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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos"

Resolución Exenta Nº 166

Puerto Montt, 2 de Abril de 2013



VISTOS:

 

1.    Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del medio Ambiente, el artículo 2° del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicadas al proyecto.

2.  La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos", presentada por el Señor ROBERTO VERDUGO BRITO, en representación de Intac Procesos Spa, con fecha 5 de Diciembre de 2012.

3.    Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio Nº1079 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 20/12/2012; Oficio Nº004 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 02/01/2013; Oficio NºDF 7177 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos, con fecha 07/01/2013; Oficio Nº12 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 07/01/2013; Oficio Nº1076 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 07/01/2013; Oficio Nº04/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/01/2013; Oficio Nº32 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 11/01/2013; Oficio Nº49 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/01/2013; Oficio Nº128 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 05/02/2013; Oficio Nº01 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/02/2013; Oficio Nº254 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 12/02/2013; Oficio Nº098-A sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 15/02/2013; Oficio Nº217 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/03/2013;

4.    El Acta de la Sesión  N° 4 de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 21 de Marzo de 2013.

5.   Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos". 

CONSIDERANDO:

 

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos".
  2. Que, el derecho de Intac Procesos Spa a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" consiste en: 
    • Titular: Intac Procesos Spa
    • Rut: 76207765-5
    • Domicilio: Av. Juan Soler Manfredini 41. Of 701
    • Representante Legal: ROBERTO VERDUGO BRITO
    • Rut: 10024972-3
    • Domicilio: AVDA JUAN SOLER MANFREDINI 41 OFICINA 1701
    • Región: Región de Los Lagos
    • Comunas: Puerto Montt
    • Tipología de Proyecto: n6-Plantas Procesadoras de recursos hidrobiológicos
    • Monto de Inversión: US$ 5.300.000.-
    • Vida util:20
    • Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Construcción

45

Operación

90

Total

135

 

    • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida
( m2)

Construcción

7.700

Operación

7.700

Abandono

7.700

 

    • Localización:  El proyecto Planta de Re Empaque de Recursos Hidrobiológicos INTAC PROCESOS SpA, se encontrará emplazada en sector Camino a Tepual S/N Km 9,4 de la ciudad de Puerto Montt. 

 El proyecto corresponde a la instalación y operación de una planta re empacadora de recursos hidrobiológicos, principalmente salmón.

Contempla la construcción de áreas de proceso, específicamente re empaque y bodegas de 1.805m² y dos cámaras frigoríficas de 900 Ton y un área de 900 m² cada una, destinadas a almacenamiento de materias primas congeladas y otra de producto terminado.

Esta planta contempla instalaciones para re empacar alrededor de 3.750kilos/hora de salmón congelado para producir principalmente productos congelados (entero eviscerado con cabeza, entero eviscerado sin cabeza, filetes).

Cabe señalar que en el proceso de salmón, la planta actuará como una planta terciaria, es decir, solo recepcionará productos terminados congelados, de otras plantas de proceso, específicamente salmón congelado entero eviscerado con y sin cabeza, filetes congelados con y sin piel para su posterior clasificado por calidades y empacado. 

Objetivos del Proyecto

El proyecto consiste en la construcción e implementación de una planta re empacadora de recursos hidrobiológicos, principalmente re empaque de salmón congelado destinado a la exportación.

El origen de las aguas de abastecimiento provendrá de dos fuentes una a través de Agua Potable Rural y otra fuente de agua profunda, con un pozo que se ubicara en los terrenos de la empresa, los caudales de efluentes provendrán de los residuos líquidos de la planta principalmente resultante del aseo de la planta la que será descargada a 5 estanques de almacenamiento de 20 m3 c/u.  El Titular se acoge a lo señalado en el punto 4.4 del D.S.N° 609/1998, en el sentido de solicitar al prestador de servicios sanitarios de quien recibirá el servicio de recolección de aguas servidas, autorización para el tratamiento de un efluente con una concentración media diaria superior a los valores máximos permitidos en la Tabla Nº 4, para el parámetro DBO5.

De la misma forma y en consideración a que el proyecto se encuentra en evaluación ambiental, en forma previa a su entrada en operación, se presentará a la Autoridad un convenio suscrito entre la Sanitaria e INTAC Procesos SpA, en el que se detallarán las medidas específicas solicitadas por la Autoridad.

Al respecto, el Titular aclara que el convenio está en proceso de tramitación administrativa en la empresa sanitaria, lo cual ha sido confirmado ante el SEA de la región de Los Lagos, por parte de Essal.

Para las aguas servidas de origen domiciliario generados del proyecto, se instalará una planta de tratamiento de aguas servidas, tendrá una capacidad máxima de tratamiento de 70 m³/día, capaz de proveer de servicios sanitarios para 450 funcionarios, más de cuatro veces lo estimado en la planificación de la operación de la planta de procesos. Posterior al tratamiento, las aguas serán almacenadas en estanques junto a los Riles generados para finalmente ser transportados y tratados por la empresa sanitaria ESSAL. 

Definición de sus partes, acciones y obras físicas

Etapa de construcción

El proyecto considera construir una superficie total de 7.700 m², la que contará con diferentes áreas, distribuidas en un primer piso, se construirá la planta de proceso con sectores destinados a re empaque, 1 túnel de frio, bodega de insumos, baños, vestidores y casino. Frente a la planta se ubicaran las oficinas de administración y 2 frigoríficos destinados para almacenamiento de materias primas y producto final. Se adjunta, un plano con las instalaciones que considera el proyecto en Anexos 9.2.5 y 9.2.4 plano de emplazamiento general.

Debido a las condiciones del terreno, el material que se genere de las actividades de escarpe (estimado en 14.500 m3) será reubicado dentro del mismo predio, para así rellenar y nivelar depresiones existentes, las que se aprecian en la topografía del terreno adjuntada en el anexo 9.2.2 de la DIA.

Para la ejecución de las obras del presente proyecto, se seguirán las indicaciones de los proyectos de arquitectura, estructura, eléctricos, agua potable, alcantarillado y especificaciones técnicas respectivas, así como las disposiciones señaladas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción de Ordenanza Local vigentes a la fecha, o aquellas que se publiquen antes del inicio de esta construcción. Se adjunta Estudio Técnico de la Construcción en Anexo 9.2.3. de la DIA.

La cantidad de personas que se considera trabajarán durante la etapa de operación es de 35 personas, las cuales serán abastecidas de 6 servicios higiénicos portátiles, además de zonas de vestuarios y duchas.

Servicios Higiénicos durante construcción

Durante la construcción del proyecto se generarán efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos utilizados por el personal que laborará en la construcción del proyecto.

El proyecto contempla la utilización de baños químicos, los que serán abastecidos por un Proveedor autorizado, la mantención, limpieza y reposición estarán a cargo de la empresa abastecedora.

Así entonces, durante la etapa de construcción del proyecto se implementarán baños químicos y lavatorios para los trabajadores que realicen las faenas propias de esta etapa. Este servicio será contratado a terceros que cuenten con todas las autorizaciones que exige la ley. Al respecto se debe señalar que, el número de baños será el recomendado para la cantidad de trabajadores comprometidos en la etapa de construcción.

El retiro de los residuos líquidos y sólidos se realizara cada 7 días; esta operación era efectuada por camiones de la misma empresa, los que contaran con sus correspondientes autorizaciones sanitarias. 

Además la empresa deberá contar con certificados que acreditan la disposición final de los residuos líquidos y sólidos. 

Edificaciones

El proyecto considera una nave central que alberga las actividades productivas, construida principalmente en hormigón, acero y paneles frigoríficos, de espesores distintos según secciones y albañilería. La nave industrial se complementa con otras edificaciones que alberga las oficinas administrativas y de servicios del personal tales como vestidores, baños, casino, bodega de insumos. Los dos frigoríficos serán de similar condiciones de construcción. Ver Anexo 9.2.3. de la DIA. 

Proyecto agua potable

La planta se abastecerá de agua potable mediante dos fuentes, una estará dada por el Agua Potable Rural solicitada según carta de fecha 16 de noviembre a la Dirección de Obras Hidráulicas se adjunta en Anexo 9.3.3.  de la DIA. Y una segunda que es la construcción de un pozo profundo ubicado en los terrenos de la empresa.

El agua de pozo será almacenada en un estanque de acumulación de fibra de vidrio, además contara con un estanque y un clorador automático. Se adjunta memoria técnica de agua potable Anexo 9.4.7 y planos en Anexo 9.4.3 y 9.4.4. todos de la DIA. 

Proyecto de Alcantarillado.

El proyecto de Alcantarillado considera la implementación de un sistema independiente de evacuación de aguas utilizadas en las áreas de proceso, otro para las áreas de servicios (casino y vestidores), y una tercera red para las aguas lluvias. Además se adjunta memoria de instalación domiciliaria de alcantarillado Anexo 9.4.8 y plano en Anexo 9.4.5. ambos de la DIA

La evacuación de aguas utilizadas en los procesos productivos, denominado alcantarillado Industrial, que corresponde a los desagües de canaletas ubicadas en cada sección de la planta, que se generaran en los lavados de pisos y aseos diarios dentro de la planta. Estas aguas industriales serán conducidas hacia estanques de almacenamiento de RILES. La empresa contará con 5 estanques con una capacidad de 20 m³ cada uno, lo que le permitirá una autonomía de 4 días de proceso.

• La evacuación de aguas generadas en las áreas de servicio, denominado alcantarillado domiciliario, que corresponde a las aguas de desecho provenientes de consumo humano de todas las edificaciones que poseen instalaciones sanitarias, una vez canalizadas son enviadas a una planta de tratamiento de aguas servidas, la cual tendrá una capacidad de procesamiento de 70 m3 diarios, dimensionada para 450 personas. Adicionalmente, las aguas provenientes de las instalaciones de servicio de alimentación del personal (casino), serán tratadas previamente en una cámara desgrasadora, para posteriormente ser evacuadas y tratadas en el sistema de Aguas Servidas. Anexo 9.4.8 y plano Anexo 9.4.1 y 9.4.2  de la DIA.

• La evacuación de aguas provenientes de lluvia, denominado alcantarillado exterior, serán canalizadas en los límites de cada patio y conducidas hacia el terreno posterior a la planta, donde, mediante un sistema de canales, será drenado en el predio. 

Proyecto eléctrico

El proyecto considera un empalme de energía eléctrica externa y poseerá un grupo electrógeno como respaldo en caso de emergencia, esto permitirá seguir operando la planta en todo momento.

Sociedad Austral de electricidad S.A., SAESA, mediante certificado Nº 17793, Anexo 9.3.1, establece la factibilidad de proporcionar suministro de energía eléctrica en media tensión trifásica para una potencia de máxima de 750 KVA, aun cuando la suma de los requerimientos de proceso alcanza un valor de 277 KVA (estimativamente).La razón de solicitar una factibilidad mayor tiene que ver con las posibilidades de expansión futuras de la planta, en términos de capacidades y diversidad de procesos. El mencionado certificado se adjunta en Anexo 8.3.1  de la DIA. 

El abastecimiento y almacenamiento de combustible, para la operación del sistema de generación eléctrico en período de restricción, será realizado por distribuidoras mayoristas y las instalaciones cumplirán con las exigencias del SEC, Serán almacenados en recipientescerrados, debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL Nº 148/03.

Generador:

La planta contará con un grupo de generador como respaldo ante eventuales cortes de energía eléctrica, no se establecieron los volúmenes de combustible debido al uso eventual y esporádico que el equipo tendrá.

El estanque de almacenamiento de combustible se ubicará en superficie, sobre el terreno del área de emplazamiento del proyecto. Al respecto, dicho estanque será hermético, resistente a la corrosión, a presiones y golpes y estará ubicado sobre un pedestal de las mismas características. el estanque de almacenamiento de combustible contará con un pretil de concreto que evitará posibles derrames al terreno.

Sin embargo, se establece que se almacenarán mensualmente un volumen máximo de 2.000 lt (correspondiente a la capacidad de los estanques contemplados en el proyecto). El estanque de almacenaje cumplirá con todas las exigencias y será según norma del SEC, el abastecimiento será de cargo de la empresa abastecedora del insumo, por tanto, tanto el diseño del estanque, la ubicación de éste, como el abastecimiento y almacenaje contarán con un plan de contingencia ante emergencias, debidamente visado y aprobado por el SEC, en caso contrario la empresa abastecedora no podrá abastecer del insumo a la planta. 

Como medida de control ante eventuales derrames y/o incendios el estanque estará ubicado al costado de la planta, se contempla estanques enterrados, y se considerará un área de seguridad de  2 m en su perímetro, dentro del área se contempla la instalación de equipos extintores y paños absorbentes para contener en caso de eventuales incendios y/o derrames. 

Etapa de Operación

Como se ha mencionado, planta procesadora INTAC PROCESOS SpA centrará sus actividades en re empacar producto terminado adquirido a otras empresas o plantas elaboradoras.

Operacionalmente, contará con 90 empleados, entre profesionales, técnicos, administrativos y operarios, los cuales asisten las distintas etapas del proceso productivo. La planta funcionara 6 días de la semana, con esquema de turnos diarios de producción.

Descripción del proceso productivo

Capacidad de proceso

La capacidad de proceso definida para la planta es de 3,75 tons/hora y se consideran dos turnos de 8 horas de proceso por día (como se ha señalado, con 6 días de operación a la semana). Según esto, las capacidades de proceso proyectadas hasta un año de producción indican en la tabla presentada a continuación. Importante indicar que se estima un rendimiento promedio general de 98% en el proceso. 

Descripción proceso re empaque de salmón congelado

Recepción de Materia Prima

La Materia Prima (exclusivamente en estado de congelación), deberá recepcionarse en planta en cajas de cartón cerradas y en buen estado de conservación, en camión con sistema de frío de mantenimiento para productos congelados. La temperatura de recepción debe ser menor o igual a -18ºC. Las cajas de producto pueden pasar directo a planta de proceso o ser almacenadas en frigorífico destinado al almacenamiento de materia prima.

Esta materia prima provendrá de plantas de proceso autorizadas para exportar productos pesqueros por el Servicio Nacional de Pesca.

Clasificación

Una vez ingresadas a sala de proceso, la materia prima congelada (según el tipo filete, HG, HON o porciones), es clasificada según atributos de calidad como peso, color y/o cualquier parámetro que el cliente o mercado requiera.

RE Empaque

Las cajas con producto son pesadas hasta obtener el peso neto deseado (5, 10 ó 25Kg). Son dispuestos en cajas de cartón y sellados con zuncho plástico, una vez realizada esta operación se procede a colocar etiquetas en la caja donde se indique toda la información del producto y de la planta. Entre ésta, se menciona: producto, calibre, especia, cantidad de piezas, tipo de embalaje primario, país de origen, fecha de elaboración, fecha de vencimiento, entre otros

Almacenamiento de producto final

Las cajas empacadas se disponen en pallets de madera son llevados a la cámara de almacenamiento de producto terminado, donde se estiban en forma ordenada de acuerdo a tipo de producto y grado de calidad, estas permanecen en la cámara hasta el despacho, a una temperatura mínima de -18°C.

Despacho

El despacho del producto congelado al puerto de embarque se realiza en camiones térmicos que mantienen la temperatura del producto menor o igual a Fig. 2.3.1.1: Diagrama de proceso de re empaque de salmón congelado de la DIA. 

LIMPIEZA 

Planta de tratamiento de aguas servidas

La planta de tratamiento de aguas servidas, el proyecto actualmente contempla la incorporación una unidad, La Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, que está compuesta de un estanque fabricado en Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio. El estanque está dividido en su interior en 4 partes, formando cinco etapas. Ver Memoria Técnica Planta Aguas Servidas Anexo 9.4.9 de la DIA.

1. Decantador Primario

2. Oxidación Total mediante 6 eyectores

3. Decantación Secundaria o Clarificación y Recirculación de lodos mediante 3 eyectores recirculadores.

4. Desinfección por Cloración

5. Decloración. Con lo cual se asegura una evacuación de aguas con concentración de coliformes fecales menor a 1.000 NMP/100 ml.

Para mayor detalle se adjunta en el anexo 8.4.1 la Memoria Técnica de planta de aguas servidas con reactor biológico (lodos activados) Modelo HF70 NDG, para 70 M³/día con sistema de desinfección incluida, se describe sus características, funcionamiento y plano de planta.

La planta emitirá un efluente con las siguientes características:

Parámetro Concentración de contaminantes a la salida del sistema

ph Entre 5.5 y 9

DBO 5 ≤ 35 mg/l

SST ≤ 30 mg/l

Coliformes fecales ≤ 1.000 NMP/ 100 ml 

Los lodos que se generaran en el proceso de tratamiento de las aguas servidas y de acuerdo a las especificaciones del fabricante no excederán el 60% de contenido de humedad La Plantas requiere un mantenimiento de frecuencia anual que considera el retiro de lodos, los cuales tendrán un volumen que corresponde a 5m3, con lo cual se dispondrá de un retiro anual. Este retiro de lodos se realizara con una empresa especializada en esta operación, la cual en una jornada almacena los lodos en un camión acondicionado para este efecto (camión limpia fosas, correctamente cerrado que impide el contacto de los lodos con el ambiente), procediendo al retiro y traslado de los lodos hacia vertedero autorizado para este efecto, tales como Sociedad Comercial Rexin, Empresas de Servicios Río Bueno y/o DISAL, lo que será evaluado en su momento conforme oferta y disponibilidad al momento de entrar en operación la planta de proceso. 

 

Manejo del RIL de proceso de la operación

Debido a la naturaleza de los procesos a desarrollar, el RIL generado es mínimo y de muy baja carga orgánica, ya que no se realizarán actividades como cosecha, eviscerado, fileteo y otros similares. Según esto, el principal aporte de agua al RIL proviene de las labores de aseo e higiene de las salas de proceso y equipamiento.

Es importante señalar que el presente proyecto contempla la utilización de equipos y tecnologías para realizar los aseos de planta, que incorporan criterios de optimización en el uso del agua, reduciendo la generación de riles.

Por otra parte el proceso productivo del re empaque de salmón congelado no utiliza agua en ninguna de sus pasos operacionales sólo durante la operación de aseo de los equipos y utensilios usados y en el filtro sanitario para lavado de manos y botas durante el ingreso del personal a planta esto con una frecuencia de 2 veces por turno, al inicio de la jornada y posterior a la colación.

Como se ha mencionado, se estima en 24 m3/día el volumen de Riles que deben ser conducidos por el sistema de canaletas hacia los estanques de acopio, lo que, considerando 20 horas de proceso, significa un caudal promedio de 1,2 m3/hora. Este volumen se conducirá a través de aproximadamente 350 m de canaletas.

El proyecto no considera una planta de tratamiento de Riles, ya que estos serán conducidos hacia 5 estanques herméticos de acopio de RILES 20 m3 cada uno, para finalmente ser entregados a la empresa Sanitaria ESSAL para su tratamiento y disposición final. Se tendrá un resguardo de seguridad de 2,7 días de proceso sin retiro de los RILES

 Los estanques contarán con un sistema de agitación,   con el propósito de  mantener un Ril homogéneo, de forma tal que no se genere  acumulación de sedimento al interior del estanque de almacenamiento. Al respecto, cada uno de dichos estanques contará con agitación, lo cual no producirá cambios físicos y/o químicos en el estado del RIL, al no existir tratamiento.

 

En Tabla N° 1 de ADENDA 1 se presentó una caracterización de los Riles que serán generados por el proyecto. En consideración a ello, el Titular se acoge a lo señalado en el punto 4.4 del D.S.N° 609/1998, en el sentido de solicitar al prestador de servicios sanitarios de quien recibirá el servicio de recolección de aguas servidas, autorización para el tratamiento de un efluente con una concentración media diaria superior a los valores máximos permitidos en la Tabla Nº 4, para el parámetro DBO5. En forma previa a su entrada en operación, se presentará a la Autoridad un convenio suscrito entre la Sanitaria e INTAC Procesos SpA, en el que se detallarán las medidas específicas solicitadas por la Autoridad. 

 El sistema de contingencia en caso que la empresa receptora de aguas residuales, no pueda recibirlos por un período prologando,  estos serán dispuestos en un sistema de tratamiento alternativo, en plantas que posee la sanitaria ESSAL en la región. 

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 

 

Normativa

Etapa en que aplica al proyecto

Forma de cumplimiento

 

Art. 19 Nº 8. Constitución Política de la República de Chile.

 

Construcción y operación.

El artículo 19 Nº 8 de la Constitución Política de Chile asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y que es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

En este sentido, la elaboración de esta DIA y su ingreso al SEIA para su evaluación y aprobación, tienen por objeto contribuir al cumplimiento de la garantía constitucional sobre El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.

De esta forma, se dará cumplimiento a las distintas normas vigentes y el reconocimiento de la institucionalidad del Estado.

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

 

Construcción, operación y abandono

 

Mediante el cumplimiento de las normas vigentes, y la implementación de técnicas que permitan reducir y minimizar los impactos ambientales o efectos negativos sobre el medio ambiente.

Se dará cumplimiento a la normativa al momento de ingresar y obtener la Resolución de Calificación Ambiental favorable por parte del SEIA.

El Proyecto debe someterse a Sistema de Evaluación de Impacto ambiental, de conformidad con la letra n) del artículo 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

D.S. Nº 95/01 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”

Construcción, operación y abandono.

 

Mediante el ingreso de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, en la cual bajo juramento, se establecen todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas para la protección del medio ambiente.

Ley Nº 20.417. Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y La Superintendencia del Medio Ambiente

Construcción y operación

Se presenta a tramitación al SEA de la X región y se incorporan los nuevos aspectos de evaluación estipulados en la ley

D.S. Nº 609, Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado

 

 

Operación

Define límites y volúmenes de descarga a los diversos medios, como asimismo los valores máximos de los parámetros que componen las descargas.

INTAC Procesos SpA, a través de un convenio de retiro y traslado de RILes con la empresa sanitaria ESSAL S.A., descargará sus efluentes a un sistema de alcantarillado que cuenta con sistema de tratamiento. Es decir, deberá cumplir lo indicado en el punto 4.4 del D.S.N° 609/1998, en el sentido de solicitar al prestador de servicios sanitarios de quien recibirá el servicio de recolección de aguas servidas, autorización para el tratamiento de un efluente con una concentración media diaria superior a los valores máximos permitidos en la Tabla Nº 4, para el parámetro DBO5.

De la misma forma y en consideración a que el proyecto se encuentra en evaluación ambiental, en forma previa a su entrada en operación, se presentará a la Autoridad un convenio suscrito entre la Sanitaria e INTAC Procesos SpA, en el que se detallarán las medidas específicas solicitadas por la Autoridad. En caso que la sanitaria no pueda recibir Riles por un período prolongado, estos serán  dispuestos en un sistema de tratamiento alternativo, en plantas que posee la sanitaria ESSAL en la región, como por ejemplo Llanquihue, Osorno o Dalcahue. En forma previa a la fase de operación del proyecto, se presentará a la Autoridad un convenio suscrito entre la Sanitaria ESSAL e INTAC Procesos SpA, en el que se detallarán las medidas específicas que serán consideradas en caso que el prestador de servicios sanitarios no pueda recibir los Riles por un periodo prolongado en la planta de tratamientos ubicada en Puerto Montt. 

 

D.S. Nº 594/99, Condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. Artículos 73, 74 y 75, respecto de la exposición ocupacional a ruido estable o fluctuante deberá ser controlada de modo que para una jornada de 8 horas ningún trabajador podrá estar expuesto a un nivel de presión sonora continuo equivalente superior a 85 dB(A) lento, medidos en la posición del oído del trabajador .

Operación

INTAC Procesos SpA dentro de sus políticas de seguridad laboral contempla la capacitación del personal y el uso de elementos de protección personal.

 

D.S Nº 725/67 “Código sanitario” Ministerio de Salud. Artículo 69-76, respecto de la regulación y neutralización de las descargas liquidas. Artículo 78-81, regulación de los residuos sólidos. Artículo 89, respecto de la regulación de las emisiones atmosféricas y emisión de ruidos. Artículo 90-93, respecto de la seguridad y salud  ocupacional de los trabajadores.

Operación

Se cumplirá con lo dispuesto en todos los artículos mencionados, cumpliendo con lo establecido en cada uno de ellos.

Ley Nº 18.892 “Ley General de Pesca y Acuicultura”

Construcción y operación INTAC Procesos SpA dará cumplimiento a la presente norma.

 

D.S. Nº 144/61 Ministerio de Salud

 

Construcción

Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben ser captados o eliminados en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario

D.S.148/04 Ministerio de Salud Reglamento residuos peligrosos

 

Construcción y operación.

Define residuos peligrosos y sus formas de etiquetado, manejo, transporte y disposición final.

El titular se compromete a que los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados, sellados y etiquetados, para su acopio temporal en una bodega de Residuos Peligrosos especialmente habilitada, que contara con autorización sanitaria.

Ley N° 18.290 Ministerio de Transportey Telecomunicaciones.

 

Construcción y Operación

Impone la obligación de efectuar el transporte de carga en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos apropiados para dichas faenas.

Los camiones de transporte de carga y materiales del proyecto, cumplirán con las disposiciones establecidas en el decreto.

D.S. 75/87 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

 

Construcción y Operación

Regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos que indica, estableciendo normas de señalización y otras.

Los camiones de transporte de materiales y carga del proyecto cumplirán las disposiciones establecidas en este Decreto.

Los caminos de accesos a las instalaciones, los estacionamientos y lozas de patios contaran con la señalética cumpliendo con las disposiciones establecidas en este Decreto. 

D.F.L. Nº 850/97 Regula el transporte de equipos con sobredimensión y/o sobrepeso.Ministerio de Obras Públicas

Construcción y Operación

El Titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes en el caso de transportar equipos con sobredimensión y/o sobrepeso.

Ley General de Urbanismo y Construcción

Establece disposiciones de la planificación urbana y construcción.

El titular dará cumplimiento a la Ley General de Urbanismo y Construcción y su respectiva Ordenanza mediante el cumplimiento de la normativa vigente, tramitaciones, permisos y recepciones.

Etapa de construcción y operación.

 D.S 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente

Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos.

El titular dará cumplimiento a los límites máximos permisibles

Etapa de construcción y operación.

 

 

 

 

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos

Art 91 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. Nº 95/01 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza., a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67 D.F.L. 725/67.

Art. 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental  D.S. Nº 95/01 En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. 47/92, del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, fija los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento.

Art. 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S. Nº 95/01 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los limites urbanos, a que se refiere los incisos 3 y 4 del artículo 55 del D.F.L. 458/75D.F.L. 458/75. 

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

El Titular se compromete a mantener un mejoramiento continuo de sus procesos, adoptando nuevas tecnologías disponibles. Del mismo modo, se realizarán capacitaciones constantes a los funcionarios sobre los manuales de operación ante contingencias y sobre seguridad laboral. 

El Titular se compromete a cumplir con todos los procedimientos y normativas asociadas al funcionamiento de una industria de estas características, tanto en sus procesos, operaciones, residuos y forma de disposición. 

Finalmente, se mantendrá los alrededores al área de emplazamiento del proyecto libre de contaminación de cualquier tipo de residuos.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.  

 

    7. Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente.  

 

     8. Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.   

 

    9. Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados.  

 

    10. Que, para que el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.  

 

     11. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.  

 

     12. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de Titularidad.   

    13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.  

     14. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012  de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental  del proyecto,  deberá ser entregada  por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con  la frecuencia  establecidas en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia  al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.

   15. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 

    16. Que, se incluye a la presente resolución como parte complementaria, todos los documentos del expediente y la Declaración de Impacto Ambiental, incluida su adenda, e Informe Consolidado de Evaluación Ambiental del proyecto.

    17. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

  

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos" cumple con la normativa de carácter ambiental,  incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

     

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Jaime Hausdorf Steger
Director (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




JHS/AWS/MSA

Distribución:
  • ROBERTO VERDUGO BRITO
  • SMA
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Montt
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de Los Lagos
  • Sernatur, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Planta Re Empacadora de Recursos Hidrobiológicos INTAC Procesos"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2f/07/00c9a8d64f10feb24abac54912e5a2068359


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