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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana""

Resolución Exenta Nº 22

Puerto Montt, 10 de Enero de 2014



VISTOS:

 1.    Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1600 de 2008 de Contraloría General de la República que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.

2.    La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana", presentada por el Señor Eduardo Oscar Kipreos García, en representación de SALMONES HUMBOLDT LIMITADA, con fecha 15 de Julio de 2013.

3.    Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio Nº44/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº568 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº1387 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 09/08/2013; Oficio Nº1207 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 09/08/2013; Oficio Nº1890 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 13/08/2013; Oficio Nº385 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 20/08/2013; Oficio Nº1874 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 30/10/2013; Oficio Nº2494 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 05/11/2013; Oficio Nº511 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 19/11/2013;

4.    El Acta de la Sesión Nº 17 de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 06/12/2013.

5.    Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana" 

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana"".
  2. Que, el derecho de SALMONES HUMBOLDT LIMITADA a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana"" consiste en: La Implementación de un Sistema de Tratamiento de Mortalidad mediante la implementación de un Sistema de Ensilaje en la Piscicultura Santa Juana, Código de Centro N° 103868 ,ubicada en la región de Los Lagos, Provincia de Osorno, Comuna de Osorno, específicamente en Río Rahue, localidad de Cancura, aprobada mediante RCA Nº 117 del 17 de Febrero de 2005. 
    • Titular: SALMONES HUMBOLDT LIMITADA
    • Rut: 76175118-2
    • Domicilio: Av. Juan Soler Manfredini 41 of. 1501, Casilla 407, Puerto Montt
    • Representante Legal: Eduardo Oscar Kipreos García
    • Rut: 7645782-4
    • Domicilio: Av. Juan Soler Manfredini 41 of. 1501, Casilla 407, Puerto Montt
    • Región: Región de Los Lagos
    • Comunas: Osorno
    • Tipología de Proyecto: o-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos
    • Monto de Inversión: US$ 14.000
    • Vida útil: Indefinido
    • Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Construcción

3

Operación

1

Total

4

    • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida
(m2)

Construcción

22,79

Operación

22,79

Abandono

22,79

       

    • Localización: El proyecto se materializará en el interior de la zona de emplazamiento de “Piscicultura Santa Juana”, la que se encuentra emplazada en la Comuna de Osorno, Provincia de Osorno.

 

Al proyecto se accede a través de la ruta U-55  Osorno a Puerto Octay, transitable todo el año dentro de la cual se contemplan las faenas de abastecimiento y supervisión de las operaciones respectivas.

 

Coordenadas Geográficas

Referidas a la carta I.G.M 4045 - 7245

 

Latitud (S)

Longitud (W)

Captación

40º45'22,08''

72º58'00,02''

Descarga

40º45'00,34''

72º58'14,66''

 

 

 

Coordenadas U.T.M

Referidas a la carta I.G.M 4045 - 7245

 

Norte (m)

Este (m)

Captación

5.486.325

671.640

Descarga

5.486.925

671.320

 

Tabla N°1: Coordenadas Geográficas y U.T.M de la Piscicultura Datum 56 PSAD, Huso  18 (Referidas a la carta IGM Nº 4045 - 7245)

Etapa de Construcción.  

La etapa de construcción consiste principalmente en el levantamiento de un área multipropósito de 1.000 m2 donde se acondicionaran cuatro aéreas bien definidas; Silo de Mortalidad, Zona de depósito de Basura, Bodega de RESPEL, Bodega de Químicos, Lavandería, Zona de Descarga, zona de almacén y un área limpia 

Sitio de Almacenamiento.

El área correspondiente a la Planta de Ensilaje es de aproximadamente 22,79 m2. Dentro de esta área multipropósito de 1000 m2 mencionado con anterioridad y que contempla distintos sectores. 

En el  Anexo 3  de la DIA, se adjunta el plano de emplazamiento de la Piscicultura Santa Juana con indicación de la Planta de Ensilaje dentro del predio. 

Planta de Ensilaje. 

El sistema de ensilaje está compuesto por 3 ítem los cuales son descritos en la siguiente tabla técnicamente: 

Descripción componentes sistema de tratamiento de la mortalidad. 

·                  Tambor de picado.

·                  Estanque de acopio.

·                  Bomba picadora. 

Descripción de Componentes.  

Silo de Mortalidad. 

Estanque de capacidad de 15.000 l, donde es almacenado la mortalidad una vez finalizado el proceso de molienda, es espera de ser retirado por personal autorizado.   

Agitador de silo de almacenaje.  

El silo de almacenaje, está compuesto por un agitador, que es el encargado de mantener la molienda siempre en movimiento para evitar que  produzca decantación de partículas que puedes impedir el posterior retiro de mortalidad del silo.  

Estanque de Molienda. 

El estanque de molienda es donde de introduce la mortalidad del día para ser molida.  

Bomba dosificadora de ácido. 

Bomba encargada de entregar cantidad necesaria de ácido Fórmico para mantención de pH bajo, de acuerdo a cantidad de mortalidad. 

A la salida del estanque de almacenamiento del ensilaje se instalara una bomba eléctrica para expulsar el ensilado directamente al camión de transporte, en el Anexo 4 de la DIA se presenta el manual para ensilaje que se aplica. 

De esta forma la Planta de Ensilaje estará constituida por los siguientes elementos:  

           Bomba manual para incorporar el ácido a la mezcla contenida en el triturador.

           Tablero eléctrico

           Estanque triturador de acero inoxidable

           Sistema motriz para el triturado y mezclado

           Bomba impulsora de la mezcla hacia el estanque de almacenamiento.

           Estanque de almacenamiento de 15000 Lt

           Bomba para expulsar el ensilado desde el estanque de almacenamiento hacia los camiones de traslado.

           Piping de drenaje para descarga del triturador y del estanque de almacenamiento.  

ETAPA DE OPERACIÒN 

Manejo de la Mortalidad Piscicultura Santa Juana. 

La mortalidad será segregada en el origen manteniendo envases en el mismo lugar de su generación. 

La mortalidad generada por la Piscicultura Santa Juana se extrae como mínimo una vez al día ya que se debe evitar el estrés del cultivo; por otro lado, se debe evitar el riesgo de contagio de enfermedades por especies muertas. 

Cabe señalar que todos los procedimientos de extracción y manejo de mortalidad cumplen con lo establecido en el RAMA (Reglamento Ambiental para la Acuicultura) DS320/01 y sus modificaciones así como también están consideradas en el plan de contingencias estipulado en el citado reglamento. Dicho plan de contingencias se mantiene impreso en la piscicultura y es de conocimiento del personal a cargo. 

El transporte de la mortalidad desde los estanques hasta el lugar de extracción se realizará por medio de baldes previamente desinfectados. Posteriormente, el personal debe desinfectarse previo a realizar cualquier otra actividad en el establecimiento, por riesgo de transmisión de enfermedades. 

Una vez recibida toda la mortalidad del día, se procederá a la reducción o transformación de los pescados por medio del uso de la Planta de Ensilaje de Mortalidad. 

En términos generales el (la) operador/a designado/a para realizar el proceso de molienda será debidamente instruido antes de realizar esta labor, y deberá efectuar registros de esta actividad (Respecto a esto último ver Anexo 6) de la DIA. 

Tabla. Mortalidad (RIS) Generada en Piscicultura Santa Juana que Ingresa a la Planta de Ensilaje en un Ciclo Anual. 

Mes

Mortalidad Nº

Biomasa (Kg)

V(Lt) Acido Fórmico

V (Ensilado)

Junio 2013

83.848,2

3.937,2

340,0

4055,3

Julio 2013

139.928,1

4.348,0

9,0

4478,5

Agosto 2013

167.753,1

1.473,5

20,8

1517,7

Septiembre 2013

134.267,6

1.334,0

277,8

11674,0

Octubre 2013

89.597,6

299,8

50,2

308,8

Noviembre 2013

130.395,4

693,3

260,6

714,1

Diciembre 2013

298.455,7

9.258,7

535,5

9536,5

Enero 2014

100.922,3

1.672,1

118,5

1722,3

Febrero 2014

210.403,5

8.686,3

184,5

8946,9

Marzo 2014

237.821,2

17.849,4

400,9

18384,9

Abril 2014

112.178,5

3.950,3

96,4

4068,8

Mayo 2014

182.067,2

6.148,6

340,0

6333,0

Junio 2014

200.723,3

13364,6

9,0

13765,6

Julio 2014

146.932,0

3.212,4

20,8

3308,7

 El operador de la máquina será designado por el jefe de la Piscicultura el cual es el responsable del adecuado funcionamiento del sistema. El mismo operador será el encargado de mantener la planilla de registro de ingreso de materia prima al sitio de almacenamiento como de llevar los registros de egresos. También será el encargado de la limpieza y desinfección del sitio después de cada evacuación del estanque de almacenamiento (mínimo una vez al mes) y cada vez que se termine un ciclo de producción. 

Los documentos archivados en la Piscicultura referente a este tipo de residuos serán los siguientes: 

           Planilla de registro de mortalidad a la planta de ensilaje.

           Registro de ácido fórmico utilizado

           Guía visada por SERNAPESCA de la mortalidad que sale del sitio de almacenamiento.

           Certificado de disposición final emitido por la empresa encargada del transporte y disposición final. 

Control de PH 

Es vital el control de pH en el proceso de ensilaje con el objeto de neutralizar virus y bacterias y mantener un estado óptimo de conservación del ensilado, para ello se requiere mantener un pH inferior a 4. 

Almacenamiento de Ácido Fórmico 

Dada la pequeña cantidad anual de ácido fórmico que se utilizara, se mantendrá durante el ciclo productivo, recipientes herméticamente sellados en el interior de la planta de ensilaje así como también en la bodega de químicos de la piscicultura la cual está identificada dentro del predio industrial en el Anexo 3 de la DIA  (Plano de emplazamiento). 

La bodega de Químicos de la Piscicultura Santa Juana de unos 35,2 m2 almacenará mucho menos de 12 toneladas de modo que no requiere de autorización sanitaria para su funcionamiento, sin embargo, la bodega se ha construido con los requerimientos necesarios para cumplir con el D.S. N°78 sobre las condiciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Por ejemplo, en el caso específico del ácido fórmico se ha delimitado una zona específica así como también se han implementado las señaléticas de seguridad, cuenta con pretil de contención y material absorbente para contener derrames además de las medidas de seguridad para los trabajadores, extintores, lava ojos etc. 

El Sistema de Ensilaje requiere mantener cierta cantidad de ácido fórmico dentro de la Planta de Ensilaje ya que este debe ser succionado hacia el triturador para producir la mezcla de ensilado. Esta cantidad de ácido fórmico almacenado en un bidón que no supera los 50 ó 60 l y se ubicará a un costado del triturador encontrándose lo suficientemente protegido en su envase de fábrica. A su vez la bomba y línea de succión del ácido es fabricada especialmente para ello de modo que no presenta peligro de derrame. Por otro lado, la cañería que transporta el ensilado desde el triturador hacia el estanque de acopio también es de material resistente y se encuentra probada la hermeticidad del circuito de ensilaje. 

De esta forma para mantener esta pequeña cantidad de ácido fórmico dentro de la planta de ensilaje se aplica el artículo 10 del D.S. N° 78 en el cual se pueden almacenar pequeñas cantidades de sustancias peligrosas en lugares que no constituyan bodegas propiamente tales así como también el sitio de almacenamiento donde se encuentra el sistema de ensilaje cuenta con casi todos los requerimientos para almacenamiento de sustancias peligrosas. 

En el Anexo 7  dela DIA se adjunta ficha técnica y de seguridad del ácido fórmico 

Limpieza del Sistema de Ensilaje. 

El producto utilizado para las faenas de limpieza a implementar contara con todos los permisos y las autorizaciones que sean exigidas por la autoridad y normativa actual vigente contando con las siguientes características: 

           Efectivo control de virus y bacterias.

           Activo en presencia de altas concentraciones de materia orgánica.

           Baja toxicidad.

           Rápidamente biodegradable en la naturaleza.

DUPLALIM es un desinfectante ampliamente utilizado en la industria veterinaria como medio de desinfección y no requiere de ser inactivado ya que es rápidamente biodegradable. Se adjunta en Anexo 8 fichas de seguridad de los desinfectantes utilizados.

En este punto es muy importante aclarar que la limpieza del sitio de almacenamiento corresponde a la parte interior del sitio de almacenamiento, exterior de triturador y estanque de almacenamiento y exterior de los circuitos hidráulicos. La limpieza se hará una vez que finalice el ciclo productivo o  por lo menos una vez al año por lo cual el flujo de esas aguas de limpieza es ínfimo y sólo corresponderá a una dilución de DUPLALIM y agua. Por ningún motivo se contempla la descarga de restos de ensilado hacia el sistema de Alcantarillado Particular ni al Sistema de Tratamiento de Riles de la Piscicultura.

Por otro lado, en el caso que hubiera derrames de ácido fórmico o ensilaje dentro de la losa, las aguas de lavado podrán ser evacuados al sumidero y su retiro y disposición final estará a cargo de una empresa autorizada para ello en cualquier momento que se requiera. 

Todos los RILES evacuados al sumidero serán tratados como RESPEL y como primera alternativa serán retirados por una empresa autorizada para estos efectos y que cuente con todas las autorizaciones necesarias para este procedimiento ante la autoridad competente. 

Medidas de Seguridad de los Operadores. 

El ácido fórmico utilizado es una sustancia peligrosa, su ficha técnica y de seguridad se encuentra descrita en el Anexo 8  de la DIA,  se debe tener en consideración  que el producto será almacenado principalmente en la bodega de químicos de la piscicultura. Por otro lado, el operador de la planta tendrá que hacer el manejo respectivo de operación dentro de la Planta de Ensilaje. Para ello, se tomarán algunas medidas específicas conforme a la reglamentación vigente, es decir, con ropa de seguridad apropiada, señaléticas, extintores, además de los sistemas anti derrames (pretiles y material absorbente y bodega de RESPEL). 

El Sitio de almacenamiento del Sistema de Ensilaje contara con la señalética de seguridad apropiada la cual deberá ser de cabal conocimiento del operador de la planta. 

Los recipientes se mantendrán bien cerrados y protegidos del calor, mientras que la prevención de los riesgos laborales son técnicas que se aplican para eliminar los peligros relacionados con las tareas, el personal que ejecuta la tarea, y los equipos y materiales que se utilizan.  

Planes de Contingencia

Las contingencias asociadas a la planta de Ensilaje de Mortalidad son las siguientes:                  

    • Superación del límite máximo de PH Ensilado.
    • Derrame accidental de ácido fórmico.
    • Derrame de Ensilado dentro y fuera de la loza.
    • Falla del equipo por Condiciones climáticas adversas.
    • Brote de enfermedades de la lista 1 y 2.
    • Mortalidades Masivas.
    • Derrames, volcamientos u otros análogos, en relación a productos de lavado, limpieza y desinfección.
    • No factibilidad de ensilaje de mortalidad diaria (falla de equipo).

Los Planes se encuentran en Anexo III del Adenda N° 1 

Transporte y Disposición de la Mortalidad Fuera del Predio Industrial 

Para el transporte y especialmente para la disposición final del ensilaje se contactara a una empresa externa especializada en la gestión de este tipo de sustancias, tales como Fiordo Austral (Planta Reductora) o RILESUR (Planta de Reconversión) u otra empresa afín, las que luego de efectuar la faena emitirán un certificado que acredite tal acción a través del formulario S18 Transporte y Disposición Fuera del Predio Industrial. 

En relación a la extracción del residuo, se deberá llevar a cabo a través del “ducto de drenaje” del triturador de la Planta de Ensilaje o por succión desde el interior del estanque de almacenamiento. 

El residuo de ensilaje retirado en un vehículo especialmente adecuado para estos fines, y el producto será llevado directamente a la Planta de reconversión desde donde se emitirá su certificado de disposición respectivo individualizando al vehículo de transporte.  

De acuerdo a la biomasa de mortalidad producida y considerando la capacidad del estanque triturador y el estanque de almacenamiento de 15.000 l, se puede establecer que la frecuencia de retiro de la Planta de Ensilaje será de una vez cada 3 meses en condiciones normales de operación a máxima carga. Si hubiese alguna contingencia de mortalidades inesperadas o masivas se procederá a retirar de acuerdo a lo requerido. Por otro lado, una vez finalizado el ciclo productivo se procederá a retirar todo el ensilado de la piscicultura para proceder a la desinfección. 

 

PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. 

Descargas de efluentes líquidos 

El equipo es compacto y no requiere de un gran período de instalación y puesta en marcha de modo que sólo se generaran RILES en la etapa de operación y serán los generados por la limpieza de la Planta de Ensilaje lo cual ocurrirá al final del ciclo productivo en los períodos de descanso sanitario. Se considera una frecuencia de limpieza del sitio al menos una vez al año. 

Residuos sólidos. 

El proyecto contempla la generación de residuos sólidos. Este corresponde al producto de ensilaje propiamente tal, siendo este residuo un subproducto demandado por las empresas autorizadas para realizar su transformación en aceite o harina de pescado (Fiordo Austral S.A).

Por otro lado, se generaran algunos Residuos Sólidos Peligrosos producto de los insumos propios del funcionamiento de esta planta los cuales se almacenarán en la Bodega de RESPEL. Estos residuos corresponden a envases vacíos con restos de ácido fórmico y a la indumentaria de seguridad que corresponde a material desechable del personal que opera la planta de ensilaje y que potencialmente pudiera contener restos de este residuo tal como mantas desechables y guantes quirúrgicos. 

 RESPEL generados en el Proceso de Ensilaje. 

ITEM

ACTIVIDAD

CANTIDAD DE RESPEL

MANEJO SANITARIO

Operación de la Planta Ensilaje

1 envase con restos de ácido cada 4 meses.

MANEJO SANITARIO

Operación de la Planta Ensilaje

1 Kg de material desechable al mes

 

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana"" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

Normativa

Forma de cumplimiento

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con la Ley 19 300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental.

D.S. Nº 95/01 “Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”

La DIA incorpora los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial requerido.

D.S. (MINSAL) Nº 594/99, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo.

El titular señala de condiciones adecuadas para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 18 y 20 del Reglamento, referidas al tratamiento de residuos industriales sólidos y líquidos, y la declaración de la cantidad y calidad de éstos. La mortalidad será tratada en un sistema de ensilaje para luego ser enviada a planta reductora, llevando un control documentado de ello. Por su parte las aguas residuales producto del lavado de estructuras e implementos utilizados en la actividad de ensilaje, serán descargadas conjuntamente con los efluentes de la piscicultura. El transporte de los residuos será realizado un tercero debidamente autorizado. El tratamiento de residuos industriales dentro del predio, deberá contar con la respectiva autorización sanitaria.

D.S. Nº 725/67 “Código Sanitario”. Ministerio de Salud

 

El titular indica las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones referidas al manejo de basuras y desperdicios y regulación de las emisiones atmosféricas. El titular declara que los residuos sólidos de la construcción serán acumulados transitoriamente para luego ser enviados a vertedero autorizado, en tanto los envase de ácido serán reutilizados. Para minimizar la emisión de material particulado (polvo) durante la etapa de construcción, el titular señala medidas como la humectación de caminos. El proceso de elaboración del ensilaje de la mortalidad se realizará en un estanque triturador y se trasladará el subproducto, mediante bombas, a un estanque de almacenamiento hermético, el cual contará con un respiradero instalado en la parte superior del estanque, por lo cual la generación de emisiones gaseosas se considera mínima.

D.S. 298/1994 Reglamento de Transporte de Carga Peligrosa por Calles y Caminos Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

En la operación del proyecto se utilizará Ácido Fórmico. El transporte deberá efectuarse dando cumplimiento a las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos peligrosos.

  

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 93 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Permiso Sectorial del Artículo 93 del D.S. 95/2001. Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

SEREMI de Salud a través de Ord. N° 568 de fecha 07/08/2013, señala que el proyecto da cumplimiento a la normativa ambiental de competencia de la autoridad sanitaria.-.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
  3. Que, para que el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

8.      Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.  

9.       Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente.  

10.    Que en caso de  emergencias producidas por  materiales o  sustancias peligrosas,  o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

11.   Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados. 

  1. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012  de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental  del proyecto.  deberá ser entregada  por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con  la frecuencia  establecidas en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia  al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. 
  2. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.
  3. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
  4. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana"".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana"" cumple con la normativa de carácter ambiental,  incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo  93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

     

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA

Distribución:
  • Eduardo Oscar Kipreos García
  • SMA
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Osorno
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Declaración de impacto ambiental "Modificación del Manejo de la mortalidad mediante sistema de ensilaje en Piscicultura Santa Juana""
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=21/2c/8664cc0a7972121300146e19bed138225087


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