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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VIII REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica Ambientalmente el proyecto "COMPLEJO CASINO HOTELERO MARINA DEL SOL - CHILLÁN"

Resolución Exenta Nº 341

Concepción, 6 de diciembre de 2017



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 26 de septiembre de 2017 y su Adenda Complementaria de 31 de octubre de 2017, del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán”, presentado por Inmobiliaria Marina del Sol S.A. con fecha 01de junio de 2017.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán”.

 

3°. El Acta de Evaluación N° 31 de 18 de octubre de 2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” de 15 de noviembre de 2017.

 

5°. El acuerdo de la sesión de fecha 23 de noviembre de 2017 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán”.

 

7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y la Resolución Toma Razón N° 119046/82/2017, de fecha 23 de agosto de 2017, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío. 

CONSIDERANDO:

 1°. Que, Inmobiliaria Marina del Sol S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Marina del Sol S.A.

Rut

76.785.930-9

Domicilio

Calle A N° 909 Brisas del Sol

Teléfono

41 2140100

Nombre representante legal

Juan Ignacio Ugarte Jordana

Rut representante legal

6.535.743-7

Domicilio representante legal

Calle A N° 909 Brisas del Sol

Teléfono representante legal

41 2140100

Correo electrónico Titular o representante legal

jiu@marinadelsol.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 15 de noviembre de 2017, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental identificados en la sección 6 del ICE; y el titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los  Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

 

3°. Que, en sesión de 23 de noviembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 15 de noviembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del proyecto es ofrecer a la provincia de Ñuble, en general, y a la ciudad de Chillán en particular, un espacio de entretenimiento y servicios ubicado estratégicamente en la Puerta Norte del acceso a Chillán por la Ruta 5. El proyecto ofrecerá, además, equipamiento que generará nuevos servicios a la comunidad y se convertirá en un nuevo polo de desarrollo urbano, privilegiando las áreas verdes y espacios de manifestaciones culturales y de esparcimiento.

Para lo anterior, el proyecto consiste en la construcción y operación de un casino de juegos donde contempla de manera integral la construcción de un casino de juegos, hotel, centro de convenciones, canopy y camarines. Adicionalmente, el proyecto considera la implementación de las siguientes instalaciones exteriores: centro deportivo, parque urbano (anfiteatro, espacio ferial), áreas verdes y plazas duras e infraestructura sanitaria. Además, el proyecto contará con una laguna cristalina y parque acuático. Finalmente, el proyecto considera estacionamientos de superficie y vías de circulación.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Letra h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

 

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

 

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

 

El proyecto estará destinado a equipamiento turístico y se emplazará en una superficie mayor a 7 hectáreas, en efecto, se emplaza en una superficie predial de 9,0 hectáreas, en una área declarada “Zona Saturada por Material Particulado Respirable” de acuerdo al Decreto N°36 del año 2013 “Declara Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10 y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, Ambas como Concentración Diaria; y Declara Zona Latente por Material Particulado Respirable MP10, como Concentración Anual, a las Comunas de Chillán y Chillán Viejo”

Vida útil

Indefinida

Monto de inversión

US$ 55.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Instalación de faena (contenedores). Se estima que la implementación de la instalación de faena se realizará durante el segundo semestre del año 2017 y durará en toda la fase de construcción del proyecto.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

X

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No

 

 

X

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

X

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región del Biobío, Provincia de Ñuble, Comuna de Chillán.

Específicamente en Lote 27, calle Variante Nahueltoro N° 251

Descripción de la localización

El terreno donde se emplazará el proyecto posee una ubicación privilegiada al encontrarse cercano a la salida Norte de Chillán, lo que permite una adecuada accesibilidad tanto para los habitantes propios de la comuna, como para quienes visiten el complejo desde otras comunas o ciudades.

 

Por otro lado, el área de emplazamiento del proyecto y las características del mismo, son compatibles con los usos de suelo considerados en el PRICH.

 

Finalmente, la ubicación del predio muestra hoy, que los predios colindantes no tienen actividades incompatibles con el desarrollo de este proyecto.

Superficie

La superficie total del proyecto es de 9.0 ha. En la tabla 3-5 de la DIA se presentaron las instalaciones y superficies totales construidas por obra, que evidentemente no coinciden con la superficie del terreno, dado que el proyecto contempla edificaciones en distintos niveles.

El detalle de las superficies se muestra a continuación:

Nombre General

Componentes

Nivel N° Pisos

Superficie ocupación de suelo

Superficie Total Construida

[m2 ] (primer piso)

[m2 ]

Edificaciones

Hotel

9

1.112

8.456

Casino

2

7.100

10.975

Centro de Convenciones

2

2.268,24

3.329

Canopy

1

979,67

1007

Camarines

1

222,97

222,97

Áreas Verdes y Parques

Centro Deportivo

1

4.840,90

 

Parque Urbano (Incluye Anfiteatro y Espacio Ferial)

 

26.560

 

Áreas verdes y plazas duras

 

9760,48

 

Infraestructura Sanitaria

 

612,55

 

Laguna y Parque Acuático

Laguna Cristalina

 

10.222,87

 

Parque Acuático

 

2.960,67

 

Circulaciones

Estacionamientos de superficie y vías de circulación

 

23.055,25

 

Total

89.696

23.767

Coordenadas UTM en Datum WGS84

UTM/ Zona 18 H

Vértices

Este (m)

Norte (m)

P1

760.029

5.950.095

P2

760.072

5.950.075

P3

760.452

5.950.068

P4

760.386

5.949.788

P5

760.096

5.949.857

P6

760.112

5.949.927

P7

760.009

5.949.976

Caminos de acceso

Los accesos próximos al emplazamiento, corresponden al empalme de Avenida O´Higgins con Nahueltoro. El proyecto integral considera una ubicación estratégica que permitirá el fácil acceso y cómodo de la mayoría de los habitantes de la provincia de Ñuble, el cual posee paso a través de la ruta 5 en sentido norte – sur y sur – norte, sin tener que ingresar al centro urbano de la Ciudad de Chillán necesariamente. Las calles que colindan con el proyecto y los caminos de acceso son: Avenida O´Higgins y Avenida Nahueltoro.

 

En términos generales, se puede señalar por la conectividad la Ruta 5 Sur, que el proyecto posee su acceso al comienzo de la calle Avenida Nahueltoro.

Los accesos al casino dependerán de la procedencia de los flujos vehiculares. En este sentido los accesos serán.

· Para quienes viene de la zona Urbana de Chillán (Sur) será por la calle Avenida O´Higgins, virando por la derecha hacia calle Avenida Nahueltoro para luego acceder al casino. Para la salida se produce la ruta inversa. (Línea Roja en Figura 3-8 de la DIA).

· Para los flujos provenientes desde el Norte y Otras comunas y flujos que procedan desde el bypass de Chillán (Norte), el acceso se prevé utilizando la calle Longitudinal Sur (Avenida O’Higgins) utilizando viraje izquierdo hacia la Avenida Nahueltoro. Para la salida se produce la ruta inversa. (Línea Azul en Figura 3-8 de la DIA).

Específicamente se propone realizar el viraje en un retorno semaforizado a unos 190 metros desde la intersección hacia el sur, la característica de este semáforo será actuado, es decir con espiras en la pista de viraje, de manera de activar solo con la presencia de vehículos.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Tabla 3-4 de la DIA

Figura 3.2 de la DIA

Figura 3.4 de la DIA

Figura 3.5 de la DIA

Figura3.6 de la DIA

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

Considera las instalaciones de apoyo a la fase de construcción y está conformada por: oficinas administrativas, comedor, instalaciones sanitarias, zona de acopio de insumos de la construcción, bodega de insumos de la construcción, bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, instalaciones para el manejo de aguas servidas, caminos de acceso.

Acondicionamiento del Terreno

Escarpe de zonas de implementación de caminos, urbanización y construcción de edificaciones

Escarpe o Extracción de la capa vegetal

Se realizará escarpe del terreno en las zonas donde existirán las obras de caminos interiores, urbanizaciones y en zonas de la instalación de faenas. De acuerdo al programa de construcción, para la subfase 1 se removerá un total aproximado de 11.925 m3 de la capa vegetal de suelo (tabla 3.012 de la DIA).

Movimientos de tierra

La tabla 3-13 de la DIA detalla la cantidad de material a remover durante la fase de construcción por parte y obra. En resumen, es posible indicar que por efecto de excavación a mano se moverá un volumen de 1.537 m3 y por efecto de excavación mecánica 44-984 m3

Relleno y retiro de excedentes

La relación entre rellenos y retiro de excedentes por parte y obra del proyecto se detalló en la tabla 3-15 de la DIA. En resumen es posible indicar que por efecto de Relleno y Retiro de Excedentes se tiene un volumen total de 37.507 m3 de relleno y 16.845 m3 de retiro de excedentes.

Habilitación, uso y cierre de las Instalaciones de apoyo a la Fase de Construcción

Habilitación de la instalación

Corresponden a elementos prefabricados tipo conteiner, por lo tanto, las actividades de habilitación de las instalaciones se asocian al despeje y escarpe de la zona, trabajos topográficos de delimitación y ubicación de las distintas instalaciones para los respectivas demarcaciones y cercado y también montaje de aquellas que consideran infraestructura.

Los contenedores habilitados como oficina, instalaciones sanitarias, comedores y bodegas, serán dispuestos sobre bases de hormigón o en terrenos mejorados para que no queden directamente sobre el suelo para su mejor disposición y retiro de éstos una vez terminadas las obras. Las zonas de acopio de residuos industriales no peligrosos y de insumos de la construcción serán cercadas y señalizadas de acuerdo a las indicaciones establecidas anteriormente. Para el adecuado tránsito al interior de las mismas, se considera un mejoramiento de la superficie de tránsito al interior de las instalaciones mediante una capa de gravilla que garantiza el escurrimiento de aguas y un tránsito limpio.

 

Uso de la Instalación

Oficinas administrativas: serán para los trabajadores administrativos de la obra. Se espera que en estas oficinas operen permanentemente duran la época de construcción del orden de 10 personas.

Comedor: será para que los trabajadores puedan realizar sus turnos de colaciones, tendrá el mobiliario requerido para su propósito (según D.S. N° 594/99 del MINSAL). No existirá casino en las instalaciones de faenas. Los residuos generados serán dispuestos en los contenedores de residuos domiciliarios que se encontrarán a un costado de las oficinas administrativas.

Instalaciones Sanitarias (contenedores tipo de baño); estimado en 60 m2, y consisten en conteiner especialmente adaptadas, se determinó la instalación de 4 conteiner de 6x2.44 que serán usados por los trabajadores y estarán conectados al sistema sanitario que recibe las aguas residuales.

Zona de Acopio de insumos de la construcción: de 200 m2, será una zona demarcada y señalizada que cumplirá con el objetivo de almacenar aquellos insumos de la construcción que no requieren estar dentro de la bodega de insumos (maderas, moldajes, baldosas, fierro etc.).

Bodega de Insumos de la construcción: se habilitarán conteiner aproximadamente de 15 m2 para este fin, se almacenarán insumos de menor tamaño asociados a la construcción de las obras del proyecto.

Zona de acopio residuos de la construcción no peligrosos: de 200 m2, será una zona cercada, delimitada y señalizada que permitirá ir almacenando residuos no peligrosos que resultan de la construcción (despuntes, moldajes, fierros, maderas, plásticos u otros). Esta zona puede almacenar residuos de mayor tamaño y permitirá clasificar algunos desechos para visualizar aquellos se dispondrán en sitios autorizados o se reutilizarán en otras fases de la construcción.

Bodega de Acopio Temporal de Residuos Peligrosos: se habilitará una bodega tipo conteiner con un área aproximada de 15 m2 habilitada especialmente para este tipo de residuos y cumpliendo todas las disposiciones normativas. En esta bodega se almacenarán residuos como envases de diluyentes y aerosoles vacíos, rodillos, paños y huaipes contaminados, y cualquier otro residuo que cumpla con las características de peligrosidad estipuladas en el D.S 148/03 del MINSAL.

Zona de contenedores de residuos domiciliarios: corresponde a un contenedor plástico de 700 litros, para el almacenamiento de residuos domiciliarios generados por los trabajadores, serán retirados tres veces a la semana y trasladados a través de camión recolector a relleno sanitario autorizado (Hera Ecobio u otro con permisos sanitarios y ambientales vigentes).

 

Cierre de la Instalación

La instalación de faenas se instalará estratégicamente en una zona donde al final de proceso de construcción existirán áreas verdes y estacionamientos. El cierre consiste en el retiro de todos los conteiner modulares de las instalaciones, los cuales serán devueltos a empresas que los arrienden. Los residuos que aún se encuentren en las bodegas y zonas de acopio, serán enviados a disposición final a sitios autorizados.

Habilitación, uso y cierre de las Instalaciones para el manejo de las aguas servidas.

Construcción de la Instalación.

Consistirá en fosa séptica de PVC con drenes, de 30.000 lts., este tipo de solución será de tipo modular, la construcción consiste en:

· Ubicación en terreno del lugar de emplazamiento para fosa, ductos y drenes.

· Excavación y nivelación.

· Instalación de los equipos.

· Puesta en Marcha.

 

Inicio de Operaciones.

Una vez construida, se solicitará la correspondiente autorización de funcionamiento a la autoridad sanitaria.

 

Cierre de la Instalación

El cierre consiste en el retiro de todos sus componentes, es decir, tuberías, cámaras, drenes y fosa. Debe notarse que la instalación estará en un sector que quedará habilitado de áreas verdes y estacionamientos en el proyecto definitivo.

Construcción, uso y cierre de caminos de acceso

Construcción de caminos nuevos o habilitación de caminos existentes

Para el camino de acceso para la fase de construcción deben mencionarse dos elementos relevantes: (Figura 3-14 de la DIA).

· El primero tiene que ver con el acceso existente al predio, que no requerirá habilitación de atraviesos o cruces de canales.

· El segundo tiene que ver con una habilitación de camino al interior del predio aproximadamente de 250 metros de largo, para el acceso a la instalación de faenas. Este camino consistirá en una habilitación de faja mediante motoniveladora luego un mejoramiento mediante base estabilizada. Este camino será utilizado mientras se habilitan los accesos y rutas de circulación definitiva al interior del proyecto. Considerando el tipo de obras, éste será un camino temporal y que irá desapareciendo a medida que se vayan implementando las obras del casino y las rutas de circulación interna.

 

Mantención de Caminos

Este camino requerirá muy poca mantención, debido a su uso temporal y su rápida salida de servicio. En todo caso, dependiendo la época, la mantención podrá ser a través de las maquinarias de la obra y en caso de ser necesario se realizará humectación.

 

Cierre de Camino

El camino irá siendo cerrado a medida que se avanza en la implementación de las obras de circulación internas e implementación de las obras finales del proyecto, este camino corresponde a zonas de caminos internos o estacionamientos.

Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto

Se requerirá maquinaria, camiones y vehículos para el movimiento de tierra, transporte de insumos, transporte de residuos. Principalmente excavadoras, motoniveladoras y retroexcavadoras. Los detalles de la maquinaria a utilizar se muestran en Tabla 3-17 de la DIA.

Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del área de emplazamiento del proyecto

Corresponde a los insumos que serán trasladados desde los distintos proveedores que se encuentran fuera de la zona del proyecto. Así mismo, los residuos serán trasladados a sitios de disposición final autorizados. Detalles en el punto 3.5.2.2.7 de la DIA.

Agotamiento napa

La napa de agua se detectó a una profundidad de 1,4 m bajo la cota del terreno natural (medido en enero de 2015), para la etapa de construcción para efectos de excavaciones y construcción de fundaciones y subterráneos que contempla el proyecto, se contempla agotamiento de la napa de agua en forma ininterrumpida durante todo el tiempo que demanden las faenas de excavación del hotel, laguna cristalina, PEAS y estanques de agua potable (Figura 15 Anexo 9 de la Adenda) y la construcción de éstos, utilizando mallas de punteras o pozo de agotamiento.

 

El titular en el proceso de agotamiento de napa descargará las aguas extraídas en los mismos puntos presentados y evaluados en el Anexo 5.5 de la DIA (correspondiente al PAS 156), donde se efectuarán las descargas del proyecto. La siguiente tabla muestra los puntos georreferenciados de las descargas propuestas en el PAS antes mencionado. La descarga se realizará mediante tuberías de PVC, mientras se construyen las obras de urbanización.

 

ID

Tipo de Obras

Norte

Este

Descarga 1

Muro de Boca Alas 750

5950092

760029

Descarga 2

Muro de Boca Alas 400

5949818

760389

Descarga 3

Muro de Boca Alas 400

5949896

760409

Construcción de Edificaciones (Obras principales)

Las unidades edificables en el proyecto se dividen en dos grupos de acuerdo a su orden y lógica constructiva, la que corresponde a:

· Subfase 1: Casino, Hotel y Centro de convenciones (3 edificaciones principales)

· Subfase 2: Obras menores complementarias y techos.

 

El método constructivo estará sujeto al cronograma y tienen los siguientes elementos principales.

 

Obra gruesa

Incluye excavaciones, fundaciones y estructuras en general, que consideran las instalaciones de infraestructura necesarias para la instalación de las aguas lluvias, el sistema de alcantarillado y los rellenos en terreno. Las actividades contempladas en la obra gruesa consideran las siguientes tareas durante la fase de construcción:

Excavaciones de fundaciones: Las excavaciones a realizar se llevarán a cabo para el armado de las fundaciones del casino, hotel y centro de convenciones. Los excedentes de excavación serán transportados por camiones tipo tolva a lugares donde se conformarán áreas verdes, los excedentes se llevarán a botaderos autorizados. Las fundaciones se ejecutarán para el casino y centro de convenciones.

Excavaciones a mano: se realizarán en los lugares donde no se pueda ingresar con equipos, en los últimos 20 cm de los sellos y en las excavaciones menores o 0,5 m3. Para el retiro de 355 m3 aproximado de material se considera el uso de 51 camiones.

Material de relleno: será de acuerdo a lo indicado en la mecánica de suelos adjunto en Anexo 4.4 de la DIA. Se considera el ingreso a obra de 183 camiones desde planta para el traslado de 1.280 m3 de material para relleno.

Compactación del relleno: La compactación se hará en capas de 20 cm de espesor mediante el empleo de sistema de compactación mecanizado.

Moldajes: se ha considerado la utilización de moldajes de placas fenólicas.

Enfierradura: utilización de enfierradura predoblada, armaduras y alambres para amarre de barras de acero, empalmes para amarraduras. Se considera el uso de 8 camiones para el traslado de material a instalación de faena, con un traslado aproximado total de 178.279 kg de enfierradura a obra.

Emplantillados: una vez finalizada las fundaciones, se recepcionará hormigón para el emplantillado. Con un total de 13 camiones que trasladarán un aproximado de 74 m3 de hormigón.

Hormigón estructural: terminado los moldajes y la enfierradura correspondiente, el vaciado del hormigón se hará por descarga directa utilizando camiones mixer con canalones o mediante carretillas.

Terminaciones: corresponde a las terminaciones gruesas y finas y espacios comunes. Las faenas en esta etapa se limitarán a trabajos menores como cerámicos, pintura, entre otros.

Instalaciones: contempla ejecutar toda actividad para abastecer de todos los servicios proyectados, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación eléctrica, canalizaciones, instalación de alcantarillado, entre otros.

Recepción de obras: considera la corrección de observaciones menores de terminaciones finas y entrega de los recintos, como también la tramitación de la recepción municipal respectiva. La actividad de edificación se iniciará en la subfase uno y se ejecutará hasta que se complete la subfase dos del proyecto.

Construcción y habilitación de la solución de Agua Potable

Corresponde a la implementación de la red correspondiente al plano general de agua potable que se presentó en el Anexo 3.1 de la DIA. La provisión será a través de la empresa sanitaria ESSBIO. El método constructivo consiste en la excavación mediante excavadora de la zanja.

Construcción de la Solución de Aguas Servidas

Corresponde a la implementación de la red de aguas servidas que se presentó en el Anexo 3.2 de la DIA. El método constructivo consiste en la excavación mediante excavadora de la zanja.

Construcción Sistema de Solución de Aguas Lluvias

De acuerdo a lo indicado en el plano de solución de aguas lluvias que se adjuntó en el Anexo 3.3 de la DIA, la evacuación se realizará mediante la construcción de sumideros con descargas de diámetro 400 y 700 mm, que captan las aguas superficiales de las calles proyectadas, para luego ser conducidas a través de colectores y posteriormente descargar al colector proyectado ubicado en Calle de Servicio o al canal subderivado del Puente Ñuble. Existen tres obras de descarga al canal antes mencionado, así como también, entubamiento parcial o completo y de conformación asociadas al canal de regadío, cuyas obras forman parte de un proyecto de Modificación de Cauce, antecedente presentados en el Anexo 5.5 de la DIA.

Construcción obras de atravieso

Se contempla la materialización de dos obras de atraviesos de hormigón, consistentes en infraestructura asociada a los accesos de ingreso y salida del proyecto, los cuales corresponden a dos puentes sobre el canal existente, que forman parte de la modificación de cauce del proyecto. Cuyas coordenadas geográficas se presentaron en la Tabla 3-18 de la DIA.

Recursos naturales renovables 

Suelo

Se contempla la realización de actividades de escarpe y movimientos de tierra. El escarpe se realizará mediante maquinaria de uso típico de faenas, (retroexcavadora.). Las cantidades fueron presentadas en detalle en la tabla 3-13 de la DIA del proyecto y una descripción general en la tabla 4.6.1.2 del ICE (movimientos de tierra)

 

Agua superficial y subterránea

El titular cuenta con derechos de aprovechamientos de agua, los cuales inicialmente serán utilizados para humectación durante la fase de construcción, asociada a las áreas donde se realicen movimientos de tierra. La cantidad de recurso agua disponible es de 64 m3/día.

 

Dado que la napa de agua se detectó a una profundidad de 1,4 m bajo la cota del terreno natural (medido en enero de 2015) y las excavaciones se harán a una profundidad mayor (2 m), se contempla agotamiento de napa de agua en forma ininterrumpida durante todo el tiempo que demanden las faenas de excavación del hotel y la construcción de éste.

Emisiones y efluentes

Emisión MP10, MP2.5, CO, NOx, HC, CO2, N2O, SO2, CH4, NH3

 

La estimación de emisiones para esta fase, se realizó para un periodo igual a 26 meses; en el cuál se realizarán las actividades necesarias para la habilitación del Casino, Hotel, Centro de Convenciones y obras complementarias. En el Anexo 4.1 de la DIA del proyecto, se adjuntó el Informe de estimación de emisiones atmosféricas.

En base a lo anterior, las actividades necesarias para la habilitación del proyecto y que generarán emisión de contaminantes atmosféricos son: escarpe, carga y descarga de material, excavaciones, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y pavimentados, combustión de motores internos de vehículos y maquinarias, entre otros, generando distintos contaminantes según la actividad, distinguiéndose entre emisiones directas e indirectas, cuyo resumen se muestra en la siguiente tabla:

 

Contaminante

Emisiones Construcción (ton/año)

Año 1

Año 2

Año 3

MP10

0,74

0,17

0,02

MP2,5

0,25

0,08

0,00

CO

0,53

0,11

0,01

NOx

1,87

0,38

0,02

SOx

0,01

0,00

0,00

HC

0,20

0,05

0,00

CH4

0,01

0,00

0,00

N2O

0,00

0,00

0,00

NH3

0,00

0,00

0,00

COV

0,74

0,17

0,02

 

De acuerdo a lo indicado en capítulo 4 de la DIA punto 4.2.3, el titular considera la instalación de mallas por todo el perímetro, además de las acciones indicadas en el capítulo de cumplimiento de normativa ambiental aplicable (Sección 8.2 del ICE componente: emisiones)).

 

Aguas servidas

 

Mientras no se realice la conexión a la concesionaria correspondiente, se habilitarán baños químicos al inicio de los trabajos de construcción, así como la implementación de una solución particular de aguas servidas (fosa séptica y drenes de infiltración).

De acuerdo a lo descrito para la fase de construcción se espera la generación de 10 m3/día promedio y 20 m3/día peack de trabajadores para la fosa séptica.

Los baños químicos serán mantenidos por una empresa especializada que cuente con todas las autorizaciones correspondientes

En la instalación de faena, el sistema sanitario estará compuesto por 4 sistemas modulares de baños con 3 lavatorios y 3 WC cada uno y dos sistemas modulares de duchas para satisfacer los requerimientos del personal en etapa de construcción.

 

Ruido

 

la Fase de Construcción estará conformada por 2 subfases en función de los componentes construidos. El escenario analizado para el componente ruido es una situación típica de las faenas, entendiendo el funcionamiento simultáneo de maquinaria y fuentes menores, siendo la maquinaria las que presentan mayores emisiones de ruido dentro de la faena de construcción. En el Anexo 4.2 de la DIA se adjuntó un Informe de Ruido.

Si se considera sólo el aporte de las fuentes incluidas en la etapa de construcción, descartando el ruido de fondo del lugar, se daría cumplimiento en todos los puntos evaluados. Se debe notar que la proyección con ruido de fondo, conserva el ruido de fondo medido en la línea base.

Sin perjuicio de que se acredita cumplimiento normativo, para todo el proyecto en etapa de construcción, el titular ha considerado el cierre perimetral de faena con paneles OSB de 2,4 m de altura

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios

Son los generados por los trabajadores de esta fase del proyecto. Los residuos domiciliarios serán almacenados en un contenedor de 700 litros. Estos residuos serán retirados tres veces a la semana y serán trasladados al punto de recolección municipal más cercano

Se estima una generación de 2.56 ton/año para los años 1 y 2 y 5.1 ton /año para el año 3.

 

Residuos Sólidos Industriales no peligrosos

Los residuos sólidos no peligrosos generados serán almacenados temporalmente, en un sitio de acopio de superficie de 200 m2, ubicado en la instalación de faenas. Se estima una generación total de 880 m3. Si se considera una densidad media de 1,6 ton/m3 la estimación de residuos generados asciende a 64 Ton.

El manejo de estos residuos se realizará a partir de la zona de manejo y se prevé que el retiro se realizará a partir del mes cuarto de construcción con una frecuencia semanal (2 camiones), serán dispuestos en relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.

 

Residuos peligrosos

Serán almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos para su posterior disposición final en un relleno de seguridad autorizado.

Considerando el tipo de proyecto, no se determinó una cantidad específica por tipo de residuo peligroso, en este caso se estimó una cantidad media de 14 m3/mes. Si se considera una densidad de 0.6 ton/m3, se obtiene del orden de 8.4 ton/mes. Se espera que la generación de este tipo de residuos se produzca a contar del mes 7 de la etapa de construcción.

El retiro de este tipo de residuos se realizará con frecuencia mensual y será dispuesto en rellenos de seguridad autorizados sanitaria y ambientalmente

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

Sección 4.2

Sección 4.3

Sección 4.6

Tabla 4.6.1.1

Tabla 4.6.1.2

Tabla 4.6.3

Tabla 4.6.4.1

Tabla 4.6.4.2

Tabla 4.6.4.3

Tabla 4.6.5.1

Tabla 4.6.5.2

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Operación Hotel

Será una instalación correspondiente a servicios que funcionará 24 horas al día, todos los días del año, tendrá 9 niveles y 1 subterráneo.

Respecto a los servicios complementarios, tanto el restaurante y la cafetería son servicios que se encuentran dentro del marco de funcionamiento del hotel y que se adaptarán en función de la demanda de servicios asociados a la operación del mismo.

Respecto al centro de negocios, sala de eventos y sala de exposiciones, éstos generarán espacios para potenciar el desarrollo de actividades corporativas e individuales en las instalaciones del hotel tales como seminarios, cursos, exposiciones y otros.

Operación Casino

Será una instalación correspondiente a servicios que funcionará 24 horas al día, todos los días del año. Respecto a los servicios complementarios del casino como restaurantes, bares, salas de juegos, Salas de bingos y espectáculos, salas de reuniones y comedores se encontrarán dentro del marco de funcionamiento del casino y que se adaptarán en función de la demanda de servicios.

Tendrá una superficie de emplazamiento de 7.100 m2. Sobre la cubierta del Casino existirá un área que incluirá zonas de vegetación, denominadas “Techo Verde”. Esta área abarca aproximadamente 3.582 m2, considera un subterráneo con una superficie de 1.993 m2; lo que totaliza una superficie construida de 10.975 m2.

Operación Centro de Convenciones

El centro de convenciones se emplazará en un área de 2.268 m2, cuenta con dos niveles que suman una superficie construida de 3.329 m2

Corresponde a un área de servicios que funcionará 24 horas al día, todos los días del año. Sin perjuicio de lo anterior, el tipo de uso corresponderá a demandas por evento y por lo tanto su uso se condiciona al desarrollo de esos eventos, los que en general variarán de acuerdo a tipo de evento y público objetivo

Operación Canopy

Funcionará principalmente en horario diurno, todos los días del año

Operación Anfiteatro

Será una instalación que funcionará en base a eventos programados, sin embargo, estará disponible para su uso todos los días del año. Ocupará una superficie de 952 m2 y compartirá estacionamientos con el Centro de Convenciones

Operación Centro Deportivo

Se ubicará en el extremo sur-oriente del predio, contará con 4 multicanchas, 1 cancha de tenis, todas de dimensiones convencionales, y sus respectivos camarines. Comparte estacionamientos con el Centro de Convenciones. La superficie total construida será de 4.840 m2. Tendrá un uso diurno, y estará disponible los 365 del año

Operación Espacio Ferial

El espacio ferial será una instalación cuya demanda corresponderá a uso por eventos, disponible todo el año. Estará ubicado al costado poniente del anfiteatro, destinado a exposiciones, ferias al aire libre y similares. Contará con 1.983 m2 de superficie y comparte estacionamientos con el Centro de Convenciones

Operación Laguna Cristalina y Parque Acuático

Compuesta por una laguna de origen artificial que ocupará una superficie total construida de 10.222 m2 y estará emplazada en la zona definida como ZAP. Esta laguna incluye un Parque Acuático ubicado en su costado sur, y se abastecerá con aguas de regadío (titular cuenta con derechos de agua)

 

La laguna ha considerado un volumen útil de diseño de aproximadamente 12.000 m3 (Memoria Anexo 12 de la Adenda). y se produce un balance de aguas que considera el llenado inicial, aguas lluvia y efectos de evaporación que hace que se utilice el agua de los derechos cuando existe necesidad de rellenar la laguna.

El proyecto asociado a esta laguna artificial, considera una sala de máquinas provistas de recirculación y blower, dimensionados específicamente para esta laguna. Se considera un flujo de recirculación que permitirá una filtración biológica cada 5 a 15 días dependiendo la temperatura del ambiente. Además, el diseño considera inyección de aire en puntos estratégicos de la laguna, mediante la inyección de microburbujas de aire, en las épocas de temperaturas elevadas, sobre los 30°. Lo anterior, con la finalidad de mantener los niveles de oxígeno disuelto y el índice ORP en valores estables. Los aportes controlados de oxígeno, sumados a la recirculación de agua, y un monitoreo continuo de parámetros como OD y ORP, darán certeza de no tener aguas con características de estancamiento.

Operación Parques Urbanos

Parques de diversos tamaños distribuidos en 5 zonas dentro del predio, totalizando una superficie de 26.848 m2, los que se complementarán con área de juegos fitness y juegos infantiles. La superficie total construida será de 26.560 m2

Zona de Estacionamientos y Áreas de Circulación

El proyecto completo contará con áreas de circulación y estacionamiento con una superficie total de 23055 m2 que permitirá una circulación segura hacia las zonas de estacionamiento. Los sectores de estacionamientos, que suman un total de 505 plazas en superficie, 180 de los cuales cuentan con los denominados “Estacionamientos Verdes”, que tendrán celdas fotovoltaicas que permitirán la generación de energía.

Mantención de Infraestructura

Mantenciones Regulares

-          Cambio de Luminarias

-          Equipos de Gasfiterías

-          Mantenciones Eléctricas Menores

-          Reparaciones Menores

 

Mantenciones Especificas

-          Mantención de Ascensores

-          Mantención de Calefacción y Ventilaciones

-          Reparación y Mantención de Fachadas.

-          Pintura de Exteriores y Fachadas

-          Mantención de Equipos en cada uno de los Espacios

Aseo de las Instalaciones

Para el desarrollo de éste existirá un equipo permanente a cargo de la administración del complejo

Mantención de Áreas Verdes

Se ha considerado mediante empresas contratistas especialistas en este tipo de actividades

Productos generados

Corresponde específicamente a un proyecto de servicios, por lo cual no genera productos

Recursos naturales renovables

Agua

 

El proyecto utilizará agua en la operación de la laguna y parque acuático, su provisión corresponderá a agua que se obtiene de los derechos de aprovechamiento con los que cuenta el titular. (Se adjuntó copia de los derechos de agua, en Anexo 2.5 de la DIA).

Emisiones y efluentes

Emisión MP10, CO2, NOx, SOx, HC, CH4, N2O, NH3, CO, COV, SO2

Para la estimación de emisiones en esta fase se consideró desde el segundo año, plazo en el cual se encontrará totalmente operativo el Hotel, Casino y Centro de Convenciones.

Las emisiones en esta fase, corresponderán a las generadas por el tránsito interno y externo de vehículos debido a la visita a las distintas unidades del proyecto (Casino, Hotel, Centro de Convenciones, entre otros), además de la emisión generada por la combustión interna de los motores de los mismos vehículos. La habilitación del Hotel generará emisiones por la combustión de Gas Licuado (en adelante GL), para la calefacción de agua sanitaria de las habitaciones.

El resumen de las estimaciones de emisiones para la fase de operación se presenta en la siguiente tabla:

 

Contaminante

Emisiones Operación (ton/año)

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

MP10

0,00

0,15

0,14

0,15

MP2,5

0,00

0,04

0,04

0,04

CO

0,00

4,41

4,41

4,41

NOx

0,00

0,90

0,90

0,90

SOx

0,00

0,11

0,11

0,11

HC

0,00

0,23

0,23

0,23

CH4

0,00

1,01

1,01

1,01

N2O

0,00

0,02

0,02

0,02

NH3

0,00

0,02

0,02

0,02

COV

0,00

0,07

0,07

0,07

En base a los resultados obtenidos, es posible indicar que las emisiones, de la fase de operación, fluctúan entre los 0,30 ton/año a 0,13 ton/año de MP10; y de 0,04 ton/año a 0,11 ton/año de MP2,5.

 

Aguas servidas

 

Serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispondrá el proyecto y su destino será a los sistemas de tratamiento de la sanitaria ESSBIO.

 

Ruido

 

Los niveles de ruido proyectados no sobrepasarán los valores permisibles por la norma de ruido de acuerdo a su zonificación. No obstante, lo anterior, se observó para los puntos P2 a P4 del informe de ruido, que el sector ya se encuentra fuertemente influenciado por el ruido de fondo propio del lugar; por tanto, la operación del proyecto propiamente tal, sin considerar el ruido de fondo, dará cumplimiento a la normativa.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuo sólido domiciliario y asimilable

 

El proyecto considera, de acuerdo a sus características, la generación de residuos domiciliarios y asimilables los que serán manejados mediante un plan que utiliza contenedores con tapa de 1000 L y ruedas (figura 3-18 de la DIA), los que estarán rotulados en el sector de salas de basuras y cercanos a las zonas alejadas y habilitadas para la operación como los sistemas de almacenamiento.

 

Estos contenedores se ubicarán en un lugar denominado “Sala de transferencia de basura”, que se encontrará específicamente en las áreas subterráneas del casino y hotel respectivamente.

 

También se contará con compactadores de basura, lo que serán retirados regularmente por la empresa contratista responsable de este manejo, y que luego es dispuesto en rellenos sanitarios autorizados sanitaria y ambientalmente.

 

Mayores antecedentes del manejo de residuos durante la fase de operación del proyecto se presentaron en el Anexo 2.9 de la DIA.

 

Residuos de construcción producto de mantención y reparaciones

 

El proyecto considera para el caso de los residuos industriales, el manejo a través de tolvas de 10 m3 que se ubicarán en el sector de manejo de basuras, de acuerdo a lo que se presentó en la figura 3-20 de la DIA.

 

Existirá una empresa contratista encargada del retiro de estas tolvas y las llevará a sitios de disposición autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

Sección 4.2

Sección 4.3

Sección 7

Tabla 4.7.1.1

Tabla 4.7.1.2

Tabla 4.7.4

Tabla 4.7.5.1

Tabla 4.7.5.2

Tabla 4.7.5.3

Tabla 4.7.6.1

Tabla 4.7.6.2

4.3.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de cierre

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

No aplica

Restauración

No aplica

Prevención de futuras emisiones

No aplica

Mantención, conservación y supervisión

No aplica

Recursos naturales renovables 

No aplica

Emisiones y efluentes

No aplica

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.8

 

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Segundo semestre de 2017, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental Favorable

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de faenas

Fecha estimada de término

26 meses desde su inicio

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de la instalación de faenas

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Segundo semestre del 2018 (funcionamiento Casino)

Segundo semestre del 2019 (funcionamiento Hotel, Centro de Convenciones y Canopy, además de equipamiento exterior)

Parte, obra o acción que establece el inicio

Recepción municipal del casino, hotel y centro de convenciones

Fecha estimada de término

No se contempla término de la fase

Parte, obra o acción que establece el término

No aplica

4.4.3. FASE DE CIERRE

No aplica

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Afectación a la salud de la población por aumento de la concentración de material particulado PM 2.5 y PM 10

Parte, obra o acción que lo genera

-          Movimiento de tierra

-          Tránsito de camiones

-          Excavaciones y escarpe del terreno

-          Tránsito de vehículos y maquinarias.

-          Funcionamiento del casino y hotel

Fase en que se presenta

Construcción/Operación

Impacto ambiental

Aumento de los niveles de presión sonora en los receptores más cercanos

Parte, obra o acción que lo genera

-          Faenas de construcción (funcionamiento de maquinaria, vehículos y fuentes menores)

-          Grupos electrógenos

-          Equipos de climatización

Fase en que se presenta

Construcción/Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.1, Tabla 6.1

El proyecto se ejecutará en la comuna de Chillán, la cual corresponde a una zona declara saturada por Material Particulado Respirable MP10 y por Material Particulado Fino Respirable MP2,5, ambas como Concentración Diaria; y declarada Zona Latente por Material Particulado Respirable MP10, como Concentración Anual, la cual cuenta con un Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica vigente.

En base a los resultados obtenidos y evaluados por los órganos del Estado competentes, es posible indicar que las emisiones, cuando solo se presenta la fase de construcción, son al menos el doble del valor de las emisiones de la fase de operación, por ende, se puede mencionar que el grueso de emisiones se generará en el año 1 del proyecto. Lo anterior, considerando que las emisiones en fase de operación fluctuarán entre los 0,30 ton/año a 0,13 ton/año de MP10; y de 0,04 ton/año a 0,11 ton/año de MP2,5. (Detalle de la estimación de emisiones en Anexo 4.1 de la DIA y tablas 4.6.4.1 y 4.7.5.1 del informe Consolidado de Evaluación)

 

En base a los resultados obtenidos, y al realizar el análisis comparativo respecto de lo establecido en el D.S. N°48/2005 del MMA (PPDA de Chillán y Chillán Viejo), las emisiones generadas por el proyecto, se encuentran bajo el nivel de la norma, es decir; las emisiones directas e indirectas generadas por el proyecto son inferiores a 1 Ton/año de MP, por lo tanto, el proyecto no deberá compensar emisiones.

 

Considerando que el proyecto contempla la construcción de un equipamiento, cuya “peor condición” en término de emisiones se generará durante el primer año de la etapa de construcción del mismo, la estimación de emisiones realizadas, a través de las cuales se concluye que el proyecto en su peor condición emite una cantidad inferior a 1 ton/año de MP 10 y MP 2.5 y por lo tanto no debe compensar emisiones por este efecto, teniendo en cuenta además que sin perjuicio de lo anterior el titular presenta medidas de manejo ambiental a objeto de minimizar las emisiones generadas, es que se considera que el aporte de contaminantes por parte del proyecto, responsables de la condición de saturación, no es significativa por lo tanto la ejecución del mismo no contribuye a aumentar el riesgo pre-existente de la población en la comuna de Chillán.

 

Respecto del ruido, habiendo tenido a la vista el “Estudio de Impacto Acústico Proyecto Complejo Casino Hotelero Marina del Sol Chillán” adjunto en Anexo 4.2 de la DIA del proyecto, en base a la evaluación de dichos antecedentes durante el proceso de evaluación ambiental, particularmente por la Autoridad Sanitaria, es posible concluir que el proyecto no superará los valores de ruido establecidos en el D.S. N° 38, correspondiente a la normativa vigente para este efecto, y que por lo tanto no genera riesgo a la salud asociado al nivel de ruido que generará el proyecto en sus distintas fases.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Pérdida de suelo terrestre, compactación del suelo terrestre

Durante la fase de construcción para cada subfase, se contempla la realización de retiro de escarpe, movimientos de tierra (rellenos, cortes y excavaciones). El escarpe se realizará mediante el uso de maquinaria típica para este tipo de faenas.

Durante la fase de operación, existirán construcciones de carácter permanente

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Suelo, flora y vegetación y fauna

Parte, obra o acción que lo genera

-          Acondicionamiento del Terreno

-          Escarpe o Extracción de la capa vegetal

-          Movimientos de tierra

-          Construcciones permanente

Fase en que se presenta

Construcción/Operación

Impacto ambiental

Afectación al recurso hídrico subterráneo en términos de cantidad

 

Para efecto de la construcción de los edificios asociados al proyecto, de carácter permanente, el proyecto considera agotamiento de napa, toda vez que se detectó la napa de agua a una profundidad media de 1,40 m bajo la cota de terreno natural.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Agua subterránea

Parte, obra o acción que lo genera

Agotamiento de napa

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.2, Tabla 6.2

El proyecto se ejecutará en área urbana y área rural, por lo cual la planificación territorial, al menos en el área urbana, está pensada en el crecimiento urbano y con usos compatibles con el presente proyecto. Por otra parte, de acuerdo a la caracterización del área de influencia respecto de los componentes flora y vegetación, así como fauna, es posible indicar que actualmente el sitio de emplazamiento del proyecto no sustenta biodiversidad relevante desde el punto de vista ambiental, toda vez que dicha área se encuentra intervenida prácticamente en su totalidad, donde se destaca la presencia de flora y vegetación de plantas vasculares introducidas y no se registraron especies nativas con estado de conservación. Desde el punto de vista de la fauna, sólo se identificaron en el área de influencia del proyecto dos especies representantes del grupo de los reptiles, las que se encuentran catalogadas como “preocupación menor” y “fuera de peligro”.

Por lo anterior, el área en que se localizará el proyecto en condición base, no posee atributos ni capacidad, dada la presión antrópica y crecimiento urbano, para sustentar biodiversidad relevante desde el punto de vista ambiental.

 

El área de influencia del proyecto no posee una condición natural que le otorgue relevancia ambiental desde el punto de vista de la riqueza y abundancia de especies, la diversidad de hábitat, así como que sustente especies nativas, o en categorías de conservación, por lo cual, tras la ejecución del proyecto, no se generará un impacto significativo sobre la biodiversidad respecto de la superficie intervenida.

 

Respecto del recurso subterráneo, en el estudio hidrogeológico del área de influencia del proyecto, (Anexo 9 de la Adenda), se realizó un catastro de los derechos de aguas existentes oficialmente en la página de la DGA, además de un levantamiento en terreno en las propiedades aledañas al proyecto, donde se consultó respecto de la existencia de extracciones de agua. En las figuras N°20 y N°21 de la Adenda se muestra la ubicación de estas extracciones. Por otro lado, en dicho estudio, se señala que el muestreo recogió un estrato de suelo que acumula agua en forma superficial y otro de la napa más profunda. La situación simulada indicó que eventualmente la disminución de los niveles se provocaría en el estrato más superficial y no en el estrato profundo, ya que este último corresponde a un acuífero de alta permeabilidad y espesor desconectado de la formación superior por materiales confinantes de baja permeabilidad (toba). La caracterización y catastro (antecedentes bibliográficos e información que fue posible obtener en terreno por parte del titular) de los pozos se detalló en la Tabla N° 1 de la Adenda. Al respecto, considerando la información existente en la DGA, relativa a derechos otorgados se observa que existirían cinco pozos dentro del perímetro citado (área de influencia) y en los cuales se evaluó la afectación por efecto del ascenso o descenso de los niveles de agua subterránea, producto de la acción de agotamiento de napa, necesaria para la construcción del proyecto.

 

Con esta información expuesta en la tabla citada anteriormente, se certificó que existen tres pozos en el área de influencia del proyecto que no serían afectados, toda vez que se encuentran a profundidades tales que implica que estarían utilizando agua de la napa más profunda, la cual no es intervenida por el proyecto. Por otra parte, existen dos pozos que presentan profundidades de 5,5 y 4 m respectivamente los cuales no se verán afectados dadas las condiciones del suelo del área de estudio. Estos pozos corresponden a la napa superficial. Al respecto, la DGA indicó, respecto de estos pozos, que “se ubican en la misma unidad hidrogeológica superficial modelada, con niveles orográficos similares y de baja pendiente, por lo que es esperable que el acuífero presente niveles estáticos concordantes con el nivel estático observado en el estudio, lo que implica que no existiría una afectación significativa de los niveles de los pozos susceptibles de ser afectados”

 

Lo anterior se sustenta además en consideración que las obras de excavación se extienden a una profundidad de 2 m por lo que la afectación del proyecto se limita a las primeras capas de suelo, por lo cual los descensos de nivel no serán significativos y que recuperarán su nivel original.

 

 

 

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

Susceptibilidad de alteración a los sistemas de vida de grupos humanos.

El área donde se emplazará el proyecto, actualmente se ha configurado como un sector de expansión habitacional e infraestructura (área de influencia). El área de intervención directa del proyecto no presenta construcciones, ni viviendas, por lo cual el proyecto no considera relocalización de personas, ni grupos humanos.

 

Respecto de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, en base a la información presentada por el titular y al pronunciamiento de CONADI (quien se excluyó de participar en la evaluación ambiental del proyecto), es posible indicar que, en el área de influencia, se pudo constatar que no hay comunidades, ni terrenos destinados a actividades y/o manifestaciones étnicas. A su vez de acuerdo a los informantes que circulaban al interior del área de influencia, no se informa presencia de organizaciones indígenas en ella. Lo anterior fue verificado de acuerdo a los registros oficiales de CONADI”

Parte, obra o acción que lo genera

Faenas de construcción

Operación global del complejo casino-hotel

Fase en que se presenta

Construcción/Operación

Impacto ambiental

Susceptibilidad de afectación de los niveles de agua subterránea de pozos de uso humano.

Para la construcción del casino y hotel, se considera agotamiento de napa en forma continua durante 180 días, toda vez que en el sector existe un acuífero libre cuya profundidad está a 1.4 m.

Parte, obra o acción que lo genera

Agotamiento de napa

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.3, Tabla 6.3

En base a los antecedentes tenidos a la vista, Anexo 4.8 de la DIA, y de acuerdo a lo observado en terreno, sólo se identificaron actividades asociadas al uso de recursos naturales, localizadas en predios colindantes al proyecto.

 

Actualmente en el área de influencia del proyecto se observa la construcción de proyectos inmobiliarios e instalación de diversas empresas industriales y manufactureras cercanos y colindantes al proyecto, así como predios con uso agrícola. La infraestructura básica presente en el área del proyecto (colindante) corresponde a los canales de riego, y es relevante para las actividades agrícolas que desarrollan en el sector, estos canales no serán intervenidos por el proyecto y por lo tanto, por efecto de partes, obras y acciones del mismo, no se generará afectación tanto en la calidad de sus aguas, como en la cantidad.

 

Respecto a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, en el área de influencia del proyecto no se identificaron dichos grupos. Lo anterior de acuerdo a la información presentada por el titular en el Anexo 4.8 de la DIA, y tras el análisis de los mismos por parte de la CONADI, ésta se excluyó de participar en el proceso de evaluación, argumentando que de acuerdo a la información que dispone esa Corporación, en el área donde se emplazará el proyecto no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indígena que deba ser evaluado.

 

Respecto del recurso subterráneo, en el estudio hidrogeológico del área de influencia del proyecto, (Anexo 9 de la Adenda), se realizó un catastro respecto de los derechos de aguas existentes oficialmente en la página de la DGA, además de un levantamiento en terreno en las propiedades aledañas al proyecto, donde se consultó respecto de la existencia de extracciones de agua. En las figuras N°20 y N°21 de la Adenda se muestran la ubicación de estas extracciones. Por otro lado, en dicho estudio, se señala que el muestreo recogió un estrato de suelo que acumula agua en forma superficial y otro de la napa más profunda. La situación simulada indica que eventualmente la disminución de los niveles, por efecto del agotamiento de napa, se provocaría en el estrato más superficial y no en el estrato profundo, ya que este último corresponde a un acuífero de alta permeabilidad y espesor desconectado de la formación superior por materiales confinantes de baja permeabilidad (toba). La caracterización y catastro (antecedentes bibliográficos e información que fue posible obtener en terreno) de los pozos se detalló en la Tabla N° 1 de la Adenda. Al respecto, considerando la información existente en la DGA, relativa a derechos otorgados, se observa que existirían cinco pozos dentro del perímetro citado (área de influencia) y en los cuales se evaluó la afectación por efecto del descenso de los niveles de agua subterránea, y que pudiera afectar la disponibilidad del recurso para uso humano.

 

Con esta información expuesta en la tabla citada anteriormente, se certificó que existen tres pozos en el área de influencia del proyecto que no serían afectados en cuanto a su disponibilidad de agua para uso humano, toda vez que se encuentran a profundidades tales que implica que estarían ubicados en la napa más profunda, la cual no es intervenida por el proyecto. Por otra parte, existen dos pozos que presentan profundidades de 5,5 y 4 m respectivamente los cuales no se verán afectados dadas las condiciones del suelo del área de estudio. Estos pozos corresponden a la napa superficial. Al respecto, la DGA indicó, respecto de dichos pozos, que “se ubican en la misma unidad hidrogeológica superficial modelada, con niveles orográficos similares y de baja pendiente, por lo que es esperable que el acuífero presente niveles estáticos concordantes con el nivel estático observado en el estudio, lo que implica que no existiría una afectación significativa de los niveles de los pozos susceptibles de ser afectados”

 

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental

No hay

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

No aplica

Parte, obra o acción que lo genera

No aplica

Fase en que se presenta

No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.4, Tabla 6.4

Respecto de población protegida, en base a la información presentada por el titular y al pronunciamiento de CONADI (quien se excluyó de participar en la evaluación ambiental del proyecto), es posible indicar que, en el área de influencia, se pudo constatar que no hay comunidades, ni terrenos destinados a actividades y/o manifestaciones étnicas. A su vez de acuerdo a los informantes que circulaban al interior del área de influencia, no se informa presencia de organizaciones indígenas en la misma. Lo anterior fue verificado de acuerdo a los registros oficiales de CONADI”

 

En el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales, ni áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto.

 

Respecto del valor ambiental del territorio donde se pretende emplazar el proyecto, el área de influencia del mismo, se encuentra intervenida prácticamente en su totalidad, donde se destaca la presencia de flora y vegetación de plantas vasculares introducidas y no se registraron especies nativas con estado de conservación, respecto de la fauna se encontraron dos especies en estado de conservación catalogadas como “preocupación menor” y “fuera de peligro”. Por ende, no corresponde a un territorio con nula o baja intervención antrópica que provea servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presenten características de unicidad, escasez o representatividad, por lo cual el área de influencia del proyecto es carente de valor ambiental en términos del SEIA.

 

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental

No hay

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

No aplica

Parte, obra o acción que lo genera

No aplica

Fase en que se presenta

No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.5, Tabla 6.5

El área de influencia del proyecto no posee valor turístico. Al respecto, no existen antecedentes de que dicha área posea un valor turístico a escala local o regional en términos del SEIA, es decir no posee valor paisajístico, cultural y/o patrimonial que atraiga flujos de visitantes.

 

El área de influencia del proyecto no posee valor paisajístico. Al respecto, el área donde se situará el proyecto reúne rasgos que establecen una vulnerabilidad visual muy baja para todos los factores considerados en el estudio de paisaje, presentado en el Anexo 4.9 de la DIA. El área de influencia no posee un valor paisajístico en términos del SEIA, toda vez que, aun siendo perceptible visualmente, no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la hace única y representativa del paisaje.

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental

Alteración de monumentos nacionales, sitios con valor antropológicos, arqueológicos, históricos, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

 

En el área de influencia del proyecto no se encuentran construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo el patrimonio cultural indígena, de acuerdo a los antecedentes presentados en Anexo 4.7 de la DIA, dichos antecedentes fueron ampliados en la Adenda (Anexo 5) con una detallada inspección arqueológica ocular, que concluye no se encontraron evidencias arqueológicas sean ellas de carácter tanto históricas, como prehistóricas.

Parte, obra o acción que lo genera

-          Movimiento de tierra

-          Tránsito de camiones

-          Excavaciones y escarpe del terreno

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6, Sección 6.6, Tabla 6.6

Sin perjuicio de que no se evidenciaron hallazgos tras la inspección arqueológica, y considerando que, si bien la información bibliográfica no indica la presencia de materiales arqueológicos y/o patrimoniales en el entorno inmediato, existen registros de evidencia arqueológica a varios km del área de influencia del proyecto, por lo cual eventualmente podría encontrarse algún material por efecto de la ejecución del proyecto, aunque con baja probabilidad.

 

Al respecto, el titular con el objeto de verificar que el medio ambiente en su componente patrimonial se comporte de acuerdo a lo evaluado, así como verificar que no se generan impactos significativos, resguardará esta variable manteniendo durante la etapa de construcción un arqueólogo(s) y/o licenciado(s) en arqueología que realice un monitoreo continuo durante las obras de limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno (detalle en Tabla 8.3.2 del ICE).

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Obra privada destinada a instalaciones sanitarias y tratamiento de aguas servidas requeridas para la instalación de faenas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 1596 del 30 de junio de 2017, de la SEREMI de Salud

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.1

 

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Lugares destinados a la acumulación transitoria de residuos, durante la fase de construcción, en instalación de faenas.

Zona de manejo de residuos (sala de basura hotel).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 1596 del 30 de junio de 2017, de la SEREMI de Salud

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.2

 

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de residuos peligrosos en la Instalación de faenas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 1596 del 30 de junio de 2017, de la SEREMI de Salud

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.3

 

6.1.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Para ejecutar la etapa de construcción (acondicionamiento del terreno, movimientos de tierra)

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 1210 del 07 de octubre de 2017, del SAG

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.4

 

6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

  • Entubamiento de un tramo del canal Subderivado Puente Ñuble.
  • Tres descargas de aguas lluvias en canal Subderivado Puente Ñuble.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 1467 del 11 de octubre de 2017, de la DGA

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.5

 

6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Camarines a ubicarse en la Instalación de Faenas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 784 del 29 de junio de 2017, del SAG

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2, Tabla 9.2.6

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Uso de suelo

Norma

DFL N° 458/76 del MINVU

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción de edificaciones

Forma de cumplimiento

Una fracción del proyecto se encuentra emplazada en una zona rural de acuerdo a lo establecido en el Certificado de Informaciones Previas. Por lo anterior, corresponde tramitar la obtención del Informe favorable de Construcción (IFC). En Anexo 5.6 de la DIA se presentaron los antecedentes del PAS 160

Indicador que acredita su cumplimiento

Presentación del PAS 160 a la autoridad sectorial respectiva, una vez obtenida la RCA favorable.

Forma de control y seguimiento

Resolución Informe Favorable de Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.1, Tabla 8.1.1

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

D.S. N° 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/ operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Emisiones generadas por grupo electrógeno en etapa de construcción y en operación por grupo electrógeno y combustión de gas licuado.

Forma de cumplimiento

Declaración de emisión y residuos a través de la ventanilla única RECT

Indicador que acredita su cumplimiento

Realizar declaración de emisiones y residuos en el RETC según corresponda.

Forma de control y seguimiento

Respaldo electrónico de Ingreso de datos en la página del RETC

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.1

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo N° 144/1961, del MINSAL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos y camiones por caminos no pavimentados, además por movimientos de tierra (escarpe, excavaciones, acondicionamiento del terreno, movimientos de tierra)

Forma de cumplimiento

Humectación durante el movimiento de tierra en la zona de emplazamiento del proyecto.

 

Además, los vehículos contarán con sus revisiones técnicas al día, la velocidad máxima de circulación permitida será de 30 km/h y se transportarán los materiales en camiones con su tolva cubierta.

 

Aplicación de bischofita en el camino de acceso al proyecto en la temporada de inicio de verano. La aplicación se realizará en 2 o más franjas dependiendo del ancho de la superficie a tratar, considerando un traslape entre 10 y 20 cm entre cada línea de riego. Para evitar que el suelo se sature prematuramente o que la solución escurra lateralmente, la aplicación se realizará entre 3 y 6 pasadas por el mismo punto dependiendo de su capacidad de absorción. Se debe señalar que la aplicación de la bischofita se utilizará en el camino de acceso temporal. Se debe notar, además, que este camino, se dejará de utilizar a medida que se vaya pavimentando el acceso definitivo, por lo tanto se estima que se aplicará antes del inicio de las obras, se aplicará una vez y, en caso de que el camino se siga utilizando, se realizará una nueva aplicación a los 6 meses.

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de camiones encarpados/N° total de camiones en fase de construcción.

N° de vehículos con revisión técnica/ total de vehículo en fase de construcción.

Señalética instalada.

N° de viajes de humectación/día

Registro aplicación de bischofita

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones. Señalética asociada al control de velocidad al interior del predio. Registro fotográfico de camiones encarpados. Registro de humectación.

Respecto del uso de bischofita, se realizarán supervisiones periódicas al área donde se aplicará el supresor de polvo, y se emitirá. un informe de aplicación por la empresa que se subcontrate el que se mantendrá en el libro de obras.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.2

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales e insumos, susceptibles de emisión de material particulado

Forma de cumplimiento

Los camiones que transporten materiales susceptibles de emisión de material particulado, cubrirán toda su carga mediante encarpado con lonas o plásticos, lo que impedirá la dispersión de estos materiales al aire.

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de camiones encarpados/N° total de camiones en fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico de camiones encarpados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.3

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos tanto al interior como fuera de las obras

Forma de cumplimiento

Registro de mantenciones y revisiones técnicas.

La maquinaria, así como cualquier tipo de vehículo motorizado, deberá circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de camiones encarpados/N° total de camiones en fase de construcción.

N° de vehículos con revisión técnica/ total de vehículo en fase de construcción

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones. Registro fotográfico de camiones encarpados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.4

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo 55/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos motorizados pesados durante esta fase

Forma de cumplimiento

Los vehículos pesados que operen durante la fase de construcción del proyecto, contarán con sus certificados de revisión técnica al día y sus sellos autoadhesivos

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de vehículos con revisión técnica/ total de vehículo en fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones, con sus sellos al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.5

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo4/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos motorizados durante esta fase

Forma de cumplimiento

Los vehículos motorizados y maquinarias que operen durante la fase de construcción del proyecto, contarán con sus certificados de revisión técnica al día y sus sellos autoadhesivos que señala el cumplimiento de este decreto

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de vehículos con revisión técnica/ total de vehículo en fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones, con sus sellos al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.6

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo211/1991, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos motorizados livianos durante esta fase

Forma de cumplimiento

Los vehículos livianos que operen durante la fase de construcción del proyecto, contarán con sus certificados de revisión técnica al día y sus sellos autoadhesivos que señala el cumplimiento de este decreto

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de vehículos con revisión técnica/ total de vehículo en fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica al día de los vehículos, maquinarias y camiones, con sus sellos al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.7

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Decreto Supremo48/2015, del Ministerio de Medio Ambiente

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto generará emisiones atmosféricas incluyendo las emisiones de MP10 y MP 2,5, producto de las actividades constructivas del proyecto y que se indican en el estudio de emisiones atmosféricas de la DIA, también generará emisiones en la operación por funcionamiento de sistema de calefacción a gas.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los resultados obtenidos del informe de estimación de emisiones (Anexo 4.1 de la DIA), se evidencia la no superación de lo establecido en el PDA, es decir las emisiones del proyecto en todas sus fases están bajo 1 ton/año, por lo tanto no debe compensar emisiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica

Forma de control y seguimiento

Informes de estimaciones de emisiones que se adjuntaron en el Anexo 4.1 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.8

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

Decreto Supremo38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Uso de maquinarias y equipos en los frentes de trabajo.

Forma de cumplimiento

La generación de ruido ambiental del proyecto se evaluó mediante un Estudio de Impacto Acústico (Anexo 4.2 de la DIA) el que indica el cumplimiento de esta normativa aplicable en ambas fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Mediciones de ruido durante la fase de construcción que esté por debajo de lo establecido en la normativa ambiental aplicable para la zona.

Sin perjuicio de acreditar su cumplimiento, durante la etapa de construcción considera dos escenarios, el primero de ellos contempla la construcción del hotel, casino, centro de convenciones y estacionamiento sector Oeste. La segunda etapa considera la construcción de estacionamientos zona Sur, canchas y áreas verdes. Esto sólo se considera para horario diurno. Para todo el proyecto en etapa de construcción se ha considerado cierre perimetral de faena con paneles OSB de 2,4 m de altura.

Forma de control y seguimiento

Informe de los resultados de medición de ruidos efectuados durante la fase de construcción de acuerdo a lo referido en el D.S N°38/2011 del MMA, se realizarán mediciones de ruido a lo menos trimestrales en toda la fase de construcción del proyecto, enviando los informes de dichas mediciones a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.9

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

Norma

DFL N° 1/1990, del Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos en la fase de construcción en instalación de faenas, (Permiso Ambiental Sectorial 140 ante la Autoridad Sanitaria).

Durante la fase de operación se implementará una sala de basura que se encuentra a la que le aplica el mismo PAS 140.

Forma de cumplimiento

Lugares de almacenamiento de residuos cumpliendo la normativa aplicable

Indicador que acredita su cumplimiento

Implementación y habilitación de un sitio de acopio temporal de residuos no peligrosos y la implementación de una sala de basura durante la operación del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Resolución Sanitaria de autorización sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos para la fase de construcción y operación del proyecto.

Además de los registros de disposición a través de los cuales se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria y ambiental si corresponde.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.10

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

Norma

DS N° 594/1999, del Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas: sitio de acopio transitorio de residuos no peligrosos, domiciliarios y asimilables, bodega RESPEL

Sala de basura Hotel

Forma de cumplimiento

El proyecto tiene contemplado un lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos en la fase de construcción, por lo anterior se realizará la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial 140 ante la Autoridad Sanitaria (Anexo 5.2 de la DIA).

 

El proyecto durante la fase de construcción contempla una bodega de Residuos peligrosos, donde las características están descritas en el PAS 142 (Anexo 5.3 de la DIA).

 

Durante la fase de construcción se generarán residuos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Se contempla que éstos sean acopiados transitoriamente en lugares dispuestos para ellos, para posteriormente ser retirados y dispuestos en relleno sanitario autorizado/relleno de seguridad, según su naturaleza.

Indicador que acredita su cumplimiento

Implementación y habilitación de un sitio de acopio temporal de residuos no peligrosos y peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial 140 y 142/ Registros de retiro (boleta, factura u otro documento) de la empresa externa autorizada. Registro de disposición final de residuos en lugares autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.11

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

Norma

D.S. N° 148/2003, del Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas: bodega de residuos peligrosos

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción serán almacenados transitoriamente en la bodega de residuos peligrosos y que dispuestos en lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Implementación y habilitación de un sitio de acopio temporal de residuos peligrosos

Forma de control y seguimiento

Resolución Sanitaria de autorización de la bodega RESPEL. Comprobante de declaración en SIDREP

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.12

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos

Norma

DS N° 594/1999, del Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas: instalaciones sanitarias

Forma de cumplimiento

Mientras no se realice la conexión a la concesionaria correspondiente, se habilitarán baños químicos al inicio de los trabajos de construcción así como la implementación de una solución particular de aguas servidas (antecedentes PAS 138 Anexo 5.1 de la DIA)

Indicador que acredita su cumplimiento

N° de baños químicos/N° de trabajadores al inicio de la fase de construcción. / Implementación instalación sanitaria particular

Forma de control y seguimiento

Copia de factura de empresa prestadora del servicio de baños químicos / Resolución de aprobación del sistema particular de aguas servidas durante la fase de construcción. Certificado de factibilidad de la empresa sanitaria del sector/ Facturas y/o boletas de la empresa por cobro del servicio.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.2, Tabla 8.2.13

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma

Ley Nº 17.288/1970, Sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Escarpes y movimientos de tierra

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la inspección arqueológica y revisión bibliográfica escrita en el Anexo 4.7 de la DIA no se evidencia la presencia de vestigios arqueológicos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Identificación durante las actividades de construcción evidencia o no de vestigios arqueológicos/ Realización charlas de inducción.

Forma de control y seguimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.3, Tabla 8.3.1

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma

D.S. N° 484/1990

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Escarpes y movimientos de tierra

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la inspección arqueológica y revisión bibliográfica escrita en el Anexo 4.7 de la DIA no se evidencia la presencia de vestigios arqueológicos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe de Monitoreo arqueológico

Evidenciar algún hallazgo arqueológico.

Realización de charlas de inducción a los trabajadores

Forma de control y seguimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

El titular tendrá un arqueólogo(s) y/o licenciado(s) en arqueología que realice un monitoreo continuo durante las obras de limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno. A partir de esta actividad el profesional deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe mensual de monitoreo, el que deberá incluir los siguientes antecedentes, también realizará charlas de inducción a los trabajadores:

 

-          Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

-          Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

-          Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

-          Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

-          Realizar charlas de inducción -por el arqueólogo o licenciado en arqueología- a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se deberá remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador.

-          El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se debe recordar que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

-          De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.3, Tabla 8.3.2

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Ley N° 19.473 Ley de Caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Escarpes y movimientos de tierra, despeje de vegetación

Forma de cumplimiento

El titular realizará una inducción a los trabajadores de la fase de construcción y operación asociada a los contenidos de la presente norma, antes del inicio de dichas fases, y dispondrá de señalética informativa

Indicador que acredita su cumplimiento

El proyecto no contempla caza, ni captura de especies en categorías de conservación, ni beneficiosas para la actividad agropecuaria/implementación de señalética

Forma de control y seguimiento

Informe de estudio de fauna en la zona de influencia/registro de las inducciones a los trabajadores relacionados con los contenidos de la presente normativa

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, Sección 8.3, Tabla 8.3.3

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Monitoreo nivel agua subterránea durante actividad de agotamiento de napa en la fase de construcción

Impacto asociado

-          Afectación al recurso hídrico subterráneo en términos de cantidad

-          Susceptibilidad de afectación de los niveles de agua subterránea de pozos de uso humano.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: verificar que el medio ambiente en su componente hidrogeológica se comporte de acuerdo a lo evaluado, así como verificar que no se generan impactos significativos

 

Descripción:

i) Las obras de excavaciones del proyecto no podrán superar los 2 metros de profundidad como se indica en la Adenda.

ii) Se deberá disponer dentro de los límites de la propiedad en que se ejecutará el proyecto un pozo de observación en dirección al pozo más cercano susceptible de afectar,

iii) La información del monitoreo del pozo de observación deberá ser diaria, mientras se ejecute el agotamiento de napas y remitir mensualmente a la Dirección General de Aguas.

iv) En caso de evidenciar una disminución de niveles en el pozo de observación significativa y fuera de rango predicho, el titular deberá adoptar medidas que impidan la inhabilitación de los pozos susceptibles de afectar. Lo anterior deberá ser informado a la DGA, junto a las medidas adoptadas.

 

Justificación: Dichas condiciones se justifican considerando que las características constructivas de los pozos eventualmente susceptibles de ser afectados no fueron validadas en terreno, por lo cual es necesario constatar que el medio ambiente en su componente hidrogeológica se comporte de acuerdo a lo evaluado

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: dentro de los límites de la propiedad en que se ejecutará el proyecto en dirección al pozo más cercano susceptible de afectar

 

Forma: construcción de un pozo de observación (testigo), el estándar del pozo deberá ser acordado previamente con la DGA, así como su localización exacta.

 

Oportunidad: el pozo de observación deberá estar construido antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. El monitoreo de los niveles del pozo deberá ser diario mientras se ejecute el agotamiento de napa.

Indicador que acredite su cumplimiento

Dar aviso a la DGA y SMA de la construcción y habilitación del pozo de observación, registros monitoreo diario del pozo

Forma de control y seguimiento

Informe mensual a la DGA mientras dure el agotamiento de napa.

Informe a la DGA de medidas adoptadas en caso de evidenciar una disminución significativa de los niveles del mismo.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10, Sección 10.2, Tabla 10.2.1

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

10.1.1. Proliferación de vectores de interés sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faena, específicamente en instalaciones o bodegas destinadas al almacenamiento de equipos, insumos, residuos u otros fines

Acciones o medidas a implementar

-          Almacenamiento en contenedores tapados y a su vez, uso de bolsas plásticas desechables propias para esta actividad.

-          No generar una acumulación por tiempos prolongados, se estima su retiro 3 veces por semana, o de acuerdo a la frecuencia que tenga el servicio municipal.

-          Inducción al personal y trabajadores de depositar este tipo de residuos en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados.

Se desarrollará un proceso de desinfección, sanitización y desratización por empresas especializadas en la instalación de faena.

Forma de control y seguimiento

Se realizará un control de todo tipo de plagas que se puedan presentar, mediante la implementación de diferentes técnicas paliativas.

Informe de seguimiento por parte de la empresa contratista

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.1

 

10.1.2. Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Acumulación de residuos se produce en caso de contenedores de residuo en mal estado y acumulación de residuos por mucho tiempo. Obras previas

Acciones o medidas a implementar

Revisión periódica de los contenedores.

Recambio de contendores dañados

Forma de control y seguimiento

- Los residuos peligrosos serán manipulados separadamente de los residuos domésticos e industriales no peligrosos, y serán dispuestos en contenedores con tapa y debidamente rotulados. Particularmente, para la fase de construcción los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega habilitada para este tipo de residuo, autorizada por Seremi de Salud de la Región del Biobío, para finalmente ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado.

- Se realizará un registro de la cantidad y tipo de sustancia que se transporte y de la que se almacene

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.2

 

10.1.3. Incendio de residuos o materiales

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Todas las partes, obras o acciones asociadas al proyecto

Acciones o medidas a implementar

-          Se diseñará un plan especial para la instalación de faenas de acuerdo a su tamaño y se exigirá los elementos de prevención de incendio adecuado a dicha instalación.

-          Capacitaciones al/los encargados de la bodega y trabajadores en general sobre los riesgos, prevención y forma de proceder frente a un incendio.

-          Prohibición de fumar en la obra y especialmente en sectores de acopio y/o almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.

-          Se contará en todo momento con sistema manual de abatimiento de incendios (extintor de polvo seco) dispuesto en toda la obra.

-          Existirá un coordinación e identificación de números de emergencia para la oportuna comunicación con equipos de emergencia que puedan atender esta situación

Forma de control y seguimiento

El sistema de control de incendios estará constituido, por un depósito de almacenamiento de agua y sus respectivos sistemas de distribución y aplicación, además de su respectivo sistema de enfriamiento, distribución de espuma, y de detección y alarma.

- Capacitación trabajadores

- Informe de mantención de los sistemas de control de incendio.

- Hoja de asistencia a capacitación

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.3

 

10.1.4. Derrame de sustancias peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Instalaciones o bodegas destinadas al almacenamiento de equipos, insumos, residuos u otros fines

Acciones o medidas a implementar

-          Estará prohibido disponer de estanques o tambores para el almacenamiento de aceites lubricantes o combustible cercano a los puntos de trabajo.

-          Toda reparación o mantención de la maquinaria encargada de las actividades se realizará fuera de las obras, en los lugares destinados para ello, como estaciones de servicios y talleres mecánicos.

-          No se permitirá la carga de combustible de la maquinaria en las áreas de trabajo. Solo se puede hacer en áreas especialmente delimitadas para tal acción.

Forma de control y seguimiento

-Los vehículos deberán cumplir con las normas nacionales, y con todas las condiciones de seguridad que amerita el transporte de sustancias y residuos peligrosos.

-Se realizará un registro de la cantidad y tipo de sustancia que se transporte y de la que se almacene. Particularmente, el transportista debe contar con este registro, lo anterior debido a que en el sitio de disposición final al que son transportados tales residuos se solicita esta documentación para efectuar su recepción.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.4

 

10.1.5. Alumbramiento de aguas subterráneas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Asociado a las excavaciones que se desarrollarán durante la fase de construcción y que pueden generar el alumbramiento de la napa subterránea. Obras previas

Acciones o medidas a implementar

Al realizar excavaciones existirá verificación permanente del alumbramiento de napas por personal de apoyo de manera de identificar con antelación esta situación.

Forma de control y seguimiento

Se considera un sistema agotamiento de napa freática en base a punteras.

-Visitas de seguimiento semanales, reuniones mensuales, revisión de documentos y redacción de informes periódicos e informe final

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.5

 

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

 

10.2.1. Proliferación de vectores de interés sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faena, específicamente en instalaciones o bodegas destinadas al almacenamiento de equipos, insumos, residuos u otros fines

Acciones a implementar

-          Se deberá detener las faenas de construcción mientras dura la emergencia.

-          Se desarrollará un proceso de desinfección, sanitización y desratización por empresas especializadas de los lugares de instalación de faenas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos.

Referencia al ICE o  documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.1

 

10.2.2. Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Acumulación de residuos se produce en caso de contenedores de residuo en mal estado y acumulación de residuos por mucho tiempo. Obras previas

Acciones o medidas a implementar

Recambio de contendores dañados

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.2

 

10.2.3. Incendio de residuos o materiales

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Todas las partes, obras o acciones asociadas al proyecto

Acciones o medidas a implementar

-          Al detectar el fuego, si no es posible apagarlo con un extintor se deberá comunicar rápidamente a la supervisión, quienes coordinarán con el Prevencionista de Riesgo la llegada de equipos de emergencia, se solicitará la asistencia de Bomberos.

-          Al declararse incendio se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al punto de encuentro de emergencia definido en cada faena de trabajo.

-          El Jefe de Terreno y el Prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal.

-          Llegando el personal a los puntos de emergencia de la instalación de faenas, deberán identificar a su capataz y supervisor.

-          El supervisor y capataz debe verificar que este todo su personal a salvo.

-          Sólo se regresa al lugar de trabajo cuando se dé la señal de retorno a cargo del Jefe de Terreno.

-          Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.3

 

10.2.4. Derrame de sustancias peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Instalaciones o bodegas destinadas al almacenamiento de equipos, insumos, residuos u otros fines

Acciones o medidas a implementar

-          Se deberá detener inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando la zona.

-          Restringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido el derrame.

-          Proceder a controlar el derrame en la fuente, reparando mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando llaves o válvulas abiertas, según sea el motivo de la contingencia.

-          Disponer de material absorbente sobre el derrame (arena, tierra u otro) con el fin de minimizar lo mayor posible la extensión de éste e infiltración en el suelo desprotegido.

-          Una vez absorbido el hidrocarburo, se deberá retirar el material absorbente contaminado para disponer en recipientes apropiados y herméticos, como tambores, los que serán llevados a un lugar de disposición final autorizado.

-          Remover la capa de suelo contaminado y disponerlo de la misma manera que para el material absorbente contaminado.

-          Recuperar el suelo perdido disponiendo de suelo limpio en el lugar alterado si fuera necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.4

10.2.5. Alumbramiento de aguas subterráneas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Asociado a las excavaciones que se desarrollarán durante la fase de construcción y que pueden generar el alumbramiento de la napa subterránea. Obras previas

Acciones o medidas a implementar

-          Detener las actividades en el frente de trabajo.

-          Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

-          En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

-          Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7, Sección 7.1, Tabla 7.1.5

 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

14. Que, para que el proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán”, de Inmobiliaria Marina del Sol S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto “Complejo Casino Hotelero Marina del Sol – Chillán” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a lo mencionado en el considerando 4.1 del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Rodrigo Gonzalo Díaz Wörner
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región del Biobío




CHRISTIAN ANDRES CIFUENTES BASTIAS
Director Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región del Biobío




CACB/MNR

Distribución:

  • JUAN IGNACIO UGARTE
  • SEREMI de Economía
  • CONADI, Región del Biobío
  • CONAF, Región del Biobío
  • DGA, Región del Biobío
  • Direccion Regional de Aeropuertos, Region Biobío
  • Dirección de Vialidad, Región del Biobío
  • DOH, Región del Biobío
  • Gobierno Regional, Región de Biobío
  • Ilustre Municipalidad de Chillán
  • SAG, Región del Biobío
  • SEC, Región del Biobío
  • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
  • SEREMI de Energía, Región del Biobío
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
  • SEREMI de Minería, Región del Biobío
  • SEREMI de Salud, Región del Biobío
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI MOP, Región del Biobío
  • SERNAGEOMIN, Zona Sur
  • Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
  • Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:

  • Encargada de Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <eescalona.8@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "COMPLEJO CASINO HOTELERO MARINA DEL SOL - CHILLÁN"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=20/84/c4ef6795d09c12bb2144a21ba3d7cdde5e98


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