1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas".
2. Que, el derecho de la Sociedad Depetris Deflorian Hermanos Ltda., (en adelante, el Titular), a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el proyecto "Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas" (en adelante, el Proyecto) consiste en el transporte de sustancias peligrosas desde la I Región de Tarapacá hasta la VIII Región del Bío Bío.
3.1. Ubicación
En la Tabla N°1 se presenta el detalle de todas las regiones, provincias y comunas, por las cuales el Sociedad Depetris Deflorian Hermanos Ltda. transportará las sustancias peligrosas.
Tabla N°1.Regiones, provincias y comunas por donde se transportará sustancias peligrosas.
| REGIÓN | PROVINCIA | COMUNA |
| I Región de Tarapacá | Tamarugal | Pica y Pozo Almonte |
| II Región de Antofagasta | Antofagasta | Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y Taltal |
| El Loa | Calama |
| Tocopilla | María Elena |
| III Región de Atacama | Chañaral | Chañaral |
| Copiapó | Caldera, Copiapó y Tierra Amarilla |
| Huasco | Alto del Carmen y Vallenar |
| IV Región de Coquimbo | Choapa | Canela, Illapel, Los Vilos y Salamanca |
| Elqui | Andacollo, Coquimbo, La Higuera, La Serena y Vicuña |
| Limarí | Ovalle |
| V Región de Valparaíso | Los Andes | Calle Larga, Los Andes, Rinconada y San Esteban |
| Petorca | Cabildo, La Ligua, Papudo y Zapallar |
| Quillota | La Calera, Hijuelas y Nogales |
| San Felipe de Aconcagua | Catemu, Llay llay, Panquehue, Putaendo y San Felipe |
| Valparaíso | Puchuncaví |
| Región Metropolitana | Chacabuco | Colina, Lampa y Tiltil |
| Maipo | Buin, Paine y San Bernardo |
| Melipilla | Alhué, Melipilla y San Pedro |
| Santiago | Cerrillos, Conchalí, El Bosque, La Cisterna, Las Condes, La Pintana, Lo Barnechea, Lo Espejo, Maipú, Pedro Aguirre Cerda, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Recoleta, Renca, San Miguel, Santiago y Vitacura |
| Talagante | El Monte, Padre Hurtado, Peñaflor y Talagante |
| Cordillera | San José de Maipo y Puente Alto |
| VI Región del Libertador General Bernardo O´Higgins | Cachapoal | Codegua, Graneros, Las Cabras, Machalí, Malloa, Mostazal, Olivar, Rancagua, Rengo y Requínoa |
| Colchagua | Chimbarongo y San Fernando |
| VII Región del Maule | Curicó | Curicó, Molina, Romeral, Sagrada Familia y Teno |
| Linares | Linares, Longaví, Parral, Retiro, San Javier, Villa Alegre y Yerbas Buenas |
| Talca | Maule, Río Claro, San Rafael y Talca |
| VIII Región del Bío Bío | Concepción | Florida, Penco, Talcahuano y Tomé |
| Ñuble | Chillán, Chillán Viejo, Ñiquén, Quillón, Ránquil, San Carlos y San Nicolás |
3.2. Monto de Inversión:
El monto de inversión asciende a la suma de US $15.000.000
3.3. Vida útil:
Se considera una vida útil indefinida.
3.4. Mano de Obra:
La mano de obra para la ejecución del Proyecto será la siguiente:
Conductores: 125 personas mensuales (flota propia y subcontrato).
Jefe de Operaciones: 1 persona (coordinar carga y descarga).
Supervisores de Flota: 2 personas.
Prevencionista de Riesgo: 1 persona.
El horario de funcionamiento de la actividad de transporte será las 24 horas del día. Las condiciones de la jornada laboral se encuentran descritas en el numeral 2.1.3. “Jornada Laboral”, de la DIA.
3.5. Descripción del Proyecto:
El Proyecto consiste en el transporte terrestre interregional de sustancias peligrosas por carretera desde la I Región de Tarapacá hasta la VIII Región del BioBío.
El Proyecto en evaluación considera únicamente el transporte de sustancias desde los expedidores, hasta sus destinatarios, por lo que no considera la actividad de almacenamiento ni la distribución desde los destinatarios locales hacia otros clientes.
3.5.1. Sustancias a Transportar.
a. Cal viva (CaO), insumo que es utilizado en procesos metalúrgicos de faenas mineras, el cual está clasificado según la Norma Chilena 2.120/8 Of.2004 como una “Sustancia Corrosiva‐Clase 8” (NU 1910), perteneciente al grupo de embalaje III “Sustancias que presentan un peligro escaso”.
b. Emulsión de Nitrato de Amonio (Matriz UG‐06 y Matriz EL‐928), insumo utilizado para preparar explosivos intermedios para voladuras en faenas mineras, el cual está clasificado según la Norma Chilena 2.120/5 Of. 2004 como una “Sustancia Comburente‐Clase 5.1” (NU 3375), perteneciente al grupo de embalaje II “Sustancias que presentan un peligro intermedio”, correspondiente a una sustancia reactiva.
c. Nitrato de Amonio, insumo que es utilizado como sellador para explosivos en faenas mineras (permite la fragmentación de roca de la minería en general), el cual está clasificado según la Norma Chilena 2.120/5 Of. 2004 como una “Sustancia Comburente‐Clase 5.1” (NU 2426), perteneciente al grupo de embalaje II “Sustancias que presentan un peligro intermedio”, correspondiente a una sustancia reactiva.
d. Petróleo Diesel, insumo utilizado para el abastecimiento de combustible para consumo propio, el cual está clasificado según Norma Chilena 2.120/3 Of. 2004 como una “Sustancia Líquida Inflamable‐Clase 3.3” (NU 1202), perteneciente al grupo de embalaje III “Sustancias que presentan un peligro escaso”.
3.5.1.1. Hojas de Datos de Seguridad
Las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias antes descritas se encuentran en el Anexo N° 2 “Hojas de Seguridad” de la DIA.
3.5.1.2. Expedidores
La cal viva proviene de Argentina y su internación a Chile se efectúa a través del paso Los Libertadores. Los expedidores de las demás sustancias se localizan en territorio chileno, tal como se indica a continuación en la Tabla N°2.
Tabla Nº 2. Expedidores de Sustancias Peligrosas.
| Sustancia Peligrosa | Expedidor | Dirección | País |
| CAL VIVA | Minera Tea | Complejo Industrial La Laja S/N, Albardón, C.P. 5.400, San Juan. | Argentina |
| Minera Los Berros. | Ruta Nacional 153, Km 23.5 Los Berros, C.P 5431, San Juan. |
| Planta CEFAS | Ruta Provincial 351 s/n Cienaguita – Dpto. de Sarmiento, San Juan |
| Planta Jáchal. Compañía Minera del Pacífico. | Zapata 453, San José de Jáchal, San Juan. |
| EMULSIÓN DE NITRATO DE AMONIO | Planta Prillex América. ENAEX. | Av. Costanera Norte 300, Comuna Mejillones. Región de Antofagasta. | Chile |
| NITRATO DE AMONIO |
| PETRÓLEO DIESEL | Planta Lonquén, Mesa de Carga Terpel | Camino a Melipilla N° 15.500, Comuna Padre Hurtado, Región Metropolitana. |
Los insumos de cal viva, emulsión nitrato de amonio y nitrato de amonio serán transportados desde los expedidores indicados hacia los distintos destinatarios, los cuales corresponden a distintas faenas mineras, plantas industriales y bodegas ubicadas en el territorio nacional, entre la I Región de Tarapacá y la VIII Región del Bío Bío. En la Tabla Nº 3 se presenta el detalle de los destinos considerados para el transporte de estas sustancias.
Por su parte, el transporte de Petróleo Diesel será efectuado con fines de consumo propio para la actividad, razón por la cual el transporte de esta sustancia se efectuará únicamente desde el expedidor Planta Lonquén ubicado en la Región Metropolitana hacia 4 destinatarios: Planta Quilicura, Planta Maitenes, Planta Teno y Planta Mina Teno.
El Titular indica que el transporte de Petróleo Diesel sólo se efectuará a destinos que cuenten con las autorizaciones pertinentes para las actividades de almacenaje y/o utilización del producto, por lo que al momento de operación del Proyecto, todos los destinos considerados deberán contar con Resolución Sanitaria, Resolución de Calificación Ambiental y/o Autorización de la SEC, según corresponda, para Instalación de Combustible para consumo propio.
Tabla Nº 3. Destinatarios considerados para la actividad de transporte de sustancias peligrosas.
| DESTINATARIOS CAL VIVA, EMULSIÓN NITRATO DE AMONIO, NITRATO DE AMONIO | DIRECCIÓN | REGIÓN |
| CLIENTES | PLANTA |
| CODELCO | Teniente Colón | Carretera el Cobre S/N; Colón Bajo, Comuna Machalí. | VI |
| Teniente Caletones | Carretera el Cobre S/N; Caletones, Comuna Machalí. | VI |
| Andina | Camino Saladillo Río Blanco S/N, Comuna Los Andes. | V |
| Ventanas | Carretera F-30-E, Comuna Puchuncaví. | V |
| Proyecto Mina Alejandro Hales | Proyecto a 5 Km de la ciudad de Calama, Comuna Calama. | II |
| Proyecto Chuqui Subterránea | Proyecto ubicado en división codelco norte, Comuna Calama | II |
| Anglo American Chile | Confluencia | Camino La Disputada S/N, Comuna Lo Barnechea. | RM |
| Las Tórtolas | Carretera General San Martín, Comuna Colina. | RM |
| San Francisco | Camino La Disputada S/N, Comuna Lo Barnechea. | RM |
| Div. Los Bronces | Camino La Disputada S/N, Comuna Lo Barnechea. | RM |
| División El Soldado | Comuna Nogales. | V |
| Fundición Chagres | Ruta CH-60, Comuna Catemu. | V |
| División Mantos Blancos | A 45 Km. al noreste de Antofagasta, Comuna Antofagasta. | II |
| Minera Rayrock Ltda. | Planta Rayrock | Calle Camino a Tocopilla 110 km, Comuna Antofagasta. | II |
| Compañía Minera Milpo S.A | Iván Zar | Camino a Mejillones Km. 45, Comuna Antofagasta. | II |
| Sociedad Punta del Cobre S.A Pucobre | Pucobre | Punta del Cobre s/n, Comuna Tierra Amarilla. | III |
| Compañía Minera Casale | Cerro Casale | Comuna Tierra Amarilla | III |
| Compañía Contractual Candelaria | Candelaria | A 16 km al sureste de la ciudad de Copiapó, Comuna de Tierra Amarilla. | III |
| Compañía Contractual Ojos del Salado | Ojos del Salado | Punta del Cobre s/n, Comuna Tierra Amarilla. | III |
| Compañía Minera Maricunga | Maricunga | Distrito minero de Maricunga, Comuna Tierra Amarilla. | III |
| Compañía Minera San Esteban Primera S.A | San Esteban | Callejón El Inca Nº 105, Comuna de Copiapó. | III |
| Goldcorp | Caserones | Ubicado a 115 km al noroeste de la ciudad de Copiapó. Comuna de Tierra Amarilla. | III |
| El Morro | Sector El Morro, aproximadamente a 72 km al nororiente del poblado de Chanchoquín, Comuna Alto del Carmen. | III |
| CAP Minería | El Algarrobo | Valle del Huasco, Comuna Vallenar. | III |
| Compañía Minera Barrick Chile Ltda | Pascua Lama | A unos 150 km al suroriente de la ciudad de Vallenar, Comuna de Alto del Carmen. | III |
| Compañía Minera San Gerónimo | División Lambert | Sector Lambert, Comuna de La Serena. | IV |
| División Talcuna | Sector Talcuna, Comuna Vicuña. | IV |
| División Condoriaco | Sector Condoriaco, Comuna de La Serena. | IV |
| Minera Global Copper Chile S.A | Relincho | 50 km al este de Vallenar, Comuna Vallenar. | III |
| Atacama Minerals Chile S.CM. | Planta Sector Aguas Blancas | Camino Viejo Escondida, posada Las Primas 30 km adentro, Comuna Antofagasta. | II |
| Compañía Minera Dayton. | Dayton | Sector La Laja S/N, Comuna Andacollo | IV |
| Compañía Teck Carmen de Andacollo | Proyecto Hipógeno | Camino a Chepiquilla s/n, Comuna Andacollo | IV |
| Minera Los Pelambres | Planta Chacay | Ruta D-81 s/n, Los Pelambres, Comuna Salamanca. | IV |
| Sociedad Contractual Minera Tres Valles | Tres Valles | Comuna Salamanca, Quebrada de Quilmenco, aproximadamente a 7 Km al noroeste de la misma ciudad. | IV |
| Compañía Minera Cerro Negro | Cerro Negro | Hacienda Los Ángeles s/n, Pitipeumo Cerro Negro, Comuna Cabildo. | V |
| Compañía Minera Pimentón | Pimentón | Comuna Putaendo. | V |
| Sociedad Minera Las Abuelitas Ltda | Las Abuelitas | Camino a Cholqui s/n, Cajón de Aculeo, Comuna Melipilla. | RM |
| Minera Florida S.A | Minera Florida | Camino El Asiento s/n, Comuna Alhué. | RM |
| Minera Valle Central S.A | Planta Requínoa | Colihues Km. 13, Comuna Requínoa. | VI |
| Compañía Minera La Patagua | Las Pataguas | Mineral La Patagua S/N, Comuna La Ligua. | V |
| Antofagasta Minerals S.A | Proyecto Antucoya | Proyecto a 45 Km al Este de minera Michilla, Comuna Mejillones. | II |
| Proyecto Esperanza | Proyecto a 100 Km de Calama, Comuna Sierra Gorda. | II |
| Quadra Mining Limitada | Proyecto Franke | Sector de Altamira, Comuna Antofagasta. | II |
| Proyecto Sierra Gorda | Proyecto a 5 km de la localidad de Sierra Gorda, Comuna Sierra Gorda. | II |
| Minera Escondida Limitada | Proyecto Escondida | Proyecto a 170 Km al sudeste de Antofagasta, Comuna Antofagasta. | II |
| Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi | Proyecto Ampliación Fase I | Proyecto a 180 Km al sudeste del Puerto de Iquique, Comuna Pica. | I |
| Xstrata Copper | Proyecto Lomas Bayas II | Proyecto a 110 km al noroeste de la ciudad de Antofagasta, Comuna Calama. | II |
| Compañía Minera Quebrada Blanca | Quebrada Blanca | Proyecto a 170 km al sudeste de Iquique, Comuna Pica. | I |
| SOPRACAL | Planta Melipilla | Av.José Massoud 230, Comuna Melipilla. | RM |
| CEFAS | Planta Colina | Parque Industrial Los Libertadores, Bdo O´higgins 147, Comuna Colina. | RM |
| CAP HUACHIPATO (Compañía Acero del Pacífico) | Planta Talcahuano | Av. Gran Bretaña 2910, Comuna Talcahuano. | VIII |
| SIBELCO CHILE | Bodega Noviciado | Camino Chorrillos I Lote A, Parcela A-9, Parque Industrial de Noviciado, Comuna Lampa. | RM |
| Bodega San Ignacio | San Ignacio Nº 651, Parque Industrial Buenaventura, Comuna Quilicura. | RM |
| VOLCÁN CHILE S.A | Bodega Volcán | Manuel Antonio Matta #1790, Comuna Quilicura. | RM |
| Depetris Ltda | Planta Quilicura | Av. Eduardo Frei Montalva 9870, Comuna Quilicura | RM |
| Planta Teno | Longitudinal 5 Sur, Parcela 19, Km 175, Comuna Teno. | VII |
| Planta Maitenes | Camino El Alfalfal Km 11, Comuna San José de Maipo. | RM |
| Planta Mina Teno | Hijuela tercera, Fundo Los Maitenes, Cajón El Colorado, Cota 1900, Comuna de Romeral | VII |
Las bodegas consideradas por el Proyecto - Bodega Noviciado, ubicada en la comuna de Lampa y Bodega San Ignacio, ubicada en la comuna de Quilicura - cuentan con RCA favorable y/o con sus respectivas Resoluciones Sanitarias del Ministerio de Salud que autorizan el almacenamiento de estas sustancias, tal como se señala en el numeral 2.1. “Definición del Proyecto” de la DIA.
Sin perjuicio de lo anterior, se agrega en la Adenda N°1, numeral 2.1.1 “Descripción de Proyecto”, que al momento de operación del Proyecto, todos los destinos considerados deberán contar con Resolución Sanitaria, Resolución de Calificación Ambiental y/o Autorización de la SEC, según corresponda. Si algún destino considerado en la evaluación, no cuenta con dicha autorización al momento de operación del Proyecto, el Titular se compromete a no realizar el transporte de la sustancia hacia dicho destino, mientras éste no haya regularizado su situación.
3.5.2. Partes, Acciones y Obras Físicas:
El Proyecto en evaluación contempla el transporte de sustancias peligrosas desde los expedidores hasta los destinatarios finales considerados.
3.5.2.1. Carga y Descarga de Sustancias Peligrosas.
De acuerdo a lo que señala el artículo 24 del D.S. N°298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, el conductor de la empresa transportista no participará de las actividades de carga y descarga a no ser que el expedidor y/o destinatario autoricen su participación. Ante esto, se indica que el Proyecto en evaluación no considera las operaciones de carga y descarga, por lo que el conductor no participará ni interferirá en estas actividades, las cuales deberán ser realizadas únicamente por el expedidor o destinatario de la carga.
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular mantiene instructivos de carga y descarga específicas por cada tipo de sustancia los que se presentan en Anexo N° 5 “Instructivos de Carga y Descarga” de la DIA.
Independientemente del tipo de sustancia a transportar, en todos los procesos de carga y descarga de sustancias peligrosas se velará por el cumplimiento de las medidas básicas de seguridad para evitar la ocurrencia de emergencias, como se señala en el numeral 2.2.1 “Carga y Descarga de Sustancias Peligrosas” y Anexo 4 “Procedimientos para Emergencias y Programas de Prevención de Riesgos”, correspondientes a la DIA.
El Titular se responsabilizará de verificar que los lugares de carga y descarga de la sustancia a transportar cumplan con todos los requisitos listados en el numeral 2.1.2. “Lugares de Carga y Descarga” de la Adenda N°1.
3.5.2.2. Transporte.
Debido a que el Proyecto corresponde al transporte de sustancias peligrosas el proyecto dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamenta el Transporte de Carga Peligrosa por Calles y Caminos.
3.5.3. Rutas a Utilizar.
En la tabla N°6 se presentan las rutas preferentes a utilizar para el transporte de sustancias peligrosas desde el expedidor hasta sus destinatarios nacionales, las cuales se pueden visualizar en detalle en el Anexo N°1 “Planos Corregidos” y Anexo N°2 “Tabla Rutas Corregidas”, ambos de la Adenda N°2.
Tabla N° 6 Rutas a Utilizar
| Región | Comunas | Rutas | Instalación de Origen | Destino | Sustancia a Transportar | Cantidad | Frecuencia (viajes/mes) |
| I Región de Tarapacá | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta-Chile Pozo Almonte- Pica | Pica: Ruta 5/A-687. Cruce Ruta 5 (Pozo Almonte)-Cerro Colorado-La Cascada-Cruce A-97 (Ruta Andina)/A-97. Ruta Andina, Sector Límite Regional-Cruce Ruta 15 CH (Escapiña) | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Proyecto Ampliación Fase I Collahuasi Proyecto Quebrada Blanca Cía. Minera Quebrada Blanca | Cal viva - Emulsión Nitrato de Amonio - Nitrato de Amonio | 5.000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| II Región de Antofagasta | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta, Chile- María Elena/Taltal- Antofagasta- Mejillones- Calama Sierra Gorda | Calama: B-149.Cruce B-141-San José del Abra (Conchi Viejo)/Ruta 24. Cruce Ruta 5 (Crucero)-Cruce Ruta 1 (Tocopilla)/Ruta 23 CH. Calama-San Pedro de Atacama-Paso Sico/Ruta B-255. Cruce Ruta 23 CH (cerro Moctezuma - Salar Elvira)/Ruta 25. Cruce Ruta 5 (Carmen Alto) - Calama-Cruce Ruta 5 (Crucero). | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) - Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Sector Aguas Blancas Atacama Minerals División Mantos Blancos Anglo American | Cal viva - Emulsión Nitrato de Amonio - Nitrato de Amonio | 5.000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| María Elena: Ruta 24. Cruce Ruta 5 (Crucero)-Cruce Ruta 1 (Tocopilla)/Ruta 5 | Planta Rayrock Minera Rayrock Ltda. |
| Sierra Gorda: Ruta 25. Cruce Ruta 5 (Carmen Alto) - Calama-Cruce Ruta 5 (Crucero)/Ruta 5/Ruta B-229. Cruce Ruta 25 (Sierra Gorda)-Cerro Caracoles/Ruta B-227. Cruce B-229-El Tesoro Leonor. | Iván Zar Cía. Minera Milpo S.A |
| Mejillones: Ruta B-216. Cruce Ruta 1 (Michilla)-Alto Michilla/Ruta B-240. Cruce Ruta 1 (Naguayán)-Cruce Ruta 1 (Michilla)/Ruta B-262. Cruce Ruta 1 Acceso Norte a Mejillones/S/R. Cruce Longitudinal (Salar de Miraje)-Estación Deseada-Cruce B-240/Ruta 1. Cruce Ruta 5 (Las Breas) - Tal Tal - Río Loa, Iquique. | Proyecto Franke Quadra Mining Ltda |
| Antofagasta: Ruta B-400. Cruce Ruta 5 (Uribe)-Cruce Ruta 1/Ruta B-350. Cruce B-400-Sierra El Desesperado/Ruta 26. Cruce Ruta 5 (Uribe)-Cruce Ruta 1 (Antofagasta)/Ruta B-475. Cruce Ruta 5 (La Negra)-Cruce B-55 (Estación Augusta Victoria)/Ruta B-55. Cruce Ruta 5 (Barazarte)-Socompa/Ruta B-605. Cruce Ruta 5-Cruce B-55 (Yungay)/Ruta B-625. Cruce B-605 (Aguas Blancas)-Cruce B-613 (Oficina San Martín) | Proyecto Escondida Minera Escondida Ltda. Proyecto Antucoya Antofagasta Minerals Proyecto Lomas Bayas II Xstrata Copper Proyecto Alejandro Hales Codelco Proyecto Chuqui Subterránea Codelco Proyecto Esperanza Antofagasta Minerals S.A. Proyecto Sierra Gorda Quadra Mining Limitada |
| III Región de Atacama | San Juan, Argentina, Mejillones, Antofagasta ,Chile, Caldera/Chañaral, Tierra Amarilla, Copiapó, Vallenar, Alto del Carmen | Tierra Amarilla: Ruta C‐411. Cruce Ruta 5‐Cruce C‐35 (Nantoco) /C‐401. Cruce C‐35 (Cerrillos)‐Lomas Bayas/C‐35. Cruce Ruta 31CH (Palpote)‐Juntas/C‐535. Pastos Largos‐Juntas el Potro/C‐453. Cruce C‐35‐Juntas El Potro/C‐503. Aguada‐ Carrizalillo | Cal viva (Mineras TEA y Los | Ojos del Salado Cía Contractual Ojos del Salado Maricunga Cia Minera Maricunga Pucobre Sociedad Punta del Cobre S.A Candelaria Cía. Contractual Candelaria Caserones Goldcorp Cerro Casale Cía. Minera Casale | | | |
| Copiapó: Ruta 5 | Berros y Planta Jáchal) ‐ Emulsión | San Esteban Cía. Minera San Esteban | Cal viva ‐ Emulsión | 5000 ton/mes de | 167 viajes por c/d |
| Caldera: Ruta 5/C‐351. Cruce Ruta 5‐ |
| Cruce ‐C‐327 (Mina Adrianita) |
| Vallenar: Ruta 5/C‐479. Cruce C‐485 (Vallenar)‐Los Morteros/C‐455. Cruce Longitudinal (Algarrobal) ‐ El Donkey‐Los Morteros/C‐485. Cruce Ruta 5‐Algarrobo/C‐486. Cruce Longitudinal‐ Algarrobo‐Punta del Viento | Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Relincho Minera Global Copper Chile S.A El Algarrobo CAP minería | Nitrato de Amonio | c/d sustancia | sustancia a transportar |
| Alto del Carmen: C‐495. Cruce C‐ 485 (Alto del Carmen)‐Conay‐Junta Valeriano/C‐487. Cruce 495 (Chanchoquín) ‐ La Tótora/C‐501. Cruce C‐495 (Conay)‐ Mina El Nevado/C.499. Variante Los Perales | El Morro Goldcorp Pascua Lama Cia Minera Barrick Ltda. |
| IV Región de Coquimbo | La Serena: Ruta 5/D‐205. Cruce D‐ 201 (Islón)‐Almirante Latorre‐Cruce D‐215 (Viñita Baja)/Ruta 41 CH. Camino Internacional Gabriela Mistral | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) ‐ Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | División Lambert ‐ Cía. Minera San Gerónimo División Condoriaco‐ Cía Minera San Gerónimo | Cal viva ‐ Emulsión Nitrato de Amonio ‐ Nitrato de Amonio | 5000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Vicuña: Ruta 41 CH. Camino Internacional Gabriela Mistral/D‐ 215. Cruce Ruta 41 CH (Marquesa)‐ Viñita Baja‐Caserones/ | División Talcuna ‐ Cía. Minera San Gerónimo |
| Andacollo: D‐51. Cruce Ruta 43 (El Peñon)‐Andacollo/By Pass Andacollo | Proyecto Hipógeno Cía. Teck Carmen de Andacollo |
| Coquimbo: Ruta 5/D‐35. Cruce Ruta 5 (La Cantera)‐Cruce Ruta 43 (Pan de azúcar)/Ruta 43/Ruta D-51 | Dayton‐ Cía. Minera Dayton |
| Illapel: Ruta 47. Cruce Ruta 5 (Los | Planta Chacay‐Minera Pelambres |
| Vilos)‐Cruce D‐81 (Illapel)/D‐81. Illapel‐Salamanca |
| Salamanca: Ruta D‐835. Cruce D‐81 (Salamanca)‐Cuncumén/Ruta 871.Cruce D‐835 (La Higuera)‐Los Portones. | Tres Valles ‐ Cía. Minera Tres Valles |
| V Región de Valparaíso | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta,Chile Calera/Calle Larga/Hijuelas/Llaillay/Panquehue/Papudo/ Rinconada/San Esteban/San Felipe/Zapallar, Los Andes, Catemu, Puchuncaví, Nogales, La Ligua, Cabildo, Putaendo | Los Andes: Ruta 57 CH A. Vespucio- Túnel Chacabuco-San Vicente-Cruce 60 CH /Ruta 60. Cruce Ruta 5 Norte (Hijuelas) - Villa Dulce - Cruce Ruta 68 - Camino La Pólvora - Valparaíso/E-767. Río Blanco - Saladillo. | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) - Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Andina-CODELCO | Cal viva - Emulsión Nitrato de Amonio - Nitrato de Amonio | 5.000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Catemu: Ruta 60. Cruce Ruta 5 Norte (Hijuelas) - Villa Dulce - Cruce Ruta 68 - Camino La Pólvora - Valparaíso | División Chagres - Anglo American |
| Puchuncaví: Ruta 5 Norte sector: Montenegro - Los Ermitaños/F-20. Nogales - Puchuncaví/F-30-E. Cruce Ruta 5 Norte (Quinquimo)-Papudo-Cruce 60 CH (Reñaca Alto). | Planta Ventanas CODELCO |
| Nogales: Ruta 5 Norte/F 121. Cruce Ruta 5 Norte-Chamizal/F-20. Nogales-Puchuncaví. | División El Soldado-Anglo American |
| La Ligua: Ruta 5 Norte/E-39. Cruce Ruta 5 Norte (Quinquimo)-La Ligua | Las Pataguas-Cía. Minera La Patagua |
| Cabildo: E-35. Cruce Ruta 5 Norte (Quebradilla)-La Ligua-Petorca-Chincolco/E-455. El Quemado-Las Puertas por la Mora/E-41. Cabildo-La Vega-Guayacán-El Tártaro-Putaendo/E-461. Guayacán-Cerro Negro. | Cerro Negro Cía. Minera Cerro Negro |
| Putaendo: E-71. San Felipe-Putaendo/E-525. Putaendo-Resguardo Los Patos. | Planta Pimentón-Cía. Minera Pimentón |
| Región Metropolitana | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta, Chile/Comuna Padre Hurtado, Santiago de Chile Buin/Cerrillos/Conchalí/El Bosque/El Monte/Estación Central/Huechuraba/Independencia/La Cisterna/La Pintana/Las Condes/Lo Espejo/Maipú/Padre Hurtado/Paine/Peñaflor/Pedro Aguirre Cerda/Pudahuel/Puente Alto/Quinta Normal/Recoleta/ Renca/San Bernardo/San Pedro/Santiago/San Miguel/Talagante/ Tiltil/Vitacura | Alhué: G‐682. Cruce G‐692‐Villa Alhué/G‐680. Cruce Ruta 66 (San Vicente)‐Cruce G‐692 (Cuesta Alhué)/G‐692. Cruce G‐66 (Santa Inés)‐Alhué‐El Membrillo, Sector Límite Regional, Quilamuta‐El Membrillo. | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) ‐ Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Minera Florida‐Minera Florida S.A | Cal viva ‐ Emulsión Nitrato de Amonio ‐ Nitrato de Amonio | 400 ton/mes de c/d sustancia | 13 viajes por c/d sustancia a transportar |
| San Pedro: Ruta 66 | Planta Las Abuelitas‐ Sociedad Minera Las Abuelitas Ltda | 1000 ton/mes de c/d sustancia | 33 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Las Cabras: Ruta 66/G‐692. Cruce G‐66 (Santa Inés)‐ Alhué‐El Membrillo, Sector Límite Regional, Quilamuta‐El Membrillo. Melipilla: G‐60. Cruce Ruta 78 (Melipilla)‐Cruce Ruta 66 (Cruce Las Arañas)/G‐670. Huilco‐Huechún bajo/G‐78. Padre Hurtado‐El Monte‐Melipilla‐ Cuncumen/By Pass Melipilla Ruta 76. Av. Américo Vespucio‐Malloco/Ruta 74. Av. General Velásquez Lampa: G‐16. Cruce Ruta 5 (Rungue)‐Til Til‐Lampa‐ Cruce Ruta 70 (Quilicura)/G‐182. Cruce ruta 70 (Renca)‐ Cruce G‐18 (Noviciado)/G‐172. Chorrillos Nº1 Quilicura: Ruta 5/G‐16. Cruce Ruta 5 (Rungue)‐Til Til‐Lampa‐Cruce Ruta 70 (Quilicura)/Ruta 57 CH A. Vespucio‐ Túnel Chacabuco‐San Vicente‐Cruce 60 CH | Planta Melipillla‐SOPRACAL | 5000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Bodega Noviciado‐SIBELCO |
| Bodega Volcán‐Volcán Chile S.A |
| Bodega San Ignacio‐SIBELCO |
| Petróleo Diesel‐ Planta Lonquén‐ Terpel (Camino a Melipilla N° | Planta Quilicura‐ DEPETRIS | Petróleo Diesel | 5.000 ton/mes | 167 viajes |
| Planta Maitenes‐DEPETRIS |
| San José de Maipo: G‐25. Cruce Ruta 70 (Av. Américo Vespucio)‐San José de Maipo‐Baños Morales/G‐345. Cruce G‐25‐Los Maitenes | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) ‐ Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Colina‐CEFAS Planta Las Tórtolas‐Anglo American Planta División Los Bronces‐Anglo American Planta San Francisco‐ Anglo American Planta Confluencia‐Anglo American | Cal viva ‐ Emulsión Nitrato de Amonio ‐ Nitrato de Amonio | 5000 ton/mes de c/d sustancia | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Colina: Ruta 57 CH/By Pass Colina/Ruta 73. Cruce Longitudinal (Lo Pinto) ‐ San Jose/Ruta 5/Av. La Montaña/Av. Los Libertadores/Hermanos Carrera Pinto/Bernardo O`Higgins. |
| Lo Barnechea: G‐21. Cruce Av. Las Condes ‐ Farellones/G‐245. Cruce G‐21 La Disputada Puente Alto y La Pintana: G‐35. Los Morros‐Puente Alto‐Vizcachas |
| San Bernardo: G‐35. Los Morros‐Puente Alto‐ Vizcachas/G‐15‐H Buín: G‐15‐H/G‐525. El Recurso |
| Otras Rutas comunas de paso: Ruta 70. Avenida Américo Vespucio/G‐11. Costanera Norte eje Oriente‐Poniente/G‐525/G‐15‐H/G‐355 |
| VI Región del Libertador Bernardo O´Higgins | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta, Chile Chimbarongo/Codegua/Graneros/Las Cabras/Malloa/Mostazal/Olivar/Rancagua/ Rengo/San Fernando | Machalí: Ruta 5/By Pass Rancagua/H-30. Cruce Ruta 5 (Rancagua)-Doñihue-Cruce Ruta 66 (Peumo)/H-25. Cruce Ruta 5 (Rancagua) - Machalí-Cruce 27 (El Cajón de Machalí)/H-27. Cruce H-25 (El Cajón de Machalí)-Los Mítenes | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) - Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Teniente Colón CODELCO Planta Teniente Caletones CODELCO | Cal viva - Emulsión Nitrato de Amonio - Nitrato de Amonio | 5.000 ton/mes | 167 viajes por c/d sustancia a transportar |
| Machalí, Requínoa | Requínoa: Ruta 5/By Pass Rancagua/H-40. Cruce Ruta 5 (Gultro)- Olivar - Cruce H-38 (Coinco)/H-35. Cruce Ruta 5 (Gultro)-Coya | Planta Requínoa, Valle Central |
| VII Región del Maule | Comuna Padre Hurtado, Santiago de Chile.Curicó/Linares/Longaví/Maule/Molina/Parral/Retiro/Río Claro/Sagrada Familia/San Javier/San Rafael/Talca/Villa Alegre/Yerbas Buenas Teno, Romeral | Teno: Ruta 5/J-40. Cruce Longitudinal-Teno-Cruce Ruta J-60 | Petróleo Diesel (Planta Lonquén-Terpel) | Planta Teno DEPETRIS | Petróleo Diesel | 5.000 ton/mes | 167 viajes |
| Romeral: Ruta 5/J-55. Cruce Ruta 5 - Romeral - Portezuelo Vergara | Planta Mina Teno DEPETRIS |
| VIII Región del Biobío | San Juan, Argentina/Mejillones, Antofagasta, Chile Chillán/Chillán Viejo/Ñiquén/Florida/Penco/Quillón/Ránquil/San Carlos/San Nicolás/Tomé, Talcahuano | Talcahuano: Ruta 5/Ruta Interportuaria (Talcahuano-Penco)/Ruta 152. Ruta concesionada del Itata/O-466. Cruce Ruta O-460-Cruce Ruta O-40 (Variante Cañeria)/O-460. Talcahuano-Bocatoma | Cal viva (Mineras TEA y Los Berros y Planta Jáchal) - Emulsión Nitrato de Amonio y Nitrato de Amonio (Planta Prillex ENAEX) | Planta Talcahuano Cía. Acero del Pacífico | Cal viva - Emulsión Nitrato de Amonio - Nitrato de Amonio | 2.000 ton/mes de c/d sustancia | 67 viajes por c/d sustancia a transportar |
El Titular dará cumplimiento a los decretos alcaldicios, ordenanzas o resoluciones de la autoridad de transporte y la autoridad comunal, en relación a las restricciones del uso de las rutas que se tengan consideradas.
Asimismo, en el caso de que los camiones requieran transitar por rutas concesionadas, el Titular se compromete a informar a la concesionaria respectiva, previo a la utilización de la ruta.
El Titular indica en el numeral 2.1.12 de la Adenda N°1 que, toda vez que se circule por la Autopista Central, se hará uso en forma exclusiva de la vía expresa y no la caletera.
El Titular indica que según homologación de la Dirección de Vialidad de la IV Región, la Ruta D-427 señalada, se denomina: Cruce Ruta 5 (Tongoycillo)-Cruce Ruta 43 (Tambillos) siendo la Ruta D-457 denominada Cruce D-595 (Samo Alto) – Andacollo - Cuesta de Piedra, ambas serán utilizadas durante la operación del presente proyecto.
El Titular aclara que el Proyecto no considera la utilización de la Ruta D-51: Cruce Ruta 43 (El Peñón) – Andacollo, para el acceso a las Mineras Dayton y Teck Carmen de Andacollo. Tal como se indica en el Anexo N°1 “Planos” de la DIA y Anexo Nº2 de la Adenda N°1, para acceder a dichas Mineras los camiones circularán por la Ruta 43 y Ruta 457.
El Titular se compromete a utilizar el By Pass localizado a 6 km del ingreso urbano de la comuna de Andacollo.
El Titular indica que, para acceder a la Empresa CEFAS ubicada en la comuna de Colina, se utilizará la Ruta 5 Norte y el paso de nivel Buenaventura, para posteriormente ingresar a la Av. La Montaña, Av. Los Libertadores, calle Hermanos Carrera Pinto y finalmente calle Bernardo O´Higgins.
3.5.4. Lugares de Detención.
Los sectores contemplados por el Proyecto para detención, descanso y comida cumplen con lo que señala el artículo 19 del D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, el cual indica que: “Los vehículos que transporten sustancias peligrosas sólo podrán estacionarse para el descanso o alojamiento de los conductores en áreas previamente determinadas por la autoridad competente y, en la inexistencia de tales áreas, deberá evitarse el estacionamiento en zonas residenciales, lugares públicos o de fácil acceso al público, áreas densamente pobladas o de gran concentración de personas o vehículos”.
Los sectores de detención, comida y descanso se indican en la Tabla N°7 del numeral 2.2.2 “Operación Del Transporte De Sustancias Peligrosas” letra c) de la DIA. Esta información se complementa en el numeral 2.1.3 de la Adenda N°1.
El Titular aclara en el numeral 2.1.4. de la Adenda N°1, que no se considera un terminal de aparcamiento de los camiones. Toda la flota de transporte cuenta con aparcamiento en sus lugares de destino.
3.5.5. Maquinarias a Utilizar.
Se considera una flota de transporte de aproximadamente 125 vehículos (tracto camión y semirremolques, silos en V, silo tank, bateas y rampla plana), incluyendo flota del Titular y subcontrato. Los tracto camión con semirremolques del tipo silos y bateas serán empleados para el transporte de sustancias a granel y los Tracto camión con semirremolques del tipo rampla plana se emplearán para el transporte de sustancias envasadas en maxi sacos. El peso de los equipos combinados (Tracto Camión y Semirremolque) será de 45.000 kg.
Para el transporte del Ácido Sulfúrico se utilizará una flota de 10 tracto-camiones con semi-remolque, cuyo volumen de carga será de 16.000 litros.
Las características de los vehículos de transporte a utilizar se encuentran detalladas en la tabla N°5.
Tabla Nº5. Características Flota de transporte.
| Tipo de Vehículo | SubTipo | N° de vehículos | Peso vehículo vacío (kg) | Capacidad Vehículo | Dimensiones (m) | Carga a transportar |
| TRACTO CAMION CON SEMIRREMOLQUE | SILO en V | 46 | 7.400 | 30 ton | Largo: 11, 70Mts. Ancho: 2,60 Mts. Altura: 4, 00Mts | Emulsión Nitrato de Amonio/Nitrato de Amonio |
| SILO Tank | 39 | 7.400 | 30 ton | Largo: 11, 20Mts. Ancho: 2,60 Mts. Altura: 4, 00Mts | Cal Viva |
| BATEA | 35 | 7.500 | 30 ton | Largo: 8, 00 Mts. Ancho: 2, 60 Mts. Altura: 3, 02 Mts | Cal Viva |
| RAMPLA PLANA | 4 | 7.000 | 30 ton | Largo: 12, 40 Mts. Ancho: 2,50 Mts. Altura:2, 20 Mts | Cal Viva |
| SILO (transporte de combustible) | 1 | 9.000 | 32 ton | Largo: 12,5Mts. Ancho: 2,60Mts. Altura: 2, 20 Mts | Petróleo Diesel |
Conforme a lo indicado en el numeral 2.1.18 de la Adenda N° 1, el Titular dará cumplimiento a lo solicitado por la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso en cuanto a no transportar cal viva mediante bateas, ya que ello ha ocasionado emergencias químicas por volcamiento.
El Titular incluye en respuesta al numeral 2.1.18 de la Adenda N°1, las fotografías de los camiones que utilizará el Proyecto.
3.5.6 Lavado y Mantención de Vehículos.
3.5.6.1. Lavado de Vehículos.
Una vez realizadas las operaciones de descarga, se efectuará la limpieza del camión respectivo y de sus contenedores de carga correspondientes. Los líquidos provenientes de la limpieza de vehículos de la flota de transporte serán manejados como residuos líquidos para efectos de su tratamiento por una empresa autorizada.
Lo anterior será ejecutado por una empresa autorizada que cuente con infraestructura adecuada para el lavado de camiones y para el manejo de los residuos líquidos generados. De este modo, esta faena será realizada en instalaciones de terceros, las cuales deben estar autorizadas por la autoridad respectiva.
3.5.6.2. Mantención de Estanques y Vehículos.
Para la mantención y/o reparación de los vehículos contemplados por el Proyecto, se contratará un servicio externo para el mantenimiento y/o reparación de sus camiones, el cual será realizado por una empresa que deberá estar autorizada por la autoridad respectiva, y deberá contar con los antecedentes necesarios para verificar que sus instalaciones den un adecuado manejo a los residuos líquidos y sólidos generados. Se realizará inspección diaria, mantención preventiva periódica y mantención preventiva estacional.
Mayores detalles sobre los tipos de inspecciones que se realizarán, se presentan en el numeral 1.8.7.2. del ICE.
3.5.7. Implementos de Seguridad.
La flota de transporte y la brigada de emergencia de asistencia en ruta mantendrán los equipos para actuar frente a una contingencia y el equipamiento de seguridad en la flota de transporte, según se detalla en el numeral 2.4.4 “Equipamiento de Seguridad de la Flota para Actuar Ante una Contingencia” de la DIA.
3.5.8. Etapa de Abandono.
El Titular señala que no se contempla una etapa de abandono para la actividad de transporte de sustancias peligrosas a desarrollar por la empresa Sociedad Depetris Ltda.
En este sentido, se aclara que el Proyecto ingresado a evaluación corresponde únicamente a una actividad de transporte terrestre de sustancias peligrosas por la vialidad nacional, por lo que no se contempla ningún tipo de instalación.
3.6. Plan de Contingencia y Capacitación.
3.6.1 Capacitaciones.
Los conductores de la flota de transporte contarán con la experiencia necesaria en el manejo de vehículos pesados y serán capacitados sobre los procedimientos generales y específicos de la operación en el transporte, carga y descarga, características y condiciones de manejo de la sustancia a transportar y sobre los Procedimientos para Emergencias, sobre el Programa de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente, tal como se indica en el numeral 2.3.2 “Experiencia y Capacitación del Personal” de la DIA.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.21 de la Adenda N°1, que los conductores tendrán pleno conocimiento de las áreas ambientalmente sensibles localizadas en las Rutas que circularán y las medidas específicas que deben considerar para evitar cualquier evento de contingencia.
El Titular agregará en el numeral 2.1.38 de la Adenda N°1, las materias de : a) Conocimiento, ubicación y valor ecosistémico de las áreas ambientalmente sensibles en ruta (áreas protegidas y/o sitios prioritarios) y procedimiento para el control de emergencias, b) Manejo seguro y riesgos de las sustancias a transportar (adecuada utilización de la HDS). La eliminación de residuos domésticos en la carretera por parte de los conductores, se abordará en la charla correspondiente a: “Procedimiento de Transporte”. En el Anexo Nº4 de la Adenda N°1, se presenta el cronograma mensual de todas las charlas que implementará el Titular al personal.
3.6.2. Plan de Contingencia.
El ámbito de aplicación del programa para emergencias del Proyecto en evaluación, corresponderá a las actividades y acciones que deben ser ejecutadas ante eventuales situaciones de emergencias que puedan ocurrir durante el transporte, carga y descarga de sustancias peligrosas.
El Titular incluye en el numeral 2.1.20 de la Adenda N°1, Anexo N°3, una matriz de riesgo del Proyecto, la cual asocia un nivel de riesgo a cada actividad del Proyecto, antes y después de aplicadas las medidas de control correspondientes.
El Titular en el numeral 2.1.8 de la Adenda N°2, presenta un flujograma con los cargos asignados a cada personal ante una emergencia en ruta.
3.6.2.1 Procedimientos.
En cada vehículo se mantendrán equipos celulares para la comunicación directa con el Jefe de Operaciones, Experto en Prevención de Riesgos y organismos de respuesta a emergencias. Adicionalmente, se mantendrán equipos de radio que permitan la comunicación con la central de la empresa Sociedad Depetris Ltda. , lo que permitirá la comunicación cuando no se presente cobertura de telefonía móvil, información detallada se encuentra en el numeral 2.4.3 “Mecanismos y Procedimientos de Comunicación” de la DIA.
Además en la DIA se detalla la siguiente información:
En el numeral 2.4.5, se detallan los “Procedimientos para el Control de Derrames que Puedan Afectar Potencialmente la Salud de la Población”. En resumen se señala:
Para un derrame en terreno se dará aviso al Jefe de Operaciones, a la brigada de emergencia de asistencia en ruta para su participación en el control del derrame de acuerdo a la característica de la sustancia, aplicar elementos de contención disponibles o acumular mediante palas arena o tierra en el borde del derrame. El material recolectado en un derrame será tratado como residuo peligroso y será retirado y dispuesto por una empresa autorizada para estos fines.
Para un derrame a un curso o cuerpo de agua superficial o subterráneo, el conductor deberá controlar la fuente que ha originado el derrame, deberá avisar al Jefe de Operaciones y/o al Experto en Prevención de Riesgo del Titular, a la brigada de emergencia de asistencia en ruta, informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas, si se contamina canales de regadío, o cuerpo utilizado para riego o bebida animal, el Titular considerará medidas que permitan interrumpir el flujo tanto aguas arriba como aguas abajo de la zona del derrame, evitando así su dispersión, en el caso de afectar uso sanitario de curso de agua, el Titular deberá tomar contacto con las empresas sanitarias correspondientes, evaluar el estado de inertización de la sustancia derramada, informar a las autoridades correspondientes, y elaborar un informe de evaluación
En el numeral 2.4.6, se detallan los “Procedimientos para el Control de Derrames que Afecten a Suelo, Flora y/o Fauna”. En resumen se señala:
El conductor deberá proceder a despejar y delimitar el área afectada mediante conos y señales de advertencia; deberá avisar al Jefe de Operaciones y/o al Experto en Prevención de Riesgo del Titular, a la brigada de emergencia de asistencia en ruta; delimitar el área afectada, prohibiendo el acceso de personas a ésta; construir un pretil con arena o tierra para evitar que se expanda el material; dar aviso a las autoridades correspondientes; proceder al retiro del material derramado que será manejado por una empresa autorizada; realizar una neutralización controlada si es un derrame mayor que afecte suelos de cultivos o áreas sensibles se procederá al retiro y reposición o recuperación, remediación o rehabilitación del suelo, lo cual será informado y coordinado con el SAG, y en el caso de afectación de flora silvestre se coordinará con CONAF; se considerará la implementación de un Plan de Seguimiento de Flora y/o Fauna, cuando la magnitud de la emergencia lo amerite.
En el numeral 2.4.7, se detallan los “Procedimiento para Actuar Frente a un Incendio”. En resumen se señala:
Los niveles de alarma son los siguientes; Alarma nivel 1: Situación de emergencia producto de un amago de incendio, Alarma nivel 2: Situación de emergencia producto de un incendio en el cual es necesaria la solicitud de apoyo externo (ej. Incendios forestales, incendios productos de algún accidente del vehículos, otros),
En el numeral 2.4.8, se detalla el “Procedimiento Para Actuar Frente a Derrames En Caminos Ubicados al Interior o Colindantes a Áreas Silvestres Protegidas”. En resumen se señala:
El Titular deberá avisar al Jefe de Operaciones y/o al Experto en Prevención de Riesgo del Titular, a la brigada de emergencia de asistencia en ruta, instalar señales de advertencia, aplicar elementos de contención disponibles, todo el material recolectado por el derrame deberá ser tratado como residuo peligrosos y deberá ser retirado y dispuesto por una empresa autorizada para estos fines, una vez controlada la emergencia, emitir un informe de accidente.
En el numeral 2.4.9 se detalla el “Procedimiento Para Actuar Frente a un Accidente De Tránsito”. En resumen se señala:
Se deberá dar aviso a los organismos de emergencia (carabineros, samu, bomberos) y a la brigada de emergencia para que acudan al lugar del accidente. Inmediatamente después se deberá dar aviso al Jefe de Operaciones y al Experto de prevención de riesgos para que coordinen la asistencia a la emergencia.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.22 de la Adenda N°1, a tomar las medidas necesarias para que las personas afectadas por la contaminación del agua, producto de un derrame generado por el Proyecto, obtengan el agua por otro medio hasta que el problema se encuentre resuelto.
El Titular señala en el numeral 2.1.23 de la Adenda N°1, que en el Anexo N°4, de la DIA, se señalan los procedimientos para controlar derrames donde se vean afectadas las componentes ambientales agua, suelo, flora /fauna y áreas silvestres protegidas. Establece procedimientos para emergencias operacionales con derrames de Cal Viva, de Emulsión de Nitrato de Amonio, de Nitrato de Amonio y de Petróleo Diesel.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.24 de la Adenda N°1, a considerar en el monitoreo de los cuerpos de agua, además de los parámetros asociados al Óxido de Calcio, los siguientes parámetros: pH, conductibilidad eléctrica, temperatura y oxígeno disuelto, indicados en la Norma Chilena 1.333 Of.78 que establece los requisitos de calidad del agua para diferentes usos.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.25 de la Adenda N°1, a monitorear aguas arriba y aguas abajo del punto del accidente. El Monitoreo se realizará hasta no encontrar actividad directa o indirecta de las sustancias en el cuerpo de agua, se informará justificadamente a la DGA el área de monitoreo, los procedimientos y frecuencia de éstos.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.26 de la Adenda N°1, a elaborar, desarrollar e implementar un “Plan de Medidas” según corresponda, para los distintos recursos naturales y biodiversidad que pudieran verse afectados y un “Plan de Monitoreo” diseñado especialmente para la zona de derrame, con el propósito de asegurar la efectividad del “Plan de Medidas”. Dichos planes considerarán todos los requisitos indicados en el presente numeral.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.27 de la Adenda N°1, en enviar a la SEREMI de Salud, un informe con los resultados de la muestra de suelo, dentro de los primeros 15 días del suceso, dicho informe contendrá los siguientes puntos: Parámetros relevantes a monitorear de acuerdo a la composición de la sustancia, área del suceso georreferenciada, equipamiento empleado para el manejo, recolección, almacenamiento y transporte, lugar de disposición final de los residuos peligrosos generados.
El Titular detalla en el numeral 2.1.28 de la Adenda N°1, los equipos e instrumental disponibles para detectar y analizar sustancias peligrosas derramadas producto de un incidente.
El Titular en el numeral 2.1.32 de la Adenda N°1, se compromete a que todo personal involucrado en el transporte tendrá pleno conocimiento del sitio de disposición final del residuo peligroso generado por un derrame que pueda afectar a las componentes suelo, flora y/o fauna.
3.6.3. Brigada de Emergencia:
El Titular contará con una Brigada de Emergencia y con encargados para la asistencia expedita en ruta. En la tabla N°9 “Brigada de Emergencia” y la Tabla N°10 “Matriz de Encargado por tramos y tiempo máximo de respuesta de asistencia en ruta por tramos” de la DIA, se entrega información detallada sobre los encargados y números de contacto.
El Titular indica en el numeral 2.1.29 de la Adenda N°1, las medidas que tomará para asegurar que su comité de emergencia esté disponible las 24 horas y en condiciones de llegar a las rutas donde ocurra un incidente.
3.6.4. Coordinación de la Emergencia:
El Jefe de Operaciones o el Experto en Prevención de Riesgos, ante la comunicación de emergencia de un conductor, deberá indicar el tiempo aproximado de llegada del encargado interno o del equipo de emergencia externo, cuando corresponda. Mientras, que el conductor deberá informar su ubicación con puntos de referencia, su estado y la razón de emergencia. Ante una situación de este tipo, es importante que el conductor no abandone el vehículo que conduce a no ser que esta acción represente un riesgo para él.
Si el conductor sufriera un accidente que no le permitiese efectuar la comunicación, esto será detectado por el sistema de tranceptores GPS al presentarse una parada no comunicada, para lo cual se procederá a llamar al conductor por radio y por celular. Ante la ausencia de respuesta del conductor, en un lapso de 20 minutos, se procederá al envío de la Brigada de Emergencia correspondiente al tramo, para efectuar la asistencia en ruta.
3.6.5. Aviso a la Autoridad
Como parte del procedimiento de comunicación, se mantendrá un registro actualizado de los números telefónicos de los organismos de respuesta inmediata, tales como bomberos ambulancia, carabineros y departamentos de emergencias regionales, incluyendo además los números de contacto con los encargados internos del Titular. El registro de los números mencionados, estará disponible en las oficinas administrativas del Titular y en la cabina de cada uno de los vehículos que participen de las actividades de transporte.
Cabe señalar, que el Titular, designará a un responsable para que se encargue de mantener actualizado el registro de números telefónicos de cada uno de los órganos de respuesta inmediata, departamentos de emergencias de las respectivas municipalidades, y de los órganos de la administración del estado, ordenados por región.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.33 de la Adenda N°1, que ante la ocurrencia de un accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas (DGA) de la región involucrada en el evento, señalando el equipamiento concreto, la ubicación y número de vehículos de emergencia que se dispondrá, así como de los contenedores de emergencia que dispondrá para recibir los elementos rescatados.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.34 de la Adenda N°1, a que ante un evento de contingencia además de los avisos internos programados, se procederá a informar de manera inmediata a : Carabineros de Chile, Cuerpos de Bomberos y Autoridad Sanitaria. Asimismo, deberá avisar a las Oficinas Regionales de Emergencias, Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Regional de Vialidad, Asociación de Canalistas, Corporación Nacional Forestal, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipios, Dirección Ejecutiva y Dirección Regional del SEA, Superintendencia del Medio Ambiente, Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales. Lo anterior, quedará estipulado como procedimiento.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.35 de la Adenda N°1, a remitir un informe preliminar sobre la contingencia en un tiempo no superior a 24 horas a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, además, se deberá remitir el informe preliminar a la Superintendencia de Medio Ambiente, según corresponda. Dicho informe considerará toda la información indicada en el presente numeral. Además se mantendrá informada a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, respecto del avance de las acciones entre el período de la ocurrencia y su respectivo control.
El Titular se compromete en el numeral 2.1.36 de la Adenda N°1, a elaborar un informe final de la contingencia, el que se deberá enviar a la Dirección Ejecutiva y Dirección Regional del SEA, según corresponda, Autoridad Sanitaria correspondiente, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Superintendencia del Medio Ambiente y Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente, a más tardar en un plazo no mayor a 15 días de ocurrido el accidente. El informe deberá contener lo siguiente:
Identificación del Titular.
Proyecto calificado en el SEIA.
Causas de la contingencia.
Cantidad derramada.
Tipo de sustancia peligrosa.
Patente del vehículo.
Fecha y hora de la contingencia.
Duración de la contingencia.
Efectos del evento.
Localización y superficie afectada.
Fotografías del área afectada
El Titular incluirá en el numeral 2.1.37 de la Adenda N°1, la tabla N°3 Teléfonos de Contacto con Organismos de Administración del Estado.
3.6.6. Tiempo de Respuesta:
En la Tabla N°10 “Matriz de Encargado por tramos y tiempo máximo de respuesta de asistencia en ruta por tramos” de la DIA, se entrega información detallada sobre los encargados y números de contacto, así como el tiempo máximo de repuesta según tramos.
| Tramo | Encargado | Rodrigo Sanhueza | Eduardo Tapia | Javier Cortés | Javier Cortés | Felipe Avilés | Felipe Avilés | Andrés Sánchez | Andrés Sánchez | Reinaldo Sepulveda | Pablo Corbalán |
| Pozo Almonte hasta Antofagasta | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| Antofagasta hasta El Salvador | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| El Salvador hasta Copiapó | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| Copiapó a Vallenar | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| Vallenar hasta Illapel | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| Illapel hasta San Felipe | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ |
| San Felipe hasta Rancagua | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ | ‐ |
| Rancagua hasta Teno | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ | ‐ |
| Teno hasta Parral | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs | ‐ |
| Parral hasta Talcahuano | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | ‐ | 2.5 hrs |
3.7. Emisiones y Residuos:
3.7.1. Emisiones Atmosféricas.
Durante la etapa de operación del Proyecto se generarán emisiones a la atmósfera, tanto de material particulado como de gases, por la circulación de camiones para el transporte de sustancias peligrosas. El Proyecto evaluado no contempla la construcción ni el establecimiento de ningún tipo de instalación, por lo que las únicas fuentes de emisión corresponderán a las fuentes móviles que operarán durante la actividad de transporte.
En este sentido, se indica que el Proyecto dará cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. Nº 55/1994 del MINTRATEL que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica” y sus modificaciones, el cual regula los límites de emisión de CO, HC, NOx y MP para vehículos pesados que superen los 3.860 kg, según año de su primera inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil.
Considerando que durante la operación del Proyecto se utilizará rutas dentro de la Región Metropolitana, los camiones de la flota cuya solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados se efectúe a contar del 1 de enero del 2012, sólo podrán circular dentro de ésta región, si son mecánicamente aptos para cumplir los límites de emisión indicados en la Tabla Nº 14. De esta manera, los vehículos de la flota de transporte darán cumplimiento al artículo 12 del D.S. N° 66, de 2010, de MINSEGPRES, “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana”.
La estimación de emisiones atmosféricas generadas por la flota de transporte en las rutas insertas en la Región Metropolitana, no supera los límites señalados en el artículo 98 del PPDA, DS Nº 66/2010 del MINSEGPRES. Para mayor detalle de los resultados, ver Anexo N° 6 “Emisiones Atmosféricas”, adjunto a la DIA.
El Titular en la Tabla N°2 del numeral 2.1.11 de la Adenda N°2, completa las diferencias de flujo en caminos proyectados para la determinación del contenido de finos (silt) para el cálculo del factor de emisión por resuspensión de polvo en vías pavimentadas.
3.7.2. Residuos.
a) Residuos Sólidos
El Proyecto presentado a evaluación no contempla la generación de residuos sólidos, debido a que se trata únicamente de una actividad de transporte terrestre de sustancias peligrosas. No obstante, en la eventualidad de que se generasen residuos sólidos a causa de derrames de dichas sustancias provocado por situaciones de emergencias, el material derramado y los elementos que hayan entrado en contacto con la sustancia derramada serán manejados como residuos peligrosos (RESPEL), y su disposición final será certificada por una empresa autorizada para estos fines. En este caso, el Titular mantendrá los registros del retiro y disposición final de RESPEL emitidos por una empresa autorizada
b) Residuos Peligrosos.
Se generará emisiones de partículas de sustancias peligrosas en el proceso de carga‐descarga de los camiones en las bodegas y/o lugares de destino, el que deberá realizarse tomando todas las precauciones de mantener el ambiente libre de polvo en suspensión.
Cabe mencionar, que el Proyecto presentado a evaluación contempla únicamente la actividad de transporte de sustancias peligrosas, no así las acciones correspondientes a carga y descarga.
Los residuos sólidos serán manejados como residuos peligrosos tal como se menciona en el Anexo N°4 “Procedimiento para Emergencias” de la DIA.
c) Residuos Líquidos.
Durante la operación del Proyecto se generan residuos líquidos, los cuales provienen del lavado de camiones. Dicha actividad será realizada por una empresa externa, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para efectuar dicho proceso y con la autorización del organismo competente para el respectivo manejo de los residuos líquidos generados.
4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto "Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas" cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el punto 3.1 del ICE.
5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas” no requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del artículo 2° del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto “Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el punto 3.2 del ICE.
7. Que, en el proceso de evaluación del Proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el Titular no ha adquirido compromisos voluntarios.
8. Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N° 844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto.
9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
10. Que, para que el proyecto “Transporte y Logística Interregional de Carga y/o Sustancias Peligrosas” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
11. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
12. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio.
13. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.