VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
V REGIÓN DE VALPARAÍSO

Califica Ambientalmente el proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales"

Resolución Exenta Nº 122

Valparaíso, 5 de Junio de 2013



VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales", presentada por el Señor Carlos Daniel Zamitto, en representación de El Volcán Chile S.A., con fecha 12 de Julio de 2012.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

    a.   Con relación a la DIA:

    •  Oficio N° 277 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso, de fecha 31/07/2012;

    •  Oficio N° 1333 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, de fecha 06/08/2012;

    •  Oficio N° 1197 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 1732 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 2709 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 06/08/2012;

    •  Oficio N° 406 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 643 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 434 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, de fecha 10/08/2012;

    •  Oficio N° 3223 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 1138 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 4141 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, de fecha 08/08/2012;

    •  Oficio N° 1860 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 17/08/2012;

    •  Oficio N° 1203 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso, de fecha 20/08/2012.

    b.   Con relación a la Adenda N° 1:

    •  Oficio N° 056 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, de fecha 01/02/2013;

    •  Oficio N° 227 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, de fecha 05/02/2013;

    •  Oficio N° 288 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 07/02/2013;

    •  Oficio N° 332 sobre el Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 07/02/2013;

    •  Oficio N° 131 sobre el Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 05/02/2013;

    •  Oficio N° 218 sobre el Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, de fecha 11/02/2013;

    •  Oficio N° 267 sobre el Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, de fecha 13/02/2013;

    •  Oficio N° 474 sobre el Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 07/02/2013;

    •  Oficio N° 4359 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, de fecha 13/02/2013;

    •  Oficio N° 251 sobre el Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, de fecha 15/02/2013;

    •  Oficio N° 80 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, de fecha 20/02/2013.

    c.    Con relación a la Adenda N° 2:

    •  Oficio N° 4455 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, de fecha 26/04/2013;

    •  Oficio N° 742 sobre el Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, de fecha 25/04/2013;

    •  Oficio N° 1103sobre el Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 02/05/2013;

    •  Oficio N° 4472 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, de fecha 07/05/2013;

    • Oficio N° 1188 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, de fecha 13/05/2013. 

  3. El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales", de fecha 28 de mayo de 2013.

  4. El Acta de Evaluación N° 20 de la reunión del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 27 de febrero de 2013.

  5. El Acta de la Sesión Nº 9 de la Comisión de Evaluación de la  Región de Valparaíso, de fecha 03 de junio de 2013.

  6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales".

  7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales".

  2. Que, el derecho de El Volcán Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales" consiste en la construcción y operación de tres bodegas, al interior de dos galpones, para el almacenamiento exclusivo de Óxido de Calcio, con una capacidad total de almacenamiento de 4.854 (ton) al término de la construcción del proyecto. Esta sustancia será almacenada en envases de 1.000 (kg), correspondientes a maxisacos; y de 30 (kg), correspondiente a sacos.

    El Óxido de Calcio o Cal viva, corresponde a una sustancia corrosiva, Clase 8, según Norma Chilena NCh. N° 382.Of2004; y, en términos de granulometría, el 95% del Óxido, tendrá un tamaño mayor a 10 (mm).

    Además, la actividad de transporte de la Cal viva a almacenar en el área del proyecto, será realizada a través de terceros autorizados para ello, por lo cual esto no es parte del actual proyecto en evaluación.

    La vida útil del proyecto se estima indefinida, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental, éste comenzará su ejecución una vez obtenida la respectiva calificación ambiental favorable.

    El monto de inversión total estimado para la ejecución del proyecto, es de US$ 1.450.000.

    La mano de obra requerida durante la ejecución del proyecto, se detalla en la siguiente tabla:

    Etapa

    Dotación Promedio

    Dotación Máxima

    Construcción

    40

    46

    Operación

    15

    17

     3.1.  Localización.

    El proyecto se desarrollará en la región de Valparaíso, provincia de San Felipe, comuna de Llay Llay. Específicamente al interior de predio de propiedad del titular, que se localiza en camino El Porvenir 685, en el sector El Salitre.

    El predio colinda con la Ruta 5 Norte, y se accede a él por el camino público denominado “El Porvenir”, también conocido como “El Salitre”. Ésta es una vía bidireccional, con una pista por sentido y una velocidad permitida de 80 (Km/h), además de ser apta para todo tipo de vehículo.

    3.2.  Coordenadas.

    Las coordenadas correspondientes a la localización del predio en que se emplazará el proyecto, son las siguientes:

    Coordenadas U.T.M. Datum WGS 84

    Este (m)

    Norte (m)

    318.395

    6.363.598

    318.420

    6.363.711

    318.307

    6.363.747

    318.262

    6.363.620

    El centro poblado más cercano al área del proyecto, corresponde a la población El Salitre, que se ubica a una distancia de 300 (m). Los dos antecedentes señalados antes, se muestran en la DIA, Figura 2.

    3.3.  Superficies del Proyecto, Incluidas Obras y Acciones Asociadas.

    El predio en que se emplazará el proyecto, tiene una superficie de 15.000 (m2), y dentro de éste se contempla la implementación de una superficie construida de aproximadamente 4.822 (m2).

    En la siguiente tabla se presenta el desglose de las superficies de las instalaciones que estarán asociadas al proyecto:

    Instalación

    Cantidad

    Superficie (m2)

    Bodega A, exclusiva para sustancias corrosivas

    1

    1.950

    Bodega C, exclusiva para sustancias corrosivas

     1

    73

    Bodega exclusiva para sustancias corrosivas (B)

    1

    2.023

    Bodega varios

    1

    31,1

    Zona de carga y descarga

    1

    651

    Edificio oficinas y servicios del personal

    1

    89,9

    Portería

    1

    5,75

    Estacionamientos automóviles

    21

    262,5

    Estacionamientos discapacitados

    2

    25

    Estacionamientos camiones

    5

    299

    Áreas verdes

    --

    2.400

    Baño choferes y sala estar personal

    1

    29,8

    Área patios y circulación exterior

    --

    8451,4

    En la DIA, Anexo 5, se presenta plano planta general del proyecto, con cuadro de superficies, los deslindes y el detalle de las distintas instalaciones.

    3.4.  Descripción de Obras e Instalaciones Proyectadas.

    Para la ejecución del proyecto se implementarán las instalaciones que se describen a continuación.

    1. Bodega A-C.

      Corresponderá a un galpón que tendrá una división interna para separar el almacenamiento de la Cal viva en maxisacos de 1.000 (kg), de la que se llevará a cabo en sacos de 30 (kg).

      Para efectos prácticos, el titular ha indicado que la primera bodega se denominará “A”, y tendrá una superficie de 1.950 (m2); mientras que la segunda, se denominará “C”, y tendrá una superficie de 73 (m2).

      Ambas bodegas, en términos estructurales, se ubicarán al interior de una sola estructura, según se muestra en la DIA, Figura 7.

      De acuerdo al estudio de densidad de carga combustible que se presenta en la DIA, Anexo 6, el galpón será tipo “d” de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 4.3.3 del D.S. Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, con las características que se detallan a continuación. 

      Estructura

      Características

      Techo

      Vigas de metal, liviano (colapsable).

      Piso

      Hormigón liso, pulido y sellado.

      Puertas

      5 puertas de escape, con sistema de apertura anti-pánico; y 6 puertas de carga y descarga, todas con resistencia al fuego equivalente al 75% de los muros que las contendrán.

      Distancia de seguridad

      Mantendrá una distancia de, a lo menos, 13 (m) a los deslindes de la propiedad.

    2. Bodega B.

      Corresponderá a un galpón para el almacenamiento exclusivo de Cal viva en maxisacos de 1.000 (kg), y con una superficie de 2.023 (m2). Un esquema de esta instalación se muestra en la DIA, Figura 7.

      De acuerdo al estudio de densidad de carga combustible que se presenta en la DIA, Anexo 6, el galpón será tipo “d” de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 4.3.3 del D.S. Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, con las características que se detallan a continuación. 

      Estructura

      Características

      Techo

      Vigas de metal liviano (colapsable).

      Piso

      Hormigón liso, pulido y sellado.

      Puertas

      4 puertas de escape, con sistema de apertura anti-pánico; y 6 puertas de carga y descarga, todas con resistencia al fuego equivalente al 75% de los muros que las contendrán.

      Distancia de seguridad

      Mantendrá una distancia de, a lo menos, 10 (m) a los deslindes de la propiedad.

    3.  Zona de carga/descarga.

      Se ubicará entre los dos galpones que albergarán las bodegas proyectadas, se encontrará techada para evitar que el trabajo y desplazamiento de la carga de Cal viva entre en contacto con agua, y corresponderá a un espacio libre, sin puertas, para el tránsito de camiones, tal como se muestra en la DIA, Figura 8.

      En esta zona, se tendrá capacidad para atender como máximo dos camiones simultáneamente, ya fuese para carga simultánea, descarga simultánea, o bien para la carga de uno y descarga de otro.

    4. Edificio de oficinas y servicio del personal.

      Se encontrará diseñado para 17 personas y albergará las oficinas administrativas y de servicios del personal, considerando estaciones de trabajo, sala de reuniones, recepción y atención de proveedores y clientes en el primer caso, y comedores, baños, duchas y camarines, en el segundo.

      El comedor no contará con calefacción ni instalaciones de gas para cocinar dado que cada trabajador deberá llevar su comida preparada.

    5. Estacionamientos.

      Se considera la implementación de:

      1. 21 estacionamientos para automóviles, de 2,5x5 (m) cada uno.

      2. 2 estacionamientos para discapacitados, de 3,6x5 (m) cada uno.

      3. 5 estacionamientos para camiones, de 3,5x18 (m) cada uno.

    6. Baño choferes y sala de estar personal.

      Corresponderá a un sector de 29,8 (m2) que albergará servicios higiénicos y una sala de estar para los choferes.

    7. Filtro de mangas.

      Este equipo será parte del sistema que se empleará para limpiar la plataforma de los camiones.

      Entre las principales características del filtro, se encuentran las siguientes:

      1. Juego de mangas de polipropileno (o similar) 100%, de 550 (g/m2), diámetro 4,5”x6,5 pies mm de largo, con Snap Band, más 25 canastillos con venturi repujado y terminación zincada.

      2. Sistema de limpieza neumática automatizada, compuesto por válvulas de diafragma con solenoide, más control digital de secuencias y manómetro diferencial, para chequear la saturación de las mangas.

      3. Conjunto de filtros y regulador a presión para el manifold distribuidor de aire comprimido de las válvulas de limpieza.

      4. Eficiencia de 97,7% para partículas bajo los 10 (µm).

      Un esquema básico del equipo a implementar, se presenta en la Adenda 1, Anexo 4.

    Con relación a todas las instalaciones señaladas antes,

    1. La instalación eléctrica será acorde con la normativa vigente aplicable.

    2. La iluminación se realizará mediante luz natural o artificial, considerando como mínimo una intensidad de 150 Lx, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

    En la DIA, Anexo 5, se presentan en detalle las especificaciones técnicas constructivas de los dos galpones proyectados.

    3.5.  Etapa de Construcción.

    El proyecto se construirá en dos fases separadas, considerando en cada una de ellas la construcción de las instalaciones que se describen a continuación. 

    Fase

    Cantidad

    Instalación

    1

    1

    Bodega exclusiva para sustancias corrosivas (A-C)

    1

    Zona de carga y descarga

    1

    Edificio de oficinas y servicios del personal

    1

    Portería

    21

    Estacionamientos automóviles

    2

    Estacionamientos discapacitados

    5

    Estacionamientos camiones.

    --

    Áreas verdes

    2

    1

    Bodega exclusiva para sustancias corrosivas (B)

    1

    Servicio del personal

    La primera fase se ejecutará una vez que se obtuviese la calificación ambiental favorable del proyecto, estimándose una duración de seis meses; y la segunda, aproximadamente dos años después de terminada la construcción de la primera. En la DIA, Tabla 4, se presenta el cronograma de trabajo de cada una de las etapas de construcción del proyecto.

    Durante esta etapa, se estima que se requerirá un total de 46 trabajadores para cada una de las dos fases proyectadas.

    La etapa de construcción contemplará la ejecución de las instalaciones y actividades que se mencionan a continuación.

    1. Implementación de la instalación de faenas, que considerará la instalación de contenedores del tipo modular que se ubicarán al interior del predio en que se emplazará el proyecto, y en los cuales se habilitarán comedores, vestidores y bodega de herramientas, insumos y materiales, entre otras infraestructuras de apoyo para la ejecución de esta etapa del proyecto.

      En particular, se instalarán baños químicos, lavamanos, duchas, camarines y casilleros para los trabajadores, considerando las cantidades y condiciones que se estipulan en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y manteniendo las separaciones correspondientes para hombres y mujeres.

      La superficie a ocupar por la instalación de faenas, será de 90 (m2).

    2. Movimientos de tierra, para preparar el terreno para ejecutar las instalaciones proyectadas. Se usará excavadora, motoniveladora, rodillo compactador y 5 camiones tolva de 16 (m3) de capacidad cada uno.

      A continuación se detallan los movimientos de tierra que se estima se llevarán a cabo en cada etapa de construcción.

      Etapa

      Excavación (m3)

      Escombro (m3)

      Relleno (m3)

      1

      4.608

      250

      4.032

      2

      1.280

      120

      1.728

    3. Obras Civiles, que contemplarán la ejecución de las actividades e instalaciones que se detallan a continuación.

      1. Instalación de servicios correspondientes, en primera instancia, a obras de canalización, tanto sanitaria y  de aguas lluvia como eléctricas; y en segunda instancia, al montaje de equipos y elementos como empalmes eléctricos, tableros generales de alumbrado, excusados y lavamanos, entre otros.

      2. Red húmeda y sistema de detección de incendios, considerando primero, mientras se realicen los movimientos de tierra, la implementación de ductos y cañerías, y luego, una vez la bodega se encuentre levantada y pavimentada, se instalarán las bocatomas, gabinetes, estanques, sistemas de impulsión, panel de alarma y sensores de incendio, entre otros. Esta separación en fases, se ejecutará para evitar daños de los equipos mientras se realiza la obra gruesa.

      3. Fundaciones y pavimentos exteriores que corresponderán a obras para dar soporte mecánico a los galpones. Además, se privilegiará la pavimentación de las zonas de circulación de camiones y maquinarias.

      4. Construcción de las bodegas, que comprenderá el montaje de las estructuras de las bodegas e instalaciones.

      5. Revestimientos, correspondientes a la instalación de techumbres, forros y hojalatería.

      6. Pavimentos interiores, para las áreas de almacenamiento, y de carga y descarga de las bodegas, considerando hormigón con sello para los pisos interiores y el tratamiento de éstos para que contaran con resistencia física y química adecuada para la Cal viva a almacenar.

      7. Terminaciones, correspondiendo a partidas, trabajos y materiales  que estarán destinados a completar las obras, tales como la instalación de puertas y del sistema de detección de incendio, entre otros.

    Dado que el proyecto se construirá en dos fases, para evitar emisiones fugitivas de Cal viva al igual que el contacto de ésta con aguas lluvia, en la primera fase, para la zona de carga/descarga, se implementará una pared adyacente, en el costado Oeste, de 60,5 (m) de largo y 6 (m) de altura, para conectar el techo de esta zona con la pared.

    Además de las obras señaladas antes, en el límite del predio con el camino El Porvenir, existe un canal de regadío, de bajo flujo, que será entubado para la construcción del puente que se habilitará para el acceso al predio. Al respecto, en el Adenda 1, Anexo 1, el titular presenta la autorización del administrador del canal comunero de Llay Llay para la realización de las obras señaladas antes, bajo la condición de mantener el diámetro de los tubos existentes.

    3.6.  Etapa de Operación.

    Según lo indicado por el titular en el Adenda 1, en esta etapa el horario de funcionamiento de las instalaciones proyectadas, será de 08:00 a 18:00 horas.

    Esta etapa contemplará las actividades de recepción, almacenamiento y despacho exclusivo de Óxido de Calcio, sustancia corrosiva, Clase 8 según la norma NCh. 382.Of2004. En la DIA, Anexo 2, se presenta la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de esta sustancia. Posteriormente, se prepararán los pedidos, se cargarán en los camiones y se despacharán.

    El transporte de la Cal viva no será parte del actual proyecto en evaluación, siendo realizado por terceros que estuvieran autorizados para prestar este servicio y cumplieran con lo establecido en el D.S. N° 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, y sus modificaciones, introducidas por el D.S. Nº 198/2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Las principales actividades que se desarrollarán al interior del proyecto, en términos generales, corresponderán a:

    1. Recepción de camiones con Cal viva.

      El ingreso de los camiones se realizará por calle El Porvenir, donde se emplazará la portería que controlará el ingreso de los mismos, específicamente se revisará el camión y la documentación de transporte de la carga.

      Sólo se autorizará el ingreso de camiones que trasporten Cal viva en maxisacos o sacos.

      Una vez autorizado el ingreso, el vehículo será dirigido a la zona de espera de camiones.

    2. Descarga y almacenamiento de Cal viva.

      Personal del titular revisará la documentación del camión, tal como el parking list, la guía de despacho y las HDS de la carga.

      Luego, se ordenará al conductor que se diriga a la zona de carga/descarga, donde se verificará el estado de la carga y se procederá a la descarga de la Cal viva que vendrá envasada, mediante un puente grúa o grúa horquilla, según se requiriera.

      Una vez completada la descarga, se realizará la revisión de la carga y se cuadrará con la documentación.

      Posteriormente, y una vez realizado el aspirado de la plataforma del camión mediante una aspiradora de filtros de mangas, se entregará copia de los documentos al transportista y se autorizará su retiro de las instalaciones del proyecto.

    3. Almacenamiento.

      Con el apoyo de una grúa horquilla se trasladarán los envases de Cal viva a la bodega correspondiente para su almacenamiento, según se detalla a continuación.

      Características del almacenamiento

      Bodega A

      Bodega C

      Bodega B

      Tipo de envase

      Maxisacos, de 1.000 (kg) cada uno

      Sacos, de 30 (kg) cada uno.

      Maxisacos, de 1.000 (kg) cada uno

      Capacidad envases

      2.352 maxisacos.

      1.500 sacos.

      2.457 maxisacos

      Capacidad total almacenamiento de Cal viva

      2.352 (ton)

      45 (ton)

      2457 (ton)

      Sistema

      Pilas tipo piramidal, con un máximo de 3 maxisacos, con lo cual se alcanzará una altura total máxima de 2,85 (m).

      Pila con un máximo de 7 sacos, con lo cual se alcanzará una altura total máxima de 1,15 (m).

      Pilas tipo piramidal, con un máximo de 3 maxisacos, con lo cual se alcanzará una altura total máxima de 2,85 (m).

      Distribución

      19 pilas de 6×8 (m); y 4, de 6,8×6 (m), con pasillos de 1,2; 2,4 y 3,6 metros, respectivamente.

      1 pila de 6×5 (m).

      20 pilas de 6×8 (m); y 4, de 6,8×6 (m), con pasillos de 1,2; 2,4 y 3,6 metros, respectivamente.

      En las bodegas el almacenamiento se llevará a cabo sobre una base de pallet, mantendrá una separación mínima a los muros de 0,5 (m).

      El detalle de la distribución del almacenamiento en las bodegas, se presenta en la DIA, Anexo 5, Plano N° 03.

    4. Preparación de Pedidos.

      Corresponderá a la selección de los productos a despachar mediante el sistema FIFO (“First In – First Out”, primero en entrar – primero en salir); la consolidación del pedido; y, el traslado del mismo a la zona de carga/descarga, una vez que el camión se encuentre en esta área para su cargado.

    5. Carga del camión con los pedidos a despachar.

      Una vez recibido el camión a cargar y encontrándose en la zona de espera de camiones, se dará autorización a su conductor para que lo traslade a la zona de carga/descarga.

      Cuando la preparación del pedido estuviera terminada, se procederá a la carga de Cal viva al camión mediante un puente grúa o grúa horquilla, según se requiriera.

      En forma previa al despacho del camión, se hará revisión del mismo en cuanto a la señalización, elementos de seguridad y tacógrafo, entre otros elementos.

    6. Generación de la documentación requerida para la ejecución del transporte de Cal viva.

      Se hará entrega al conductor del parking list, la guía de despacho, la Hoja de Seguridad para el Transporte (HDT) y la HDS de la Cal viva.

    7. Despacho del camión a transportar la Cal viva.

      Una vez que el camión se retirara de la zona de carga/descarga, se deberá dirigir al sector de pesaje y control de salida, para revisar el peso por eje, que el conductor cuente con toda la documentación para el transporte de la Cal viva, así como la estibación adecuada de la carga y el cumplimiento de lo que se establece en el D.S. N° 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones.

      No se autorizará la salida del camión mientras no cumpla con todas las exigencias descritas antes. Específicamente, en caso de no cumplir con el peso establecido, el camión será devuelto a la zona de carga/descarga para su revisión y ajustes que fueran necesarios.

    En la DIA, Figura 6, se muestra un croquis con las actividades que estarán asociadas a la operación del proyecto.

    En la zona de carga/descarga, la Cal viva se mantendrá de manera transitoria, sólo para estos fines, siendo despachada o almacenada, durante la jornada diaria de trabajo, normal o extraordinaria.

    Durante la ejecución del proyecto no se considerará la apertura de maxisacos ni de sacos, y no se realizará ningún tipo de reenvasado o fraccionamiento de la Cal viva. Tampoco se considerará el almacenamiento de ninguna clase de líquidos.

    Para los trabajos de descarga de camiones, traslado y depósito de los envases con Cal viva en pilas, y posterior cargado de los camiones a despachar, se utilizará un puente grúa y dos grúas horquilla que emplearán GLP como combustible.

    La capacidad de atención que tendrá el proyecto una vez finalizada la segunda fase de la etapa de construcción, será de 5 camiones en promedio, tanto para cargar como para descargar en su conjunto.

    3.7.  Etapa de Abandono.

    El titular ha indicado que la vida útil del proyecto será indefinida, por lo que no se contempla una etapa de abandono, sino que solamente programas de mantención y reacondicionamiento de las instalaciones, para la modernización del mismo, según el desarrollo tecnológico de la industria, cada 10 años.

    Además, será poco probable que se debieran implementar medidas tales como restitución del terreno a una situación natural, ya que por su ubicación, el lugar es atractivo para instalaciones industriales de carácter similar o de almacenaje, y será factible su venta a una empresa de un rubro relacionado o similar.

    Sin embargo, ante un abandono, por cualquier motivo, las principales medidas que se implementarán radicarán en el retiro total de los productos y la limpieza de las instalaciones. Los residuos resultantes de esta actividad, serán clasificados de acuerdo a su peligrosidad, para su posterior envío a lugar autorizado para realizar su disposición final, de acuerdo a lo que se estableciera en la legislación vigente en ese momento. En caso de contaminación de recursos naturales, se procederá de acuerdo a lo que se establece en el Plan de Emergencia Ambiental que se implementará para la ejecución del proyecto. El inicio de los trabajos de abandono, será informado oportunamente a las autoridades que fueran competentes.

    No obstante lo anterior, en el Adenda 1, Anexo 6, se presenta en detalle el plan de cierre de las instalaciones proyectadas.  

    3.8.  Insumos.

    El área en que se emplazará el proyecto cuenta actualmente con empalme al sistema eléctrico público existente, mediante empalme, por lo que no se requerirá el uso de generadores eléctricos. En la DIA, Anexo 4, el titular presenta documentación que acredita lo señalado.

    Durante la etapa de operación, al completar las dos fases de construcción, se estima que el consumo de electricidad será de 100 KVA, considerando la iluminación de las bodegas, el uso de los sistemas de aspiración, el consumo de las oficinas y los servicios del personal.

    Con relación al suministro de agua para consumo humano,

    1. Durante la etapa de construcción, considerando una dotación de 100 (l/persona/día), éste se realizará mediante bidones de 5 (l) que serán provistos por una empresa que contará con autorización para prestar este servicio.

    2. Durante la etapa de operación, dado que en el sector en que se emplazará el proyecto no existe factibilidad de conexión al sistema público, se implementará un sistema particular que se detalla en la DIA, Anexo 13, donde también se presenta comprobante de ingreso de dicho proyecto a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, para su aprobación. En particular, las coordenadas UTM de la ubicación de la fuente de agua, según Datum WGS84, huso 19H Sur, serán 6.363.607 (m) Norte y 318.341 (m) Este.

    Durante la etapa de operación para el riego de las áreas verdes proyectadas, se requerirán 15 (m3) de agua que serán suministradas diariamente desde la fuente de agua señalada en el párrafo anterior.  

    3.9.  Transporte y Vialidad.

    Durante la etapa de construcción del proyecto, se generarán los flujos vehiculares que se detallan a continuación:

    Origen/Destino

    Tipo vehículo

    Fase 1

    Fase 2

    Flujo total

    Periodo

    Flujo total

    Periodo

    Proyecto/botadero

    Tolva

    304

    2 meses

    88

    1 meses

    Relleno/proyecto

    Tolva

    252

    108

    Acero/proyecto

    Semirremolque

    2

    5 meses

    1

    3 meses

    Estructuras/proyecto

    Semirremolque

    6

    3

    Hormigón/proyecto

    Mixer

    106

    3 meses

    70

    2 meses

    Luego, de acuerdo a lo presentado en la DIA, Anexo 11, se estima que en la etapa de construcción del proyecto, se realizarán 558 (viajes) de vehículos pesados, considerando el ingreso y egreso del predio, lo que representará un promedio de 4,5 (vehículos) ingresados y egresados del área del proyecto a lo largo del día, con un máximo de 9 vehículos en los momentos de mayor movimiento de la construcción. Luego, el aporte máximo en el flujo vehicular durante la etapa en comento al camino El Porvenir, corresponderá a 3% de acuerdo a la capacidad mínima de diseño de este camino, por lo que los tiempos de desplazamiento actuales en el mismo, no aumentarán. Además, se evitará el uso de este camino en los horarios punta y no se permitirá el estacionamiento de vehículos fuera del predio en que se emplazará el proyecto.

    Durante la etapa de operación y una vez que se encuentre completamente construido el proyecto, se generará el ingreso/egreso de 5 camiones al área del proyecto, distribuidos durante el día. Lo anterior, dado que en la zona de estacionamientos, donde se realizará la preparación de los camiones antes de ingresar a la zona de carga/descarga, se mantendrán como máximo cinco camiones en espera. Lo anterior, considerando que en algún momento no se estuviera realizando ningún proceso de carga/descarga.

    Como parte de la ejecución del proyecto se contemplará la implementación de mejoras respecto de la accesibilidad al predio en que se emplazará el proyecto. El mejoramiento a implementar considerará la construcción de un acceso acorde a la geometría y materialidad que se requerirá para la circulación de camiones de alto tonelaje, considerando que el radio de giro de los camiones que transportarán la Cal viva será mayor a lo permitido geométricamente por las condiciones actuales del predio, en particular, se ampliará hacia el Norte eliminando dos postes ubicados en este costado y mejorando el terreno mediante la construcción de un terraplén que permitirá un mayor radio de giro al abandonar el predio. El detalle de estos antecedentes, se presenta en la DIA, Anexo 3, y se complementa en el Adenda 1, Anexo 2.

    Además, los camiones que saldrán del área del proyecto, no accederán directamente a la ruta 5 y tampoco la ejecución del proyecto contemplará la implementación de un acceso directo a ésta. Los camiones y vehículos accederán y abandonarán el predio solamente a través de la calle El Porvenir, por medio de la cual accederán a la ruta 5, con pista de aceleración y desaceleración. El Tráfico Medio Diario Anual (TMDA) de la ruta 5, es menor a 10 (veh/día), por lo que el aporte del proyecto no tendrá impacto sobre el flujo de ésta.

    No obstante la mejora señalada antes, el transporte de la Cal viva no formará parte del actual proyecto en evaluación ya que esta actividad será realizada por terceros que estuviesen autorizados para prestar este servicio y a los cuales se les exigirá que cuenten con todas las autorizaciones que correspondan, al igual que el cumplimiento de lo establecido en el D.S. N° 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones.

    3.10.  Emisiones a la Atmósfera.

    Durante la etapa de construcción del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera de material particulado y gases de combustión por la ejecución de actividades asociadas a movimientos de tierra, carga y descarga de materiales, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y por la operación de vehículos y maquinarias que se emplearán durante esta etapa. Al respecto, el titular realizó una estimación de las emisiones que se producirán cuyo detalle se presenta en la DIA, Anexo 11. El resumen de los resultados de la estimación en comento, se presenta a continuación. 

    Contaminante

    Emisiones Fase 1 (ton/año)

    Emisiones Fase 2 (ton/año)

    MP10

    0,3017

    0,0815

    MP2,5

    0,0704

    0,0206

    CO

    0,1536

    0,0544

    HC

    0,0564

    0,0192

    NOX

    0,7426

    0,2717

    Para controlar y minimizar las emisiones que se generarán a la atmósfera durante la etapa de construcción, se implementarán las siguientes medidas:

    1. Humectación del terreno y las vías de circulación no pavimentadas, al menos dos veces al día.

    2. El transporte de escombros, excedentes de construcción y material de relleno en camiones tolva, se llevará a cabo con la carga totalmente cubierta, con lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.

    3. Todos los vehículos y maquinarias que se emplearan durante esta etapa, contarán con mantenciones y revisiones técnicas al día, según corresponda. Además, todos los vehículos que se utilizarán en la etapa de construcción, deberán contar con sello verde; y, una vez que el proyecto inicie sus operaciones, sólo se permitirá el ingreso de camiones con este sello.

    4. No se permitirá la quema de ningún tipo de material o residuo.

    5. La velocidad máxima de circulación al interior del predio, será de 30 (km/h).

    6. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores en temas ambientales.

    En condiciones normales de operación de las instalaciones proyectadas, no se generarán emisiones a la atmosfera. En particular, para la limpieza de los camiones descargados se ocupará un sistema de aspiración que contará con filtro de mangas para aspirar y acumular la Cal viva, además se contará con una barredora con filtro para pasillos y pisos, que permitirá la limpieza de estos, a lo menos, dos veces al día. Para asegurar la efectividad del sistema de aspiración que se empleará para la limpieza de los camiones, y la barredora con filtro, en el Adenda 1, Anexo 4, se presentan los planes de mantención respectivos.

    Adicionalmente, para las etapas de construcción y operación del proyecto, en el perímetro Norte de la propiedad, se instalará malla tipo rachell, con una altura de 4 (m) y 110 (m) lineales de longitud, en forma permanente y con una estructura resistente. Esto con el fin de evitar deposición de polvo sedimentable sobre los cultivos vecinos.

    No obstante esto, en el análisis de consecuencias que se presenta en la DIA, Anexo 7, se realizó una estimación de las emisiones que se generarán ante un evento de emergencia con la modelación de los fenómenos químicos que se producirán, y donde se señala que “Se demuestra que no se alcanza el índice inmediatamente peligroso para la vida y la salud (IPVSI) del Óxido de Calcio en los deslindes de la propiedad en el caso de un accidente del tipo químico”.

    Dado que no se realizará ningún tipo de reenvasado o fraccionamiento de la Cal viva en el área del proyecto, el sistema de ventilación que se implementará para las instalaciones proyectadas, según se describe en la DIA, Anexo 10, no generará ningún tipo de emisión. Esto también garantizará que no exista acumulación de Cal viva en los techos de los galpones proyectados.

    3.11.  Emisiones de Ruido.

    Durante las etapas de construcción y de operación, se generarán emisiones de ruido producto de las actividades a desarrollar y de la maquinaria a utilizar en cada etapa.

    Al respecto, el titular realizó una estimación de las emisiones que se producirán en las etapas señaladas, cuyo detalle se presenta en la DIA, Anexo 12.

    Con relación al paso de camiones, se le asignó un valor de nivel de presión sonora basado en un modelo de predicción nórdico “NORDIC PREDICTION METHOD FOR ROAD TRAFFIC NOISE – STATENS PLANVERK 96”.

    Además, se realizó una modelación del ruido que se percibirá en los receptores más cercanos, utilizando el modelo de propagación ISO 9613, y se comparó con los límites máximos establecidos por el D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

    Los receptores más cercanos al área del proyecto, se describen a continuación. 

    Receptor

    Descripción

    Coordenada UTM

    Norte

    Este

    R1

    Vivienda de dos pisos de altura, a 115 (m) de distancia, en dirección Sur Poniente del proyecto, al otro lado de la Ruta 5 Norte

    6.363.518

    318.126

    R2

    Retén de Carabineros, a 98 (m) de distancia, en dirección Sur Oriente del proyecto, también al otro lado de la Ruta 5 Norte

    6.363.485

    318.370

    En ambos casos, los receptores se ubican en zona rural, fuera del perímetro urbano de la comuna de Llay Llay.

    Los niveles basales de ruido medidos junto al receptor R1, resultaron ser de 62 dB(A), influenciado por un constante tránsito de vehículos por la Ruta 5 Norte. Se asumió la misma condición de ruido de fondo para el receptor R2. Por tanto, y considerando lo establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Artículo 9, el nivel máximo permisible en los receptores, será de 65 dB(A).

    De acuerdo a los resultados obtenidos de la modelación, el proyecto cumple en sus etapas de construcción y operación con los niveles máximos permitidos por el D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, para el tipo de zona y horario según receptor y escenario acústico evaluado.

    No obstante lo anterior, se implementarán medidas para minimizar las emisiones de ruido, de acuerdo a lo que se describe a continuación:

    1. Los equipos, maquinarias y vehículos contarán con sus mantenciones al día.

    2. Los equipos serán utilizados de manera correcta. Por ejemplo, mientras se encontrara operando no se mantendrán abiertas las puertas de los motores de las maquinarias que serán utilizadas en el área del proyecto, como es el caso de la motoniveladora y el rodillo compactador.

    3. Los cortes con esmeril angular u otras herramientas similares, se realizarán en cabinas.

    4. Se limitará el número y duración de los equipos funcionando mientras no se estuvieran ocupando en el área del proyecto, especialmente los motores de los camiones tolva en periodos de espera.

    5. Se evitarán las aceleraciones en seco de máquinas y vehículos.

    Además, todos los trabajadores contarán con elementos de protección personal para la protección auditiva, la cual se empleará cuando fuese necesario.

    3.12.  Residuos Líquidos.

    Durante la etapa de construcción se contratará el servicio de baños químicos a través de una empresa que estuviera autorizada para prestar este servicio, además de hacerse cargo de los residuos líquidos que se generarán por el uso de estas instalaciones. También se contarán con duchas y lavamanos portátiles que tendrán un depósito propio para la acumulación y posterior retiro del agua residual, dos veces por semana. Esto será realizado por una empresa debidamente autorizada para prestar estos servicios. Considerando una dotación de 200 (l/persona/día), se estima que se generarán 9.200 (l/día) de aguas servidas que serán manejadas según se describió antes.

    Durante la etapa de operación del proyecto,

    1. En condiciones normales de operación no se generarán residuos industriales líquidos, dado que no se realizará ningún tipo de lavado de camiones, contenedores, equipos o piso.

    2. Considerando una dotación de 200 (l/persona/día), se estima que se generarán 3,4 (m3/día) de agua servidas domésticas. Luego, y dado que no existe factibilidad de conexión al sistema público de alcantarillado en el área en que se emplazará el proyecto, se contemplará la implementación de un sistema particular de alcantarillado que incluirá una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) compacta del tipo aireación extendida con lodos activados, con capacidad para tratar un caudal máximo de 3,75 (m3/día), y un dren para la disposición de las aguas servidas tratadas por infiltración, de 125 (m) de largo total.

      El efluente de la PTAS contará con un tratamiento primario, secundario y terciario por lo que éste podrá ser dispuesto en cursos de agua superficiales, sin embargo, tal como ya se mencionó antes, la disposición será mediante drenes. La calidad del efluente de la PTAS en forma previa a su disposición, se muestra a continuación.  

      Parámetro

      Valor

      DBO5

       ≤ 35 (mg/l)

      NKT

      15 (mg/l)

      Fósforo total

      10 (mg/l)

      Aceites y grasas

      10 (mg/l)

      pH

      6,0 – 8,5

      Sólidos Suspendidos Totales (SST)

      35 (mg/l)

      Coliformes fecales o termo totales

      < 1.000 (NMP/100 ml)

      El índice de absorción del terreno en que se emplazará la infiltración del efluente de la PTAS, es de 70 (l/m2/día).

      En la DIA, Anexo 13, se presenta el detalle del sistema particular a implementar al igual que el comprobante de ingreso del proyecto particular de alcantarillado a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, para su autorización. Además, en el Adenda 1, Anexos 10 y 13, se complementan los antecedentes presentados en la DIA.

    3. Las aguas lluvias que serán recibidas en techos y pavimentos, se recolectará y conducirán, a través de canaletas y sumideros, hacia pozos de drenajes. Este sistema sólo recibirá aguas lluvia y, dado que no entrarán en contacto con Cal viva, no se encontrarán contaminadas con esta sustancia. Al respecto, también en la DIA, Anexo 13, se presenta el proyecto propuesto para este caso, y se complementa en el Adenda 1, Anexo 10.

    3.13.  Residuos Sólidos.

    Durante la etapa de construcción, se realizarán capacitaciones a los trabajadores para una correcta identificación y manejo de los residuos sólidos que se generarán durante esta etapa. Además, cada tipo de residuo sólido recibirá un manejo diferenciado de acuerdo a sus características y conforme a lo que se señala a continuación:

    1. No se realizará ningún acopio de materiales en la vía pública.

    2. Entre los residuos sólidos no peligrosos que se generarán durante esta etapa, que alcanzarán a 700 (ton/mes) como máximo, se encontrarán los escombros, excedentes o sobrantes de alambres, despuntes de fierro y/o madera. Estos residuos se acumularán en contenedores de plástico que se acumularán temporalmente al interior de la obra, en un sector a la intemperie, de 10 (m2). Estos residuos serán retirados diariamente a través de camión roll off, de características técnicas y de capacidad similar a los camiones tolva.

    3. También serán considerados como residuos no peligrosos el material excedente de las excavaciones, tales como escombros y escarpe. Estos serán directamente cargados a camiones tolva, para su traslado inmediato a lugar autorizado para realizar su disposición final, por lo que no habrá acumulación de ellos al interior de las obras proyectadas.

    4. Para el manejo de los residuos sólidos domésticos, que se estima alcanzarán a 23 (kg/día), se distribuirán en los frentes de trabajo e instalación de faenas, contenedores con tapa hermética en cuyo interior se depositarán estos residuos en bolsas plásticas de basura cerradas. Estos residuos serán retirados cada vez que la capacidad de los contenedores superara el 75% de su capacidad o dos veces por semana, lo que ocurriera primero.

    5. Para la recolección in situ de los residuos peligrosos correspondientes a aceites, aditivos, guaipes y envases de pintura, entre otros, se instalarán contenedores plásticos con tapa hermética que se distribuirán en los frentes de trabajo e instalación de faenas.

      Al término de cada turno, los contenedores serán recolectados y almacenados, manteniéndolos cerrados y debidamente identificados.

      Estos residuos serán retirados del área del proyecto para su traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final, con una frecuencia mensual.

      Se estima que la generación de residuos peligrosos será de 100 (kg) en total para la primera etapa; y de 75 (kg), para la segunda etapa. En ambos casos, considerando una generación de 15 (kg/mes).

    6. En caso que eventualmente se produjesen mezclas acuosas con Cal viva, éstas se recolectarán con materiales absorbentes, arena u otro disponible, luego de lo cual se depositarán en tambores que serán etiquetados como residuo peligroso, para su inmediato envío a lugar autorizado para realizar su disposición final.

    Además, se implementarán las siguientes medidas para reducir la generación de residuos peligrosos:

    1. Se capacitará a los trabajadores en la identificación, segregación y disposición de los residuos.

    2. Se mantendrán los contenedores bien identificados para cada tipo de residuo.

    3. Se mantendrán al día todos los equipos, maquinarias y vehículos.

    Con relación a los residuos que se generarán durante la etapa de operación del proyecto, se tendrá lo siguiente:

    1. Para el manejo de los residuos sólidos domésticos, que se estima alcanzarán a 8,5 (kg/día), se instalará un contenedor de 100 (l), con tapa hermética, en la zona de carga/descarga. Los residuos serán recolectados en bolsas de basuras que se acopiarán cerradas al interior del contenedor.

      Los residuos serán retirados cada vez que la capacidad de los contenedores superara el 75% de su capacidad o dos veces por semana, lo que ocurriera primero.

      Se instruirá a los trabajadores con relación a no mezclar los residuos domésticos con los industriales, y la forma de manejarlos.

    2. Los residuos sólidos industriales no peligrosos que se generarán durante esta etapa, se detallan a continuación, al igual que el manejo que se dará a los mismos.  

      Tipo de residuo

      Cantidad

      Manejo

      Principalmente cartones y plásticos del sistema de estivación.

      150 (kg/mes)

      Para la recolección, se mantendrá contenedor de 200(l), con tapa, en la zona de carga/descarga.

      Serán retirados una vez por semana.

      Lodos de la PTAS.

      100 (kg/año)

      Serán retirados anualmente por un camión limpia fosas autorizado para prestar este servicio.

    3. Los residuos sólidos industriales peligrosos que se generarán durante esta etapa, se detallan a continuación, al igual que el manejo que se dará a los mismos.

      Tipo de residuo

      Manejo

      Cal viva aspirada de plataforma de camiones, pasillo y pisos.

      Se estima que, en promedio, alcanzará a 510 (kg/mes).

      Dada sus características, la Cal viva no sufrirá deterioro ni vencimiento. Por esto, en caso de derrames no perderá sus cualidades químicas, siendo recogida en sacos o maxisacos, dependiendo del volumen derramado, y puesta nuevamente en stock, para su venta.

      La aspiración de las plataformas, se realizará de forma permanente, mediante un sistema de aspiración con filtro de mangas. El polvo de Cal viva capturado, será recolectado en sacos que, al completar su capacidad, serán sellados y puestos en stock, en la Bodega C.

      El proceso anterior, será similar para la barredora con filtro que se empleará para pasillos y pisos.

      En caso que el Cal viva recolectada no cumpliera con los requisitos para su venta, una vez lleno el saco de recolección será sellado, etiquetado como “residuo peligroso”, para su inmediato envío a lugar autorizado para realizar su disposición final.

      Filtros de los sistemas de aspiración

      Serán del tipo reutilizables.

      Su vida útil será de 10 años, aproximadamente, y al cumplir este tiempo, serán trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final.

    En el Adenda 1, Anexo 11, se presenta plano con la ubicación de los recipientes que se implementarán para el acopio temporal de los residuos domésticos y los industriales no peligrosos.

    Durante toda la ejecución del proyecto, no se realizarán mantenciones de maquinarias ni vehículos al interior de la obras, por lo cual no se generarán residuos por esta actividad.

    El transporte y disposición final de todos los residuos sólidos que se generarán durante la ejecución del proyecto, será realizado por empresas que estuvieran autorizadas para ello.

    3.14.  Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias.

    En el Adenda 1, Anexo 8, se presenta el Plan de Prevención de Riesgos y Control de Enfermedades Profesionales; y en el Adenda 2, Anexo 3, el Plan de Emergencia y Crisis Bodega, ambos para la ejecución del proyecto. Estos planes serán revisados y actualizados una vez que entrara en funcionamiento el proyecto y, además, se entregará una copia de los mismos al Cuerpo de Bomberos más cercano antes del inicio de la etapa de operación.

    En el Adenda 2, Anexo 1, se presenta Plan de Emergencia Ambiental para eventos de derrame de Cal viva ante actividades de transporte, que pudieran afectar negativamente recursos naturales del área de influencia del proyecto, como suelo, agua, flora y fauna. Este último Plan, considera la implementación de acciones específicas a ejecutar después de controlada la emergencia ambiental que se hubiera producido, como monitoreos de los recursos afectados y rescate de las especies de fauna que se vieran afectados.

    Respecto de las medidas de prevención de riesgos y control de emergencias asociadas a la ejecución del proyecto, una vez al año se realizarán simulacros. Además, se contará con un sistema de alarma operado por una central de alarma en las bodegas, para dar aviso de evacuación y emergencia.

    Sin perjuicio de lo anterior, en caso de ocurrir un evento no deseado durante la ejecución del proyecto, y conforme a los componentes ambientales y/o recursos naturales que resultaran afectados, el titular dará aviso inmediato de la emergencia a los órganos del Estado competentes, considerando entre otros, la  Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, el Servicio Agrícola y Ganadero, la Dirección General de Aguas y la Superintendencia del Medio Ambiente, todos de la jurisdicción correspondiente. Además, remitirá a los órganos del Estado competentes, un informe preliminar sobre la contingencia acaecida, en un tiempo no superior a 24 horas, el cual contendrá a lo menos la siguiente información:

    1. Lugar, fecha, hora y tipo de evento ocurrido,

    2. Causa y duración del evento,

    3. Cantidad y tipo de sustancia o residuo involucrado en el evento,

    4. Efectos ambientales producidos por la ocurrencia del evento,

    5. Medidas asumidas para el control del evento y que serán adoptadas,

    6. Medidas de rehabilitación, descontaminación y/o seguimiento de los recursos ambientales afectados.

    También se elaborará un informe final del evento, que se remitirá a los mismos órganos del Estado, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, y que contendrá al menos información sobre la identificación del titular y del proyecto calificado ambientalmente, causas de la contingencia, cantidad y tipo de sustancia involucrada en el evento, fecha y hora de ocurrencia del evento, duración y efectos ambientales producidos por el evento, localización y superficie afectada, fotografías del evento y los recursos afectados, análisis de las medidas especificadas en el informe preliminar, y las medidas correctivas adoptadas y/o que se adoptarán en el futuro.

    Ante la ocurrencia de un evento no deseado, los planes de remediación, reparación y seguimiento que involucren recursos suelo, agua, aire, flora y/o fauna, deberán ser visados en forma previa a su ejecución por los órganos del Estado competentes, considerando al Servicio Agrícola y Ganadero, entre otros.

    Para la ejecución de la etapa de operación del proyecto, se contará con los procedimientos de trabajo seguro. Además, los elementos de protección personal que recibirán y se exigirá a los trabajadores usar, serán casco de seguridad, zapatos de seguridad, antiparras con protección lateral, overol y máscara ½ rostro con filtro para polvo.
    En la DIA, Anexo 7, se presenta Estudio de Análisis de Consecuencias que detalla las medidas de control y los sistemas con que estarán dotadas las instalaciones proyectadas.

    Desde el inicio de las operaciones, al interior de las instalaciones proyectadas se implementarán y mantendrá señalización de seguridad y prevención de riesgos, como señales informativas, de atención y de peligros, entre otros.
    Con relación a las medidas de prevención de riesgos de incendio:

    1. Al interior de la Bodega A-C, se contará con sistema de extinción manual en base a 11 extintores de PQS de 10 (kg), con un potencial de extinción de 10A:40B:C, debidamente señalizados y certificados. El sistema de detección será del tipo térmico automático.

    2. Al interior de la Bodega B, se contará con sistema de extinción manual en base a 10 extintores de PQS de 10 (kg), con un potencial de extinción de 10A:40B:C, debidamente señalizados y certificados. El sistema de detección será del tipo térmico automático.

    3. Al interior de la zona de carga y descarga se contará con sistema de extinción manual en base a 6 extintores de PQS de 10 (kg), con un potencial de extinción de 10A:40B:C, debidamente señalizados y certificados.

    No obstante lo anterior, se contemplará la implementación de una red húmeda y sistema de detección de incendios que se detalla en la DIA, Anexo 9, y se complementa en el Adenda 2, Anexo 3. En particular,

    1. La red de incendio será del tipo húmeda, con una autonomía de a lo menos una hora y abarcará todo el perímetro del proyecto, con distribución de grifos y caseta de mangueras, entre otras instalaciones y equipos relacionados.

    2. El suministro de agua para la red húmeda se obtendrá desde un estanque exclusivo para ésta, de 12 (m3) de capacidad que, a su vez, se abastecerá de la fuente de agua descrita en el Considerando 3.8. de esta Resolución. Este estanque, asegurará un funcionamiento mínimo de 60 (min), a un caudal de 200 (l/min).

    3. Las bodegas también contarán con detectores de humo y temperatura que estarán conectados a un panel de alarma.

    4. Se contará con un sistema de respaldo de energía que contará con un grupo electrógeno al cual estarán conectados los tableros del sistema de impulsión de la red. En particular, apoyarán el funcionamiento de la bomba jockey y principal, debido a que su funcionamiento será 100% eléctrico.

    Al interior de los dos galpones proyectados, la renovación de aire se realizará mediante un sistema Robertson que permitirá obtener 12 recambios por hora. Esto dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. En la DIA, Anexo 10, se presenta en detalle el proyecto de ventilación a implementar para las bodegas.

    Los dos galpones, que albergarán las bodegas proyectadas, se encontrarán identificados, en forma exterior, por sus cuatro costados. Los riesgos se advertirán mediante letreros que darán cumplimiento a lo que se indica al respecto en la NCh 2190.Of93, Clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas. Además, las vías de evacuación se encontrarán señalizadas al igual que el uso de elementos de protección personal y se identificarán los equipos de extinción de fuego.

    La zona de carga y descarga se encontrará señalizada con las vías de evacuación, contará con los respectivos elementos de protección personal que deberán utilizarse y con la identificación de los equipos de extinción de incendio respectivos.

    Al exterior de las bodegas se instalarán duchas de emergencia y lava ojos, a una distancia no superior a 20 (m) de las puertas de carga y descarga, que cumplirán con la norma ANSI Z358.1-1998.

    La Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de la Cal viva que se encontrará almacenada se dispondrá en el sector de la portería y en el acceso a cada una de las bodegas proyectadas.

    En la DIA, Anexo 8, Plano Ext-01, se muestra la ubicación de la zona de seguridad, de las vías de evacuación, de los extintores manuales de incendio y de las duchas de emergencia y lava ojos que se implementarán para las bodegas e instalaciones anexas del proyecto.

    En la DIA, Anexo 9, se presenta el proyecto de detección y extinción de incendios que se implementará para las instalaciones proyectadas.

    El titular mantendrá un cronograma anual de capacitaciones para todos los trabajadores respecto de prevención de riesgos y seguridad, que considerará las siguientes materias:

    1. Plan de emergencia frente a incendio, sismo y primeros auxilios, que considerará definiciones, cuándo se activa el Plan, identificación de materiales y equipos de protección, alarmas de luz y sonido, red húmeda, detectores de humo y temperatura, extintores, señalizaciones, elementos de protección personal, accesos a las instalaciones, materiales de contención y sellado, localización de zonas de seguridad, ¿cómo operar en horario de funcionamiento de las instalaciones?, ¿cómo operar fuera del horario de funcionamiento de las instalaciones?, simulacro.

    2. Plan de contingencia ante derrames, que considerará definiciones, cuándo se activa el Plan, identificación de materiales y equipos de protección, alarmas de luz y sonido, elementos de protección personal, materiales de contención y sellado, localización de zonas de seguridad, ¿cómo operar en horario de funcionamiento de las instalaciones?, ¿cómo operar fuera del horario de funcionamiento de las instalaciones?, simulacro.

    3. Manejo y uso de extintores y red húmeda, que considerará definiciones, requisitos para que exista fuego, clasificación de los tipos de fuegos, clasificación de los agentes de extinción, qué es un extintor, clasificación de los extintores, identificación de los extintores, pasos básicos para usar un extintor, pasos básicos para usar una red húmeda y práctica de uso de extintor y red húmeda.

    4. Identificación de sustancias peligrosas, que considerará definiciones, clasificación, etiquetado, precauciones, compatibilidades e incompatibilidades químicas.

    5. Manejo de sustancias peligrosas, que considerará definición, clasificación, compatibilidades e incompatibilidades químicas, tipos de envases aprobados, formas de manipulación, elementos de protección personal mínimos y requisitos para la manipulación y el almacenamiento.

    6. Usos de HDS y HDT, que considerará definiciones, localización de las HDS y HDT, usos, clasificación de riesgos, identificación de las sustancias químicas, identificación de los riesgos, primeros auxilios, medidas para el combate de fuego, control de derrames, manipulación y almacenamiento, control de exposición y protección personal, propiedad físicas y químicas, estabilidad y reactividad, información toxicológica, información ecológica, disposición final, información sobre el transporte, información reglamentaria, y otras informaciones.

    7. Plan de gestión de residuos, que considerará definiciones, descripción del proceso, identificación de puntos de generación, tipos de residuos, segregación de los residuos y alternativas de minimización de los residuos.

    8. Uso de elementos de protección personal, que considerará definiciones, tipos de elementos, clasificación, para que se utiliza cada tipo y uso correcto.

    9. Riesgos químicos y exposición, que considerará definiciones, identificación, clasificación y características de peligrosidad, efectos sobre la salud, primeros auxilios, señales de alerta, HDS y HDT y cómo actuar en caso de derrame.

    10. Procedimiento de manejo en bodegas de sustancias peligrosas, que considerará definiciones, del ingreso del personal a bodega, de la recepción de productos, corroboración de HDS, clasificación y etiquetado, del despacho, forma de almacenar y capacidades máximas de almacenamiento.

    Para tener una referencia ante la ocurrencia de eventos de emergencia, el titular realizó una caracterización de las aguas subterráneas mediante análisis de calidad del agua de la fuente que se detalla en el Considerando 3.8. de esta Resolución.. Al respecto:

    1. Los resultados del análisis realizado, se presentan en detalle en el Adenda 1, Anexo 3.

    2. En caso de que se requiriera realizar monitoreo de aguas subterráneas, aguas abajo del área del proyecto, el titular ha señalado que éste se llevará a cabo en un punto cuyas coordenadas UTM, serán 6.364.209 (m) Norte y 317.947 (m) Este.

    3.15.  Medidas de Seguimiento.

    En el área de ejecución del proyecto, se mantendrán a disposición de los órganos del Estado con competencias fiscalizadoras:

    1. a. Durante la etapa de construcción, los registros que acreditarán la disposición final de las aguas servidas que se generarán durante esta etapa, en lugares autorizados, mediante copia de facturas, boletas y otros documentos que fueran pertinentes.

    2. b. Durante las etapas de construcción y operación, los comprobantes que acreditarán la disposición final de todo los residuos sólidos en lugares autorizados, mediante boletas, facturas u otros documentos que fueran pertinentes.

    En el área del proyecto se mantendrá a disposición de los órganos del Estado con competencias fiscalizadoras, registro de todos los elementos de protección personal que serán entregados a los trabajadores, con la respectiva capacitación de uso. También se mantendrá registro de las capacitaciones anuales que se dará a los trabajadores respecto de las medidas de prevención de riesgos y seguridad que se menciona en el Considerando 3.14. de esta Resolución., con las respectivas listas de asistencia.

    Se mantendrá en la faena un registro de los talleres que estuvieran autorizados para realizar las mantenciones o reparaciones de los equipos, maquinarias y vehículos que se emplearán durante la etapa de construcción, con los respectivos registros de trabajo.

    Durante toda la ejecución del proyecto, se controlará que el suministro de agua para consumo humano fuese en la cantidad y calidad que se establece en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

    Una vez que entrara en régimen la PTAS, se tomarán muestras de la humedad del lodo y se realizará una caracterización físico-química del mismo. Los resultados que se obtuvieran, deberán ser remitidos a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y Superintendencia de Medio Ambiente, en un plazo no superior a 20 días, contados desde la fecha de la toma de muestras.

    Se llevarán a cabo monitoreos de ruido para verificar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Los monitoreos se llevarán a cabo en los mismos receptores identificados en la DIA, Anexo 12, considerando una medición al mes de iniciada la etapa de construcción del proyecto y al mes de iniciada la etapa de operación, luego de lo cual, será semestral por un año. Los informes con los resultados de los monitoreos deberán ser remitidos en un plazo no superior a 20 días, contados desde la fecha en que se hubiera realizado el monitoreo, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Superintendencia de Medio Ambiente.

    Una vez al año se monitoreará la napa subterránea para verificar que no hubiese sido afectada por la ejecución del proyecto. También anualmente se reportarán los resultados obtenidos del monitoreo a la autoridad ambiental.

    Para garantizar un adecuado funcionamiento de la PTAS, se realizará muestreo de coliformes fecales y pH en el efluente de la misma, una vez al mes. Los resultados se mantendrán a disposición de la Autoridad Sanitaria y se reportará trimestralmente a la misma y a la Superintendencia de Medio Ambiente.

  4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:

    4.1 Normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. Entre otros, el proyecto deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos legales.

    4.1.1.  Ley Nº 17.288/70, sobre Monumentos Nacionales; y su Reglamento, D.S. Nº 484/90 del Ministerio de Educación, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante cualquier hallazgo arqueológico durante la ejecución del proyecto, el titular paralizará las obras y dará aviso inmediato a las autoridades competentes.

    Forma de cumplimiento.

    En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico el titular procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.288, de Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la situación anterior, el titular paralizará en forma inmediata las faenas que se estuvieran ejecutando y notificará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) sobre el hallazgo producido, para que determinara los procedimientos a seguir.

    4.1.2.  D.F.L. Nº 1/89, del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, entre las que se cuenta, el funcionamiento de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales y la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio y disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase.

    4.1.3.  D.F.L. Nº 458/75, establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y el D.S. Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Esta normativa se cumplirá automáticamente al momento en que el titular presente los antecedentes para la obtención de los permisos municipales y de salud, respectivos.

    4.1.4.  D.F.L. Nº 725/67 del Ministerio de Salud, que aprueba el Código Sanitario.

    4.1.5.  D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

    Forma de cumplimiento.

    Durante toda la ejecución del proyecto, se dará cumplimiento a los límites que se establecen en este cuerpo legal.

    4.1.6.  D.S. Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica, modificado por el D.S. N° 78/97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    4.1.7.  D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

    Forma de cumplimiento.

    Durante la etapa de operación del proyecto se cumple con todos los aspectos estructurales y operativos indicados en este cuerpo legal respecto de bodegas exclusivas para sustancias corrosivas.

    Para la rotulación de los maxisacos y sacos que contendrán Cal viva se dará cumplimiento a lo establecido en el Título XIII de este cuerpo legal. En específico, en el Adenda 1, Anexo 7, se presenta etiqueta que se utilizará en todos los maxisacos y sacos, considerando una dimensión de 20x15 (cm).

    El sistema de ventilación de las bodegas dará cumplimiento a lo que se establece al respecto en este cuerpo legal.

    4.1.8.  D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud, que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

    4.1.9.  D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

    Forma de cumplimiento.

    Tanto la segregación como el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos peligrosos que se generarán durante la ejecución del proyecto, darán cumplimiento a lo que se establece al respecto en este cuerpo legal.

    4.1.10.  D.S. N° 236/26 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras filtrantes, Cámaras de contacto, Cámaras absorbentes y Letrinas Domiciliarias, modificado por D.S. N° 685/87, D.S. N° 833/92, D.S. Nº 53/04 y D.S. Nº 75/04, todos del Ministerio de Salud.

    4.1.11.  D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y sus modificaciones, introducidas por el D.S. Nº 198/2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Forma de cumplimiento.

    Si bien la actividad de transporte de Cal viva hacia el área del proyecto y hacia los consumidores finales, no será parte del actual proyecto en evaluación, se verificará que los terceros que las lleven a cabo, den cumplimiento a lo que se establece al respecto en este cuerpo legal. En particular, durante la etapa de operación del proyecto no se permitirá el ingreso de camiones a las instalaciones proyectadas si no cumplen con lo que se establece en este cuerpo legal.

    4.1.12.  D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud.

    Forma de cumplimiento.

    Se mantendrá un control respecto del número mínimo de baños químicos a implementar durante la etapa de construcción del proyecto, y que éstos se encontraran instalados a no más de 75 (m) de las áreas de trabajo.

    Durante la ejecución del proyecto, se verificará que los aspectos de prevención de riesgos del trabajo a ejecutar, fueran acordes con los requisitos establecidos en este cuerpo legal. Además, se proporcionará a los trabajadores los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir, al igual que el adiestramiento necesario para el correcto uso de los mismos.

    4.1.13.  Resolución Exenta N° 133/2005 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera. Modificada por Resolución Exenta N° 2859/2007, también del SAG.

    Forma de cumplimiento.

    Durante la etapa de construcción del proyecto, existe la posibilidad de importar maquinarias, equipos o suministros con embalajes de madera, por tanto, se dará cumplimiento a lo que se establece en este cuerpo legal.

    4.1.14.  INN NCh 2190.Of93, que establece clasificación y tipo de riesgo de los residuos de sustancias peligrosas.

    4.2.  Permisos Ambientales Sectoriales.

    4.2.1.  Artículo 91,  que corresponde al permiso para la implementación del sistema particular de alcantarillado que se implementará para el manejo, tratamiento y disposición final de las aguas servidas que se generarán durante la etapa de operación del proyecto. En la DIA, Anexo 13, se presenta el detalle del sistema particular a implementar; y en el Anexo 14, los requisitos para el otorgamiento de este permiso. Adicionalmente, en el Adenda 1, Anexos 10 y 13, se entregan antecedentes complementarios sobre el sistema a implementar. Mediante el Ord. Nº 742 de 25.04.2013, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, se ha pronunciado conforme respecto de los antecedentes presentados para este permiso.

    4.2.2.  Artículo 93, que corresponde al permiso para el manejo de todos los residuos sólidos, peligrosos y no peligrosos, que se generarán durante la ejecución del proyecto. En la DIA, Anexo 15, se presentan los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. Mediante el Ord. Nº 1138 de 08 de agosto de 2012, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, ha señalado que está conforme con los antecedentes presentados para este permiso.

    4.2.3.  Artículo 94, que corresponde a la calificación industrial de las instalaciones proyectadas. Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en la DIA; y en el Adenda 1, Anexo 8, se presenta el Plan de Prevención de Riegos y Control de Enfermedades Profesionales. Mediante el Ord. Nº 742 de 25.04.2013, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, se ha pronunciado conforme respecto de los antecedentes presentados para este permiso y califica la actividad como Inofensiva.

    4.2.4.  Artículo 96, que corresponde al permiso para el cambio de uso del suelo del área del proyecto que se ubicará en zona rural y en las cuales se ejecutarán obras constructivas. Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en la DIA, Anexo 17, que entre otros antecedentes, presenta estudio agrológico y plano de cambio de uso de suelo. Al respecto,

    1. La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Valparaíso, mediante su Ord. N° 4472 de 7 de mayo de 2013, se pronunció favorable al otorgamiento de este permiso, condicionado a que el titular debe tener presente que en caso de considerar algún tipo de construcción en el área rural, corresponde la aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y, por lo cual, debe tramitar la autorización sectorial ante esta Secretaría, presentando los antecedentes administrativos y plano que indiquen las obras a construir, según corresponda.

    2. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, mediante su Ord. N° 1188 de 13 de mayo de 2013, se pronuncia conforme respecto de este permiso, señalando además que:

      1. El proyecto es concordante con el uso de suelo establecido en el instrumento de planificación territorial vigente.

      2. El titular ha realizado la aplicación de este permiso a la totalidad del predio en el cual se emplazará el proyecto, concluyendo que no se generarán nuevos núcleos al margen de la planificación.

      3. Sin perjuicio de lo anterior, el titular debe reconocer la aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, según corresponda al considerar edificaciones en el área rural.

  5. Que, sobre la base de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental; los pronunciamientos evacuados por los servicios que han participado en el proceso de evaluación y según lo considerado por esta Comisión, el proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales", no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el Art. 11 de la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente, dado lo siguiente:

    a)    Con relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que:

    a.1)  Emisiones a la atmósfera. Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas y minimizadas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10. de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    a.2)  Generación de Ruidos. Durante la ejecución del proyecto se producirán emisiones de ruido que serán controladas y minimizadas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.11. de esta Resolución. En particular, de acuerdo a lo informado por el titular durante la evaluación del proyecto, las emisiones no superarán los niveles máximos contemplados en la legislación vigente aplicable. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    a.3)  Residuos Líquidos. Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos líquidos que serán manejados, tratados y dispuestos de acuerdo a las medidas que se detallan en el Considerando 3.12. de esta Resolución. Durante la etapa de operación no se generarán residuos industriales líquidos. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    a.4)  Residuos Sólidos. Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos sólidos que serán manejados y dispuestos según se detalla en el Considerando 3.13. de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    a.5)  Formas de Energía. Durante la ejecución del proyecto no se generará ninguna forma de energía. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    b)    Con relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:

    b.1) Recurso Aire. Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas y minimizadas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10. de esta Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    b.2)  Recurso Suelo. Parte del predio en que se ejecutará el proyecto se encuentra en zona rural; mientras que el resto, en una zona normada por el Plan Regulador Comunal de Llay Llay, correspondiendo a una Zona I-1, que dentro de los usos permitidos se identifican aquellos asociados bodegas, industrias y almacenamiento.

    Además, el recurso suelo existente en el área del proyecto es Clase VIs, por lo que no corresponderá a un recurso susceptible de perderse.

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    b.3)  Recurso Agua. Dado el tipo de proyecto a ejecutar, no requerirá interferir ni explotar recursos hídricos.

    La profundidad del nivel freático en el área en que se emplazarán el proyecto, es de 2,06 (m), conforme a informe de prueba de bombeo que se presenta en la DIA, Anexo 13; y la dirección de escurrimiento de la napa, es de Este a Oeste, según Mapa Hidrogeológico de Chile del año 1986, de la Dirección General de Aguas, según extracto se adjunta en la DIA, Anexo 9.

    Luego, y dado que la cota máxima de excavación de las obras proyectadas se encontrará a 0,5 (m), no se afectará el sello de la napa.

    Además, todos los pavimentos se diseñarán para que tuvieran pendiente en dirección hacia las zanjas de infiltración del proyecto de aguas lluvias, según se describe en el Adenda 1, Anexo 10,  con lo que se garantizará que el agua lluvia que será recolectada en el área del proyecto por los pavimentos, no serán descargadas a los canales perimetrales existentes en el predio.

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    b.4)  Recurso Flora y Fauna. Durante la ejecución del proyecto no se intervendrán este tipo de recursos. Además, dadas las intervenciones antrópicas anteriores, en el área en que se ejecutará el proyecto no existe vegetación ni fauna nativa que pudiera ser afectada por la ejecución del mismo. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    c)  Con relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que:

    Parte del predio en que se ejecutará el proyecto se encuentra en zona rural; mientras que el resto, en una zona normada por el Plan Regulador Comunal de Llay Llay, correspondiendo a una Zona I-1, que dentro de los usos permitidos se identifican aquellos asociados bodegas, industrias y almacenamiento. Además, la ejecución del proyecto será concordante con este instrumento de planificación.

    El centro poblado más cercano al área del proyecto corresponderá a la población El Salitre, que se ubicará a una distancia de 300 (m); y la vivienda más cercana, a 115 (m).

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    d)  Con relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que:

    Parte del predio en que se ejecutará el proyecto se encuentra en zona rural; mientras que el resto, en una zona normada por el Plan Regulador Comunal de Llay Llay, correspondiendo a una Zona I-1, que dentro de los usos permitidos se identifican aquellos asociados bodegas, industrias y almacenamiento. Además, la ejecución del proyecto será concordante con este instrumento de planificación.

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    e)    Con relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar que:

    Parte del predio en que se ejecutará el proyecto se encuentra en zona rural; mientras que el resto, en una zona normada por el Plan Regulador Comunal de Llay Llay, correspondiendo a una Zona I-1, que dentro de los usos permitidos se identifican aquellos asociados bodegas, industrias y almacenamiento. Además, la ejecución del proyecto será concordante con este instrumento de planificación.

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

    f)    Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se puede indicar que:

    El proyecto no se encuentra próximo a monumentos nacionales y tampoco considera ejecutar actividades de ningún tipo sobre algún monumento.

    Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

  6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, en caso que el proyecto fuese calificado favorablemente, el titular se ha comprometido a:

    1. Socializar el Plan de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias del proyecto con la Junta de Vecinos del sector y/u otras organizaciones funcionales o territoriales presentes en el sector en que se emplazará el mismo. Para esto, tomará contacto con la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Llay-Llay, para identificar las comunidades y organizaciones funcionales que podrán recibir esta información. Una vez que se tuviera la calificación ambiental favorable del proyecto, con su respectiva resolución de calificación, se desarrollarán reuniones informativas con la comunidad, a fin de entregarles información definitiva en éstas respecto de los compromisos que serán asumidos por el titular.

    2. Realizar el ingreso de las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA, de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.

  7. Que, respecto de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo y al Plan de Desarrollo Regional de la Región de Valparaíso, el proyecto se propone como acorde a los lineamientos de estos planes con los que se relaciona, siendo además un aporte al cumplimiento de los objetivos estratégicos planeados para la región. En particular,

    1. El proyecto que se localizará en la comuna de Llay-Llay, Región de Valparaíso, y contemplará la generación de empleo en forma directa e indirecta, tanto para la etapa de construcción como operación, por lo que su ejecución constituirá un aporte al desarrollo socioeconómico a la región y al de sus habitantes.

    2. Adicionalmente el proyecto considerará todos los aspectos de seguridad y condiciones técnicas, propiciando la sustentabilidad de las actividades del proyecto, protegiendo los recursos ambientales y cumpliendo a cabalidad con todos los estándares técnicos y de seguridad que son exigidos a instalaciones industriales en nuestro país.

  8. Que, respecto de la relación del proyecto con planes de desarrollo comunal, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo y al Plan de Desarrollo Comunal de Llay-Llay, el proyecto se propone como acorde a los lineamientos de este plan, con los que se relaciona. En particular, el proyecto se encontrará en concordancia con los lineamientos estratégicos de la comuna de Llay-Llay, ya que se contemplará la creación en forma directa e indirecta de puestos de trabajo tanto en la etapa de construcción como operación, por lo que constituye un aporte al desarrollo socioeconómico de la comuna de Llay-Llay.

  9. Que, respecto de la compatibilidad territorial, una parte del área en que se emplazará el proyecto, se ubica en zona rural, mientras que lo restante, en área urbana normada por el Plan Regulador Comunal de Llay Llay, correspondiendo ésta a Zona I-1, que dentro de los usos permitidos se identifican aquellos asociados bodegas, industrias y almacenamiento.

  10. Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del Proyecto, por lo cual para que éste pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  11. Que, la Declaración de Impacto Ambiental, sus Adenda y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación se considerarán oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se considerarán asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones que quede sujeto por la presente Resolución.

  12. Que, en relación con la identificación de impactos ambientales no previstos en la evaluación ambiental del proyecto, el titular deberá informar oportunamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo acto seguido las acciones o medidas ambientales necesarias para hacerse cargo de las mismas. La información deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido el o los impactos ambientales.

  13. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Res. Ex. N° 844 de la Superintendencia de Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el día 02 de enero de 2013.

  14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  15. Que, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Nº 19.300 y del artículo 2 literal d) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  16. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia de Medio Ambiente la ocurrencia de cambios de titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto.

  17. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  18. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Evaluación de la Región de Valparaíso,

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales", en adelante el proyecto, presentado por el Señor Carlos Daniel Zamitto, en representación de El Volcán S.A.

  2. La presente Resolución no exime a El Volcán S.A. de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.

  3. CERTIFICAR que el proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y cumple con los requisitos ambientales de los Permisos Ambientales Sectoriales Nº 91, N° 93, N° 94 y N° 96, establecidos en el Título VII del D.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  4. Que para que el proyecto pueda ejecutarse deberá dar cabal cumplimiento a todas las exigencias, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

  5. Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.

  6. Se hace presente que, contra de la presente Resolución procede la reclamación del artículo 20 de la Ley 19.300. El plazo para interponer estos recursos es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Raúl Eduardo Celis Montt
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Valparaíso




Genoveva Antonia Razeto Cáceres
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Valparaíso




GRC/pcss/GPF/SFT

Distribución:
  • Carlos Daniel Zamitto
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
  • Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
  • Gobierno Regional, Región de Valparaíso
  • Ilustre Municipalidad de Llay Llay
  • SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso
  • SEREMI Salud, Región de Valparaíso
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
  • Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso
  • Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Tomás Ochoa Capelli
  • Mauricio Silva Malig
  • Rodrigo Sepúlveda Pesoa
C/c:
  • Sr. Raúl Celis Montt, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
  • Sra. Coordinadora Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • Expediente del Proyecto "Almacenamiento de Cales Industriales"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2b/f0/24d0d331ebceab64d41d3e20ebe518eb4db0


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR