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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Parque Fotovoltaico Santiago Solar"

Resolución Exenta Nº 310/2016

Santiago, 13 de Junio de 2016



VISTOS:

  1. 1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de fecha 14 de diciembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 14 de marzo de 2016, del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar”, presentado por Santiago Solar S.A. con fecha 4 de junio de 2015.

     

    2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar”.

     

    3°. Las Actas de Evaluación N° 04/2015 y N° 08/2016, de fecha 15 de julio de 2015 y 21 de abril de 2016, respectivamente, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

     

    4°. El ICE del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” de 2 de mayo de 2016.

     

    5°. Las Actas N° 03/2016 y N° 09/2016 de fecha 10 de mayo de 2016 y 31 de mayo de 2016, de las sesiones de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana.

     

    6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar”.

     

    7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N° 966, de fecha 13 de julio de 2015 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

  1. 1°. Que, Santiago Solar S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

    Nombre o razón social

    Santiago Solar S.A.

    Rut

    76.378.017-1.

    Domicilio

    Apoquindo 3472, Oficina 1401, Las Condes, Santiago

    Teléfono

    +56 2 2896 8900

    Nombre representante legal 1

    Juan José Gana Errázuriz

    Rut representante legal 1

    7.031.747-8

    Domicilio representante legal 1

    Apoquindo 3472, Oficina 1401, Las Condes, Santiago

    Teléfono representante legal 1

    +56 2 2896 8900

    Correo electrónico Titular o representante legal 1

    gana@ame.cl

    Nombre representante legal 2

    César Norton Sacre

    Rut representante legal 2

    10.586.791-3

    Domicilio representante legal 2

    Apoquindo 3472, Oficina 1401, Las Condes, Santiago

    Teléfono representante legal 2

    +56 2 2896 8900

    Correo electrónico Titular o representante legal 2

    gana@ame.cl

     

    2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de mayo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

    • El Proyecto acredita cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
    • El proyecto presenta las medidas de mitigación, reparación y compensación adecuadas a los efectos, características o circunstancias indicados en el literal b) del Art. 11, de la Ley.
    • El Proyecto requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) N° 132, 138, 140, 142, 146, 150, 156, 157, 160 y el Pronunciamiento del artículo 161, señalados en el Título VII del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, para los cuales presentó los antecedentes para su otorgamiento.

     

    3°. Que, en sesión de 31 de mayo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 2 de mayo de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

     

    En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de las consideraciones señaladas.

     

    4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

     

    4.1. ANTECEDENTES GENERALES

    Objetivo general

    El Proyecto Santiago Solar tiene por objetivo la generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de la energía solar por medio de tecnología fotovoltaica, logrando a generar en un año aproximadamente 210 GWh. La energía será inyectada al Sistema Interconectado Central.

    Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

    El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a lo establecido en los literales b) y c) del artículo 10 la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA), y lo establecido en los literales b) y c) del D.S N° 40/2012 del MMA, Reglamento del SEIA, que establece lo siguiente:

    b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones;

    …b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.

    c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW.

    Vida útil

    El Proyecto considera una vida útil de 25 años.

    Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

    La acción que dará inicio a la ejecución de esta fase del Proyecto será la habilitación del acceso, de la instalación de faena y de los patios de acopio de materiales.

    Proyecto se desarrolla por etapas

    Si

    No

     

     

    [X]

    Proyecto modifica un proyecto o actividad

    Si

    No

     

     

    [X]

    Proyecto modifica otra(s) RCA

    Si

    No

     

     

    [X]

     

    4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

    División político-administrativa

    El Proyecto se ubica en la Comuna de Til Til, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana.

    Descripción de la localización

    El Proyecto se ubicará aproximadamente a 6 km al este de la localidad de Til Til (en línea recta), y aproximadamente a 5 km al Norte del poblado de Huertos Familiares, comuna de Til Til, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana. El terreno donde se emplazará el Proyecto se encuentra a una altura promedio de 595 m.s.n.m. El polígono de ubicación se entrega en Anexo 1 - Planos y Cartografía Digital de la Adenda.

    Superficie

    El área de intervención del Proyecto es de 145.52 ha, la cual considera las áreas asociadas a la ubicación de la planta fotovoltaica, subestación eléctrica, caminos internos, caminos de acceso y sala de control.

    Coordenadas UTM en Datum WGS84

    Tabla N°1. Coordenadas área de paneles.

    Nombre

    Vértice

    Norte

    Este

    Zona 1

    1

    6336646,2

    325833,5

    2

    6336742,7

    325726,4

    3

    6336886,7

    325616,0

    4

    6337035,4

    325679,1

    5

    6337229,8

    325758,3

    6

    6337337,8

    325831,6

    7

    6337402,6

    326013,9

    8

    6337280,2

    326013,4

    9

    6336987,5

    325969,6

    10

    6336927,4

    325877,3

    Zona 2

    1

    6335478,6

    326536,1

    2

    6335478,6

    326373,7

    3

    6335546,1

    326013,7

    4

    6335715,9

    325855,4

    5

    6336118,5

    325924,8

    6

    6336206,0

    326281,0

    7

    6336604,4

    326177,0

    8

    6336944,3

    326037,0

    9

    6337258,6

    326084,4

    10

    6337244,2

    326368,1

    11

    6337369,1

    326495,1

    12

    6337592,3

    326423,0

    13

    6337712,2

    326423,1

    14

    6337877,8

    326551,5

    15

    6338021,8

    326504,8

    16

    6338057,8

    326560,1

    17

    6337690,6

    326789,1

    18

    6337613,9

    326799,4

    19

    6337498,7

    326636,9

    20

    6337340,7

    326758,7

    21

    6337165,0

    326644,1

    22

    6336977,8

    326820,6

    23

    6336819,4

    326941,9

    24

    6336512,3

    326799,0

    25

    6336469,1

    326635,8

    26

    6336352,6

    326690,6

    27

    6335982,8

    326750,1

    28

    6335728,0

    326680,3

    Zona 3

    1

    6335773,8

    325791,5

    2

    6335752,2

    325664,6

    3

    6335857,6

    325630,5

    4

    6335889,0

    325617,0

    5

    6336141,2

    325508,0

    6

    6336213,0

    325479,5

    7

    6336203,2

    325724,4

    8

    6336155,4

    325850,1

    Fuente: Tabla 7, Anexo 11 de la Adenda complementaria.

    Caminos de acceso

    Construcción:

    El acceso único al Proyecto durante la fase de construcción, se realizará desde la Ruta 5, por la parte norte del predio, ingresando por la autopista en la dirección sur. Cabe mencionar que la Calle Los Aromos y el predio Bauzá, no serán utilizados para el ingreso de personas y equipos.

    El camino de acceso corresponde a un camino existente perteneciente a una servidumbre de paso histórico, cuyo acceso a la Ruta 5 fue cerrado en el pasado.

    Las coordenadas de referencia del camino de acceso para la fase de construcción, corresponden a las que se indican a continuación.

     

    Tabla N°2: Coordenadas de referencia del camino de Acceso

    Vértices

    UTM Datum WGS84

    Norte

    Este

    C1

    6.338.510

    326.204

    C2

    6.338.421

    326.096

    C2

    6.337.482

    325.996

    C3

    6.337.642

    326.040

    C4

    6.337.872

    326.127

    C5

    6.337.999

    326.165

    C6

    6.338.268

    326.076

    C7

    6.338.171

    326.355

    C8

    6.338.510

    326.204

    Fuente: Tabla N°1-2 del EIA.

     

    Operación:

    Durante la operación del Proyecto no se utilizará el acceso actual al fundo Bauzá, se habilitará un nuevo acceso que ingrese desde la Ruta 5 directamente hacia el área del Proyecto.

    En Anexo 1 - Plano Acceso Operación de la Adenda, se adjunta el diseño conceptual del nuevo acceso para la fase de operación.

    Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

    ·      Capítulo I del ICE.

    ·      Actualización del PAS 160 en la Adenda - Anexo 25.

    ·      Anexo 1- Planos y Cartografía, de la Adenda.

     

    4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

    4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

    Habilitación de acceso y caminos.

    El acceso único al Proyecto durante la fase de construcción, se realizará desde la Ruta 5, por la parte norte del predio, ingresando por la autopista en la dirección sur. Cabe mencionar que la Calle Los Aromos y el predio Bauzá, no serán utilizados para el ingreso de personas y equipos.

    El camino de acceso corresponde a un camino existente perteneciente a una servidumbre de paso histórico, cuyo acceso a la Ruta 5 fue cerrado en el pasado. A éste, se realizará una estabilización considerando en su diseño una adecuada pendiente y las correspondientes obras de drenaje vial para la conducción de aguas lluvias, evitando con ello la generación de barro y polvo.

    El acceso y los caminos internos contarán con una carpeta granular de 5 m de ancho. Para la habilitación de los caminos se realizará un escarpe de unos 20 cm para remover el material suelto de la superficie. Este material de escarpe será llevado hacia los costados del mismo camino, lo que funcionará como barrera para los vehículos. Los caminos se pueden observar en el Anexo 1-2 “Plano general de instalaciones” del EIA.

    Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control.

    En la fase de construcción se habilitará dentro de la instalación de faena, un área para las oficinas, salas de reunión y bodega, la que estará constituida por instalaciones modulares (desarmables, transportables y fáciles de montar). En estas instalaciones se centralizarán las actividades generales de control de Proyecto, administración, planificación, gestión de recursos materiales y humanos. También se habilitará un comedor para la alimentación del personal.

    De acuerdo a lo establecido en el D.S. 594/99 del MINSAL, se habilitarán baños y duchas. También se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, cuyos lodos cumplirán con el DS 4/2009 del MINSEGPRES. En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Este servicio se contratará a proveedores debidamente autorizados. El retiro, transporte y disposición de las aguas servidas generadas por su uso, se realizará de acuerdo a la normativa vigente.

    En el sector de la faena se habilitará un área para el almacenamiento de materiales y equipos de construcción, así como también el patio de salvataje para clasificación y almacenamiento temporal de los residuos sólidos.

    Despeje superficial del terreno.

    Previo a la instalación de estructuras, se realizará el despeje superficial del terreno, eliminando rocas, vegetación y cualquier elemento existente en el área. Cabe mencionar que la corta se efectuará conforme a la Ley 20.283 del Ministerio de Agricultura y conforme a las normas y procedimientos fijados por el Decreto Ley N°701/74 sobre Fomento Forestal (Ministerio de Agricultura), la cual se iniciará sólo después de la respectiva resolución aprobatoria por parte de CONAF, respecto de los planes de manejo forestal y de preservación, según corresponda.

    Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos

    La profundidad de hincado así como el perfil a utilizar dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar en función del peso de la estructura y de los módulos, combinada con otros factores, como la carga debida al viento. Estos factores serán obtenidos del estudio geotécnico a realizar previo al dimensionado final de los perfiles y la profundidad. Dependiendo del tipo de terreno se realizará, donde sea necesario, una perforación previa (pre-drilling) y después el hincado de los pilotes de las estructuras.

    Una vez instaladas las estructuras de soporte se procederá al montaje de los paneles fotovoltaicos, que será realizado de manera manual. A la vez que se van montando los paneles, se va procediendo a la conexión eléctrica entre ellos.

    Instalación del sistema de cableado

    En una primera fase se realizarán actividades de excavación y de zanjas, incluyendo su preparación. Estas actividades se realizarán mediante una retroexcavadora y un camión para transporte del material excavado y/o de relleno. En la zanja se eliminan los materiales sueltos o flojos y se rellenan huecos y grietas. Se quitan las rocas sueltas o disgregadas y todo material que se haya desprendido de los taludes. Una vez instalado el sistema de cableado se rellena y compacta la zanja.

    Montaje de edificaciones y subestación

    Los centros de transformación; la subestación principal; las distintas oficinas o salas de control; la zona de acopio de los materiales para la construcción, etc. consistirán en instalaciones modulares prefabricadas.

    La construcción de la subestación comprende la habilitación de una sala de control y la habilitación de la subestación con sus paños eléctricos.

    Actividades de transporte.

    Durante la fase de construcción se requerirá transportar materiales de construcción, estructuras, equipos, insumos, alimentación y personal, entre otros. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones.

    La Tabla siguiente muestra la cantidad estimada de viajes asociados al Proyecto durante esta fase, en períodos de máxima actividad. La estimación se presenta en viajes/día:

     

    Tabla N°3. Nivel de actividad circulación vehículos según sección de rutas, fase construcción.

    Tipo de vehículo

    Sección de ruta

    Km/día

    Meses operación

    (1 mes = 24 días)

    Km/año

    Camiones hormigón

    Camino pavimentado

    182.4

    2

    8.757,1

    Acceso

    5.0

    2

    241,9

    Camiones tolva

    Camino pavimentado

    224.0

    12

    64.523,5

    Acceso

    5.0

    12

    1.451,5

    Camino interno

    24.0

    12

    6.912,0

    Camiones aljibe

    Camino pavimentado

    448.1

    9

    96.785,3

    Acceso

    10.1

    9

    2.177,3

    Camino interno

    12.0

    9

    2.592,0

    Camión plataforma

    Camino pavimentado

    165.5

    9

    35.756,6

    Acceso

    10.1

    9

    2.177,3

    Camino interno

    12.0

    9

    2.592,0

    Camión combustible

    Camino pavimentado

     

     

     

    Acceso

     

     

     

    Buses

    Camino pavimentado

     

     

     

    Acceso

     

     

     

    Fuente: Tabla 2-20, Anexo 20 de la Adenda.

    Aguas Lluvias.

    En el Apéndice C del Anexo 10 (PAS 156) de la Adenda complementaria, se entrega una descripción de todo el sistema de manejo de aguas lluvias con y sin proyecto, incluyendo como se entregan las aguas lluvias al Canal Polpaico. Cabe señalar, y como se puede apreciar en la Figura 10 del citado anexo, actualmente las aguas lluvias de la cuenca Las Malvas se evacuan sus aguas al Canal Polpaico. El Proyecto pretende ordenar y regular los flujos a través de un sistema de canales y piscinas de regulación para no causar alteraciones significativas al canal Polpaico.

    En el punto “c.2 Eje Hidráulico Canal Polpaico” del Anexo 10 (PAS 156) de la Adenda complementaria, se describen los cálculos hidráulicos que permiten determinar, en condiciones actuales, el eje hidráulico del canal Polpaico.

    Maquinaria fase de construcción

    Los equipos y maquinarias principales que se emplearán en la construcción serán:

    • Excavadora / Retroexcavadora.
    • Grúas.
    • Cargadora/Manipuladora telescópica.
    • Maquina Hincadora.
    • Máquina Perforadora.
    • Rodillo vibrocompactador.
    • Motoniveladora.
    • Camión Volquete/Dumper.
    • Camión con plataforma.

    Recursos naturales renovables

    Durante la fase de construcción el Proyecto considera la extracción de recursos naturales renovables, ya que, se intervendrá bosque nativo con presencia (hábitat) de especies con problemas de conservación, en particular Prosopis chilensis (Algarrobo, Vulnerable, D.S. Nº 51/2008 del MINSEGPRES) y Porlieria chilensis (Guayacán, Vulnerable, D.S. Nº 51/2008 del MINSEGPRES). Por otra parte, la resolución Nº 95/2015 de la Corporación Nacional Forestal, califica de interés Nacional el Proyecto Parque Fotovoltaico Santiago Solar.

     

    El agua industrial para la limpieza de los paneles (1.265 m3 /año) provendrá de proveedores autorizados y de no los pozos aledaños, además el Proyecto contará con un abastecimiento de agua potable proveniente siempre de proveedores autorizados a través de camiones aljibes (mínimo dos proveedores, para asegurar el abastecimiento continuo).

    Emisiones y efluentes

    Emisiones atmosféricas.

     

    Durante la fase de construcción se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra. Del mismo modo, se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase. Ver Anexo 20 Actualización de Efectos de Calidad del Aire, tabla 2-33 para la fase de construcción de la Adenda. Además ver respuesta a la pregunta IV-2 de dicha Adenda.

     

    Tabla N°4: Emisiones fase de construcción (t/año).

     

    Emisiones (t/año)

    MP10

    MP2,5

    HC

    CO

    NOx

    SO2

    NH3

    CH4

    Fase de construcción

    13,04

    3,44

    0,16

    2,45

    2,74

    0,00

    0,00

    0,04

    Limite Articulo 98 PPDA RM (t/año)

    2,5

    -

       

    8

    50

     

     

    Fuente: Tabla 2-27 del Anexo 20 de la Adenda.

     

    En este caso, el titular deberá presentar un plan de compensación de emisiones para MP10, en el marco del cumplimiento del PPDA, proponiendo como vía de compensación el aspirado de calles en el Anexo 10-1 del EIA.

     

    Ruido y Vibraciones

     

    Las actividades de construcción del Proyecto generarán emisiones de ruido que corresponderán principalmente al tránsito de vehículos, maquinaria y equipos, los movimientos de tierra y las actividades de construcción en general.

     

    Tabla N°5: Evaluación según D.S. Nº38 del MMA. Fase de construcción. Periodo diurno.

    Punto

    NPS Proyectado

    Aporte exclusivo

    [dBA]

    NPC máximo

    permitido Periodo

    diurno

    Evaluación según D.S.

    Nº 38 del MMA.

    1

    43

    65

    Cumple

    2

    58

    65

    Cumple

    3

    54

    48

    Cumple

    4

    65

    47

    Excede 10 dB

    5

    69

    49

    Excede 15 dB

    6

    68

    48

    Excede 15 dB

    Fuente: Tabla 27 del Anexo 4-2 del EIA.

     

    Dado los excesos previstos para la fase de construcción, se deberán incorporar como medida de control la instalación de barreras acústicas durante el ejercicio de faenas de habilitación de caminos y accesos.

    La materialidad de los paneles debe contar con una densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (o algún elemento equivalente en masa), lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB de espesor mínimo 15 [mm]. De esta forma, se asegura que el elemento se comporta como barrera acústica de acuerdo a lo establecido en la normativa ISO 9613–2.

    La barrera acústica debe alcanzar una altura de 3.6 [m] y su extensión debe bloquear la radiación directa desde el sitio de faenas hacia los receptores.

     

    Aplicando las medidas señaladas anteriormente, se obtienen los siguientes resultados para los receptores en que se excede la norma:

     

    Tabla N°6: Evaluación según D.S. Nº38/11 del MMA. Fase de construcción con medidas de control. Periodo diurno.

    Punto

    NPS Proyectado

    Aporte exclusivo

    [dBA]

    NPC máximo

    permitido Periodo

    diurno

    Evaluación según D.S.

    Nº 38/11 del MMA.

    4

    51

    55

    Cumple

    5

    54

    54

    Cumple

    6

    52

    53

    Cumple

    Fuente: Tabla 32 del Anexo 4-2 del EIA.

     

    Se aprecia en la tabla anterior que, aplicando las medidas de control descritas en el Capítulo 10, las faenas constructivas asociadas al Proyecto no generarán excesos sobre los umbrales que define la normativa aplicable correspondiente al D.S. Nº 38/11 del MMA.

     

    Efluentes líquidos.

     

    Los efluentes líquidos domiciliarios generados durante la fase de construcción corresponderán a aguas servidas tratadas. La estimación de la cantidad total de aguas servidas tratadas se basa en un consumo de agua potable (100 l/hab/día) multiplicado por un factor de recuperación de 0,8. Por lo tanto, se estima una generación máxima 600 m3/mes de aguas servidas tratadas.

    Los efluentes de los baños químicos (ubicados en los frentes de trabajo móviles) serán retirados por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente.

    El agua tratada proveniente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Modular (PTAS) será utilizada para la humectación de caminos no pavimentados y en los frentes de trabajo (movimientos de tierra). Estos efluentes cumplirán con los parámetros establecidos en la norma de riego (NCh 1333). En período de lluvias, el efluente de las plantas de tratamiento será retirado por una empresa autorizada y dispuesto en una planta igualmente autorizada.

    Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

    Residuos sólidos.

     

    En las siguientes tablas se detallan los residuos sólidos que se generarán en la fase de construcción:

     

    Tabla N°7: Generación de Residuos Sólidos

    Clasificación

    Tipo

    Tasa de generación mensual

    Unidad

    Residuos domésticos

    Basura

    6

    t/mes

     

    Cartón

    30,83

    t/mes

     

    Pallet de madera

    1.666,6

    unidad/mes

     

    Bobinas de madera

    23,33

    t/mes

     

    Plásticos

    0,416

    t/mes

     

    Metales, cables, tornillos, Clavos

    y Alambres

    0,416

    t/mes

     

    Hormigón sobrante

     

    m3/mes

    Fuente: Tabla N°4, Anexo 14, Adenda complementaria.

     

    Tabla N°8: Generación de Residuos peligrosos

    Tipo de residuo peligroso

    Volumen

    (m3/mes)

    Densidad

    (kg/m3)

    Masa

    (kg/mes)

    Buzos contaminados con pintura o derivados de hidrocarburos

    0,005

    700

    3,5

    Tarros y latas de pintura

    0,02

    700

    14

    Paneles fotovoltaicos dañados

    0,30

    2700

    800

    Arenas y tierras contaminada con hidrocarburo

    0,01

    1500

    15

    Cartones contaminados con hidrocarburo

    0,005

    770

    3,85

    Brochas y rodillos contaminados con hidrocarburo o pinturas

    0,005

    750

    3,75

    Huaipes contaminados

    0,005

    700

    3,5

    Total (ton/mes)

     

    0,844

    Total (kg/mes)

     

    844

    Fuente: Tabla N°3, Anexo 13, Adenda complementaria.

     

    Además, como parte del tratamiento de aguas servidas se generará un máximo de 0,66 t/mes de lodos considerando una generación de 0,88 kg de lodos por cada metro cubico de agua tratada. Los lodos generados en la PTAS, cumplirán con lo establecido en el DS N°4/09 del MINSEGPRES, en cuanto a lo requerido respecto de las condiciones de almacenamiento y hermeticidad del estanque para la acumulación y serán retirados por una empresa autorizada, para ser llevados a disposición final en un lugar autorizado.

     

    Sustancias Peligrosas.

     

    El Proyecto considera insumos correspondientes a sustancias peligrosas para la fase de construcción. Estos insumos son aceite de motor, grasa lubricante; spray de zinc y espuma de poliuretano. Cabe destacar que el aceite de motor contemplado para la fase de construcción no será almacenado dentro de las instalaciones del Proyecto, debido a que las mantenciones de los vehículos y maquinaria se realizarán fuera del área del Proyecto. En la tabla siguiente, se presentan las cantidades de sustancias a utilizar.

     

    Tabla N° 9: Sustancias peligrosas – Fase de Construcción.

    Sustancia

    (ton/mes)

    Aceite de motor

    0,535

    Grasa lubricante

    0,082

    Spray de zinc

    0,002

    Espuma de poliuretano

    0,0011

    Fuente: Tabla 1-30 del EIA.

     

    Las hojas de seguridad respectivas se adjuntan en Anexo 1-5 “HDS Sustancias peligrosas” del EIA.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IV del ICE.

    4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

    Camino de acceso

    Durante la fase de operación, no se ocupará la Calle Los Aromos como acceso, sino que se construirá un nuevo acceso, ubicado a la altura del Km 45 de la Ruta 5 Norte, en sentido Norte-Sur (Ver Anexo 1- Plano de Acceso Operación, de la Adenda).

    Generación de energía y su monitoreo.

    La fase de operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico. Este proceso será monitoreado mediante personal calificado desde la subestación, de tal manera de supervisar el correcto funcionamiento de todo el proceso.

    Limpieza de paneles fotovoltaico.

    En la fase de operación se contempla la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia. La periodicidad depende de la acumulación de polvo y suciedad sobre los paneles fotovoltaicos. Se estima que esta actividad podría realizarse tres veces al año, dos veces ocupando agua y una en seco, resultando así en un consumo de agua estimado de 0,85 l/m2 de panel, es decir, 1.265 m3/año.

    La limpieza de los paneles fotovoltaicos se realizará con personal de campo y elementos mecánicos auxiliares para limpieza con vapor de agua a presión, con objeto de minimizar el consumo de agua, y optimizar el funcionamiento de la instalación fotovoltaica. Los módulos fotovoltaicos serán limpiados exclusivamente con agua desmineralizada, por lo que no se contempla el uso de detergentes, o agentes químicos contaminantes para esta actividad. La aplicación mediante pulverización, determina que la mayor proporción evapore, esto dado el pequeño tamaño de la partícula de agua, no obstante lo anterior, cualquier exceso que tienda a caer al suelo solo contendrá polvo ambiental.

    El agua utilizada para dicha faena, será suministrada por proveedores autorizados.

    Transporte de personal y otros

    Durante la operación se requerirá transportar personal, residuos e insumos. Se considera 2 viajes diarios de vehículo livianos para el transporte de personal y dos viajes anuales de camiones para la mantención del parque fotovoltaico.

    Recursos naturales renovables

    Se utilizará 500 l/día de agua potable para consumo humano, equivalente a 0,006 l/s, la que será extraída del Tranque Los Aromos de la Agrícola Bauza, cuyo abastecimiento es a través de pozos autorizados, como se acreditó en el anexo 2 de la Adenda.

    Emisiones y efluentes

    Emisiones atmosféricas.

     

    Durante la fase de operación, se estima que las emisiones son poco significativas, toda vez que éstas tienen relación con las actividades de transporte de personal y equipos para el funcionamiento de la planta, mantenimiento y situaciones de emergencia.

     

    Tabla N°10: Emisiones fase de operación (t/año).

     

    Emisiones (t/año)

    MP10

    MP2,5

    HC

    CO

    NOx

    SO2

    NH3

    CH4

    Fase de operación

    0,1914

    0,0293

    0,0325

    0,1016

    0,3111

    0,0002

    0,1914

    0,0293

    Limite Articulo 98 PPDA RM (t/año)

    2,5

    -

    -

    -

    8

    50

    -

    -

    Fuente: Tabla 2-28 del Anexo 20 de la Adenda.

     

    En esta fase, el proyecto no requiere compensar emisiones.

     

    Ruido y vibraciones

     

    Las actividades asociadas a la mantención de los paneles fotovoltaicos y la generación eléctrica, considerando la operación de transformadores con sus respectivos ventiladores, generarán emisiones acústicas, las cuales serán significativamente menores a las generadas durante la fase de construcción; la cual se encuentra bajo los máximos permitidos, tanto para horario diurno como nocturno.

     

    Tabla N°11: Evaluación según D.S. Nº38/11 del MMA. Fase de operación. Periodo Diurno.

    Punto

    NPS Proyectado

    Aporte exclusivo

    [dBA]

    NPC máximo

    permitido Periodo

    diurno

    Evaluación según D.S.

    Nº 38/11 del MMA.

    1

    22

    65

    Cumple

    2

    32

    65

    Cumple

    3

    34

    58

    Cumple

    4

    36

    55

    Cumple

    5

    39

    54

    Cumple

    6

    41

    53

    Cumple

    Fuente: Tabla 28 del Anexo 4-2 del EIA.

     

    Tabla N°12: Evaluación según D.S. Nº38/11 del MMA. Fase de operación. Periodo Nocturno.

    Punto

    NPS Proyectado

    Aporte exclusivo

    [dBA]

    NPC máximo

    permitido Periodo

    diurno

    Evaluación según D.S.

    Nº 38/11 del MMA.

    1

    22

    50

    Cumple

    2

    32

    50

    Cumple

    3

    34

    50

    Cumple

    4

    36

    48

    Cumple

    5

    39

    46

    Cumple

    6

    41

    46

    Cumple

    Fuente: Tabla 29 del Anexo 4-2 del EIA.

     

    La evaluación desarrollada en las tablas anteriores permite verificar que durante la fase de operación del Proyecto, no se generaran excesos sobre los máximos que establece el D.S. N° 38/11 del MMA para ambos periodos horarios.

     

    Campos Electromagnéticos

    De acuerdo a lo señalado en el Anexo 4-3 del EIA, se generarán estos tipos de energía provocado por la subestación GIS 130/30 kV y la subestación seccionadora 110 kV. Al respecto, se concluye lo siguiente:

     

    1. Subestación elevadora GIS 130/30 kV.

     

    • La magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo y a 2 m del borde de la subestación de 110 kV, es 2.000 Volt/m, y por tanto no representa ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 5.000 V/m considerado seguro por las recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección contra la Radiación No Ionizante (ICNIRP).
    • La magnitud de campo magnético existente a un metro de altura sobre el suelo y a 2 m del borde de la subestación de 110 kV, es 2,0 micro Tesla, no representando ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 100 micro Tesla considerado seguro por las recomendaciones de la ICNIRP.
    • La radio interferencia generada por una subestación encapsulada es mínima, por cuanto los conductores se encuentran encapsulados en SF6, gas con características aislantes superiores al aire y no se genera corona.

     

    1. Subestación seccionadora 110 kV.

     

    • El campo eléctrico en los límites del patio llega a valores no superiores a 400 V/m, y por tanto no representa ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 5.000 V/m considerado seguro por las recomendaciones de la ICNIRP.
    • En los bordes de la subestación y en el perímetro, la magnitud de campo magnético existente a un metro de altura sobre el suelo alcanza 5,0 micro Tesla (50 mili Gauss) no representando ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 100 micro Tesla considerado seguro por las recomendaciones de la ICNIRP.
    • El máximo ruido de radio frecuencia (interferencia a las señales de radio y televisión) generado por la subestación en las condiciones más desfavorables (lluvia intensa) en el borde es de 47,57 [dB/1µV/m], valor inferior el máximo de 49 [dB/1µV/m] propuesto como límite tolerable para una subestación de 110 kV.

     

    Efluentes líquidos.

     

    Al igual que para la fase de construcción, los efluentes líquidos generados durante la fase de operación corresponde a aguas servidas.

    Se instalará una PTAS con capacidad para la dotación máxima de trabajadores en la fase de operación (5 personas). La dotación adoptada es de 150 l/h/d, considerando una generación de 0,75 m3/d. (Ver anexo 18, Adenda complementaria).

    Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

    Residuos sólidos.

     

    En las siguientes tablas se detallan los residuos sólidos que se generarán en la fase de operación:

     

    Tabla N°13: Generación de Residuos Sólidos en Fase de Operación.

    Clasificación

    Tipo

    Tasa de

    Generación

    mensual

    (promedio)

    Unidad

    Residuos domésticos

    Basura

    0,12

    t/mes

    Residuos industriales no peligrosos y reciclables

    Chatarra

    0,13

    m³/mes

    Cables y otros

    0,17

    m³/mes

    Estructuras

    0,11

    m³/mes

    Revestimiento, tuberías

    0,15

    m³/mes

    Fuente: Tabla N°5, Anexo 14, Adenda complementaria.

     

    Tabla Nº14 Residuos Peligrosos Fase de Operación

    Tipo de residuo peligroso

    Volumen

    (m3/mes)

    Densidad

    (kg/m3)

    Masa

    (kg/mes)

    Aceite de recambio, líquidos de limpieza

    0,005

    920

    4.6

    Grasas lubricantes

    0,001

    920

    0,92

    Paneles fotovoltaicos dañados

    0,002

    2700

    6

    Filtros de aceites

    0,005

    920

    4,6

    Ropa y paños contaminados de sustancias peligrosas

    0,005

    700

    3,5

    Total (ton/mes)

     

    0,01962

    Total (kg/mes)

     

    19,62

    Fuente: Tabla Nº 10, Anexo 13, Adenda complementaria.

     

    Los lodos secundarios excedentes generados en esta planta de tratamiento de aguas servidas para la fase de operación, alcanzan a 0,25 kg/d, para un tiempo de residencia de 25 días. Ellos al momento de ser retirados del sedimentador habrán tenido un tiempo de residencia suficiente para lograr una estabilización adecuada, y no requieren de un proceso de digestión.

     

    Combustible

     

    En la fase de operación se requerirá petróleo diésel para el eventual funcionamiento del grupo electrógeno de respaldo y seguridad por lo que los consumos serán muy bajos, del orden de 0,05 m3/año de combustible. No se considera la instalación de un estanque para el combustible. Los vehículos se abastecerán fuera del área de proyecto.

     

    Sustancias Peligrosas

     

    El Proyecto considera aceite dieléctrico considerado como sustancias peligrosas para la fase de operación. Cabe señalar que el aceite en los transformadores viene incorporado de fábrica y durante la vida útil del proyecto no se realizan cambios, reposición o rellenos de aceite. Consecuentemente no se almacenará aceite dieléctrico, con lo cual no aplicaría tener una bodega específica para sustancias peligrosas. La hoja de seguridad respectiva se adjunta en Anexo 1-5 “HDS Sustancias peligrosas” del EIA.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IV del ICE.

    4.3.3. FASE DE CIERRE

    Desmantelamiento de instalaciones.

    Durante la fase de cierre se realizará el retiro de todas las estructuras construidas en el presente Proyecto, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, sistema de cableado, seguidores, subestación eléctrica, bodega, oficinas, etc.

    Actividades de restauración.

    En la fase de cierre sólo se contemplan actividades de restauración de la morfología o geoforma mediante labores de nivelación del terreno, tapando los hoyos dejados por el hincado de los postes de la estructura y eliminando los caminos interiores.

    Prevención de futuras emisiones.

    Debido a las actividades de desmantelamiento y cierre no existirán instalaciones futuras que constituyan fuente de emisiones.

    Mantención, conservación y supervisión

    Debido a las actividades de desmantelamiento y cierre no existirán instalaciones futuras que requieran mantención, conservación o supervisión.

    Otra información relacionada con la fase de cierre.

    a)     Duración y mano de obra

     

    La fase de cierre tendrá una duración estimada de 4 meses y requerirá aproximadamente 280 personas como máximo (165 personas en promedio).

     

    b)     Insumos y servicios en fase de cierre

     

    Durante la fase de cierre se requerirá del orden de 10 m3/mes de agua potable, lo cual será transportado por medio de camiones aljibes.

    En la fase de cierre, se requerirá del orden de 10 m3/mes de combustible. Para su almacenamiento y distribución se utilizará en la faena el estanque de 1 m3. El abastecimiento será operado por distribuidores autorizados.

    Esta fase considera insumos considerados como sustancias peligrosas. Estos insumos son aceite de motor (0,01 t/mes) y grasa lubricante (0,01 t/mes).

    La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones de control y personal, durante la fase de cierre, será obtenida mediante un grupo electrógeno de 50 kVA. Estos equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre un material impermeable (polietileno o geotextil) que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible.

     

    c)      Transporte de equipos y transporte de personal.

     

    Durante el cierre se requerirá transportar personal y residuos.

    La Tabla siguiente muestra la cantidad estimada de viajes asociados al Proyecto durante esta fase, en períodos de máxima actividad. La estimación se presenta en viajes/día.

     

    Tabla N°12: Estimación de viajes – Fase de Cierre

    Tipo de vehículo

    N° de viajes/día

    Tipo de Carga

    Buses

    12

    Personal

    Vehículos Livianos

    20

    Personal

    Camiones

    10

    Residuos

    Total

    42

     

    Fuente: Tabla 1-19, Capítulo 1 del EIA.

    Recursos naturales renovables

    Durante la fase de abandono no se contempla extraer ningún recurso natural renovable, sólo se utilizará agua para el consumo humano.

    Emisiones y efluentes

    Emisiones Atmosféricas

     

    Durante la fase de cierre se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra. Del mismo modo se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase.

     

    Tabla N°13: Emisiones fase de cierre (t/año)

     

    Emisiones (t/año)

    MP10

    MP2,5

    HC

    CO

    NOx

    SO2

    NH3

    CH4

    Fase de cierre

    9,00

    1,14

    0,52

    2,26

    2,46

    0,00

    9,00

    1,14

    Limite Articulo 98 PPDA RM (t/año)

    2,5

    -

       

    8

    50

     

     

    Fuente: Tabla 2-29 del Anexo 20 de la Adenda.

     

    En este caso, el titular deberá presentar un plan de compensación de emisiones para MP10, en el marco del cumplimiento del PPDA, proponiendo como vía de compensación el aspirado de calles en el Anexo 10-1 del EIA.

     

    Ruido y Vibraciones

     

    Las actividades de cierre del Proyecto generarán emisiones de ruido que corresponderán principalmente al tránsito de vehículos, maquinaria y equipos, los movimientos de tierra y las actividades de desmantelamiento en general.

     

    Efluentes líquidos.

     

    Se instalará una planta de tratamiento de aguas servidas con capacidad para la dotación máxima de trabajadores en la fase de cierre (280 personas).

    Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

    Residuos sólidos.

     

    En las siguientes tablas se detallan los residuos sólidos que se generarán en la fase de cierre:

     

    Tabla N°14: Generación de Residuos Sólidos en Fase de Cierre.

    Clasificación

    Tipo

    Tasa de Generación Mensual (promedio)

    Unidad

    Residuos domésticos

    Restos de comida, envases, papeles, etc.

    6,0

    m³/mes

    Residuos industriales no peligrosos

    Chatarra, escombros y materiales.

    1,17

    m³/mes

    Fuente: Tabla Nº 6, Anexo 14, Adenda complementaria.

     

    Tabla Nº 15 Residuos Peligrosos en Fase de Cierre.

    Tipo de residuo peligroso

    Volumen

    (m3/mes)

    Densidad

    (kg/m3)

    Masa

    (kg/mes)

    Paneles fotovoltaicos dañados

    0,74

    2700

    6

    Filtros de aceites

    0,005

    920

    4,6

    Total (ton/mes)

     

    0,01962

    Total (kg/mes)

     

    19,62

    Fuente: Tabla Nº 6, Anexo 14, Adenda complementaria.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IV del ICE.

           

     

    4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

    4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

    Fecha estimada de inicio

    Segundo semestre del 2016.

    Parte, obra o acción que establece el inicio

    La acción que dará inicio a la ejecución de esta fase del Proyecto será la habilitación del acceso, de la instalación de faena y de los patios de acopio de materiales.

    Fecha estimada de término

    Segundo semestre del año 2017.

    Parte, obra o acción que establece el término

    La acción que dará término a la fase de construcción será el momento en que el Proyecto empiece a proporcionar energía al Sistema Interconectado Central (SIC), luego del término de la etapa de pruebas eléctricas de funcionamiento.

    4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

    Fecha estimada de inicio

    El inicio de la fase se operación comenzará una vez finalizada la fase anterior de construcción, lo cual se tiene previsto para el segundo semestre del 2017.

    Parte, obra o acción que establece el inicio

    La acción que dará inicio a la ejecución de esta fase del Proyecto será el momento en que el Proyecto empiece a proporcionar energía al Sistema Interconectado Central (SIC).

    Fecha estimada de término

    La fase de operación tendrá una duración de 25 años. Al término de este período, se realizará una evaluación que decidirá si es conveniente realizar una actualización tecnológica que permita mantener el Proyecto en funcionamiento.

    Parte, obra o acción que establece el término

    La acción que dará término a esta fase será el momento en que el Proyecto se desconecte definitivamente al Sistema Interconectado Central (SIC), para dar paso al cierre y abandono.

    4.4.3. FASE DE CIERRE

    Fecha estimada de inicio

    Si bien la fase de cierre está prevista para el año 2042, se evaluará la posible actualización tecnológica que permita mantener el Proyecto en funcionamiento por más tiempo.

    Parte, obra o acción que establece el inicio

    Desconexión de la planta solar fotovoltaica de la Subestación.

    Fecha estimada de término

    Los trabajos de desmantelamiento duraran 4 meses aproximativamente.

    Parte, obra o acción que establece el término

    El desmantelamiento total de las obras asociadas al Proyecto y el término de la ejecución del Plan de Restauración del sitio.

     

    5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

     

    5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

    Impacto significativo

    Nombre: Pérdida del suelo CCU III;

     

    Descripción: Debido a las obras del Proyecto, se produce la pérdida de suelos Clase II y III al existir actividades que implican principalmente movimientos de tierra, restringiendo o eliminando el uso potencial del recurso. También se considera bajo esta alteración el emplazamiento permanente u ocupación permanente.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Edafología

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Impacto significativo

    Nombre: Pérdida de flora singular: Porlieria chilensis; Pérdida de flora singular: Prosopis chilensis; Pérdida de vegetación singular: Bosque nativo de Acacia caven.

    Descripción: El Proyecto generará la pérdida del bosque nativo de preservación, Pérdida de flora y vegetación singular presente en el área del Proyecto. La alteración al elemento se identifica como “pérdida de vegetación singular” y “pérdida de flora singular”, ya que se producirá una eliminación de individuos, ya sea mediante corta y/o escarpe en el sitio donde se instalarán las obras del Proyecto.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Flora y vegetación singular

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Impacto significativo

    Nombre: Impacto sobre estratos herbáceos, abarcando especies geófitas.

    Descripción: Efectos del Proyecto, sobre los estratos herbáceos en el área de su afectación, es decir, en el área construcción de camiones y zanjas y área de subestación, abarcando especies geófitas.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Flora y vegetación singular

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Impacto significativo

    Nombre: Pérdida de ejemplares Cururo; Pérdida y/o modificación de hábitat Cururo.

    Descripción: Respecto de la fauna, las partes obras y/o acciones del proyecto generan impactos siginificativos sobre fauna en categoría de conservación, en este caso, sobre el Spalacopus cyanus (Cururo), producto de la pérdida de ejemplares que se produce al existir actividades que podrían eliminar algunos ejemplares de fauna (emplazamiento de instalaciones, atropellos, etc.). Además, producto de la pérdida y/o modificación de hábitat, al momento de ocupar espacios que son utilizados actualmente por esta especie, lo que ocurrirá debido a las actividades de construcción y al emplazamiento de instalaciones.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Fauna

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    CAPÍTULO V, VI y XII

    El proyecto generará los siguientes impactos significativos durante la fase de construcción: pérdida del suelo CCU III; pérdida de flora singular; pérdida de vegetación singular; pérdida de ejemplares de Cururo; y pérdida y/o modificación de hábitat de Cururo.

     

    6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

     

    6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

    Impacto no significativo

    Nombre: Cambio en concentraciones de material particulado debido a emisiones.

     

    Descripción:

    Las emisiones generadas durante la Fase de Construcción corresponderán principalmente a material particulado respirable (MP10) generado por transporte de materiales de construcción y personal. Además de gases (CO, NOx, y HC) y material particulado respirable (MP10) provenientes de la combustión de los vehículos y maquinaria utilizados en el proyecto.

    Durante la fase de operación las únicas emisiones generadas serán producto de las labores de mantenimiento, las cuales requieren baja movilización (principal fuente de emisión).

    En la fase de cierre, las emisiones a la atmósfera aumentarán, pero serán inferiores a lo estimado para la fase de construcción.

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación de acceso y caminos; Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación; Actividades de transporte; Uso de Maquinaria fase de construcción.

    Fase en que se presenta

    Todas las fases

    Impacto no significativo

    Nombre: Aumento en los niveles de ruido

     

    Descripción:

    En la fase de construcción se producirá un aumento temporal de los niveles basales de ruido debido a la construcción de la subestación, al montaje de paneles, a la instalación de faenas, la habilitación de los caminos de acceso y al tránsito de maquinaria y vehículos.

    Durante la fase de operación se producirá aumento de los niveles basales de ruido debido principalmente al tránsito de vehículos por transporte de personal.

    Durante la fase de cierre se producirá aumento de los niveles basales de ruido debido al desmantelamiento de instalaciones, tránsito de maquinaria y vehículos.

    Parte, obra o acción que lo genera

    -           Habilitación de acceso y caminos

    -           Habilitación faena de construcción

    -           Instalación del sistema de cableado

    -           Habilitación de módulos fotovoltaicos

    -           Construcción SE y sala de control

    -           Montaje de edificaciones y subestación

    -           Desmantelamiento de faena

    -           Transporte de equipos y de personal

    -           Desmantelamiento de instalaciones

    Fase en que se presenta

    Todas las fases

    Impacto no significativo

    Nombre: Aumento en los niveles vibratorios

     

    Descripción:

    En la fase de construcción se producirá un aumento de las vibraciones producto de las obras propias de la construcción, tales como acceso, camino, faena de construcción. Sectores de edificaciones y subestación.

    Parte, obra o acción que lo genera

    Sectores de habilitación de acceso, camino, faena de construcción. Sectores de edificaciones y subestación.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Impacto no significativo

    Nombre: Alteración de los campos electromagnéticos

     

    Descripción:

    Durante la fase de operación los campos electromagnéticos podrían verse afectados por las obras del proyecto asociadas a la generación de energía.

    Parte, obra o acción que lo genera

    Generación de energía y su monitoreo.

    Fase en que se presenta

    Operación

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    Durante el proceso de evaluación, conforme a lo que se acompaña en el expediente del mismo, el titular ha acompañado los antecedentes necesarios para acreditar que el proyecto no genera riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de las emisiones o residuos que genera o produce.

     

    6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

    Impacto no significativo

    Nombre: Emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión.

     

    Descripción:

    Por la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de emisiones atmosféricas contaminantes (MPS) que pudieran generar efectos adversos significativos sobre la calidad del aire que afecten la biodiversidad (Ver Anexo 4-1 Efectos en la calidad del aire, actualizado por Anexo 20 de la presente Adenda).

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Aire

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación de acceso y caminos; Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación; Actividades de transporte; Uso de Maquinaria fase de construcción.

    Fase en que se presenta

    Construcción.

    Impacto no significativo

    Nombre: Alteración niveles de aguas subterráneas

     

    Descripción:

    El impacto sobre este componente ambiental radica en la modificación potencial de los niveles de aguas subterráneas producto excavaciones y extracción de aguas subterráneas.

    De acuerdo a los antecedentes respecto de la descripción del proyecto, se tiene que las mayores excavaciones que el proyecto requerirá corresponden a aquellas relacionadas con la construcción del Sistema de Manejo de Aguas Lluvias, estas alcanzarán una profundidad máxima de 4 m en el sector de las piscinas de regulación.

    El consumo estimado es de 0,006 l/s, la que será extraída del Tranque Los Aromos de la Agrícola Bauza, ya que el sector en el que se ubica el Proyecto no cuenta con factibilidad de suministro de agua potable (Ver factibilidad del servicio en Anexo 2 - Factibilidad de agua potable de la Adenda y contrato en Anexo 3 de la Adenda complementaria). En el mismo Anexo 3 de la Adenda complementaria se adjunta la carta de acuerdo de compra venta de agua de los pozos que abastecen dicho tranque. Cabe hacer presente que mediante la Adenda, el Titular rectifica también lo declarado anteriormente en el EIA, aclarando que toda el agua industrial para lavar los paneles solares dos veces al año (1.265 m3/año), provendrá de proveedores externos autorizados.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Aguas subterráneas

    Parte, obra o acción que lo genera

    Faena de construcción, y Área de emplazamiento de las obras del proyecto, principalmente asociadas al sistema de manejo de aguas lluvia. (Construcción)

     

    Pozo autorizado de un tercero, para extracción de agua potable (operación)

    Fase en que se presenta

    Construcción y Operación

    Impacto no significativo

    Nombre: Modificación de la red de drenaje y Alteración de calidad aguas superficiales

    Descripción:

    El impacto sobre este componente ambiental radica en la modificación de la red de drenaje producto de la construcción del Sistema de Manejo de Aguas Lluvias. Dicho Sistema tiene por objeto captar las aguas lluvias provenientes de las cuencas aportantes al área del Proyecto.

    Cabe hacer presente que de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 4 de la Adenda, actualización de la línea de base de hidrología e hidrogeología, en el área en que se ubicarán las partes y obras del proyecto, no existen cauces de escurrimiento permanente, solo quebradas pluviales intermitentes.

    Para el caso de la fase de construcción, el impacto sobre este componente ambiental radica en la modificación de la red de drenaje producto de la construcción del Sistema de Manejo de Aguas Lluvias. Dicho Sistema tiene por objeto captar las aguas lluvias provenientes de las cuencas aportantes al área del Proyecto.

    Por otro lado en la fase de operación, en el sector de paneles, la eventual alteración en la calidad del agua podría ocurrir al momento de realizar actividades en sectores con escurrimiento de agua superficial (cauce). Es decir, en los mismos sectores en que existirá intervención de cauce, en caso que exista agua durante la intervención, podría ocurrir una alteración de la calidad del agua. Se recuerda que no existen otras obras o actividades del Proyecto que liberen contaminantes que pudieran afectar la calidad del agua.

    En los Anexos 10 y 15 de la Adenda complementaria se entregan los contenidos técnicos y formales requeridos para obtener los permisos ambientales sectoriales mixtos señalados en los artículos 156 y 157 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/2012).

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Aguas Superficiales

    Parte, obra o acción que lo genera

    Área de Proyecto – Sistema de Manejo de Agua Superficial (construcción)

    Área de módulos fotovoltaicos (operación)

    Fase en que se presenta

    Construcción y Operación

    Impacto no significativo

    Nombre: Modificaciones al terreno (Geomorfología)

     

    Descripción:

    En la fase de construcción se producirá una alteración de la geomorfología producto de la habilitación de la faena de construcción, caminos y en áreas de emplazamiento de las obras del proyecto. En la fase de cierre se producirá una alteración de esta componente producto de las obras de desmantelamiento.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Suelo

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación de acceso y caminos; Habilitación faena de construcción e instalaciones de sala control; Despeje superficial del terreno; Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos; Instalación del sistema de cableado; Montaje de edificaciones y subestación; Actividades de transporte; Uso de Maquinaria fase de construcción.

    Fase en que se presenta

    Construcción y Cierre.

    Impacto no significativo

    Nombre: Degradación por erosión del suelo

     

    Descripción:

    El impacto en este componente ambiental radica en el efecto sobre la alteración las características físicas del suelo.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Suelo

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación acceso, faena de construcción, caminos, cableado, subestación y sala de control. En general en las áreas de emplazamiento de las obras del proyecto.

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Impacto no significativo

    Nombre: Pérdida y/o modificación de ambientes para la fauna

    Descripción:

    El impacto identificado ‘pérdida y/o modificación de ambientes para la fauna’ se produce al momento de modificar u ocupar ambientes en los cuales habitan actualmente las especies, lo que ocurrirá debido a las actividades de construcción y al emplazamiento de instalaciones.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Suelo

    Parte, obra o acción que lo genera

    Faena de construcción, Caminos de acceso, Área de emplazamiento de las obras, Habilitación acceso y caminos, Habilitación faena de construcción, Instalación del sistema de cableado, Habilitación de módulos fotovoltaicos, Montaje de edificaciones y subestación, Desmantelamiento de faena, Transporte de equipos y de personal, Manejo de residuos, Subestación eléctrica y conexión al SIC.

    Fase en que se presenta

    Construcción y Cierre.

    Impacto no significativo

    Nombre: Pérdida de especies de hongos

    Descripción:

    El impacto en este componente ambiental radica en el efecto sobre especies de hongos, en el contexto de biodiversidad.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Hongos

    Parte, obra o acción que lo genera

    Faena de construcción, Caminos de acceso, Área de emplazamiento de las obras, Habilitación acceso y caminos, Habilitación faena de construcción, Instalación del sistema de cableado, Habilitación de módulos fotovoltaicos, Montaje de edificaciones y subestación, Desmantelamiento de faena, Transporte de equipos y de personal, Manejo de residuos, Subestación eléctrica y conexión al SIC.

    Fase en que se presenta

    Construcción y Cierre.

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, respecto de los componentes ambientales antes descritos.

     

     

    6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

    Impacto no significativo

    Nombre: Afectación a las condiciones inmateriales de habitabilidad de la población de Los Aromos.

     

    Descripción:

    Son todas aquellas cualidades inmateriales de la vivienda, del entorno inmediato y de la unidad territorial en las que vive un grupo humano, las que son significadas por la población que habita dicho lugar a partir de su percepción respecto de las condiciones de tranquilidad, seguridad, confort u otras que éstos espacios representen para el grupo humano local.

    Parte, obra o acción que lo genera

    Habilitación faena de construcción; Habilitación de módulos fotovoltaicos; Construcción SE y sala de control; Desmantelamiento de instalaciones.

    Fase en que se presenta

    Construcción y Cierre

    Impacto no significativo

    Nombre: Alteración del uso del territorio en Los

    Aromos.

     

    Descripción:

    El uso del territorio se define como la forma de ocupación de un espacio determinado por parte de un grupo humano, el que puede ser habitacional, económico, simbólico o religioso. De esta forma, dicha definición se extiende a todas aquellas formas en que los grupos humanos hagan uso del territorio en el cual se desarrollan, ya sea para vivir (habitacional), para trabajar (económico, ligado a la explotación de recursos naturales), o cómo lo signifiquen bajo un sistema de creencias (simbólico, identidad y/o religioso).

    Parte, obra o acción que lo genera

    Faena de construcción; Caminos de acceso; Área de emplazamiento de las obras (Construcción).

    Módulos fotovoltaicos; Subestación eléctrica y conexión al SIC; Instalaciones de apoyo y de control (Operación).

    Fase en que se presenta

    Construcción y Operación

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    La ejecución del Proyecto no afectará el acceso del grupo humano a los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional.

    La ejecución del Proyecto no modificará la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

    De acuerdo a la evaluación de impacto realizada para medio humano, el Proyecto no generará un impacto significativo a las condiciones inmateriales de habitabilidad, durante las fases de construcción y cierre.

    De acuerdo a la evaluación de impacto realizada para medio humano, el Proyecto no generará una alteración significativa al uso del territorio en la localidad Los Aromos, durante las fases de construcción y operación.

    Del análisis de la tabla anterior se puede concluir que el proyecto no requiere elaborar un EIA por el literal c) del Artículo 11 de la LBGMA y Artículo 7 del RSEIA, debido a que no se generará una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

     

    6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

    Poblaciones protegidas

    A través del levantamiento de información del componente Medio Humano desarrollado en la Línea de Base, no se identificó la presencia de poblaciones protegidas, entendiendo por tales a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización.

    Recursos protegidos

    El Proyecto atraviesa por áreas donde se reconoce la presencia de flora y fauna en categoría de conservación. Dada la aplicación del mismo objeto de protección de la norma, aplica la misma razón, generando impacto significativo.

    Áreas protegidas y Sitios Prioritarios

    A través del levantamiento de información en la Línea de Base, no se identificó la presencia de áreas protegidas.

    Humedales protegidos, glaciares y territorio con valor ambiental

    El inciso sexto del artículo 8 del Reglamento del SEIA, define “humedales protegidos” como aquellos ecosistemas acuáticos incluidos en la Lista a que se refiere la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, más conocida como la “Convención de Ramsar”, incorporada al ordenamiento jurídico nacional mediante el D.S N° 771/1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. En relación a los glaciares, el citado artículo 8 no proporciona una definición. No obstante y considerando una interpretación armónica así como el espíritu de la norma, debemos tener presente el artículo 3 literal a) inciso segundo, el que considera como causal de ingreso al SEIA, ciertas obras hidráulicas que alteran significativamente a los glaciares que se encuentran incorporados como tales en el Inventario Público a cargo de la Dirección General de Aguas.

    Respecto a la definición del concepto “territorio con valor ambiental”, el inciso 7° del artículo 8 señala que se entenderá que un territorio cuenta con dicha valoración, “cuando corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad”.

    Aplicando las disposiciones anteriores así como la susceptibilidad de afectación sobre los conceptos antes definidos, y a través de un levantamiento de información en terreno no se identifican humedales ni glaciares en el sector donde se emplaza el Proyecto ni en sus cercanías.

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    Del análisis de la tabla anterior se puede concluir que el proyecto no requiere ingresar al SEIA a través de un EIA por el literal d) del Artículo 11 de la LBGMA y el Artículo 8 del RSEIA, por cuanto el Proyecto no interviene zonas con recursos protegidos.

     

    6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

    Impacto no significativo

    Nombre:

    -        Pérdida atributos biofísicos y modificación de atributos estéticos.

    -        Intrusión visual y artificialidad.

     

    Descripción:

    El impacto en cuanto a la calidad visual del paisaje radica en el efecto sobre el paisaje, debido a intervenciones o modificaciones que alteren su calidad.

    En relación a la sensibilidad visual del paisaje radica en el efecto sobre el paisaje, debido a intervenciones o modificaciones que alteren su percepción o visual por parte de observadores.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Calidad Visual del Paisaje

    Sensibilidad Visual del Paisaje

    Parte, obra o acción que lo genera

    Faena de construcción, Caminos de acceso, Área de emplazamiento de las obras, Habilitación acceso y caminos, Habilitación faena de construcción, Instalación del sistema de cableado, Habilitación de módulos fotovoltaicos, Montaje de edificaciones y subestación, Desmantelamiento de faena, Transporte de equipos y de personal, Manejo de residuos, Subestación eléctrica y conexión al SIC.

    Fase en que se presenta

    Todas las fases

    Impacto no significativo

    Nombre: Alteración del funcionamiento de infraestructura Operación turística

     

    Descripción:

    El impacto en este componente ambiental radica en el efecto sobre el valor turístico, debido a intervenciones o modificaciones que alteren el funcionamiento o integridad de servicios o atractivos turísticos así como de la infraestructura y equipamiento asociada a estos elementos.

    Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

    Valor turístico

    Parte, obra o acción que lo genera

    Transporte de equipos y personal

    Fase en que se presenta

    Todas las fases

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    De acuerdo a la evaluación de impacto desarrollada en el Capítulo 4 del EIA, el Proyecto no generará un impacto en la calidad y sensibilidad visual, de intrusión visual y artificialidad (en la operación).

    Del análisis se puede concluir que el proyecto no requiere elaborar un EIA por el literal e) del Artículo 11 de la LBGMA, y por el Artículo 9, del RSEIA.

     

    6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

    Impacto no significativo

    Nombre: Afectación hallazgos arqueológicos (Patrimonio Arqueológico).

     

    Descripción:

    El impacto en este componente ambiental radica en el efecto sobre Monumentos Nacionales, sitios o hallazgos arqueológicos.

    En el Anexo 12 de la Adenda complementaria se presenta una actualización del PAS 132, dada la presencia de 1 Sitio Arqueológico (Subestación eléctrica) y 7 hallazgos aislados (área de paneles fotovoltaicos).

    Parte, obra o acción que lo genera

    Subestación eléctrica y área de paneles fotovoltaicos

    Fase en que se presenta

    Construcción

    Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

    Capítulos V, VI y XII

    El análisis bibliográfico de gabinete y la revisión de los Archivos del Consejo de Monumentos Nacionales, sobre el área de influencia del proyecto, permitió dilucidar que no existen monumentos nacionales declarados: histórico, santuario de la naturaleza y zona típica.

    La prospección arqueológica permitió concluir en el área de influencia del Proyecto Fotovoltaico Santiago Solar, resultó con la presencia de 12 hallazgos arqueológicos de épocas prehispánicas, consistentes en registros mínimos de entre uno y 12 líticos. El material cultural de los registros es exclusivamente material lítico. En tal sentido, la afectación de estos sitios se considera de baja magnitud, lo cual se refleja en la evaluación de impacto realizada en el Capítulo 4 del EIA.

    En el área de influencia no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

    De lo indicado anteriormente, se concluye que el Proyecto no requiere elaborar un EIA por el literal f) del Artículo 11 de la LBGMA, y el Artículo 10 del RSEIA.

     

    7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:

     

    7.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

     

    7.1.1. Mejoramiento y rehabilitación de suelos clase IV

    Tipo de medida

    Compensación.

    Componente(s) ambiental(es) objeto de protección

    Edafología.

    Impacto significativo asociado

    Pérdida del suelo CCU III

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Recuperar suelos identificados con Clase de Capacidad de uso IV (Pauta SAG).

     

    Descripción: La medida consiste en realizar la técnica de subsolado, para el mejoramiento de 128,82 há de suelo ubicadas en predios de la comuna de Litueche, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con el fin de que estos suelos que actualmente poseen Clase de Capacidad de Uso IV (Pauta SAG), sea mejorados a Clase de Capacidad de Uso III.

     

    Justificación: Dentro de la metodología y criterios para la búsqueda de suelos para compensar, se evaluaron alternativas a nivel comunal y regional, análisis con sistema de información geográfica (SIG), revisión de otros estudios de búsqueda de suelos, contacto con actores locales y trabajo de campo, entre otros, lo que se concretó finalmente en el resultado del análisis de factibilidad.

    El resultado del análisis no arrojó terrenos disponibles con posibilidades de mejoramiento. Las razones fueron las siguientes:

           La escasez de agua no permite considerar planes de expansión de la actividad agrícola, eventuales compensaciones/mejoramiento de suelo quedarían sin uso agrícola.

           Debido a lo anterior y las otras oportunidades que presentan los terrenos dentro de la Región Metropolitano, los propietarios no muestran interés en mejorar la clase de suelo, ya que proyectan a futuro dar otro uso al suelo (no agrícola), en particular para proyectos de tipo energético o para desarrollo inmobiliario, dada la gran expansión inmobiliaria de Santiago de los últimos años. En este contexto, el mejoramiento del suelo a CCUS III dentro de la Región Metropolitano les restringiría sus planes de inversión futura.

           Los terrenos presentan otras limitantes como presencia de plantaciones, matorral o bosque, alta pedregosidad, fuertes pendientes etc.

    Dado que no fue posible encontrar un lugar dentro de la Región Metropolitana, se abrió la búsqueda a otras regiones de Chile, encontrando suelos en la comuna de Litueche, VI Región, específicamente en terrenos de “Agrícola Ucuquer” y “Agrícola Huechun” que permite realizar la compensación de suelos mejorando suelos a CCUS III. Dicha información se complementa con un informe sobre búsqueda de lugares para ejecutar medida de compensación de suelo (Ver Anexo 21 de la Adenda Complementaria).

    En este contexto y en virtud de lo establecido en el Artículo 101 del D.S. Nº40/12 del MMA (RSEIA), el cual señala que dice “Las medidas de compensación se llevarán a cabo en las áreas o lugares en que los impactos significativos se presenten o generen o, si no fuera posible, en otras áreas o lugares en que resulten efectivas”, es que se justifica la implementación de la medida fuera del área o lugar donde se genera el impacto significativo.

    Por lo tanto, la justificación de la medida corresponde a que los suelos con Clase de Capacidad de Uso III, basan su importancia en la consideración de que a nivel país son un recurso escaso, de gran importancia para la producción agrícola.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Las áreas que se han definido con clase de capacidad de uso IV, que en total contemplan 128,82 hectáreas, se ubican en la comuna de Litueche, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y se divide como se muestra en el Anexo 26 de la Adenda complementaria.

     

    Forma:

    - Subsolado: El subsolado se realizará con maquinaria pesada, retroexcavadora o buldozer, equipada con un tridente o garra que pueda penetrar el terreno en su totalidad. El tridente será de al menos 1 m de largo. Las labores serán realizadas en la estación seca para un manejo efectivo de la técnica.

     

    Antes de la aplicación de la medida de subsolado, se aplicarán las labores complementarias de despedrado y destronque del terreno, actividades que se realizará de forma mecánica para preparar el suelo previo a la medida de mejora.

    Oportunidad:

    La medida se comenzará a implementar durante la fase de construcción del proyecto en meses secos.

    Indicador de cumplimiento

    Subsolado

     

    Característica

    Clase actual de Capacidad de Uso: IV

    Clase objetivo de Capacidad de Uso: III

    Simbología

    Descripción

    Simbología

    Descripción

    Profundidad efectiva

    D2

    Delgado (20 cm a 40cm)

    D3

    Ligeramente profundo (40 cm a 70 cm)

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo VII

     

    7.1.2. Efectos adversos significativos sobre especies en categoría de conservación, en particular Prosopis chilensis y Porlieria chilensis.

    Tipo de medida

    Compensación.

    Componente(s) ambiental(es) objeto de protección

    Flora y vegetación

    Impacto significativo asociado

    Pérdida de flora singular: Porlieria chilensis

    Pérdida de flora singular: Prosopis chilensis

    Pérdida de vegetación singular: Bosque nativo de Acacia caven

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Compensar la pérdida de flora y vegetación singular.

     

    Descripción: Corresponden a la reposición de ejemplares de Prosopis chilensis y Porlieria chilensis, en una proporción 1:10, es decir, se deben reponer 280 individuos de Algarrobo y 170 individuos de Guayacán, a través de enriquecimiento en unidades de bosque nativo aledañas al proyecto. De este modo, la propuesta queda estructurada de la siguiente manera:

     

    Especie

    Forma de vida

    Superficie área de enriquecimiento (ha)

    Superficie área de reforestación (ha)

    Individuos a plantar/ha en área de enriquecimiento

    Individuos a plantar/ha en área de reforestación

    Total individuos en área de enriquecimiento

    Tota individuos en área de reforestación

    Total de ejemplares compensados

    Prosopis chilensis

    Arbórea

    20

    23

    6

    7

    120

    161

    281

    Porlieria chilensis

    Arbustiva

    8

    23

    22

    --

    176

    --

    176

    Fuente: Punto VIII-6 de la Adenda complementaria.

     

    Respecto de la pérdida de Bosque nativo de Acacia caven, se reforestarán 23 hectáreas con la composición de especies y densidad indicada en la la tabla 7-5 del Anexo 23 de la Adenda. El total de individuos a reforestar, se señala a continuación:

     

    Especie

    Forma de Vida

    Total de Individuos a

    reforestar

    Quillaja saponaria

    Arbórea

    4.600

    Lithraea caustica

    Arbórea

    2.300

    Acacia caven

    Arbórea

    6.900

    Prosopis chilensis

    Arbórea

    12

    Porlieria chilensis

     

    12

    Total

    13.824

    Fuente Tabla 8-5, Anexo 23, Adenda.

     

    El objetivo es aumentar la cobertura y densidad de unidades de bosque espinoso que actualmente presentan indicios de extracción de biomasa y ramoneo por parte del ganado, para la cual se plantea un enriquecimiento con las especies mencionadas, en un número mayor al eliminado por obras del proyecto.

    Estas medidas responden a compensar los impactos que no pueden ser evitados ni mitigados. En este caso, las medidas de compensación están orientadas en la elaboración de un plan de repoblación de especies en categoría de conservación, más otras especies representativas del bosque nativo de preservación que será afectado. Se dividen en tres planes:

    - Plan de Repoblación de especies arbustivas

    - Plan de Repoblación de especies arbóreas

    - Plan de reforestación

     

    Justificación: La medida se justifica en que permitirá recuperar flora y vegetación que se verá afectada por el Proyecto, de tal manera de disminuir los impactos sobre las especies en general en la cuenca en que emplazará el Proyecto.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: La selección del área se realizó de acuerdo a los siguientes criterios: composición de flora y vegetación similar a las áreas intervenidas, pendiente suave, existencia de sustrato de suelo que permita la plantación de nuevos individuos y buena accesibilidad. Se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie se encuentre presente, que estará orientado básicamente a un enriquecimiento de un bosque nativo prexistente. Para mayores antecedentes cartográficos, ver Anexo 23 de la Adenda.

    Forma:

    Se construirá un cerco perimetral para evitar ramoneo del ganado, sobre todo a los ejemplares de Algarrobo y Guayacán en sus estados iniciales de desarrollo. Las plantas se cultivarán en vivero, con germoplasma de la subcuenca. También se considera preparación del terreno antes de plantar, con métodos manuales en las casillas individuales para cada especie. El control de malezas anuales también está considerado.

    El Plan de medidas de flora y vegetación considera actividades de repoblación de especies arbustivas (guayacán) y repoblación de especies arbóreas (algarrobo, espino).

    Las actividades se detallan en el Anexo 7.1 “Plan de medidas de flora y vegetación” del Anexo 23 de la Adenda complementaria y consideran como hitos principales:

    -        Colecta de Propágulos

    -        Viverización

    -        Preparación del sitio de repoblación

    -        Repoblación

    Se incorporarán una proporción 1 a 10 respecto a los individuos intervenidos de las especies Prosopis chilensis y Porlieria chilensis.

     

    Oportunidad:

    Las actividades de enriquecimiento comenzarán desde los 2 años en vivero. La viverización comenzará una vez notificada la RCA.

    Indicador de cumplimiento

    En relación a la sobrevivencia, se considera que para Guayacán, que corresponde a una especie en categoría de conservación Vulnerable, el porcentaje de éxito de sobrevivencia de los ejemplares plantados será del orden del 100%. Para Algarrobo, que corresponde a una especie en categoría de conservación Vulnerable, el porcentaje de éxito de sobrevivencia de los ejemplares plantados será del orden del 100%. Para el caso de Espino, Litre y Quillay se estimará como porcentaje de éxito un 75%.

    Cuando exista una tasa de sobrevivencia inferior, se procederá a una nueva reposición de las especies que no sobrevivieron, durante los dos primeros años después de la plantación. Estas especies serán obtenidas del vivero y se aplicará la misma metodología explicada anteriormente.

    Según los resultados del seguimiento se tomarán las medidas correctivas necesarias para mejorar las condiciones de las plantas y en caso de mortalidad se sustituirán.

    Considerar que para Plan de Repoblación de especies arbustivas, de especies arbóreas y Plan de reforestación, el éxito de la medida aplicada será evaluado al décimo año, no obstante se mantendrá un monitoreo hasta el año 20, donde se continuará con los cuidados del rodal y plantas.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo VII

     

    7.1.3. Rescate y reposición de bulbos

    Tipo de medida

    Mitigación

    Componente(s) ambiental(es) objeto de protección

    Flora y vegetación

    Impacto significativo asociado

    Efectos del Proyecto, sobre los estratos herbáceos en el área de su afectación, es decir, en el área construcción de camiones y zanjas y área de subestación, abarcando especies geófitas.

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Mitigar los efectos del Proyecto, sobre los estratos herbáceos en el área de su afectación, abarcando especies geófitas

     

    Descripción: El rescate consistirá en extraer bulbos que serán posteriormente trasplantados en la zona de relocalización, la cual reunirá las mismas características ecosistémicas de las zonas de origen, ubicadas en zonas contiguas, comprendiendo secciones que no se intervendrán. Las labores de rescate y manejo de este tipo de especies vegetales serán supervisados por un especialista en flora y vegetación, con experiencia en rescate de flora. De preferencia esta actividad se ejecutará durante el receso vegetal de estas especies.

    La recolección de órganos o bulbos, se realizará mediante el tamizado del sustrato proveniente del movimiento de tierra, la cual se ejecutará utilizando chuzos y/o palas. Los tamices deberán tener una apertura de malla no mayor a 1,5 cm.

    Después de la aplicación del funguicida, los bulbos serán almacenados durante el periodo que transcurra entre su extracción y su replante definitivo, en un sitio cercano que tenga buena ventilación, baja humedad y sin luz directa. El almacenamiento se realizará en sobres de papel, debidamente etiquetados, indicando sitio y fecha de extracción, unidad de vegetación de procedencia y número de bulbos por sobre, para posteriormente ser trasladados a los sitios de relocalización.

    Para ello, Luis Faúndez, señala que, una vez establecido el receso, estas unidades de propagación deben ser almacenadas hasta la siguiente temporada de lluvias (otoño). Las condiciones de almacenamiento consideran una buena aireación, baja humedad relativa, temperaturas moderadas (no superiores a 15°C), idealmente en bolsas de papel o envueltas en papel periódico, guardadas en cajas de cartón, selladas.

    El trasplante al sitio de relocalización final, se realizará de manera manual y procurando que esta actividad se inicie en el siguiente periodo vegetativo, es decir cuando estos empiecen a emitir brotes de hojas, lo ocurre generalmente a fin de otoño y principio de invierno (dependiendo de la época de extracción).

    Los bulbos serán manipulados y enterrados con sumo cuidado, en zonas aledañas y que posean las mismas características ambientales, y que además correspondan a la misma formación vegetal de las cuales fueron extraídos. Estos serán depositados en la misma dirección y profundidad con la que fueron recolectados. Antes de la plantación se efectuará una aplicación de funguicida (en polvo) sobre las raíces de cada bulbo, para evitar contaminación.

     

    Justificación: La medida se justifica en que permitirá recuperar flora y vegetación que se verá afectada por el Proyecto, de tal manera de disminuir los impactos sobre las especies en general en la cuenca en que emplazará el Proyecto.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Los sitios seleccionados donde se repondrá el material vegetal estarán bajo cargo del titular del proyecto, ya sea en áreas de servidumbre, arriendo de estos sectores o compra de ellos. Cada sitio de reposición, deberá estar señalizado indicando el número de sitio y fecha de establecimiento.

    Forma:

    Se procurará que los sitios de relocalización, estén localizados cercanos al área de extracción e intervención de las obras del proyecto, a modo que las especies de geófitas, se desarrollen dentro de las formaciones a las que pertenecen y no exista movilidad de especies a otros sectores. Riedemann et al 20065 señala que este tipo de especies, requieren alta luminosidad, humedad media a baja y suelos ricos en nutrientes con buen drenaje, por tanto, se plantaran a pleno sol y en suelos livianos.

    Cada sitio de relocalización será debidamente georreferenciado y demarcado, tanto físicamente como en formato digital a modo de facilitar el monitoreo.

    Oportunidad:

    El trasplante al sitio de relocalización final, se realizará de manera manual y procurando que esta actividad se inicie en el siguiente periodo vegetativo, es decir cuando estos empiecen a emitir brotes de hojas, lo ocurre generalmente a fin de otoño y principio de invierno (dependiendo de la época de extracción).

    Indicador de cumplimiento

    La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de propágulos se basará principalmente en el surgimiento de plantas anuales y geófitas en los sectores a monitorear. A partir del surgimiento de este tipo de plantas, y por medio de profesionales calificados en el área de botánica o carreras afines, se procederá determinar porcentaje de emergencia de estas especies.

    Para ello, se propone ejecutar un monitoreo al año entre los meses de septiembre y octubre, dada la variabilidad en el florecimiento que presentan estas especies durante la estación primaveral, esta actividad se realizará por 2 años.

    El monitoreo se realizará mediante un recorrido pedestre, por todas aquellas áreas señalizadas e identificadas como zonas de relocalización de bulbos. En estos sectores se caracterizará la vegetación presente, mediante la ejecución de estaciones de muestreo. Se procederá con la determinación de las comunidades vegetales a partir de las especies dominantes y las coberturas existentes. Se generará un listado florístico para cada estación de muestreo donde se registrará e identificarán todas las especies presentes de acuerdo con su taxa, origen biogeográfico y estado de conservación a nivel nacional y regional.

    Esta actividad estará a cargo de un profesional especializado en botánica o carreras afines, el cual llevara un registro anual de la diversidad de especies que emergen en estos sitios, caracterizando la composición botánica de este ecosistema. Estos informes de carácter anual serán emitidos por 2 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del plan, estos deberán ser presentados ante el SMA y CONAF de la región.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo VII

     

    7.1.4. Perturbación controlada para Cururos

    Tipo de medida

    Mitigación

    Componente(s) ambiental(es) objeto de protección

    Animales silvestres (fauna): Especies sensibles y/o en categoría de conservación

    Impacto significativo asociado

    “Pérdida de ejemplares Cururo”

    “Pérdida y/o modificación de hábitat Cururo”

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Lograr el desplazamiento progresivo de Spalacopus cyanus (cururo) desde aquellas áreas que serán intervenidas por las obras del Proyecto, hacia sectores sin intervención y con las características propias del hábitat de la especie.

    Descripción: La medida consiste en la inhabilitación progresiva del área del Proyecto donde habita esta especie, mediante la remoción manual de la vegetación e intervención de madrigueras activas, con el fin de inducir su movimiento hacia sectores aledaños, que cuenten con los requerimientos de hábitat para su establecimiento y desarrollo.

    La medida consistirá en lo siguiente:

    • Previo al inicio de la perturbación propiamente tal, un grupo de profesionales recorrerá el área del Proyecto, identificando aquellas curureras activas de la especie. Una cururera activa será entendida como un grupo de madrigueras activas y asociadas a una colonia de la especie. Aquellas curureras activas, serán identificadas y marcadas con estacas y marcadores.
    • Una vez reconocidas las curureras activas, se realizará un despeje de vegetación de tipo arbustiva y de baja altura, además de rocas y piedras de mediano tamaño en las cercanías del área de madrigueras, con el objetivo de evitar que sean utilizados como sitios de refugio.
    • Previo al inicio de las labores se deberá asegurar que la madriguera se encuentre vacía o provocar la huida del roedor. Para ello se debe introducir cuidadosa y repetidamente una varilla de 1 m de largo. Se procederá a efectuar una excavación suave mediante palas y chuzos en el sector aledaño a madrigueras.
    • Al día siguiente, se continuará con la excavación formando zanjas de al menos 30 cm de profundidad y 60 cm de ancho en el borde del área despejada de la colonia, con salida en ambos extremos, cuyo objetivo será evitar recolonización del área de obras.
    • De forma diaria se buscará la aparición de ventanas de túneles en cada zanja. En caso de aparición de ventanas en dirección opuesta del desplazamiento, éstas serán tapadas con piedras o madera a fin de evitar que queden individuos aislados.
    • Si procede, las zanjas se construirán de forma paralela las veces que sea necesario para lograr que la colonia abandone el área. Esta tarea se realizará desde el punto más cercano a las obras desplazándose desde éstas, con el objetivo de que los ejemplares se alejen hacia sectores opuestos al sitio de obras.
    • Luego de las labores se verificará la existencia de nuevas curureras en las áreas de desplazamiento de la colonia, las que serán demarcadas con estacas u otro método, para así evitar cualquier actividad relacionada con las faenas del Proyecto.

    Una vez que se halla verificado el éxito de la perturbación controlada, en un periodo no mayor a 3 días de liberada la zona, se podrá ingresar con maquinaria y efectuar el inicio de obras en el sitio involucrado, lo que evitará la recolonización inmediata de estos terrenos por parte de los ejemplares.

    En caso de encontrar depósitos de alimento, éstos se moverán hacia los sectores donde se desea dirigir a los animales, depositándolos preferentemente dentro de cuevas de la misma especie (Torres-Mura et al. 2015).

     

    Justificación: La medida se justifica en su capacidad para reducir la muerte de individuos de la especie Spalacopus cyanus (cururo), llevándolos a lugares que cuentan con los requerimientos de hábitat para su establecimiento y desarrollo.

    Para S. cyanus, que es una especie colonial y fosorial, la medida de perturbación controlada es considerada menos invasiva que la medida de rescate y relocalización (capturas), puesto que reduce la manipulación y el estrés en el individuo. Así mismo, con la aplicación de esta medida existe la opción de que todo el grupo (colonia) logre trasladarse hacia los nuevos sectores.

    Cabe destacar que esta medida se presenta en la “Guía de evaluación ambiental. Componente fauna silvestre” (SAG, 2012) como “la medida adecuada para mitigar los impactos sobre reptiles y micromamíferos que generan los proyectos lineales y proyectos areales de pequeño tamaño”.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar y Forma:

     

    La implementación de la medida será lo más próxima en el tiempo a la intervención del área, considerando un máximo de 7 días entre la medida y el inicio de las obras. El lugar escogido reúne las condiciones que caracterizan el hábitat del cururo.

    Oportunidad:

    Inicio de la fase de construcción del proyecto.

    Indicador de cumplimiento

    Se considerará la “Presencia de curureras activas”.

    En ese sentido, se considerará como indicador de éxito el que la cantidad de curureras activas en el área del Proyecto haya disminuido en un 100% tras la ejecución de la medida, para lo cual se utilizarán observaciones previas y posteriores a las actividades (Ver Plan de Seguimiento, Anexo 7-7-2 del EIA).

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo VII

     

    8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

     

    8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

     

    8.1.1. Variable ambiental: Mejoramiento y rehabilitación de suelos

    Impacto asociado

    Pérdida del suelo: CCU III

    Medida(s) asociada(s)

    Medida de compensación: Mejoramiento y rehabilitación de suelos clase IV (Pauta SAG 2011).

    Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento

    Edafología

    Ubicación de los puntos/zonas de medición y control

    Los suelos serán compensados predios ubicados en la comuna de Litueche, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

    Los puntos de medición/control de la medida se adjuntan en el capítulo 5.4 del Anexo 5 de la Adenda complementaria.

    Parámetros a monitorear

    Subsolado

    Límites permitidos o comprometidos

    Corresponden al factor limitante del suelo, que le confiere una capacidad IV-VII impidiendo sean Clase III, estos son:

     

    Característica

    Clase actual de Capacidad de Uso: IV

    Clase objetivo de Capacidad de Uso: III

    Simbología

    Descripción

    Simbología

    Descripción

    Profundidad efectiva

    D2

    Delgado (20 cm a 40cm)

    D3

    Ligeramente profundo (40 cm a 70 cm)

     

    Se verifica que la medida se ha cumplido, mediante calicatas (para verificar profundidad) y caracterización de los atributos que generan la limitante (medición de pendiente); fotografías de porcentaje de cobertura de piedras y estados de erosión; mediciones de drenaje. Estos criterios corresponden a los que les dan la limitante al suelo categorizándolos con clases inferiores. La eliminación de dichas limitantes permitirá verificar que la medida se ha cumplido.

    Duración y frecuencia de la medición

    Duración: El seguimiento de la medida, tendrá una duración de 2 años.

     

    Frecuencia: La frecuencia de la medición a lo largo de los 2 años, será el último semestre de cada año.

    Método o procedimiento de medición de cada parámetro

    Inspecciones de especialista en edafología (Ing. agrónomo o similar) Calicatas, registro fotográfico y documental.

    Plazo y frecuencia de entrega de informes

    Plazo: 2 años

    Frecuencia: Se elabora un informe anual que será entregado a la Autoridad Ambiental competente

    Organismo destinatario de informes

    Superintendencia del Medio Ambiente

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IX

     

    8.1.2. Variable ambiental: Plan de Medidas de Flora y Vegetación

    Impacto asociado

    ·        Pérdida de flora singular: Porlieria chilensis

    ·        Pérdida de flora singular: Prosopis chilensis

    ·        Pérdida de vegetación singular: Bosque nativo de Acacia caven

    Medida(s) asociada(s)

    Medida de compensación: Plan de Medidas de Flora y Vegetación.

    Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento

    Plantas (flora y vegetación)

    Ubicación de los puntos/zonas de medición y control

    Los puntos de control o puntos de muestreo serán definidos por los profesionales a cargo, basándose en las actividades de preparación del área escogida para el repoblamiento y recuperación de bosque.

    Parámetros a monitorear

    Prendimiento de individuos dispuestos.

    Límites permitidos o comprometidos

    En relación a la sobrevivencia, se considera que para Guayacán, que corresponde a una especie en categoría de conservación Vulnerable, el porcentaje de éxito de sobrevivencia de los ejemplares plantados será del orden del 100%. Para Algarrobo, que corresponde a una especie en categoría de conservación Vulnerable, el porcentaje de éxito de sobrevivencia de los ejemplares plantados será del orden del 100%. Para el caso de Espino, Litre y Quillay se estimará como porcentaje de éxito un 75%.

    Cuando exista una tasa de sobrevivencia inferior, se procederá a una nueva reposición de las especies que no sobrevivieron, durante los dos primeros años después de la plantación. Estas especies serán obtenidas del vivero y se aplicará la misma metodología explicada anteriormente.

    Duración y frecuencia de la medición

    Duración y Frecuencia: Se contempla un primer monitoreo 15 días después del trasplante y un segundo 30 días después. A partir del segundo monitoreo estos serán llevado a cabo con una frecuencia mensual durante el primer año, para posteriormente en el segundo año ejecutarlos de manera trimestral o estacional (marzo, junio, septiembre y diciembre). Esta etapa tendrá una duración de 20 años, donde a partir del tercer año el monitoreo se realizará semestralmente, desde el año los monitoreos serán anuales. En el seguimiento se plantea que se evaluarán todos los parámetros, registrando el N° de planta, especie, altura, sitio al que pertenecen y posibles causas de pérdidas o daño.

    Según los resultados del seguimiento se tomarán las medidas correctivas necesarias para mejorar las condiciones de las plantas y en caso de mortalidad se sustituirán.

    Los planes tienen un carácter dinámico, lo que significa que los periodos señalados de seguimiento podrían tener cambios, con la finalidad de obtener un mayor éxito en el plan de repoblación.

    Por último, considerar que el éxito de la medida aplicada será evaluado al décimo año, no obstante se mantendrá un monitoreo hasta el año 20, donde se continuará con los cuidados del rodal y plantas

    Método o procedimiento de medición de cada parámetro

    Los parámetros utilizados para evaluar las reforestaciones serán la sobrevivencia y el estado general de cada planta, considerando el estado fitosanitario y vigor del follaje existente.

    Plazo y frecuencia de entrega de informes

    Se entregarán informes a CONAF y SMA a partir del segundo año, con frecuencia trimestral y a partir del tercer al quinto año de forma semestral.

    Organismo destinatario de informes

    Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IX

     

    8.1.3. Variable ambiental: Plan de Medidas de Flora y Vegetación

    Impacto asociado

    Pérdida de flora singular: Geófitas (Bulbos).

    Medida(s) asociada(s)

    Medida de Mitigación: Rescate y relocalización de bulbos.

    Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento

    Plantas (flora y vegetación)

    Ubicación de los puntos/zonas de medición y control

    Sitios donde se realizó la relocalización.

    Parámetros a monitorear

    Surgimiento de plantas anuales y geófitas en los sectores a monitorear.

    Límites permitidos o comprometidos

    La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de propágulos se basará principalmente en el surgimiento de plantas anuales y geófitas en los sectores a monitorear. A partir del surgimiento de este tipo de plantas, y por medio de profesionales calificados en el área de botánica o carreras afines, se procederá determinar porcentaje de emergencia de estas especies.

    Duración y frecuencia de la medición

    Duración y Frecuencia: Para ello, se propone ejecutar un monitoreo al año entre los meses de septiembre y octubre, dada la variabilidad en el florecimiento que presentan estas especies durante la estación primaveral, esta actividad se realizará por 2 años.

    Método o procedimiento de medición de cada parámetro

    El monitoreo se realizará mediante un recorrido pedestre, por todas aquellas áreas señalizadas e identificadas como zonas de relocalización de bulbos. En estos sectores se caracterizará la vegetación presente, mediante la ejecución de estaciones de muestreo. Se procederá con la determinación de las comunidades vegetales a partir de las especies dominantes y las coberturas existentes. Se generará un listado florístico para cada estación de muestreo donde se registrará e identificarán todas las especies presentes de acuerdo con su taxa, origen biogeográfico y estado de conservación a nivel nacional y regional.

    Plazo y frecuencia de entrega de informes

    Un informe anual emitido por 2 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del plan, estos deberán ser presentados ante el SMA y CONAF de la región.

    Organismo destinatario de informes

    Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IX

     

    8.1.4. Variable ambiental: Perturbación controlada para Cururos

    Impacto asociado

    ·        Pérdida de ejemplares Cururo.

    ·        Pérdida y/o modificación de hábitat Cururo.

    Medida(s) asociada(s)

    Medida de mitigación: Perturbación controlada para Cururos.

    Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento

    Animales silvestres (fauna).

    Ubicación de los puntos/zonas de medición y control

    Las coordenadas de área definida para la perturbación controlada, se define en Anexo 18 de la Adenda.

    Los puntos de control o puntos de muestreo serán definidos por los profesionales a cargo, basándose como criterio en parte en los puntos realizados en las observaciones previas y posteriores a la medida, y en aquellos sectores en los cuales se ejecutarán y ubicarán las obras.

    Parámetros a monitorear

    A modo descriptivo y de referencia se utilizarán los siguientes parámetros:

    • Riqueza de especies del ensamble (antes/después de la aplicación de la medida)
    • Abundancia específica de especies
    • Diversidad del ensamble: Índice de Simpson, basado en la importancia de las especies más dominantes o el Índice de Shannon, basado en la equidad tomando en cuenta el valor de importancia de cada especie
    • Presencia de reproducción
    • Grado de desplazamiento: migración espacial desde el punto de perturbación

    Área proyectada para la perturbación (superficie) vs área efectivamente perturbada.

    Límites permitidos o comprometidos

    Se considerará que la medida ha sido exitosa cuando la cantidad de curureras activas haya disminuido en un 100% tras la ejecución de la medida, para lo cual se utilizarán observaciones previas (recorridos previos) y posteriores (recorridos posteriores) a las actividades. Para la verificación se registrarán signos de actividad de la cururera: huellas, ruido, heces, presencia de túneles nuevos, entre otros. Así mismo, durante la noche se instalará una cámara trampa y una grabadora por cururera, de tal manera de obtener registros complementarios de vocalizaciones y/o presencia de actividad crepuscular, nocturna y/o matinal. Se considerará que la madriguera está inactiva, una vez que los recorridos de observación, las trampas cámaras y grabaciones, no registren signos de actividad durante 2 días seguidos.

    Duración y frecuencia de la medición

    Duración: El seguimiento durará 1 año.

     

    Frecuencia: Considerará los transectos y recorridos de observación realizados antes y después de ejecutar la medida:

    • Recorridos y transectos previos a la medida “perturbación controlada”: deberán ser realizados entre 1 a 3 días antes del inicio de la ejecución de la medida de perturbación controlada.
    • Recorridos y transectos posteriores a las actividades de perturbación controlada: deberán ser realizados entre estacionalmente (verano otoño, invierno y primavera) durante 2-3 días considerando un seguimiento durante 1 año.

    Método o procedimiento de medición de cada parámetro

    La “presencia de curureras activas”, se obtendrá mediante la realización de recorridos y transectos pedestres de observación previos y posteriores a la medida, donde se registrará la cantidad y ubicación de curureras activas e inactivas.

    • Recorridos pedestres previos a la medida de perturbación controlada: estos deberán ser realizados mediante la participación de dos profesionales con experiencia en el manejo de fauna silvestre.
    • Recorridos pedestres posteriores a las actividades de perturbación controlada: deberán ser realizados mediante la participación de dos profesionales con experiencia en el manejo de fauna silvestre, cuando se hayan concluido las labores que involucran la aplicación de la medida.

    Plazo y frecuencia de entrega de informes

    Plazo: El informe relativo a los resultados de la implementación de la medida “Perturbación controlada” será entregado a las autoridades competentes dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada campaña de seguimiento.

    Frecuencia: 1 informe terminada la campaña de seguimiento

    Organismo destinatario de informes

    Superintendencia del Medio Ambiente.

    Referencia al ICE para mayores detalles

    Capítulo IX

     

    9°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

     

    9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

     

    9.1.1. Permisos para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción

    Parte, obra o acción a que aplica

    Durante la prospección arqueológica del área del Proyecto se registró 1 Sitio Arqueológico (Subestación eléctrica) y 7 hallazgos aislados (área de paneles fotovoltaicos).

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS se encuentran en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord N°1114 de fecha 31 de marzo de 2016, se pronuncia conforme respectos de los antecedente técnicos y formales del PAS, señalando que:

     

    “Este Consejo da conformidad al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el ART. N° 132 del D.S N° 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos. En el caso que el proyecto llegase a ser aprobado ambientalmente deberá ser tramitado por un arqueólogo profesional ante el CMN.”

     

    9.1.2. Permiso que se relaciona con la  construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza., a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario, del Artículo 138 del Reglamento del SEIA

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción a que aplica

    Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Capítulo 10, punto 10.3.3 del EIA, Punto V de la Adenda y Anexo 18 de la Adenda complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°2321 de fecha 30 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para dicho PAS, señalando lo siguiente:

     

    “El efluente tratado por PTAS será utilizado para humectar caminos internos del Proyecto. Este efluente cumplirá con la Norma de riego N°1333.

     

    Se dispondrá la instalación de un estanque de contacto, en donde se efectuará la cloración, él estará conectado con el vertedero de salida del sedimentador. Este estanque será además el lugar en que se podrá almacenar el agua tratada previa a su uso, situación que es compatible con el caudal efluente que no supera 1 m3/día.”

     

    9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción a que aplica

    El Proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos generados, para las cuales es necesario solicitar el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140, del Reglamento del SEIA.

    Durante las fases de construcción, operación y cierre se generarán residuos sólidos no peligrosos y domésticos o asimilables para lo cual, se separarán en el origen, almacenándolos por tipo de residuo. Dos veces al mes los residuos no peligrosos, serán retirados por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente para llevarlos a disposición final, en cambio para los residuos domésticos la frecuencia de retiro será dos veces a la semana.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 14 de la Adenda.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°2321 de fecha 30 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales de dicho PAS.

     

    9.1.4. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción a que aplica

    Se habilitará una bodega de acopio temporal (BAT) de residuos peligrosos en el área del Proyecto, cuya obra será ejecutada en la fase de construcción del Proyecto, pero se mantendrá durante toda la duración de éste, para el almacenamiento de los residuos peligrosos que se generen.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 14 de la Adenda complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante mediante Ord N°2321 de fecha 30 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales de dicho PAS.

     

    9.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción.

    Parte, obra o acción a que aplica

    De acuerdo a los antecedentes obtenidos en las campañas de muestreo del componente ambiental fauna terrestre, se identificó la presencia de fauna en categoría de conservación en las áreas cercanas al proyecto, por lo que será necesario capturar estas especies a efectos de relocalizarlos, de modo tal de no afectarlos durante la Fase de Construcción del Proyecto.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Capítulo 10, punto 10.3.6 del EIA y punto V de la Adenda.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero RM, mediante Ord N° 709/2016 de fecha 29 de marzo de 2016, se pronuncia conforme.

     

    9.1.6. Permiso para la intervención de especies vegetales nativas clasificadas de conformidad con el artículo 37 de la Ley Nª19.300, que formen parte de un bosque nativo, o la alteración de su hábitat, será el establecido en el artículo 19 de la Ley Nº20.283, sobre la recuperación del bosque nativo y fomento, del artículo 150 del Reglamento del SEIA.

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción.

    Parte, obra o acción a que aplica

    El proyecto contempla la intervención del Bosque Nativo de Preservación de Prosopis chilensis (Algarrobo) y Porlieria chilensis (Guayacán). Dicha intervención considera una superficie de afectación directa de 123,5 hectáreas.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Capítulo 10, punto 10.3.7 del EIA y el punto V de la Adenda.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la Corporación Nacional Forestal RM, mediante Ord N°30-EA/2016 de fecha 30 de marzo de 2016, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales, señalando lo siguiente:

     

    “De ser aprobado ambientalmente el proyecto, su titular deberá presentar sectorialmente la solicitud de Resolución Fundada, en concordancia con el inciso segundo del artículo 19 de la Ley 20.283. Para tal efecto, se deberán acompañar los antecedentes técnicos que acreditaron el referido PAS 150. Una vez obtenida de manera aprobatoria la señalada resolución, se deberá presentar a esta Corporación, el “Plan de Manejo de Preservación (Para efecto del art. 19, Ley 20.283)”, con todos los antecedentes ambientales de la respectiva Resolución Fundada, y cuyo formulario está disponible en la página web http://www.conaf.cl. El plan de manejo deberá estar aprobado por este Servicio, previo a la intervención del bosque de preservación.”

     

    9.1.7. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, será el establecido en el artículo 41 e inciso 1º del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales, del artículo 156 del Reglamento del SEIA.

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción.

    Parte, obra o acción a que aplica

    Punto de descarga en Canal Polpaico, considerado en el sistema de manejo de aguas del Proyecto Santiago Solar.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 10 de la Adenda complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la Dirección General de Aguas, mediante Ord N°409 de fecha 29 de marzo de 2016, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales del PAS, señalando lo siguiente:

     

    2.1 El referido PAS del Art. 156 le es aplicable a las siguientes obras, para las cuales el Titular deberá presentar los antecedentes ante DGA RMS:

    ·            Descarga Canal 2B al Canal Polpaico

    ·            Descarga Canal 3B al Canal Polpaico

    ·            Descarga Piscinas 1 y 2 al Canal Polpaico

    ·            Revestimiento del Canal Polpaico, según lo establece el Titular para evitar posibles erosiones

    2.2 El Titular debe presentar sectorialmente, el Certificado que acredite conformidad de las obras de intervención de cauce, por parte de los propietarios/usuarios.

    2.3 El Titular compromete medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras, y corresponden a las descritas en el acápite 3.d) del Anexo 10 del Adenda Complementaria.

    2.4 En caso de existir escurrimiento superficial en el periodo de construcción establecido, el Titular monitoreará dos puntos del canal Polpaico, ubicados 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo de las obras de arte. Los parámetros a considerar corresponden a los indicados en la NCh 1.333/78. Al respecto, se precisa que el Titular debe mantener el Informe de Resultados que contenga Coordenadas UTM (m) Datum WGS 84 de los puntos, análisis de resultados, recomendaciones y conclusiones, en el área de proyecto para facilitar su fiscalización.”

     

    9.1.8. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, será el establecido en los incisos 1º y 2º del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas., del artículo 157 del Reglamento del SEIA.

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción.

    Parte, obra o acción a que aplica

    Con la finalidad de dar cumplimiento a la normativa ambiental se presenta a aprobación de la autoridad la intervención de trece cursos de agua que descargan actualmente en la zona baja del valle y hacia el canal Polpaico. Esto en el contexto de las obras del Parque Fotovoltaico Santiago Solar.

     

    La intervención de estos cursos de agua se materializará a través de un cambio de trazado de éstos para su descarga fuera del Proyecto. Se considerará esta obra como una regularización de cauce, por lo tanto, es aplicable el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) Nº157.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 15 de la Adenda complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la Dirección General de Aguas, mediante Ord N°409 de fecha 29 de marzo de 2016, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales del PAS, señalando lo siguiente:

     

    3.1 El referido PAS del Art. 157 le es aplicable a las siguientes obras, para las cuales el Titular deberá presentar los antecedentes ante DGA RMS:

    ·            Descarga del Canal 1 a la Quebrada 7

    ·            Descarga del Canal 2A a la Quebrada 8

    ·            Descarga Quebrada 7 al Canal Polpaico (Intercepción de la Quebrada por cauce artificial)

    ·            7 Badenes (Quebradas 7 y 8)

    ·            Desviación aguas Quebradas 3, 4, 5, 6 al Canal 1

    ·            Desviación aguas Quebradas 9, 10, 11, 12 al Canal 2A

    ·            Captación aguas Quebrada 8 al Canal 2B

    ·            Desviación aguas Quebradas 13 y 14 al Canal 4

    ·            Desviación aguas Quebradas 15 al Canal 3

    3.2 En Fase de Construcción, el Titular compromete la Inspección de las obras en construcción y los cauces intervenidos una vez a la semana o posterior a eventos de alta pluviosidad que generen escurrimiento superficial, cuyo registro estará en la instalación de faena. Al respecto, se precisa que en caso de eventos de pluviosidad debe efectuar el monitoreo de la calidad de agua, de acuerdo a los parámetros establecidos en la NCh 1.333 y mantener el Informe de Resultados que contenga Coordenadas UTM (m) Datum WGS 84 de los puntos, análisis de resultados, recomendaciones y conclusiones, en el área de proyecto para facilitar su fiscalización

    3.3 En Fase de Operación, el Titular compromete la Inspección de las obras terminadas y los cauces intervenidos de forma trimestral o posterior a eventos de alta pluviosidad que generen escurrimiento superficial cuyo registro estará en las oficinas ubicadas en el área de proyecto.

    3.4 El Titular compromete medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras, y corresponden a las descritas en el acápite 2.5.g) del Anexo 15 del Adenda Complementaria.

    3.5 El Titular compromete el Plan de Contingencia descrito en el acápite 2.5.h) del Anexo 15 del Adenda Complementaria.

    3.6 El Titular compromete el Plan de Contingencia descrito en el acápite 2.5.i) del Anexo 15 del Adenda Complementaria.

     

    9.1.9. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, será el establecido en los incisos 1º y 2º del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas., del artículo 157 del Reglamento del SEIA.

    Fase del Proyecto a la cual corresponde

    Construcción y Operación.

    Parte, obra o acción a que aplica

    Construcción:

    Baños, comedor, garitas de control (3), grupo electrógeno, oficina y oficinas administrativas, pañol, residuos domésticos, residuos no peligrosos, residuos peligrosos, sala 1 y 2, salas de cambio.

     

    Operación:

    Módulos fotovoltaicos (incluye el área entre las filas de paneles), centros de transformación (inversores, transformadores de potencia y celdas de media tensión), Sistema de cableado subterráneo, subestación eléctrica, caminos internos, Salas de control y sala de control subestación, sala GIS.

    Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

    Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 11 de la Adenda complementaria.

    Pronunciamiento del órgano competente

    Al respecto, la SEREMI de Agricultura RM, mediante Ord N°160 de fecha 28 de marzo de 2016, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo RM, mediante Ord. N°1684 de fecha 31 de marzo de 2015 y el Servicio Agrícola y Ganadero RM mediante Ord. N°709/2016 de fecha 29 de marzo de 2016, se han manifestado conforme con los antecedentes presentados.

     

    10. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando calificando la actividad de Molesta, por contemplar caminos no pavimentados humectados.

     

    11. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

     

    11.1 Componente/Materia: Aire

    Norma:

    Decreto Supremo N° 144 de 1961, del Ministerio de Salud, Establece Norma para Evitar Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    En todas las fases del Proyecto.

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Transporte de materiales, movimiento de tierra.

    Forma de cumplimiento

    El Titular del Proyecto, adoptará una serie de medidas en las fases de construcción, operación y cierre contenidas en el Anexo 19 “Actualización Efectos de Calidad del Aire” de la Adenda.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Registro que verifique frecuencia de humectación de caminos y frentes de trabajo.

    Certificados de revisión técnica al día.

    Señalética al interior del Proyecto que señale velocidad máxima de circulación vehicular.

    Forma de control y seguimiento

    Inspección visual “in situ”.

    Revisión de registros y confección de una estadística del uso de vehículos y/o maquinaria durante la fase de construcción y operación del Proyecto.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 138/05, Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el uso de generadores como equipo de respaldo y seguridad, para detalles de estas emisiones ir a Anexo 19 “Actualización Efectos de Calidad de Aire” de la Adenda. No considera otras fuentes fijas de emisión.

    Forma de cumplimiento

    El Titular entregará la información sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento, cantidades y tipo de combustibles que empleen los grupos electrógenos, proporcionándose anualmente, antes del 1º de mayo de cada año, a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (RETC) por medio del software dispuesto para tales efectos en ellas, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3º del D.S. Nº 138/05 del MINSAL.

    Cabe destacar que dichos generadores son de respaldo ante fallas del suministro, y por lo tanto, su inclusión en la estimación de emisiones corresponde a un escenario ficticio y conservador

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento se realizara la correspondiente declaración cumplida la fecha tope para realizarla en cada año.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del del comprobante del proceso, es decir, declaración de emisiones realizadas.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 1/13, Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto genera aguas servidas, residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos y peligrosos durante todas las fases (el detalle de las cantidades se encuentran en el punto 1.5.8 de Capítulo 1 y en la Adenda).

    Respecto a la fase de operación, los residuos líquidos corresponden sólo a aguas servidas generadas en los servicios sanitarios. Los residuos sólidos domésticos consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/hab/día, por lo que la cantidad máxima será aproximadamente 0,15 T/mes.

    En todas las fases, las emisiones generadas a la atmósfera consisten en CO, NOx y SOx, todos gases derivados de grupos electrógenos, utilización de equipos, vehículos y maquinaria cuyo funcionamiento utiliza combustibles fósiles.

    Forma de cumplimiento

    Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento, el Titular cargará en la pág. www.rect.cl los reportes asociados a las emisiones y residuos. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones:

    - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial;

    - Acceder a la plataforma RETC con RUT de titular; y

    - Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Respecto al indicador de cumplimiento, efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del comprobante y de los datos del administrador del sistema.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 4/94 del MINSAL, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante todas sus fases, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones a la atmósfera.

    Forma de cumplimiento

    Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además, el Titular exigirá que el transporte de materiales se realice en camiones encarpados.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se exigirá que todos los vehículos posean el certificado de revisión técnica.

     

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de los certificados en faena para que la autoridad pueda inspeccionarlos.

    Norma:

    D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de construcción y cierre

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Durante la fase de construcción se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra. Del mismo modo se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase.

    Durante la fase de operación, se estima que las emisiones son poco significativas, toda vez que éstas tienen relación con las actividades de transporte de personal y equipos para el funcionamiento de la planta, mantenimiento y situaciones de emergencia. Por último, se prevé que en la fase de cierre, las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de escasa importancia, ya que se restringen a las tareas de desmantelamiento de las instalaciones.

    De acuerdo a lo presentado en la estimación de emisiones (Anexo 20 de la Adenda), el Proyecto, supera, en su fase de construcción y cierre, el límite de 2,5 t/año de material particulado del Decreto Supremo N° 66/09 que “Revisa, Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)”.

    Forma de cumplimiento

    El titular presentará un plan de compensación a la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, en un plazo no superior a 60 días desde la notificación de la Resolución de Calificación Ambiental, para ser aprobado previo al inicio de actividades del Proyecto.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Plan de compensación de emisiones con respecto al MP10.

    Forma de control y seguimiento

    Verificación de la aprobación Plan de Compensación

    Seguimiento del cumplimiento de las medidas comprometidas en los plazos y compensación contenidas en el Plan de Compensación.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 75/87 del MINTRATEL- Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante todas sus fases, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones a la atmósfera.

    Forma de cumplimiento

    Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además, el Titular exigirá que el transporte de materiales se realice en camiones encarpados.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento de estas medidas se podrá realizar in situ, mediante simple inspección visual.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del del comprobante del proceso, es decir, declaración de emisiones realizadas.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 55/94 del MINTRATEL- Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que Indica

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Construcción y Cierre

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla la utilización de vehículos motorizados pesados para el transporte de materiales.

    Forma de cumplimiento

    Se cumplirá con la normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus fases, cumplan con la norma EURO 5.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del del comprobante del proceso, es decir, declaración de emisiones realizadas.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 279/83 del MINSAL- Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados de combustión interna.

    Forma de cumplimiento

    A todos los vehículos motorizados de combustión interna relacionados con el Proyecto se les exigirán respetar la norma EURO 5 y su revisión técnica al día y la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del del comprobante del proceso, es decir, declaración de emisiones realizadas.

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 - Código Sanitario

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases de combustión, de forma temporal durante la fase de construcción producto de actividades de preparación de terreno para el montaje de los paneles y otras obras, transporte de materiales y personal y uso de maquinaria y equipos. Durante la fase de operación las emisiones serán mínimas y sólo estarán asociadas al transporte de personal y labores de mantención de la planta.

    Forma de cumplimiento

    Los caminos no pavimentados así como los frentes de trabajo se mantendrán humectados y el transporte de material se realizará en camiones encarpados.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento de estas medidas se podrá realizar in situ, mediante inspección visual.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro del comprobante del proceso, es decir, declaración de emisiones realizada y se mantendrá registro de la vigencia de revisión técnica de los vehículos, que serán utilizados en fase de construcción.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 47/92 - Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de Construcción y Cierre.

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Durante la fase de construcción se generará material particulado MP10 y MP 2,5 en las actividades que consideren movimientos de tierra.

    Durante la fase de operación del Proyecto, no se generarán emisiones constantes a la atmósfera y las que se generen carecen de significación.

    Se prevé que en la fase de cierre, las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de escasa importancia, ya que se restringen a las tareas de desmantelamiento de las instalaciones.

    Forma de cumplimiento

    Se dará cumplimiento a las medidas establecidas en el Artículo 5.8.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, según corresponda a la naturaleza de las obras.

    El efluente tratado proveniente de las plantas de aguas servidas y utilizado para la humectación de caminos, cumplirá con los parámetros biológicos de la NCh 1333 Of. 78, en lo que a calidad de agua para riego se refiere. No se realizará infiltración de efluentes.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Respecto de la humectación, el encargado de obra mantendrá un registro donde conste la frecuencia de esta medida. Además, antes que los camiones abandonen la obra para efectuar el transporte de materiales, se verificará in situ la instalación de la carpa que cubra la carga.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de la frecuencia de humectación.

    11.2 Componente/Materia: Condiciones Sanitarias

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, Código Sanitario.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Instalación de faena y frentes de trabajos, instalaciones sanitarias y plantas de tratamiento.

    Forma de cumplimiento

    La planta de agua potable para la fase de operación y las de tratamientos de aguas servidas (todas las fases) contarán con autorización sanitaria correspondiente. Durante la fase de construcción y cierre el agua potable será adquirida a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria quién transportará el agua hasta el área del Proyecto.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento consiste en el registro de las boletas y convenios acordados con el proveedor autorizado de agua potable para la fase de construcción y cierre. En el mismo registro, debe constar copia de la resolución sanitaria que autoriza a este tercero.

    Durante la fase de operación se extraerá agua de Tranque Los Aromos, los derechos de aprovechamiento de agua del propietario de los pozos que abastecen dicho tranque, se adjuntan en el Anexo 2 de la Adenda.

    El indicador de cumplimiento consiste en el registro de las boletas y convenios acordados con la Agrícola Bauzá la resolución sanitaria correspondiente.

    Forma de control y seguimiento

    El Titular exigirá que el proveedor cuente con las autorizaciones respectivas, de las cuales se mantendrá registro de ellas y la vigencia de la resolución sanitaria correspondiente.

    Norma

    Decreto Supremo N° 735/69, reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto requerirá la utilización agua potable para consumo humano.

    Forma de cumplimiento

    El agua de consumo humano para fase de construcción y cierre, será a través de un proveedor comercial autorizado, por lo que una vez determinados los proveedores, se mantendrán registros en el sitio, indicando además la ubicación de las fuentes de agua consideradas. En fase de operación, este insumo provendrá desde el Tranque Los Aromos, los derechos de aprovechamiento de agua del propietario de los pozos que abastecen dicho tranque, se adjuntan en el Anexo 2 de la Adenda. Cabe destacar que el agua será potabilizada El almacenamiento de agua para servicios higiénicos se realizará en un estanque con capacidad de 1 m³.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se podrá verificar mediante inspección visual al estanque de almacenamiento de agua y realizando un monitoreo mensual atreves de un laboratorio certificado. El agua potable cumplirá con los requisitos físicos, químicos, bacteriológicos y radioactivos descritos en la norma NCh 409/2005, que aseguran que sea apta para el consumo humano y no ponga en riesgo la salud de la población. Además, se podrá verificar la procedencia de dicha agua mediante fiscalización de los registros de compra de agua potable al proveedor autorizado por la autoridad sanitaria.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro en faena de las boletas de compra del agua y se presenta en la Adenda los derechos de agua del predio Bauza. Se mantendrá un registro de los monitoreos mensuales realizados, en el laboratorio acreditado.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 446/06 del MINSAL, oficializa Norma Chilena Nº 409 /1. Of 2005 Calidad de agua para Uso Potable.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El proyecto requerirá la utilización agua potable para consumo doméstico.

    Forma de cumplimiento

    Durante la fase de construcción y cierre el agua potable será adquirida a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria quién transportará el agua hasta el área del Proyecto.

    El almacenamiento de agua para servicios higiénicos se realizará en un estanque con capacidad de 1 m³.

    Durante la fase de operación el agua potable provendrá desde el Tranque Los Aromos, los derechos de aprovechamiento de agua del propietario de los pozos que abastecen dicho tranque, se adjuntan en el Anexo 2 de la Adenda.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se podrá verificar mediante inspección visual el estanque de almacenamiento de agua y realizando un monitoreo mensual atreves de un laboratorio certificado.

    Forma de control y seguimiento

    Registro de las facturas, boletas o guía de despacho de la compra de agua y de las autorizaciones sanitarias asociadas a las empresas de provisión de agua potable.

    Se mantendrá un registro de los monitoreos mensuales realizados, en el laboratorio acreditado.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 594/99 del MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto requerirá la utilización agua potable para consumo doméstico.

    Forma de cumplimiento

    Durante la fase de construcción el agua potable será adquirida a través de una fuente autorizada por la autoridad sanitaria quién transportará el agua hasta el área del Proyecto.

    El almacenamiento de agua para servicios higiénicos se realizará en un estanque con capacidad de 1 m³.

    Durante la fase de operación el agua potable provendrá desde el pozo de abastecimiento de agua potable de la Agrícola Bauzá para sus consumos internos. Los derechos de aprovechamiento de agua que dispone el propietario del predio.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se podrá verificar mediante inspección visual el estanque de almacenamiento de agua y realizando un monitoreo mensual a través de un laboratorio certificado. Se asegurará el cumplimiento de la Normativa NCh 409, manteniendo registro de ello.

    Forma de control y seguimiento

    Registro de las facturas, boletas o guía de despacho de la compra de agua y de las autorizaciones sanitarias asociadas a las empresas de provisión de agua potable.

    Se presenta los derechos de agua del predio Bauza, en el Anexo 2 de la Adenda.

    Se mantendrá un registro de los monitoreos mensuales realizados, en el laboratorio acreditado.

    11.3 Componente/Materia: Residuos líquidos

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, Código Sanitario.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto generará aguas servidas producto de la utilización de servicios higiénicos y duchas. En todas las fases del Proyecto las aguas servidas generadas serán tratadas en una planta de tratamiento de aguas servidas modular con aireación extendida.

    Forma de cumplimiento

    El Titular presentará los antecedentes necesarios para solicitar el PASM 138. Por otra parte, antes de la puesta en marcha del sistema de tratamiento de aguas servidas contará con las respectivas autorizaciones sanitarias.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se podrá verificar la aprobación y los permisos sanitarios que autoricen el funcionamiento de la Planta de Tratamiento Aguas Servidas.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de todas las autorizaciones de las PTAS.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 594/99 del MINSAL - Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto requiere de la instalación de servicios sanitarios para el personal considerado, en la fase construcción y cierre; se contara con baños químicos en los frentes de trabajo y una planta de tratamiento de aguas servidas modular.

    En fase de operación, el Proyecto contará con planta de tratamiento de aguas servidas.

    Forma de cumplimiento

    Respecto a los baños químicos, el Titular se preocupará de evitar la proliferación de vectores, malos olores, contaminación ambiental y ocurrencia de accidentes causados por estas instalaciones, las cuales serán manejadas por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Región Metropolitana. El Titular antes de la puesta en servicio de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas, contará con las autorizaciones sanitarias respectivas. El efluente tratado proveniente de las plantas de aguas servidas y utilizado para la humectación de caminos, cumplirá con los parámetros biológicos de la NCh 1333 Of. 78, en lo que a calidad de agua para riego se refiere. No se realizará infiltración de efluentes.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de será la aprobación por la autoridad sanitaria y los permisos ambientales respectivas para que la planta entre en funcionamiento.

    Forma de control y seguimiento

    En todas las fases se podrá verificar los permisos respectivos para cada una de las plantas de tratamiento de aguas servidas, la disposición y retiro de lodos o dichos residuos líquidos excedentes, será realizado por parte de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Región Metropolitana. En fase de construcción y cierre se implantará un libro de registro, el cual contendrá copia de las facturas donde se certifique y acredite la disposición de las aguas servidas de los baños químicos de los frentes de trabajo en una empresa regional sanitaria autorizada.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 867, Oficializa Norma Chilena N° 1.333 Of. 78 sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    En todas las fases, el Proyecto considera una planta de tratamiento de aguas servidas modular, de tipo lodos activados, de carácter temporal durante la fase de construcción, cuyo efluente se utilizará para la humectación de caminos. El efluente tratado proveniente de las plantas de aguas servidas y utilizado para la humectación de caminos, cumplirá con los parámetros biológicos de la NCh 1333 Of. 78, en lo que a calidad de agua para riego se refiere (DBO5, SST, NKT, P total, pH y Coliformes fecales). No se realizará infiltración de efluentes.

    Forma de cumplimiento

    El Titular antes de la puesta en servicio de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas, contará con las autorizaciones sanitarias respectivas.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se podrán verificar con el cumplimiento de los parámetros biológicos de la NCh 1333 Of. 78 a través de un muestreo trimestral, en lo que a calidad de agua para riego se refiere y los permisos respectivos de las obras sanitarias por parte de la empresa autorizada por la SEREMI de Salud Región Metropolitana.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá los resultados del análisis de parámetros biológicos establecidos en NCh 1333.

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley N° 1122, Fija Texto del Código de Aguas.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Modificaciones de cauce

    Forma de cumplimiento

    En razón de la intervención de cauces naturales, el titular solicitará los Permisos Ambientales Sectoriales correspondientes a los Artículos 156 y 157 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Ver Anexo 10 y 15 de Adenda complementaria, respectivamente).

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Obtención de los permisos respectivos y ejecución obras según lo especificado.

    Forma de control y seguimiento

    Informe final de obras.

    11.4 Componente/Materia: Residuos sólidos

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley N° 725, Código Sanitario.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto generará residuos sólidos domésticos, residuos industriales no peligrosos y peligrosos, para lo cual considera la construcción sitios de almacenamiento temporal de residuos. Estos residuos serán retirados por una empresa autorizada, para ser llevados a su disposición final en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria

    Forma de cumplimiento

    Antes del inicio de las actividades del Proyecto el Titular presentará a la Autoridad Sanitaria los antecedentes necesarios para el otorgamiento de la autorización de la construcción y operación de los sitios de almacenamiento temporal de residuos, la que dará cumplimiento a todos los requisitos técnicos requeridos.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    En el EIA se entregan los antecedentes establecidos para el otorgamiento de los permisos asociados (PAS 140 y PAS 142). Como indicador de cumplimiento, se tendrá la autorización sanitaria de dichos permisos.

    Adicionalmente se contará con registros de retiro de residuos.

    Forma de control y seguimiento

    La autorización sanitaria y ambiental del PAS 140 y PAS 142.

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla la generación de residuos sólidos en todas sus fases.

    Forma de cumplimiento

    El Titular se compromete a realizar el transporte y disposición final de los residuos generados por el Proyecto a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria

    Indicador que acredita su cumplimiento

    En el EIA y sus Adendas se entregan los antecedentes establecidos para el otorgamiento del PAS 140 y PAS 142 del Reglamento del SEIA, el indicador de cumplimiento será la aprobación de estos permisos. Adicionalmente se contará con registros de retiro.

    Forma de control y seguimiento

    Se podrá verificar en la planta, la disposición y manejo de dichos residuos, por parte de la empresa autorizada por la SEREMI de Salud de Región Metropolitana.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 594/99 del MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla la generación y necesidad de disposición de residuos en todas sus fases.

    Forma de cumplimiento

    Los residuos de distinta naturaleza serán, en primera instancia, segregados según origen para luego ser acopiados en áreas de almacenamiento temporal para residuos sólidos industriales peligrosos y no peligrosos en contenedores cerrados en el caso de los residuos domésticos. Durante la fase de construcción se contará con áreas de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos y no peligrosos, aledañas al área de instalación de faena de la(s) empresa(s) contratista(s), cuya autorización de funcionamiento será requerida a la autoridad sanitaria. Los residuos industriales serán retirados periódicamente a fin de no exceder la capacidad de las áreas de almacenamiento. En particular no podrán permanecer en faena más de 6 meses. El retiro de los residuos correrá por cuenta de empresas especializadas y autorizadas para tal fin.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento se contará con las autorizaciones respectivas de la autoridad sanitaria, en relación a las áreas de almacenamiento temporal de residuos.

    Forma de control y seguimiento

    Se podrá verificar en la planta la vigencia de las autorizaciones emanadas por la autoridad sanitaria respecto a las áreas de almacenamiento temporal de residuos.

    Norma:

    Resolución N° 5.081 de 1993, Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El proyecto generará residuos sólidos industriales en todas sus fases.

    Forma de cumplimiento

    Todo desecho sólido industrial desde el momento que abandona el establecimiento generador y hasta su destino final, debe estar premunido del correspondiente Documento de Declaración.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    La disposición de los residuos sólidos industriales será realizada conforme lo establece la Resolución N° 5.081.

    El Titular declarará desde su generación, transporte y disposición final, acompañando en cada una de estas etapas el documento de declaración respectivo.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá disponible para control de la Autoridad el registro interno de la obtención del PAS establecido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, descrito en el capítulo 10.2 del EIA, a fin de que pueda fiscalizar el cumplimiento de dichos permisos.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos durante las tres fases del proyecto.

    Forma de cumplimiento

    Los residuos peligrosos se mantendrán almacenados por un plazo máximo de 6 meses, período en el cual serán llevados a un sitio de disposición final facultado por la Autoridad Sanitaria. El retiro y transporte de estos residuos se realizará a través de transportistas autorizados. Además, se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”, y con entregar al transportista las respectivas hojas de seguridad para el transporte de dichos residuos. En el EIA se entregan los antecedentes establecidos para el otorgamiento del PASM 140 del Reglamento del SEIA.

    A cada empresa encargada del retiro, transporte y disposición de los residuos sólidos peligrosos, se le exigirá estar debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento se tendrá la autorización ambiental y sectorial del PAS 142, y el comprobante del ingreso de la cantidad generada en el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”, además de boletas o facturas de la empresa que realizara el retiro de estos residuos.

    Forma de control y seguimiento

    Mantendrá registro en faena de la autorización sanitaria y ambiental del PAS 142, comprobante del ingreso de la cantidad generada en el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”, boletas o facturas de la empresa que realizará el retiro de estos residuos.

    Norma:

    Decreto Ley Nº 3557/80, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola, modificado por la Ley N° 20.308 de 2008.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El proyecto contempla la generación de residuos durante todas las fases

    Forma de cumplimiento

    Se cumplirá con el articulo 9 y 11 de la presente Ley, con el fin de no contaminar la agricultura mediante la manipulación de productos que sean susceptibles de causar dicha contaminación, el Titular adoptara oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir dicha daño.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Durante todas las fases del Proyecto, los residuos serán adecuadamente almacenados y rotulados. Éstos se retiraran en la frecuencia debida, mediante transportistas autorizados, y dispuestos en sitios autorizados, de acuerdo a las características del residuo. Generando registro asociados a los retiros.

    Forma de control y seguimiento

    Durante todas las fases del proyecto, los residuos serán adecuadamente almacenados y rotulados. Éstos serán retirados en la frecuencia debida, mediante transportistas autorizados, y dispuestos en sitios autorizados, de acuerdo a las características del residuo.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 04/09 del MINSEGPRES, Reglamento para el Manejo de Lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla la instalación y funcionamiento de obras destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas del tipo modular.

    Los lodos estabilizados generados en exceso serán purgados desde el sedimentador secundario, no requiriendo de un proceso de digestión..

    Forma de cumplimiento

    El Titular antes de la puesta en servicio de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas, contará con las autorizaciones sanitarias respectivas. El efluente tratado proveniente de las plantas de aguas servidas y utilizado para la humectación de caminos, cumplirá con los parámetros biológicos de la NCh 1333 Of. 78, en lo que a calidad de agua para riego se refiere. No se realizará infiltración de efluentes.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador que mostrará el cumplimiento, será la autorización sanitaria tramitada de forma sectorial y ambiental.

    Por otra parte, los lodos provenientes de los sistemas de tratamiento serán manejados y dispuestos en sitios de disposición final autorizados aprobados por la Autoridad Sanitaria, dando cumplimiento a la normativa.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro en planta de las autorizaciones sanitarias obtenidas, de los resultados del análisis sobre parámetros biológicos y boletas o facturas que acrediten que el retiro de lodos será realizado por una empresa autorizada sanitariamente para ese fin.

    11.5 Componente/Materia: Ordenamiento territorial

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto emplazará obras permanentes en un sector no urbano de la comuna de Til Til.

    Forma de cumplimiento

    Se presentan los antecedentes formales y técnicos para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PASM) del Artículo 160 del Reglamento del SEIA, en el Anexo 11 de la Adenda complementaria del Proyecto.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento será, la aprobación sectorial para edificar en ese predio y las correspondientes autorizaciones del Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI MINVU.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá archivado en faena, copia física del permiso de edificación y las correspondientes autorizaciones del Servicio Agrícola y Ganadero, además de la SEREMI MINVU.

    Norma:

    Resolución N° 20/94, Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Las obras estarán localizadas en territorios de la comuna de Til Til, provincia de Chacabuco, región Metropolitana. El Proyecto corresponde a instalaciones de un Parque Solar.

    Forma de cumplimiento

    Se presentan los antecedentes formales y técnicos para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PASM) del Artículo 160 del Reglamento del SEIA, en el Anexo 25 de la Adenda del Proyecto.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento será, la aprobación para edificar en ese predio y las correspondientes autorizaciones del Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI MINVU.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá archivado en faena copia física del permiso de edificación y las correspondientes autorizaciones del Servicio Agrícola y Ganadero, además de la SEREMI MINVU.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto deberá solicitar el Certificado de Calificación Técnica Industrial, en concordancia con lo señalado en este Decreto.

    Forma de cumplimiento

    Para la ejecución del Proyecto se requiere solicitar los permisos de edificación otorgados por los organismos correspondientes. Asimismo, en el Anexo 11 de la Adenda, se adjuntan los antecedentes formales y técnicos para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PASM) del Artículo 161 del Reglamento del SEIA

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento será la autorización de cambio de uso de suelo contenida en el artículo 161 del Reglamento del SEIA., permiso de edificación.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS establecido en el artículo 161 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

    11.6 Componente/Materia: Fauna

    Norma:

    Ley Nº 19.473 y D.S. Nº 5/98, ambos del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza y su Reglamento.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    En base al estudio de fauna (ver Capitulo 3 - Línea de Base Fauna) realizado en el área de influencia del proyecto, se registraron 8 especies introducidas en el área de influencia, compuestas por especies domésticas y asilvestradas De las especies registradas en los distintos ambientes destacan seis especies de interés, por encontrarse en alguna categoría de conservación: tres reptiles, un ave y tres mamíferos. Dentro de estas se encontraron tres especies en categoría de amenaza: Callopistes maculatus (iguana chilena) listada “Vulnerable”, Spalacopus cyanus (cururo) listada “En Peligro”, y Vultur gryphus (cóndor), listadas como “Vulnerable”.

    Forma de cumplimiento

    El Titular instruirá y prohibirá a sus trabajadores la caza en todos los lugares en que se desarrollará el Proyecto. Previo a la fase de construcción se llevara a cabo una “Perturbación Controlada” para micromamiferos (Cururos) y “Plan de rescate y de relocalización”, presentándose los antecedentes necesarios del SAG relacionados con el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 146 del Reglamento del SEIA debido a la presencia de especies de baja movilidad encontradas en el área.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se presentará un informe relativo a los resultados para cada medida de implementación, es decir, “Perturbación Controlada” y “Relocalización”.

    Forma de control y seguimiento

    Se presentará un informe relativo a los resultados de la implementación de las medidas “Perturbación controlada” y “Relocalización” el cual será entregado a las autoridades competentes dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada campaña de seguimiento.

    Norma:

    D.S. Nº 5/1998 Reglamento de la Ley de Caza, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto en general.

    Forma de cumplimiento

    El Titular instruirá a sus trabajadores en materias de especies en categoría de conservación existentes en el área y la prohibición de caza.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Registro de las instrucciones.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá copia del registro de instrucciones.

    11.7 Componente/Materia: Flora y Fauna

    Norma:

    Decreto Supremo N° 151 de 2007, Decreto Supremo N° 50 de 2008, Decreto Supremo N° 51 de 2008,  Decreto Supremo N°23 de 2009, Decreto Supremo Nº33 de 2011, Decreto Supremo Nº 41 de 2011 y Decreto Supremo Nº 42 de 2011 - Oficializa clasificación de especies silvestres según estado de conservación.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto en general.

    Forma de cumplimiento

    El Titular instruirá a sus trabajadores en materias de especies en categoría de conservación existentes en el área.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Registro de las instrucciones.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá copia del registro de instrucciones.

    11.8 Componente/Materia: Flora

    Norma:

    Ley Nº 20.283, Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Proyecto en general.

    Forma de cumplimiento

    Se solicitan los permisos correspondientes.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Obtención de los permisos respectivos respecto de la corta de bosque nativo y bosque de preservación.

    Registro de las actividades de manejo.

    Para mayor información ver Anexo 22 y 23 de la Adenda.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá registro en faena de la aprobación ambiental y sectorial.

    Norma:

    Decreto N° 93/08, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Fase de construcción, en general.

    Forma de cumplimiento

    Se solicitan los permisos correspondientes respecto de la corta de bosque nativo y bosque de preservación.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Obtención de los permisos respectivos respecto de la corta de bosque nativo y bosque de preservación.

    Registro de las actividades de manejo.

    Para mayor información ver Anexo 22 y 23 de la Adenda.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá registro en faena de la aprobación ambiental y sectorial.

    Norma:

    Resolución Exenta Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. (Modificada mediante Resolución Exenta N° 2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero), Embalaje de Madera.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Los equipos serán embalados desde fábrica y enviados a un puerto para su posterior transporte al área del Proyecto.

    Forma de cumplimiento

    El Titular procurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, exigiendo que todo embalaje de madera que ingrese al país a raíz de este Proyecto, presente las marcas certificatorias de los tratamientos fitosanitarios aprobados por la autoridad, especialmente en lo que respecta a temperatura y dosis de tratamiento con bromuro de metilo de dichos embalajes, en los términos exigidos por las resoluciones antes descritas. Se verificará el cumplimiento al corroborar el timbre de aprobación.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se exigirá contractualmente a los Contratistas, que la internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá copia de la autorización del contratista en un registro en faena.

    Norma:

    D.S. N° 4.363/31, Ministerio de Tierras y Colonización, Aprueba Texto Definitivo de la Ley de Bosques, D.L. Nº 2565/1979 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el D.L. Nº 701/74 y Ley Nº 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Fase de construcción, en general.

    Forma de cumplimiento

    Se presentará el plan de manejo.

    Para mayor información ver Anexo 22 (PAS 150) y 23 (Plan de Medidas) de la Adenda.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Registro de las actividades de manejo.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá registro en faena de la aprobación ambiental y sectorial.

    Norma:

    Decreto Ley Nº 3.557/81 - Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de Construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto no contempla la importación de mercaderías peligrosas para los vegetales, ni el desembarque de productos de procedencia extranjera infectados de plagas. Sin embargo, durante la fase de construcción, el Proyecto considera el ingreso de materiales, equipos, insumos, partes y piezas provenientes del extranjero, los cuales -eventualmente- pueden venir al interior de embalajes de madera.

    Forma de cumplimiento

    Respecto de los embalajes de madera provenientes del exterior, se verificará que éstos cumplan con las disposiciones establecidas en la Resolución N° 133 de 2005, en lo que dice relación con el tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los tratamientos fitosanitarios.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Para ello, se exigirá contractualmente a los Contratistas, que la internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá copia de la autorización del contratista en un registro en faena.

    11.9 Componente/Materia: Patrimonio cultural

    Norma:

    Ley Nº 17.288, Ley sobre Monumentos Nacionales.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de Construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    En la zona de emplazamiento del Proyecto existen elementos patrimoniales (evidencias líticas de épocas prehispánicas) y un sitio arqueológico, en el área de emplazamiento de la subestación.

    Forma de cumplimiento

    Se proponen como medidas de control para los hallazgos efectuados el registro y recolección superficial del material para lo cual se solicita el PAS 132, (ver Anexo 10-3 del EIA, Anexo 12 de la Adenda y Anexo 12 de la Adenda complementaria). Sin perjuicio de las medidas de mitigación antes señaladas, de encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de operación y construcción del proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al CMN, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Obtención de los permisos respectivos.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá registro en faena de la aprobación ambiental y sectorial.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 484, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Fase de Construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    En la zona de emplazamiento del Proyecto existen elementos patrimoniales (evidencias líticas de épocas prehispánicas), y un sitio arqueológico, en el área de emplazamiento de la subestación.

    Forma de cumplimiento

    Se considera la solicitud del permiso de extracción (PAS 132) a la autoridad competente para rescatar los elementos arqueológicos identificados en la Línea Base. En caso que durante las actividades de construcción del Proyecto se produzca el hallazgo de algún elemento histórico o arqueológico no detectado previamente, se implementará un plan de acción y comunicación a la autoridad competente.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Obtención de los permisos respectivos.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá registro en faena de la aprobación ambiental y sectorial.

    11.10 Componente/Materia: Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 38/11, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las Fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Las actividades de construcción del Proyecto generarán emisiones de ruido que corresponderán principalmente al tránsito de vehículos, maquinaria y equipos, los movimientos de tierra y las actividades de construcción en general.

    En la fase de operación la generación de emisiones de ruido es menor debido a la poca actividad y movimiento en el Proyecto.  Las emisiones corresponden principalmente a la actividad de limpieza de paneles e movimiento de vehículos livianos durante las inspecciones en terreno.

    En la fase de cierre se prevé que la generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras será similar a la de la fase de construcción del Proyecto.

    Forma de cumplimiento

    Según arrojó la modelación de ruido durante la fase de construcción será necesario contar con barreras acústicas móviles, con una materialidad de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m²] (o algún elemento equivalente en masa), lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB de espesor mínimo 15 [mm]. Las barreras se ubicarán en los entornos de las fuentes cercanas a la población a proteger (Comunidad Los Aromos).

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Emisiones inferiores a los límites permitidos por la norma.

    Forma de control y seguimiento

    Medición de ruido en el receptor más cercano, es decir, puntos 4, 5 y 6 descritos en Anexo 4-2 del EIA. Lo anterior, se realizará una vez al mes en fase de construcción.

    11.11 Componente/Materia: Sustancias peligrosas

    Norma:

    Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Decreto Supremo Nº 78/2009 del Minsal.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas.

    Forma de cumplimiento

    El Proyecto en su construcción será ejecutado en plena conformidad con el presente decreto. La empresa abastecedora de combustible estará inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), y estará certificada por una empresa reconocida por dicha Superintendencia. Por otra parte, aceites y lubricantes serán almacenados en un área especialmente destinada para tal fin, bajo techo, con acceso restringido, hojas de seguridad y equipos de control de incendios a la vista y con adecuado espaciamiento para el desplazamiento de personal. Asimismo, el área de almacenamiento contará con un pretil de contención de derrames con una capacidad equivalente al 110% del recipiente más grande.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se solicitara a la empresa abastecedora de combustibles, los certificados otorgados por la superintendencia, además de las obras de almacenamiento para aceites y lubricantes, las cuales podrán ser visitadas por la autoridad.

    Forma de control y seguimiento

    Consistirá en el registro en planta de la las boletas o facturas que acrediten la compra de combustible con una empresa certificada, además de las autorizaciones para las bodegas donde se almacenaran el aceite y lubricante, las cuales podrán ser solicitadas por la autoridad ambiental.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 160/08 del MINECON, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto contempla el almacenamiento y manipulación de combustibles para consumo propio durante la fase de construcción

    Forma de cumplimiento

    El abastecimiento de combustible necesario para el funcionamiento de maquinarias y equipos empleados durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, se realizará a través del servicio de suministro de combustible de terceros, debidamente autorizados por la SEC para transporte de combustible, el cual distribuirá el combustible a un estanque de almacenamiento en faena o bien directamente a cada uno de los equipos y maquinarias que lo requieran en tierra, mediante un surtidor automático.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Aprobación de estanque de almacenamiento de combustible.

    Forma de control y seguimiento

    Se tendrá el certificado de autorización de la SEC del estanque para almacenar combustible. También de las boletas o facturas de la empresa que realizará el transporte de esta sustancia peligrosas, la cual deberá estar autorizada para realizar dicho servicio.

    Norma:

    D.S. Nº 254/2003, Declara Oficial NCh 2.245 Of. 2003, sustancias peligrosas, productos químicos, hoja de datos de seguridad (HDS) y hoja de datos de seguridad para transporte (HDST).

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Para la fase de construcción se utilizarán sustancias químicas peligrosas como aceites, lubricantes y otros. Asimismo, la Planta para la fase de operación utilizará sustancias químicas peligrosas como aceite de motor y grasa lubricante entre otros

    Forma de cumplimiento

    Para la fase de construcción, se les solicitará a los contratistas el cumplimiento de este cuerpo legal, procedimientos de manejo y almacenamiento de las sustancias peligrosas.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Por otra parte, como indicador de cumplimiento, las sustancias químicas peligrosas utilizadas por la Planta contarán con la información de riesgos correspondientes y la hoja de datos de seguridad en los lugares de almacenamiento destinados para cada una de ellas. Las cantidades máximas almacenadas y los consumos no serán modificados con la implementación de este Proyecto.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrán las hojas de seguridad en la bodega para la revisión de la autoridad.

    Norma:

    Decreto Supremo N° 29, Oficializa la Norma Chilena N° 382 Of. 2004 del INN “Sustancias Peligrosas, Clasificación General”

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas durante las tres fases del proyecto.

    Forma de cumplimiento

    Las sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto, están clasificadas según la NCh 382.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Se debe tener en bodega la sustancia con su respectiva hoja de seguridad que posea la clasificación de la sustancia peligrosa NCh 382.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá un registro de las sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto para cada una de las fases

    11.12 Componente/Materia: Vialidad y transporte

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 75 del MINTRATEL, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Tanto la construcción como la operación del Proyecto requieren del transporte de insumos y materiales.

    Forma de cumplimiento

    El transporte de materiales e insumo estará a cargo de empresas especializadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de este decreto. Entre otras disposiciones deberán contar con medidas que eviten que el material trasportado pueda escurrirse o caer al suelo, por causa alguna.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    La verificación de cumplimiento de estas medidas podrá realizarse in situ, mediante simple inspección visual

    Forma de control y seguimiento

    El titular solicitará al contratista tener los vehículos que realizaran el transporte estar equipados de forma tal que no se produzcan derrames o caer al suelo, todos los camiones contarán con su respectiva carpa.

    Norma:

    Decreto con Fuerza de Ley MOP N° 850, Fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964 y del DFL. N° 206, de 1960.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Construcción

    Parte, obra o acción a la que aplica

    En la fase de Construcción del Proyecto, se debe habilitar el acceso al predio correspondiente a una servidumbre de paso que podría generar deterioro de la carpeta de rodados de la Ruta 5.

    Forma de cumplimiento

    Se dará cumplimiento a las exigencias técnicas dispuestas por esta normativa. Entre las cuales el diseño de habilitación y pavimentación del Acceso se presentará a la Dirección de Vialidad previo comienzo de obras y con aprobación firmada.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El diseño de habilitación y pavimentación del Acceso se presentará a la Dirección de Vialidad previo comienzo de obras y con aprobación firmada.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de la autorización de la Dirección de Vialidad.

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 298 del MINTRATEL, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    El Proyecto considera el almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas.

    Forma de cumplimiento

    Para la concreción del Proyecto se requiere de sustancias peligrosas, en particular durante la fase de construcción, las cuales serán provistas por terceros autorizados en faena. Destacan en este sentido el combustible para maquinaria, pinturas y lubricantes de uso autorizado en el país

    Indicador que acredita su cumplimiento

    Como indicador de cumplimiento, se mantendrá en faena los antecedentes técnicos de los camiones utilizados por sus contratistas para el transporte de sustancias peligrosas.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro en faena de las autorizaciones que acrediten el cumplimento de la presente

    Norma:

    D.S. Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Tanto la construcción como la operación del Proyecto requieren del transporte de insumos y materiales.

    Forma de cumplimiento

    Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utilizará vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento.

    Forma de control y seguimiento

    El titular solicitará al contratista tener los vehículos que realizaran el transporte estar equipados de forma tal que no se produzcan derrames o caer al suelo, todos los camiones contaran con su respectiva carpa.

    Norma:

    Resolución Exenta N° 1/1995, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Tanto la construcción como la operación del Proyecto requieren del transporte de insumos y materiales.

    Forma de cumplimiento

    Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento.

    Forma de control y seguimiento

    El titular solicitará al contratista tener los vehículos que realizaran el transporte estar equipados de forma tal que no se produzcan derrames o caer al suelo, todos los camiones contaran con su respectiva carpa.

    11.13 Componente/Materia: Condiciones ambientales y sanitarias

    Norma:

    Decreto Supremo Nº 594/99 del MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

    Todas las fases

    Parte, obra o acción a la que aplica

    Durante todas las fases existirá personal trabajando en el área del Proyecto.

    Forma de cumplimiento

    El Titular velará por el mantenimiento de las condiciones sanitarias en todas las fases del proyecto. Se realizarán limpiezas periódicas de los servicios higiénicos. Se contará con agua potable suficiente en cantidad y calidad para consumo humano y cubrir las necesidades básicas de higiene y aseo, sea este individual o colectivo.

    Indicador que acredita su cumplimiento

    El indicador de cumplimiento será una inspección visual de la planta

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de procedencia del agua para el consumo humano, además de las autorizaciones correspondientes para esta matera.

     

    12. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

     

    12.1 Condiciones asociadas al D.S.N°38/11 del MMA

     

    Normativa

    D.S. N°38/11 del MMA o el que lo reemplace, sobre Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

     
     

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

     

    Forma de Cumplimiento

    Dado los excesos previstos para la fase de construcción, el titular deberá incorporar como medida de control la instalación de barreras acústicas durante el ejercicio de faenas de habilitación de caminos y accesos. La materialidad de los paneles debe contar con una densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (o algún elemento equivalente en masa), lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB de espesor mínimo 15 [mm]. De esta forma, se asegura que el elemento se comporta como barrera acústica de acuerdo a lo establecido en la normativa ISO 9613–2. La barrera acústica debe alcanzar una altura de 3.6 [m] y su extensión debe bloquear la radiación directa desde el sitio de faenas hacia los receptores.

     

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Informe mensual que acredite implementación de medidas, junto con las mediciones

     

    Forma de control y seguimiento

    Medición de ruido en el receptor más cercano, es decir, puntos 4, 5 y 6 descritos en Anexo 4-2 del EIA. Lo anterior, se realizará una vez al mes en fase de construcción.

     

     

    12.2 Mantención y limpieza de canales (PAS 157).

    Impacto asociado

    Escurrimiento de aguas lluvias

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Fase de Operación

    Forma Cumplimiento

    Se debe implementar un programa de limpieza de canales

    Duración y frecuencia de la medición

     

    Duración:

     

    Fase de operación

    Frecuencia:

    -        Ejecutar en el mes de abril. Adicionalmente, se deberán realizar limpiezas extraordinarias después de cualquier

    -        evento que produzca caudales sobre los 25 años de periodo de retorno.

    Indicador que acredite su cumplimiento

     

    -        La bitácora de estas limpiezas se mantendrá en las oficinas de la Planta Solar para tener un detalle de las mantenciones realizadas.

    Forma de control, seguimiento y

    Organismo destinatario de informes

    Plazo:

    -        Inspección de las obras terminadas y los cauces intervenidos de forma trimestral o posterior a eventos de alta pluviosidad que generen escurrimiento superficial cuyo registro estará en las oficinas ubicadas en el área de proyecto.

     

    Frecuencia:

    -        trimestral o posterior a eventos de alta pluviosidad

     

    Organismo Destinatario de Informes: Superintendencia del Medio Ambiente.

     

    12.3 Restauración del terreno

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Fase de Cierre

    Condición

    Manejo del suelo

    El terreno que se afectará por la construcción y funcionamiento del Proyecto, se verá sujeto a actividades de re-perfilado las que apuntan, principalmente, a movimientos de tierra y des-compactación, con el propósito de devolver el relieve a su geometría original.

    Las obras de preparación de suelos tienen como objetivo acondicionar el sitio, mejorando la estructura del suelo para una mejor retención e infiltración del agua y establecimiento de las raíces de las plantas que posteriormente constituirán una plantación. De preferencia, este tipo de actividades se deben realizar en periodos sin presencia de lluvias o que los suelos mantengan un bajo contenido de humedad para prevenir la compactación y mejorar la efectividad de la obra de preparación de suelo aplicada.

    Dado lo anterior, para esta actividad se preparará el terreno mediante un subsolado del suelo a una profundidad de 30 cm. Esta actividad será realizada de forma mecánica con tractores agrícolas que arrastren un arado de discos, lo que permitirá mejorar las condiciones del suelo, aumentando las posibilidades de colonización de especies pioneras.

    Cercado perimetral

    Esta medida consistirá en el cercado perimetral del área o las áreas destinadas para la reforestación. Este cercado estará constituido por un cerco de polines de 3” de diámetro y 2,2 metros de alto, ubicados a una distancia de 3 metros entre sí. Además de la utilización de malla hexagonal galvanizada que tendrá una altura de dos metros, el cercado permite el control de vehículos y personas y evita el daño que puedan causar especies animales silvestres y/o domésticas herbívoras, producto de ramoneo, compactación del suelo, entre otros daños.

    Rehabilitación vegetal

    A partir del manejo del suelo y cercado perimetral del área a rehabilitar, se busca, como se mencionó anteriormente, lograr una restauración pasiva del sector, que está dirigida básicamente a establecer las condiciones primarias para el desarrollo del vegetación y su posterior sucesión, ante esto es de vital importancia que en caso que el área objetivo haya sido invadida por especies exóticas agresivas (ej. Zarzamora), durante el desarrollo del proyecto, estas sean extraídas y eliminadas.

    De esta forma, se espera que la auto-recuperación de algunas especies vegetales post-intervención, se establezca a partir de la dispersión natural de semillas, provenientes de formaciones vegetales aledañas. Por ejemplo, en áreas donde se desarrolla un bosque esclerófilo dominado por un espinal, post-intervención, las especies pioneras que se establecen corresponden principalmente a herbáceas que posteriormente dan paso a la colonización de especies mayores como Baccharis linearis, Muehlenbeckia hastulata, Trevoa trinervis, Cestrum parqui y Acacia caven. Luego, en una sucesión intermedia bajo la sombra de estas especies se produce el establecimiento de Lithrea caustica, especie diseminada por aves.

    Seguimiento

    Producto que el objetivo primordial de la rehabilitación va dirigido a crear las condiciones básicas para el desarrollo de la vegetación, modificando la estructura del suelo, aislando factores antrópicos y controlando el ganado, se establece que el éxito de esta medidaguarda relación con el establecimiento de una primera capa de herbácea que permita a priori el establecimiento de especies arbustivas colonizadoras.

    De esta manera, se plantea un seguimiento al área de rehabilitación durante cinco años, donde el primer año se ejecutarán monitoreos de manera trimestral y a partir del segundo semestral, donde se evaluarán variables cualitativas (reconocimientos visuales) y cuantitativas. Dentro de las mediciones cuantitativas se incluirán las siguientes: diversidad, densidad, regeneración, cobertura y frecuencia, que se medirá mediante la ejecución de parcelas de muestreo. Esta información se estandarizará y compilará en informes a elaborar pos-monitoreo que serán entregados a la autoridad ambiental de la Región Metropolitana.

     

    13. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

     

    13.1 Programa para proteger la fauna.

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a: prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres; prohibición del uso de fuego; prohibición de alimentar especies domésticas; prohibición de alimentar especies silvestres; prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos; prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos; restricción en la velocidad de circulación de los vehículos y/o maquinaria; prohibiciones y restricciones tendientes a minimizar las perturbaciones de las especies silvestres en periodo reproductivo; educación y/o capacitación de los trabajadores.

    Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicara que están prohibidas las siguientes actividades; la caza, captura y/o recolección de individuos; el uso de fuego, la alimentación de especies domésticas; la alimentación de especies silvestres; la disposición de residuos fuera de los lugares establecidos; la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos; la circulación de los vehículos y/o maquinaria; las perturbaciones de las especies silvestres en periodo reproductivo.

    Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies domésticas y silvestres, y la intervención de sus hábitats.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Señalética a ubicar en el acceso al Proyecto (garita).

    Forma: Las charlas serán realizadas en una sala o auditorio que disponga el Titular, con una capacidad mínima para 30 trabajadores.

    Oportunidad: La medida se basara en las siguientes líneas de acción: generación de material educativo visual y escrito; charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva (inicio fases de construcción y operación).

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Los indicadores corresponden a: “número e identidad de trabajadores que acusan recibo de material educativo” y “presencia y disponibilidad de material educativo”.

    Señalética instalada.

    Forma de control y seguimiento

    Archivo con registro de actividades, además se podrá corroborar con una inspección visual la señalética instalada.

    13.2 Protocolo de comportamiento de trabajadores

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Mitigar la alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de Los Aromos, producida por las actividades de construcción y cierre del proyecto, mediante un Protocolo de Comportamiento de Trabajadores.

    Descripción: Implementación de un Protocolo de Comportamiento de Trabajadores, que posibilite el fomento de buenas prácticas por parte de los trabajadores del Proyecto en el entorno de éste. El Protocolo integra los siguientes aspectos:

    • Capacitación/Inducción de los trabajadores, tanto de la empresa como contratistas, respecto de la conducta socialmente responsable en las faenas y en las localidades aledañas a éstas.
    • Reglamento interno: implementación de normas de conducta, estipuladas en el contrato de trabajo, respecto del comportamiento socialmente responsable del trabajador con la comunidad. Su incumplimiento devendrá una sanción contractual.

    Justificación: El Proyecto se instala en la localidad de Los Aromos, alterando las condiciones inmateriales de habitabilidad de la población local. Dichas condiciones se refieren principalmente a las de seguridad y tranquilidad, las que son altamente valoradas por la población de Los Aromos y pueden verse afectadas por el desarrollo de las obras y/o actividades en las fases de construcción y cierre, debido a la presencia de trabajadores en el área de desarrollo del proyecto. En este contexto, es necesario generar medidas que propicien y aseguren una conducta de respeto y responsabilidad de parte de los trabajadores con el entorno, el cual presenta habitación permanente de personas y es de carácter eminentemente rural.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Los Aromos y Faenas del proyecto

    Forma: La medida se base en mantener las condiciones de habitabilidad en la fase de construcción, ya que se asume un aumento de trabajadores alrededor de la comunidad. Es por ello, que se capacitará en comportamiento socialmente responsable con la comunidad.

    Oportunidad:

    La medida se implementará previa al inicio del Proyecto y durante todo el periodo de duración de las fases de construcción y cierre de éste.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    • Capacitación realizada a los trabajadores
    • Reglamento interno en funcionamiento
    • Medidas de control del cumplimiento del reglamento en funcionamiento
    • Definición de sanciones en caso de transgresión al reglamento interno.

    Forma de control y seguimiento

    Archivo con registro de actividades de las capacitaciones y reglamento interno.

    13.3 Programa de construcción respetuosa con el entorno

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Evitar la alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de Los Aromos, producida por las actividades de construcción y cierre del proyecto, mediante un Programa de construcción respetuosa con el entorno

    Descripción: La medida comprometida implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por las obras en la fase de construcción y cierre en los sectores aledaños al emplazamiento del proyecto. Para más detalles ver Anexo 30 - Actualización Compromisos Voluntarios.

    Justificación: El Proyecto se instala en la localidad de Los Aromos, alterando las condiciones inmateriales de habitabilidad de la población local. Dichas condiciones se refieren principalmente a las de seguridad y tranquilidad, las que son altamente valoradas por la población de Los Aromos y pueden verse afectadas por el desarrollo de las obras y/o actividades en las fases de construcción y cierre. En este contexto, es necesario generar medidas y canales de comunicación con la población que permitan aminorar los efectos producidos por la construcción y cierre del proyecto y asegurar la información oportuna a la comunidad de las acciones del proyecto.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Los Aromos y Faenas del proyecto.

    Forma: La medida se base en mantener las condiciones de habitabilidad en la fase de construcción. Es por ello, que se capacitará en comportamiento socialmente responsable con la comunidad; manteniendo canales de comunicación entre el Titular y la Comunidad.

    Oportunidad: La medida se implementará previa al inicio y durante todo el periodo de duración de las fases de construcción y cierre del proyecto.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Mantenimiento de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de Los Aromos en conformidad a los acuerdos establecidos en conjunto con la comunidad de Los Aromos.

    Forma de control y seguimiento

    Registro de las acciones del Programa ejecutadas.

    13.4 Mesa de Trabajo con la Comunidad Los Aromos

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad.

    Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto y representantes de las empresas contratistas, en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y contemple un trabajo colaborativo de largo plazo entre el titular y la comunidad.

    Justificación: El Proyecto tiene una vida útil de 25 años, por lo que será un vecino permanente en la localidad de Los Aromos. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Los Aromos, reuniones periódicas, según se acuerde con la Comunidad.

    Forma: Se realizarán reuniones periódicas durante la fase de construcción (a definir con la Comunidad), y durante la fase de operación éstas serán semestrales, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo.

    Oportunidad: La medida se implementará previa al inicio de la fase de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Actas de cada reunión de la mesa de Trabajo.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de la participación de la comunidad en las reuniones de trabajo.

    13.5 Plan de Mantención de Luminaria Solar

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Durante toda la vida útil del Proyecto (construcción, operación y cierre).

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Es importante destacar que en la fase de evaluación del Proyecto, el Municipio ha realizado la instalación de luminarias a la Comunidad. Por lo tanto el titular se compromete a implementar un plan de mantención de luminarias solar para la Calle Los Aromos.

    El objetivo es mantener la alumbrado solar público de Calle Los Aromos, para que el funcionamiento en el tiempo no se vea perjudicado.

    Descripción: El Plan de Mantención se realizará sobre alumbrado solar existente en la Calle Los Aromos.

    Se realizará mantenimiento preventivo de sus 3 partes principales: módulos Solares 100W; luminaria LED 48W; baterías de gel ciclo profundo 100 Ah.

    Además, se realizará un mantenimiento correctivo sobre la batería que constituye el equipo más expuesto a fallas.

    Justificación: Dado que el Proyecto de Alumbrado Público con paneles solares, ya ejecutado, cuya licitación fue desarrollada por el SECPLAC de Til Til, no consta actualmente de un plan de mantención, fundamental para el buen funcionamiento de los equipos, el Titular ha elaborado un plan de mantención a ejecutarse con recursos del mismo y con la participación de la comunidad de Los Aromos, dicho Plan se adjunta en el Anexo 30 de la Adenda complementaria.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: En Calle Los Aromos.

    Forma: El plan de mantención se ejecutará sobre la Luminaria Solar existente

    Oportunidad: La frecuencia de las actividades es la siguiente: una mantención bimensual (6 veces al año) a las áreas verdes cercanas a las instalaciones, limpieza de los paneles y chequeo visual de los equipos y de las conexiones; una mantención anual (1 vez al año) de verificación del estado de la batería y de su conexión.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Una vez definido el calendario de cada mantención y previo a la ejecución de la misma se dará aviso a la Municipalidad de Til Til. Posteriormente, una vez realizada cada mantención se enviará un informe a la Municipalidad que dé cuenta de los trabajos realizados y de los equipos que fueron sustituidos.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de la recepción del informe a la Municipalidad de TilTil.

    13.6 Plan de Capacitación Laboral

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Generar competencias laborales que posibiliten la contratación en el proyecto de población local de Los Aromos en las obras y/o actividades del proyecto.

    Descripción: El Plan de Capacitación Laboral buscará entregar a la población local interesada las competencias requeridas en los puestos de trabajo generados por el Proyecto, con el fin que puedan optar a éstos, y tenga un efecto positivo en la población.

    Éste será llevado a cabo previo al periodo de contratación, tanto en la fase de construcción como de operación del proyecto. Sin prejuicio que estas herramientas sean de ayuda en otros proyectos en un futuro.

    Justificación: La ejecución del Proyecto requerirá la contratación de mano de obra, lo que generará alternativas de trabajo para la población. Para fomentar la potencial generación de empleo a nivel local es necesario entregar las herramientas necesarias a la población local interesada para que pueda postular a las distintas alternativas de trabajo, ofertadas durante las distintas fases y actividades del proyecto.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Comunidad Los Aromos

    Forma: El Plan de Capacitación Laboral considerará un diagnóstico de la población local interesada, que permita definir las necesidades de la población respecto de la nivelación de estudios, competencias existentes y grados de especialización. Dichas capacitaciones serán informadas a la OMIL de la Comuna.

    Oportunidad: El Plan de Capacitación será llevado a cabo por personal calificado, de manera presencial, cuyo lugar físico se ubicará en las cercanías de la comunidad el cual será definido una vez que se detalle cada programa y la cantidad de personas a participar. En el caso de que no se logre realizar en un sitio cercano a la comunidad, el Titular dispondrá de locomoción para los participantes.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Registros del diagnóstico de la población local interesada, sus capacidades actuales y las diferentes tipos de trabajo que ofrecerá el Proyecto durante sus distintas fases.

    Forma de control y seguimiento

    Registro y certificado de las capacitaciones realizadas.

    13.7 Apoyo para el mejoramiento del acceso a la localidad de Los Aromos

    Impacto asociado

    No aplica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Asesorar y coordinar las gestiones necesarias para la apertura de un camino que conecte la localidad de Los Aromos y la Ruta G-132 (Camino a Polpaico) con el fin de mejorar el acceso a la localidad.

    Descripción: La medida comprometida consiste en entregar apoyo técnico y logístico para la apertura de un camino que conecte a la Ruta G-132 (Camino a Polpaico) con la localidad de Los Aromos.

    Cabe señalar que la medida se implementará en conjunto y en acuerdo con la comunidad de Los Aromos y las autoridades competentes.

    Justificación: La principal ruta de acceso a Los Aromos es la Ruta 5 Norte, en el kilómetro 44,5. El camino al que se accede es el Camino Los Aromos, calle de tierra y única vía de la localidad. La Concesión de la Ruta 5, al realizar los trabajos de ampliación y mejoramiento, no consideró un acceso al caserío de Los Aromos, por lo que la accesibilidad es uno de los principales problemas que identifica la población de la localidad. De esta manera, la creación de un acceso por el sur de la localidad, en la que existen pasos de servidumbre hoy inhabilitados, sería una alternativa permanente que reduciría el aislamiento y el mal acceso que tiene actualmente la localidad.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Los Aromos

    Forma: Esta medida considera entregar apoyo técnico y logístico por parte del Titular, ante la autoridad para agilizar las gestiones necesarias para la apertura de un camino.

    Oportunidad: La medida se implementará durante la fase de construcción del Proyecto (un año).

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Informe de resultados y actividades realizadas a la Comunidad y Autoridades pertinentes, una vez terminada la fase de operación, con todos los reportes y aportes del Proyecto.

    Forma de control y seguimiento

    Comprobante de recepción del informe.

    13.8 Pasantías para egresados de liceos técnicos

    Impacto asociado

    No aplica.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Puesta en marcha y operación.

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Dar oportunidad a egresados de liceos técnicos para que realicen su práctica laboral en las obras o actividades del proyecto.

    Descripción: Se ofrecerán 3 pasantías a egresados de los liceos técnicos de la comuna de Tiltil para que hagan sus prácticas profesionales, de 3 meses de duración, en la planta durante la puesta en marcha y/o operación. De preferencia egresados de electricidad, mecánica o construcción (en este orden).

    Estas 3 prácticas podrán ser realizadas cada año de operación de la Planta, siempre que haya interesados.

    Justificación: Dar oportunidades a estudiantes para que conozcan la tecnología en terreno, entregándoles experiencia que podrá servir para su futuro laboral.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: La práctica se realizará en el mismo sitio en que se ejecutará el proyecto en la comuna de Tiltil.

    Forma: Se llevará a cabo el compromiso será a través de información que se publique en la OMIL sobre la oferta de Becas.

    Oportunidad: Una vez recibidos los antecedes de los interesados, se hará una selección, la cual será informada a los postulantes y en paralelo a la OMIL.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Envío de listado de seleccionados a la OMIL y posterior entrega de los certificados de realización de la pasantías.

    Forma de control y seguimiento

    Adjudicación de pasantías.

    13.9 Plan de Contratación Preferente de Mano de Obra de la Comuna de Tiltil.

    Impacto asociado

    No aplica.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Dar prioridad, en igualdad de condiciones, a la contratación de mano de obra no calificada de habitantes en la Comuna de Tiltil.

    Descripción: Se llevará a cabo un plan de contratación en colaboración con la OMIL de Tiltil, para dar prioridad en igualdad de condiciones a la contratación de mano de obra local no calificada en actividades asociadas a la Fase de construcción del proyecto. Para más detalle ver Tabla 10 del Anexo 30 – Actualización Compromisos Voluntarios.

    Justificación: Dar oportunidad de trabajo a habitantes de la comuna de Tiltil.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Las entrevistas se realizarán en la planta o sede del contratista.

    Forma: se publicarán las oportunidades de trabaja en el diario local dando aviso de que los interesados deberán registrarse en la OMIL.

    Posterior a ello, se contactará a la OMIL para solicitar base de datos de la oferta de mano de obra local. Finalmente, se realizará un proceso de selección y contratación a plazo fijo.

    Oportunidad: Fase de construcción de proyecto.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Para dar cumplimiento con lo señalado, se hará un registro de las actividades de selección:

    • Registro publicación en diario local
    • Registro de recibo de información por parte de OMIL de base de datos de oferta local.

    Forma de control y seguimiento

    Resultados del proceso de contratación.

    13.10 Vehículo Eléctrico para Comunidad de Los Aromos

    Impacto asociado

    No aplica.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Operación

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Apoyar a la comunidad en el traslado de personas, para mejorar la conectividad con el resto de la comuna.

    Descripción: El titular adquirirá un vehículo eléctrico para poner a disposición de la Comunidad de Los Aromos.

    El titular se hará responsable de la carga y mantención del vehículo.

    El chofer del vehículo será un empleado de Santiago Solar, el cual contará con los permisos de conducción al día.

    Respecto a las rutas y horarios (de lunes a viernes, entre las 7:30-18:30), éstos serán acordados con la junta de vecinos de la Comunidad.

    Justificación: Mejorar la conectividad de la Comunidad de Los Aromos con el resto de la comuna.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: Comunidad de Los Aromos.

    Forma: El titular adquirirá un vehículo eléctrico para poner a disposición de la Comunidad de Los Aromos.

    Oportunidad: En la fase de operación del proyecto.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Factura de compra o contrato de arriendo del vehículo. Registro de los acuerdos de ruta y horarios en la junta de vecinos.

    Forma de control y seguimiento

    Inspección visual del auto eléctrico.

    13.11 Nueva sede Comunidad Los Aromos

    Impacto asociado

    No aplica.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Instalar una nueva sede para la junta de vecinos, en terreno que disponga la junta de vecinos.

    Descripción: El Titular junto a la Comunidad de Los Aromos diseñará y ejecutará la instalación de una nueva sede.

    Justificación: Crear un lugar de reunión para los vecinos.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: La medida se ejecutará en terrenos otorgados por la Comunidad

    Forma: El titular se hará cargo de la totalidad de la ejecución de la obra.

    Oportunidad: Durante la fase de construcción del proyecto.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Recepción final de obra, por parte de Departamento de Obras de la Municipalidad de Til Til.

    Forma de control y seguimiento

    Inspección visual de la sede comunitaria construida.

    13.12 Instalación de Sistema Termo Solar o Fotovoltaico en las viviendas de la Comunidad de Los Aromos

    Impacto asociado

    No aplica.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Desde el inicio de la construcción del proyecto, con una duración entre 12-18 meses.

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo: Mejorar las condiciones de suministro de energía para los habitantes de la Comunidad.

    Descripción: Se realizara en tres fases: Estudio de factibilidad; Instalación, Operación/mantención. El aporte del Titular consiste en: estudio de factibilidad en las 17 viviendas de la Comunidad de Los Aromos y mantenimiento preventivo de las instalaciones a lo largo de la vida útil del Proyecto.

    En acuerdo con los vecinos, el proyecto además se apoyará en el Fondo de Acceso Energético para Proyectos de Energización del Ministerio de Energía

    Justificación: Las familias de la comunidad de Los Aromos, tienen acceso limitado para medios económicos, eficientes y/o sustentables para el suministro de energía eléctrica y agua caliente sanitaria.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar: viviendas de la Comunidad de Los Aromos levantadas en la línea de base del EIA.

    Forma: Como primer paso se identificarán las familias interesadas, las que emitirán una declaración de interés. La medida se llevará a cabo mediante visitas técnicas a cada vivienda, para luego elaborar un informe de factibilidad. Luego, se implementará la solución determinada para cada vivienda, para continuar con un mantenimiento preventivo.

    Oportunidad: Desde el inicio de la construcción del proyecto, con una duración entre 12-18 meses.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    Informe de recepción de las instalaciones realizadas en las viviendas que hayan firmado la declaración de interés

    Forma de control y seguimiento

    Mantención de limpieza, según estándares de Santiago Solar.

     

    14. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

     

    14.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

     

    Riesgo de derrame de sustancias peligrosas.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases

    Parte, obra o acción asociada

    Carga de combustible y lubricante o manipulación de sustancias peligrosas.

    Acciones o medidas a implementar

    • No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los frentes de faena. Todos los equipos serán cargados en la zona de seguridad habilitada por el Proyecto, por distribuidores debidamente autorizados, los que contarán con procedimientos de control.
    • Se contará con material de difusión sobre este riesgo.
    • Se procederá a impermeabilizar la superficie de la zona de seguridad con geotextil a modo de crear una capa impermeable al suelo, la cual pueda ser removida y acopiada en la bodega de residuos peligrosos si existe derrame accidental.
    • Sin embargo, ante un posible derrame de sustancias peligrosas, se actuará de la siguiente manera:

    ü  El material seco será removido con una pala y se dispondrá en un recipiente apropiado para el acopio temporal de los residuos peligrosos.

    ü  El material líquido se removerá utilizando un camión de aspirado.

    ü  El almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas se realizará acorde con la normativa vigente.

    • Se capacitará al personal respecto de la prohibición absoluta de manejo de este tipo de sustancias en el lugar de faenas.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá copia de la autorización de los distribuidores y su procedimiento de control sobre el suministro, además se tendrá registro de las capacitaciones a los trabajadores respecto a la prohibición de realizar manejo de sustancias peligrosas en faenas.

    Riesgo de saturación y contacto por lodos de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases

    Parte, obra o acción asociada

    Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

    Acciones o medidas a implementar

    Riesgo de saturación

    • El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma oportuna esta eventualidad.
    • Se efectuara un plan de mantención y limpieza
    • Se capacitará y entrenará al personal de las acciones a seguir ante esta eventualidad
    • Se dispondrá en esta área, de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud

    Riesgo de contacto por lodos

    • El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita realizar esta labor adecuadamente, evitando en todo momento el contacto directo con los lodos.
    • Se entregarán elementos de protección personal (EPP) para esta actividad; así como también la revisión constante del correcto uso de ellos por parte de los trabajadores

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá en faena el procedimiento para la operación y control de la planta de tratamiento elaborado por el contratista, registro de la mantención y limpieza.; se mantendrá registro de la entrega de elementos de contención y de protección personal ara esta área.

    Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las áreas del Proyecto

    Acciones o medidas a implementar

    • Se informará mediante una inducción a todos los trabajadores que participen en las labores constructivas sobre la importancia de los sitios arqueológicos del país y las acciones a realizar ante un hallazgo o sitio encontrado.
    • El Proyecto contará con un licenciado o profesional arqueólogo presente en el inicio de las labores constructivas del Proyecto, para evaluar el resguardo de los posibles nuevos hallazgos y capacitar in situ al personal.
    • Se elaborara material de difusión sobre este riesgo.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro en faena de las capacitaciones realizadas a los trabajadores, En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, durante la faena, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir.

    Contingencia Recursos Hídricos

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Plantas de tratamiento

    Acciones o medidas a implementar

    Para ver detalles ir al punto 1.7 del Anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá en faena el procedimiento para la operación y control de la planta de tratamiento elaborado por el contratista, registro de la mantención y limpieza; se mantendrá registro de la entrega de elementos de contención y de protección personal ara esta área.

    Riesgo de incendio en el área de las obras.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto

    Acciones o medidas a implementar

    • Se contará con material de difusión sobre este riesgo
    • Se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas
    • Se capacitará a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios
    • Las medidas de prevención específicas para esta contingencia son se detallan en el anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
    • El almacenamiento de líquidos inflamables en las áreas de construcción debe realizarse en recintos a prueba de fuego, con un pretil suficiente para contener cualquier derrame

    Forma de control y seguimiento

    En caso de generarse un incendio se dará aviso inmediato al supervisor general, el que dará aviso a bomberos y carabineros, mientras los operarios atacarán el fuego aplicando el entrenamiento que recibirán durante su capacitación previa.

    Riesgo por accidentes de tránsito asociados al Proyecto.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Actividades de transporte del Proyecto.

    Acciones o medidas a implementar

    • Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito y sobre el procedimiento de emergencia en caso de accidentes de tránsito
    • El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día (según la Ley de Tránsito (Nº 18.290)
    • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente.
    • Los vehículos cumplirán con la legislación de tránsito aplicable, como contar con revisión técnica al día, seguros vigentes, permiso de transporte vigente, reglamentación de transporte de personal, etc.
    • Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción y bandereros en las intersecciones que presenten mayor riesgo de accidente
    • El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo a las rutas que se estén utilizando.
    • Los atraviesos peatonales existentes se mantendrán permanentemente habilitados durante la ejecución de las obras.
    • Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a las áreas de trabajos.
    • En toda la vialidad inmediatamente cercana al Proyecto, la velocidad se restringirá a 30 km/h
    • La maquinaria y vehículos que operen en las áreas de trabajo se mantendrán en óptimas condiciones de funcionamiento.

    Para mayor detalle ver anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.

    Forma de control y seguimiento

    En caso de generarse un accidente se informará inmediatamente al encargado de faena, quien dará la información y ubicación a Carabineros de Chile.

    Riesgos por eventos naturales

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del proyecto.

    Acciones o medidas a implementar

    • Se realizará una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, sobre los riesgos naturales
    • Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación
    • Se evitará ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado
    • Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad
    • Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción
    • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible
    • El tipo de estructuras utilizadas por el Proyecto darán cumplimiento a las normativas nacionales relacionada con los riesgos de sismos

    Para más detalles ver anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.

    Forma de control y seguimiento

    Se mantendrá registro de las capacitaciones

     

    14.2. PLAN DE EMERGENCIAS

     

    Organización y Funciones de Brigadas de Emergencia

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto

    Acciones a implementar

    Las Brigadas de Emergencia, estarán conformadas por trabajadores a cargo del Encargado HSE de la empresa, estarán equipadas y su personal capacitado para

    a) Brigada de Incendios y derrames

    b) Brigada de Rescate y Primeros Auxilios

    c) Brigada de Comunicación y Logística

    Para más detalles ver Anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Señalización Áreas de Seguridad y Rutas de Evacuación

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto

    Acciones a implementar

    En la instalación de faena se elaborará un plano de las construcciones existentes, con sus respectivas rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de seguridad debidamente señalizadas, ubicación y características de los elementos como son: extintores, palas, tambores con arenas seca, conos, camillas de rescate y otros. Sera validado por el Encargado de HSE y el Prevencionista de Riesgo de cada Contratista. Y estará disponible en instalación de faena, se encontrará visible en lugares estratégicos para el conocimiento del personal.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Información y Capacitación al Personal propio o contratistas del proyecto

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    La alerta puede ser comunicada por cualquier persona o entidad, que en primera instancia observe el cambio en algún indicador o situación. Dicho plan será implementado mediante charlas, reuniones, conferencias, cartillas, folletos, correos electrónicos, señalética, etc. y estará dirigido a todo trabajador tanto directivos, técnicos, obreros u operarios, personal administrativo Este programa de capacitación comprende: reconocimiento de las señales de Alarma (acústica), manejo de situaciones de riesgo, vías de evacuación, salidas de emergencia y ubicación de Zonas de Seguridad, reconocimiento del inventario de riesgos específicos de su actividad.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Relación con la Comunidad

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Las empresas contratistas coordinarán acciones de apoyo con las Autoridades locales y la Oficina Nacional de Emergencia y en los lugares que le sea solicitada prestará la colaboración bajo las instrucciones de la autoridad correspondiente.

    Frente a emergencias operacionales, que afecten a la comunidad, se dará la información con el fin de dar a conocer la gravedad de una situación de emergencia. La entrega de información oportuna y veraz será centralizada a través de la autoridad local y difundida centralizadamente a través de medios de comunicación social, siendo este recurso el más directo e inmediato para evitar la proliferación de rumores infundados. Las medidas de acción se seleccionarán en función al tipo de emergencia de manera de mitigar o prevenir los efectos adversos a la población.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento ante Emergencias

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Paso 1: Identificar qué tipo de emergencia está ocurriendo

    Paso 2: Dar voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa.

    Paso 3: Buscar en el Tipo de Emergencias en el Plan y seguir las indicaciones establecidas

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento general de emergencia

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Dara respuesta aquellas personas que encontrándose fuera de su área normal de trabajo se ven enfrentadas a una emergencia. Pasos: identificar el tipo de emergencia, informar a jefatura de mayor jerarquía, primera intervención con previo conocimiento del Plan de Emergencia y Manejo de Extintores.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento frente una emergencia con Materiales Peligrosos

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Se recomendara mantener la calma, identificar el tipo de Material Peligroso, informar la emergencia e indicar tipo y lugar de la emergencia, evitar el contacto directo con el producto, consultar las “Hojas de Datos de Seguridad”, evacuar personas de la zona, implementar procedimiento de contención y limpieza.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento frente una emergencia con Residuos Peligrosos:

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Informe el tipo y el lugar de la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada. El Jefe de Faena debe organizar las acciones para contener y tratar el derrame con arena. Las sustancias recuperadas del derrame pasan a ser residuos y se dispondrá según el plan de manejo correspondiente.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Derrame en PTAS

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Se informará al jefe del derrame. Se dimensionará la emergencia y se clasificará el evento (leve, serio o grave). En caso que la situación lo amerita, se llamará a los lugares competentes. Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar y limpiar la zona afectada. Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. Se registrará y realizará un informe del accidente ocurrido.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento al principio de un Incendio

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Mantener la calma, informar el tipo y el lugar de la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada, si se tiene al alcance un pulsador de alarma de incendio, actívelo, si está entrenado, realice una primera intervención con los extintores portátiles, si conoce el proceso corte fuentes de suministros y/o de energía eléctrica, si se ve sobrepasado, evacúe el área siguiendo las vías señalizadas.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento frente un Incendio:

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Mantener la calma, identificar el tipo de emergencia, informar la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada, el tipo y lugar de la emergencia, si tiene al alcance un pulsador de alarma de incendio, actívelo, si conoce el proceso corte fuentes de suministros y de energía eléctrica, evacúe el área siguiendo las vías señaladas.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento frente una emergencia con Energía Eléctrica

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Identificar el tipo de emergencia, informar la de emergencia a toda persona que se encuentre cerca de la zona afectada y a los encargados establecidos, tipo y lugar de la emergencia, cortar el suministro de energía, el especialista deberá realizar los primeros auxilios, verificar signos vitales, respiración y pulso, si no se constatan y si tiene los conocimientos realice reanimación cardiopulmonar (RCP), de lo contrario intervenga sólo si está capacitado en primeros auxilios.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Procedimiento frente un accidente laboral o de tránsito

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Todas las obras del Proyecto.

    Acciones a implementar

    Iidentificar el tipo de emergencia, informar la emergencia a toda persona que se encuentre cerca de la zona afectada y a los encargados establecidos, tipo y lugar de la emergencia, el especialista clasificará el nivel del evento (leve, serio, grave, fatal), el especialista deberá realizar los primeros auxilios, verificar signos vitales, respiración y pulso, si no se constatan y si tiene los conocimientos realice reanimación cardiopulmonar (RCP), una vez controlada la situación se informará a las autoridades pertinentes, en el caso de atropello de fauna se informará de inmediato al jefe superior y finalmente al encargado de HSE del Proyecto.

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente).

    Emergencias Recursos Hídricos.

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Todas las fases.

    Parte, obra o acción asociada

    Planta de tratamiento.

    Acciones a implementar

    i. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas.

    • Se capacitará al personal sobre la prevención de este tipo de riesgos.
    • No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los frentes de faena. Todos los equipos serán cargados en la zona de seguridad habilitada por el Proyecto, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
    • Se procederá́ a impermeabilizar la superficie de la zona de seguridad con geotextil a modo de crear una capa impermeable, la cual pueda ser removida y acopiada en la bodega de residuos peligrosos si existe derrame accidental.

    ii. Riesgo de descarga o derrame aguas servidas sin tratar.

    • Se capacitará al personal sobre la prevención de este tipo de riesgos. Se implementará un plan de mantenciones periódicas de todas las instalaciones asociadas a la planta de tratamiento de aguas servidas.
    • Ante la ocurrencia de eventos naturales, tales como eventos hidrometeorológicos extremos, o sismos, se realizará una revisión de las instalaciones de la planta de tratamiento de aguas servidas con el fin de detectar posibles puntos de fallas.

    (Ver Punto 1.7, Anexo 28 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias).

    Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

    En caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se redactará y presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, DGA RM y SEREMI del Medio Ambiente).

     

    15. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

     

    15.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

     

    Todas las observaciones presentadas en este proceso cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SEIA.

     

    15.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

     

    1.    OBSERVANTE: Grace Emma González Ríos.

     

    Observación: Este proyecto tendrá una capacidad instalada de 120 Mwp, produciendo según sus mismos cálculos 210Gwh aproximados al año, los cuales serán adicionados al sistema interconectado central. Es irónico pensar que toda energía se produzca en esta pequeña localidad en la cual aún se mantienen sectores sin energía eléctrica y caminos sin alumbrado, además los sectores de Punta de Peuco que sí cuentan con el servicio deben pagar valores bastante elevados.

     

    Respuesta: El Titular indica en la ADENDA que el servicio de distribución de energía eléctrica es un servicio público sujeto de concesión y regulación de precios. Las empresas que lo proveen son empresas de distribución eléctrica, no empresas generadoras (como es el caso de Santiago Solar). El costo del suministro eléctrico se compone, principalmente, del costo de la energía, el de la potencia y el valor agregado de distribución.

     

    Por un lado, el costo relativo del suministro depende, entre otras cosas, del patrón de consumo (distribución en el tiempo) y de las características técnicas del mismo (rural o urbano, tendido aéreo o subterráneo, etc.). El valor agregado de distribución da cuenta del costo que tiene para la empresa distribuidora entregar el servicio (entre cuyos parámetros se encuentran la densidad de clientes, su dispersión y la longitud de las líneas), y es relativamente independiente del costo de la energía. Por otro lado, el costo de la energía y la potencia eléctrica es obtenido de los contratos de largo plazo entre generadores y distribuidores. Estos contratos se asignan mediante procesos de licitación pública, abierta y competitiva.

     

    En el proceso llevado a cabo en Diciembre 2014 (Licitación Suministro SIC 2013/03-2° Llamado) Santiago Solar resultó asignado para entregar energía a todas las distribuidoras del Sistema Interconectado Central, entre las que se encuentran las 2 que proveen a la comuna de Tiltil.

     

    El precio ofertado por Santiago Solar resultó ser el más bajo de entre todos los proponentes. Este suministro comenzará con la puesta en servicio de la planta, en enero de 2017. Por lo tanto, una parte de la generación de Santiago Solar será entregada en la misma comuna, y al menor precio del suministro asignado.

     

    Respecto al precio relativo del suministro de distribución, y a modo informativo, el 1 de julio de 2015 fue enviado al Congreso el Proyecto de Ley de Equidad Tarifaria, que propone, entre otros, disminuir las tarifas de servicio de distribución para aquellas comunas donde se encuentren ubicadas centrales de generación.

     

    Finalmente, cabe indicar que a través del ORD. N° 25 del 14 de julio de 2015, la SEREMI de Energía de la Región Metropolitana, se manifestó conforme a los antecedentes presentados en el EIA por el titular, en torno a estas materias.

     

    Observación: Capacitar a los pobladores que viven en el área o cercanos al área de la población para la fase de construcción es prácticamente una burla, dado que, la mayoría son obreros agrícolas de edades que fluctúan entre los 40 a 60 y que sólo tendrán trabajo por 8 meses. Después de eso, sólo trabajaran 12. Algunos de estos trabajadores vivían de las siembras que se realizaban en los predios que serán ocupados por el parque fotovoltaico. Se necesitan mejores medidas para ellos.

     

    Respuesta: Según lo indicado por el Titular en la Adenda, se implementará un Plan de Capacitación Laboral con el fin de capacitar a la población interesada que habita en el área aledaña al proyecto, generando las competencias laborales que posibiliten la contratación en el proyecto de población local.

     

    El compromiso voluntario “Plan de Capacitación Laboral" presentado en el Capítulo 13 “Compromisos Voluntarios” del EIA, está orientado a desarrollar competencias laborales que posibiliten la contratación de la población local de Los Aromos en el Proyecto. Si bien el plan de capacitación está enfocado en la comunidad de Los Aromos, el Titular con la intención de potenciar la contratación de mano de obra local, tomó acuerdos con la OMIL de Tiltil para desarrollar un plan de becas a estudiantes de liceo técnicos de la comuna, así como un compromiso de contratación preferente en igualdad de condiciones, para las personas interesadas residentes a nivel de comuna. Para mayor detalle ver actualización de Capítulo de Compromisos Ambientales Voluntarios en el Anexo 30 de la Adenda y en apéndice del mismo anexo, se adjunta un Acta de la Reunión de la presentación de los compromisos ambientales voluntarios, firmados por la comunidad.

     

    Las capacitaciones serán impartidas por personal calificado y se entregará un certificado oficial de capacitación, aumentando de esta forma las posibilidades de acceder a un empleo formal, tanto dentro, como fuera del marco del Proyecto. Respecto de las personas que se certifiquen en la capacitación, formarán parte de la base de datos que será entregada a las empresas contratistas y tendrán prioridad, en igualdad de condiciones, frente a personas postulantes provenientes de otras comunas del país. Por otro lado, esta base de datos será informada a la OMIL para que las personas capacitadas sean consideradas para la postulación en trabajos dentro de la comuna.

     

    Adicionalmente, el Titular se compromete a ofrecer 3 becas a egresados de los liceos técnicos de la comuna de Tiltil para que hagan sus prácticas profesionales (de 3 meses) en la planta durante la puesta en marcha de las operaciones. De preferencia egresados de electricidad, mecánica o construcción (en este orden). Estas 3 prácticas podrán ser realizadas todos los años en operación de la planta. Para mayor detalle de este compromiso voluntario, ver Anexo 30 de la Adenda y en apéndice del mismo, anexos se adjunta un Acta de la Reunión de la presentación de los compromisos ambientales voluntarios, firmados por la comunidad.

     

    La difusión del Plan de Capacitación Laboral se realizará a través de la Oficina Municipal de Información Laboral, a través del diagnóstico que se realice mediante entrevistas y dando aviso a la Junta de Vecinos de Los Aromos que se encargará de informar a la comunidad.

     

    Respecto de la actividad económica ejercida por la población, según la información presentada en la línea de base del componente medio humano del EIA, en la localidad de Los Aromos existían al año 2014, 46 personas económicamente activas, de las cuales un 28% del total declaró trabajar como Asalariado no agrícola, quienes desarrollan distintas actividades ligadas a áreas tan diversas como empleados industriales, servicios municipales, operadores de maquinaria, choferes, entre otros. Por otra parte, un 24% se encontraba en la categoría Asalariado Agrícola, que considera a aquellas personas que trabajan en labores agrícolas y/o ganaderas de manera dependiente, un 4% se dedicaban a la actividad agrícola de manera temporal y un 2% (un caso) declaró ser agricultor. Del total de quienes se dedican a actividades agropecuarias, un importante número trabajaba el 2014 para Agrícola Bauzá, seguido de quienes trabajaban para parcelas del sector de Los Aromos y de una persona que trabajaba en parcela de su propiedad.

    En este contexto, cabe destacar que el proyecto no ocupará predios dedicados a la actividad agrícola, no interviniendo en el el sector de plantaciones de Agrícola Bauzá, en el que existen plantaciones de cerezos y nogales, y tampoco afectará los cultivos y plantaciones existentes en las parcelas de la localidad Los Aromos. De esta manera, la construcción y operación del proyecto no afectará a la población que se dedica a la actividad agrícola. Con todo, el proyecto considera la implementación de una serie de medidas voluntarias (Anexo 20 de la Adenda Complementaria), las que apuntan a la generación de competencias para la contratación de mano de obra local, a la mantención de las condiciones inmateriales de habitabilidad de la población y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de Los Aromos.

     

    Finalmente, la SEREMI de Desarrollo Social de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 19 del 05 de enero de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes entregados por el titular en la ADENDA.

     

    2.    OBSERVANTE: Erika Sylvia Guerrero Gajardo

     

    Observación: Las mediciones de ruido (D.S. N°38/11 del MMA) con el fin de establecer niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) para la zona en que se ubican los receptores. El titular No entrega informe técnico indicado en el artículo 15° de la norma.

     

    Respuesta: La observación es pertinente e incluso fue realizada también por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015.

     

    Al respecto, el titular indicó que acoge la observación, y presenta el informe técnico, en el Anexo 21 de la Adenda, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 15° del D.S. N° 38/2011, el que incluye las siguientes fichas aprobadas por la Superintendencia del Medio Ambiente mediante Resolución Exenta N° 201 del 1 de Marzo de 2013:

     

    - Ficha de Información de Medición de Ruido.

    - Ficha de Georreferenciación de Medición de Ruido.

    - Ficha de Medición de Niveles de Ruido.

    - Ficha de Evaluación de Niveles de Ruido.

     

    Posteriormente, la SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia.

     

    Observación: Respecto a los certificados de calibración de los instrumentos utilizados para las mediciones de ruido de fondo, estos No cumplen con lo estipulado en la Norma Técnica N° 0165 de calibración periódica para sonómetros.

     

    Respuesta: La observación es pertinente e incluso fue realizada también por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015.

     

    El Titular indica  que en el estudio acústico existe un error de arrastre. Para las mediciones efectuadas se utilizó un calibrador acústico marca Rion, modelo NC-74, número de serie 34536104, siendo este equipo el que el fabricante actualmente provee para el sonómetro utilizado.  Cabe señalar que para todos sus sonómetros el consultor externo que realizó el Estudio de Ruido y vibración presentado en el EIA en el Anexo 4-2, utiliza calibradores acústicos de la misma marca. En relación a la validez de los certificados de calibración, se debe aclarar que la citada Norma Técnica N° 0165 “Sobre certificado de calibración periódica para sonómetros integrados-promediadores y calibradores acústicos” del Ministerio de Salud, dictada por Decreto Exento Nº 542 del 30 de mayo de 2014 del MINSAL y modificada por Decreto Exento Nº 1.092 del 3 de noviembre de 2014 del MINSAL, fue publicada en el Diario Oficial el jueves 27 de agosto de 2015, formalidad esencial para su aplicabilidad. Es importante destacar que el Estudio de Impacto Ambiental en evaluación fue ingresado el 4 de junio de 2015 al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), mientras que las mediciones de ruido de fondo indicadas en el estudio acústico del Proyecto fueron realizadas entre los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 2014. Todo lo anterior consta en la ficha del Proyecto y documentos asociados. A la vista de los antecedentes expuestos, se indica que la Norma Técnica N° 0165 MINSAL no estaba vigente al momento de la presentación del EIA y fecha de las mediciones, y por lo mismo no fue posible que tanto el Titular como el consultor externo estuviesen al corriente de las exigencias que se harían en el futuro.

     

    Es por esto, que debido a que a la fecha de la presentación del estudio no existía una norma técnica o procedimiento para la calibración periódica de los equipos, la empresa “Control Acústico” (desde enero de 2012) mantiene un procedimiento para controlar la desviación de los valores de sus instrumentos.

     

    En relación a los certificados de calibración, se debe destacar que el sonómetro y calibrador empleados durante la campaña de medición informada en el EIA, se encuentran certificados como Clase 2 y 1, respectivamente. El detalle del instrumental se muestra en la Tablas 13 y 14 de la Adenda.

     

    Ambos equipos cuentan con Certificados de Calibración con antigüedad menor a 2 años a la fecha de las mediciones. En el Anexo 21 de la Adenda, se adjuntan los certificados de calibración.

     

    Cabe mencionar que el consultor externo, a fin de mantener la trazabilidad de las revisiones (se define trazabilidad en la ISO 8402 como: La trazabilidad o rastreabilidad es la "aptitud para rastrear la historia, la aplicación o la localización de una entidad mediante indicaciones registradas"). Controla mediante la aplicación del instructivo interno Control de Equipos de Medición de Control Acústico, el cual tiene tres (3) etapas:

     

    1. Mantención y calibración: Cada dos años se envía a laboratorio de calibración de fábrica u otro acreditado metrológicamente;

    2. Seguimiento: El estado de calibración de los equipos durante el periodo estipulado de mantención y calibración descrito anteriormente, se controla mediante un registro de cada uno de los equipos de medición en donde se registran los niveles que entrega éste al ingresarle una señal de 94.0 dB (calibrador), antes y después da cada salida a terreno, con el fin de determinar que éstos permanecen dentro de los rangos estipulados por la normativa IEC61672-3:2013 [3]); y

    3. Verificación: Por exigencias de la empresa, todo operador verificó la calibración de los equipos de medición antes de realizar una medición in-situ.

    Por lo tanto, se considera que todos los equipos aludidos en la observación se encontraban debidamente habilitados para efectuar las mediciones en las fechas que éstas fueron realizadas.

     

    Posteriormente, la SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia.

     

    Observación: Se informa que el efluente de la planta de tratamientos de aguas servidas será utilizado para la humectación de caminos cumpliendo con los parámetros exigidos. (Nch 1333/78) de calidad para riego, el titular deberá aclarar cuáles serán las medidas de disposición de las aguas servidas en caso que se presente inconveniente para realizar la humectación del camino.

     

    Respuesta: La observación es pertinente e incluso fue realizada también por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015.

     

    Al respecto, el Titular indicó en la Adenda que en caso que el efluente de la planta de tratamiento presente inconvenientes y no pueda ser utilizado para la humectación, éste será retirado por una empresa externa acreditada y llevado a un lugar de disposición final autorizado.

     

    No obstante, la SEREMI de Salud a través del ORD. N° 65 del 07 de enero de 2016, reitera la consulta al titular indicando El titular señala que las aguas servidas tratadas, provenientes de la planta de tratamiento serán utilizadas para la humectación de caminos.  Al respecto, el titular deberá indicar la frecuencia de humectación de caminos en relación al caudal del efluente y capacidad de campo de terreno, ya que no se permite la acumulación de estas aguas en los caminos.

     

    A tal consulta, el titular indica en la Adenda Complementaria que no se acumulará agua en los caminos, ya que la cantidad de agua a disponer será menor que la capacidad de campo de los estratos superiores.

    La capacidad de campo (cc) para el sector en que se emplazará el Proyecto presenta los rangos que se presentan en la Tabla N° 5 de la Adenda Complementaria y que se obtienen a partir de los datos del Laboratorio de Servicios UC aplicado a las calicatas del estudio agrológico presentado en Adenda 1.

     

    El Titular agrega, que la frecuencia de humectación será variable según condiciones climáticas, aunque nunca será superior a 3 veces al día.

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia, otorgando además el Permiso Ambiental Sectorial Mixto N° 138 el cual versa sobre estas materias: El permiso ambiental sectorial relacionado con la competencia de esta Autoridad Sanitaria Regional, es el permiso contenido en el artículo 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el cual se relaciona con la  construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza., a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario. Al respecto, se indica que el titular ha presentado todos los antecedentes necesarios para que se otorgue dicho permiso. El efluente tratado por PTAS será utilizado para humectar caminos internos del Proyecto. Este efluente cumplirá con la Norma de riego N°1333. Se dispondrá la instalación de un estanque de contacto, en donde se efectuará la cloración, él estará conectado con el vertedero de salida del sedimentador. Este estanque será además el lugar en que se podrá almacenar el agua tratada previa a su uso, situación que es compatible con el caudal efluente que no supera 1 m3/día.

     

    Observación: El titular deberá entregar una descripción del sistema de encalado (con cal viva) considerado para los residuos sólidos (lodos) obtenidos del proceso de tratamiento de aguas servidas para evitar generación de olores.

     

    Respuesta: La observación es pertinente e incluso fue realizada también por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015.

     

    Sobre tal, el titular indicó en la Adenda que los residuos generados en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la fase de construcción se almacenarán y tratarán de acuerdo al D.S. Nº 4/2009, cumpliendo lo requerido en cuanto condiciones de almacenamiento y hermeticidad del estanque para la acumulación de lodos. Los lodos generados ya digeridos serán tratados y retirados por una empresa autorizada y tratados en una planta externa, por lo que se evita el riesgo de olores, además dado que las aguas servidas corresponderán a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contendrán sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentarán características de peligrosidad. En cuanto a la retirada de los mismos el Titular aclara que dichos lodos digeridos serán retirados semanalmente por empresas del sector que traten con dichos residuos, transportados a lugares específicos autorizados. Concluyendo que el procedimiento de uso de cal en la planta solar para el tratamiento de lodos no se justifica.

     

    La Seremi de Salud, a través del ORD. N° ORD. N° 65 del 07 de enero de 2016 y a través del ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, presentó su conformidad con lo señalado por el titular en ese punto  e indicó: Considerando que la PTAS “no contemplan instalaciones para el tratamiento de lodos generados, ya que éstos serán retirados con camión limpia fosa directamente del sistema de tratamiento” (o tiene una capacidad inferior a 2.500 habitantes o genera menos de 100 kg de lodos base materia seca al día u otro), de acuerdo a lo establecido en el DS 4/2009 del MINSEGPRES, a este proyecto no le es aplicable el PAS contenido en el art. 126 del Reglamento del SEIA. Sin perjuicio ello, cabe precisar que el titular solo está exento de contar con un proyecto de ingeniería aprobado por la Autoridad Sanitaria, debiendo dar cumplimiento a las disposiciones relativas al almacenamiento, transporte y eliminación de lodos, además de implementar las medidas de control de vectores y olores del citado decreto.

     

    Observación: En el área de influencia del Proyecto y su entorno inmediato se identificó la presencia de 12 hallazgos arqueológicos de épocas prehispánicas. Aun cuando muestran escasísimo material cultural en superficie, el impacto es mayor dado los escasos vestigios prehispánicos disponibles en el área del Proyecto.

     

    Respuesta: La observación es admisible, e incluso el tema  también abordado por el Consejo de Monumentos Nacionales, órgano del Estado con competencia Ambiental quien tiene como competencia evaluar los posibles impactos sobre el patrimonio material, y se pronunció a través del ORD. N°  2598 del 25 de Agosto de 2015.

     

    El titular indicó en la Adenda que al realizar un análisis espacial, se observó que en el sector de la subestación (con una superficie de 2 hectáreas) se registran 6 hallazgos, con un total de 23 líticos. Los restantes 6 hallazgos con 11 líticos se distribuyen en la amplia zona en donde se instalarán los paneles fotovoltaicos (con una superficie de 233 hectáreas). Esta densidad y suma de los hallazgos del sector de la subestación permitieron configurar dos pequeños sitios arqueológicos del tipo taller lítico, ya que, además de los elementos registrados del taller como lascas y desechos, potencialmente podrían registrarse muchos más líticos en estos sectores, dado los inconvenientes de visibilidad y obstrusividad al momento de realizarse la prospección. Cabe recordar que en este sector se realizaron transectas separadas por 10 m, pero la densa cubierta vegetal y lo pequeño en tamaño del material registrado, no permitieron hacer un registro más acabado. Estos sitios arqueológicos, pasaron a denominarse Subestación Santiago Solar 1 (SSS-1), que engloba los Hallazgos Aislados SS-2 y SS-3 (7 hallazgos líticos) y Subestación Santiago Solar 2 (SSS-2), que engloba los Hallazgos Aislados SS-6 y SS-7 (13 hallazgos líticos), respectivamente. En la figura 10 de la ADENDA, se indica el detalle de la ubicación.

     

    Ambos sitios arqueológicos tienen aproximadamente una superficie de 80 x 40 m y se encuentran emplazados en una explanada bastante limpia de vegetación arbustiva, adyacente a un pequeño cerro isla y con presencia de material lítico distribuido en baja densidad. Cabe señalar que el hallazgo SS-8, quedó fuera de alguno de los sitios, dado que se localiza en un sector disturbado con depósito de tierra y escombros, por lo cual, el hallazgo está descontextualizado. Del mismo modo, el hallazgo SS-5 quedó fuera de los sitios, ya que, se encuentra un poco más alejado y no se verá afectado por las obras del Proyecto. La distancia más cercana entre los hallazgos de SSS-1 y SSS-2, es de 70 m. Esta es la razón principal de la definición de dos sitios arqueológicos en vez de uno solo que englobara la totalidad de los hallazgos.

     

    El Titular aclara que en las actividades de escarpe y en todas las actividades que consideren la excavación del terreno en fase de construcción, se realizará un monitoreo arqueológico permanente, por un arqueólogo, entregando un informe de monitoreo se incluirá una descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha; de tal manera de evitar algún inconveniente con los hallazgos ya encontrados y en caso de encontrar algo adicional a lo prospectado.

     

    Junto con ello, se entregaron los antecedentes requeridos para el permiso ambiental sectorial (PAS 132) (ver EIA, anexo 10-3), el cual versa sobre las  intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos. Finalmente, el Consejo de Monumentos Nacionales presentó su conformidad a los antecedentes presentados por el titular a través del ORD. N° 1242 del 12 de enero de 2016 y otorgó el permiso ambiental sectorial respectivo.

     

    Observación: Dentro el área de la influencia en la fauna del sector, se contempla alterar definitivamente el hábitat de la especie más sensible la lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus) de preocupación menor. Se debe considerar el Decreto Supremo N°100 del 17 de septiembre de 2005 e la Subsecretaría General de la República. Artículo 19, N°8 y 14 sobre la conservación del patrimonio ambiental.

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular incorpora en el Anexo 10-4 del EIA, un Plan de rescate y relocalización de fauna. En la tabla 3.1 del citado anexo, identifica las especies objetivos a relocalizar, entre los cuales se encuentra la Lagartija lemniscata, posteriormente en la Tabla 3.2 del mismo documento indica los ejemplares a capturar por ambiente en el área del Proyecto, de acuerdo al 85% de abundancia estimada de captura. Finalmente, en el punto 3.4.2 del Anexo 10-4 del EIA, se entrega las especificaciones de las técnicas de captura y marcaje para los reptiles.

     

    A través del ORD. N° 1480/2015, el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región Metropolitana, pronuncio su conformidad con los antecedentes entregados en esta materia por el titular. En síntesis, y de acuerdo a la evaluación ambiental llevada a cabo por diversos Órganos de Administración del Estado con competencia ambiental, el proyecto cumple con la normativa ambiental vigente.

     

    Observación: Teniendo en cuenta que el gran porcentaje de centrales solares tiene una eficiencia de alrededor del 25% y las celdas pueden trabajar eficientemente de 7:00 A.M. a 7 P.M. aproximadamente, dejando un margen de 12 horas básicamente sin alimentación. Se contempla la instalación de 372.240 módulos los afectarán definitivamente el área del Proyecto.

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular indica en la Adenda que  los módulos producen la energía necesaria para suministrar al Sistema Interconectado Central y a los clientes del Proyecto (las distribuidoras eléctricas del SIC, entre las que se encuentra la de Tiltil) la energía comprometida. La naturaleza temporal de la generación de las plantas fotovoltaicas (como la del Proyecto) es parte de sus características. Por ser parte de un sistema eléctrico interconectado, provee de diversidad al suministro y la energía que no provee durante las horas sin luz solar es provista por otras unidades del sistema.

     

    Observación: El Plan de manejo, corta y reforestación incluye flora con problemas de conservación la que será destruida en forma permanente. Decreto Supremo del 17 de Febrero de 2005 de la Secretaría General de la República, artículo 19 n°8 y 24 de la Conservación del Patrimonio Ambiental.

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular indica en la Adenda que para el caso del componente flora y vegetación, los impactos identificados (derivados de las actividades de construcción que lo genera) corresponden a:

     

    • Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular.

    • Pérdida de vegetación de carácter singular.

     

    Los impactos de pérdida de flora y vegetación, son evaluados en la superficie donde se emplazarán las futuras obras del Proyecto (intervención directa), más la faja de 30 metros adicionales, donde se considera existirá un efecto secundario por la eliminación de la flora y vegetación. El potencial efecto borde es evaluado como efectos secundarios (indirecto), en el buffer de 30 m definido para ello. Esto es evaluado como impacto ambiental, en el criterio extensión del impacto, que hace referencia a la distribución o cobertura espacial del impacto, la cual fue considerada media (1) ya que se manifiesta en un entorno inmediato al área de impactos primarios. Mencionado lo anterior, en las Tabla 21, Tabla 22, Tabla 23 y Tabla 24 de la ADENDA, se actualizan los resultados de la evaluación de impactos presentados en el EIA. La metodología de evaluación corresponde a la misma presentada en el EIA del Proyecto. Tabla 21: Valoración de relevancia “flora singular” Tabla 23: Clasificación del impacto “Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular”

     

    El Titular aclara que las metodologías de plantación, características de las plantas, protección de plantas y tasas de riego, se encuentran detalladas en el Anexo 10-2 del EIA, capítulo 2.5, medidas para asegurar continuidad de especies, como también en el Anexo 7-1 (Plan de medidas flora y vegetación), presentado en el EIA, las que son actualizadas en el Anexo 23 de la ADENDA.

    El Titular aclara que se verán afectados por árboles nativos, las especies Guayacán y Algarrobo, para lo cual se considera las siguientes medidas:

     

    1) Medidas para flora: · Plan de rescate y relocalización de geófitas (bulbos). · Plan de compensación de especies en categoría de conservación (Algarrobo y guayacán), mediante el enriquecimiento de dos rodales que suman hectáreas. · Plan de reforestación del bosque nativo de preservación en 23 hectáreas, donde se reforestará espino, litre, quillay, algarrobo y guayacán. · Plan de rescate y relocalización de suculentas

     

    2) Plan de reforestación para los árboles nativos (algarrobo y espino). Se ejecutará un plan de reforestación del bosque nativo de preservación, a modo de compensación (ver Anexo 23 de la ADENDA, Plan de medidas de flora y vegetación), donde se plantarán ejemplares de algarrobo y espino, además de otras especies del bosque esclerófilo.

     

    3) Quién se hará cargo de la mantención de las especies, durante las fases del proyecto y finalmente: El Titular, es el que está a cargo de mantener y supervisar el área de reforestación y enriquecimiento y velar por el cuidado de las plantas, por un periodo de 10 años (lo que dura el seguimiento). Posterior a este periodo se considera como finalizada la medida siempre y cuando se tenga el prendimiento esperado.

     

    4) Cuándo y dónde se realizará la reforestación: La reforestación se efectuara dentro de los límites del predio de Bauza y se hará efectiva una vez que se tenga la RCA, considerando un horizonte de tres años, para la germinación, viverización y producción de plantas, que luego serán dispuestas en su sitio final de plantación (Para mayor información ver el plan de medidas de flora y vegetación). Mayor detalle se explica en el Anexo 23 de la Adenda, dónde se adjunta el Plan de Medidas.

     

    Los órganos del Estado con competencia ambiental en la materia, manifestaron su conformidad con las medidas presentadas por el titular. De manera específica, la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 30- EA/2016 del 30 de marzo de 2016 indicó: Con relación a la respuesta VIII-6 del Adenda Complementaria, se aclara al titular que aumentar la tasa de reposición de los ejemplares en estado de conservación, respecto a la propuesta primaria, no implica aumentar el número de ejemplares a reponer por hectárea, dado que este valor está dado por la capacidad de carga de Porlieria chilensis y Prosopis chilensis, respecto de los sitios escogidos para reforestar o enriquecer. Aumentar el número de individuos a reponer, en concreto podría implicar tener que aumentar la superficie a comprometer con las señaladas medidas, hasta completar el número total de individuos a reponer. 2.- Cumple con la Normativa Forestal. 3.- Acredita el PAS 150 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 4.- De ser aprobado ambientalmente el proyecto, su titular deberá presentar sectorialmente la solicitud de Resolución Fundada, en concordancia con el inciso segundo del artículo 19 de la Ley 20.283. Para tal efecto, se deberán acompañar los antecedentes técnicos que acreditaron el referido PAS 150. Una vez obtenida de manera aprobatoria la señalada resolución, se deberá presentar a esta Corporación, el “Plan de Manejo de Preservación (Para efecto del art. 19, Ley 20.283)”, con todos los antecedentes ambientales de la respectiva Resolución Fundada, y cuyo formulario está disponible en la página web http://www.conaf.cl. El plan de manejo deberá estar aprobado por este Servicio, previo a la intervención del bosque de preservación.

     

    3.    OBSERVANTE: Margarita Moreno Esquivel

     

    Observación: Seguiremos teniendo contacto cuando el proyecto se apruebe

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Tabla 13-4 del Capítulo 13 “Compromisos voluntarios del EIA” y en el  Anexo 30 de la Adenda; la creación una Mesa de Trabajo con la comunidad de Los Aromos, con el objetivo de generar una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad. La medida considera la constitución de la Mesa de Trabajo con la participación de la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto, representantes de las empresas contratistas y la Municipalidad de Tiltil. La Mesa de Trabajo tiene entre sus objetivos, promover y facilitar canales de comunicación, informar a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, abordar temas de interés (sociales y ambientales), concretar la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas concernientes a la comunidad de manera participativa, entre otras. Respecto de su implementación, la medida considera la realización de las reuniones de la Mesa de Trabajo en la localidad de Los Aromos de manera periódica durante la fase de construcción, definiendo su periodicidad con la comunidad de Los Aromos. No obstante a ello, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de construcción del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de operación, las reuniones de la Mesa de Trabajo están previstas de manera semestral, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo. Se realizará como mínimo una reunión informativa anual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de operación del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de cierre, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de cierre del proyecto.

     

    Observación: Tendremos algún número telefónico para comunicarnos en caso de alguna inquietud o emergencia

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Adenda que en caso de emergencias y/o contingencias la relación con la comunidad incluirá la aplicabilidad de un Plan de Relacionamiento Comunitario. Cabe señalar que el Titular, en fase de construcción seguirá realizando las reuniones mensuales que se viene desarrollando junto a la comunidad, de tal manera de mantener informada a la comunidad en caso de cualquier eventualidad y/o inconveniente; dejando como evidencia una minuta de reunión, la cual estará disponible para toda la comunidad, siendo remitida formalmente a la Presidenta/e de la Junta de Vecinos.

     

    Observación: Puede quedar por escrito todos los acuerdos

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Adenda, que  para todas las reuniones realizadas, se levantará un acta, la cual será notificada formalmente al/el Presidente/a de la Junta de Vecinos de Los Aromos en ejercicio.

     

    4.    OBSERVANTE: Eliana Rosa Hurtado Lazo

     

    Observación: ¿Qué pasa con la contaminación acústica?

     

    Respuesta: La observación es admisible. En el Anexo 4-2 del EIA presentado, se entregan los resultados de la modelación de ruido, en el cual se indica que se instalaran barreras acústicas. Dichas barreras, se utilizarán con presencia de material absorbente hacia la cara que enfrenta la fuente emisora de ruido, para la habilitación de caminos y accesos al interior del Proyecto. Cabe señalar, que se informará a los vecinos de Los Aromos de la ejecución de faenas emisoras de ruidos, tales como: uso continuo de maquinaria pesada, pilotajes, entre otros.

     

    En la tabla 1.2.10 del  Anexo 19 de la Adenda se presenta de manera específica el Plan de Cumplimiento con respecto al componente ruido en cada una de las fases del proyecto.  La forma de cumplimiento, a fin de que las emisiones sean inferiores a los límites permitidos por la norma será el siguiente: Se contará con barreras acústicas, con un materialidad de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m²] (o algún elemento equivalente en masa), lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB de espesor mínimo 15 [mm]. Las barreras se ubicarán en los entornos de las fuentes cercanas a la población a proteger (Comunidad Los Aromos).

     

    El control y seguimiento para tales medidas, será la Medición de ruido en el receptor más cercano, es decir, puntos 4, 5 y 6 descritos en Anexo 4-2 del EIA. Lo anterior, se realizará una vez al mes en la fase de construcción.

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia.

     

    Observación: ¿Cuántas personal es el que va trabajar?, ¿Qué turnos abran?, ¿Cuánto tiempo durarán los trabajos?

     

    Respuesta: La observación es admisible. El Titular aclara en la Adenda que la mano de obra en fase de construcción se estima en 250 personas como máximo y un promedio de 130 personas. En fase de operación, se estima en 5 personas como máximo y un promedio de 3 personas. Por último en fase de cierre, tendrá una duración estimada de 4 meses y requerirá aproximadamente 280 personas como máximo (165 personas en promedio).

     

    Durante la fase de construcción el horario de trabajo será entre las 8:00 y las 20:00 horas, según las horas de luz, organizado en dos turnos de trabajo. Mientras en fase de operación, los trabajadores tendrán horario de 07:30 a 20:30.

     

    Finalmente,  la fase de construcción implicara 12 meses de construcción aproximadamente.

     

    Observación: ¿Qué pasará con la vegetación del lugar?

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular indica en la Adenda que para el caso del componente flora y vegetación, los impactos identificados (derivados de las actividades de construcción que lo genera) corresponden a:

     

    • Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular

    • Pérdida de vegetación de carácter singular.

     

    Los impactos de pérdida de flora y vegetación, son evaluados en la superficie donde se emplazarán las futuras obras del Proyecto (intervención directa), más la faja de 30 metros adicionales, donde se considera existirá un efecto secundario por la eliminación de la flora y vegetación. El potencial efecto borde es evaluado como efectos secundarios (indirecto), en el buffer de 30 m definido para ello. Esto es evaluado como impacto ambiental, en el criterio extensión del impacto, que hace referencia a la distribución o cobertura espacial del impacto, la cual fue considerada media (1) ya que se manifiesta en un entorno inmediato al área de impactos primarios. Mencionado lo anterior, en las Tabla 21, Tabla 22, Tabla 23 y Tabla 24 de la ADENDA, se actualizan los resultados de la evaluación de impactos presentados en el EIA. La metodología de evaluación corresponde a la misma presentada en el EIA del Proyecto. Tabla 21: Valoración de relevancia “flora singular” Tabla 23: Clasificación del impacto “Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular”

     

    El Titular aclara que las metodologías de plantación, características de las plantas, protección de plantas y tasas de riego, se encuentran detalladas en el Anexo 10-2 del EIA, capítulo 2.5, medidas para asegurar continuidad de especies, como también en el Anexo 7-1 (Plan de medidas flora y vegetación), presentado en el EIA, las que son actualizadas en el Anexo 23 de la Adenda.

     

    El Titular aclara que se verán afectados por árboles nativos, las especies Guayacán y Algarrobo, para lo cual se considera las siguientes medidas:

     

    1) Medidas para flora: · Plan de rescate y relocalización de geófitas (bulbos). · Plan de compensación de especies en categoría de conservación (Algarrobo y guayacán), mediante el enriquecimiento de dos rodales que suman hectáreas. · Plan de reforestación del bosque nativo de preservación en 23 hectáreas, donde se reforestará espino, litre, quillay, algarrobo y guayacán. · Plan de rescate y relocalización de suculentas

     

    2) Plan de reforestación para los árboles nativos (algarrobo y espino). Se ejecutará un plan de reforestación del bosque nativo de preservación, a modo de compensación (ver plan de medidas de flora y vegetación), donde se plantarán ejemplares de algarrobo y espino, además de otras especies del bosque esclerófilo.

     

    3) Quién se hará cargo de la mantención de las especies, durante las fases del proyecto y finalmente: El Titular, es el que está a cargo de mantener y supervisar el área de reforestación y enriquecimiento y velar por el cuidado de las plantas, por un periodo de 10 años (lo que dura el seguimiento). Posterior a este periodo se considera como finalizada la medida siempre y cuando se tenga el prendimiento esperado.

     

    4) Cuándo y dónde se realizará la reforestación: La reforestación se efectuara dentro de los límites del predio de Bauza y se hará efectiva una vez que se tenga la RCA, considerando un horizonte de tres años, para la germinación, viverización y producción de plantas, que luego serán dispuestas en su sitio final de plantación (Para mayor información ver el plan de medidas de flora y vegetación). Mayor detalle se explica en el Anexo 23 – se adjunta el Plan de Medidas

     

    Los órganos del Estado con competencia ambiental en la materia, manifestaron su conformidad con las medidas presentadas por el titular. De manera específica, la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 30- EA/2016 del 30 de marzo de 2016 indicó: Con relación a la respuesta VIII-6 del Adenda Complementaria, se aclara al titular que aumentar la tasa de reposición de los ejemplares en estado de conservación, respecto a la propuesta primaria, no implica aumentar el número de ejemplares a reponer por hectárea, dado que este valor está dado por la capacidad de carga de Porlieria chilensis y Prosopis chilensis, respecto de los sitios escogidos para reforestar o enriquecer. Aumentar el número de individuos a reponer, en concreto podría implicar tener que aumentar la superficie a comprometer con las señaladas medidas, hasta completar el número total de individuos a reponer. 2.- Cumple con la Normativa Forestal. 3.- Acredita el PAS 150 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 4.- De ser aprobado ambientalmente el proyecto, su titular deberá presentar sectorialmente la solicitud de Resolución Fundada, en concordancia con el inciso segundo del artículo 19 de la Ley 20.283. Para tal efecto, se deberán acompañar los antecedentes técnicos que acreditaron el referido PAS 150. Una vez obtenida de manera aprobatoria la señalada resolución, se deberá presentar a esta Corporación, el “Plan de Manejo de Preservación (Para efecto del art. 19, Ley 20.283)”, con todos los antecedentes ambientales de la respectiva Resolución Fundada, y cuyo formulario está disponible en la página web http://www.conaf.cl. El plan de manejo deberá estar aprobado por este Servicio, previo a la intervención del bosque de preservación.

     

    Observación: ¿De dónde sacarán agua para el personal, aquí es escasa?

     

    Respuesta: La observación es admisible. La SEREMI de Salud, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015, le indicó la siguiente disposición al titular sobre esta materia: El proyecto deberá, en todo momento, contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores que cumpla en todo momento la calidad establecida en el D.S. 735/69, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S. Nº 131/06 y D.S. N° 76/09 y el D.S. 594/99, del MINSAL. Al respecto, de las soluciones de tipo provisorio, como es el caso de la dotación de agua para consumo mediante botellas o camión aljibe, se deberá adoptar como período máximo para éstas, el de 6 meses. Superado este plazo, el titular deberá implementar una solución de tipo definitiva para el proyecto, entendiéndose por estas la conexión a una red pública de agua potable o la construcción de un sistema particular.

     

    El Titular respondió  en la ADENDA que el lugar de emplazamiento del Proyecto no consta con una red pública de agua potable (ver Anexo 2 de la ADENDA– Factibilidad de Agua Potable), ni derechos de aguas disponibles para esta fase. Durante  la fase de construcción, el Proyecto contará con un abastecimiento de agua potable proveniente siempre de proveedores autorizados a través de camiones aljibes (mínimo dos proveedores, para asegurará el abastecimiento continuo).Una vez determinados los proveedores, se informará a la SEREMI de Salud. Mientras que el suministro de agua potable en fase de operación, estimada en 0,006 l/s, la que será extraída del Tranque Los Aromos de la Agrícola Bauza, cuyo abastecimiento es a través de pozos.

     

    Adicional a lo anteriormente señalado, el Titular indica que someterá el agua a un proceso de filtración, con el objetivo de retener los sólidos suspendidos; posteriormente el agua será desinfectada por medio de un proceso de cloración; como último paso el agua pasará por  un proceso de ionización y ablandamiento, con el fin de remover losiones presentes en el agua de pozo. El agua potable cumplirá con los requisitos físicos, químicos, bacteriológicos y radioactivos descritos en la norma NCh 409/2005, que aseguran que sea apta para el consumo humano y no ponga en riesgo la salud de la población. El titular se compromete a solicitar la autorización sanitaria ante la Seremi de Salud en términos del DFL 1/99 Artículo 1, N°22, en ambas fases del Proyecto.

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia.

     

    Observación: ¿Tendrán contenedores para la basura?

     

    Respuesta: La observación es admisible. La SEREMI de Salud, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015, le indicó la siguiente disposición al titular sobre esta materia: Respecto de los residuos domiciliarios generados en la fase de construcción, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad.

     

    Al respecto, el Titular indicó en la Adenda  que instalará contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra. Tal como se indicó en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 140, los residuos domésticos serán retirados con una frecuencia de 2 o 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, y por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (ratones, moscas u otros insectos), evitando la generación de focos de insalubridad.

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia, de manera particular obtiene el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 140, el cual indica: El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción. El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Al respecto, se indica que el titular ha presentado todos los antecedentes necesarios para que se otorgue dicho permiso.

     

    5.    OBSERVANTE: María Vargas Cabrales

     

    Observación: Utilizan agua para cuando realizan los trabajos. Humedecen los caminos.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El Titular aclara en la Adenda que los consumos de agua en la fase de construcción se identifican en la siguiente tabla:

     

    Fase

    Consumo

    Origen

    Construcción

    Agua potable: 100 l/día/persona

    2 Proveedores autorizados (cumpliendo la NCh 409/Agua Potable),

    Agua para humectación de camino: 0,6 l/m

    PTAS y proveedor autorizado

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia.

     

    Observación: ¿Se mantendrán seguros los accesos a la obra, los trabajos? ¿Estarán los caminos siempre en buen estado? Con las empresas contratistas que lleguen a trabajar, ya que hemos tenido problemas con el transporte de maquinarias pesada.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Adenda  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    Junto con ello, implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre. Respecto a las potenciales molestias generadas por la emisión de material particulado y la generación de ruido, el programa considera las siguientes medidas:

     

    Medidas para limitar la propagación del polvo levantado durante las obras:

    • Capacitación de los trabajadores del proyecto: se capacitará al personal respecto de la reducción de emisiones a la atmósfera
    • Humectación de caminos utilizados al interior de la faena: se humectará las zonas de trabajo que generen mayor emisión de material particulado, usando aditivos que impidan su evaporación. La humectación será realizada mediante camiones aljibes.
    • Restringir velocidad de circulación en la obra: se establecerá un límite de velocidad para los vehículos que transiten al interior de la obra.
    • Cubrir acopios: se cubrirán los acopios de material granular con lonas de material plástico hasta su retiro.
    • Protocolo de aseo interno de la obra: se mantendrán adecuadas condiciones de aseo interno en la obra, mediante la elaboración e implementación de un protocolo de aseo.

     

    Medidas para atenuar los ruidos producidos por las actividades del proyecto:

    • Planificar horario de la faena: se programará horario de faena de forma que finalice dentro de los horarios de trabajo de la obra.
    • Instalación de barreras acústicas: se utilizará barreras acústicas con presencia de material absorbente hacia la cara que enfrenta la fuente emisora de ruido.
    • Información a vecinos: se informará a los vecinos de Los Aromos de la ejecución de faenas emisoras de ruidos, tales como: uso continuo de maquinaria pesada, pilotajes, entre otros.

     

    Cabe señalar que además de la implementación de las medidas descritas, existirá un contacto permanente con la comunidad Los Aromos, la que será materializada mediante la creación de una Mesa de Trabajo, medida voluntaria expuesta en el Capítulo 13 del EIA y detallada en la respuesta 14.7 de la Adenda. Esta instancia será de gran relevancia para poder identificar y mitigar o reparar cualquier molestia que el Proyecto pueda causar a la población vecina.

     

    Observación: Cuando y en qué momento se llevará a cabo la reforestación. Que va a pasar con los árboles nativos. Algarrobo, Espino y otros. ¿Irán a cumplir con la reforestación de los árboles y logarán mantener la forestación y Mantención?

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular indica en la Adenda que para el caso del componente flora y vegetación, los impactos identificados (derivados de las actividades de construcción que lo genera) corresponden a:

     

    • Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular

    • Pérdida de vegetación de carácter singular.

     

    Los impactos de pérdida de flora y vegetación, son evaluados en la superficie donde se emplazarán las futuras obras del Proyecto (intervención directa), más la faja de 30 metros adicionales, donde se considera existirá un efecto secundario por la eliminación de la flora y vegetación. El potencial efecto borde es evaluado como efectos secundarios (indirecto), en el buffer de 30 m definido para ello. Esto es evaluado como impacto ambiental, en el criterio extensión del impacto, que hace referencia a la distribución o cobertura espacial del impacto, la cual fue considerada media (1) ya que se manifiesta en un entorno inmediato al área de impactos primarios. Mencionado lo anterior, en las Tabla 21, Tabla 22, Tabla 23 y Tabla 24 de la Adenda, se actualizan los resultados de la evaluación de impactos presentados en el EIA. La metodología de evaluación corresponde a la misma presentada en el EIA del Proyecto. Tabla 21: Valoración de relevancia “flora singular” Tabla 23: Clasificación del impacto “Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular”

     

    El Titular aclara que las metodologías de plantación, características de las plantas, protección de plantas y tasas de riego, se encuentran detalladas en el Anexo 10-2 del EIA, capítulo 2.5, medidas para asegurar continuidad de especies, como también en el Anexo 7-1 (Plan de medidas flora y vegetación), presentado en el EIA, las que son actualizadas en el Anexo 23 de la Adenda.

     

    El Titular aclara que se verán afectados por árboles nativos, las especies Guayacán y Algarrobo, para lo cual se considera las siguientes medidas:

     

    1) Medidas para flora: · Plan de rescate y relocalización de geófitas (bulbos). · Plan de compensación de especies en categoría de conservación (Algarrobo y guayacán), mediante el enriquecimiento de dos rodales que suman hectáreas. · Plan de reforestación del bosque nativo de preservación en 23 hectáreas, donde se reforestará espino, litre, quillay, algarrobo y guayacán. · Plan de rescate y relocalización de suculentas

     

    2) Plan de reforestación para los árboles nativos (algarrobo y espino). Se ejecutará un plan de reforestación del bosque nativo de preservación, a modo de compensación (ver plan de medidas de flora y vegetación), donde se plantarán ejemplares de algarrobo y espino, además de otras especies del bosque esclerófilo.

     

    3) Quién se hará cargo de la mantención de las especies, durante las fases del proyecto y finalmente: El Titular, es el que está a cargo de mantener y supervisar el área de reforestación y enriquecimiento y velar por el cuidado de las plantas, por un periodo de 10 años (lo que dura el seguimiento). Posterior a este periodo se considera como finalizada la medida siempre y cuando se tenga el prendimiento esperado.

     

    4) Cuándo y dónde se realizará la reforestación: La reforestación se efectuara dentro de los límites del predio de Bauza y se hará efectiva una vez que se tenga la RCA, considerando un horizonte de tres años, para la germinación, viverización y producción de plantas, que luego serán dispuestas en su sitio final de plantación (Para mayor información ver el plan de medidas de flora y vegetación). Mayor detalle se explica en el Anexo 23 – se adjunta el Plan de Medidas

     

    Los órganos del Estado con competencia ambiental en la materia, manifestaron su conformidad con las medidas presentadas por el titular. De manera específica, la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 30- EA/2016 del 30 de marzo de 2016 indicó: Con relación a la respuesta VIII-6 del Adenda Complementaria, se aclara al titular que aumentar la tasa de reposición de los ejemplares en estado de conservación, respecto a la propuesta primaria, no implica aumentar el número de ejemplares a reponer por hectárea, dado que este valor está dado por la capacidad de carga de Porlieria chilensis y Prosopis chilensis, respecto de los sitios escogidos para reforestar o enriquecer. Aumentar el número de individuos a reponer, en concreto podría implicar tener que aumentar la superficie a comprometer con las señaladas medidas, hasta completar el número total de individuos a reponer. 2.- Cumple con la Normativa Forestal. 3.- Acredita el PAS 150 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 4.- De ser aprobado ambientalmente el proyecto, su titular deberá presentar sectorialmente la solicitud de Resolución Fundada, en concordancia con el inciso segundo del artículo 19 de la Ley 20.283. Para tal efecto, se deberán acompañar los antecedentes técnicos que acreditaron el referido PAS 150. Una vez obtenida de manera aprobatoria la señalada resolución, se deberá presentar a esta Corporación, el “Plan de Manejo de Preservación (Para efecto del art. 19, Ley 20.283)”, con todos los antecedentes ambientales de la respectiva Resolución Fundada, y cuyo formulario está disponible en la página web http://www.conaf.cl. El plan de manejo deberá estar aprobado por este Servicio, previo a la intervención del bosque de preservación.

     

    Observación: La empresa nos comunicó que iba a construir su propio camino. No iba a usar camino de la comunidad.  No fue así, están usando el camino de la comunidad con maquinaria pesada y está quedando en malas condiciones.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El Titular aclara en la Adenda que el único camino considerado como acceso para la fase de construcción del Parque será el camino denominado “Camino de acceso”, que ingresará desde la ruta 5 directamente al área del Proyecto. Durante la operación del Proyecto no se utilizara el acceso al fundo Bauzá, el paso bajo nivel de Agrícola Bauza, ni el camino Los Aromos.

     

    De todos modos,  se aclara que todo proyecto debe atenerse a la normativa vigente y a la Resolución de Calificación Ambiental en caso que fuese aprobado. Cabe agregar, que los procesos de sanción, seguimiento y fiscalización de los proyectos evaluados son competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

     

    6.    OBSERVANTE: Cecilia Donoso Acevedo

     

    Observación: El camino de Los Aromos será ocupado para realizar los trabajos del proyecto.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El Titular aclara en la Adenda que el único camino considerado como acceso para la fase de construcción del Parque será el camino denominado “Camino de acceso”, que ingresará desde la ruta 5 directamente al área del Proyecto. Durante la operación del Proyecto no se utilizara el acceso al fundo Bauzá, el paso bajo nivel de Agrícola Bauza, ni el camino Los Aromos.

     

    De todos modos,  se aclara que todo proyecto debe atenerse a la normativa vigente y a la Resolución de Calificación Ambiental en caso que fuese aprobado. Cabe agregar, que los procesos de sanción, seguimiento y fiscalización de los proyectos evaluados son competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

     

    Observación: Se preocuparán como proyecto de la necesidad de las personas de Los Aromos.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El Titular indica en la Adenda que implementará un Plan de Capacitación Laboral con el fin de capacitar a la población interesada que habita en el área aledaña al proyecto, generando las competencias laborales que posibiliten la contratación en el proyecto de población local. Junto con ello, el proyecto considera la implementación de una serie de medidas voluntarias, las que apuntan a la generación de competencias para la contratación de mano de obra local, a la mantención de las condiciones inmateriales de habitabilidad de la población y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de Los Aromos.

     

    Observación: Del cierre del cual se habla, ¿será realizado antes o durante el proyecto?

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la ADENDA  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    7.    OBSERVANTE: Maribel del Carmen Berríos Vásquez

     

    Observación: Queremos una reunión por lo menos una vez al mes. En caso de daños, cual sea ¿Con quién se puede hablar?

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Tabla 13-4 del Capítulo 13 “Compromisos voluntarios del EIA” y en el  Anexo 30 de la Adenda; la creación una Mesa de Trabajo con la comunidad de Los Aromos, con el objetivo de generar una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad. La medida considera la constitución de la Mesa de Trabajo con la participación de la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto, representantes de las empresas contratistas y la Municipalidad de Tiltil. La Mesa de Trabajo tiene entre sus objetivos, promover y facilitar canales de comunicación, informar a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, abordar temas de interés (sociales y ambientales), concretar la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas concernientes a la comunidad de manera participativa, entre otras. Respecto de su implementación, la medida considera la realización de las reuniones de la Mesa de Trabajo en la localidad de Los Aromos de manera periódica durante la fase de construcción, definiendo su periodicidad con la comunidad de Los Aromos. No obstante a ello, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de construcción del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de operación, las reuniones de la Mesa de Trabajo están previstas de manera semestral, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo. Se realizará como mínimo una reunión informativa anual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de operación del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de cierre, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de cierre del proyecto.

     

    En el caso que se detecte algún incumplimiento de carácter ambiental, se aclara que todo proyecto debe atenerse a la normativa vigente y a la Resolución de Calificación Ambiental en caso que fuese aprobado. Cabe agregar, que los procesos de sanción, seguimiento y fiscalización de los proyectos evaluados son competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

     

    Observación: Fiscalización a los trabajadores ¿Quién la hará?

     

    Respuesta: La observación es admisible. Se implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre.

     

    Las medidas consideradas por el Titular en relación a la presencia de trabajadores son las siguientes: a) Los trabajadores se encontrarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos de Agrícola Bauzá, no pudiendo acceder a caserío de Los Aromos durante la jornada laboral. b) Los trabajadores se ubicarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos mientras se encuentren en horas no laborales, no teniendo interacción con el caserío de Los Aromos. c) Instalación de faena ubicada en sector norte del Proyecto, distante a unos 2.000 metros al Norte del caserío Los Aromos. d) Los trabajadores serán trasladados diariamente una vez concluida la jornada laboral en seis buses aproximadamente desde la faena directamente hasta Santiago, sin tener interacción alguna con el caserío de Los Aromos. e) Acceso al proyecto a través de camino exclusivamente utilizado para este fin, no ocupando el camino vecinal del caserío de Los Aromos.9 Además los trabajadores considerados para la fase de construcción del proyecto no ocuparán servicios básicos de la comunidad debido a que no residirán temporal ni permanentemente en el caserío de Los Aromos debido a los puntos recién enunciados, por lo que no habrá interacción física con la población local.

     

    En el caso que se detecte algún incumplimiento de carácter ambiental, se aclara que todo proyecto debe atenerse a la normativa vigente y a la Resolución de Calificación Ambiental en caso que fuese aprobado. Cabe agregar, que los procesos de sanción, seguimiento y fiscalización de los proyectos evaluados son competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

     

    8.    OBSERVANTE: Carmen Navarrete Navarrete

     

    Observación: Quisiera saber si la reforestación va a ser con las mismas especies que van a cortar.

     

    Respuesta: La observación es admisible, el titular indica en la ADENDA que para el caso del componente flora y vegetación, los impactos identificados (derivados de las actividades de construcción que lo genera) corresponden a:

     

    • Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular

    • Pérdida de vegetación de carácter singular.

     

    Los impactos de pérdida de flora y vegetación, son evaluados en la superficie donde se emplazarán las futuras obras del Proyecto (intervención directa), más la faja de 30 metros adicionales, donde se considera existirá un efecto secundario por la eliminación de la flora y vegetación. El potencial efecto borde es evaluado como efectos secundarios (indirecto), en el buffer de 30 m definido para ello. Esto es evaluado como impacto ambiental, en el criterio extensión del impacto, que hace referencia a la distribución o cobertura espacial del impacto, la cual fue considerada media (1) ya que se manifiesta en un entorno inmediato al área de impactos primarios. Mencionado lo anterior, en las Tabla 21, Tabla 22, Tabla 23 y Tabla 24 de la ADENDA, se actualizan los resultados de la evaluación de impactos presentados en el EIA. La metodología de evaluación corresponde a la misma presentada en el EIA del Proyecto. Tabla 21: Valoración de relevancia “flora singular” Tabla 23: Clasificación del impacto “Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular”

     

    El Titular aclara que las metodologías de plantación, características de las plantas, protección de plantas y tasas de riego, se encuentran detalladas en el Anexo 10-2 del EIA, capítulo 2.5, medidas para asegurar continuidad de especies, como también en el Anexo 7-1 (Plan de medidas flora y vegetación), presentado en el EIA, las que son actualizadas en el Anexo 23 de la ADENDA.

     

    El Titular aclara que se verán afectados por árboles nativos, las especies Guayacán y Algarrobo, para lo cual se considera las siguientes medidas:

     

    1) Medidas para flora: · Plan de rescate y relocalización de geófitas (bulbos). · Plan de compensación de especies en categoría de conservación (Algarrobo y guayacán), mediante el enriquecimiento de dos rodales que suman hectáreas. · Plan de reforestación del bosque nativo de preservación en 23 hectáreas, donde se reforestará espino, litre, quillay, algarrobo y guayacán. · Plan de rescate y relocalización de suculentas

     

    2) Plan de reforestación para los árboles nativos (algarrobo y espino). Se ejecutará un plan de reforestación del bosque nativo de preservación, a modo de compensación (ver plan de medidas de flora y vegetación), donde se plantarán ejemplares de algarrobo y espino, además de otras especies del bosque esclerófilo.

     

    3) Quién se hará cargo de la mantención de las especies, durante las fases del proyecto y finalmente: El Titular, es el que está a cargo de mantener y supervisar el área de reforestación y enriquecimiento y velar por el cuidado de las plantas, por un periodo de 10 años (lo que dura el seguimiento). Posterior a este periodo se considera como finalizada la medida siempre y cuando se tenga el prendimiento esperado.

     

    4) Cuándo y dónde se realizará la reforestación: La reforestación se efectuara dentro de los límites del predio de Bauza y se hará efectiva una vez que se tenga la RCA, considerando un horizonte de tres años, para la germinación, viverización y producción de plantas, que luego serán dispuestas en su sitio final de plantación (Para mayor información ver el plan de medidas de flora y vegetación). Mayor detalle se explica en el Anexo 23 – se adjunta el Plan de Medidas

     

    Los órganos del Estado con competencia ambiental en la materia, manifestaron su conformidad con las medidas presentadas por el titular. De manera específica, la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 30- EA/2016 del 30 de marzo de 2016 indicó: Con relación a la respuesta VIII-6 del Adenda Complementaria, se aclara al titular que aumentar la tasa de reposición de los ejemplares en estado de conservación, respecto a la propuesta primaria, no implica aumentar el número de ejemplares a reponer por hectárea, dado que este valor está dado por la capacidad de carga de Porlieria chilensis y Prosopis chilensis, respecto de los sitios escogidos para reforestar o enriquecer. Aumentar el número de individuos a reponer, en concreto podría implicar tener que aumentar la superficie a comprometer con las señaladas medidas, hasta completar el número total de individuos a reponer. 2.- Cumple con la Normativa Forestal. 3.- Acredita el PAS 150 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. 4.- De ser aprobado ambientalmente el proyecto, su titular deberá presentar sectorialmente la solicitud de Resolución Fundada, en concordancia con el inciso segundo del artículo 19 de la Ley 20.283. Para tal efecto, se deberán acompañar los antecedentes técnicos que acreditaron el referido PAS 150. Una vez obtenida de manera aprobatoria la señalada resolución, se deberá presentar a esta Corporación, el “Plan de Manejo de Preservación (Para efecto del art. 19, Ley 20.283)”, con todos los antecedentes ambientales de la respectiva Resolución Fundada, y cuyo formulario está disponible en la página web http://www.conaf.cl. El plan de manejo deberá estar aprobado por este Servicio, previo a la intervención del bosque de preservación.

     

    Observación: Queremos saber si van a tener turnos de noche.

     

    Respuesta: La observación es admisible, El Titular aclara en la Adenda, que no se consideran turnos nocturnos en ninguna de sus fases. Durante la fase de construcción el horario de trabajo será entre las 8:00 y las 20:00 horas, según las horas de luz, organizado en dos turnos de trabajo. Mientras en fase de operación, los trabajadores tendrán horario de 07:30 a 20:30.

     

    Observación: Quisiera saber si siempre van a tener contacto con los vecinos en caso de cualquier problema a quien avisar o reclamar.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Tabla 13-4 del Capítulo 13 “Compromisos voluntarios del EIA” y en el  Anexo 30 de la Adenda; la creación una Mesa de Trabajo con la comunidad de Los Aromos, con el objetivo de generar una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad. La medida considera la constitución de la Mesa de Trabajo con la participación de la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto, representantes de las empresas contratistas y la Municipalidad de Tiltil. La Mesa de Trabajo tiene entre sus objetivos, promover y facilitar canales de comunicación, informar a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, abordar temas de interés (sociales y ambientales), concretar la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas concernientes a la comunidad de manera participativa, entre otras. Respecto de su implementación, la medida considera la realización de las reuniones de la Mesa de Trabajo en la localidad de Los Aromos de manera periódica durante la fase de construcción, definiendo su periodicidad con la comunidad de Los Aromos. No obstante a ello, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de construcción del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de operación, las reuniones de la Mesa de Trabajo están previstas de manera semestral, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo. Se realizará como mínimo una reunión informativa anual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de operación del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de cierre, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de cierre del proyecto.

     

    Observación: Quiero saber quién les va a retirar la basura cuando estén trabajando con tanta gente.

     

    Respuesta: La observación es admisible. La SEREMI de Salud, a través del ORD. N°  3676 del 20 de Julio de 2015, le indicó la siguiente disposición al titular sobre esta materia: Respecto de los residuos domiciliarios generados en la fase de construcción, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad.

     

    Al respecto, el Titular indicó en la Adenda  que instalará contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra. Tal como se indicó en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 140, los residuos domésticos serán retirados con una frecuencia de 2 o 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, y por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (ratones, moscas u otros insectos), evitando la generación de focos de insalubridad.

     

    Además el titular indica que el retiro de residuos, será gestionado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana.

     

    La SEREMI de Salud en el ORD. N° 2321 del 30 de marzo de 2016, se manifestó conforme a los antecedentes presentados por el titular sobre esta materia, de manera particular obtiene el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 140, el cual indica: El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción. El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Al respecto, se indica que el titular ha presentado todos los antecedentes necesarios para que se otorgue dicho permiso.

     

    Observación: Quiero saber si sus trabajadores invadirán nuestros terrenos.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Adenda  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    Junto con ello, implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre.

     

    Las medidas consideradas por el Titular en relación a la presencia de trabajadores son las siguientes: a) Los trabajadores se encontrarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos de Agrícola Bauzá, no pudiendo acceder a caserío de Los Aromos durante la jornada laboral. b) Los trabajadores se ubicarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos mientras se encuentren en horas no laborales, no teniendo interacción con el caserío de Los Aromos. c) Instalación de faena ubicada en sector norte del Proyecto, distante a unos 2.000 metros al Norte del caserío Los Aromos. d) Los trabajadores serán trasladados diariamente una vez concluida la jornada laboral en seis buses aproximadamente desde la faena directamente hasta Santiago, sin tener interacción alguna con el caserío de Los Aromos. e) Acceso al proyecto a través de camino exclusivamente utilizado para este fin, no ocupando el camino vecinal del caserío de Los Aromos.9 Además los trabajadores considerados para la fase de construcción del proyecto no ocuparán servicios básicos de la comunidad debido a que no residirán temporal ni permanentemente en el caserío de Los Aromos debido a los puntos recién enunciados, por lo que no habrá interacción física con la población local.

     

    9.    OBSERVANTE: María Odilia León Jara.

     

    Observación: Tienen los horarios definidos. Sólo de día.

     

    Respuesta: La observación es admisible, el Titular aclara en la ADENDA, que no se consideran turnos nocturnos en ninguna de sus fases. Durante la fase de construcción el horario de trabajo será entre las 8:00 y las 20:00 horas, según las horas de luz, organizado en dos turnos de trabajo. Mientras en fase de operación, los trabajadores tendrán horario de 07:30 a 20:30.

     

    Observación: No veremos gente en nuestro sector. Estamos acostumbrados a la tranquilidad.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la ADENDA  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    Junto con ello, implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre.

     

    Las medidas consideradas por el Titular en relación a la presencia de trabajadores son las siguientes: a) Los trabajadores se encontrarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos de Agrícola Bauzá, no pudiendo acceder a caserío de Los Aromos durante la jornada laboral. b) Los trabajadores se ubicarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos mientras se encuentren en horas no laborales, no teniendo interacción con el caserío de Los Aromos. c) Instalación de faena ubicada en sector norte del Proyecto, distante a unos 2.000 metros al Norte del caserío Los Aromos. d) Los trabajadores serán trasladados diariamente una vez concluida la jornada laboral en seis buses aproximadamente desde la faena directamente hasta Santiago, sin tener interacción alguna con el caserío de Los Aromos. e) Acceso al proyecto a través de camino exclusivamente utilizado para este fin, no ocupando el camino vecinal del caserío de Los Aromos. Además los trabajadores considerados para la fase de construcción del proyecto no ocuparán servicios básicos de la comunidad debido a que no residirán temporal ni permanentemente en el caserío de Los Aromos debido a los puntos recién enunciados, por lo que no habrá interacción física con la población local.

     

    Observación: Queremos tener una reunión una vez al mes, cuando el proyecto este. Para expresar alguna inquietud.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Tabla 13-4 del Capítulo 13 “Compromisos voluntarios del EIA” y en el  Anexo 30 de la Adenda; la creación una Mesa de Trabajo con la comunidad de Los Aromos, con el objetivo de generar una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad. La medida considera la constitución de la Mesa de Trabajo con la participación de la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto, representantes de las empresas contratistas y la Municipalidad de Tiltil. La Mesa de Trabajo tiene entre sus objetivos, promover y facilitar canales de comunicación, informar a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, abordar temas de interés (sociales y ambientales), concretar la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas concernientes a la comunidad de manera participativa, entre otras. Respecto de su implementación, la medida considera la realización de las reuniones de la Mesa de Trabajo en la localidad de Los Aromos de manera periódica durante la fase de construcción, definiendo su periodicidad con la comunidad de Los Aromos. No obstante a ello, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de construcción del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de operación, las reuniones de la Mesa de Trabajo están previstas de manera semestral, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo. Se realizará como mínimo una reunión informativa anual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de operación del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de cierre, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de cierre del proyecto.

     

    10. OBSERVANTE: Rosa Acevedo Corrales.

     

    Observación: Cuando se realizan los trabajos, se acabará la tranquilidad de Los Aromos. Nosotros vivimos dentro del perímetro donde se realizarán los trabajos. ¿Qué pasará con las personas? El mayor contingente de personas será traída de afuera.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Adenda  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    Junto con ello, implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre.

     

    Las medidas consideradas por el Titular en relación a la presencia de trabajadores son las siguientes: a) Los trabajadores se encontrarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos de Agrícola Bauzá, no pudiendo acceder a caserío de Los Aromos durante la jornada laboral. b) Los trabajadores se ubicarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos mientras se encuentren en horas no laborales, no teniendo interacción con el caserío de Los Aromos. c) Instalación de faena ubicada en sector norte del Proyecto, distante a unos 2.000 metros al Norte del caserío Los Aromos. d) Los trabajadores serán trasladados diariamente una vez concluida la jornada laboral en seis buses aproximadamente desde la faena directamente hasta Santiago, sin tener interacción alguna con el caserío de Los Aromos. e) Acceso al proyecto a través de camino exclusivamente utilizado para este fin, no ocupando el camino vecinal del caserío de Los Aromos. Además los trabajadores considerados para la fase de construcción del proyecto no ocuparán servicios básicos de la comunidad debido a que no residirán temporal ni permanentemente en el caserío de Los Aromos debido a los puntos recién enunciados, por lo que no habrá interacción física con la población local.

     

    11. OBSERVANTE: Danilo Aguilar.

     

    Observación: Informe de expertos. Antecedentes como nombre, firma y Rut. No figuran quien es responsable de la información.

     

    Respuesta: La observación es admisible.  Según lo establecido en el literal p.2 del artículo 18 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), el cual establece los requisitos mínimos que deben contener los Estudios de Impacto Ambiental, se señala: “Listado de los nombres de las personas que participaron en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, incluyendo sus profesiones e indicando sus profesiones e indicando las funciones y tareas específicas que desarrollaron. El apéndice siempre deberá contar con esta información.” El titular, en el Apéndice “Listado de Profesionales” entrega el listado de personas que participaron en la elaboración del EIA, con sus tareas específicas. Cumpliendo de esta manera lo exigido por la normativa ambiental.  La firma y Rut, no constituyen requisitos exigibles al titular en esta materia.

     

    Observación: Localización o dirección. Cuál es el dato o antecedente que corresponde. No indican dirección.

     

    Respuesta: La observación es admisible.  El Proyecto se ubicará aproximadamente 6 km al este de la localidad de Til Til (en línea recta), y aproximadamente a 5 km al Norte del poblado de Huertos Familiares, comuna de Til Til, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana. En la Tabla 1-1 del capítulo 1 del EIA, se indican las Coordenadas de referencia del Área del Proyecto. El Proyecto se emplaza en los terrenos pertenecientes a la Agrícola Bauzá, cuyo predio incluye los terrenos localizados a ambos lados de la Ruta 5 Norte.

     

    Observación: Certificado de Avaluó. Los documentos entregados no indican clasificación de suelos.

     

    Respuesta: La observación es admisible.  De acuerdo a lo solicitado, se incorpora Figura 9 de la Adenda, del documento “Clasificaciones interpretativas” (Stolpe, N.; s/f), correspondiente a la siguiente “Utilización Sustentable de las Tierras según su Capacidad de Uso”.

     

    El titular explica que el suelo fue estudiado desde la consideración que los suelos tienen la habilidad de ejecutar funciones de sistema abierto e integrado al ecosistema al que pertenece, además de considerar su uso, capacidad de producción y de sustento a la biodiversidad, toda vez que se utilizó la Pauta para Estudio de Suelos (SAG, 2011), que así lo considera. Adicionalmente, el suelo fue evaluado desde la sustentabilidad, los servicios ecológicos que presenta, el sustento a la biodiversidad, el uso antrópico, entre otros, en el Capítulo de Evaluación de Impactos sobre el componente, mediante la evaluación de su Significancia dentro del ecosistema y el uso planificado para dichos suelos; calidad actual mediante el grado de intervención antrópica, abundancia o escases en la comuna y Fragilidad o capacidad de resiliencia.

     

    Cabe indicar, que tanto la SEREMI de Agricultura de la Región Metropolitana (ORD. N° 160 del 28 de Marzo de 2016) y el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región Metropolitana (ORD. 709/2016 del 29 de marzo de 2016), se presentaron conformes a los antecedentes entregados por el titular con respecto a esta materia.

     

    Observación: Permiso de Captura. Presentan la Res. Exenta N° 2199 del 14 de Agosto de 2014. La vigencia de este permiso era de 12 meses, contados desde la fecha de emisión de la resolución, por lo tanto a la fecha está vencida.

     

    Respuesta: La observación es admisible.  El Titular aclara en la Adenda que se ha solicitado el permiso de captura, el cual cuenta con vigencia hasta 09/09/2016. Se adjunta en Anexo 17 de la Adenda.

     

    Observación: Cédula de Identidad. Al presentar el proyecto al servicio de evaluación ambiental, la cédula de identidad del Representante Legal se encuentra vencida.

     

    Respuesta: Cabe precisar que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental tiene como propósito el establecimiento fundado si el proyecto en cuestión cumple con la normativa de carácter ambiental, a su vez informar si se han identificado todos los permisos ambientales del proyecto en el ámbito de sus competencias, y pronunciarse expresamente respecto del cumplimiento de los requisitos y contenidos de dichos permisos. En ese contexto, Si bien es cierto que la temática de la observación ciudadana es razonable, válida y entendible dentro del proceso de evaluación del proyecto, la consulta sobrepasa los alcances de lo establecido en la Ley N° 19.300 y en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

     

    No obstante lo anterior, según lo señalado en el ORD. N° 112262/2011 del 21 de diciembre de 2011, el cual Imparte instrucciones sobre antecedentes y documentos legales que los titulares de proyectos deben acompañar al momento de someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En el punto 2.2 del citado instructivo se solicita una “fotocopia simple de la cédula de identidad del representante”, siendo la vigencia un requisito exigido para el otorgamiento de poderes de los representantes legales.

     

    Observación: Registro de Aguas y Registro de Propiedad. Registro de Aguas de Lorenzo Bauzá Alvarez del año 2002 y otra del año 1995. Registro de propiedad. Copia de Inscripción del año 2002 y del 1990 sin vigencia. Deben entregarse registro de propiedad con vigencia.

     

    Respuesta: El Titular adjunta en Anexo 2 de la ADENDA, una copia de la vigencia del registro de inscripción solicitado.

     

    12. OBSERVANTE: Luis Alberto Acevedo Corrales.

     

    Observación: La comuna tendrá comunicación con personas encargadas del proyecto.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la Tabla 13-4 del Capítulo 13 “Compromisos voluntarios del EIA” y en el  Anexo 30 de la Adenda; la creación una Mesa de Trabajo con la comunidad de Los Aromos, con el objetivo de generar una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Aromos y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo y una relación de colaboración a largo plazo entre el titular y la comunidad. La medida considera la constitución de la Mesa de Trabajo con la participación de la comunidad de Los Aromos, el titular del proyecto, representantes de las empresas contratistas y la Municipalidad de Tiltil. La Mesa de Trabajo tiene entre sus objetivos, promover y facilitar canales de comunicación, informar a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, abordar temas de interés (sociales y ambientales), concretar la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas concernientes a la comunidad de manera participativa, entre otras. Respecto de su implementación, la medida considera la realización de las reuniones de la Mesa de Trabajo en la localidad de Los Aromos de manera periódica durante la fase de construcción, definiendo su periodicidad con la comunidad de Los Aromos. No obstante a ello, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de construcción del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de operación, las reuniones de la Mesa de Trabajo están previstas de manera semestral, con la finalidad de generar un espacio permanente de diálogo. Se realizará como mínimo una reunión informativa anual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de operación del proyecto, indistintamente de la ejecución de la Mesa de Trabajo. Durante la fase de cierre, se realizará como mínimo una reunión informativa mensual con la Comunidad de Los Aromos durante la fase de cierre del proyecto.

     

    Observación: Cuando se realicen los trabajos, como afectarán la calidad del aire por el uso de maquinarias en el trabajo. 

     

    Respuesta: La observación es admisible. En el punto 1.2.1 Aire del Anexo 19 de la ADENDA Plan de cumplimiento, se especifican las medidas que implementará el titular con respecto a este componente ambiental. Dado que El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante todas sus fases, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones a la atmósfera, Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además, el Titular exigirá que el transporte de materiales se realice en camiones encarpados y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus fases, cumplan con la norma EURO 5.

     

    Durante la fase de construcción se generará material particulado en las actividades que consideren movimientos de tierra. Del mismo modo se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase. Durante la fase de operación, se estima que las emisiones son poco significativas, toda vez que éstas tienen relación con las actividades de transporte de personal y equipos para el funcionamiento de la planta, mantenimiento y situaciones de emergencia. Por último, se prevé que en la fase de cierre, las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de escasa importancia, ya que se restringen a las tareas de desmantelamiento de las instalaciones. De acuerdo a lo presentado en la estimación de emisiones (Anexo 20 de la adenda), el Proyecto, supera el límite de 2,5 t/año del Decreto Supremo N° 66/09 que “Revisa, Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)”. El titular presentará un plan de compensación (Anexo 20) a la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, para ser aprobado previo al inicio de actividades del Proyecto.

    La SEREMI de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, a través del ORD. N° 234 del 31 de Marzo de 2016, entregó su conformidad al proyecto en evaluación, condicionado a lo siguiente: Condicionado a: Presentar para evaluación de esta Secretaría Regional Ministerial, en un plazo no superior a 60 días desde la notificación de la Resolución de Calificación Ambiental un Plan de Compensación de emisiones para el contaminante MP10.

     

    Observación: Ojalá que la suerte de Los Aromos no se inquiete abruptamente con los trabajos del proyecto.

     

    Respuesta: La observación es admisible. El titular indica en la ADENDA  que la implementación de un cierre perimetral será la primera actividad en realizarse, previo al inicio de la fase de construcción.

     

    Junto con ello, implementará un  “Programa de construcción respetuosa con el entorno”, el cual tiene como fin evitar la posible alteración de las condiciones de habitabilidad inmateriales de la población de la localidad de Los Aromos. Para esto, el programa de construcción respetuosa con el entorno implica la elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir el impacto causado por el proyecto en sus fases de construcción y cierre.

     

    Las medidas consideradas por el Titular en relación a la presencia de trabajadores son las siguientes: a) Los trabajadores se encontrarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos de Agrícola Bauzá, no pudiendo acceder a caserío de Los Aromos durante la jornada laboral. b) Los trabajadores se ubicarán dentro de los límites prediales del Fundo Los Aromos mientras se encuentren en horas no laborales, no teniendo interacción con el caserío de Los Aromos. c) Instalación de faena ubicada en sector norte del Proyecto, distante a unos 2.000 metros al Norte del caserío Los Aromos. d) Los trabajadores serán trasladados diariamente una vez concluida la jornada laboral en seis buses aproximadamente desde la faena directamente hasta Santiago, sin tener interacción alguna con el caserío de Los Aromos. e) Acceso al proyecto a través de camino exclusivamente utilizado para este fin, no ocupando el camino vecinal del caserío de Los Aromos. Además los trabajadores considerados para la fase de construcción del proyecto no ocuparán servicios básicos de la comunidad debido a que no residirán temporal ni permanentemente en el caserío de Los Aromos debido a los puntos recién enunciados, por lo que no habrá interacción física con la población local.

     

    16. Que de acuerdo a las Actas N° 03/2016 y N° 09/2016 de fecha 10 de mayo de 2016 y 31 de mayo de 2016, de las sesiones de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, el titular realizó dos nuevos compromisos voluntarios, los cuales son condición para la aprobación del proyecto y que se indican a continuación:

     

    16.1 Implementación Plan Agrícola y Forestal Local Los Aromos- Til Til

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Desde el inicio de la construcción del proyecto Santiago Solar, con una duración de 5 años.

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo:

    Implementar un Plan Agrícola y Forestal local que entregue las herramientas técnicas y prácticas en estos temas a las comunidades cercanas al Proyecto (Los Aromos, Punta Peuco, Huertos Familiares y Rungue).

    Este Plan contribuirá al desarrollo de capacidades propias y entregará posibilidades de autosustentablidad para los habitantes de la comuna.

    Descripción:

    a)      Construcción de un vivero forestal para que provea de especies arbóreas nativas para el plan de reforestación del Proyecto, ubicado en la localidad de Los Aromos, Til Til

    b)     Capacitar y emplear a personas de la comunidad de Los Aromos, o, a falta de estos, en la comuna de Tiltil, para la operación del vivero.

    c)      Organizar talleres de capacitación para las comunidades de Los Aromos, Punta Peuco, Huertos Familiares y Rungue, a través de sus respectivas Juntas de Vecinos, en los siguientes temas:

                               i.          Construcción e implementación de viveros forestales y frutícolas

                             ii.          Propagación de especies nativas y frutícolas

                            iii.          Implementación de sistemas de compostaje y lombricultura

    Justificación:

    Complementar el Plan de Compensación de Suelos, a través de una medida voluntaria que fomenta el desarrollo agrícola y forestal de la comuna donde se inserta el Proyecto, de modo de contribuir a las capacidades y fortalezas a nivel local de la comuna.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar:

    Sedes de Junta de Vecinos de comunidades cercanas (Los Aromos, Punta Peuco, Huertos Familiares y Rungue) y en el vivero forestal en Los Aromos.

    Forma:

    Primer año se concentrará en la construcción del vivero forestal y las capacitaciones relacionadas en la comunidad de Los Aromos, y a partir del segundo año, se extenderá el alcance de las capacitaciones a las otras localidades y temas.

    Oportunidad:

    Desde el inicio de la construcción del proyecto, con una duración de  5 años. Las capacitaciones se realizarán al menos 1 vez al año en cada localidad (Los Aromos, Punta Peuco, Huertos Familiares y Rungue), más 2 capacitaciones prácticas al año a realizar en el vivero forestal.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    a)      Registro fotográfico del vivero forestal construido.

    b)     Informe anual de la operación del vivero forestal.

    c)      Lista asistencia, registro fotográfico e informe sobre cada taller de capacitación que se realiza.

    16.2 Base de datos de suelos clase IV en la Región Metropolitana

    Fase del Proyecto a la que aplica

    Construcción

    Objetivo, descripción y justificación

    Objetivo:

    Crear una base de datos de suelos de CCU IV con el objetivo específico de crear un inventario de terrenos disponibles para ejecutar medidas de compensación de suelos (mejorar a CCU III). 

     

    Descripción:

    Se buscará identificar suelos, donde el aplicar medidas de compensación genere un beneficio al sistema y no un daño de los recursos existentes.  El esfuerzo se concentrará en las Provincias con más potencial agrícola de la región, es decir en las Provincias de Chacabuco, Melipilla, Maipo y Talagante.

    Considerando que:

                      Muchos de los suelos que han sido identificados con dicha clase por CIREN, actualmente se encuentran ocupados por construcciones debido a la expansión habitacional e industrial;

                      Los suelos sostienen ecosistemas de bosque o matorrales densos que impiden ejecutar labores de mejoramiento o rehabilitación del suelo a gran escala; y/o

                      La existencia de plantaciones forestales o cultivos agrícolas puede resultar en no ser factible a nivel económico para el productor.

    El trabajo para identificar suelos clase CCU IV factibles consistirá en:

                      Adquirir cartas CIREN en formato shape.

                      Trabajar los shape en conjunto con imágenes de ArcGIS Online e/o imágenes de Google Earth, para identificar el uso actual que se les ha dado a dichos suelos (escala 1:10.000)

                      Filtrar según pendientes para diferenciar aquellos suelos que podrían requerir nivelación de aquellos que no mediante dos rangos (<8% y >8%).

                      Cruzar con una capa de información predial de dominio público, para producir un listado de potenciales propietarios

     

    Debido al gran número de hectáreas identificados con CCU IV en el área de estudio y a la necesidad de detalle para poder identificar el uso que se le está dando actualmente al suelo, es que se utilizará una escala de fotointerpretación de 1:10.000.

     

    Justificación:

    Dado el aumento de proyectos nuevos en la región Metropolitana que requieren compensar suelos y la falta de información pública con el detalle del uso actual de suelos clase CCU IV, una base de datos como ésta ayudará a agilizar el proceso de consulta, información y toma de decisiones.

    La base de datos quedará disponible para uso público y servirá para que cada titular de proyecto pueda iniciar conversaciones con los respectivos propietarios, para luego realizar caracterizaciones específicas en terreno para determinar si éste es posible de usar dentro de su medida de compensación.

    Lugar, forma y oportunidad de implementación

    Lugar:

    Provincias de Chacabuco, Melipilla, Maipo y Talagante

    Forma:

    Estudio en gabinete usando bases de datos e información disponibles.

    Oportunidad:

    Se entregará el base de datos a SAG y SEA de la RM dentro de 6 meses después de haber iniciado la construcción del Proyecto Fotovoltaico Santiago Solar.

    Indicador que acredite su cumplimiento

    La entrega del base de datos y su respectivo informe al SAG RM, SEA RM y la SMA.

     

    17. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

     

    18. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

     

    19. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

     

    20. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

     

    21. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

     

    22. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA..

     

    23. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

     

    24. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

  1. 1°.  Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar”, de Santiago Solar S.A.

     

    2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

     

    3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 150, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

     

    4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como Molesta.

     

    5°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letra b) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto.

     

    6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. Lo anterior, siempre y cuando el Titular presente el Plan de Compensación de Emisiones Atmosféricas en la SEREMI de Medio Ambiente RM, la cual deberá aprobarlo para dar inicio a la fase de construcción.

     

    7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/MLM

Distribución:
  • Juan José Gana Errázuriz
  • SERNAGEOMIN, Zona Central
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Til-Til
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Dirección General de Aeronautica Civil
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Parque Fotovoltaico Santiago Solar"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=26/1b/793f51979c3e9cecfd9535fcd6a4a93f42a7


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