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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "EDIFICIO SAN NICOLÁS"

Resolución Exenta Nº 361/2016

Santiago, 6 de Julio de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 05 de enero de 2016, su Adenda de fecha 29 de marzo de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de mayo de 2016 del proyecto “Edificio San Nicolás” presentada por Inmobiliaria San Nicolás SpA.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio San Nicolás”.    

 

3°. El Acta de Evaluación N° 02/2016 de fecha 11 de febrero de 2016 y el Acta de Evaluación N° 02/2016 de fecha 02 de junio de 2016,  ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio San Nicolás” de fecha 17 de junio de 2016.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 28 de junio de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio San Nicolás.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria San Nicolás SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio San Nicolás” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria San Nicolás SpA.

Rut

76.507.697-8

Domicilio

Av. Andrés Bello 2777, oficina 2302. Las Condes.

Teléfono

56-2- 25949460

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Armando Ide Nualart / Daniel Bossoney Chauvaud.

Rut del/los representante(s) legal(es)

7.005.950-9 / 8.322.916-0

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Av. Andrés Bello 2777, oficina 2302. Las Condes.

Correo electrónico del titular o representante(s) legal(es)

ion@suksa.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de junio de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 28 de junio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio San Nicolás”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de junio de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto consiste en la construcción de un edificio compuesto por 18 pisos y una azotea, con 442 departamentos, 1 nivel subterráneo y 156 estacionamientos, el que será construido en un plazo de 24 meses.

En el Anexo N°5 de la Adenda, se adjuntan: Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación N° 56/2015 de fecha 19/11/2015 emitido por la DOM de la I. Municipalidad de San Miguel y comprobante de ingreso de Permiso de Edificación con fecha 14/01/2016.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

 h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características.

h.1.3.   Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”.

 

Tipología Secundaria: no tiene.

Vida útil.

Indefinida.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el titular, es de US$ 9.600.000 (dólares americanos).

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El hito que da inicio corresponde a la instalación de faenas.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

Tabla 1.2 del ICE

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El proyecto se encuentra ubicado en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, en la comuna de San Miguel, específicamente en la calle San Nicolás N°780 y 784, esquina Frankfort N°5071 y 5087. El proyecto se emplazará en parte de la manzana limitada por las calles San Nicolás (norte), Pirámide (sur), Frankfort (este) y San Francisco (oeste), tal como se señala en la figura 5 de la DIA.

 

Los roles de la propiedad son los siguientes:

 

Tabla 1: Rol de la propiedad

Rol Propiedad

Dirección

4944-023

San Nicolás 784

4944-022

San Nicolás 780

4944-002

Frankfort 5087

4944-001

Frankfort 5071

Fuente: Punto 1.4 de la DIA

 

El plano de la figura 5 de la DIA se representa el polígono del proyecto y su ubicación en relación a las calles colindantes.

Justificación de la localización.

La localización del proyecto se justifica en virtud de la disponibilidad de terreno existente en este sector, el cual ha sido definido para el desarrollo inmobiliario conforme a la planificación territorial, contando actualmente con factibilidad sanitaria otorgada por la empresa Aguas Andinas.

 

En la figura 6 de la DIA, se presenta un plano de la ubicación del proyecto y su relación con el uso de suelo respecto del Plan Regulador Comunal de San Miguel.

 

En el Anexo 5 de la Adenda se adjunta la Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación N° 56/2015 de fecha 19/11/2015 y el comprobante de ingreso del Permiso de Edificación de fecha 14/01/2016.

Superficie.

El proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie total es de 4.530,96 m² y la superficie total construida de 21.632,79 m², de los cuales 19.319,90 m² corresponde a superficie construida sobre terreno y 2.312,89 m² en subterráneos (-1°).

En la tabla 4 de la DIA, se detallan las superficies construidas del edificio, por piso.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas del polígono del proyecto son las siguientes:

 

Tabla 2: Vértices del polígono del proyecto.

Vértices

Coordenadas UTM WGS 84, H19

Este

Norte

1

347.093,916

6.291.894,16

2

347.084,364

6.291.854,04

3

347.072,031

6.291.856,95

4

347.081,583

6.291.897,07

5

347.091,124

6.291.937,13

6

347.103,457

6.291.934,23

Fuente: Tabla 2 de la DIA.

Caminos de acceso.

El acceso al proyecto durante la fase de construcción se realizará por las calles Frankfort y San Nicolás. De esta forma, los caminos de acceso más importantes y/o vías más utilizadas para acceder al proyecto son:

  • Desde el norte: Montreal, Pirámide, Frankfort.
  • Desde el sur: Frankfort.
  • Desde el oriente: Pirámide, Frankfort.
  • Desde el poniente: San Nicolás, Montreal, Pirámide, Frankfort.

 

La figura 5 de la DIA representa gráficamente los accesos al proyecto.

 

Para la fase de operación el edificio tendrá ingreso y egreso independiente a través de la calle Frankfort y San Nicolás, de acuerdo a lo señalado en la figura 6 de la DIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

  • Planos de plantas y corte, Anexo 4 de la DIA.
  • Plano de planta en formato KMZ, Anexo 8 de la DIA.
  • Emplazamiento del proyecto, figura 6 de la DIA.
  • Georreferenciación del proyecto, tabla 2 de la DIA.

 

 

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Instalación de faenas

Para el desarrollo del proyecto se acondicionará una instalación de faenas, la cual contará con oficinas, bodegas, comedor y baños. En el Anexo 4.3.1 de la DIA, se adjunta un plano donde se señala la ubicación de ella.

Obra Previa-Fundaciones

Contempla todas aquellas actividades que cumplan con brindar todos los

requerimientos y servicios de la obra, a fin de ejecutar las actividades propias de ésta desde el inicio de la etapa de obra gruesa: instalación de grúas, dotación de servicios de agua y electricidad, etc.

Instalaciones

Contempla ejecutar toda actividad para abastecer de todos los servicios proyectados, es decir, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación eléctrica y de corrientes débiles, entre otras.

Sitio de acopio de residuos

Los residuos generados durante esta fase y que serán almacenados de forma transitoria, corresponden a domiciliarios, asimilables a domiciliarios e inertes de la construcción. El lugar de acumulación temporal de estos residuos estará ubicado al ingreso de la obra a un costado de la instalación de faena del proyecto, tal como se muestra en la figura 20 de la DIA. Mayores detalles se encuentran en el punto 3.4.1.1 de la DIA (PAS 140 - Fase de Construcción) y respuestas 3.1 a 3.3 de la Adenda.

 

Por otra parte, el proyecto contempla la construcción de un sitio transitorio de acumulación de residuos peligrosos, el que dará cumplimiento con lo indicado en el D.S. Nº 148/03 del MINSAL art. 33, 34 y 35 y cuya ubicación se muestra en la figura 27 de la DIA. Mayores detalles se encuentran en el punto 3.4.2 de la DIA y respuestas 3.4 y 3.5 de la Adenda.

Sustancias peligrosas

Durante la fase de construcción se utilizarán sustancias peligrosas conforme a la clasificación descrita en la NCh 382 Of.2004, identificadas en la tabla 10 de la DIA y ampliado en la tabla 10 de la respuesta 3.4 de la Adenda. Respecto de su almacenamiento, se indica que se almacenará en obra menos de 500 kg o L en total, por lo cual serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 del D.S. 78/2009 del MINSAL (o aquel que lo reemplace).

4.3.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Demolición

El desarrollo de la fase de construcción del proyecto contempla la demolición de estructuras preexistentes en el terreno donde se tiene proyectada la construcción del edificio. Esta etapa se llevará a cabo durante las dos primeras semanas de la fase de construcción. En la respuesta 4.4 (d) de la Adenda se muestran imágenes del interior del área del proyecto y sus construcciones.

 

En la respuesta 1.4 de la Adenda, el titular declara que para realizar esta actividad solicitará previamente el Permiso de Demolición indicado en Art. 5.1.4 de la OGUC a la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de San Miguel. Asimismo, señala que en cumplimiento al Art. 5.8.12 de la OGUC, la constructora a cargo de las obras de demolición del edificio tomará las prevenciones que permitan que éstas se lleven a cabo de tal modo que no se ocasionen perjuicios a las personas o a las propiedades vecinas. De este modo, se ejecutarán oportunamente los cierros provisorios, apuntalamiento, colocación de alzaprimas, otras obras provisionales que sean necesarias y cumplir con las demás disposiciones del art. antes mencionado. Para la demolición de muros, cierros y demás elementos constructivos contiguos a la vía pública se tomarán, además, las precauciones necesarias para evitar cualquier perjuicio o molestia a los transeúntes y deterioro de las vías mismas.

Escarpe

Una vez ejecutado el proceso de demolición, se procederá a remover el primer perfil presente en el predio, a lo largo de todo el terreno.

Socalzados

Corresponden a los trabajos de construcción de las contenciones necesarias para realizar excavaciones profundas y garantizar la estabilidad de la misma, la seguridad de los trabajadores y la estabilidad de las construcciones existentes en los deslindes de la zona de excavación.

Excavación

La excavación corresponde a la remoción del material del terreno para la construcción de las obras subterráneas, donde se removerá un total de 9.251,56 m3 mediante el empleo de máquinas retroexcavadoras, además de emplearse camiones del tipo batea para el retiro del material.

Obra Gruesa (subterráneo, edificio, cubierta del edificio y moldaje)

Corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones. Esta actividad es la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra. Se señala que el proyecto no considera la implementación de una planta de hormigón. Este material será adquirido a empresas contratistas bajo el sistema “puesto en obra”.

Obras de drenaje y saneamiento de aguas lluvias

Las aguas lluvias durante la fase de construcción, serán infiltradas según condiciones naturales del terreno, no se realizarán obras asociadas a su manejo ni intervenciones de ningún tipo.

 

El proyecto de aguas lluvias de las cubiertas y patios duros irán a dren y pozos de características y ubicación indicadas en los planos que se encuentran en el Anexo 9 de la DIA. En relación a la memoria de cálculo de evacuación de aguas lluvias y la profundidad a la cual serán drenadas estas aguas, el titular señala en la respuesta 1.28 de la Adenda, que en el Anexo 9 del citado documento se adjunta la memoria de cálculo en la que consideran las recomendaciones y los parámetros contenidos en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias del SERVIU Regional y que las aguas lluvias serán infiltradas a una profundidad de - 5.21 m, respecto de la solera (Cota 0.0 m). Por otra parte, en la letra c de la respuesta a la Adenda antes mencionada, se detalla el cálculo de las aguas lluvias, realizado para que no se generen mayores caudales de escurrimientos superficiales producto de las superficies impermeables.

Terminaciones

Corresponde a las terminaciones para subterráneos, departamentos (terminaciones gruesas y finas) y espacios comunes. Las faenas en esta etapa se limitan exclusivamente a trabajos menores como la instalación de cerámicas, artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pintura, entre otros.

Fachada

Corresponde a la construcción de la fachada del edificio y la instalación de todas las estructuras menores y terminaciones propias del edificio y sus departamentos.

Obras exteriores

Conjunto de trabajos y obras que se realizan fuera del edificio para complementar y mejorar su funcionamiento y con fines de protección y/o decoración.

Vialidad

Respecto a la vialidad interna, el proyecto considera 100 metros para circulación interna sólo durante el período de excavaciones, para que los camiones puedan retirar el material excedente. Durante este período la circulación será de tierra. Durante el resto de la obra, debido al espacio disponible, los camiones sólo llegarán hasta el ingreso donde se dispondrá de pavimento estable en la entrada para la carga y descarga de materiales y residuos.

 

En la siguiente tabla, se presentan las rutas más probables que tendrán los camiones durante el período de construcción. Los planos correspondientes se adjuntan en el Anexo 6.2 de la DIA.

 

Tabla 3: Descripción de rutas principales de caminos.

Rutas

Ruta ida

Ruta regreso

Materiales

Frankfort, San Nicolás, Montreal, Miguel León Prado, Gran Avenida.

José Miguel Carrera, Miguel León Prado, San Mauricio, San Nicolás, Frankfort.

Hormigón

Frankfort, San Nicolás, Av. Santa Rosa, Caletera Américo Vespucio.

Caletera Américo Vespucio, Av. Punta Arenas, Yungay, Av. Las Industrias, Av. Departamental, Frankfort.

Botadero

Frankfort, San Nicolás, Departamental,

Autopista Central, Costanera Norte, Vespucio Norte Express, Miraflores, Camino a Lampa, Diego Barros Ortiz, Camino Renca Lampa, Campo Alegre.

Campo Alegre, Diego Barros Ortiz, Armando Cortinez Oriente, Vespucio Norte Express, Vespucio Sur Express, Autopista Central, Departamental, Frankfort.

Botadero Residuos

Peligrosos

Frankfort - Montreal – Departamental -

Autopista central - Vespucio sur - Vespucio norte - ruta 68 – Camino Noviciado - Bilbao.

Bilbao - Camino noviciado - Ruta 68 - Vespucio norte - Vespucio sur – Autopista Central – Departamental – Frankfort.

Áridos

Frankfort, Ureta Cox, Gran Avda., Av. La Marina, Clotario Blest, Enrique Matte.

Enrique Matte - Clotario Blest – Av. Departamental, Frankfort.

Vehículos Livianos

Frankfort - Ureta Cox - Gran Avenida -

Teresa Vial - Autopista Central - Costanera Norte - Puente Suecia -

Andrés Bello.

Andrés Bello – Vitacura - Rotonda Perez Zucovich - Av. Kennedy - Costanera Norte - Autopista Central – Departamental -

Frankfort.

Fuente: Tabla 8 de la DIA.

 

El titular mantendrá en obra, un registro de carácter permanente de los camiones que entran y salen del proyecto, registro se encontrará disponible para fiscalización, de las autoridades que lo requieran.

4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos

El agua utilizada en la fase de construcción provendrá de un arranque de agua potable de la empresa Aguas Andinas, la cual es concesionaria del sector, para lo cual se solicitará oportunamente un Certificado de Empalme Provisorio. El titular señala en la respuesta 1.17 de la Adenda que el área del proyecto cuenta actualmente con un arranque de agua potable perteneciente a las instalaciones de la fábrica que desarrollaba sus actividades en el predio. Se mantendrá el registro de pago de agua potable en obra, ordenado y actualizado y disponible en caso de eventuales fiscalizaciones.

 

En relación a los servicios higiénicos se habilitará una conexión a la red de alcantarillado la cual permita instalar baños para ser utilizados por los trabajadores durante la fase de construcción. Previo a la existencia de esta conexión, se utilizarán baños químicos por un período no mayor a 2 meses.

 

En el Anexo 3 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°007904 de fecha 16/10/2015 emitido por Aguas Andinas.

Sistema de abastecimiento eléctrico

La energía será provista durante la fase de construcción por medio de empalme al Sistema Interconectado Central (SIC).

Abastecimiento de combustible

La recarga de combustible para las maquinarias, se realizará diariamente mediante la estación de servicios más cercana, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro. No existirá recarga de combustible dentro de la obra.

Maquinarias

La maquinaria que se empleará para la fase de construcción será la siguiente:

 

Tabla 4: Listado de maquinaria a utilizar.

Maquinaria

Potencia

Capacidad

Combustible

Actividad

Retroexcavadora

55 kW

0,76 m3

 

 

Diésel

 

 

 

Excavaciones

Cargador Frontal bobcat 05

95 kW

0,5 m3

Camion tolva + batea de 20m3

300 hp

12 m3

Placa compactadora

9 hp

5.000 kg

Gasolina

Camión Mixer

350 hp

8 m3

Diésel

 

 

 

 

Obras Gruesa

Grúa Torre x 2

45 KVA

8 ton

 

Eléctrico

Martillo hidráulico (Cango)

5Hp

-

Vibrador de inmersión

5,5 hp

-

Gasolina

 

Soldadora

180 A

-

Eléctrico

Montacarga

65kW

2 ton

 

Obra Gruesa/Terminaciones

Camión Rampa

400 hp

28 ton

Diésel

Sierra circular

2100 W

-

Eléctrico

Mini Cargador

55kW

0,4 m3

Diésel

Taladro

700 W

-

 

Eléctrico

 

Terminaciones

Martillo eléctrico

1200 W

-

Fuente: Tabla 9 de la DIA.

4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

 

4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES

4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones

En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto.

 

Las emisiones generadas en la fase de construcción, son las siguientes:

 

Tabla 5: Emisiones atmosféricas, fase de construcción.

Contaminante

Origen

Año 1

Año 2

Límite PPDA

Emisiones (ton/año)

 

 

MP10

Re-suspensión

0,6253

0,3367

 

2,5

Combustión

0,1063

0,0572

TOTAL

0,7315

0,3939

 

NOx

Combustión

1,0667

0,5744

8

TOTAL

1,0667

0,5744

 

SOx

Combustión

0,0007

0,0004

50

TOTAL

0,0007

0,0004

Fuente: Tabla N°36, Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a los cálculos realizados, y adjuntos en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria,  el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones.

 

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto, el titular implementará las medidas descritas en el punto 1.5.7.2 de la DIA.

4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos industriales (Lavado de ruedas)

·         El proyecto no realizará actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados (externos al sitio de faena) para esta función.

·         No se considera el almacenamiento de combustible en obra, no obstante, en caso de derrames accidentales de combustible que pudieran generarse producto de la falla de algún equipo u otra fuente, se tendrá en consideración el procedimiento indicado en el Plan de Contingencia indicado en el acápite 1.8 de la DIA.

·         Respecto del procedimiento de lavado de ruedas, se utilizará la menor cantidad de agua posible para la limpieza de las ruedas de los camiones, para lo cual el lavado se hará con hidrolavadoras que usan agua a presión. Este sistema de lavado de ruedas se implementará justo antes de la salida del predio y se realizará sobre un pavimento estable con canaletas que se conectarán a un estanque que contendrá las aguas hasta que sean retiradas por una empresa autorizada (camión limpia fosa con una frecuencia de cada 2 semanas).

·         Se contempla una base impermeabilizada, con el propósito evitar la infiltración y generar pendientes para que el agua escurra en dirección a las canaletas que desaguarán en el estanque de almacenamiento para su retiro. La zona de pavimento, será de hormigón 15 cm, con una superficie de 50,4 m2, cuyo ancho será de 4 m y largo 12,5 m. El volumen de almacenamiento del estanque será de 2 m3.

·         Para garantizar que el agua del lavado de las ruedas de los camiones no contengan residuos peligrosos tales como aceites hidráulicos o combustible, se mantendrá en obra el registro asociado a las mantenciones de cada uno de ellos con la finalidad de asegurar que no existan derrames de algún tipo al interior de la obra y que pudiesen verse adheridos a las ruedas de los camiones, además se mantendrá el registro correspondiente a los permisos de circulación vigentes y revisiones técnicas al día que aseguren que no existan filtraciones internas y que puedan llegar hasta las ruedas, contaminando así el suelo y agua del lavado de ruedas.

·         Para evitar generar aguas residuales, contará con una solución mecánica por medio de resaltos en el pavimento a la salida de la obra (dentro del predio) que permita que el barro adherido a las ruedas se desprenda, el que será recogido y dispuesto con los residuos de excavaciones y/o escombros y llevados a sitio de disposición final autorizado. Se mantendrán en la instalación de faenas los registros de disposición final.

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

·         Los residuos líquidos generados durante esta fase consisten principalmente en residuos de tipo domiciliario asociado al manejo de los baños de la instalación de faenas y en obra, los cuales se estiman serán del orden de 18 m3 para el período de máxima demanda (180 trabajadores), considerando una dotación de 100 L/persona/día.

·         Se habilitará una conexión a la red de alcantarillado la cual permita instalar baños para ser utilizados por los trabajadores durante la fase de construcción. Previo a la existencia de esta conexión se utilizarán baños químicos por un período no mayor a 2 meses.

·         Se utilizarán baños químicos en número y condiciones que dispone el art. 24 del D.S. N° 594/99 MINSAL, cuya limpieza y disposición de residuos será de responsabilidad de una empresa autorizada. Por otra parte indica que las duchas contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. 

·         Se mantendrá en obra la copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de las aguas servidas o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido y Vibraciones

Se deberán implementar barreras acústicas y medidas de gestión señaladas en el punto 10.3 del Anexo 1 de la Adenda, para las faenas de demolición, excavación y obra gruesa. Con la correcta implementación de dichas medidas de control se cumplirá con los límites máximos establecidos en el D.S. N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente para el período diurno. 

 

Considerando la correcta implementación de las medidas de control descritas en citado anexo del Estudio Acústico, se tendrán los siguientes valores de emisión:

 

Tabla 6: Evaluación normativa con medidas de control

Punto

Límite normativo [dBA]

Demolición

NPS [dBA]

 

Excavación

NPS [dBA]

 

Obra gruesa

NPS [dBA]

R1

65

63

65

51

R2

65

61

62

52

R3

65

61

63

56

R4

65

61

64

60

R5

65

61

64

61

R6

65

63

65

55

R7

65

46

47

48

Fuente: Tablas 26, 27 y 28 del Anexo 2 de la Adenda.

 

 En relación a la evaluación de impacto por vibración a causa de la ejecución del proyecto, en el Anexo 1 de la Adenda se señala que los resultados indican que se da cumplimiento a la categoría 3 indicada en la norma FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA - May 2006, que establece un criterio de aceptabilidad para zonas residenciales y un límite de riesgo de daño estructural).

4.3.5 RESIDUOS

4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Durante esta fase se contempla la generación de residuos asimilables a domiciliarios generados por el personal de obra, los cuales provendrán principalmente del comedor. Estos residuos corresponden a restos orgánicos, papeles, cartones, botellas plásticas, etc. Los residuos se almacenarán de forma transitoria en contenedores especialmente destinados para ello, con tapa y al interior de bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores). Su retiro y disposición final será provisto por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para dichos fines.

Se estima una generación de 0,9 m3 diarios.

Residuos inertes de la construcción

 

·         Se generarán residuos inertes de la construcción, principalmente fierros, maderas, cartones y escombros, los cuales serán almacenados en contenedores de forma transitoria en el sitio destinado para ello al interior de la instalación de faena, el cual será señalizado.

·         Si bien se considera fomentar la reutilización de los residuos dentro de la obra, el proyecto no considera la habilitación de un sector de acopio de la fracción valorizable de los residuos (o patio de salvataje). Los excedentes serán llevados a sitios de disposición final debidamente autorizados (en cumplimiento al Art. 5.8.12 de la OGUC.

·         Se mantendrá en obra un registro de la disposición final de escombros generados en esta fase, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final de los residuos inertes de la construcción cada vez que se genere el traslado de dichos residuos.

·         En relación a la demolición de las edificaciones existentes en el área del proyecto, el titular en caso de encontrarse en las áreas del proyecto edificaciones preexistentes, residuos de planchas que contengan asbesto, procederá de acuerdo a la normativa aplicable del Ministerio de Salud, sobre al manejo de material que contiene asbesto.

Se estima una generación de 3.505 m3 total obra.

Excavaciones y Escarpe

 

·         Se generarán residuos producto de las excavaciones y escarpe para la construcción de las obras asociadas al proyecto. Para ellos, no se consideran acopio temporal dentro de las áreas del proyecto, por lo cual serán inmediatamente cargados sobre camiones para luego ser llevados a sitios de disposición final debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria.

·         Se mantendrá en obra un registro de la disposición final de estos residuos, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final, cada vez que se genere el traslado de dichos residuos.

 

Se estima una generación de 9.704 m3 total obra (9.250 m3 de excavaciones y 454 m3 de escarpe).

4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos peligrosos

·         Se generarán residuos del tipo peligroso tales como restos y envases de residuos varios, consistente principalmente en restos de pintura, solventes y sus envases. Este tipo de residuos no se mezclarán con los del tipo inerte o de excavaciones y escarpe, para ello se dispondrán en bodega especialmente construida para este fin, de esta forma se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio.

·         Respecto del transporte y disposición final se realizará con una empresa que se encuentre autorizada para dichos fines por parte de la Autoridad Sanitaria. Se mantendrá en obra un registro de la disposición final de estos residuos generados en esta fase, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final de los residuos peligrosos cada vez que se genere el traslado de ellos.

 

Las cantidades estimadas de residuos peligrosos generados será la siguiente:

 

Tabla 7: Cantidades y caracterización RESPEL.

Composición

Clase de peligrosidad

Cantidad

(litros)

Envases de pinturas y solventes

3 (Inflamable)

1.500

Tambores plásticos y metálicos contaminados

3 (Inflamable)

1.000

Trapos, papeles, cartones, polietileno, gomas y PVC contaminados

3 (Inflamable)

1.000

Filtros de aceite

3 (Inflamable)

180

TOTAL

3.680

Fuente: Tabla 45 de la DIA.

 

Los residuos que serán generados por el proyecto durante la fase de construcción, serán almacenados en la bodega descrita en el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 de la DIA (pto. 3.4.2) y las características constructivas serán de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Carga Combustible, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN.

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.

Edificio, Equipamiento

Esta fase corresponde a la ocupación del edificio de 18 pisos, 442 departamentos y 156 estacionamientos.

·         La primera planta contará con un salón multiuso, lavandería, gimnasio, piscina, quinchos, sala de basura, además de ochenta y dos (82) estacionamientos, cuatro (4) bodegas y (139) bicicleteros. Se implementará un sitio de precarga de basura a nivel de calle, dos (2) locales comerciales, además del hall de acceso y conserjería.

·         La terraza contará con dos (2) salas de boilers (corresponde a un sector donde se encontrarán los acumuladores de agua precalentada o boilers, los cuales almacenarán el agua que anteriormente circuló por los sistemas asociados a los paneles solares para elevar su temperatura, la que finalmente llega hasta estos recipientes de acopio) y dos (2) salas de máquinas.

·         En la planta techumbre se encontrarán los paneles termosolares y serán los encargados de captar la energía solar y aprovecharla para generar calor y calentar agua a temperaturas que oscilan entre 40°C y 50°C (plan de mantenimiento de los paneles solares adjunto en el Anexo 7 de la Adenda). Esta agua caliente será destinada al uso doméstico de las viviendas del edificio. El tamaño de los paneles será de 2 m2 cada uno, los que permitirán la acumulación 300 litros de agua en cada boiler.

·         En el subterráneo (1) se ubicarán setenta y cuatro (74) estacionamientos, ochenta y seis (86) bodegas, dos (2) estanques de agua, una (1) sala de bombas, una (1) sala eléctrica, un (1) grupo electrógeno y un comedor para la conserjería.

Grupo electrógeno

El grupo electrógeno de emergencia de 70 KVA, se encontrará ubicado en el primer subterráneo, en un recinto cerrado y sobre una superficie impermeable. Adicionalmente, quedará estipulado en el contrato suscrito entre la Administración del edificio y la empresa encargada de realizar las mantenciones correspondientes al grupo electrógeno, que la seguridad del procedimiento será responsabilidad de esta última. La administración mantendrá en sus registros los comprobantes de las mantenciones realizadas y de los procedimientos realizados (repuesta 1.24 de la Adenda).

Aguas lluvias

Las aguas lluvias de las cubiertas y patios duros irán a dren y pozos de características y ubicación indicadas en los planos adjuntos en el Anexo 9 de la DIA.

Red húmeda y red seca de incendios

El proyecto contará con red húmeda y red seca, la cual está definida en las plantas presentadas en el Anexo 4 de la DIA. El origen de las aguas a utilizar para este sistema, provendrá del arranque de agua potable proporcionada por Aguas Andinas, actual concesionario del sector, la cual contempla este uso en la factibilidad presentada en el Anexo 3 de la DIA.

Salas de basura

Los residuos generados durante la fase de construcción serán almacenados transitoriamente en salas de basuras especialmente acondicionadas para ello, ubicadas en el 1° piso. Se contempla un total de dos (2) salas de basura con una totalidad de 13 contenedores de 360 L (6 ubicados en la sala de basura N°1 y 7 ubicados en la sala de basura N°2) y un compactador.

En el primer piso se ubicará una sala de pre-carguío donde se acumularán los contenedores, previo a su retiro por camión de recolección municipal.

4.4.1.2 ACCIONES.

Nombre

Descripción

Mantención de aguas lluvias

Una vez construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad del mismo a través de la administración de éste, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma:

·         La limpieza de techos, canaletas y cubetas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno.

·         Las cámaras sifones de aguas lluvias deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.

 

El Plan de Mantenimiento de Aguas Lluvias, será de acuerdo a lo señalado en el Anexo 6 de la Adenda, en el cual se señalan los procedimientos establecidos para la mantención del sistema de drenaje de las aguas lluvias, las que están enfocadas a potenciar correcto funcionamiento del mismo.

Vialidad

El proyecto considera 2 accesos independientes, por la calle Frankfort y por la calle San Nicolás.

4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Agua potable y alcantarillado de aguas servidas

El agua potable y alcantarillado será provista por la empresa sanitaria Aguas Andinas, la cual posee la concesión sanitaria del sector donde se emplazará el proyecto (certificado de factibilidad adjunto en el Anexo 3 de la DIA).

Electricidad

La energía será provista por la empresa eléctrica Chilectra, la cual es la encargada de abastecer de electricidad a este sector de la comuna de San Miguel.

Para el edificio se contempla la instalación de 1 grupo electrógeno de emergencia de 70 kVA, para ser utilizados en caso de cortes de luz (de emergencias) y para eventuales mantenciones del edificio. Las características del grupo electrógeno se presentan en la tabla 28 de la DIA. Se contempla el almacenamiento de 140 L de petróleo diésel al interior del grupo electrógeno (estanque del equipo) de emergencia, ubicado en la planta (-1) del edificio.

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

El proyecto no contempla la generación de productos.

 

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

 

4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES

4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Emisiones  (ton/año)

 El proyecto considera la instalación y utilización de un grupo electrógeno de emergencia de 70 KVA, lo que generará emisiones de material particulado respirable y gases contaminantes, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Tabla 8: Emisiones atmosféricas, fase de operación.

Contaminante

Origen

Emisiones (ton/año)

Límite PPDA

 

MP10

Combustión

0,0012

2,5

TOTAL

0,0012

 

NOx

Combustión

0,0339

8

TOTAL

0,0339

 

SOx

Combustión

0,0018

50

TOTAL

0,0018

Fuente: Tabla N°36, Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

 

Durante la fase de operación, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

Para el edificio se considera una cantidad de 1.088 habitantes, con una dotación de 200 L/hab/día y un factor de recuperación de 0,8 (para la generación de aguas servidas), se estima un total de 174 m3/día de aguas servidas, las cuales serán descargadas al sistema público de alcantarillado. Para ello el proyecto posee factibilidad sanitaria otorgada por Aguas Andinas, actual concesionario del sector (Anexo 3 de la DIA).

4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

Durante la fase de operación las fuentes de ruido corresponderán a:

 

  • Grupo Electrógeno: Potencia 70 kVA, Ubicada en el piso -1.
  • Sala de Bombas: Ubicada en el piso -1.
  • Sala Multiuso: Ubicada en primer piso de la torre.

 

El equipo de grupo electrógeno se encontrará ubicado en una sala en el piso subterráneo, cerrada herméticamente, donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio. Los equipos en las salas estarán provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio serán aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones.

 

Para el receptor R6, señalado en el Anexo 1 de la Adenda, se implementará para el grupo electrógeno una medida de control de ruido, la cual contempla un silenciador industrial que atenúe como mínimo, los 9 dB(A) con las especificaciones acorde a la ficha técnica presentada en el punto 10.2 del Anexo 1 de la Adenda, o uno similar.

 

Con la reducción de al menos 9 dB de los niveles de emisión de ruido asociados al escape del grupo electrógeno, los niveles de ruido no superarían los 50 dBA en los puntos receptores, cumpliendo con los límites máximos permisibles para el período nocturno.

 

Se realizará un monitoreo de ruido una vez implementada la medida de control, con el grupo electrógeno a máxima carga, de modo de corroborar el cumplimiento normativo.

 

Se implementarán medidas de en todas las fases del proyecto, las cuales están descritas en el  punto 10.3 del Anexo 1 de la Adenda.

 

El proyecto cumplirá los máximos permitidos por el D.S N° 38/11 MMA, en horario diurno y nocturno y en todos los receptores evaluados, con la correcta implementación de la medida de control indicada.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Debido a que el edificio tendrá un destino habitacional, sólo se generarán residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios durante la fase de operación.

 

De acuerdo a lo anterior, en la tabla siguiente se indican los residuos totales producidos por el proyecto inmobiliario, teniendo en cuenta una dotación de 4 L/hab/día.

 

Tabla 9: Descripción de los residuos generados en la fase de operación.

Residuo

Domiciliario o Asimilable a Domiciliarios

Componentes del residuo

Restos de comida, papel, cartón, textiles, goma, cuero, vidrio, cerámicas, latas entre otros.

Cantidad generada (m3 o L) en unidad de

tiempo (día o mes)

4.352 L/día

Cantidad (m3 o L) que egresan del sitio de almacenamiento.

13.056 L/ 3 días

Cantidad (m3 o L) enviados a disposición final por terceros.

4.352 L (13,56/3)

El edificio cuenta con una unidad compactadora, la cual reduce a un tercio la cantidad de residuos acumulados por tres días en el sitio de almacenamiento.

Manejo de Residuo

Se almacenarán de forma particular en cada una de las viviendas, posteriormente serán conducidas a través de los shaft hacia las dos (2) salas de basuras ubicadas en el primer piso. Finalmente y previo al retiro municipal, la basura será trasladada en contenedores con ruedas hacia las salas de pre-carguío hasta donde podrán acceder los camiones municipales. Se considera un periodo de acumulación de 3 días.

Disposición Final

Traslado a relleno sanitario por medio de camiones de recolección municipal.

Fuente: Tabla 35 de la DIA.

 

Mayores antecedentes en relación al manejo de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios se adjuntan en el PAS 140 de la DIA, punto 3.4.1.2, del capítulo 3.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.5. FASE DE CIERRE.

El proyecto no considera fase de cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

 

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Noviembre de 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da inicio a esta fase se establece con la instalación de faenas.

Fecha estimada de término.

Noviembre de 2018.

Parte, obra o acción que establece el término.

Recepción Municipal.

4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Noviembre de 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Entrega de los departamentos a sus propietarios.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

4.6.3. FASE DE CIERRE

No contempla.

 

4.7 MANO DE OBRA

Fases

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

180

80

Operación

15

15

Cierre

No contempla

Total

195

95

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

 

Los niveles de emisiones atmosféricas generados en ambas fases del proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Emisiones, adjunto en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Además, se proponen medidas de control con el objetivo de minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto, el titular implementará las medidas descritas en el punto 1.5.7.2 de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Obras previas-fundaciones, demolición, escarpe, socalzados, excavación, obra gruesa.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido respecto al límite normativo.

 

Los niveles de ruido generados por el proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. N° 38/2011 MMA, aplicando para ambas fases del proyecto, las medidas de control y gestión descritas en el Anexo 1 de la Adenda.

Durante la fase de operación del proyecto, se implementará para el grupo electrógeno una medida de control de ruido, la cual contempla un silenciador industrial que atenúe como mínimo, los 9 dB(A) con las especificaciones acorde a la ficha técnica presentada en el punto 10.2 del Anexo 1 de la Adenda, o uno similar.

Con la reducción de al menos 9 dB de los niveles de emisión de ruido asociados al escape del grupo electrógeno, los niveles de ruido no superarían los 50 dBA en los puntos receptores, cumpliendo con los límites máximos permisibles para el período nocturno.

Se realizará un monitoreo de ruido una vez implementada la medida de control, con el grupo electrógeno a máxima carga, de modo de corroborar el cumplimiento normativo.

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades asociadas a la fase de construcción, uso de maquinaria y circulación de camiones.

Sala eléctrica y grupo electrógeno en la fase de operación.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.

 

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

El proyecto es de carácter inmobiliario y se ubica al interior de la comuna de San Miguel, en un sector que la planificación territorial comunal ha designado como Residencial de Renovación e Industrial Mixta de acuerdo a lo señalado en el PRC. Adicionalmente se destaca, que en el terreno del proyecto se encontraban edificaciones preexistentes (galpones asociados a labores industriales, actualmente no operativas), en el Anexo 3 de la Adenda se adjunta un registro fotográfico de las condiciones actuales del área del proyecto.

 

El proyecto no genera efecto significativo de la diversidad biológica del área a intervenir, debido a que se encuentra al interior de la comuna de San Miguel, en un terreno altamente intervenido por la acción del hombre (tanto el terreno como su entorno), encontrándose completamente urbanizado, con lo cual es posible concluir que el área no representa ninguna singularidad desde el punto de vista biótico.

 

El titular señala en la 1.25 de la Adenda que: “… evitará todo momento alumbramiento de aguas subterráneas en todas las fases del Proyecto. Por otra parte, se hace presente a la autoridad que las excavaciones no sobrepasaran los 4 metros de profundidad y para este sector, la profundidad de la napa subterránea se encuentra a mas de 50 metros de profundidad, de acuerdo a lo señalado en los antecedentes geológicos de la Mecánica de Suelos”. Por otra parte, en relación al Estudio de Mecánica de Suelos, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda, el titular señala en la respuesta 1.26 de dicho documento, lo siguiente: “En el Anexo 2 se presenta el Estudio de Mecánica de suelos, en donde se indica que para verificar la profundidad de la napa se realizó un sondaje en octubre de 2015, época mas critica del año, que alcanzó los 8 m de profundidad, sin encontrar indicios de su presencia.

En este informe se indica que la profundidad del subterráneo alcanzará valores inferiores a los 4 m aproximadamente, por lo que se encuentran lejos de una posible afectación a la napa.

Finalmente, la profundidad final contemplada en el Proyecto no supera los 4 metros, la que corresponden a los drenes de infiltración.

Por lo anterior, y la profundidad de la napa, que a 8 m no se encontró, resulta muy poco probable que esta pudiese aflorar, incluso en época invernal, dado que como se dijo anteriormente las excavaciones no superaran los 4 m.

En el Anexo 9 de la Adenda, se adjunta un plano de elevación, en el que se detalla lo anteriormente descrito”.

 

Dado que en las áreas del proyecto no se encuentran aplicables normas secundarias, la construcción y operación de éste no afecta a recursos protegidos por ellas.

 

El área de emplazamiento del proyecto se encuentra inserta en una zona donde no hay evidencia de fauna nativa en algún estado de conservación que pudiera ver alterado su hábitat.

 

El proyecto contempla la generación de residuos peligrosos en bajas cantidades durante la fase de construcción, consistentes principalmente en envases de pintura y solventes entre otros, éstos serán almacenados en obra siempre en una cantidad menor a 500 kg y serán dispuestos en un sitio autorizado por la autoridad correspondiente. En relación a su manejo éste será en cumplimiento de la normativa vigente, previniendo la contaminación de recursos naturales renovables.

 

El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos. Este se emplaza en una zona de vulnerabilidad moderada del acuífero, por lo cual se tendrá especial cuidado durante las actividades de excavación para no alumbrar aguas. Hay que señalar además que las exploraciones del subsuelo realizadas hasta los 8 metros de profundidad, no detectaron la presencia de nivel freático. A lo anterior se suma que la intervención del subsuelo será hasta una profundidad máxima de 4 metros.

 

El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.2 del ICE

 

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

Impacto ambiental no significativo

Medio Humano: Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

 

El área de influencia se caracteriza por presentar buena conectividad por la presencia de vías estructurantes tanto para el transporte colectivo representado por Transantiago, como para el transporte privado. En relación a los horarios de mayor congestión, se señala en el Anexo 11 de la DIA que durante la semana no se producen mayores concentraciones de flujo vehicular (mañana y tarde) debido al carácter secundario de las vías ligadas al proyecto, lo cual no genera retrasos en los viajes desde y hacia el área de influencia. Con respecto al uso de las calles interiores, no se identificó un uso intensivo de estacionamiento por parte de la población local. Sin embargo, la ocupación de las calzadas correspondientes al área de influencia donde se emplazará el proyecto es baja, debido a que éste contempla 156 estacionamientos para residentes con el objetivo de concentrar la carga vehicular originada por el proyecto dentro del espacio del edificio.

 

Por otra parte, durante la fase de construcción se contará con medidas para no obstruir ni afectar la libre circulación de los residentes del sector. Durante esta fase, la vía de acceso que se considera para el proyecto es la calle Frankfort la cual no presenta ruta de buses de Transantiago. Respecto al transporte de materiales, las rutas consideradas tanto para ida como regreso se consideran los tramos que conduzcan rápidamente a vías de carácter troncal o expresas.

 

Para la fase de operación se considerará lo siguiente:

·         El proyecto no genera obras en veredas ni calles, no obstruyendo ni afectando la libre circulación de los vecinos del sector.

·         Los habitantes del proyecto que no utilicen vehículos particulares podrán usar las siguientes alternativas,  Transantiago, compuesta por Metro y buses urbanos (dada la cercanía a red de Metro y a la Gran Avenida) o bicicletas, dado que se cuenta con 139 estacionamientos para este medio de transporte.

 

Además, durante esta fase las vías de acceso al proyecto serán San Nicolás y Frankfort, lo que considerando el número máximo de 156 estacionamientos que poseerá el proyecto y considerando que la tasa de motorización de la comuna es de aproximadamente 0,57 vehículos/hogar según la información recabada de la encuesta Origen-Destino para el año 2012 del SECTRA, semejante a la media metropolitana situada en 0,59 vehículos por hogar, no presentará alteraciones al modo de vida de la población local, tanto para su desplazamiento en forma particular o pública. Junto con esto, según los datos aportados por este mismo instrumento, señala que sólo un 27% del total de viajes realizados dentro de la comuna se realiza a través del transporte público, mientras que el grueso de la población se moviliza principalmente por medios no motorizados los cuales abarca el 44,2% del total de viajes en la comuna (información detallada en la tabla 14 de la Adenda)

 

Conforme a lo anterior, es posible concluir que, dada la ubicación del proyecto, que cuenta con buena conectividad, accesos vehiculares y peatonales adecuados, con cercanía al transporte público y a variedad de medios de transportes que puedan ser utilizados no se aumentarán los tiempos de desplazamientos ni de los futuros residentes ni de los vecinos que actualmente viven en el sector, ya que los aumentos de la demanda podrán ser absorbidos por la multiplicidad de las ofertas de transporte y vialidad existentes en el sector.

 

El área de influencia se caracteriza por disponer de acceso a bienes y servicios, tanto en la comuna como fuera de ella. La buena conectividad permite que los grupos humanos puedan acceder a una diversa oferta de salud y educación, así como a comercio cercano a los ejes viales de Gran Avenida y las calles interiores donde se emplazará el proyecto.

 

En relación al equipamiento de salud, el área de influencia se encuentra cercana a uno de los nodos estructurales del sistema de Salud Metropolitano, el cual cuenta con una amplia carga de usuarios, junto con esto, se encuentra también equipado de centros de atención ambulatoria que cubren las demandas del sector. La conectividad a estos sectores se produce a través del eje Gran Avenida a través de los medios de transporte presentes en este sector, por lo cual un potencial aumento de población no interferiría en el acceso a estos sectores (mayores antecedentes en relación a este análisis se encuentra en la respuesta 4.1 a) de la Adenda).

 

En relación al equipamiento de educación, el sector presenta una buena carga de establecimientos capaces de absorber la potencial demanda que generará el proyecto inmobiliario, existiendo un gran número de opciones a nivel preescolar, básico y medio, siendo este último además complementado con la oferta educacional existente en las comunas aledañas, lo que sumado a la conectividad existente en el sector, permite optar a más y mejores opciones en este rubro.

 

Por otra parte, el proyecto cuenta, con 139 bicicleteros, lo que se considera un incentivo al uso de este sistema de transporte para los futuros habitantes de los proyectos, buscando de esa manera promover este medio de transporte por sobre el vehículo.

 

Por otra parte, el proyecto cuenta con la habilitación de áreas verdes dentro del inmueble, para uso de los residentes, lo que permitirá que no se genere incremento en el uso de las áreas verdes comunales antes señaladas.

 

Respecto de la fase de construcción del proyecto, no existirá población permanente asociada, sino que sólo mano de obra considerada como población flotante, la cual no hará uso de los servicios de salud y educación cercanos. En el caso de accidentes laborales, los trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como mutual u hospital del trabajador.

 

Por lo señalado el edificio no generará efectos adversos significativos en relación al acceso a bienes, servicios e infraestructura en el área de influencia. De acuerdo a la actual dinámica poblacional, la llegada de nuevos habitantes aportará a dinamizar las actividades comerciales del área de influencia, que junto con las instalaciones del nuevo proyecto renovarán el

 

Mayores antecedentes en Anexo 11 de la DIA y respuesta 4.1 y 4.2 de la Adenda.

Parte, obra o acción que lo genera

Estacionamientos, vialidad, nuevos habitantes.

Fase en que se presenta

Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.2 y 6.3 del ICE

 

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto no se ubica cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciales. Se ubica en un terreno en la comuna de San Miguel, la cual no posee valor ambiental.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

 

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor paisajístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

De acuerdo a los antecedentes aportados por el informe de inspección visual arqueológica (Anexo 7 de la DIA) el proyecto no removerá, destruirá, excavará, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará en forma permanente algún Monumento Nacional definido por la Ley N°17.288.

 

Asimismo, el proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

 

El proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Fase de construcción:

Sitio de acumulación temporal de residuos, el que estará ubicado al ingreso de la obra a un costado de la instalación de faena del proyecto (figura 20 de la DIA).

 

Fase de operación:

Salas de basura especialmente acondicionadas para la acumulación de  residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios que se generen en esta fase.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción:

Los residuos generados en esta fase y que serán almacenados de forma transitoria son:

 

·         Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (0,9 m3 diarios).

·         Residuos inertes de la construcción (3.505 m3 total obra).

 

El lugar de acumulación temporal de residuos estará ubicado al ingreso de la obra a un costado de la instalación de faena del proyecto, tal como se aprecia en la figura 20 de la DIA.

En el punto 3.4.1.1 de la DIA se adjuntan mayores antecedentes en relación al PAS 140, información que se complementa en las respuestas 3.1 a la 3.3 de la Adenda.

Se mantendrá en obra un registro de las salidas de los residuos generados en la fase de construcción, indicando fecha, tipo de residuo, cantidad y sitio de disposición final, el cual deberá contar con Autorización Sanitaria de disposición final de residuos, según lo establecido el artículo 19 del D.S. N° 594/99 MINSAL.

 

Fase de operación:

Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios que se generen en esta fase, serán almacenados transitoriamente en salas de basura especialmente acondicionadas para ello. Se contempla un total de dos (2) salas de basura con una totalidad de 13 contenedores de 360 L (6 ubicados en la sala de basura N°1 y 7 ubicados en la sala de basura N°2) y un compactador. En el primer piso se ubicará una sala de precarguío donde se acumularán los contenedores, previo a su retiro por camión de recolección municipal.

Mayores antecedentes se adjuntan en el punto 3.4.1.2 y en el Anexo 10, Proyecto de Sala de Basura, ambos de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2545, de fecha 11 de abril de 2016, señala que el titular del proyecto ha presentado los antecedentes necesarios, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.3.5.1 y 4.4.6.1 y Capítulo IX, punto 9.1.1

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

 Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

El proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) durante la fase de construcción.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

El proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) durante la fase de construcción. El almacenamiento se llevará a cabo en un sitio destinado especialmente para ello (bodega) dentro de la instalación de faenas y cuyas características constructivas darán cumplimiento con lo indicado en el D.S. Nº 148/03 del MINSAL art 33, 34 y 35. En la figura 37 de la DIA se presenta una imagen con la ubicación de la bodega de RESPEL.

 

Se estima que la generación de RESPEL será de un total de 3.680 litros en todo el período constructivo. Estos residuos se almacenarán por un periodo máximo de 6 meses, luego serán dispuestos en una empresa con la autorización sanitaria correspondiente para el transporte y disposición final de residuos peligrosos. En caso de ser necesario la frecuencia de retiro será aumentada según las necesidades evaluadas.

 

Mayores antecedentes se presentan en el punto 3.4.2 de la DIA y en las respuestas 3.4 y 3.5 y Anexo 4 (Estudio de Carga Combustible) de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 2545, de fecha 11 de abril de 2016, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.3.5.2 y Capítulo IX, punto 9.1.2

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1 D.S. N°66/2009 MINSEGPRES. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

 

 

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

 

 

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Ejecución de las obras de construcción y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto.

Operación:

Grupo electrógeno de emergencia.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a lo indicado en el punto 4.3.4.1 del informe consolidado, el proyecto cumple con los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, no requiriendo compensar emisiones en ninguna de sus fases.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de abatimiento y control:

 

Construcción:

Para el manejo y control de las emisiones provenientes de las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y constructivas se consideran las medidas descritas en el acápite 1.5.7.2 de la DIA:

·         Se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas.

·         El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario.

·         Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones).

·         Se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de 2 m, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos.

·         Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de las obras del proyecto.

·         Se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC y de la forma descrita en el acápite 1.5.8.2 de la DIA.

·         En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en cada una de las obras del proyecto.

Operación:

Mantención grupo electrógeno.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de lavado de ruedas entre otros.

Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día.

Operación:

Registro del grupo electrógeno.

 

 

7.2 D.S. N°144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Actividades propias de la construcción (demolición, excavación, escarpe, carguío y volteo de camiones, tránsito de vehículos de carga.

Operación:

Grupo electrógeno de emergencia.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo, evitando molestias a la comunidad.

·         Se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas.

·         El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario.

·         Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones).

·         Se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de 2 m, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos.

·         Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de las obras del Proyecto.

·         Se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC y de la forma descrita en el acápite 1.5.8.2 de la DIA.

·         En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en cada una de las obras del proyecto.

Ambas fases:

Se utilizarán equipos que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Se considera contar con los registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en la obra, además de las exigencias de los contratistas de transitar con los camiones encarpados para evitar la dispersión de polvo.

Operación:

Para la operación se contará con las autorizaciones de los equipos y la declaración de emisiones correspondientes.

Ambas fases:

Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones.

 

7.3 D.S. N°138/2005 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Grupo electrógeno.

Forma de cumplimiento

Previo al inicio del proyecto se realizarán los trámites correspondientes en la Seremi de Salud para cumplir con la normativa vigente, contar con número de registro y mediciones si corresponde. Luego, una vez que se inicie el proyecto, se procederá a realizar las mediciones y/o entregar la información necesaria para las estimaciones correspondientes a la autoridad sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de la entrega de los antecedentes a la Seremi de Salud. 

 

7.4 D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas - Vialidad y transporte

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte residuos (excedentes de tierra de excavaciones y escombros).

 

Forma de cumplimiento

Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, especialmente la re-suspensión de material particulado a la atmósfera desde la carga del camión, para ello se utilizarán carpas para el cubrimiento de la carga, además humidificación del material a transportar, carga y descarga adecuada.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará un registro, a modo de Check List, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes.

Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno entren y salga de la obra encarpados.

 

7.5 D.S. N°38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica.

Componente/materia:

Ruido

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Demolición, excavaciones, obra gruesa y terminaciones.

Operación:

Sala de bombas, eléctrica y multiuso.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Medidas de control de ruido para faenas de demolición: Implementar  barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. 

Medidas de control de ruido para faenas de excavación: Se mantendrán las barreras indicadas para las faenas de demolición, manteniendo las características señaladas y las alturas indicadas en la figura 9 de la DIA.

Medidas de control de ruido para obra gruesa: se mantendrán las barreras acústicas indicadas en la figura 9 de la DIA. Además, para las faenas desarrolladas a nivel de piso que enfrentan a receptores, se emplearán barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) de espesor o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa. Estas pantallas tendrán una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1,5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) estará cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm. espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo, malla rachel).

Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.

Durante las actividades de trabajos en altura, los paneles se deberán ubicar en los vanos orientados hacia los puntos receptores externos.

Medidas de gestión:

·         Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

·         Mantención regular de equipos.

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

·         Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

·         Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

·         Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.

Operación:

Los equipos de grupo electrógeno se encontrarán ubicados en salas en el piso subterráneo, en salas cerradas herméticamente, donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio. Los equipos en las salas estarán provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio serán aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones.

Para el grupo electrógeno, se implementará una medida de control de emisión ruido (por ejemplo, un silenciador, tipo splitter u otro).

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción.

Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de control de ruido.

Operación:

Se realizará un monitoreo de ruido, una vez implementada la medida de control, con el grupo electrógeno a máxima carga de modo de corroborar el cumplimiento normativo.

 

7.6 DFL N°725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.

Componente/materia:

Residuos no peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio,

Operación:

Salas de basura.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Los residuos domiciliarios y asimilables se almacenarán de forma transitoria en contenedores especialmente destinados para ello con tapa y al interior de bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores).

Los residuos inertes de la construcción serán almacenados en contenedores de forma transitoria en el sitio destinado para ello al interior de la instalación de faena, el cual será claramente señalizado.

Los residuos de excavaciones y escarpe no consideran acopio temporales dentro de las áreas del proyecto.

Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana.

La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria.

Operación:

Durante esta fase los residuos de los locales comerciales serán retirados por el servicio municipal de recolección de basura y los residuos del edificio serán acumulados en las salas de basura y retirados por el servicio municipal de recolección de basura.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de construcción y operación.

Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes.

 

7.7 D.S. N°148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Componente/materia:

Residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.

 

Forma de cumplimiento

Solicitud del PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos para la fase de construcción durante la evaluación del proyecto (punto 3.4.2 de la DIA).

Este tipo de residuos no se mezclarán con los del tipo inerte o de excavaciones y escarpe, para ello se dispondrán en bodega especialmente construida para este fin. De acuerdo a las características constructivas de la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos se dará cumplimiento con lo indicado en el D.S. Nº 148/03 del MINSAL art 33, 34 y 35 (punto 3.4.2 de la DIA).

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final en sitio autorizado.

 

7.8 D.S. N°78/2009 del MINSAL o aquel que lo reemplace. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de sustancias peligrosas.

                                                                     

Forma de cumplimiento

El proyecto contempla dar pleno cumplimiento a lo indicado en este reglamento, en lo relativo a diseño, construcción, operación, mantenimiento y seguridad asociados.

Se indica en la DIA (punto 1.5.5.12) que se almacenará en obra menos de 500 kg o L en total de dichas sustancias, por lo cual serán almacenadas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 del D.S. 78/2009 del MINSAL (o aquel que lo reemplace).

Indicador que acredita su cumplimiento

Se desarrollará una inspección interna de estas instalaciones para verificar el cumplimiento de la normativa, cuyo informe se mantendrá al interior de la planta.

 

7.9 D.S. N°1/2013 del MMA. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.

Componente/materia:

Emisiones y residuos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC) realizando las declaraciones pertinentes una vez al año durante todo el periodo que dure la fase de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración de residuos a través del RETC de forma anual.

Contar con todos los registros de envío de residuos a sitio de disposición final y anualmente realizar la declaración correspondiente.

 

7.10 DFL N°850/1997 del MOP. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/60.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar durante la construcción, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

El proyecto no evacuará las aguas lluvia hacia vías públicas, de hecho, se contempla que las aguas lluvias serán infiltradas por medio de módulos de infiltración ubicados en el 3° subterráneo.

Además de no derramar ni vaciar materiales de ninguna especie en caminos y vías públicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

 

7.11 D.S. N°200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

 

7.12 D.S. N°158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

 

7.13 D.S. N°298/1994 MINTRATEL. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustancias y residuos desde y hacia la obra.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Todo transporte de sustancias peligrosas será realizado en vehículos que cumplan con esta norma. El transporte será realizado por las empresas proveedoras de los insumos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Registro de vehículos que ingresen a la obra con sustancias peligrosas.

 

7.14 D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos. 

                                                                     

Forma de cumplimiento

Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N°18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Recomendación de horarios de tránsito por las vías indicadas en los contratos suscritos con empresas prestadoras de servicios.

Copias de los contratos con la recomendación de los horarios de circulación.

 

7.15 Ley N° 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales.

Componente/materia:

Patrimonio Arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).  

                                                                     

Forma de cumplimiento

Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos en el área de influencia del proyecto (Ver Anexo 7 de la DIA).

Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe del arqueólogo ya realizado.

Mantener registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.

 

7.16 D.S. N° 484/1991 MINEDUC. Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Componente/materia:

Patrimonio Arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).  

                                                                     

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular procederá a informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley.

Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe del arqueólogo ya realizado (Anexo 7 de la DIA).

Mantener registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.

 

7.17 Ley N°458/1976 y D.S. N° 47/1992, MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, OGUC).

Componente/materia:

Territorio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto.         

Forma de cumplimiento

El proyecto se ajustará a las disposiciones indicadas por la ordenanza, respetando las normas legales que regulan la actividad bajo evaluación ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se considerará la obtención de los permisos municipales (edificación y recepción final).

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1 Condición o exigencia 1: Ruido.

Impacto asociado

Aumento en los niveles de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo

Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del proyecto.

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 2545 de fecha 11 de abril de 2016:

 

Fase de Construcción:

·         “Para todas las faenas de construcción, se deberá implementar barreras acústicas entorno al proyecto, las cuales deberán ser construidas con materiales que cumplan con una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m2. La ubicación y altura de estas barreras serán las indicadas en la Figura 9 del Anexo “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.

·         Para las faenas desarrolladas a nivel de piso y en la losa de avance, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Dichas pantallas deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

·         Para los trabajos en altura se deberá cubrir los vanos en las fachadas del edificio en construcción, para esto se deberá instalar paneles de OSB de 15 mm de espesor en los pisos en construcción Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio. Para la actividades desarrolladas en la losa de avance donde no sea posible cerrar vanos, se implementarán barreras acústicas de 2 m de altura, cuya materialidad cumpla con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, y será ubicada en todo el perímetro de la losa de avance.

·         Se deberán implementar las Medidas de Gestión indicadas en el punto 10.3 del Anexo “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA”.

Fase de Operación:

·         “Para la etapa de operación, los equipos generadores de ruido serán ubicados dentro de salas cuyos elementos constructivos (Muros, Puertas, Ventanas) deberán poseer un aislamiento igual o superior a un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además los equipos y sus ductos deberán poseer montajes antivibratorios de tal forma de quedar aislados mecánicamente de la estructura de la obra gruesa. Los ductos de salida o escapes de gases deberán poseer silenciadores que garanticen niveles de ruido de emisión medidos en el lugar de los receptores por debajo de los 45 dB(A). Lo anterior implica que se deberá implementar silenciadores de escape en el generador que garanticen una atenuación global de 9 dB(A)”.

Ambas Fases:

·         “Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace”.

 

Oportunidad: fase de construcción de 24 meses y durante toda la operación del proyecto. 

Indicador que acredite su cumplimiento

Construcción:

Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción. Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de control de ruido (2.1 de la Adenda).

Operación:

Se realizará un monitoreo de ruido, una vez implementada la medida de control, con el grupo electrógeno a máxima carga de modo de corroborar el cumplimiento normativo (1.6.9.1 de la DIA).

 

8.2. Condición o exigencia 2: Uso de la vialidad adyacente.

Impacto asociado

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción y justificación

Manejo correcto de las vías aledañas al proyecto, durante los trabajos de construcción y la fase de operación, por parte de los habitantes del edificio.

Forma y oportunidad de implementación

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N° 002996 de fecha 28 de abril de 2016:

 

·         El titular se ha comprometido a presentar un Análisis Vial Básico (AVB) a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte de la región Metropolitana para su evaluación por parte de la ventanilla única de Transporte.

·         Se indica que el titular debe comprometerse a materializar todas las medidas de mitigación que resulten del estudio, antes de la recepción final de las obras.

·         En relación al punto anterior se indica que los datos de ambos proyectos deben ser concordantes, es decir, deben corresponder al mismo proyecto.

·         En relación los anterior se solicita que el Titular tenga en consideración en su evaluación de impactos, las condiciones impuestas por los diversos estudios que han desarrollado los proyectos presentes en el área de influencia, en particular las medidas de mitigación viales condicionadas en los Análisis Viales Básicos y en Estudios de Impacto Sobre el Sistemas de Transporte Urbano, que han sido aprobados.

·         Se solicita al Titular mantenga un registro de entrada y salida de camiones, para su eventual fiscalización”.

 

8.3. Condición o exigencia 3: Patrimonio arqueológico.

Impacto asociado

Patrimonio arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo

Objetivo: manejo de posibles hallazgos de restos arqueológicos en el área del proyecto durante la fase de construcción.

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar, forma y oportunidad: 

De acuerdo a lo señalado por el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el ordinario Ord. Nº 92 de fecha 12 de enero de 2016:

 

“En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto”. 

Indicador que acredite su cumplimiento

Mantener registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones (2.1 de la Adenda).

 

 

8.4. Otras condiciones o exigencias.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación según corresponda

Condición

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, mediante el oficio Ord. Nº 83 de fecha 15 de enero de 2016:

 

·         “El sistema de aguas lluvias deberá considerar un programa de mantenimiento permanente, de acuerdo a la vida útil del proyecto, para garantizar la plena operatividad del estándar de funcionamiento”.

 

De acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, mediante el oficio Ord. Nº 04/1//6/0674 de fecha 08 de febrero de 2016:

 

·         “… de acuerdo a lo señalado en el artículo N° 5 de la Ley 16.752, y citado en el artículo 8.4.1.3., de la Ordenanza Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que indica las construcciones e instalaciones en la zona de aproximación de los aeródromos públicos y en los terrenos circundantes a las instalaciones de ayuda a la navegación aérea, requerirán siempre la autorización previa de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Lo anterior, deberá ser solicitado por el titular del proyecto, con el fin de que esta DGAC certifique las alturas de construcción”.

 

De acuerdo a lo señalado por el SERVIU Metropolitano, mediante el oficio Ord. Nº 001755 de fecha 11 de febrero de 2016:

 

·         “Los proyectos de pavimentación y de soluciones de aguas lluvias de vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza de Plan regulador metropolitano de Santiago (PRMS)”.

 

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas, mediante el oficio Ord. Nº 458 de fecha 07 de abril de 2016:

·         “Que, las aguas a utilizar para los requerimientos sanitarios, consumo humano, red de incendios e industrial (lavado de ruedas u otros) en las Fases de Construcción y Operación del proyecto, se obtendrán de acuerdo al Certificado de factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado por el Titular en respuesta a la Observación 1.17 y Anexo 10 del Adenda 1”.

·         “Que, las aguas a utilizar para la humectación durante las etapas de demoliciones y excavaciones será proporcionada por camiones aljibe, cuyo origen será certificado por la empresa contratista, según lo declarado en respuesta a la Observación 1.17 y 1.22 del Adenda 1”.

·         “Que, se realizará lavado de ruedas mediante hidrolavadora, utilizando agua proveniente del arranque de agua potable disponible en la obra, sobre un pavimento estable con canaletas que se conectará a un estanque que contendrá las aguas hasta que sean retiradas por una empresa autorizada, correspondiente a un camión limpia fosa con una frecuencia de cada dos semanas, de acuerdo a lo declarado en respuesta a la Observación 1.13 letra a. del Adenda 1”.

·         “Que, como alternativa al lavado de ruedas, se contempla una solución mecánica por medio de resaltos en el pavimento a la salida de la obra, el barro será recogido y dispuesto con los residuos de excavaciones y/o escombros y llevados a sitio de disposición final autorizado, de acuerdo a lo declarado en respuesta a la Observación 1.13 letra c. del Adenda 1”.

·         “Que, durante la Fase de Operación las actividades de mantención del sistema de infiltración se realizarán de acuerdo a los protocolos establecidos en el acápite 1.6.6.3 de la DIA y Anexo 6 del Adenda 1”.

·         “Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero”.

·         “Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico”.

·         “Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código”.

·         “Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas”.

·         “Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello”.

·         “Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”.

 

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, mediante el oficio Ord. Nº 3136 de fecha 14 de junio de 2016:

·         “En base a la revisión del documento citado anteriormente, éste órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada. Condicionada a que la Dirección de Obras autorice expresamente la ubicación y radio de giro de la o las grúas”.

 

9° Que, la Comisión de Evaluación estableció la siguiente condición o exigencia para la aprobación del Proyecto:

 

9.1 Implementación de las medidas de mitigación y gestión que resulten del Análisis Vial Básico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Implementar las medidas de mitigación y gestión que resulten del Análisis Vial Básico antes de la recepción definitiva de las obras.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Oportunidad: Previo a la recepción final de las obras.

Indicador que acredite su cumplimiento

Implementación del cien por ciento de las medidas de mitigación que resulten del Análisis Vial Básico, previo a la recepción final de las obras.

 

10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Tabla 10.1. Compromiso ambiental voluntario 1.

Impacto asociado

Efecto sobre el aumento de los niveles de presión sonora.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción

Objetivo: Informar a la comunidad de los horarios de generación de ruido y establecer contacto de comunicación para recibir eventuales quejas o reclamos y tomar las medidas correctivas pertinentes.

 

Descripción: Plan de Comunicación y Manejo con las comunidades aledañas al lugar de emplazamiento del proyecto, en el cual se indicará por medio de carteles informativos, al ingreso del sector de obras.

Lugar y oportunidad de implementación

Lugar: Cartel informativo al ingreso del sector de obras.

Forma: El letrero contendrá la siguiente información:

  • Duración de las obras.
  • Horario de las obras.
  • Días de la semana en los cuales se trabajará.
  • E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias.

En la figura 30 de la DIA se presenta un ejemplo de este tipo de medidas.

Oportunidad: Durante la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Visual/fotográfico.

 

11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

11.1.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en la respuesta 1.40 de la Adenda, sobre situaciones de contingencias específicas relacionadas con:

  • Fase de construcción: actividad sísmica, accidentes de trabajo en las instalaciones, accidentes de trayecto.
  • Fase de operación: actividad sísmica, fallas ascensores, fallas grupos generadores, fugas de gas, obstrucción de los ductos de aguas lluvias, obstrucción de los shafts de basura.

11.1.1.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Incendios en obra.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Construcción:

Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra.

Operación:

Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Construcción:

·         Prohibición de fumar, hacer fogatas y encender fuego al interior de la obra.

·         Carteles informativos con las medidas.

·         Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos.

·         Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos.

 

Operación:

·          Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso.

·         Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras.

·         Identificar redes húmedas y secas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1.1 del ICE; Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

11.1.1.2 Situación de riesgo o contingencia 2: Derrame de sustancias peligrosas y combustibles.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento.

·         Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica.

·         Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. 

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

11.1.1.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Alumbramiento de napa freática.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada.

Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir y actuar frente a la contingencia

Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible alumbramiento de napa freática.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.39 de la Adenda.

11.1.1.4 Situación de riesgo o contingencia 4: Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD).

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Construcción:

Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior.

No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana.

Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados.  Implementación de sistema de control de vectores mensual.

 

Operación:

Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior, en sala de basura debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria en cada una de las torres.

No acumular por tiempos prolongados la basura, se estima su extracción 3 veces por semana.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

11.1.2. PLAN DE EMERGENCIAS.

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de emergencias son que se detallan a continuación. Mayores detalles en la respuesta 1.40 de la Adenda, sobre situaciones de emergencia específicas relacionadas con:

  • Fase de construcción: actividad sísmica, accidentes de trabajo en las instalaciones, accidentes de trayecto.
  • Fase de operación: actividad sísmica mayor, fallas ascensores, fallas grupos generadores, fugas de gas, obstrucción de los ductos de aguas lluvias, obstrucción de los shafts de basura.

11.1.2.1 Situación de  emergencia 1: Incendios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Construcción:

Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra.

 

Operación:

Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas.

Acciones a implementar

Construcción:

Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada.

El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos.

El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra.

Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión.

El personal de obra sólo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos.

Importante: Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio.

 

Operación:

Utilizar los sistemas de abatimiento de incendios en caso de ser controlable.

Llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano.

En caso de ser solicitado por Bomberos, evacuar el edificio por las escaleras de emergencias.

No interferir con el actuar de Bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Fase de Construcción: En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

11.1.2.2 Situación de  emergencia 2: Derrame de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones.

Acciones a implementar

El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo). Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas.

El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada.

Se delimitará el área afectada.

Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.

Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.

En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.

El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.

Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

Importante: Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

11.1.2.3 Situación de  emergencia 3: Alumbramiento de napa freática.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada.

Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos.

Acciones a implementar

Como medida de manejo preliminar, el titular no deberá almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración, previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

·         Detener las actividades en el frente de trabajo.

·         Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·         En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·         Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración.

·         Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.39 y 1.40 de la Adenda.

11.1.2.4 Situación de  emergencia 4: Afectación de recursos hídricos producto de accidentes.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada.

Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos y sustancias peligrosas, faenas de construcción en general.

Acciones a implementar.

En caso de ocurrencia de un accidente que afecte recursos hídricos, es necesario informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, señalando lo siguiente:

·         Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

·         Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

·         Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

·         En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.38 y 1.40 de la Adenda.

11.1.2.5 Situación de  emergencia 5: Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD).

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

Construcción:

·         En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas.

·         Se evacuará al personal en caso de ser necesario. 

 

Operación:

·         Realizar acciones de limpieza.

·         Contactar a una empresa autorizada en control de vectores.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos.

Fase de Construcción: En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Punto 1.8 de la DIA y respuesta 1.40 de la Adenda.

 

12. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

13. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

14. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

15. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

16. Que, para que el proyecto " Edificio San Nicolás" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

17. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

18. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

19. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

20. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Edificio San Nicolás" de Inmobiliaria San Nicolás SpA.

 

2°. Certificar que el proyecto Edificio San Nicolás" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto "Edificio San Nicolás", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto "Edificio San Nicolás", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/MRS

Distribución:
  • Armando Ide Nualart
  • Intendente, Región Metropolitana
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de San Miguel
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Dirección General de Aeronautica Civil
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "EDIFICIO SAN NICOLÁS"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=20/42/cfb06b539a59793e1f93498c03ae6b1cb004


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