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REPÚBLICA DE CHILE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA

Califica Ambientalmente el proyecto "Piscicultura San Pablo 3"

Resolución Exenta Nº 0414/2017

Santiago, 26 de abril de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), ingresada con fecha 17 de diciembre de 2015, admitida a trámite con fecha 22 de diciembre de 2015 y su Adenda presentada con fecha 4 de agosto de 2016, como su Adenda Complementaria presentada con fecha 6 de marzo de 2017, del proyecto Piscicultura San Pablo 3, presentada por Inversiones Metahue S.A. (en adelante el Titular) con fecha 17 de diciembre de 2015.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los organismos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron de la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Piscicultura San Pablo 3”.

 

3°. El ICE de la DIA del proyecto “Piscicultura San Pablo 3” de fecha 10 de abril de 2017.

 

4°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Piscicultura San Pablo 3”.

 

5º. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.


CONSIDERANDO:

 1°. Que, el Titular ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Piscicultura San Pablo 3” (en adelante, el Proyecto). A continuación, se detallan los antecedentes del Titular:

 

Nombre o razón social

Inversiones Metahue S.A.

Rut

99.544.470-4.

Domicilio

San Sebastián N° 2780, Las Condes, Santiago.

Teléfono

(9) 98742431.

Nombre representante legal

José López Herrera.

Rut representante legal

5.024.444-K.

Domicilio representante legal

San Sebastián N° 2780, Las Condes, Santiago.

Teléfono representante legal

(+56) 652231604.

Correo electrónico Titular o representante legal

jlopez@icom.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de abril de 2017, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, recomienda rechazar el Proyecto, basado en:

 

- El Titular no subsana los errores, omisiones e inexactitudes según fuera solicitado por el Servicio de Evaluación Ambiental en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (ICSARA e ICSARA Complementario), según se detalla en el capítulo 5.2.2 del ICE.  Lo anterior, por cuanto el Titular no subsana la información relativa a la caracterización adecuada del río Pilmaiquén, ya que sólo se cuenta con un monitoreo de las características fisicoquímicas del agua del río de julio de 2016, lo que se considera insuficiente para dar cuenta de las características del río en el peor escenario, ya que se requieren los datos del periodo de estiaje (verano). Asimismo, no se subsana la información relativa al modelo de dilución que permita determinar el área de influencia del Proyecto respecto del componente agua. Adicionalmente, no se subsana adecuadamente la información relativa a la caracterización del efluente de la planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (en adelante, RILes) ni a aquella relativa a la caracterización de las emisiones que se descargan al río (provenientes tanto de las plantas de tratamientos de RILes como de las plantas de tratamiento de aguas servidas de los proyectos “Piscicultura San Pablo 1”, “Piscicultura San Pablo 2” y “Piscicultura San Pablo 3”). En consecuencia, esto impide a su vez poder descartar con certeza la generación de los efectos establecidos en el artículo 11 letra b) de la Ley N° 19.300 y artículo 6 del Reglamento del SEIA.

 

- El Proyecto no acredita los contenidos técnicos y formales del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 160 del Reglamento del SEIA “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para construcción fuera de los límites urbanos”, que dicen relación con la caracterización del suelo según dispone el literal b.5 del citado artículo. Se justifica la negación del Permiso atendido que no se presenta una adecuada caracterización del suelo, ya que se realizó una descripción del suelo de un área fuera del área de intervención del Proyecto. En consecuencia, no se cumplen los requisitos de otorgamiento, en virtud de lo informado por el Servicio Agrícola y Ganadero en su Ord. Nº 1216/2017, de 17 de marzo de 2017, según se detalla en el capítulo 9.2.6 del ICE.

 

3°. Que, el Director Ejecutivo aprobó íntegramente lo señalado en el ICE de fecha 10 de abril del 2017, por lo que, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se eximen las consideraciones técnicas u otras que fundamentan la presente Resolución de Calificación Ambiental.

                                                                                 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

Implementar y operar un centro de producción anual a cosecha de 991,74 toneladas de salmónidos de 115 gramos de peso promedio, cultivados en estanques emplazados en un terreno de propiedad privada en tierra, bajo la modalidad de flujo abierto.La producción total es de 1.584 t de salmónidos en plena operación (501 en  Stock, 991 para venta y 92 egresos), cultivados en 60 estanques de 200 m3 de capacidad, con una capacidad total 12.000 m3  instalados.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal:

n.5 Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (8 t), tratándose de peces; o el cultivo de microalgas y/o juveniles de otros recursos hidrobiológicos que requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen continental, marina o estuarina, cualquiera sea su producción anual.

Tipologías secundarias:

o.7.4 Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos: Que traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos.

a. Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.

Si bien el Titular no reconoce durante el proceso de evaluación el ingreso por esta tipología, ella es aplicable ya que el Proyecto considera tuberías que sobrepasan la conducción de 2 m3/s.

Vida útil

Indefinida.

Monto de inversión

USD 7.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Construcciones provisorias necesarias para la instalación de faenas, estimada en enero del 2018. Éstas comprenderán oficinas para el personal de la empresa constructora, bodegas, servicios higiénicos (baños químicos).En general, lo que se determine necesario para la buena ejecución de la obra.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

El Proyecto “Piscicultura San Pablo 3” (en adelante, “el Proyecto”), no se desarrollará por etapas.

Se aclara que al interior del predio del Proyecto (Fundo Pilmaiquén II) se encuentran otros 2 proyectos (“Piscicultura San Pablo 1” y “Piscicultura San Pablo 2”, de propiedad del mismo Titular) los cuales ingresaron simultáneamente al SEIA. Estos proyectos representan 3 unidades productivas independientes una de la otra, razón por la cual se efectuó el ingreso al SEIA por separado.

El Titular indica que los tres proyectos no buscan fraccionar un gran proyecto para variar el instrumento de evaluación, porque la evaluación de sus efectos la realiza de manera conjunta. Por lo tanto, declara la conformidad de su Proyecto respecto de lo señalado en el artículo 14 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

El interés del Titular de presentar separadamente los tres proyectos al SEIA, es obtener Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) independientes, y registros únicos en el Registro Nacional de Acuicultura.

Sin perjuicio de lo anterior, durante el proceso de evaluación se determinó que si bien los proyectos podrían presentar una autonomía productiva independiente, éstos contemplan obras comunes como las obras de captación y canal de restitución, entre otras.

 

X

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No

 

 

X

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

X

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Interregional:

  • Región de Los Ríos: Provincia de Ranco, Comuna de Río Bueno.
  • Región de Los Lagos: Provincia de Osorno, Comuna de San Pablo.

Justificación de la localización

El Proyecto se localiza en el “Sector 3 del Fundo Pilmaiquén II”. Es un área de borderío adecuada para la implementación de un proyecto de producción de smolt de salmónidos en sistemas confinados emplazados en tierra. En este sector se posibilita el abastecimiento de agua a través del derecho de aprovechamiento de aguas de carácter no consuntivo, otorgado por la Resolución DGA N° 196 de 24 de octubre de 1998.

Asimismo, se destaca la cercanía a la ruta 5 que facilita el acceso permanente durante todo el año.

Superficie

El proyecto se encuentra emplazado en un predio de 4,42 ha de superficie.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Norte: 5.527.436 y Este: 670.174, Huso 18.

Caminos de acceso

Se accede al Proyecto desde la Ruta 5, específicamente desde el cruce de ingreso a San Pablo que conecta a la Ruta T-801. Desde el cruce se accede a la Ruta T-801, y tras un recorrido de 2,9 km de distancia se ingresa al predio del Proyecto (ver Figura 2 de la DIA).

La ruta T-801 corresponde al antiguo camino de acceso a San Pablo y Río Bueno. Es un camino colector, de ripio, bidireccional, con continuidad de tránsito, cuya velocidad de operación es de 80-70 km/h. Su diseño de volumen de tránsito bidireccional es de 300 vehículos por hora (MOP, 2015).

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el Anexo 1 de la Adenda se presenta un archivo .kmz con el  layout del Proyecto que muestra la localización, y extensión de las obras e instalaciones del Proyecto San Pablo 3 y también las de San Pablo 1 y San Pablo 2.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

La instalación de faenas considera principalmente oficinas para el personal de la empresa constructora, bodegas, servicios higiénicos (baños químicos) para el personal y obreros de la construcción, y en general, lo que se determine necesario para la buena ejecución de la obra.

El abastecimiento de agua potable en la instalación de faenas será suministrado a través de camiones aljibe durante todo el desarrollo de la fase de construcción.

Los recintos que comprenderán la instalación de faenas corresponderán a: oficina (5,76 m2), bodega (8,64 m2), patio de acopio para materiales (28 m2), comedor (8,64 m2), camarines (5,76 m2).

Escarpe y movimiento de tierras

Se realizará el movimiento de tierra necesario para dar cabida a la construcción de los edificios e instalaciones del Proyecto. Cabe señalar que los procedimientos operativos y constructivos atenderán estrictamente lo indicado en la planimetría del Proyecto. El suelo removido durante la etapa de preparación del terreno será dispuesto en el área perimetral de la zona de producción, al interior del predio. Se considera el escarpe de 100 cm de suelo para el área de emplazamiento de las estructuras de producción y apoyo, y de 20 cm de suelo en las áreas de servicios, tales como vías de circulación y estacionamientos.

El total del material removido del suelo (estimado en 21.854 m3 para el Proyecto) será seleccionado y separado (harneado) para utilizar la matriz de grava como estabilizado (25% del material aproximadamente). Posteriormente, el material excedente será utilizado en la nivelación de las zonas aledañas a las edificaciones, optimizándose su uso. Seguidamente, el material sobrante se usará como relleno en áreas perimetrales y áreas verdes proyectadas, estimándose una capa máxima de 100 cm de material en estas áreas si se considera el material de escarpe sobrante, ya que el sector de emplazamiento de San Pablo 3 tiene una superficie libre disponible de 2 ha.

Las excavaciones requeridas para la instalación de obras hidráulicas de las 3 pisciculturas, consideran los siguientes volúmenes de tierra:

Obra

m3 excavación

Canal de conducción

11.200

Red de distribución

39.000

Canal de restitución

11.865

Sistema tratamiento efluentes

6.864

Total

68.929

Construcción obras civiles y equipamiento:  Estructuras de producción

El Proyecto considera la construcción de estructuras de producción correspondientes a 60 estanques de 12 metros de diámetro y 200 m3 de volumen útil cada uno (12.000 m3 volumen instalado) en fibra de vidrio, los que cubrirán una superficie estimada de 2,1 ha considerando las áreas de circulación asociadas al área de estanques.

La excavación se realizará con excavadora en el interior del terreno.

Para la preparación de las losas, los concretos serán llevados preparados y usados in situ. Los moldajes a utilizar no liberarán residuos ni materiales, ya que serán construidos de madera aglomerada o metal.

Las estructuras de producción se ubicarán en las coordenadas UTM WGS 84, Huso 18, N: 5.527.405 E: 670.287.

La georreferenciación de las estructuras de producción se puede apreciar en archivo .kmz adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.

Construcción obras civiles y equipamiento: Áreas exteriores

Las áreas exteriores intervenidas contarán con una superficie total de 0,26 ha. Éstas corresponden a: 1.841,5 máreas de circulación; 75,0 m2 destinadas para estacionamientos; 32,5 mcorrespondientes a rodiluvio; 530,7 m2 de áreas verdes, entre otras.

Construcción obras civiles y equipamiento:  Estructuras de apoyo

Para las estructuras de apoyo a la producción, se considera la construcción de 2 bodegas y 3 edificios. Una de las bodegas almacenará alimentos, y la otra bodega, productos químicos y farmacológicos, cada una de 60 m2. Para los edificios, se considera: una oficina con sala de reuniones, con una superficie de 28,31 m2; un área de comedor habilitado para 30 personas, con una superficie hábil de 84,23 m2; y un tercer edificio destinado a camarines y baños para el personal, con una superficie de 103,33 m2.

Se contempla, además, un área de almacenamiento de residuos peligrosos de 1,96 m2 y una bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos (1,29m x 1,5m).

Las estructuras de apoyo se ubicarán en las coordenadas UTM WGS 84, Huso 18, N: 5.527.323 E: 670.179.

La georreferenciación de las estructuras de apoyo se puede apreciar en archivo  .kmz adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.

Construcción obras civiles y equipamiento: Equipamiento

Sistema de Tratamiento de RILes: Se contempla la instalación de una planta de tratamiento de RILes con 6 filtros rotatorios. Los filtros rotatorios serán del tipo Hydrotech modelo HDF2007 2S o similar, con una capacidad de filtrado de 714 l/s (90um:15mg/l).

Adicionalmente, se contempla un sistema de desinfección del efluente por medio de radiación UV.

 

Sistema de ensilaje (Silo): Para el manejo de la mortalidad originada en el proceso productivo, se instalará un sistema de ensilaje de uso exclusivo del centro. Éste contará con 28,3 m2, tendrá un estanque de almacenamiento de 10 m3 de capacidad, estanco, que evitará cualquier escurrimiento. Para evitar riesgos de escurrimiento producto de la operación del sistema de ensilaje o de sus componentes (picador, bomba moledora, bomba dosificadora, etc.) se habilitará una losa de concreto con un pretil de concreto, todo revestido con pintura epóxica resistente al ácido. El estanque triturador tendrá una capacidad aproximada de 0,7 m3, con una bomba de 3,1 HP y una capacidad de procesamiento de 650 kg/hr.

No habrá descarga de RILes del sistema de ensilaje al sistema de tratamiento del efluente del proyecto.

 

Sistema de tratamiento de aguas servidas: corresponde a un tratamiento biológico aérobico del tipo lodos activados, el cual se ha diseñado para generar un agua tratada de calidad de riego. El tratamiento propuesto consiste, en una secuencia de procesos de depuración, los que se pueden clasificar en las siguientes fases de acondicionamiento: etapa de sedimentación, etapa de digestión aeróbica y etapa de desinfección (con cloro y posterior decloración). El agua tratada será dispuesta en el río Pilmaiquén.

 

El equipamiento se ubica en las siguientes coordenadas UTM WGS 84, Huso 18:

Obra

Coordenada Norte

Coordenada Este

Sistema de Tratamiento de RILes

5.527.488

670.190

Silo

5.527.343

670.190

Sistema de tratamiento de aguas servidas

5.527.354

670.156

La georreferenciación del equipamiento se puede apreciar en archivo .kmz adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.

Obras de captación, canales, red de distribución y restitución de aguas

Captación: El Proyecto considera una bocatoma de captación lateral, emplazada perpendicularmente con respecto al sentido de escurrimiento del río, y fuera del cauce natural de éste, por lo que no se considera intervención del lecho ni de la sección de escurrimiento de éste. La obra de captación será de carácter permanente y considera la posterior elevación mecánica del agua por medio de bombas aspirante/impelentes, axiales, cada una con una capacidad de bombeo de 500 l/s.

Esta estructura quedará habilitada desde el borde del río hacia el interior del terreno, por lo tanto, el trabajo se realizará al interior del predio. Las obras implicarán excavación, contención y construcción en concreto. Las excavaciones se realizarán con excavadora en el interior del terreno. Los concretos serán llevados preparados y usados in situ. Los moldajes a utilizar no liberarán residuos ni materiales, ya que serán construidos de madera aglomerada o metal. Al momento de desarmar la defensa para conectar la obra de bocatoma con el cauce del río Pilmaiquén, el material retirado se usará para relleno hacia el interior del predio, de manera de evitar que se deposite en el río. Todo material, incluyendo moldajes, restos de tablas, excesos de tierra o ripio será eliminados, reusados o usados para relleno. El material que no pueda usarse será enviado a un vertedero autorizado.

Durante la construcción de estructuras de hormigón, se tendrá especial cuidado de no derramar en el curso del río (se construirá tierra adentro) materiales como cemento, hormigones ni morteros. Esto quedará expresamente indicado en las Especificaciones Técnicas de Construcción al diseñar la Ingeniería de Detalle del Proyecto.

La captación, por diseño, considera la instalación de 6 tuberías de acero de diámetro DN 1.000 que captan desde el río y descargan a 3 cámaras, desde donde cada una de las 3 pisciculturas succiona el agua en forma independiente. Cada cámara considera 6 bombas (5 en funcionamiento y 1 de respaldo), para cada Proyecto (18 bombas en total). En cada cámara de succión, las bombas impulsan el agua por medio de 2 tuberías de HDPE DN 1.200mm a un estanque de regulación de 200 m3 (3 estanques en total).

La configuración señalada, tiene una capacidad de captación de 3,33 m3/s por cada cámara. El sistema se replica tres veces, independizándolos de modo tal que se tiene una capacidad total de captación del sistema en su conjunto de 10,0 m3/s.

 

Red de distribución: nace desde cada uno de los estanques de cabecera, y alimentará a cada uno de los 3 sistemas en forma independiente, por medio de anillos de alimentación con diámetros que van desde los DN1.400 hasta los DN500. Posee líneas que transportan más de 2 m3/s, individualizadas en la Figura 3 y Tabla 27 de la Adenda Complementaria.

 

Canales: El desagüe de los efluentes de cada Proyecto será conducido por medio de un canal de hormigón armado, el que transporta el agua de salida de los estanques hacia el sistema de tratamiento de cada piscicultura. Se considera un canal de 1,80 m de ancho, y una altura de 1,20 m, para una altura de agua de 1,0 m. Se considera la instalación de rejillas de acero inoxidable sobre los canales.

El agua de salida del sistema de tratamiento de cada Proyecto, es conducida hasta un canal que unifica los efluentes ya tratados en un canal general de desagüe que conducirá los efluentes para su descarga al río Pilmaiquén. Se considera una canal de 3,5 m de ancho y una altura total de 1,50 m. Se contempla una descarga lateral con obras fuera del cauce del río.

 

Las obras asociadas a la captación/restitución del Proyecto se realizarán a fines del verano y comienzos de otoño.

 

Estas obras se ubicarán en las siguientes coordenadas UTM WGS 84, Huso 18:

Obra

Coordenada Norte

Coordenada Este

Captación

5.527.482

670.520

Descarga

5.527.660

670.004

Red de distribución

5.527.437

670.476

5.527.225

669.880

5.527.543

670.005

La georreferenciación del equipamiento se puede apreciar en archivo .kmz adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.

Terminaciones, limpieza y áreas verdes: Retiro de obras provisorias y hermoseamiento

En esta actividad se procederá al retiro de todas las obras provisorias necesarias para llevar a cabo la construcción del Proyecto, y que no son parte del Proyecto definitivo. Esta actividad contempla también el retiro de escombros, restos de materiales de construcción, embalajes utilizados para el traslado de los diferentes equipos y residuos vegetales, los cuales serán dispuestos en un lugar autorizado. El Titular del Proyecto es el responsable final de la disposición de estos residuos.

Transporte

El transporte asociado a las faenas de construcción generará un aumento en el flujo vehicular. El flujo vehicular estimado, durante los 8 meses de construcción, considera la circulación de vehículos entre la ciudad de Osorno o Puerto Montt y el lugar en el que se emplaza el Proyecto, mayoritariamente sobre la Ruta 5.

En el punto 1.6 de la Adenda Complementaria se presentan los flujos vehiculares, que consideran: movimiento de tierras (1 mes), construcción de obras civiles y limpieza final de las obras, considerando la construcción simultánea de los 3 proyectos.

Asociado al flujo vehicular extra que generará el Proyecto, no se han identificado problemas con el uso del camino, la conectividad o aumento a los tiempos de desplazamiento de la población cercana. La población no utiliza el camino de acceso al Proyecto para su uso cotidiano, toda vez que el acceso a los predios adyacentes se realiza preferentemente desde la Ruta 5.

Recursos naturales renovables 

El área predial está reforestada con una plantación de especies exóticas (Eucaliptus nitens) que está en condiciones de ser cosechada. Serán removidos ejemplares necesarios para la instalación de las obras del Proyecto en todo el predio.

El material mayor proveniente de la corta de eucaliptos, será transportado para su transformación en barracas debidamente autorizadas en la Provincia de Osorno o de Ranco. No se instalará faena de transformación en el sitio del Proyecto.

El área forestada con Eucaliptus nitens, para el total del predio (esto es, considerando las 3 pisciculturas) es de 17,95 ha.

Emisiones y efluentes

Emisión de MP 10 y MP 2.5

El Proyecto generará emisiones de material particulado durante la fase de construcción (8 meses) debido a la realización de las actividades de escarpe, limpieza, movimiento de tierra, transporte de maquinaria, circulación de camiones aljibe, circulación de camionetas, circulación de minibuses, transporte de materiales, circulación de camiones mixer, circulación de camiones tuberías y fletes varios.

Se estima que durante la fase de construcción del Proyecto se emitirán 0,5109 toneladas (t) de MP10 y 0,04033 t de MP2,5.

La emisión conjunta de MP10 de las 3 pisciculturas es de 0,1394 t en caminos pavimentados y de 1,39315 t, en caminos no pavimentados.

La emisión conjunta de MP2,5 de las 3 pisciculturas es de 0,03228 t en caminos pavimentados y de 0,121 t en caminos no pavimentados.

El Proyecto implementará las siguientes medidas para el control de las emisiones de polvo y material particulado:

- Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de construcción.

- Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta y vigilar los límites máximos de carga, es decir, nivel 10 cm por debajo del máximo de la tolva.

- Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

- Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

- Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr. 

- Mantener los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos. 

- Humectar materiales en procesos de mezcla, molienda o en caso de realizar cortes y/o procesamiento de materiales que pudieran generar polvo.

- Mantener un registro de mantenciones de maquinaria, equipos y camiones, con el fin de facilitar la fiscalización, con un respaldo de la documentación en la obra.

Emisión de gases a la atmósfera

El Proyecto emitirá gases a la atmósfera durante la fase de construcción (8 meses) debido a la realización de las actividades de escarpe, limpieza, movimiento de tierra, transporte maquinaria, circulación de camiones aljibe, circulación de camionetas, circulación de minibuses, transporte de materiales, circulación de camiones mixer, circulación de camiones tuberías y fletes varios.

Se estima que durante la fase de construcción del Proyecto se emitirán 0,0211 t de CO, 0,00218 t de HC, 0,0471 t de NOx y 0,00042 t de CH40,00045 t de N2O, 0,00003 t de NH3 y 3,0989 t de CC.

La emisión conjunta de las 3 pisciculturas durante la fase de construcción es de 0,0635 t de CO, 0,00654 t de HC, 0,141 t de NOx, 0,00125 t de CH4, 0,00136 t de N2O, 0,00010 t de NH3 y 9,296 t de CC.

Como medida de control, se exigirá a la totalidad de los vehículos involucrados en la fase de construcción, contar con revisiones técnicas al día y con toda la documentación necesaria que acredite el buen funcionamiento y el cumplimiento del D.S. 55/94, que establece la Norma de emisión para vehículos pesados.

Ruido

Se identificaron los siguientes receptores: R1 (vivienda), R2 (vivienda), R3 (vivienda), R4 (vivienda), R5 (vivienda) y P1 (ternerera), ubicados entre 35 y 409 de distancia de las fuentes.

Al tratarse de una zona rural, se aplicó como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre el Nivel de Ruido de Fondo + 10 dBA y el NPC para Zona III de la Tabla 1 del D.S. 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. De esta forma, se establecieron los niveles máximos a cumplir para cada receptor identificado y para cada periodo según los niveles de ruido de fondo obtenidos. Los niveles se proyectaron considerando la simultaneidad de los proyectos. Los resultados obtenidos fueron los siguientes:

Receptor

NPC Proyectado dB(A)

Ruido de Fondo Día

dB(A)

NMP20

Día

dB(A)

Diferencia dB(A)

R1

50

44

54

-5

R2

51

48

58

-7

R3

55

48

58

-3

R4

45

49

59

-14

R5

50

43

53

-3

P1

57

49

59

-2

Los valores obtenidos y comparados para la evaluación del cumplimiento de la normativa de ruido para la fase de construcción del Proyecto, cumplen con las exigencias establecidas por el D.S. 38/11 Ministerio del Medio Ambiente para el periodo diurno. No se consideran faenas nocturnas durante esta fase. Se presentan mayores antecedentes en los puntos 1.19 a la 1.24 de la Adenda.

En los casos de superación de los niveles máximos permisibles se establecerán medidas de atenuación acústica (barreras acústicas), complementando con planes informativos hacia la comunidad del sector.

Emisiones líquidas o efluentes

Durante la fase de construcción los residuos líquidos domésticos serán manejados mediante baños químicos, provistos por una empresa autorizada de la zona, la cual se encargará del manejo, transporte y disposición final de ellos de forma adecuada. Por otra parte, se llevará un registro de obras en donde se acredite el correcto manejo de los residuos generados en la fase de construcción del Proyecto, de manera que el río Pilmaiquén no sea afectado y que no se generen focos de insalubridad.

Residuos sólidos

El Proyecto contempla la implementación de una zona de acopio de residuos sólidos de características adecuadas para el almacenamiento de estos residuos. Se contempla la generación de los siguientes residuos:

Tipo de residuos

Manejo intermedio

Disposición Final

Estimado de generación (m3)

Moldajes metálicos

Zona de acopio residuos sólidos

Reutilización

3

Restos de tablas

Zona de acopio residuos sólidos

Reutilización

3

Exceso de tierra

Zona de acopio residuos sólidos

Reutilización

8

Ripio

Zona de acopio residuos sólidos

Reutilización

8

Restos de PVC

Zona de acopio residuos sólidos

Vertedero industrial

8

Residuos Vegetales

Zona de acopio residuos sólidos

Vertedero industrial

10

Teniendo en consideración que la cantidad de residuos generados corresponde a un estimado, se contempla la mantención de un registro actualizado y permanente de disposición de residuos en todas las fases del Proyecto, el que además estará acompañado de los certificados de disposición final, en los casos que aplique.

Para prevenir la afectación del ecosistema acuático, se capacitará al personal que participará de la construcción de las obras. Además, se prohibirá efectuar actividades que impliquen el manejo de residuos o sustancias peligrosas en lugares que no estén habilitados para tal efecto. Asimismo, se prohibirá depositar cualquier tipo de residuo doméstico o industrial, fuera de los sitios definidos para estos propósitos.

Residuos peligrosos

No se considera la generación de residuos peligrosos, ya que no se realizará mantención de maquinaria y/o equipos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.5 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Partes, obras y acciones

Abastecimiento de aguas

El Proyecto se abastecerá de un derecho de aprovechamiento de aguas otorgado por Resolución DGA N° 196, de 24 de octubre de 1998 por 10.000 l/s de ejercicio permanente y continuo; el que será utilizado por el Proyecto en un caudal máximo de 3,33 m3/s.

Puesta en marcha de las instalaciones

La operación comenzará con la marcha blanca de las instalaciones, prevista para agosto de 2018. En esta actividad se probarán los sistemas de suministro de agua hacia los estanques y el funcionamiento de las plantas de tratamiento de RILes y aguas servidas.

Captación y descarga

La obra de captación considera la elevación mecánica del agua por medio de bombas. Se iniciará la operación de las bombas de aducción y se verificará el correcto funcionamiento de los sistemas de bombeo, distribución y conducción de las aguas desde el río hacia los sistemas de producción.

Durante la operación no habrá aportes de materiales ni otros elementos al río, salvo la eliminación de hojas y restos de ramas que pudieran obstruir el ingreso de agua. Este material se extraerá de las rejillas exteriores (en contacto con el río) y de las rejillas interiores (que cumplen dos funciones: evitar que las hojas ingresen al área de bombeo y evitar que ingresen peces del río hacia las bombas). El Proyecto considera una reja fina desmontable para impedir el ingreso de fauna íctica a la piscicultura, en la pre-cámara de aducción y en la cámara de bombeo.

 

La captación considera 6 tuberías de acero que captan desde el río y descargan a 3 cámaras, desde donde cada una de las 3 pisciculturas succionará el agua en forma independiente. Cada cámara considera 6 bombas (5 en funcionamiento y 1 de respaldo) para cada proyecto (18 bombas en total). En cada cámara de succión, las bombas impulsarán el agua por medio de 2 tuberías a un estanque de regulación de 200 m3 (3 estanques en total). La configuración señalada tiene una capacidad de captación de 3,33 m3/s por cada cámara. Como el sistema se replica tres veces, se tiene una capacidad total de captación del sistema en su conjunto de 10,0 m3/s.

 

Respecto a la descarga, se considera una descarga lateral con obras fuera del cauce del río, restituyendo mediante ductos sumergidos desde la cámara de recepción del efluente después del sistema de rotofiltrado, a fin de evitar el impacto sobre el borderío.

 

Por razones de diseño, no será posible evacuar los efluentes del proceso de producción por un lugar distinto de los rotofiltros, por lo que será imposible que peces escapados de los estanques puedan alcanzar el río. En caso de escapes, los peces serán rápidamente recolectados en la cámara del rotofiltro. Además, se incorporarán rejillas finas de tamaño adecuada al tamaño mínimo de los peces en cultivo, para la recaptura de peces en los canales de evacuación de cada módulo antes de la entrada a los sistemas de rotofiltrado.

 

Se realizarán monitoreos anuales de fauna íctica, considerándose las siguientes especies objeto de la pesca de investigación:

Asilvestradas: Oncorhynchus mykiss (Trucha arcoíris), Oncorhynchus kisutch (Salmón coho o del pacífico), Oncorhynchus tshawytscha (Salmón chinook, Salmón rey), Salmo salar (Salar, Salmón del Pacífico), Salmo trutta fario (Trucha marrón o café) y Salvelinus fontinalis (Trucha de arroyo).

Silvestres o nativas: Galaxias maculatus (Puye grande), Galaxias platei (Puye chico), Brachigalaxias bullocki (Puye), Aplochiton zebra (Peladilla), Cheirodon australe (Pocha del Sur), Percicthys trucha (Perca trucha), Basilicthys australis (Pejerrey), Geotria australis (Lamprea), Caragola lapicida (Lamprea), Trychomicterus aerolatus (Bagre).

En este muestreo, los peces serán identificados, medidos y pesados para posteriormente ser devueltos vivos al río. La zona del estudio corresponde al Río Pilmaiquén. Se muestrearán tres puntos: el primero ubicado antes del efluente de la piscicultura, el segundo aguas abajo en un sector contiguo a la descarga del efluente de la piscicultura y el tercero a 200 metros aguas abajo del efluente. Los puntos de muestreo son los especificados en el punto 4.1.2.2 de la DIA. El objetivo es obtener información sobre la diversidad y abundancia íctica y determinar la influencia del efluente de la piscicultura en la fauna íctica. El estudio tendrá una duración de  4 meses, con toma de muestras en 2 meses.

Cultivo de salmónidos

El Proyecto considera la utilización, en plena producción, de 60 estanques con una capacidad de 200 m3, donde se cultivarán salmónidos desde 3 gr hasta 115 gr de peso promedio, en un tiempo estimado de 10 meses por grupo de cultivo. La densidad máxima de cultivo es de 35 kg/m3, por lo que se trabajará con una biomasa máxima de 7.000 kg por unidad de cultivo. El flujo de agua a suministrar a cada estanque será de 55 l/s, requiriéndose un caudal máximo de 3,33 m3/s, considerando una tasa de recambio de 1 por hora.

Se considera el cultivo de las siguientes especies salmónidas: Salmón del Atlántico (Salmo salar), Trucha Arcoíris (Oncorhynchus mykiss) y Salmón Coho (Oncorhynchus kisutch). Durante todo el proceso se realizará una serie de manejos productivos tales como: selecciones, graduaciones, manejo de fotoperiodos, estrategias de alimentación específicas para cada etapa de desarrollo y otros, con la finalidad de obtener ejemplares de salmónidos con las mejores características productivas posibles.

Respecto a la alimentación de los salmónidos, se estima que se suministren entre 99.494 y 139.304 kg mensuales de alimento.

Tratamiento de RILes (rotofiltros)

El sistema de tratamiento de RILes provenientes del cultivo de salmónidos estará compuesto por filtros rotatorios que tienen una capacidad de filtrado de 714 l/s cada uno (5 en operación, más 1 rotofiltro de respaldo), diseñados para una concentración máxima de SST en el efluente de 15 mg/l.

El Proyecto considera implementar filtros rotatorios de abertura de malla de 90 micras, con el propósito de retener en el efluente, previo a su descarga, los productos derivados de la alimentación.

Para prevenir fallas potenciales, se implementará un programa permanente de mantención de rotofiltros, que incluye revisión visual diaria.

La cámara de muestreo se localizará con posterioridad al tratamiento de aguas de cada una de las 3 pisciculturas, previo a que los efluentes de cada Proyecto confluyan en el canal de conducción común que dirige al punto de descarga en el río Pilmaiquén.

Se aclara que, en caso de falla de más de un rotofiltro, como prácticamente todo el sólido generado será originado por el alimento (Hopkins & Manci, 1989), y los potenciales aportes de contaminantes en la descarga (p.e.  fósforo, nitrógeno, SST, DBO5, entre otros), constituidos principalmente por excreta estabilizada, partículas de alimento no consumido y biofloculados (Chen, et al, 1993); se disminuirá la frecuencia de alimentación, para disminuir la concentración de sólidos de la descarga de los estanques aumentando la capacidad de tratamiento de los rotofiltros (ver Tabla 60 de la Adenda).

Se hace presente que no se señala claramente cuál es el tipo de rotofiltro que se utilizará, dado que en la Adenda Complementarias (punto 4.2.4) se indica que se podrá instalar malla de 60 micras en los rotofiltros, esto en respuesta a la solicitud de justificar la abertura de malla, la cual no coincide con las especificaciones del proveedor.

Por otra parte, si bien se señala que se mantendrá 1 rotofiltro de respaldo, en la Adenda Complementaria se señala que para un máximo caudal no habrá filtro de respaldo al usar un filtro de 60 micras.

Desinfección del efluente

El Proyecto contempla un sistema de desinfección del efluente del sistema de tratamiento de RILes por medio de radiación UV para un caudal de 3,3 m3/s, mediante un equipo UV del tipo “canal abierto” con las características adecuadas para lograr un apropiado perfil de radiación.

Operación sistema de alcantarillado

En atención a la inexistencia de alcantarillado en el área del proyecto, se contempla un sistema de alcantarillado particular para atender a 30 personas. Este sistema contará con un sistema de tratamiento y de desinfección y sus aguas serán descargadas al río Pilmaiquén por el canal donde confluyen las aguas tratadas de las 3 pisciculturas.

Manejo de la mortalidad

 

Los salmónidos muertos durante el proceso de cultivo serán manejados en base al siguiente protocolo:

- Extracción de mortalidad: La mortalidad será retirada 1 vez al día, o las veces que sea necesario. Se usará material exclusivo para esta labor y para cada unidad/estanque (paleta o quecha y balde de mortalidad). Las mortalidades se dispondrán en baldes con tapa, los cuales serán transportados a un silo dispuesto para recibir la mortalidad. Las quechas o paletas serán desinfectadas antes de su uso y posterior a éste.

- Disposición provisoria y disposición final: La mortalidad será acopiada provisoriamente en el sistema de ensilaje, consistente en un estanque picador en acero de 700 l y un estanque de acopio de 10 m3. Se utilizará ácido fórmico como aditivo bioquímico, aplicado mediante una bomba dosificadora. La mortalidad ensilada será retirada por una empresa autorizada, en la frecuencia necesaria para el correcto funcionamiento del equipo y la adecuada operación ambiental del sistema, empresa que dispondrá de la correcta disposición final de la mortalidad.

Se adjuntan antecedentes del sistema de ensilaje en el punto 3.5 de la Adenda.

Transporte

El transporte asociado a la operación generará un aumento en el flujo vehicular, producto de la circulación de vehículos entre la ciudad de Osorno o Puerto Montt y el lugar en el que se emplaza el Proyecto, mayoritariamente en la Ruta 5.

Asociado al flujo vehicular extra que generará el Proyecto, no se han identificado problemas con el uso del camino, la conectividad o aumento a los tiempos de desplazamiento de la población cercana. La población no utiliza el camino de acceso al Proyecto para su uso cotidiano, toda vez que el acceso a los predios adyacentes se realiza preferentemente desde la Ruta 5.

En el punto 1.6 de la Adenda Complementaria se presentan los flujos vehiculares, que consideran: suministro de alimento, camiones de cosecha, camiones de ingreso alevines, retiro de silo, retiro de RESPEL, retiro de residuos sólidos, viajes varios operacionales y transporte de personal. Se considera la operación simultánea de las 3 pisciculturas.

Manejo sanitario

Para evitar riesgos de contaminación con productos químicos en el efluente, el Proyecto considera la aplicación de productos desinfectantes mediante aspersión, tanto en el acceso de personas como en el acceso de vehículos. Asimismo, se implementará desinfección por aspersión como barreras sanitarias al ingreso de cada sala y/o plataforma de cultivo, por lo que no se generarán residuos líquidos producto de la preparación de soluciones desinfectantes. Con respecto a maniluvios, se usará alcohol gel para desinfección de manos.

Respecto a la limpieza de los estanques, ésta se realizará con abrasión física mediante cepillado con agua. Los líquidos provenientes de esta actividad serán desinfectados por aspersión e inactivados antes de ser eliminados por el canal del efluente hacia la planta de tratamiento de RILes.

Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos

Los residuos sólidos no peligrosos serán almacenados transitoriamente en una bodega protegida de las condiciones ambientales prevalentes. La capacidad total de almacenamiento de esta bodega será de 3,87m3.

Almacenamiento de residuos peligrosos

Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos. Éstos se mantendrán en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/03. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos.

Productos generados

El producto corresponde a especies de salmónidos autorizados por el artículo 21 bis del D.S. 290/93 del MINECON, siendo éstos principalmente los siguientes: Salmo salar, Oncorhynchus kisuth, Oncorhynchus mykiss.

Se considera una proyección de cultivo desde la incorporación de alevines con un peso promedio de 3 gr, hasta obtener smolts de 115 gr de peso promedio.

La capacidad instalada de 12.000 m3 permitirá mantener 3.615.000 individuos de 3 gramos de peso promedio al inicio de cada grupo en cultivo (los grupos ingresarán cada 4 meses).

En un año de producción plena, se tendrá una biomasa máxima instantánea de 420 t y una producción de 991,74 t (producción máxima).

En un año de consolidación de la producción, se efectuarán 6 cosechas de un promedio de 1.439.196 smolt de 115 gramos de peso promedio.

Se contemplan ciclos de crianza de 10 meses, ingresando 3 grupos distintos cada año, alcanzando plena operación en el año 2.

Con los grupos consolidados, la producción anual del Proyecto será de 1.492 t (501 t en stock remanente a diciembre del año más 991 t de los egresos acumulados del año). Si se considera la mortalidad acumulada del periodo, la producción anual del Proyecto será de 1.584 t.

El Proyecto no contempla la mantención de reproductores en el centro.

Recursos naturales renovables

El Proyecto extraerá agua del curso del Río Pilmaiquén, el que presenta un régimen principalmente pluvial, para lo cual se cuenta con un derecho de aprovechamiento de aguas no consuntivo por 10.000 l/s de ejercicio permanente y continuo; el que será utilizado por el Proyecto en un caudal máximo de 3,33 m3/s.

El agua se extraerá desde la captación, ubicada en las siguientes coordenadas UTM WGS84, Huso 18: Norte 5.527.482, Este 670.520.

Emisiones y efluentes

Material Particulado

Para la fase de operación, la circulación de vehículos en las vías de acceso al Proyecto generará emisión de material particulado. El flujo vehicular se originará producto del movimiento de operaciones del Proyecto.

Se estima que durante la fase de operación del Proyecto se emitan 2,3744 t/año de MP10 y 0,3209 t/año de MP2,5.

La emisión conjunta de MP10 de las 3 pisciculturas será de 6,8147 t/año en caminos pavimentados y de 9,559287 t/año, en caminos no pavimentados.

La emisión conjunta de MP2,5 de las 3 pisciculturas será de 0,006891 t/año en caminos pavimentados y de 0,95592 t/año en caminos no pavimentados.

Gases

Para la fase de operación, la circulación de vehículos en las vías de acceso al Proyecto emitirá gases a la atmósfera. Se estima que durante la fase de operación del Proyecto se emitan 0,2783 t/año de CO, 0,0484 t/año de HC, 1,3329 t/año de NOx, 0,0193 t/año de CH4, 0,0092 t/año de N2O, 0,0009 t/año de NH3 y 58,4 t/año de CC.

La emisión conjunta de las 3 pisciculturas durante la fase de operación será de 0,834 t/año de CO, 0,145 t/año de HC, 3,998 t/año de NOx, 0,0579 t/año de CH4, 0,0275 t/año de N2O, 0,00275 t/año de NH3 y 175,3 t/año de CC.

El Proyecto contempla la utilización de energía eléctrica de tendido público y considera un generador de emergencia y que contará con todas las certificaciones de emisiones de contaminantes, cumpliendo la normativa de emisiones. Las emisiones del grupo electrógeno serán declaradas de acuerdo al D.S. 138/05 del Ministerio de Salud.

Riles del proceso de producción

Los RILes del proceso de producción serán descargados al río Pilmaiquén luego de ser sometidos a un tratamiento mediante rotofiltros. El punto de la descarga está definido por la coordenada UTM (WGS84, Huso 18) Norte 5.527.660 y Este 670.004; con un caudal máximo medio de 11.988 m3/hr (3,33 m3/s). El volumen de descarga total proyectado es el siguiente:

 

Volumen medio generado (m3)

Volumen medio descargado (m3)

Volumen máximo generado (m3)

Volumen máximo descargado (m3)

Año

85.078.080

85.078.080

103.576.320

103.576.320

Mes

7.089.840

7.089.840

8.631.630

8.631.630

Día

236.328

236.328

287.712

287.712

Se proyecta que el caudal máximo mensual en el efluente sea mayor durante los meses de abril, agosto y diciembre, mientras que, para la semana de mayor generación y para el día de mayor generación, la descarga será continua.

La estimación del aporte de contaminantes de la piscicultura es la siguiente:

Aporte contaminante por acción metabólica de cada piscicultura: Mes 1 al 6

Aporte crudo

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

NT (mg/L)

0,83

0,94

0,84

0,83

0,83

0,94

PT (mg/L)

0,10

0,12

0,10

0,10

0,10

0,12

SST (mg/L)

3,01

3,42

3,05

3,00

3,01

3,42

DBO (mg/L)

2,03

3,43

2,31

2,42

2,03

3,43

Caudal (l/s)

2.833

2.000

2.667

3.333

2.833

2.000

Aporte contaminante por acción metabólica de cada piscicultura: Mes 7 al 12

Aporte crudo

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

NT (mg/L)

0,84

0,83

0,83

0,94

0,84

0,83

PT (mg/L)

0,10

0,10

0,10

0,12

0,10

0,10

SST (mg/L)

3,05

3,00

3,01

3,42

3,05

3,00

DBO (mg/L)

2,31

2,42

2,03

3,43

2,31

2,42

Caudal (l/s)

2.667

3.333

2.833

2.000

2.667

3.333

Las características del efluente sin tratamiento (considerando aporte de los salmones más la concentración inicial que presenta el río) es la siguiente:

Aporte contaminante del efluente individual: Mes 1 al 6

Aporte crudo

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

NT (mg/L)

4,52

4,63

4,53

4,52

4,52

4,63

PT (mg/L)

0,58

0,60

0,58

0,58

0,58

0,60

SST (mg/L)

8,01

8,42

8,05

8,00

8,01

8,42

DBO (mg/L)

4,03

5,43

4,31

4,42

4,03

5,43

Caudal (l/s)

8.500

6.000

8.000

10.000

8.500

6.000

Aporte contaminante del efluente individual: Mes 7 al 12

Aporte crudo

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

NT (mg/L)

4,53

4,52

4,52

4,63

4,53

4,52

PT (mg/L)

0,58

0,58

0,58

0,60

0,58

0,58

SST (mg/L)

8,05

8,00

8,01

8,42

8,05

8,00

DBO (mg/L)

4,31

4,42

4,03

5,43

4,31

4,42

Caudal (l/s)

8.000

10.000

8.500

6.000

8.000

10.000

Las características del RIL tratado (sin mezcla con el río) serán las siguientes:

Aporte RIL tratado combinado de piscicultura San Pablo 1, 2 y 3: Mes 1 al 6

Aporte combinado

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

NT (mg/L)

1,266

1,296

1,269

1,265

1,266

1,296

PT (mg/L)

0,024

0,027

0,024

0,024

0,024

0,027

SST (mg/L)

0,404

0,459

0,410

0,403

0,404

0,459

DBO (mg/L)

1,814

2,445

1,938

1,988

1,814

2,445

Caudal (l/s)

8.500

6.000

8.000

10.000

8.500

6.000

Aporte RIL tratado combinado de piscicultura San Pablo 1, 2 y 3: Mes 7 al 12

Aporte combinado

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

NT (mg/L)

1,269

1,265

1,266

1,296

1,269

1,265

PT (mg/L)

0,024

0,024

0,024

0,027

0,024

0,024

SST (mg/L)

0,410

0,403

0,404

0,459

0,410

0,403

DBO (mg/L)

1,938

1,988

1,814

2,445

1,938

1,988

Caudal (l/s)

8.000

10.000

8.500

6.000

8.000

10.000

Respecto de la modelación de la descarga, en la Adenda Complementaria se presentó una fórmula (ecuación de dilución propuesta por Jolankai) que entregó los siguientes resultados:

Proyección de contaminantes en Río Pilmaiquén, efluente combinado y río y efluente combinados:

Parámetro

Basal Río Pilmaiquén

Max Q (l/s) - julio

Min Q (l/s) - febrero

D.S. 90/00

Tabla 1

Efluente

Combinado

Efluente

Combinado

SST (mg/l)

5,00

5,49

5,01

5,55

5,04

80

NT (mg/l)

3,69

3,73

3,69

3,73

3,69

50

PT (mg/l)

0,48

1,09

0,50

1,15

0,53

10

DBO (mg O2/l)

2,00

3,04

2,03

3,54

2,11

35

Con respecto a los procedimientos veterinarios, éstos consideran vacunación, por lo que no habrá vertidos de restos de medicamento al efluente.

Por razones de diseño, no será posible evacuar el efluente por otro lugar que no sea por los sistemas de tratamiento de los RILes, por lo que no se considera el uso de descargas de emergencia.

Se hace presente que la información referente a la estimación del aporte de contaminantes de la piscicultura (tablas “Aporte contaminante por acción metabólica de cada piscicultura”) fue presentada en la Adenda Complementaria, sin embargo, en su elaboración no se consideraron los datos de entrada corregidos de la misma Adenda Complementaria. Por otra parte, las concentraciones del RIL tratado (tablas “Aporte RIL tratado combinado de piscicultura San Pablo 1, 2 y 3”) presentadas en la Adenda Complementaria, no concuerdan con la tasa de remoción indicada.

Respecto de la modelación de la descarga, que es común para los 3 proyectos, en la DIA se presentó una modelación con el software DESCAR 3.2 para simular la dispersión de contaminantes en el agua, la que finalmente, en la Adenda Complementaria, fue reemplazada por una fórmula (ecuación de dilución propuesta por Jolankai), que entregó los resultados de la tabla de “Proyección de contaminantes en río Pilmaiquén, efluente combinado y río y efluente combinados”.

Respecto de lo señalado por el Titular en su Adenda Complementaria (punto 4.2.1) en cuanto a que “Sin embargo, como información objetiva, se entregó a la autoridad la referencia de cuantos tratamientos con sal pueden ser realizados sin sobrepasar una concentración de Cloruros de 200 mg/l en la descarga del efluente. Esto cumple con los límites establecidos en el DS 90/00 MINSEGPRES y la NCh 1.333/78. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular considerará la utilización de sal líquida por su menor aporte en sodio”, en atención a que el valor de concentración base de cloruros es de 4,13 mg/l y que el valor indicado por el Titular representa 50 veces el valor base, se hace presente que el cumplimiento de la normativa no representa la no generación de impactos.

 

Respecto de lo señalado en la Adenda Complementaria, en cuanto que el uso de alimento medicado, dependerá de la biomasa a tratar, se hace presente que en la evaluación ambiental se debe considerar el peor escenario, es decir, la mayor biomasa a tratar.

 

Por otra parte, no queda claro cuál es el tamaño de malla de los rotofiltros a utilizar, ya que en la Adenda Complementarias (punto 4.2.4) se indica que se podrá instalar malla de 60 micras en los rotofiltros. En el caso de un máximo caudal y la instalación de una malla de 60 micras, no se contemplaría filtro de respaldo.

Finalmente, se hace presente que la totalidad de las concentraciones base fueron obtenidas de un único muestreo realizado durante el mes de julio de 2016, considerado por el Titular como un monitoreo representativo de la época de estiaje debido a que se realizó en año de sequía. Asimismo,  se destaca que en todos los casos, no se consideró el aporte de las aguas servidas, aun cuando previo a la descarga serán mezcladas con el RIL generado por el proceso productivo.

Riles provenientes del sistema de ensilaje

Las aguas producto del lavado del sistema de ensilaje, serán dispuestas en el mismo transporte destinado al retiro de la mortalidad ensilada. No serán vertidas al efluente del Proyecto. Luego del retiro de la mortalidad desde el silo al camión recolector, personal de la empresa de servicio autorizado procederá al lavado de cada estanque del sistema de ensilaje con agua potable. Una vez lavados, el agua residual será succionada por la misma bomba del camión recolector. Estos residuos de mortalidad, así como el agua producto del lavado, serán transportados a una planta de reconversión de materiales residuales que cuente con las autorizaciones vigentes.

Aguas servidas

El Proyecto considera como solución sanitaria para alcantarillado particular un digestor aeróbico, diseñado para recibir la descarga de agua residual proveniente de las oficinas y camarines, ya que el sector no cuenta con red de alcantarillado. El aporte de contaminantes se estima en: SST <20 mg/l, DBO5 <5 mg/l, Coliformes totales <20 NMP/100 m. Asimismo, se estima una descarga de flujo continuo, con un caudal máximo de 0,24 m3/hr (0,0667 l/s). Estas aguas serán descargadas al río Pilmaiquén, posterior a su desinfección, a través del canal del efluente hasta el punto de descarga en el río.

Ruido

Se identificaron los siguientes receptores de ruido: R1 (vivienda), R2 (vivienda), R3 (vivienda), R4 (vivienda), R5 (vivienda) y P1 (ternerera), ubicados entre 35 m y 409 m de distancia de las fuentes.

Se identificaron las fuentes de ruido considerando el efecto de la operación de los 3 proyectos y sus respectivas emisiones:

Cantidad

Equipo/Maquinaria

Lw22 (dBA)

 

NPS (dBA)

a 10 m

3 x

Motor eléctrico (Rotofiltro)

96

68

3 x

Bomba (Silo)

93

65

3 x

Camioneta

83

55

3 x

Generador

94

66

3 x

Camión (carga/descarga)

99

71

Los valores obtenidos y proyectados para la evaluación del cumplimiento de la normativa de ruido para la fase de operación del Proyecto, asumiendo el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido, durante el periodo día y durante el periodo noche, dan cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente en todo momento.

Para la definición de la potencial área de influencia se consideró la simultaneidad de equipos emisores de ruido (fuentes fijas) dispuestos en sus emplazamientos específicos por Proyecto y el menor Nivel Máximo Permisible en dBA (40 dBA), para periodo nocturno, definido para los receptores identificados en esta evaluación. En consecuencia, se consideraron por Proyecto los siguientes equipos: i) 1 generador de 150 kVA; ii) 5 rotofiltros en operación; iii) 1 bomba (silo); iv) 1 camión en ralentí; y vi) 1 camioneta.

Se determinó una potencial área de influencia definida a una distancia máxima de 265 metros del deslinde del Proyecto considerando la totalidad de las fuentes definidas para la operación de cada Proyecto. Se presentan mayores antecedentes en los puntos 1.19 a la 1.24 de la Adenda.

Olores

Para prevenir la producción de olores producto del almacenamiento temporal de la mortalidad, ésta se ensilará.

La remoción de olores molestos del almacenamiento temporal de los lodos de los sistemas de rotofiltrado será llevado a cabo por ozonización. El estanque de disposición de lodos se mantendrá con una dosis de ozono de 4 mg/l, para lo cual se instalarán 3 equipos de ozonización en el ducto de ventilación de la cámara de almacenamiento temporal de lodos.

Residuos

Lodos orgánicos del retrolavado de los rotofiltros

Los sólidos producto del retrolavado de los rotofiltros serán dispuestos en un estanque de concreto armado de 100 m3 de capacidad, con adición de aditivo impermeabilizante. Sobre el nivel del suelo, se prolongarán las paredes por 0,5 metros más de altura y cerrado, de modo de evitar que ingresen al estanque aguas lluvia. Los lodos serán succionados directamente del receptor temporal de los sistemas de rotofiltrado para su disposición final, en una frecuencia que permita el correcto funcionamiento del sistema de tratamiento del efluente. Los lodos serán retirados por vehículos de una empresa autorizada, especialmente acondicionados para el manejo, retiro y traslado de lodos y transportados a un sitio autorizado para su disposición final.

La producción de lodos fluctuará entre 26.814 y 40.165 kg/mes, siendo la mayor producción en los meses de abril, agosto y diciembre, con un promedio de 33,37 t/ mes.

Mortalidad

La mortalidad será dispuesta en el sistema de ensilaje de uso exclusivo del Proyecto. Se estima que para un año de plena producción la mortalidad fluctuará entre 5,5 y 12,2 t (en los meses de abril, agosto y diciembre) con 7,45 ton/mes en promedio. El traslado para su disposición final se considera con frecuencia mensual, salvo para los meses de abril, agosto y diciembre, en donde el retiro se realizará quincenalmente en atención a la producción.

La mortalidad será ensilada con ácido fórmico como aditivo bioquímico, aplicado mediante una bomba dosificadora. El silo contará con un estanque de almacenamiento de 10 m3 de capacidad, estanco que evitará cualquier escurrimiento. Para evitar riesgo de escurrimiento producto de la operación del sistema de ensilaje o de sus componentes (picador, bomba moledora, bomba dosificadora, etc.) se habilitará una losa de concreto con un pretil de concreto. El estanque triturador tendrá una capacidad de 0,7 m3 y una capacidad de procesamiento de 650 kg/hr. El tiempo de residencia estará determinado por el tiempo de lavado y succión, el cual no debería ser superior a 1 hora. En caso de falla en la operación de la bomba de succión hacia el estanque del camión recolector, el proveedor del servicio dispondrá de una bomba alternativa.

El sistema de ensilaje será limpiado y sanitizado luego de finalizado un ciclo productivo y el agua resultante de la limpieza del sistema, dada sus características, será dispuesta en el mismo transporte destinado para el traslado de la mortalidad ensilada. El retiro se realizará a través de una empresa autorizada. No hay descarga de RILes provenientes del sistema de ensilaje al sistema de tratamiento del efluente del Proyecto.

La mortalidad y otras eliminaciones provenientes del silo, serán retiradas por una empresa autorizada siendo transportadas en un vehículo especialmente adecuado para el manejo, retiro y traslado de éste tipo de desechos, para finalmente ser dispuestos en una planta autorizada para la reconversión de materiales residuales.

Residuos no peligrosos

Serán generados por el funcionamiento de las oficinas del Proyecto y por actividades relativas al personal, que dicen relación con la utilización del comedor (no se considera casino) y de los baños. Los residuos sólidos no peligrosos se dispondrán en contenedores plásticos con tapas ubicados en las distintas dependencias del Proyecto, recubiertos con bolsas plásticas de color oscuro.

Otros residuos generados del proceso propiamente tal son: cubrecalzado, capas, guantes y bolsas de alimento, que podrán ser retiradas por la empresa proveedora de alimento.

Las bolsas con residuos serán removidas diariamente y dispuestas temporalmente en un contenedor hermético con tapa en la bodega de residuos no peligrosos. Finalmente, serán retiradas por una empresa autorizada con la frecuencia necesaria y llevadas a un sitio autorizado para su disposición.

La cuantificación de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables, no peligrosos, se estima a continuación:

Tipo de Residuos

Residuo

Unidad

Cantidad generada Diaria

Cantidad Generada mensual

Domiciliario

Proveniente del comedor

Kilos

5

150

Asimilable a domiciliario

Provenientes de Oficina

Und

2

60

Industrial no peligroso

Cubre calzado polietileno

Und

2

60

Industrial no peligroso

Capas de polietileno

Und

2

60

Industrial no peligroso

Guantes Plásticos

Und

2

60

Industrial no peligroso

Bolsas de alimento Normal

Unidad

113

3400

El registro de la salida de los residuos almacenados transitoriamente será dispuesto en una planilla que contendrá la cantidad trasladada, la fecha de su retiro del centro, empresa, medio de transporte, la firma del responsable del retiro y disposición final, y el destino final de los residuos. Esta hoja estará a disposición de la autoridad competente.

Respecto de las hojas y restos de ramas que pudieran obstruir el ingreso de agua en la captación, se escobillará liberando el material al río, o se extraerá y dispondrá en un sitio autorizado. Este material se extraerá de las rejillas exteriores (en contacto con el río) y de las rejillas interiores.

Residuos peligrosos

Tubos fluorescentes y  ampolletas

Origen: Salas de cultivo y oficinas

Cantidad: 24 unidades/año, 0.038 m3

Almacenamiento: bodega de residuos peligrosos

Periodo de almacenamiento máximo: 6 meses

Disposición Final: Sitio autorizado

Pilas recargables

Origen: nocheros

Cantidad: 144 unidades/año,0.1 m3

Almacenamiento: bodega de residuos peligrosos

Periodo de almacenamiento máximo: 6 meses

Disposición Final: Sitio autorizado

Lámparas U.V.

Origen: Sistema de desinfección de efluentes

Cantidad: 24, 0.02 m3

Almacenamiento: bodega de residuos peligrosos

Periodo de almacenamiento máximo: 6 meses

Disposición Final: Sitio autorizado

Las medidas de protección ambiental respecto a la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos contemplan la definición de una frecuencia de retiro adecuada (que no supere los 6 meses), la implementación de un procedimiento de acopio, la mantención de documentación para fines de fiscalización, la auditoría permanentemente del servicio proporcionado por el transportista, y la correcta disposición final, entre otras.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Yodóforo

Tipo: desinfectante

Inactivador: Tiosulfato de Sodio Pentahidratado.

Almacenamiento: bodega de químicos.

Aplicación: pediluvios.

Forma de aplicación: aspersión.

Volumen a utilizar al año: 500 litros.

Residuo generado: envases.

Almacenamiento del residuo: bodega de residuos peligrosos.

Manejo del residuo: almacenamiento en envases originales, adecuadamente rotulados y debidamente cerrados, con su ficha técnica y hoja de seguridad.

Disposición final del residuo: sitio autorizado.

Amonio Cuaternario

Tipo: desinfectante.

Inactivador: Buffer regulador de pH y agente aniónico.

Almacenamiento: bodega de químicos.

Aplicación: limpieza y desinfección de estanques.

Forma de aplicación: aspersión.

Volumen a utilizar al año: 7.200 litros.

Residuo Generado: envases.

Almacenamiento del residuo: bodega de residuos peligrosos.

Manejo del residuo: almacenamiento en envases originales, adecuadamente rotulados y debidamente cerrados, con su ficha técnica y hoja de seguridad.

Disposición final:.sitio autorizado

Ácidos orgánicos

Tipo: Desinfectante.

Inactivador: Tiosulfato anhídrido de sodio.

Almacenamiento: bodega de químicos.

Aplicación: desinfección pediluvios.

Forma de aplicación: aspersión.

Volumen a utilizar al año: 500 litros.

Residuo generado: envases.

Almacenamiento del residuo: bodega de residuos peligrosos.

Manejo del residuo: almacenamiento en envases originales, adecuadamente rotulados y debidamente cerrados, con su ficha técnica y hoja de seguridad.

Disposición Final: sitio autorizado.

Óxido de Cloro

Inactivador: Tiosulfato de sodio

Almacenamiento: bodega de químicos.

Aplicación: planta de tratamiento de aguas servidas.

Forma de aplicación: aplicación directa.

Volumen a utilizar al año: 500 litros

Residuo generado: envases.

Almacenamiento del residuo: bodega de residuos peligrosos.

Manejo del residuo: almacenamiento en envases originales, adecuadamente rotulados y debidamente cerrados, con su ficha técnica y hoja de seguridad.

Disposición Final: sitio autorizado.

Ozono

Tipo: desinfectante.

Inactivador: dilución por aire.

Almacenamiento: bodega de químicos.

Aplicación: almacenamiento temporal de lodos de rotofiltros.

Forma de aplicación: disuelto en el aire (generado in situ)

Residuo generado: no genera.

Disposición final: no requiere.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6 del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Se procederá el retiro de toda la biomasa en cultivo hacia otros centros autorizados para el cultivo de salmónidos.

Se desmontarán las unidades de producción, así como los equipos (rotofiltros, ultravioletas, generadores, silo de mortalidad, estanque de combustible, etc.) y serán trasladadas hacia otro centro de cultivo, o en su defecto, dispuestas en un vertedero industrial autorizado.

Se desmontarán las estructuras de apoyo a la producción (oficinas, comedores, bodegas y servicios higiénicos), y trasladadas para su emplazamiento en otro terreno.

Se mantendrán en el lugar las losas de concreto que dieron soporte a los estanques de producción, así como los radier de las estructuras de apoyo.

Restauración

Se realizará la limpieza del sector, removiendo todo resto de escombro para ser dispuesto finalmente en un vertedero industrial autorizado.

Se procederá a la recuperación de la cobertura vegetal en aquellos lugares donde sea necesario.

Prevención de futuras emisiones

Se retirará, mediante servicios autorizados, la totalidad de residuos aun en el centro (mortalidad ensilada, lodos de rotofiltros, residuos domiciliarios y no domiciliarios, etc.) hacia centros autorizados para la recepción y disposición final y/o procesamiento de éstos.

Se procederá al retiro de alimento almacenado, así como también de químicos, medicamentos y desinfectantes, para ser dispuestos sitios autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7 del ICE.

       

 

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Enero 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Construcciones provisorias necesarias para la instalación de faenas.

Fecha estimada de término

Agosto de 2018.

Parte, obra o acción que establece el término

Pruebas hidráulicas de abastecimiento de estanques para el funcionamiento de los sistemas de cultivo.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Agosto de 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Marcha blanca de sistema.

Fecha estimada de término

No hay fecha estimada de término de fase de operación.

Parte, obra o acción que establece el término

No determinada.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

No se considera fase de cierre, ya que el Proyecto tiene duración indefinida.

Parte, obra o acción que establece el inicio

No se considera fase de cierre del Proyecto. En caso de generarse un cierre del proyecto, las acciones a realizar se detallan en tabla 4.7.1 del ICE.

Fecha estimada de término

No se considera fase de cierre del Proyecto.

Parte, obra o acción que establece el término

No se considera fase de cierre del Proyecto.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Riesgo para la salud de la población por la alteración que los efluentes, emisiones y residuos del proyecto puedan producir sobre los ecosistemas:

 

El Proyecto no considera la superación de las concentraciones establecidas en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, ni el aumento o disminución significativos de la concentración por sobre los límites establecidos por éstas.

 

En la fase de construcción se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión a la atmósfera, debido principalmente a las actividades relacionadas al tránsito por caminos no pavimentados, excavación, movimiento de material y combustión interna de maquinaria. Estas emisiones serán de baja magnitud y acotadas en el tiempo, aun considerando la construcción simultánea de los 3 proyectos. En la fase de operación del Proyecto, las emisiones de material particulado y gases serán ocasionadas por el tránsito de camiones y otros vehículos, además del grupo electrógeno de emergencia, las cuales se generarán en cantidades reducidas, aun considerando la operación simultánea de los 3 proyectos. Mayores antecedentes en el Anexo 5 de la Adenda.

 

De acuerdo a los resultados de la proyección de ruido emitido a los receptores en la fase de operación y construcción, el Proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 en horario diurno para la fase de construcción y diurno y nocturno para la operación, considerando las peores condiciones de emisión sonora del Proyecto, tanto para la construcción y operación simultánea de los 3 proyectos.

 

El Proyecto contempla el tratamiento y desinfección de los residuos líquidos provenientes de la descarga de RILes y aguas servidas.

 

No existe abastecimiento de agua para consumo humano formal o informal en la zona.

 

Para el manejo de las aguas servidas durante la fase de operación, se propone como solución sanitaria un alcantarillado particular, consistente en un digestor aeróbico, cuyas aguas serán descargadas al Río Pilmaiquén a través del canal del efluente hasta el punto de descarga en el río. Los lodos generados en el tratamiento de las aguas servidas, serán transportados desde la piscicultura hasta el vertedero autorizado por empresas autorizadas, en camiones completamente estancos y cerrados que impidan en todo momento escurrimientos, derrames y la emanación de olores durante su traslado. La eliminación de los lodos será efectuada en vertederos autorizados.

 

Los residuos sólidos generados durante la fase de construcción serán dispuestos temporalmente en una zona de acopio de residuos sólidos. Aquellos que no sean reutilizados serán enviados a un vertedero industrial.

Los residuos del retrolavado de rotofiltros serán dispuestos en estanques y llevados al sitio de disposición final en una frecuencia que permita el correcto funcionamiento del sistema, retirados por vehículos de una empresa autorizada, y transportados al vertedero industrial autorizado para su disposición final.

La mortalidad y eliminaciones en el silo, serán retirados por una empresa autorizada y transportadas en un vehículo especialmente adecuado para el manejo, retiro y traslado de los desechos del silo, para finalmente ser dispuestos en la planta de reconversión de materiales residuales autorizada.

Los residuos sólidos se dispondrán en contenedores plásticos con tapas ubicados en las distintas dependencias del Proyecto, recubiertos con bolsas plásticas de color oscuro. Las bolsas serán removidas diariamente y dispuestas temporalmente en un contenedor hermético con tapa en la bodega de residuos no peligrosos. Finalmente, serán retiradas por una empresa autorizada con la frecuencia necesaria y llevadas a vertedero autorizado.

Se escobillarán las rejillas de la captación, liberando las hojas y restos de ramas al río, o se extraerán y dispondrá en un vertedero autorizado.

Los residuos peligrosos serán almacenados durante un periodo máximo de 6 meses en la bodega de residuos peligrosos, posteriormente, serán retirados, transportados y llevados por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado. El Proyecto contempla medidas de protección ambiental respecto a la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.

Parte, obra o acción que lo genera

- Transporte en operación y construcción.

- Escarpe y movimiento de tierras.

- Construcción de obras civiles y equipamiento.

- Construcción de obras de captación, canales, red de distribución y restitución de aguas.

- Terminaciones, orden, limpieza y áreas verdes.

- Tratamiento de RILes (rotofiltros).

- Manejo de la mortalidad (sistema de ensilaje).

- Operación sistema de alcantarillado.

- Almacenamiento de residuos.

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.1 del ICE.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Pérdida de suelo terrestre:

El Proyecto se emplaza en un predio cuyo uso actual es forestal, siendo su clase de capacidad de uso III, de acuerdo a lo declarado por el Titular.

Se estima una intervención de 4,42 ha de suelo, al interior de un predio de 21,26 ha de superficie, con motivo de la construcción y operación del Proyecto. El resto de la superficie del predio corresponde a las Pisciculturas San Pablo 1 y San Pablo 2 las que también consideran la intervención del suelo para las fases de construcción y operación.

Componente ambiental afectado

Suelo.

Parte, obra o acción que lo genera

Cultivo de salmónidos

Tratamiento de RILes (rotofiltros)

Desinfección del efluente

Manejo de la mortalidad (sistema de ensilaje)

Operación sistema de alcantarillado

Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos

Almacenamiento de residuos peligrosos

Fase en que se presenta

Operación.

Impacto ambiental

Aumento en la concentración de material particulado:

Se generarán emisiones de material particulado durante las fases de construcción y operación del Proyecto, asociadas principalmente a movimientos de tierra y al flujo vehicular por caminos pavimentados y no pavimentados de vehículos pesados, generado por el transporte de materiales durante la construcción; así como al flujo vehicular por caminos pavimentados y no pavimentados de vehículos pesados, asociado a las actividades de abastecimiento, transporte del producto y traslado de residuos de la piscicultura durante la fase de operación.

Se presentó una estimación de emisiones considerando la totalidad de las actividades del Proyecto, mediante la cual se verificó que los valores de emisión de material particulado no son significativos, aun considerando la construcción y operación simultánea de los 3 proyectos.

Durante la fase de construcción se contempla la implementación de medidas a fin de reducir las emisiones de material particulado.

Componente ambiental afectado

Aire.

Parte, obra o acción que lo genera

- Escarpe y movimiento de tierras.

- Construcción de obras civiles y equipamiento.

- Construcción de obras de captación, canales, red de distribución y restitución de aguas.

- Transporte en fase de construcción y operación.

- Otros equipos (grupo electrógeno).

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Impacto ambiental

Aumento en la concentración de gases:

Se generarán emisiones de gases durante las fases de construcción y operación del Proyecto, asociadas principalmente al flujo vehicular de vehículos pesados, generado por el transporte de materiales durante la construcción; y al flujo de vehículos pesados, asociado a las actividades de abastecimiento, transporte del producto y el traslado de residuos de la piscicultura, además de la operación de un grupo electrógeno de emergencia.

Se presentó una estimación de emisiones considerando la totalidad de las actividades del Proyecto, mediante la cual se verificó que los valores de emisión de gases no son significativos, aun considerando la construcción y operación simultánea de los 3 proyectos.

Componente ambiental afectado

Aire.

Parte, obra o acción que lo genera

- Transporte en fase de construcción y operación.

- Otros equipos (grupo electrógeno).

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Impacto ambiental

Aumento en la concentración de gases odoríferos:

La principal fuente de olores del Proyecto es el almacenamiento temporal de los lodos generados por el sistema de tratamiento de RILes. Los sólidos producto del retrolavado serán dispuestos en un estanque de concreto, con adición de aditivo impermeabilizante. Los lodos serán succionados directamente del receptor temporal de los sistemas de rotofiltrado para su disposición final, en una frecuencia que permita el correcto funcionamiento del sistema de tratamiento del efluente, retirados por vehículos de una empresa autorizada especialmente adecuados para el manejo, retiro y traslado de lodos y transportados al vertedero industrial autorizado para su disposición final.  La remoción de olores molestos será llevada a cabo por ozonización.

Para el tratamiento de mortalidad de peces se contempla un sistema de ensilaje, el que elimina la posibilidad de generación de olores, debido a la incorporación del ácido fórmico (conservante que inhibe bacterias y reduce el pH), por lo que no se generarán olores y no se requiere un sistema de abatimiento.

El sistema de tratamiento de aguas servidas no contempla el tratamiento de los lodos generados. El transporte de lodos desde la piscicultura hasta el vertedero autorizado será encargado a empresas que cuenten con resoluciones sanitarias vigentes, en camiones completamente estancos y cerrados que impiden escurrimientos, derrames y la emanación de olores durante su traslado. Adicionalmente, se implementará un plan de limpieza anual de las instalaciones, que considera| el retiro de los lodos acumulados en la fosa. En caso de que exista emanación de olores durante la operación del sistema de tratamiento de aguas servidas, se requerirá de inmediato a una empresa externa autorizada, para que extraiga las aguas servidas. Luego se procederá a limpiar los componentes con el fin de dejarlos aptos para su funcionamiento.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no generará aumento significativo en la concentración de gases odoríferos.

Componente ambiental afectado

Aire.

Parte, obra o acción que lo genera

Tratamiento de RILes.

Manejo de la mortalidad.

Operación del sistema de alcantarillado.

Fase en que se presenta

Operación.

Impacto ambiental

Pérdida de individuos o ejemplares de una población:

En el área del Proyecto, en la ribera del río, se encuentran especies arbóreas nativas como relicto del bosque originario, con presencia de Lingue (Persea lingue), Roble (Nothofagus obliqua), Boldo (Peumus boldus), Maitén (Maytenus boaria), Olivillo (Aexthoxicum punctatum), Canelo (Drymis winteri), Notro (Embothrium coccineum), y Arrayán (Luma apiculata). Esta área no será intervenida por el Proyecto. La zona de emplazamiento del Proyecto corresponde a una plantación de eucaliptus que será cortado y trasladado a una barraca.

Se contempla la extracción menor de vegetación por las actividades de despeje del terreno. De las especies identificadas, ninguna se encuentra en alguna categoría de conservación.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no generará pérdida significativa de individuos o ejemplares de una población.

Componente ambiental afectado

Flora.

Parte, obra o acción que lo genera

Escarpe y movimiento de tierras.

Fase en que se presenta

Construcción.

Impactos ambientales

1. Pérdida de individuos o ejemplares de una población de fauna terrestre.

2. Perturbación de fauna terrestre.

3. Modificación de la población de fauna terrestre.

 

El Titular entrega una caracterización a partir de antecedentes bibliográficos y observaciones de campo realizadas durante un día en la época de menor actividad (invierno). Además, presenta una justificación bibliográfica de por qué se espera que no se encuentren ejemplares de fauna, atendiendo a la no intervención del área con vegetación nativa y a la existencia de eucaliptus en el área a intervenir.

El Titular señala 3 potenciales especies de anfibios con distribución geográfica en o cercana al área del Proyecto, a saber: Rana chilena (Caudiverbera caudiverbera), Sapo rojo/rosado (Eupsophus roseus), y Sapo terrestre de Valdivia (Eupsophus vertebralis), las 3 especies en estado “vulnerable”. Para todas estas especies, las plantaciones forestales constituyen pérdida de su hábitat; por lo que el área de desarrollo del proyecto no constituye su hábitat de distribución.

Respecto a reptiles, las 2 especies potencialmente presentes en el área se encuentran en categoría de preocupación menor.

Dentro de la avifauna identificada en el área de influencia se registraron un total de 16 especies, de las cuales 15 se encuentran en riesgo menor y una vulnerable (Bandurria, Theristicus melanopis).

En cuanto a los micromamíferos se logró un registro de un roedor en cual no pudo ser identificado; respecto a los macromamíferos nativos identificados en el área de influencia del proyecto, se logró un registro de Pseudalopex sp. (zorro) cuyo estado de conservación es escasamente o inadecuadamente conocido.

Sin embargo, el Titular no presenta antecedentes de caracterización de fauna en la época de mayor actividad, lo que fue solicitado tanto en el ICSARA (punto 4.4) como en el ICSARA Complementario (punto 4.3).

 

Sin perjuicio de lo anterior, en atención a la magnitud de la intervención y a que el proyecto cuenta con un “Plan de contingencias y emergencia para situaciones que involucren fauna terrestre” (capítulo 7.1.8 del ICE), aun considerando la construcción y operación simultánea de las otras 2 pisciculturas, es posible descartar la generación de impactos en la fauna terrestre.

Componente ambiental afectado

Fauna.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las obras y actividades.

Fase en que se presenta

Construcción.

Impacto ambiental

4. Pérdida de individuos o ejemplares de una población de fauna íctica.

5. Perturbación de fauna íctica.

6. Modificación de la población de fauna íctica.

En relación a la fauna íctica, se entregó una caracterización en base a una campaña de un día y a un estudio de ecotoxicología prospectiva con un RIL concentrado de piscicultura, donde se concluye que ninguna de las concentraciones evaluadas del RIL presentan toxicidad aguda sobre juveniles del pez Gambusia affinis en un periodo de exposición de 96 horas.

Como medida ante el ingreso de fauna íctica se contempla la instalación de rejillas a la entrada de la captación.

Como medida ante el escape de fauna íctica al río, se tiene la instalación de rejillas al final de los canales de evacuación de las aguas en cada módulo de cultivo y el sistema de rotofiltros, el cual impide completamente la salida de peces por el efluente.

En el punto 1.6 de la Adenda se presenta un programa de mantención y revisión de sistemas de control de ingreso/salida de peces, que contempla limpieza, inspección visual y revisión de rejillas.

Componente ambiental afectado

Fauna.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las obras y actividades.

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulos 5.2 y 6.2 del ICE.

 

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

Alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

No se identificaron impactos asociados al uso del camino o asociados a la conectividad o aumento a los tiempos de desplazamiento de la población. La población no utiliza el camino de acceso al proyecto para su uso cotidiano, toda vez que el acceso a los predios adyacentes se realiza preferentemente desde la Ruta 5.

De acuerdo a los antecedentes del Proyecto, no existen impactos que, debido al proyecto, pudieran afectar a los habitantes de la ribera de San Pablo, sus campos y actividades, así como sus accesos, y recursos naturales; así como tampoco perciben que el aumento de la carga vial sea un factor de molestias a sus formas de vida, actividades económicas, y más precisamente para su conectividad.

El Proyecto contempla el abastecimiento de agua desde el Río Pilmaiquén, sin intervenir aguas superficiales que provean al consumo humano de la población del área de influencia. Por lo tanto, el efluente no genera impactos respecto de las actividades económicas de los fundos localizados en el área de influencia del Proyecto.

En relación a la carga vial del Proyecto, la magnitud del transporte no generará restricción a los espacios de cultivos de los fundos del sector Pilmaiquén. Así mismo, tampoco afectará a los transportes de camiones lecheros que transitan por el camino, ya que las condiciones del camino permiten el paso de dos camiones por la vía.

Respecto a los sitios de interés natural asociados al Río Pilmaiquén, se detectaron usos recreacionales en el tramo que va desde los 1.000 m aguas arriba y los 1.000 m aguas abajo del emplazamiento del Proyecto, incluidas zonas de baño a 240 m aguas abajo del Proyecto, pero no se identifican posibles restricciones al acceso y desplazamiento entres las zonas de baño producto de las obras y operaciones. Tampoco se observan factores que provengan del Proyecto que pudiera afectar los lugares de pesca dentro del Río Pilmaiquén, ya que no se intervendría el lecho del río o cuerpo de agua con obras que pudieran interferir la normal práctica de pesca o navegación.

Por otro lado, al no haber extracción de hierbas de uso medicinal o recursos florales de significado espiritual o cultural en el área de influencia, ni en las rutas de acceso o sus orillas, se puede descartar algún tipo de afectación en el ámbito de usos tradicionales por las obras del Proyecto.

En atención a sitios del patrimonio cultural indígena, dada la distancia de 24 km aguas arriba entre el Proyecto y el Santuario Kintuante, y la magnitud del mismo Proyecto, no se observan factores físicos que pudieran afectar el entorno natural o las actividades desarrolladas en el sitio por las comunidades del sector El Roble Carimallín, Maihue y otras comunidades indígenas de la Comuna de Río Bueno. Las familias indígenas más cercanas por el lado de la Comuna de Río Bueno tienen su área de distribución a unos 5 km aguas arriba en el sector Forrahue. Debido a la distancia de más de 15 km aguas abajo del área de influencia del Proyecto y el territorio indígena de Trumao y Quilacahuín, tampoco se observan factores que pudieran alterar las condiciones naturales usadas como recursos socioeconómicos.

Parte, obra o acción que lo genera

Transporte, captación y descarga.

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.3 del ICE.

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental

Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Componente ambiental afectado

Poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio:

Las familias mapuche identificadas, habitan a 700 m a 1.000 m de la ribera más próxima del Río Pilmaiquén (sus predios no son colindantes con el río). Las distancias entre el emplazamiento del Proyecto y las viviendas de estas familias están por sobre los 2,7 km en línea recta.

El análisis territorial no identificó presencia de áreas bajo protección oficial, áreas protegidas u otras áreas relevantes para un área de 3 km radio desde el Proyecto. El Proyecto no se emplaza en ninguna ZOIT y tampoco se identifican Áreas de Desarrollo Indígena (ADI).

 

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental

Alteración en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

No se identificaron zonas con valor paisajístico o turístico.

Como medida, se preservará una franja de exclusión de 50 m de ancho, con la vegetación nativa actual, y se mantendrá una franja de 30 m de plantación alóctona como cortina visual, alrededor del predio, que en su conjunto no serán intervenidos.

Componente ambiental afectado

Paisaje.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas.

Fase en que se presenta

Construcción operación.

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental

La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288:

En el predio del Proyecto fue detectado un sitio arqueológico denominado “Pilmaiquén 1”, en las siguientes coordenadas:

Vértice

Este

Norte

Msnm

1

670.126

5527.574

29

2

670.205

5527.594

30

3

670.195

5527.558

29

4

670.128

5527.621

31

El sitio corresponde a una probable ocupación habitacional de momentos alfareros, desde momentos tempranos, emplazado en la primera terraza sur del río Pilmaiquén, cuyos restos corresponden a algunas lascas de basalto para confeccionar sus instrumentos líticos y algunos fragmentos cerámicos. La escasez de material observado y la baja visibilidad del terreno no permiten determinar con exactitud la extensión del sitio, ni sus características específicas, pero se asume similar al patrón observado en la cuenca del río Pilmaiquén, con ocupaciones habitacionales mapuches y pre-mapuches que utilizan las primeras y segundas terrazas.

El Proyecto no intervendrá ninguno de los componentes culturales protegidos, localizando las obras del Proyecto fuera del área identificada al interior del predio, dejando un área de resguardo sin intervenir.

Como medida, se compromete la presencia de un arqueólogo durante las faenas de escarpe de las obras de construcción del Proyecto, con la finalidad de cautelar la detección de elementos pertenecientes al patrimonio arqueológico que puedan ser identificados fuera del área de prospección. Sin perjuicio de lo anterior, ante la eventualidad de registrarse hallazgos de restos eco o artefactuales subyacentes (fragmentos cerámicos, restos líticos, restos humanos, etc.) o paleontológicos (restos óseos de gran tamaño, molares, defensas, etc.), se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, de manera de proceder a evaluar su importancia y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales Nº 17.288).

Parte, obra o acción que lo genera

Escarpe y movimiento de tierras.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5.4 del ICE.

 

6°. Que, el Proyecto no presenta los antecedentes para acreditar que no genera los siguientes efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

6. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Cambio en las propiedades físicas, químicas y microbiológicas del agua.

El Proyecto contempla la captación del agua desde el río Pilmaiquén y su posterior devolución luego de un proceso de tratamiento de RILes y de aguas servidas. El agua captada asociada al Proyecto es de 3,33 m3/s, siendo la descarga común a los proyectos “Piscicultura San Pablo 1”, “Piscicultura San Pablo 2” y “Piscicultura San Pablo 3”, con una descarga total entre los tres proyectos de 10 m3/s.

Componente ambiental afectado

Agua terrestre superficial.

Parte, obra o acción que lo genera

Descarga del efluente de la planta de tratamiento de RILes y aguas servidas de las pisciculturas.

Fase en que se presenta

Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5.2.2 del ICE.

En atención a 1) la inadecuada caracterización del río, 2) la inadecuada caracterización del efluente de la planta de tratamiento de RILes, 3) la inadecuada caracterización de las emisiones que se descargan al río y 4) el inadecuado modelo de dilución e inexistencia de la determinación del área de influencia; no es posible descartar la generación de impactos significativos en el componente agua, de acuerdo a lo siguiente:

1. No se cuenta con una caracterización adecuada del río Pilmaiquén, siendo éste el cuerpo de agua desde el cual se extrae agua para la producción de salmones y al cual se descargan los residuos líquidos del sistema de tratamiento de RILes y del sistema de tratamiento de aguas servidas. Lo anterior, en atención a que se cuenta solamente con un monitoreo de las características fisicoquímicas del agua del río, realizado el 14 de julio de 2016, donde se midieron los siguientes parámetros: Cloruros, Nitrato, Nitrito, Nitrógeno Kjeldahl, Nitrógeno Total, pH, Fosforo Total, Aceites y Grasas, DBO5, Conductividad, y Sólidos suspendidos totales. Esto se considera insuficiente para dar cuenta de las características del río en el peor escenario, ya que se requieren datos del periodo de estiaje y, de acuerdo al régimen del río, éste sería durante el verano, no en el mes de julio. Lo solicitado por la autoridad, permite tener las características del río en el periodo de menor caudal, que es cuando las concentraciones de contaminantes del río podrían aumentar en atención a la disminución de la cantidad de agua disponible para su disolución.

La solicitud de mayores antecedentes durante el proceso de evaluación, se efectuó de acuerdo a lo siguiente:

- ICSARA: punto 4.3 c) “Entregar una caracterización físico-química de calidad de las aguas y sedimentos tanto en el área de influencia del proyecto como antes del punto de captación. Dicha caracterización deberá dar cuenta al menos de los períodos de máximo caudal y estiaje, además de la carga de contaminantes que aportará la operación simultánea de los proyectos Piscicultura San Pablo 1, 2 y 3, en relación a la carga que trae el río Pilmaiquén antes del punto de captación con el objeto de descartar una infracción a la prohibición de variar el instrumento de evaluación contemplada en el artículo 11 bis de la Ley N° 19.300”.

En atención a lo solicitado, el Titular en su Adenda responde lo siguiente: “La caracterización físico-química de calidad de las aguas y sedimentos del Río Pilmaiquén, se realizó en julio 2016, que debería corresponder a un mes de máximo caudal. Sin embargo, las condiciones hidrológicas del río se han visto afectadas por la sequía que ha afectado al país durante el año 2016, por lo que el río no se encuentra con su caudal pleno a la fecha del muestreo. Por otra parte, dado los tiempos asociados al ICSARA, no fue posible obtener registros para periodos de máximo y mínimo caudal. Los informes de la caracterización se adjuntan en los anexos a este documento”. Esto no representa mayor información respecto de lo informado en la DIA, ya que se adjuntan los mismos certificados de análisis presentados en la DIA.

 - ICSARA Complementario: punto 4.2.9 “Se reitera la solicitud de entregar una caracterización físicoquímica de calidad de las aguas y sedimentos tanto en el área de influencia del proyecto como aguas arriba de la bocatoma. Dicha caracterización deberá dar cuenta al menos de los períodos de máximo caudal y de estiaje. Esto con el objetivo de evaluar la afectación de la biota acuática y de acreditar la no contaminación de las aguas producto de la ejecución de las obras”.

En respuesta, el Titular señala en su Adenda Complementaria lo siguiente: “En la Adenda 1 (punto 4.3 c) se informa de la caracterización de las aguas superficiales del Río Pilmaiquén (Informes Hidrolab N° 330303-01 y N° 330304-01; y ANAM N° 3795078 y N° 3795079), los que se adjuntan a esta Adenda. El consolidado de los análisis se consulta en la tabla siguiente:” En este punto, el Titular presenta una tabla con los resultados del monitoreo presentados anteriormente en la DIA y en la Adenda. Adicionalmente, el Titular señala que “La caracterización físico-química de calidad de las aguas y sedimentos del Río Pilmaiquén, se realizó en julio 2016, que debería corresponder a un mes de máximo caudal. Sin embargo, las condiciones hidrológicas del río se han visto afectadas por la sequía que ha afectado al país durante el año 2016, por lo que el río no se encuentra con su caudal pleno a la fecha del muestreo, lo que se mantiene como caudal de estiaje. No es posible a la fecha obtener una caracterización del Rio Pilmaiquén para máximo caudal”.  Esto no representa mayor información respecto de lo informado en la Adenda.

A mayor abundamiento, es el propio Titular quien, en el punto 4.2.2.6 de la DIA, señala que “El río Pilmaiquén presenta un régimen principalmente pluvial, alcanzando sus mayores caudales en los meses de invierno y los mínimos a finales del verano. Durante el mes de julio se registra el caudal promedio mensual más alto”.

 

Al respecto, cabe señalar que no es técnicamente posible considerar como representativos los resultados de los monitoreos realizados en julio, ya que la mera presencia de una condición de sequía en un mes de invierno no puede ser homologada a la época efectiva de estiaje (verano). En consecuencia, el único monitoreo efectuado por el Titular no da cuenta de la época de menor caudal (peor escenario). En conclusión, no se cuenta con una adecuada caracterización del río, ya que no se proporcionaron datos de base representativos en el monitoreo.

 

2. No se cuenta con una adecuada caracterización del efluente de la planta de tratamiento de RILes:

Primero, porque, de acuerdo a lo señalado en el punto anterior, no se cuenta con una caracterización adecuada del agua que ingresa al sistema, captada desde el río Pilmaiquén; segundo, porque las concentraciones del RIL tratado presentadas en la Adenda Complementaria no concuerdan con la tasa de remoción indicadas en los puntos 4.1 y 4.2.3 de la misma Adenda Complementaria; y tercero, porque no indica claramente si utilizará malla de 60 micras en los rotofiltros (punto 4.2.4 de la Adenda Complementaria).

 

3. No se cuenta con una adecuada caracterización de las emisiones que se descargan al río: Atendidas las razones argumentadas en los puntos 1 y 2 anteriores, sumadas a que el efluente de las 3 plantas de tratamiento de RILes de las 3 pisciculturas será mezclado con el efluente de las plantas de tratamiento de aguas servidas de los proyectos, situación de la que no se da cuenta en la estimación de estas emisiones, por lo que se considera que la caracterización del efluente de la planta de tratamiento de RILes no es adecuada.

 

4. No se cuenta con un adecuado modelo de dilución que permita determinar el área de influencia del proyecto: atendidas las razones ya planteadas en los puntos 1, 2 y 3 anteriores, sumado al hecho de que el Titular presentó en su DIA una simulación de la dispersión de contaminantes mediante una modelación en base a la utilización del software DESCAR 3.2, cuya idoneidad fue cuestionada durante la evaluación ambiental del Proyecto. El Titular reemplazó la utilización de un software para determinar la dilución de la descarga al río, por una fórmula (ecuación de dilución propuesta por Jolankai), la cual tampoco da cuenta del ámbito geográfico asociado a la descarga. Es así como el Proyecto, en definitiva, no cuenta con una determinación del ámbito geográfico de la descarga.

La solicitud de mayores antecedentes durante el proceso de evaluación, se efectuó de acuerdo a lo siguiente:

- ICSARA: punto 4.3 e) “Respecto al software DESCAR 3.2, utilizado para simular la dispersión de contaminantes en el agua, se solicita justificar técnicamente su aplicabilidad en el río Pilmaiquén, considerando el tipo de modelo de dispersión que contiene el software y las características geométricas e hidráulicas del cuerpo receptor”. Al respecto, el Titular entrega información referida al modelo utilizado y señala que “Respecto a las características geométricas del sector, el modelo considera la emisión de líquido contaminante en un medio acuático con una corriente uniforme y de tamaño infinito en todas las direcciones, lo que es subsanado al considerar sólo la concentración de contaminantes en el centro del penacho modelado, que es el escenario más desfavorable del modelo (ver Gráfico 6 y Gráfico 7). Las características hidráulicas sí son consideradas por el modelo, al utilizar valores de densidad, velocidad y dirección en el cálculo del penacho contaminante”.

- ICSARA Complementario: punto 4.2.5 “Entregar una justificación técnica que sustente que en caso de no cumplirse el supuesto del tamaño del medio acuático que considera el modelo escogido, esto sería subsanado al considerar sólo la concentración del contaminante en el centro del penacho. Lo anterior en atención a que en el punto 4.3 letra e) punto i de la Adenda se señala que: “Respecto a las características geométricas del sector, el modelo considera la emisión de líquido contaminante en un medio acuático con una corriente uniforme y de tamaño infinito en todas las direcciones, lo que es subsanado al considerar sólo la concentración de contaminantes en el centro del penacho modelado, que es el escenario más desfavorable del modelo (…)”. A mayor abundamiento, gran parte de la respuesta a la observación consiste en señalar las fórmulas utilizadas por el software y no presenta un análisis de la validez del modelo frente a las características geométricas e hidráulicas del cuerpo receptor”. Al respecto el Titular propone la utilización de la ecuación de dilución de Jolankai, señalando que “Finalmente, considerando que la ecuación utilizada es en sí un modelo matemático, es que se decide utilizar la información ya generada y disponible en esta Adenda Complementaria, para evidenciar que el desarrollo de una modelación adicional no aporta información más relevante al análisis, de lo que ya se ha entregado”.

En relación a la pregunta 4.2.1 del ICSARA Complementario cabe señalar que el uso de alimento medicado dependerá de la biomasa enferma, sin considerar el peor escenario posible. Al respecto se hace presente que en la evaluación ambiental siempre se debe considerar el peor escenario.

 

Respecto de lo señalado por el Titular en su Adenda Complementaria, en cuanto a que “Sin embargo, como información objetiva, se entregó a la autoridad la referencia de cuantos tratamientos con sal pueden ser realizados sin sobrepasar una concentración de Cloruros de 200 mg/l en la descarga del efluente. Esto cumple con los límites establecidos en el DS 90/00 MINSEGPRES y la NCh 1.333/78. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular considerará la utilización de sal líquida por su menor aporte en sodio”, se hace presente que el cumplimiento de la normativa no representa la no generación de impactos, ya que en materia de impactos debe ser considerado que el valor de concentración base de cloruros, que en este caso sería de 4,13 mg/l, y el valor indicado por el Titular es 50 veces mayor (200 mg/l).

De acuerdo a lo anterior, respecto de si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, se hace presente que, para el tratamiento de los RILes del proceso de producción, se propone un sistema de rotofiltros, sin embargo en atención a 1) la inadecuada caracterización del río, 2) la inadecuada caracterización del efluente de la planta de tratamiento de RILes, 3) la inadecuada caracterización de las emisiones que se descargan al río y 4) el inadecuado modelo de dilución e inexistencia de la determinación del área de influencia no es posible descartar la generación de impactos en el agua.

 

7°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

7.1. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

 

7.1.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 119 del Reglamento del SEIA. Permiso para realizar pesca de investigación.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Captación y descarga,

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Realización de seguimiento con una periodicidad anual.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 104, de 27 de marzo de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que informa que el Proyecto da cumplimiento a los requisitos del Permiso y aprueba el seguimiento planteado por el Titular durante la evaluación ambiental.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.1 del ICE.

 

7.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

7.2.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 138 del Reglamento del SEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Operación del sistema de alcantarillado.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° B32/2760, de 7 de septiembre de 2016, del Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, que indica que se han acreditado los contenidos técnicos y formales establecidos para su otorgamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.1 del ICE.

 

7.2.2. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 139 del Reglamento del SEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Tratamiento de RILes (rotofiltros).

Desinfección del efluente.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° B32/2759, de 7 de septiembre de 2016, del Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, que indica que se han acreditado los contenidos técnicos y formales establecidos para su otorgamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.2 del ICE.

 

7.2.3. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del Reglamento de SEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos.

Manejo de la mortalidad.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° B32/2760, de 7 de septiembre de 2016, del Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, que indica que se han acreditado los contenidos técnicos y formales establecidos para obtener el citado permiso para el sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos, que se habilitará para la fase de operación del Proyecto.

Asimismo, se han acreditado todos los contenidos técnicos y formales establecidos, para el sistema de tratamiento de mortalidades (ensilaje). Sin perjuicio de ello, cabe aclarar que a este sistema no le es aplicable el literal c del artículo 140, toda vez que estos contenidos se orientan a instalaciones de manejo de residuos orgánicos, que se realizan en condiciones distintas de las descritas para este Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.3 del ICE.

 

7.2.4. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 142 del Reglamento del SEIA. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos peligrosos.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° B32/2760, de 7 de septiembre de 2016, del Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, que indica que se han acreditado durante la evaluación los contenidos técnicos y formales establecidos para su otorgamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.4 del ICE.

 

7.2.5. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 155 del Reglamento del SEIA. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Canal de restitución, canal de conducción y red de distribución de agua.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Presentar un único expediente en la tramitación sectorial para los tres proyectos.

El Titular presenta la información para acreditar el cumplimiento de los contenidos técnicos y formales del PAS en el punto 3.2.2 de la Adenda Complementaria. 

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N°17 de 22 de marzo de 2017, de la Dirección General de Aguas, que señala que el Proyecto cumple con los requisitos y contenidos del permiso ambiental sectorial del PAS 155 y establece condiciones.

Ord. N°21 de 3 de abril de 2017, de la Dirección General de Aguas, que otorga el PAS 155.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.5 del ICE.

 

Cabe hacer presente en cuanto al monitoreo del caudal ecológico consignado en la Res. DGA N° 196/98, el Titular ha comprometido reportar a la Autoridad Ambiental el cumplimiento de este caudal en base a los monitoreos de la DGA en la estación oficial río Pilmaiquén en San Pablo (BNA10328001-K), distante unos 650 metros aguas abajo de la captación del Proyecto. Al respecto y considerando que la vida útil del Proyecto es indefinida, ante la eventualidad de que la estación San Pablo se suspenda temporal o definitivamente y no exista una estación oficial DGA válida que le reemplace para cumplir con el mismo cometido, el Titular deberá buscar el medio técnicamente confiable para verificar e informar a la Autoridad Ambiental el compromiso en comento.

 

7.2.6. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 160 del Reglamento del SEIA. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las obras del Proyecto.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N°1216/2017, de 17 de marzo de 2017 del Servicio Agrícola y Ganadero.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.6 del ICE.

 

El Ord. N° 1216/2017, de 17 de marzo de 2017, del Servicio Agrícola y Ganadero, señala que el Titular no presenta todos los antecedentes técnicos para el otorgamiento del PAS, específicamente lo siguiente: “El Titular no consolida los contenidos técnicos y formales del PAS como fueron solicitados en el ICSARA.

Respecto de la caracterización del suelo a la que se refiere el literal b.5 del artículo 160 del DS/2012, el Titular realiza descripciones fuera del área sujeta a PAS,  sólo presenta una calicata la cual está ubicada en un sector que, según señala el Titular, no será intervenido, por ser parte de la franja de exclusión, por lo tanto no es representativa y no puede ser extrapolada al área de influencia del Proyecto, más aun si se considera que el punto de muestreo se encuentra cercano a un curso de agua y las obras están más retiradas de este curso, pudiendo existir diferencias sustanciales en cuanto a la capacidad de uso de suelo y que de acuerdo a información de CIREN, que debe ser considerada como referencial, estarían en suelos de capacidad de uso III, siendo este valor diferente al presentado por el Titular”.

Al respecto, el Titular en su Adenda Complementaria (punto 3.4) entregó los siguientes antecedentes: El estudio de suelo se realizó para toda la superficie del predio, de 21,26 Há. La subdivisión predial se considera para los 3 sectores identificados en los proyectos San Pablo 1, 2, y 3; siendo para San Pablo 3 de 4,42 Há aproximadamente. A continuación, se muestra la caracterización del suelo según la Pauta Oficial de Suelo del SAG, para el punto b5 del PAS 160 del DS40/13 Ministerio del Medio Ambiente”.

Si bien el Titular en su Adenda Complementaria entrega una caracterización del suelo según pauta oficial de suelo SAG, tal como se expresa en el Ord. N°1216/2017, de 17 de marzo de 2017 del Servicio Agrícola y Ganadero, y de acuerdo a lo solicitado en el ICSARA Complementario, el Titular se limita a presentar información  para describir el suelo en base a sólo una calicata que se encuentra fuera del área de emplazamiento de las obras, considerándose por ello que ésta no es representativa del área del proyecto y por tanto, que la información ambiental presentada es insuficiente para el otorgamiento del Permiso, en concordancia con lo señalado por el SAG en el citado pronunciamiento.

 

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Acuicultura

Norma

D.S. 430/92, Ley General de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Economía.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Captación de aguas y tratamiento y descarga de RILes, tratamiento de residuos sólidos.

Forma de cumplimiento

El Proyecto dará uso sustentable de los recursos disponibles para el cultivo de recursos hidrobiológicos en la piscicultura. Se efectuarán monitoreos periódicos de operación del centro.

Se tratarán los efluentes, a fin de tratar los contaminantes generados por la actividad del cultivo de peces. No se introducirán contaminantes, agentes químicos, biológicos o físicos que pudiesen causar daño a los recursos hidrobiológicos. Se desinfectará el efluente. No habrá uso/cultivo de organismos genéticamente modificados.

Se dispondrán los desechos o residuos sólidos en condiciones que no perjudiquen el medioambiente, así como su acumulación, transporte y disposición final se realizará de acuerdo a lo establecido por la autoridad competente. Se mantendrá la limpieza del entorno. Se establecerán los planes de contingencia ambientales. Se dispondrá de un sistema de prevención de escape de ejemplares en cultivo.

Indicador que acredita su cumplimiento

RCA favorable.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.1.

 

8.2. COMPONENTE/MATERIA: Acuicultura.

Norma

D.S. 320/01, Reglamento Ambiental para la Acuicultura, Ministerio de Economía.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Captación de aguas y tratamiento y descarga de RILes, tratamiento de residuos sólidos.

Forma de cumplimiento

Se dispondrán los desechos o residuos sólidos en condiciones que no perjudiquen el medioambiente, así como su acumulación, transporte y disposición final se realizará de acuerdo a lo establecido por la autoridad competente. Se mantendrá la limpieza del entorno. Se establecerán planes de contingencia ambientales. En caso de escape, se informará a la Dirección del Servicio Nacional de Pesca de acuerdo a lo establecido por el reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ingreso de datos de residuos a sistema SINADER. Obtención de certificados de disposición final de residuos. Ingreso de datos productivo a SIFA. Ingreso para visación a Sernapesca de Planes de Contingencia RAMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.2.

 

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Residuos y aguas servidas.

Norma

D.F.L. 725/67, Código Sanitario, Ministerio de Salud Artículos 71.b, 78-80.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Operación sistema de alcantarillado.

Tratamiento de RILes (rotofiltros).

Desinfección del efluente.

Manejo de la mortalidad (sistema de ensilaje).

Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos.

Forma de cumplimiento

El Proyecto contará con un sistema de tratamiento para RILes y aguas servidas y los residuos sólidos generados por el Proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de las descargas y controles realizados al efluente más certificados de empresas autorizadas para recepción de desechos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.3 del ICE.

 

8.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos y aguas servidas.

Norma

D.S. 236/26, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Ministerio de Salud. Artículo 1.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Operación sistema de alcantarillado.

Forma de cumplimiento

El Titular proveerá de un sistema de alcantarillado particular según normativas vigentes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Proyecto agua potable autorizado por SEREMI de Salud.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.4 del ICE.

 

8.5. COMPONENTE/MATERIA: Contingencias

Norma

Res 3.612/09, Subsecretaría de Pesca, Aprueba Resolución que Fija las Metodologías para Elaborar la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la Información Ambiental, Subsecretaría de Pesca

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Cultivo de salmónidos, tratamiento de RILes (rotofiltros), manejo de la mortalidad (sistema de ensilaje) y manejo sanitario.

Forma de cumplimiento

Se enviará todos los años (en el mes de febrero) el formulario resumen de contingencias.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe de contingencias.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.5 del ICE.

 

8.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos.

Norma

D.S. 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugares de trabajo, Ministerio de Salud. Artículos 16 al 20.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Aplicable a todo el proyecto.

Forma de cumplimiento

El Titular garantizará en todas las fases del Proyecto las condiciones sanitarias y de seguridad básicas para sus trabajadores. Los residuos serán dispuestos en lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización sanitaria emitida por la SEREMI de Salud respectiva. Certificados de disposición de residuos en lugar autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.6 del ICE.

 

8.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. 38/11, Norma de emisión de ruidos, Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Aplicable a todo el proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto cumple lo dispuesto en la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados de emisión de ruido en dBA bajo la norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.7 del ICE.

 

8.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos.

Norma

D.S. 148/03, Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud. Artículos 4 al 9.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Aplicable a toda la operación del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto presenta un programa de manejo de residuos peligrosos y caracteriza cuantitativamente las sustancias peligrosas a manejar. La eliminación de los residuos se realizará en centros que cuenten con la autorización sanitaria respectiva (certificado de traslado, o recepción de residuos en vertedero autorizado).

Indicador que acredita su cumplimiento

Mantención de registro de empresas partícipes en los traslados de dichas sustancias y/o residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.8 del ICE.

 

8.9. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas.

Norma

NCh 382/04, Sustancias Peligrosas - Clasificación general.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Manejo de la mortalidad (sistema de ensilaje).

Forma de cumplimiento

Se utilizará ácido fórmico para el ensilaje de la mortalidad. Se almacenará 2 bidones de 60 l (menor a 10 ton y 600 kg).

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados de la empresa proveedora de las sustancias peligrosas y de la que haga recepción los residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.9 del ICE.

 

8.10. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de cargas.

Norma

D.S. 298/94, Normativa que reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y/o cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte en las fases de construcción y de operación.

Forma de cumplimiento

Se considera el transporte de cargas a través de contratación de servicios externos. No se considera el transporte de explosivos o materiales radiactivos. Se otorgará la contratación del servicio a empresas que cuenten con las autorizaciones sectoriales necesarias, y que den cuenta del cumplimiento del D.S.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados de empresas, vehículos y choferes autorizados para estas funciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1.10 del ICE.

 

8.11. COMPONENTE/MATERIA: Agua

Norma

D.S. 90/00, Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sistema de Tratamiento de RILes y descarga.

Forma de cumplimiento

El Proyecto considera un sistema de tratamiento de efluentes, y realizará monitoreo permanente del efluente de acuerdo al programa de monitoreo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Monitoreo permanente del efluente de acuerdo al programa de monitoreo.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.1 del ICE.

 

8.12. COMPONENTE/MATERIA: Agua.

Norma

D.S. 1/92, Reglamento para la Contaminación Acuática, Ministerio de Defensa Nacional.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Tratamiento de RILes (rotofiltros).

Forma de cumplimiento

No se arrojarán residuos que puedan ocasionar daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de mantención de equipos e inspección visual de entorno de la piscicultura sobre el río.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.2 del ICE.

 

8.13. COMPONENTE/MATERIA: Agua

Norma

D.F.L. 1.122/81, Código de Aguas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Canal de restitución, canal de conducción y red de distribución de agua.

Forma de cumplimiento

El Titular declara que el uso y restitución de aguas se realizará sin afectar los derechos de terceros en todas sus formas.

El Titular presentó los antecedentes para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 155 de Reglamento del SEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Descripción de actividades y cumplimiento de las normas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.3 del ICE.

 

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Aire.

Norma

D.S. 138/05, Establece obligación de declarar emisiones que indica, Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generador eléctrico.

Forma de cumplimiento

Se declararán las emisiones del equipo electrógeno de respaldo energético según formulario 138.

Indicador que acredita su cumplimiento

Declaración de emisiones según formulario 138.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.4 del ICE.

 

8.15. COMPONENTE/MATERIA: Aire.

Norma

D.S. 75/87, Regula el transporte de escombros u otros materiales, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Artículos 1 al 5, y 9.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte.

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla el transporte de lodos del rotofiltro, mortalidad ensilada, y ovas/peces. Para los dos primeros, el transporte se realizará a través de servicios de terceros, los cuales considera el uso de camiones cerrados, tipo aljibe, los que cuentan con autorización sanitaria respectiva.

Para el transporte de peces, se utilizan estanques estancos y/o estanque tipo aljibe. Para todos los casos, el transporte se realizará en camiones cerrados, resistentes e impermeables, por lo que no habrá filtraciones o emisión de material particulado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Elaboración de un sistema de registro a vehículos encargados del transporte de sustancias, productos u otros materiales disponibles a la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.5 del ICE.

 

8.16. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

D.S. 55/94, Norma de emisión a vehículos motorizados pesados, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte.

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá al contratista, así como a los vehículos de la misma empresa la utilización de vehículos motorizados pesados que cumplan con lo señalado en esta norma y que cuenten con revisiones técnicas al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de vehículos que participen en labores para el Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.6 del ICE.

 

8.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural.

Norma

Ley 17.288/70, Ley de Monumentos Nacionales, Ministerio de Educación. Artículo 26.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Escarpe y movimiento de tierras.

Forma de cumplimiento

En caso de producirse un hallazgo de ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se informará inmediatamente al Gobernador provincial y Carabineros para su custodia, hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

Durante la construcción se contará con un arqueólogo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe y registro de actividades realizada y compromiso de reporte a las autoridades pertinentes en caso de encontrar nuevos hallazgos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2.7 del ICE.

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

9. 1. Monitoreo diario del río Pilmaiquén en periodo de verano

Impacto asociado

Cambio en las propiedades físicas, químicas y microbiológicas del agua, que afecten los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: proteger el uso recreacional del balneario ubicado en la ribera del Río Pilmaiquén.

Descripción: El programa de monitoreo diario propuesto durante el periodo de verano, considera aquellos parámetros que puedan ser determinados in situ mediante un kit multi paramétrico, tales como: T°, pH, nitratos, nitritos, fósforo, oxígeno disuelto.

JustificaciónProximidad de la descarga del Proyecto a zonas de uso (balneario) por parte de usuarios estivales residentes y visitantes, distantes 240 m (la primera zona de uso) y 540 m (la segunda) ambas aguas abajo de la descarga.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Aguas abajo de la descarga del efluente tratado del Proyecto

Forma: Parámetros que puedan ser determinados in situ mediante un kit multi paramétrico, tales como: T°, pH, nitratos, nitritos, fósforo, oxígeno disuelto.

Los resultados diarios serán publicados con un desfase de 24 horas en una página específica en redes sociales, tales como: Facebook, Twitter, LinkedIn, Google+ u otra, con el objetivo que esté disponible para consulta de libre acceso por la población.

Durante el periodo de estiaje se implementará un semáforo de colores en la zona de descarga del Proyecto: i) Verde para descarga bajo límites de la norma; y ii) Amarillo para cuando se obtenga algún parámetro sobre norma, mientras se activen las medidas de emergencia y se obtengan resultados de remuestreos. Se considerará las NCh1.333/78 y NCh 408/84 y el D.S. 90/00 MINSEGPRES.

Oportunidad: diariamente durante el verano.

Indicador que acredite su cumplimiento

N/A

Forma de control y seguimiento

N/A

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10.1 del ICE.

 

Se hace presente que esta Dirección Ejecutiva estima deficiente la descripción del compromiso propuesto por el Titular Respecto de las solicitudes que efectúa el Servicio mediante ICSARA (punto 1.29 letra c) e ICSARA Complementario (punto 6.1). El Titular no presentó una propuesta que cumpliera con el objetivo planteado. Lo anterior dado que en Adenda Complementaria, el Titular no indica taxativamente los parámetros a monitorear y además no considera el parámetro DBO5 en la Adenda Complementaria,  que sí fue incluida en la Adenda);.Por otra parte, no especifica la fecha de inicio y término de los monitoreos; propone un sistema de alerta que induce a error por parte de la comunidad, ya que considera colores verde y amarillo, sin incluir el rojo, el que debiera representar una superación de la norma; y finalmente, no propone un sistema adecuado para dar a conocer los resultados de los monitoreos a la comunidad, proponiendo la publicación de los resultados de los monitoreos con un día de desfase en una red social a determinar.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las siguientes

 

10.1. Falla en el sistema de tratamiento de aguas servidas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Operación sistema de alcantarillado.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Implementar un plan de limpieza anual del sistema de tratamiento de aguas servidas.

- En forma posterior a una emergencia, evaluar las causas y determinar las acciones correctivas para controlar una futura emergencia.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Dar aviso inmediato al encargado del centro, el cual comunicará a personal capacitado para actuar ante esta emergencia.

- Contactar a una empresa externa autorizada para el retiro, tratamiento y disposición final de aguas servidas.

- En caso de derrame, absorber con aserrín y disponerlo temporalmente en contenedores cerrados, para su posterior disposición final en un vertedero autorizado.

- Luego de controlado el derrame, regar la zona afectada con abundante agua para diluir restos del derrame.

- Se considerará superada la emergencia cuando el riesgo haya sido controlado y evaluado totalmente, esta determinación será tomada por el encargado de centro.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la efectividad de las medidas implementadas.

En el caso que en la emergencia se afecte algún recurso natural o la biodiversidad, reestablecer las condiciones previas a la emergencia en el sitio afectado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.1 del ICE.

 

10.2. Falla en el sistema de rotofiltros.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Tratamiento de RILes (rotofiltros).

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Mantener siempre disponible un rotofiltro adicional.

- Realizar un adecuado programa de mantención de rotofiltros.

- En forma posterior a una emergencia, evaluar las causas y determinar las acciones correctivas para controlar una futura emergencia.

- Mantener en la bodega de mantención un stock de repuestos para los filtros.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

Si la falla del sistema se debe a un corte de la energía eléctrica se activará el sistema auxiliar de equipos generadores.

- Realizar los ajustes de sensibilidad necesarios.

- Sacar cualquier objeto o material biológico que esté interfiriendo en el proceso.

- Reemplazar las piezas dañadas.

Si no es posible solucionar a la brevedad la falla:

- Detener la alimentación de los peces hasta que las acciones de reparación en los filtros hayan logrado recuperar la capacidad de filtración.

- Regular las tasas de recambio de agua de los estanques.

Si no es posible solucionar la falla con los medios que se cuentan en la bodega de materiales, se deberá:

- Revisar el funcionamiento de los sistemas de alimentación.

- Revisar las tasas de flujo de agua en los estanques.

- Revisar el funcionamiento de las descargas de los estanques.

- Revisar las densidades de crianza en los estanques. 

Forma de control y seguimiento

Realizar una bitácora de emergencias.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.2 del ICE.

 

10.3. Mortalidades masivas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Cultivo de salmónidos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Realizar un adecuado control sanitario.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Disponer la mortalidad en el sistema de ensilaje hasta el máximo de su capacidad.

- Disponer la mortalidad en bins, previa autorización del Servicio Nacional de Pesca.

- Dar  cuenta de esta emergencia al Servicio Nacional de Pesca y preparar un informe final.

Forma de control y seguimiento

El seguimiento se realizará mediante la revisión de los documentos generados para despacho de mortalidad ensilada y reportes al Servicio Nacional de Pesca.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.3 del ICE.

 

10.4. Derrame de productos químicos y combustibles.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases.

Parte, obra o acción asociada

Aplica a la totalidad del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Capacitar en el manejo de productos químicos al personal que manipule el estanque de combustible y la bodega de químicos.

- Almacenar los productos químicos en la bodega de químicos.

- Realizar el ingreso al establecimiento de productos químicos a medida que se vaya utilizando el stock disponible.

- Realizar el manejo de químicos dentro de la bodega de químicos.

- Usar detergentes y desinfectantes biodegradables.

- Efectuar el transporte de químicos desde la bodega hasta el lugar en donde se utilizarán en envases cerrados.

- La bodega de químicos y el estanque de combustibles tendrán protecciones (cierres) para evitar la manipulación de personal no autorizado.

- Manejar el ácido fórmico en sus envases originales.

- Mantener la dosificación del ácido fórmico en forma automática por bomba eléctrica.

- Mantener el ácido fórmico instalado dentro del sistema de ensilaje, el que cuenta con pretil para evitar derrames.

- Almacenar el combustible solamente en el estanque de 1.000 litros especialmente dispuesto para estos fines.

- Para los movimientos internos de combustibles (abastecimiento para equipo generador u otros), utilizar bidones de 20 litros y al momento de la carga, utilizar paños absorbentes sobre la superficie del suelo para retener salpicaduras de combustible.

- Realizar el llenado del estanque de almacenamiento de combustible por camiones surtidores en ruta, los cuales cuentan con todas las resoluciones, certificaciones necesarias y personal altamente capacitado y con experiencia en este tipo de trabajos. 

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Cualquier persona que detecte un derrame debe dar aviso.

- Evacuar al personal, de ser necesario.

- Contener el derrame. 

- En caso de derrame al río, contener (de ser posible) el derrame con una barrera flotante aguas abajo, y contactar a empresas especializadas para recuperar el combustible o químico que ha sido posible contener en las barreras flotantes, luego de lo cual será dispuesto como residuo peligroso.

- Comunicar la emergencia a la Superintendencia del Medio Ambiente, informando cantidad aproximada del derrame y producto involucrado.

Forma de control y seguimiento

Informes de la contingencia a autoridades correspondientes, y Certificados de disposición final del residuo recuperado

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.4 del ICE.

 

10.5. Derrame de lodos orgánicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Tratamiento de RILes.

Operación del sistema de alcantarillado.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Almacenar temporalmente los lodos que se generen en la piscicultura en construcciones especialmente diseñadas para este fin.

- Los lodos serán retirados por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y que cuenten con experiencia. Las empresas contarán con planes de contingencia ante posibles derrames.

- Verificar que las uniones entre el camión recolector y los estanques de almacenamiento de lodos estén bien acopladas.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Dar aviso inmediato al encargado del centro, el cual comunicará a los operarios capacitados para actuar ante esta emergencia.

- Contactar a una empresa externa autorizada para el retiro, tratamiento y disposición final de lodos.

- Disponerlo temporalmente en contenedores cerrados, para su posterior disposición final en un vertedero autorizado.

- Luego de controlado el derrame, regar la zona afectada con abundante agua para diluir restos del derrame.

- Se considerará superada la emergencia cuando el riesgo haya sido controlado y evaluado totalmente, esta determinación será tomada por el encargado de centro.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la efectividad de las medidas implementadas.

En el caso que en la emergencia se afecte algún recurso natural o la biodiversidad, reestablecer las condiciones previas a la emergencia en el sitio afectado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.5 del ICE.

 

10.6. Escape masivo de peces.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Cultivo de salmónidos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Mantener en buen estado las rejillas y los rotofiltros.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Detectar el origen del escape a modo de evitar que se mantenga la fuga de peces, eliminando la fuente de escape de los peces.

- Capturar los salmones escapados desde el área de filtrado de sólidos, área que difícilmente podrían pasar dado el diseño del funcionamiento de los rotofiltros.

Forma de control y seguimiento

Informes de la contingencia a Sernapesca, informe de recaptura de los peces, y e informes de contingencias anuales.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.6 del ICE.

 

10.7. Pérdida de alimento.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Cultivo de salmónidos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Realizar un adecuado procedimiento de alimentación.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Recuperar el alimento desde la estructura en la cual de forma de reducir la posibilidad de un aporte extra de carga al RIL.

- Disponer el alimento recuperado como residuo en bins u otro tipo de contenedores.

Forma de control y seguimiento

Informes de la contingencia a Sernapesca, certificados de disposición final de alimento recuperado e informes de contingencias anuales.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.7 del ICE.

 

10.8. Situaciones que involucren fauna terrestre

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases

Parte, obra o acción asociada

Transporte

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Educar y capacitar al personal del proyecto respecto de la fauna existente en el lugar y de la importancia de su conservación.

- Instalar en el ingreso del camino de acceso al predio donde se ubica el proyecto, un cartel informativo indicando velocidad máxima de movimiento, y alertando del posible tránsito de fauna terrestre.

Para prevenir un encuentro con fauna, la intervención del borde río en la zona de las obras de captación/restitución del proyecto será a fines del verano y comienzos de otoño, realizando una intervención previa con un raleo manual del terreno, retirando troncos y piedras lo que permitirá el desplazamiento de anfibios fuera de la zona afectada. Posteriormente, se considera una intervención controlada a fin de perturbar un mínimo que permita el desplazamiento de reptiles fuera de la zona afectada.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

En caso de encuentro con fauna silvestre, se implementarán las siguientes medidas:

Actividad

Riesgos Potenciales

Control de Riesgos

Identificación del encuentro

Alteración de la biodiversidad de fauna en el sitio de intervención

Para evitar estrés del individuo, se tratará de generar la mínima perturbación posible. No se realizarán movimientos bruscos que espanten al animal.

Encuentro

Se Informará al SAG del encuentro.

Rescate

Mordedura de animal

Se utilizará pértiga telescópica para rescate del animal, en caso de ser necesario

Traslado

Alteración del animal rescatado

El transporte se dispondrá en cajas/jaulas de transporte de animales

Liberación

-

-

Ante un evento de atropello de fauna se deberá informar al jefe de centro y se procederá a asistir al animal involucrado en algún centro médico veterinario cercano. Cuando el animal se recuperé se procederá a liberarlo en un hábitat similar al original.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la efectividad de las medidas implementadas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.8 del ICE.

 

 

10.9. Derrame accidental de material hacia el Río Pilmaiquén

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases

Parte, obra o acción asociada

Aplica a la totalidad del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Mantener las obras alejadas del río.

- En forma posterior a una emergencia, evaluar las causas y determinar las acciones correctivas para controlar una futura emergencia.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Si es detectada pérdida de material hacia el río, se evitará que se siga vertiendo material, conteniendo como sea posible la pérdida.

- El trabajador que detecte la pérdida debe dar aviso.

- Asegurar que la causa de la pérdida accidental de material al río ha sido contenida eficazmente.

- Determinar la cantidad de material incorporada al río y determinar los medios que serán necesarios para extraerlo

- Recuperar el material, de forma que estas actividades generen el menor impacto en el ecosistema acuático, procurando en todo momento restablecer las condiciones originales del río.

- Clasificar y disponer el material recuperado como residuo en sitios de disposición final autorizados, los que podrán variar dependiendo de la clasificación del tipo de residuo que se haga.

- Dar aviso de la ocurrencia de la emergencia a la Superintendencia del Medio ambiente

- Generar un reporte oficial de la emergencia, en el que se consigne al menos: fecha de ocurrencia, hora, tipo y cantidad de material involucrado, recursos humanos y materiales que intervienen en la recuperación del material, acciones de recuperación implementadas, cantidad de material recuperado, disposición final del material recuperado.

- De ser necesario, implementar un plan de seguimiento y medición del componente ambiental afectado.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la efectividad de las medidas implementadas.

En el caso que la emergencia afecte algún recurso natural o la biodiversidad, reestablecer las condiciones previas a la emergencia en el sitio afectado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.9 del ICE.

 

10.10. Afectación al componente suelo.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases.

Parte, obra o acción asociada

Aplica a la totalidad del Proyecto.

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- En forma posterior a una emergencia, evaluar las causas y determinar las acciones correctivas para controlar una futura emergencia.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- Eliminar de inmediato la causa que está generando la afectación.

- El trabajador que detecte la situación de emergencia sobre el componente suelo debe dar aviso de inmediato.

- Asegurar que la causa que está originando la afectación sobre el componente suelo haya sido contenida eficazmente.

- Evaluar la situación, considerando el material que está provocando la afectación y la superficie de suelo afectada para determinar cuáles son las medidas necesarias para evitar mayor afectación sobre el suelo.

- Implementar acciones de limpieza del sector afectado.

- Si es necesario y posible, recuperar el material que ha producido la emergencia.

- Remover la superficie de suelo contaminado,

- El material recuperado o el suelo removido será clasificado y dispuesto como residuo en sitios de disposición final autorizados, los que podrán variar dependiendo de la clasificación del tipo de residuo.

- Generar un reporte oficial de la emergencia, en el que se consigne al menos: fecha de ocurrencia, hora, tipo y cantidad de material involucrado, recursos humanos y materiales que intervienen en la recuperación del material, acciones de recuperación implementadas, cantidad de material recuperado, disposición final del material recuperado.

- De ser necesario, implementar un plan de seguimiento y medición del componente ambiental afectado.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la efectividad de las medidas implementadas.

En el caso que en la emergencia afecte algún recurso natural o la biodiversidad, reestablecer las condiciones previas a la emergencia en el sitio afectado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.10 del ICE.

 


 

10.11. Incendios en el área del proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases.

Parte, obra o acción asociada

Aplica a la totalidad del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- En forma posterior a una emergencia, evaluar las causas y determinar las acciones correctivas para controlar una futura emergencia.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

- La primera persona en identificar la situación dará aviso a viva voz para que así todos se pongan en resguardo.

- Comenzar el combate del fuego.

- Dar aviso a bomberos.

- De ser necesario, aislar la zona en combustión.

- Una vez terminada la emergencia, recolectar los líquidos utilizados y depositarlos en tanques adecuados para su posterior traslado a un vertedero.

- Determinar el origen del incendio, en caso de ser necesario, lo realizarán las instituciones encargadas de aquello.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7.1.11 del ICE.

 

11. Que los siguientes servicios no se pronunciaron conformes respecto de la Adenda Complementaria: Servicio Agrícola y Ganadero, Servicio Nacional de Turismo y Ministerio del Medio Ambiente.

 

12. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.

 

Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Piscicultura San Pablo 3” de Inversiones Metahue S.A., por cuanto: 

- El Titular no subsana los errores, omisiones e inexactitudes según fuera solicitado por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (ICSARA e ICSARA Complementario), según se detalla en el Considerando 6 de este documento. Lo anterior, por cuanto el Titular no subsana la información relativa a la caracterización adecuada del río Pilmaiquén, ya que sólo se cuenta con un monitoreo de las características fisicoquímicas del agua del río del mes de julio de 2016, lo que se considera insuficiente para dar cuenta de las características del río en el peor escenario, ya que se requieren los datos del periodo de estiaje (verano). Asimismo, no se subsana la información relativa al modelo de dilución que permita determinar el área de influencia del Proyecto respecto del componente agua. Adicionalmente, no se subsana adecuadamente la información relativa a la caracterización del efluente de la planta de tratamiento de RILes ni a aquella relativa a la caracterización de las emisiones que se descargan al río (provenientes tanto de las plantas de tratamientos de RILes como de las plantas de tratamiento de aguas servidas de los tres proyectos). En consecuencia, esto impide a su vez poder descartar con certeza la generación de los efectos establecidos en el artículo 11 letra b) de la Ley N° 19.300 y en el artículo 6 del Reglamento del SEIA.

- El Proyecto no acredita los contenidos técnicos y formales del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 160 del Reglamento del SEIA “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para construcción fuera de los límites urbanos”, que dicen relación con la caracterización del suelo según dispone el literal b.5 del citado artículo. Se justifica la negación del Permiso atendido que no se presenta una adecuada caracterización del suelo, ya que se realizó una descripción del suelo de un área fuera del área de intervención del Proyecto. En consecuencia, no se cumplen los requisitos de otorgamiento, en virtud de lo informado por el Servicio Agrícola y Ganadero en su Ord. Nº 1216/2017, de 17 de marzo de 2017, según se detalla en el Considerando 7.2.6 del presente documento.

RESUELVO:

1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura San Pablo 3”, de Inversiones Metahue S.A. por las razones expuestas en el Considerando 12 de la presente Resolución.

 

2°. Hacer presente que el proyecto “Piscicultura San Pablo 3” de Inversiones Metahue S.A no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.

 

3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Jorge Troncoso Contreras
Director Ejecutivo
Servicio de Evaluación Ambiental




CBG/MGB/SSH/SRA/JCMF/CGV

Distribución:

  • Francisco José López Herrera
  • CONADI, Región de Los Lagos
  • CONAF, Región de Los Lagos
  • DGA, Región de Los Lagos
  • Dirección de Vialidad, Región de Los Lagos
  • DOH, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de San Pablo
  • SAG, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de Los Lagos
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
  • Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
  • Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
  • Dirección de Obras Hidráulicas
  • Dirección General de Aguas
  • Dirección General de Obras Públicas
  • Dirección Nacional de Vialidad
  • División de Normas, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
  • Ministerio de Bienes Nacionales
  • Ministerio de Vivienda y Urbanismo
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Nacional
  • Servicio Nacional de Geología y Minería
  • Servicio Nacional de Pesca, Dirección Nacional
  • Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional
  • Subsecretaría del Medio Ambiente
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • CONADI, Región de Los Ríos
  • CONAF, Región de Los Ríos
  • DGA, Región de Los Ríos
  • Dirección de Vialidad, Región de Los Ríos
  • DOH, Región de Los Ríos
  • Gobierno Regional de Los Ríos
  • Ilustre Municipalidad de Río Bueno
  • SAG, Región de Los Ríos
  • SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Ríos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Ríos
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos
  • SEREMI MOP, Región de Los Ríos
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Ríos
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Los Ríos
C/c:

  • Encargada Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <aramos@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Piscicultura San Pablo 3"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=24/b1/f41c04f99840276a7e9fad68e67e03ee0f4e


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