acciones normativas para evitar el vertido de RILES a ríos y quebradas por la actividad de equipos y maquinarias.

Forma de control y seguimiento

Exigencia en documento contractual.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Contención de la fuente emisora

Aislamiento del material de descarga

Limpieza de la zona de descarga

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

Envío de comunicación formal por carta con evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

10.3.       Riesgo o contingencia Derrames a cursos de agua

 

Tabla 10.3. Situación de riesgo o contingencia Derrames a cursos de agua

Riesgo o contingencia

Derrames a cursos de agua

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Manejo de materiales peligrosos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El almacenamiento y transporte de materiales y elementos peligrosos, tales como explosivos, combustibles, lubricantes, deberán efectuarse considerando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Asimismo, deberán garantizarse las condiciones de seguridad necesaria y razonables acordadas con la autoridad competente para prevenir derrames, pérdidas y daños o anegamientos, robos, incendios u otros

Para el transporte de materiales peligrosos el titular del proyecto deberá definir un procedimiento seguro, en caso de ocurrencia de un accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales se deben llevar a cabo las medidas de saneamiento y evaluación del daño.

Se dispondrá de un área especial de almacenamiento de materiales peligrosos, en forma transitoria, la que será debidamente señalizada y contará con estructuras de contención para evitar potenciales derrames.

Forma de control y seguimiento

Frentes de trabajo

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Contención de la fuente emisora

Aislamiento del material de descarga

Limpieza de la zona de descarga

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

  Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

Envío de comunicación formal por carta con evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

10.4.       Situación de riesgo o contingencia Ocurrencia de Incendios

 

Tabla 10.4. Situación de riesgo o contingencia Ocurrencia de Incendios

Riesgo o contingencia

Ocurrencia de Incendios

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faenas

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El experto de seguridad de faenas definirá un sector, alrededor del área de almacenamiento de combustible y materiales, donde quedará expresamente prohibido encender fogatas, o realizar cualquier otra acción que representen una fuente de ignición. Así como todos los elementos para combatir pequeños fuegos como extintores, mangueras, etc.

Durante la instalación de faenas el Inspector Fiscal del MOP y el experto en prevención de riesgos de la obra definirán las fuentes de agua (estanques de almacenamiento), su forma de utilización y las responsabilidades y funciones de cada uno de los trabajadores, en caso de producirse un incendio en el área. Las medidas definidas son:

 

a)     Se contará con un sector, alrededor del área de almacenamiento de combustible y materiales peligrosos, donde quedará expresamente prohibido encender fogatas, o realizar cualquier otra acción que representen una fuente de ignición.

b)     Durante la instalación de faenas el experto en prevención de riesgos de la obra, definirá las fuentes de agua más cercanas, su forma de utilización y las responsabilidades y funciones de cada uno de los trabajadores, en caso de producirse un incendio en el área.

c)     En los lugares de faena se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores, mangueras, otros., de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente (D.S Nº 369/96 Sobre Extintores Portátiles del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción).

d)     Ante la eventualidad que se produzca un incendio, el personal a cargo estará en permanente coordinación con los cuerpos de bomberos o compañías más cercanas al área del proyecto.

e)     El personal de la obra tendrá instrucciones en estos aspectos con la finalidad de realizar acciones previas a la llegada de los organismos especializados para el control de este tipo de siniestro.

f)      De igual modo se contará con herramientas básicas para enfrentar un amago de incendio.

g)     Se contará con un manual de operación y procedimiento de respuesta específico frente a este tipo de eventos a partir de un procedimiento general de combate de incendios en zonas rurales, el cual se presenta en el Anexo C de la presente Adenda.

h)     Estará estrictamente prohibido fumar y portar encendedores y fósforos en las áreas de faena y en la zona de almacenamiento de combustible.

i)      Las distintas áreas de trabajo contarán con extintores de incendio ABC y se organizarán equipos (previamente entrenados) para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores.

j)      Ante cualquier incendio se avisará de manera inmediata al Inspector Fiscal y a los encargados de comunicaciones quienes darán la información oficial a la prensa, cuando ello sea necesario.

Forma de control y seguimiento

Frentes de trabajo y área de influencia

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de producirse un incendio, el encargado de seguridad estará en permanente coordinación con los cuerpos de bomberos o compañías más cercanas al área del proyecto. De igual manera y en especial para incendios forestales, el encargado informará con prontitud a la oficina provincial de CONAF. Adicionalmente el personal de la obra tendrá instrucciones en estos aspectos con la finalidad de realizar acciones previas a la llegada de los organismos especializados para el control de este tipo de siniestro. De igual modo contará con herramientas básicas para enfrentar un amago de incendio:

•              Manual de operación y procedimiento de respuesta frente a este tipo de eventos.

•              Estará estrictamente prohibido fumar y portar encendedores y fósforos en las áreas de faena y en la zona de almacenamiento de combustible.

•              Las distintas áreas de trabajo contarán con extintores de incendio ABC.

•              Se organizará el equipo (previamente entrenado) para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores.

•              Se avisará en forma inmediata al Inspector Fiscal, los encargados de comunicaciones serán quienes darán la información oficial a la presa, cuando ello sea necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

  Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

Envío de comunicación formal por carta con evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

10.5.       Situación de riesgo o contingencia Contaminación de suelos

 

Tabla 10.5. Situación de riesgo o contingencia Contaminación de suelos

Riesgo o contingencia

Contaminación de suelos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Movimiento de maquinaria, Manejo de residuos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se deberá proteger el suelo con geomembrana u otro impermeabilizante en el área de manejo de combustible, aceites y lubricantes, para evitar derrames de alguna sustancia que pueda contaminar las napas subterráneas.

En los frentes de trabajo y en los lugares en que se desarrollen actividades que involucren el uso de combustibles líquidos, se deberá contar con elementos para controlar derrames de pequeña magnitud.

Forma de control y seguimiento

 

Frentes de trabajo

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Contención de la fuente emisora

Aislamiento del material de descarga

Limpieza de la zona de descarga

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

    Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

Envío de comunicación formal por carta cn evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

10.6.       Situación de riesgo o contingencia Prevención de accidentes personales

Tabla 10.6. Situación de riesgo o contingencia Prevención de accidentes personales

Riesgo o contingencia

Prevención de accidentes personales

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Operación

Parte, obra o acción asociada

Movimiento de maquinaria,  Implementación de equipos, Mantención de bombas

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El proyecto contará con Manuales de Control de Accidentes que contendrán las acciones o medidas correctivas que el personal a cargo deberá activar si se producen emergencias (por eventos naturales, fallas operativas accidentales o intencionales).

Se tendrá un manual de Control de accidentes para la fase de construcción, el cual se debe encontrar disponible a la fecha de inicio.

Se prohibirá el tránsito peatonal por el área de las instalaciones del muelle sin previa autorización.

Entre las medidas de prevención de accidentes personales se encuentran:

-    Atención in situ de primeros auxilios

-    Se prohibirá el ingreso a la zona de trabajo de vehículos no autorizados.

-    Se exigirá a los trabajadores desarrollar sus trabajos con los elementos de protección personal adecuados y exigidos por normativa (D.S. Nº594/99).

-    Los jefes de faena estarán a cargo de velar por el cumplimento de esta exigencia.

En caso de que ocurriese un accidente al personal, las actividades a realizar son:

-    Aviso al Hospital a través de la radio o celular en la zona de faenas.

-    Aviso a carabineros para que constate los hechos y cerque el lugar.

-    Aviso a bomberos, en caso de ser necesario (personas atrapadas o riesgo de incendio).

-    Traslado en ambulancia de accidentados a Hospital.

Forma de control y seguimiento

 

Frentes de trabajo

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Ante la eventualidad de accidentes se deberán seguir las siguientes instrucciones:

i.    Informar en forma inmediata a la gerencia: lugar, motivo y alcance del accidente (personal de primeros auxilios), dar aviso a la enfermería y de ser necesario al hospital de Talca. Para las comunicaciones se podrá utilizar el sistema de radio de la zona de faenas, celular o el mejor medio al alcance.

ii.   Dar aviso del accidente a Carabineros para constatación de hechos y presencia en el lugar.

iii.  Trasladar en forma inmediata al accidentado, tomando todas las medidas, a la enfermería u hospital según lo indiquen los jefes de operaciones.

iv.  Elaborar un informe que dé cuenta del accidente y se evaluará las responsabilidades conjuntas en la ocurrencia del evento. Si es necesario se reorientarán las medidas de seguridad laboral.

v.   En caso de accidente fatal, dar aviso a carabineros para constatar los hechos y para el posterior cercado del lugar.

vi.  Aviso a bomberos, en caso de ser necesario (personas atrapadas o riesgo de incendio).

-        

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

 Posterior al control de emergencia y evaluación de daños máximo una semana del evento

Envío de comunicación formal por carta con evaluación de daños

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 2.8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, DIA.

 

 

11.       Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente.    De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

 

12.       Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

 

13.       Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo y siguiendo para estos efectos las instrucciones entregadas por dicho organismos del Estado.

 

 

14.       Que, para que el Proyecto “Central de Generación Eléctrica a Gas Teno” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

 

15.       Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

 

16.       Que, el Titular  del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

 

17.       Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

 

18.       Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

 

19.       Que, en atención a lo expuesto en los considerandos anteriores, 

  

RESUELVE:

1.         Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule" del Ministerio de Obras Públicas.

 

2.         Certificar que el Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3.         Certificar que el proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4.         Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 148 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

5.         Certificar que el Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6.         Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7.         Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

  

Notifíquese y Archívese





Pablo Meza Donoso
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región del Maule




Patricio Hernán Carrasco Tapia
Director (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región del Maule




PCT

Distribución:

  • Juan Manuel Sánchez Medioli
  • CONAF, Región del Maule
  • DGA, Región del Maule
  • Dirección de Vialidad, Región del Maule
  • DOH, Región del Maule
  • Gobierno Regional, Región del Maule
  • Ilustre Municipalidad de Pencahue
  • SAG, Región del Maule
  • SEC, Región del Maule
  • SEREMI de Agricultura, Región del Maule
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Maule
  • SEREMI de Salud, Región del Maule
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
  • SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule
  • SEREMI MOP, Región del Maule
  • Servicio Nacional de Pesca, Región del Maule
  • Servicio Nacional Turismo, Región del Maule
  • CONADI, Región del Biobío
  • SERNAGEOMIN, Zona Sur
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:

  • Encargada Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <jcastro.7@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Estación de Bombeo Alimentador Canal Pencahue, Región del Maule"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=34/5e/95755a54e87c5e3afbc4227eb856cfc9f010


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR