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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "PARQUE SOLAR ANDINO"

Resolución Exenta Nº 93

Copiapó, 30 de Mayo de 2016



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 22 de mayo de 2015, su Adenda de fecha 30 de diciembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 12 de abril de 2016, del proyecto “Parque Solar Andino”, presentado por el  Sr. Jorge Luis Decurgez, en representación de la Hydrochile S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Solar Andino”. 
 
3°. El Acta de Evaluación N° 07/2016 de fecha 17 de mayo de 2016, elaborada por el Comité Técnico. 
 
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Solar Andino” de fecha 18 de mayo de 2016. 
 
5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 25 de mayo de 2016.  
 
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Andino”.
 
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. 
 

CONSIDERANDO:

 1°. Que Hydrochile S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Andino” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre Titular

Hydrochile S.A

R.U.T.

76.778.250-0

Domicilio

Presidente Riesco 5561, Oficina 1904, Las Condes.

Nombre Representante Legal

Jorge Luis Decurgez.

R.U.T.

23.791.762-6.

Domicilio

Presidente Riesco 5561, Oficina 1904, Las Condes.

 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de mayo de 2016, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • El proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 132, 138, 140, 142, 146 y 160 del RSEIA.
  • El proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

3°. Que, en sesión de fecha 25 de mayo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Andino”,

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales                                                                                

Objetivo general

El proyecto tiene por objetivo la construcción y operación de una planta fotovoltaica que generará 90 MW de potencia nominal, la cual se conectará a la red del Sistema Interconectado Central (SIC) a través de una línea de transmisión eléctrica de 220 kV de tensión, la que transportará la energía generada hasta la existente Subestación eléctrica Carrera Pinto.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

c)  Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Vida útil

31,6 años.

  • Etapa de construcción: 12 meses.
  • Etapa de operación: 30 años
  • Etapa de cierre: 6 meses.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Se dará inicio a la ejecución del Proyecto con los movimientos de tierra y construcción de la instalación de faena, que se estima para Segundo semestre 2016.

Proyecto se desarrollará por etapas

SI

NO

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

SI

NO

 

 

[X]

 

4.2. Ubicación del Proyecto

División político-administrativa

Se ubica en la Región de Atacama, provincia de Copiapó, específicamente en la Comuna de Copiapó, a una distancia aproximada de 70 km al Norte de la ciudad de Copiapó y a unos 25 km al Sur de la localidad de Inca de Oro.

Descripción de la localización

El proyecto se ejecutará en la Región de Atacama, en la comuna de Copiapó.

Superficie

Instalaciones u Obras del Proyecto

Superficie de intervención (m2)

Superficie de intervención (ha)

                                Temporales

Instalación de Faena

10.000

1

                                  Permanentes

Camino Acceso

1.620

0,16

Camino Perimetral

26.500

2,7

Caminos Interiores

76.800

7,7

Huellas de acceso a construir LAT

2.929,5

0,29

Área módulos Fotovoltaicos

1.742.000

174,2

Subestación Elevadora

14.000

1,4

LAT (área de las torres)

1.400

0,14

TOTAL

1.874.831

187,5

Fuente: Tabla 4, Adenda Parque Solar Andino.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

A continuación se presentan las coordenadas referenciales de ubicación de las obras del Proyecto.

 

Tabla. Coordenadas de los vértices del Polígono del parque solar, Datum WGS 84, Huso 19S

Coordenadas de los vértices del Polígono donde se emplaza el parque solar Vértice

Este

Norte

1

409.714

7.018.823

2

408.487

7.018.086

3

410.552

7.017.685

4

409.155

7.017.119

Fuente: Tabla N° 1-2, DIA Parque Solar Andino.

 

Tabla. Coordenadas de la franja de servidumbre de la LAT, Datum WGS 84, Huso 19S

Vértice

Este

Norte

1

408.956

7.017.407

2

408.976

7.017.378

3

408.455

7.016.939

4

410.406

7.013.103

5

410.398

7.013.103

6

410.396

7.013.046

7

408.411

7.016.948

Fuente: Tabla N° 1-3, DIA Parque Solar Andino.

 

Tabla. Coordenadas Subestación Elevadora, Datum WGS 84, Huso 19S

Vértice

Este

Norte

1

408.924

7.017.454

2

409.023

7.017.522

3

409.090

7.017.425

4

408.992

7.017.356

Fuente: Tabla N° 1-4, DIA Parque Solar Andino.

Tabla. Coordenadas centro de vigilancia, seguridad y monitoreo, Datum WGS 84, Huso 19S

Vértices

Este

Norte

1

409.110

7.017.433

2

409.110

7.017.425

3

409.101

7.017.425

4

409.101

7.017.433

Fuente: Tabla N° 1-5, DIA Parque Solar Andino.

Tabla. Coordenadas estructuras Línea de evacuación eléctrica 220 kV, Datum WGS 84, Huso 19S

Vértice

Estructura

ESTE

NORTE

VS

1

408.971

7.071.397

 

2

408.811

7.017.262

 

3

408.611

7.017.094

V1

4

408.433

7.016.944

 

5

408.641

7.016.536

 

6

408.822

7.016.179

 

7

408.999

7.015.831

 

8

409.181

7.015.473

 

9

409.394

7.015.054

 

10

409.565

7.014.718

 

11

409.740

7.014.374

 

12

409.910

7.014.039

 

13

410.117

7.013.634

 

14

410.240

7.013.391

VR

15

410.389

7.013.099

Fuente: Tabla N° 1-6,  DIA Parque Solar Andino.

Caminos de acceso

Para acceder al área del proyecto por la Ruta (C-17).

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

El Titular  presenta coordenadas del proyecto, específicamente en:

         La DIA en Tablas 1-2, 1-3, 1-4, 1-5 y 1-6  se presentan las Coordenadas de referencia del proyecto.

         La Adenda en el Anexo N°1-Planos y archivos digitales, se presentan planos,  en KMZ  tales como ubicación de las torres, área de paneles, polígono del proyecto, etc.

 


4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto

 

4.3.1. Fase de construcción

Habilitación de instalación de faena

Esta faena se ubicará en el área perimetral asignada, se marcará la posición de los contenedores oficinas, y bodegas para posteriormente trazar el área perimetral e instalar los cercos perimetrales.

Se realizará en la zona de las oficinas una nivelación del terreno. Una vez despejada el área y nivelado el terreno, se prosigue con la instalación de los módulos de oficinas y bodegas. Además se instalarán los sanitarios, PTAS y estanques de agua.

Instalación de Cierre Perimetral

El perímetro de la planta fotovoltaica será cercado con un cierre perimetral de malla metálica de al menos 2 metros de altura afirmado mediante postaciones  metálicas enterradas al suelo. El sistema de seguridad a instalar será únicamente anti‐intrusivo.

Limpieza y escarpe del terreno

Se realizará una limpieza y escarpe superficial de toda el área del terreno. La actividad consiste en el despeje y limpieza del terreno mediante el uso de maquinaria apropiada.

Habilitación de la red de caminos

La habilitación consistirá en escarpe y nivelación del terreno.

  • El camino interno al área del parque solar, requerirá despeje, compactación con material granular, alcanzarán una longitud total de 9.650 m, tendrán un ancho de 8 m.
  • Camino perimetral al área del parque, requerirá de despeje, compactación y bischofita, con una longitud de 5,3 m, tendrá un ancho de 5 m.
  • Los caminos de acceso a la línea eléctrica tendrán despeje, compactación y con material granular (de ser necesario), tendrá una longitud de 837 m y un ancho de 3 m.
  • El camino de acceso al parque, tendrá despeje, compactación y bischofita (a partir de la Ruta C-17), tendrá una longitud de 270 m y un ancho de 6 m.

 Movimiento de tierra y excavaciones

 

Se realizarán movimientos de tierras del tipo escarpe para la habilitación de caminos (con aproximadamente 10 cm de profundidad) y producto de las excavaciones que permitirán instalar los seguidores, las edificaciones prearmadas, el edificio de control, la subestación elevadora, las estructuras enrejadas de la LAT, los cableados subterráneos, la habilitación de caminos, etc. Todo el material removido será dispuesto nuevamente para relleno y compactación de las excavaciones y en caso de material excedente será esparcido de manera uniforme en el terreno con el fin de no trasladar material inerte fuera del área del Proyecto. Los acopios temporales de material de excavación serán cubiertos con lona u otro material impermeable que impida la emisión de material particulado producto del viento, en el evento que el tiempo necesario para su reutilización o traslado sea superior a una semana.

Movimiento de tierras para las obras

Trabajos Previstos

Volumen (m3)

Camino de acceso al parque solar

89,31

Camino Perimetral

2665

Caminos Internos

7720

Subestación elevadora

14160

Estructuras LAT

391

Centros de transformación

190

Zanjas Media Tensión

7024

Zanjas Baja Tensión

5725

Centro de Control y Monitoreo

75

Estructuras de seguidores

12538

TOTAL

50576,31

Fuente: basado en Tabla 1- 13, de la DIA, y en la Adenda  “Parque Solar Andino”.

Hincado de estructuras de soporte

 

Los 39.520 perfiles totales de los seguidores solares tendrán un diámetro de 0,2 m y se instalarán a unos 3 metros de profundidad. Su instalación se realizará mediante hincado al terreno en el 65% de la extensión del parque solar considerando su avance de construcción en sentido sur-norte, que equivale a 25.688 perfiles.

El restante 35% equivalente a 13.832 perfiles, ubicados en el área más al Norte del parque se hincarán, para una mayor sujeción, con una pequeña cantidad de hormigón por cada perforación correspondiente a 0,26 m³, combinando cuando sea necesario con la utilización de maxisacos, se requerirá alrededor de 3596 m3 de hormigón.

Construcción zanjas de baja y media tensión

Los cables en baja tensión (BT) deben ir en canalizaciones entubadas, mientras que los que están en media tensión (MT) irán directamente en la tierra. En ambas zanjas debe contemplarse también la evacuación de cables de comunicación, considerando que se monitoreará cada string de cada combiner box. Para facilitar la manipulación de los cables y tuberías, dispondrá de cámaras de inspección, las que preferentemente serán prefabricadas de hormigón.

Las zanjas se instalarán a una profundidad de 0,8m para Baja Tensión y 1,0 m para Media Tensión, mientras que su ancho será de 0,6m para Baja Tensión y de 0,8m para Media Tensión.

Construcción subestación elevadora

Se construirá sobre una losa de hormigón armado, para el edificio de control, en el cual se alojarán las celdas, y fundaciones aisladas para los equipos y estructuras metálicas, y otros y elementos necesarios para la evacuación de la energía en Alta Tensión del parque. Su instalación abarcará una superficie aproximada de 14.160 m2.

Cierre perimetral

Se instalará un cierre perimetral tipo bulldog, con panderetas de concreto prefabricado de hormigón de altura 2,5 m. También se dispondrá de un cierre interior que permitirá delimitar las zonas de patio y equipos eléctricos de alta tensión.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1., se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Ruido

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11.

Residuos Sólidos y Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.2. Fase de operación

Se realizarán actividades de mantención y conservación:

 

a) Pruebas de energización y puesta en marcha

Esta fase comenzará con la conexión de los equipos. Para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa, se consideran tres niveles de pruebas:

i. Pruebas de Equipos

ii. Pruebas de sistemas

iii. Pruebas conjuntas

 

b) Control y limpieza de paneles fotovoltaicos

·         Comprobación de cableado y conexiones: una mantención 2 veces al año.

·         Revisión general de la estructura y edificios de inversor: se realizará una inspección visual semestralmente.

·          Limpieza de módulos fotovoltaicos: se realizarán limpiezas en seco y limpiezas con agua osmotizada a presión, sin detergentes ni aditivos. Se realizará 6 veces al año.

Además, en Adenda se informa que para la línea de transmisión eléctrica, se realizarán actividades de mantención o control de emergencia.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, literal b), se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Residuos Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.3. Fase de cierre

Desmantelamiento de construcciones permanentes

Desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica

Se realizará el retiro de todas las estructuras construidas en el presente Proyecto, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, sistema de cableado, salas eléctricas, etc. además de la demolición de estructuras de soporte, y la restauración de las zonas ocupadas.

Restauración de la geoforma o morfología del sector de emplazamiento del Proyecto

Las actividades de restauración del terreno consistirán en restablecer las condiciones iniciales del lugar. Las obras civiles serán demolidas en su totalidad, se retirará todo el hormigón del terreno, se restablecerán las condiciones iniciales del lugar y se reciclará la mayor cantidad de componentes provenientes de la subestación.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, literal c), se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Residuos Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.4. Insumos del Proyecto

Tabla. Resumen Insumos del Proyecto

 

Insumos

Etapas

Construcción

Operación

Cierre

 

Agua potable

60 m3/día

1,6 m3/día

20 m3/día

 

Agua industrial

154 m3/día

1.200 m3/año

154 m3/día

 

Combustible

5.000 litros

500 litros/año

5.000 litros

 

Sustancias peligrosas

(aceite, lubricantes y líquido de baterías)

0,271 ton/mes

0,0325 (ton/mes)

0,271 ton/mes

 

Hormigón

4.480 m3

-

-

 

Energía eléctrica

2 Generador de 50 KVA

1 Generador de 30 KVA (caso emergencia)

2 Generador de 50 KVA

         

Fuente: Tabla N° 6,7 y 8, del Adenda, y en Adenda Complementaria Parque Solar Andino.

 

En relación al agua fresca suministrada por terceros contemplada para el proyecto en evaluación, el Titular deberá especificar antes de la ejecución de éste, la ubicación de la fuente natural de abastecimiento y los derechos de aprovechamiento que serán ejercidos. Se hace presente además que ello, deberá ser informado semestralmente a la Superintendencia de Medio Ambiente, disponiendo igualmente en oficinas de faena toda la información relacionada a estos registros y sus respectivas autorizaciones durante las etapas del proyecto. Para ello, para los efectos de establecer instrumentos que sean efectivamente fiscalizables.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV


4.4. Descripción de las fases del Proyecto

4.4.1. Fase de construcción

Fecha estimada de inicio

Segundo semestre 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Los movimientos de tierra y construcción de la instalación de faena.

Fecha estimada de término

Segundo semestre 2017

Parte, obra o acción que establece el término

Desmantelamiento y retiro de las obras temporales de la instalación de faena.

4.4.1. Fase de operación

Fecha estimada de inicio

Segundo semestre de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

La conexión de los equipos.

Fecha estimada de término

Segundo semestre de 2047.

Parte, obra o acción que establece el término

Corte de la entrega de energía.

4.4.1. Fase de cierre

Fecha estimada de inicio

Segundo semestre de 2047.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desconexión eléctrica.

Fecha estimada de término

Primer semestre de 2048.

Parte, obra o acción que establece el término

Limpieza terreno.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas

a) Etapa de construcción

En lo referente a las principales emisiones a la atmósfera del proyecto, se concluye que se encuentran asociadas a material particulado MP10, MP2,5, CO y NOx, durante la etapa de construcción, lo que proviene de actividades como excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, equipos electrógenos, etc, para lo cual se realizó una estimación de emisiones de material particulado y gases.  Al respecto, se contemplan las siguientes medidas de abatimiento y control, para la etapa de construcción, operación y cierre:

• Se respetará la velocidad de los vehículos livianos y pesados dentro del parque (40 km/h). En carreteras y rutas de pavimento fuera del área del proyecto se exigirá que las velocidades no sobrepasen los (80 km/h).

La que será implementada con un sistema de GPS que generará un registro de velocidad, los cuales estarán disponibles en caso de solicitud de la autoridad. En el Capítulo X, Compromisos voluntarios,  se presentan otras medidas de control, para la etapa de construcción y cierre.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción proveniente de actividades como excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, equipos electrógenos, etc.

Fase en que se presenta

Construcción y cierre

Impacto no significativo

Residuos

El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos que se generarán en cada etapa del proyecto. Los residuos sólidos generados serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, para luego transportados por empresas autorizadas hacia destinatarios de disposición final que cuenten con autorización para este fin.

El proyecto solo contempla como efluentes líquidos la descarga de aguas servidas, se utilizarán los baños químicos para la etapa de construcción y en la etapa de Cierre del proyecto, además  contará con una planta de tratamiento con una capacidad de tratamiento de 50 m³/día, la generación de aproximadamente 43,2 m3/día,  estos no son significativos y no presentan peligro a la salud.

Parte, obra o acción que lo genera

Maquinarias y acciones propias de las etapas de construcción, operación y cierre.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Impacto no significativo

Ruido:

De acuerdo a la estimación de niveles de presión sonora realizada establece área de influencia del proyecto, sobre los receptores identificados, para la etapa de construcción, periodo diurno y nocturnos, se determinó que se cumple  con el D.S 38/2011.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras, mantenciones y desmantelamiento.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no generan o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

 

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas (MPS)

Las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción y cierre corresponden a material particulado y gases de combustión los cuales son menores y acotados solo a la construcción y desmantelamiento de las obras. Durante la etapa de operación, las emisiones a la atmósfera solo están asociadas a la circulación de vehículos destinados al transporte de personal para realizar las mantenciones anuales de la línea, por lo que no se consideran relevantes.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción proveniente de actividades como excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, equipos electrógenos, etc.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Flora

En Tabla N° 3, del Anexo N° 3 del Adenda, se presenta la Lista de especies de flora vascular encontradas en el Área de influencia del Proyecto, las cuales, todas se encuentran “Fuera de Peligro”. Además en la DIA se informa que no se registraron hongos y líquenes.

Al respecto, el Titular considera los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

·         Realizar capacitaciones a los trabajadores para el cuidado de estas especies. Poner mallas protectoras a los individuos que se encuentren cerca de los caminos.

·         Monitoreo por parte del encargado ambiental de la obra, entre otras. Se presentan en el capítulo de compromisos ambientales Voluntarios.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras.

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Fauna

En cuanto a fauna, debido a la presencia de tres especies de reptiles en categoría de conservación, el Titular implementará un plan de rescate y relocalización para la fauna que presenta baja movilidad, en este caso en particular para los reptiles y para micromamíferos. El Titular implementará la realización de un Plan de Educación Ambiental a los trabajadores para el caso de fauna terrestre.

Perturbación Controlada, para las obras lineales para las especies Lagartija de dos manchas (Liolaemus bisignatus) y la lagartija de atacama (Liolaemus atacamensis).

Plan de acción para el Guanaco. Entre otras, en el Capítulo de compromisos Ambientales Voluntarios, se detallan.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras.

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Hidrología

En el Anexo N° 25 Caracterización Hidrología, de la DIA y en el Anexo N° 10, de la Adenda, el Proponente presentó los antecedentes de la componente hidrológica del proyecto. En el área de emplazamiento del parque no existen cauces naturales definidos, y el escurrimiento ante eventos de precipitación se produciría de manera laminar, sin vías preferentes y el caso de la LAT, donde en su trazado sí se encontraron pequeños cauces de escurrimiento preferente, las torres se proyectan fuera de los mismos y a una distancia importante en relación con el tamaño de los cauces. La torre más cercana a un cauce se ubica a unos 30 m, medidos entre la ribera y la base de la torre. En consecuencia, en este sector no se realizará intervención de los cauces.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

En conclusión, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

 

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto no significativo

Es posible indicar que el  proyecto, no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El Titular propone establecer en el marco de la Política de Relaciones con la Comunidad un set de actividades y acciones voluntarias a saber:

·         Compromiso 1: Plan de Acercamiento y Comunicación Permanente con las Comunidades Indígenas Colla que participaron del proceso de acercamiento y diálogo durante el proceso de evaluación.

·         Compromiso 2: Reunión con las comunidades participantes para recoger insumos adicionales para la elaboración de un Plan de Relacionamiento.

Por otra parte, respecto al Medio Humano no Indígena el proponente se compromete a:

·         Contratar mano de obra local, la cual será de al menos un 10%, lo cual no impide la contratación de un mayor número de trabajadores locales, siempre y cuando cumplan con los requerimientos solicitados para cada puesto ofertado. Por lo cual no necesariamente el 90% de los trabajadores pertenecerán a zonas fuera de la región.

·         Desarrollar capacitación de mano de obra local para trabajadores a contratar por el proyecto y estudiantes de las localidades de Inca de Oro y Diego de Almagro.

·         Ejecutar visitas guiadas al Parque Solar para los colegios municipalizados de la comuna de Copiapó.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción, operación y cierre de las obras

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V,  VI y X

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

Impacto no significativo

Al respecto, es posible establecer que el proyecto no se localiza próximo a población protegida por ley, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Parte, obra o acción que lo genera

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Fase en que se presenta

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Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto no significativo

Dada la información proporcionada durante el proceso de evaluación referida al Paisaje y Turismo,  acompañado de fotomontajes presentados en la Fotografías, del Anexo 2-9, de la DIA, se puede establecer que el proyecto no generará efectos adversos sobre esta componente. 

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de las obras

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto no significativo

De acuerdo a este componente, se identificaron 31 elementos patrimoniales, en el área de influencia del Proyecto, los que consisten en 15 sitios arqueológicos, 6 hallazgos arqueológicos aislados y 10 rasgos lineales. De los 31 elementos patrimoniales, hay sitios que no serán intervenidos por las obras del proyecto y que corresponden a: PSA 1, 2, 4, 5, 6, 8, 19 y 26. Sin embargo, el Titular implementará el siguiente compromiso ambiental voluntario:

·         Paro los sitios se propone rescate y relocalización.

·         Para los sitios y hallazgo aislado se proponen el cierre perimetral y monitoreo durante la fase de construcción.

·         Para los rasgos lineales se propone su levantamiento topográfico.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V, VI y X

El Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos

6.1.1. Artículo 132: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Para la etapa de construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto contempla la construcción y operar baños fijos conectados a una PTAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso, se presentaron en el Anexo N° 31 de la DIA, y en el Anexo N° 21 del Adenda, donde se adjunta la carta de aceptación Museo de Historia Natural y Prehistoria “Rodulfo A. Philippi, firmada por el Museo de Chañaral, don Nelson Olave Farías.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 95, de fecha 12.01.16,  el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronunció conforme, respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

6.1.2. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Para la etapa de construcción y operación del proyecto, se conta con una planta de tratamiento de aguas servidas modular de lodos activados,  en la etapa de construcción el volumen de aguas servidas que se tratará como máximo será de 43,2 m3/día.

Las aguas servidas tratadas se utilizarán únicamente para el regadío de caminos internos del proyecto y huellas de acceso. Este efluente cumplirá con la Norma Chilena de riego N°1.333 y por lo tanto también podrá ser utilizado para regar otras áreas de ser necesario. Cabe señalar que no existirá descarga a cursos de agua superficial ni subterráneo.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto contempla la construcción y operación de baños fijos conectados a una PTAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

En el Anexo N° 3-2, de la DIA, se presenta la información sobre dicho PAS.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 742, de fecha 22.04.16, la SEREMI de Salud, de la Región de Atacama, se pronunció conforme, respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

 

6.1.3. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de sitio destinado al almacenamiento temporal de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso, se presentaron en el Anexo N° 33 de la DIA, en Adenda complementa la información.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 742, de fecha 22.04.16, la SEREMI de Salud, de la Región de Atacama, se pronunció conforme, respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

6.1.4. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de sitio destinado al almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso, se presentaron en el Anexo N° 34 de la DIA, en Adenda complementa la información.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 742, de fecha 22.04.16, la SEREMI de Salud, de la Región de Atacama, se pronunció conforme, respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

6.1.5. Artículo 146: Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

En el sector de emplazamiento del Proyecto se registraron 3 especies de reptiles y 2 micromamíferos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso, se presentaron en el Anexo 35 de la DIA, en el Anexo N°22 de la Adenda y en el Anexo N° 1 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 240/2016, de fecha 26.04.16, el SAG, de la Región de Atacama, se pronunció conforme Condicionado, respecto de los antecedentes

presentados para la obtención de este PAS:

- La solicitud de captura de ejemplares tanto de herpetofauna como de micromamíferos, debe acotarse a los ejemplares registrados durante la caracterización ambiental presentada por el Proponente, la cual respalda dicha solicitud.

- Al momento de solicitar la autorización de captura de ejemplares de herpetofauna y de micromamíferos, para cumplir con el compromiso de captura y relocalización, el proponente debe incorporar dentro de los contenidos técnicos de dicha solicitud, la estimación de la cantidad de ejemplares a capturar por especie; la cual, debe concordar con los registros obtenidos en la caracterización ambiental presentada durante el proceso de evaluación ambiental, extrapolando sus datos a la superficie total a intervenir y de acuerdo a la variedad de hábitats presentes en el área del Proyecto.

- De la metodología aplicada en la actividad de rescate y relocalización de ejemplares de herpetofauna, la liberación debe efectuarse durante horarios de mayor actividad física de los reptiles, no pudiendo superar las 18:00 hr, lo cual les permitiría encontrarse en condiciones óptimas para buscar refugio y adaptarse al área de relocalización. Por esta razón, la actividad de rescate debe restringir su horario de acuerdo a los tiempos de liberación.

 

6.1.8. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto considera la construcción de una instalación de faenas temporal para la etapa de construcción del proyecto y el uso de un edificio de control y paneles fotovoltaicos para la etapa de operación, fuera de los límites urbanos., la superficie total a ocupar por las obras a considerar en el presente permiso ambiental sectorial será de 187,05 m².

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, se presentaron en el Anexo N° 36 de la DIA y Anexo N° 23 del Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N° 013, de fecha 13.01.16, la SEREMI de Agricultura, de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes informados para la obtención de este PAS.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N°725/67. Código Sanitario. Ministerio de

Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se mantendrá un control de los retiros de estos residuos, manteniendo disponible para control de la Autoridad el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Será un registro interno de los procedimientos de control y los documentos timbrados que certifiquen la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. A su vez, la obtención del PAS 138.

Se llevará un registro de retiro de aguas residuales de los baños químicos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

Decreto Supremo N° 594/99, modificado por D.S. Nº 04/2011. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se dispondrá de baños químicos en los frentes móviles. Éstos serán provistos y mantenidos por empresas autorizadas por la Autoridad

Sanitaria. Además, para la etapa de operación, se instalará una fosa séptica con dren de infiltración, para lo cual se requerirá  la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 138 de D.S.N °40/2011.

Todos los residuos sólidos generados durante todas las etapas, serán acopiados temporalmente en el área de emplazamiento del proyecto y llevados a disposición final autorizados, para lo cual se requerirá la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 140 de D.S.N °40/2011.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, en el que se verifique fueron transportados y dispuestos en lugares autorizados.

Adicionalmente, se llevará un registro de la obtención de los PAS 140 y 142 del RSEIA. Los registros estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

D.S. N°148/2003. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos serán almacenados conforme esta normativa, para lo cual se requerirá la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 142 de D.S. N° 40/2011. La disposición final y transporte se realizará por empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de salidas a disposición final de los residuos, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

D.S. Nº 4 de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación

Forma de cumplimiento

Los lodos generados por la PTAS serán retirados cada 3 meses por empresa autorizada para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado. El Titular llevará un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible para control de la Autoridad el documento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se contará con un registro del contrato y de la autorización sanitaria de la empresa que realizará el transporte de lodos.

Asimismo, se contará con un registro de recepción de lodos por parte de empresa encargada de disposición final y estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 144/61 Norma para evitar emanaciones contaminantes. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El tránsito de maquinarias y vehículos caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, 40 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga.

Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la

Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de las exigencias y estarán disponibles en faena.

Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día, disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S N° 54/94 y D.S N° 55/94, Norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos y pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificado de revisión técnica y de gases vigente, y disponibles para su control y verificación, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. N° 138 del 2005 sobre Declaración Obligatoria de Emisiones Atmosféricas de Fuentes Fijas. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Proponente entregará la información sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles que empleen los grupos electrógenos durante la ejecución de las distintas etapas del proyecto, de acuerdo a los formularios a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

Realizar la declaración de emisiones a través del sistema RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

Se contempla el sellado de la tolva de los camiones que transportan materiales, cuando éstos salen o ingresan de la faena.

Además los camiones que transportarán el material para la construcción, cumplirán con las disposiciones correspondientes del DS Nº 75/87.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena junto con el registro de los certificados de revisión técnica y de gases al día que se exigirán a los contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica y de gases de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se implementarán de las siguientes medidas de control:

- Se mantendrán humectadas las áreas de trabajo (humectación de camino internos y acopios de tierras), con una frecuencia aproximada de 2 veces al día.

-  Toda acumulación temporal de tierra, será cubierta por medio de una malla protectora impermeable sobre el nivel del acopio (lona o polietileno), debidamente anclados al suelo para impedir cualquier tipo de levantamiento de polvo.

‐ A los camiones que transportarán residuos no peligrosos, se les implementará una lona hermética, que será debidamente asegurada, lo cual impedirá cualquier levantamiento de polvo y/o desbordamiento del material.

‐ El tránsito de vehículos, buses y camiones se realizará a una velocidad promedio de circulación de 40 km/hr.

- Se mantendrá disponible un registro interno de la ejecución de estas medidas, con objeto de dar cumplimiento a la norma analizada.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución en terreno de las medidas de control descritas. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de dichas medidas, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire- Contaminación Lumínica

Norma

Decreto Supremo N° 43 de 2012, que establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 686, de 1998, Del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Dar cumplimiento a la presente norma de emisión, utilizando luminarias acordes a lo establecido en la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

 Fiscalización en terreno del cumplimiento de las medidas de construcción, instalación, mantención, operación mencionadas en la norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Ruido

Norma

D.S. N° 38/2011 Establece Norma de emisión de ruido generados por fuentes fijas. Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la DIA y Adenda, la estimación de niveles de presión sonora realizada para la etapa de construcción, para el periodo diurno, cumple con esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Cumplirá con los niveles máximos permitidos, según lo establece el D.S. Nº 38/11.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Fauna

Norma

Ley Nº 19.473/1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre caza, y su

Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 5, de 1998, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Respecto a los reptiles listados en categorías de conservación, y micromamíferos, se realizará un plan de rescate y relocalización.

Para estos se solicita el PAS del artículo 146 del Reglamento del SEIA.

Como medidas adicionales, se informará y capacitará a los trabajadores de la obra, respecto a la presencia de fauna en el área de estudio y sus alrededores. Esto se llevará a cabo mediante charlas, establecimiento de normas, disposición de señalética alusiva, entre otras actividades.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención del PAS 146 así como ejecución de las medidas señaladas anteriormente. Además,  las listas de asistencia de las capacitaciones  estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Fauna

Norma

D.S. Nº 05. Reglamento de la Ley de Caza. Ministerio de Agricultura.

 

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Respecto a los reptiles listados en categorías de conservación, y micromamíferos, se realizará un plan de rescate y relocalización.

Para estos se solicita el PAS del arculo 146 del Reglamento del SEIA.

Como medidas adicionales, se informará y capacitará a los trabajadores de la obra, respecto a la presencia de fauna en el área de estudio y sus alrededores. Esto se llevará a cabo mediante charlas, establecimiento de normas, disposición de señalética alusiva, entre otras actividades.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención del PAS 146 así como ejecución de las medidas señaladas anteriormente. Además se mantendrá las listas de asistencia de las capacitaciones que estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Flora

Norma

Ley Nº 20.283 Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Dentro del área de estudio se encontró una formación xerofítica regulada por este cuerpo normativo. Sobre la cual  el Titular informa en Adenda Complementaria que las especies no será intervenida por el proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Las especies no serán intervenidas por la construcción del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Flora

Norma

Decreto N° 93, de 2008, del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre

Forma de cumplimiento

Dentro del área de estudio se encontró una formación xerofítica regulada por este cuerpo normativo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Las especies no serán intervenidas por la construcción del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Sustancias Peligrosas

Norma

D.S. N° 78/09. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre

Forma de cumplimiento

Las  cantidades de sustancias peligrosas a almacenar por el proyecto son inferiores a 600 kg.  En  Adenda el Proponente indica que dará cumplimento a la Norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de las cantidades almacenadas y registro de empresas proveedoras, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Sustancias Peligrosas

Norma

D.S. Nº 160/ 2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y

Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Cierre

Forma de cumplimiento

El proyecto almacenará una cantidad máxima en estanques de 1000 litros. Se instalarán letreros de advertencias tales como ‘‘INFLAMABLE NO

FUMAR NI ENCENDER FUEGO’’, visibles a lo menos a 3 metros de distancia. Además se contará con un plan de emergencia.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación de la documentación y el registro de la medida y acta de fiscalización en terreno, estarán disponibles en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Patrimonio Arqueológico

Norma

Ley N°17.288/70, sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento contenido en el D.S. Nº484/90 Ministerio de Educación.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y Cierre

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los antecedentes entregados en el proceso de evaluación, en el levantamiento arqueológico, se identificó 31 sitios, Al respecto, se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 132, se presenta para realizar el rescate, la recolección de los elementos descritos, cierre perimetral y levantamiento topográfico de los elementos patrimoniales señalados en el anexo 21, del Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informes enviados al Consejo de Monumentos Nacionales.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Patrimonio Arqueológico

Norma

D.S. Nº 484/90 Ministerio de Educación que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación  y Cierre

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los antecedentes entregados en el proceso de evaluación, en el levantamiento arqueológico, se identificó 31 sitios, Al respecto, se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 132, se presenta para realizar el rescate, la recolección de los elementos descritos, cierre perimetral y levantamiento topográfico de los elementos patrimoniales señalados en el Anexo 21, del Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informes enviados al Consejo de Monumentos Nacionales.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Componente

Medidas

Flora y Vegetación

En Adenda  el Proponente se compromete a:

  • Realizar capacitaciones a los trabajadores para el cuidado de estas especies.
  • Poner mallas protectoras a los individuos que se encuentren cerca de los caminos.
  • Monitoreo por parte del encargado ambiental de la obra.

·         En relación a las especies de Adesmia argyrophylla y Salpiglossis spinicens, en la fase de construcción se realizarán monitoreos periódicos para el resguardo de la medida y los individuos.

·         Para la especie de Cistanthe amarantoides, el Proponente indica que el escarpe del área del proyecto será utilizado para nivelar el terreno, por lo que se mantendrán las semillas de esta especie y otras más en la misma área. En terreno se ha visto que la mantención del escarpe es suficiente para que las especies vuelvan a germinar y florecer

El material extraído por la construcción de las zanjas será harneado, esto con el objetivo de encontrar propágulos, bulbos o estructuras de reproducción de especies geofitas. Cabe señalar que esta medida se realizará para buscar posibles propágulos a encontrar en la zona, de especies que no hayan florecido en las fechas de las campañas realizadas. La metodología y requerimientos se presentan en Adenda.

Posterior a su recolección y almacenamiento se realizará una plantación de los propágulos. Finamente se enviará un informe que detalle las actividades realizadas durante esta actividad, el cual deberá contener los siguientes aspectos:

• Ubicación de áreas de relocalización.

• Densidad de plantación por área de relocalización.

• Metodología utilizada para la plantación.

• Registro de individuos relocalizados.

• Registro fotográfico de las actividades.

El informe generado será entregado a CONAF y SAG.

Fauna

En Adenda, el Titular señala que  instalará dispositivos de exclusión de aves como espirales, además de la instalación de peinetas anti aves en todas las crucetas de las torres, dificultando el aterrizaje de aves sobre estos elementos de la línea. También implementará las siguientes acciones de protección para la macrofauna presente en el área del proyecto:

• Se capacitará a los trabajadores del proyecto (a través de afiches informativos, trípticos o cualquier otro instrumento comunicacional) de modo de crear conciencia de la importancia de proteger la fauna terrestre, precauciones en cuanto a persecución, ahuyentamiento, caza y la importancia de la conservación de especies de flora y fauna, en especial las que presentan problemas de conservación. Se exigirá a los contratistas de obras mantener un registro actualizado de las actividades de capacitación y de los participantes por tramos de trabajo.

• Se realizará control en el manejo de los residuos sólidos generados durante la fase de construcción del Proyecto, en especial aquellos correspondientes a residuos domiciliarios. Los residuos serán acumulados temporalmente en contenedores tapados y rotulados, ubicados en el área de campamento y frentes de trabajo; en un sitio especialmente habilitado para ello. La recolección de estos residuos se realizará periódicamente y se realizará el traslado a un sitio de disposición final autorizado. Lo anterior a objeto de evitar la atracción de animales debido a los restos de comida.

• Los trabajadores tendrán estrictamente prohibido el ingreso de animales domésticos al área del proyecto.

• Los trabajadores tendrán estrictamente prohibido alimentar a la fauna presente el área del proyecto.

•El proyecto no utilizará alambre de púas para el cierre perimetral, etc.

• El tránsito de trabajadores se limitará estrictamente a las áreas autorizadas al interior del proyecto.

• En la oportunidad de ingreso de un nuevo trabajador, el Proponente lo capacitará respecto a la Ley de Caza Nº 19.473 de 1996 y sus prohibiciones de caza y sanciones asociadas.

• Se diseñará e implementará una cartilla con estas obligaciones, junto a fotografías de las especies con problemas de conservación identificadas en estos ambientes.

• Se prohibirá la toda extracción de vegetación por parte de los trabajadores del proyecto. Toda remoción de vegetación será coordinada y autorizada por el Área Ambiental del Proponente.

• Quedará estrictamente prohibido encender fogatas para los trabajadores del proyecto.

• Comunicar al SAG cualquier avistamiento de estas especies en el proyecto.

• En el caso de cualquier incidente, accidente o evento que involucre a individuos de fauna silvestre, se dará aviso inmediato al SAG de la Región de Atacama.

 

En Adenda Complementaria el Titular   informa que se implementará un seguimiento semestral del guanaco, el cual se implementará en la fase de construcción y los 5 primeros años de la fase de operación del proyecto.

Este seguimiento constará de una prospección en los alrededores del proyecto, con el fin de buscar evidencias frescas de la presencia de la especie, tales como huellas, fecas, revolcaderos, o inclusive la presencia de algún individuo. Las prospecciones tendrán un área de 1000 metros alrededor del límite del proyecto, la cual será el área de estudio. Este monitoreo será realizado por profesionales especialistas en temas relacionados (biólogos, veterinarios, o con carreras afín).

Los informes resultantes de las campañas serán entregados a CONAF y SAG de la región de Atacama.

Adicionalmente, en caso de observación de guanacos en las cercanías del proyecto durante la fase de construcción, se levantará un acta de avistamiento, la cual tendrá la fecha del suceso, N° de individuos y composición de grupo (solo en caso de que se pudiesen reconocer), fotografía, y una estimación de la distancia en relación al proyecto. Esta acta la elaborará el encargado de Medio Ambiente y Seguridad del Proyecto, con la información que puede ser entregada por cualquier trabajador. Esta acta será remitida a CONAF y SAG de la región de Atacama en caso de existir avistamientos.

Emisiones Atmosféricas

Construcción, dentro de las cuales se contemplan:

• Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día.

• La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

• Se hará en montículos de baja altura a los costados de las excavaciones de las zanjas. No habrá sector de acopio de material de escarpe.

• Cada montículo será tapado con malla rachel para evitar la acción eólica y la emisión de material particulado.

• Se utilizará el mismo material extraído para ser usado en el relleno de las excavaciones y nivelación de áreas.

• En caso de requerir el transportar material de excavación, este se realizará cubierto para evitar emisiones.

• Todo vehículo que circule dentro del área del proyecto no lo podrá hacer a más de 40 km/h.

• Los caminos internos del área parque serán humectados según el avance de la construcción y su uso. Esta acción se realizará 2 veces al día mediante camiones aljibe, utilizando el agua de las PTAS.

• El camino perimetral y el camino de acceso serán estabilizados con bischufita o similar.

Además el Proponente, en Adenda Complementaria indica que se construirá montículos de tierra, cada 400 metros de distancias en el camino perimetral y el camino de acceso. Esto se realizará con el fin de controlar la velocidad.

Además, priorizará la contratación de camiones y camionetas que tengan incorporado el sistema de GPS para controlar la velocidad.

También el Titular entrega las siguientes medidas de control, para la etapa de cierre, en las que considera:

• Mantener humectadas las áreas de trabajo (humectación de camino interno) con una frecuencia aproximada de 2 veces al día, a través del riego periódico con camiones aljibe a través de proveedores debidamente autorizados.

• Toda acumulación temporal de tierra, será cubierta por medio de una malla protectora, debidamente anclados al suelo para impedir cualquier tipo de levantamiento de polvo.

• En caso de requerir el transporte de material, este será en camiones cubiertos, lo cual impedirá cualquier levantamiento de polvo y/o desbordamiento del material.

• El tránsito de vehículos, buses y camiones se realizará a una velocidad promedio de circulación de 40 km/hr, en el área del proyecto.

En Adenda el Titular señala que la principal medida de manejo ambiental considera la estabilización de los caminos con el material granular y se humectará dos veces al día durante la fase de construcción en los caminos internos, con la finalidad de evitar la proliferación de material particulado. Se ha evaluado la efectividad de esta medida en la memoria de cálculo de estimación de emisiones considerando un porcentaje de mitigación del 75% de las emisiones, esto es considerado un escenario conservador toda vez que evaluaciones en sectores similares han arrojado efectividades de hasta el 80% de este tipo de medida (fuente: Estudio generación emisiones PM10: mitigación de las emisiones particuladas por tráfico en caminos interiores de la mina y descargue de material en botadero de lastre, Dr. Luis Amestica, agosto 2008). Además se tiene como fuente el documento AP 42 logrando que la humedad de estos sea 2 veces mayor que la presente. Luego, según las estimaciones presentadas en el AP42, se considera que esta medida logrará mitigar en un 75% las emisiones atmosféricas provocadas por el tránsito de camiones.

Medio Humano

Producto del proceso de dialogo y acercamiento comunitario entre el Titular y las comunidades indígenas participantes del proceso de evaluación ambiental, el titular de Proyecto propone establecer en el marco de la Política de Relaciones con la Comunidad un set de actividades y acciones voluntarias a saber:

• Compromiso 1: Plan de Acercamiento y Comunicación Permanente con las Comunidades Indígenas Colla que participaron del proceso de acercamiento y diálogo durante el proceso de evaluación.

• Compromiso 2: Reunión con las comunidades participantes para recoger insumos adicionales para la elaboración de un Plan de Relacionamiento Comunitario.

Por otra parte, respecto al Medio Humano no Indígena el proponente se compromete a:

• Contratar mano de obra local, la cual será de al menos un 10%, lo cual no impide la contratación de un mayor número de trabajadores locales, siempre y cuando cumplan con los requerimientos solicitados para cada puesto ofertado. Por lo cual no necesariamente el 90% de los trabajadores pertenecerán a zonas fuera de la región.

• Desarrollar capacitación de mano de obra local para trabajadores a contratar por el proyecto y estudiantes de las localidades de Inca de Oro y Diego de Almagro.

• Ejecutar visitas guiadas al Parque Solar para los colegios municipalizados de la comuna de Copiapó.

Patrimonio Arqueológico

 A continuación se presenta el detalle del plan de medidas propuestas para los sitios identificados en el presente informe Anexo N° 2-1 del Adenda, que se encuentran en el área de influencia del Proyecto.

 

a) Parque Solar

 

  • Para los sitios PSA-11, PSA-15, PSA-16, PSA-17, PSA-30, PSA-35, PSA-36, PSA-37, PSA-38 y PSA-39 se realizará  rescate.
  • Para los Hallazgos Aislados PSA-09, PSA-13, PSA-14, PSA-22, PSA-25 se realizará recolección superficial, para lo cual se debe solicitar el PAS 132.
  • Para los Rasgos Lineales PSA-10, PSA-20 y PSA 29 se realizará levantamiento topográfico.

 

b) Faja de Línea de Transmisión Eléctrica

 

  • Para los sitios PSA-02 y PSA-27 y el hallazgo aislado PSA-01 se realizará cierre perimetral y monitoreo durante la fase de construcción del proyecto.
  •  Para los rasgos lineales PSA-03, PSA-32, PSA-33 y PSA-34 se realizará levantamiento topográfico.

 

c) Elementos patrimoniales ubicados a menos de 50 m de los límites del proyecto

 

  • Para los sitios PSA-08, PSA-19 y PSA-26 se realizará cierre perimetral y el monitoreo durante la fase de construcción del proyecto.
  • Para los rasgos lineales PSA-04, PSA-05 y PSA-06 se realizará su levantamiento topográfico.

 

En el Capítulo 7 de la DIA, el Titular realizará un protocolo de capacitación para los trabajadores para la componente arqueología, en especial para los elementos existentes en el área del Proyecto. Este protocolo además incluirá un procedimiento de acción en caso de la identificación de un hallazgo durante las actividades de construcción, el cual deberá señalar que durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.

Paisaje

En el Capítulo 7 de la DIA, el Titular, para la fase de operación del Proyecto, pintará de color acorde al área de Proyecto la subestación eléctrica, el centro de control y la malla metálica perimetral para que no sean visualizados de manera contrastante con el paisaje.

Turismo

En Adenda Complementaria el Titular señala que instalará tres paneles con información turística relevante para la zona del proyecto. Las temáticas serán  de plantas fotovoltaicas, ERNC y la importancia para la región, flora característica de la zona y fenómeno del desierto florido, finalmente las características de la fauna del sector. Todo esto será en previo acuerdo con SAG, CONAF y SERNATUR, para definir temáticas, información y la ubicación de estos.

Residuos

En Adenda el Titular indica que previo al inicio de la fase de construcción se pondrán en contacto con la Municipalidad de Vallenar para reciclar todos los desechos que puedan recibir en el programa de Reciclaje que tiene la municipalidad. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que el programa no esté vigente al inicio de la fase de construcción, el Proponente indica que se reutilizará y reciclará todos los residuos que se puedan, el resto será dispuesto en sectores autorizados.

 9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentaron en Anexo N° 14 de la DIA de la DIA, Proyecto “Parque Solar Andino”, y en Anexo N° 8 de la Adenda el Titular complementa la información sobre el plan de emergencia en caso de que se deducen eventuales situaciones de riesgo al medio ambiente.

10°. Que en la sesión de la Comisión de Evaluación, Región de Atacama de fecha 25 de mayo de 2016, la Comisión de Evaluación acordó acoger la propuesta de calificar Ambientalmente Favorable del proyecto presentada por la Secretaría Técnica basada en que durante el proceso de evaluación ambiental el Titular,  del proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 132, 138, 140, 142, 146 y 160 del RSEIA, y además el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, para que el proyecto “Parque Solar Andino” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

16°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

17°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Andino”, presentado por el Sr. Jorge Luis Decurgez, en representación de la Hydrochile S.A. 

2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Andino” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Andino” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 151 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Andino” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. 

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/BRS/VOP/ICC

Distribución:
  • Jorge Luis Decurgez
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <lcruz@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "PARQUE SOLAR ANDINO"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=25/5a/73874be959195caec01b694d700fc9bb854d


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