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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "TRASLADO DE PLANTA INDUSTRIAL Y LABORATORIOS"

Resolución Exenta Nº 441/2013

Santiago, 5 de Septiembre de 2013



VISTOS:

 

1.             Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley Nº 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. Nº 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución Nº 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el Decreto Supremo N°1301, de fecha 12 de noviembre de 2012 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución N°40, de fecha 01 de Marzo de 2013 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.
 
2.             La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Laboratorio Ballerina Ltda., con fecha 4 de septiembre de 2012.  
  
3.             Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
 
Respecto a la DIA
 
·         Oficio Nº SRM RMS N° 130/2012 (sea - seia - dia) de Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, de fecha 01/10/2012; 
·         Oficio Nº435 de Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 28/09/2012;
·         Oficio Nº1800/064/2012 de Ilustre Municipalidad de Maipú, de fecha 02/10/2012;
·         Oficio Nº1579 de Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 02/10/2012;
·         Oficio Nº1576 de Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 08/10/2012;
·         Oficio Nº807 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 08/10/2012;
·         Oficio Nº7127 de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 05/10/2012;
·         Oficio Nº1303 de Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 08/10/2012;
·         Oficio Nº7355 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 08/10/2012; 
·         Oficio Nº4314, de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 10/10/2012;  
 
Respecto a la Adenda Nº 1
 
·         Oficio Nº278 de Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 11/03/2013;
·         Oficio Nº1800/014/2013 de Ilustre Municipalidad de Maipú de fecha 14/03/2013;
·         Oficio Nº283 de Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 18/03/2013;
·         Oficio Nº229 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 19/03/2013;
·         Oficio Nº2515 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 18/03/2013;
·         Oficio Nº2002 de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 22/03/2013;
 
Respecto a la Adenda Nº 2
 
·         Oficio Nº1800/042/2013 de Ilustre Municipalidad de Maipú, de fecha 14/06/2013;
·         Oficio Nº945 de Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 17/06/2013;
·         Oficio Nº476 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 18/06/2013;
·         Oficio Nº4950 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 18/06/2013;
 
Respecto a la Adenda Nº 3
·         Oficio Nº599 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 01/08/2013.
4.             El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 19 de agosto de 2013.
 
5.             El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”.  
 
6.             Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”.
 
7.             El acuerdo de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 22 de agosto de 2013.

CONSIDERANDO:

 

 

 

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”.
 
  1. Que, el derecho de Laboratorio Ballerina Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.     
 
  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en las Adendas N°1, N°2 y N°3 y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, las cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto consiste en la instalación y operación de las nuevas instalaciones productivas y de almacenamiento de la empresa en su Centro de Distribución que posee en Calle Los Yacimientos N°1.050 comuna de Maipú, para lo cual se procederá al traslado de las actuales instalaciones productivas de la empresa ubicadas en Antonio Escobar Williams N°190 en la comuna de Cerrillos, a las dependencias ubicadas en la comuna de Maipú, todo ello con la finalidad de satisfacer las demandas de sus clientes actuales y futuros, de manera de sustentar el crecimiento de sus operaciones.
 
3.1     Tipología de Proyecto.
 
El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debido a que cumple con los criterios establecidos en los literales h.2.1 y ñ.1 del artículo 3 del Decreto Supremo 95/2001, del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que hacen referencia a:
 
 h.2.1 “aquellas instalaciones fabriles que presenten una potencia instalada igual o superior a mil kilovoltios-ampere (1.000 KVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial.”
ñ.1 “Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382 Of 89.”
 
En consecuencia con lo anterior, el presente proyecto debe presentarse a evaluación ambiental ante el SEIA, debido a que requiere de una potencia eléctrica estimada de 1.502 KVA, la cual será abastecida por una conexión autorizada por la compañía eléctrica actual del sector; esta potencia es superior a la establecida en el Artículo 3 literal h.2.1) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y se emplaza en la Región Metropolitana en una zona declarada latente y saturada, mediante DS N°136/96. Por otra parte, el proyecto almacenará  2.000 kg de sustancias tóxicas de la clase 6.1 de la NCh 382 Of 89, siendo esta cantidad es superior a la establecida en el Artículo 3 literal ñ.1) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
3.2     Vida útil.
 
La vida útil del presente proyecto será de 30 años, momento en el cual se reevaluará el desarrollo y proyecciones de la actividad.
 
3.3     Superficie.
 
Las superficies de las edificaciones existentes actualmente en el Centro de Distribución se presentan en la siguiente tabla: (Detalle de las superficies se adjunta en Adenda 1, Anexo VI plano emplazamiento)
Tabla N° 1: Superficies existentes en el Centro de Distribución (Maipú)
 
INSTALACIONES EXISTENTES
Edificación
Superficie (m²)
1
Bodega N°1 de almacenamiento de materias primas
4.200,00
2
Bodega N°2 de almacenamiento de materias primas
4.285,56
3
Fábrica de envases plásticos
2.923,55
4
Casino
610,87
5
Bodega de almacenamiento de productos terminados
11.032,12
6
Bodega de almacenamiento de productos terminados (colonias y perfumes)
234,10
7
Taller de carga de baterías de grúas horquillas
234,10
8
Sala de almacenamiento de basuras generadas por el casino
43,45
9
Portería
87,72
 
10
Fábrica de elaboración de productos cosméticos (piso 1°)
3.430,97
TOTAL
27.082,44
 
 
Respecto a las superficies de las instalaciones proyectadas para albergar las futuras operaciones que serán trasladadas a la comuna de Maipú, se presentan en la siguiente tabla:
 
 
 
Tabla N°2: Superficies de las instalaciones proyectadas
 
INSTALACIONES PROYECTADAS
Edificación
Superficie (m2)
1
Fábrica de elaboración de productos cosméticos (piso superior)
2.981,26
2
Fábrica de elaboración de productos para el hogar
3.164,43
3
Bodegas de almacenamiento de materias primas peligrosas
847,29
4
Fábrica de colonias
117,40
5
Oficinas administrativas
1.655,75
6
Vestidores para bodega de productos terminados
110,00
7
Bodegas y baños rampa
92,89
8
Patio de Acopio de Residuos Industriales
420,00
9
Paletizado y cajas
1107,23
TOTAL
10.496,25
 
 
En la siguiente Tabla se presentan las superficies totales (existentes y proyectadas), junto con la superficie predial del proyecto:
 
Tabla N°3: Resumen de superficies
 
RESUMEN DE SUPERFICIES EXISTENTES Y PROYECTADAS
Detalle
(m2)
1 Total superficies existentes (CD)
27.082,44
2 Total superficies proyectadas (traslado)
10.496,25
Total (1+2)
37.578,69
Superficie del terreno
97.680,20
 
3.4     Mano de Obra y Cronograma.
La mano de obra para la fase de construcción del proyecto es la que se presenta en la siguiente Tabla:
 
Tabla N° 4: Mano de Obra
 
Fase
Mano de Obra Promedio
Mano de Obra Máxima
Construcción
75
113
Operación
-
902
 
El periodo de duración de la construcción del proyecto, se estima en 10 meses en total, de acuerdo a la siguiente carta Gantt del proyecto (adjunto en el punto 2.8 de la DIA):
Tabla N° 5: Cronograma del Proyecto
 

FASES DEL PROYECTO

Duración

Año 1

Año 2

(Días)

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

CONSTRUCCIÓN

Movimiento de tierra

90

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 X

 

 

 

 

 

 

 

 

Fundaciones

60

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 X

 

 

 

 

 

 

Montaje estructuras

90

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 X

 X

 

 

 

 

Instalaciones

60

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 X

 

 

 

Actividad de traslado, y plan cierre

90

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 X

 

OPERACIÓN

Puesta en marcha

60

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 X

 
 
3.5     Localización.
 
El proyecto se localizará en calle Los Yacimientos N°1.050, comuna de Maipú, Región Metropolitana de Santiago, zona de emplazamiento de tipo industrial, según lo indicado por el Plan Regulador Comunal de Maipú y el Certificado de Informaciones Previas N° 1121, presentado en el anexo 2 de la DIA, y emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú el 5 de febrero de 2010.
 
El polígono en que se desarrollará el proyecto se encuentra definido por los puntos indicados en la Tabla N°5 de forma referencial: 
 
Tabla N°6: Polígono de ubicación donde se emplazará el proyecto, Coordenadas UTM- Huso 19 Datum WGS 1984.
Vértice
Coordenadas UTM WGS 84 Huso 19
Este
Sur
1
338522,00
6288954,00
2
338413,00
6288879,00
3
339155,00
6288554,00
4
339092,16
6288455,74
 

4           Fase de construcción.

Durante esta fase, la cual tendrá una duración de 10 meses, se llevarán a cabo actividades relacionadas con la construcción de las nuevas instalaciones, así como también modificaciones a instalación existente en el Centro de Distribución de la comuna de Maipú y actividades de traslado de equipos desde la planta de Cerrillos, las cuales se señalan a continuación:

4.1       Instalación de Faenas.

 

Incluye  todas  las  construcciones  e  instalaciones  provisorias  para  el  correcto  desarrollo  de las faenas, como por ejemplo; instalación de oficinas para personal técnico, administrativo, profesionales responsables de la obra, bodegas para materiales y herramientas etc., las cuales cumplirán con todas las normas de seguridad e higiene.

 

Una vez que comience la obra de construcción, se humedecerá con agua todas las zonas de tránsito de la maquinaria  y vehículos que no estén pavimentadas, cabe destacar que actualmente el centro de distribución cuenta con todas sus vías de circulación internas pavimentadas. Del mismo modo, se regarán las zonas de remoción y acumulación de tierra en forma periódica, además de utilizar mallas protectoras en los frentes de trabajo, cuando vaya avanzando la construcción, evitando así la migración de polvo hacia los vecinos colindantes del proyecto y a la atmósfera. Así mismo se procederá al lavado de las ruedas de los camiones, antes de iniciar el recorrido por las calles de la ciudad, además de proteger las cargas con carpas, todo ello para evitar el desprendimiento de polvo. Todo el material sobrante  provenientes de las actividad de movimiento de tierra se  extraerá  de  la  obra  y  se  transportará  a  botadero  autorizado por las autoridades.

 

4.2       Limpieza terreno, aseo y cuidado de la obra: se extraerán todo tipo de residuos,  basuras, desmalezados y limpieza general, antes de la iniciación de cualquier faena de la construcción misma y durante su ejecución.

 

En el interior de la obra se deben humedecer con agua, las zonas de tránsito de la maquinaria pesada, pavimentarlas, o bien estabilizar el terreno con gravilla o alguna otra técnica de compactación.   Del mismo modo, es necesario regar las zonas de remoción y acumulación de tierra en forma permanente, junto con utilizar mallas protectoras en los frentes de trabajo, cuando vaya avanzando la construcción, evitando así la migración de polvo hacia los vecinos.

 

4.3       Sitios de descarga y almacenaje: la estructura o cerramientos del galpón, así como también el resto de los materiales deberán entregarse en el sitio inmediato al área de montaje y ejecución.  El sitio de descarga deberá quedar determinado oportunamente y su ubicación será tal, que evite el deterioro de los materiales y piezas por transportes innecesarios.

Se deberá disponer de construcciones destinadas a proteger adecuadamente los elementos, los que deberán quedar debidamente almacenados. Para los casos de las piezas metálicas, éstas serán almacenadas como mínimo a 10 cm del suelo (convenientemente sobre listones de madera) y protegidas del agua, aceites, suciedad u otros agentes degradantes.

 

4.4    Trabajos Previos.

 

4.4.1                         Movimiento de tierras.

 

a)     Preparación del terreno: se harán los movimientos de tierra necesarios, para nivelar los terrenos destinados a las cimentaciones de estructuras de las construcciones, y para recibir las instalaciones correspondientes.

 

b)    Excavaciones: estas se ejecutarán de acuerdo a los planos y especificaciones del proyecto de cálculo estructural y a lo señalado en el informe de mecánica de suelos. Los sellos de fundaciones, deberán ser recibidos por el ingeniero calculista y el Inspector Técnico de Obras (I.T.O.) con la aprobación del ingeniero mecánico de suelos.  Toda excavación que por motivo de calidad del terreno sea necesario profundizar a más de lo indicado en los planos de cálculo y en ausencia de indicaciones de mecánica de suelos o por accidentes en el terreno no previstos, deberá ser consultada al I.T.O. quién resolverá al respecto.

 

c)     Rellenos: se consulta el material de relleno con relleno estructural controlado y compactado con sub-base y base estructural estabilizada, de acuerdo a lo señalado en el informe adjunto del ingeniero mecánico de suelos, los planos de estructuras y de arquitectura.

 

d)    Niveles: se adoptarán los niveles de acuerdo a lo señalado en los planos de arquitectura y del proyecto de pavimentos. Así mismo la solución de aguas lluvias, se hará según lo indicado en el plano de pavimentos.


4.4.2                         Calidad de la obra de construcción.

 

a)     Materiales: se deberá tener siempre en cuenta lo indicado en las especificaciones técnicas, especialmente con respecto a la calidad de los mismos. La totalidad de los materiales se entiende de primera calidad y sin uso y deberán ajustarse estrictamente a las normas y ensayos consignados para cada uno de ellos, o a las instrucciones de los fabricantes en los casos en que se establezcan marcas determinadas.

Se deberá privilegiar los productos y materiales que aseguren el funcionamiento del edificio en óptimas condiciones, incluso en momentos de catástrofes y emergencias (incombustibles, imputrescibles, inoxidables, no solubles en agua, no tóxicos y que no produzcan gases tóxicos, no cancerígenos). Los materiales de uso transitorio (tales como cercos, andamios y otros), deberán regirse por las Normas Chilenas, especialmente en lo referente a la seguridad de las personas, como la Ley N° 16.744, sobre Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales.

 

b)    Muestreo y Dosificaciones: todos los materiales, hormigones, mortero, etc. estarán sujetos a inspección solicitando certificados de ensayos de materiales necesarios para cumplir con lo prescrito en la Normativa Vigente, de acuerdo a las normas I.N.N. dichos ensayos se solicitarán exclusivamente a laboratorios inscritos.

 

c)      Hormigones: deberán ceñirse estrictamente lo indicado en los planos de cálculo de estabilidad. Se tendrá especial cuidado para su colocación en que los moldajes y encofrados se encuentren firmes, limpios y con desmoldante. Por otro lado, no se deberá hormigonar cuando la temperatura sea inferior a 5°. En la aplicación de los estucos se cuidará de no exponerlos directamente al sol y/o al viento cubriéndolos con una malla del tipo Rashell o con alguna membrana de curado adecuada, y deberán regarse a lo menos durante los primeros 7 días posteriores a su aplicación. Todo lo anterior con el fin de lograr un adecuado proceso de curado. En cualquier caso las terminaciones de los estucos deberán quedar regulares y parejas.

 

d)      Pavimentos: se deberá tener especial cuidado especialmente con lo siguiente: niveles y juntas de dilatación, lisura, pendientes y escurrimiento de aguas, inexistencia de apozamiento de aguas en áreas de radieres interiores, cerámicas, porcelanatos u otros; en cuanto a su ortogonalidad, cortes de palmetas y remates en aristas y esquinas de los muros.

 

e)      Estructuras Metálicas: se ejecutarán en aceros en las calidades indicadas en los planos de cálculo, asimismo se exigirá al proveedor la certificación de cada provisión de material que sea entregada en obra. El montaje será realizado por soldadores calificados.

 

f)       Revestimientos y Terminaciones: se deberá tener especial cuidado especialmente con lo siguiente: revestimientos metálicos y de fibrocemento; en lo que se refiere a su transporte, manipulación y acopio; de modo que éstos no se dañen, empastes y pinturas; en cuanto a su lisura y espesores, hojalaterías; en cuanto a las soldaduras, remaches, pliegues y cortagoteras, con relación al uso y aplicación de pinturas u otras terminaciones que requieran solventes se cuidará de mantener dicho producto almacenado en áreas seguras y cuando se apliquen deberá mantenerse el recinto ventilado.

 

4.4.3  Descripción de la actividad de traslado de las operaciones.

 

La actividad de traslado de actividades y equipamiento, es decir, desmontaje, traslado y montaje en las nuevas instalaciones, de los equipos actualmente en uso en la planta de Cerrillos, debe ser realizado según lo permita el desarrollo de los procesos productivos y la demanda de la producción.

 

Se estima que durante el traslado, el flujo de camiones será de 2 vehículos al día, ya que se contempla realizar el traslado de los equipos en forma paulatina, y no de manera concentrada, todo ello durante 3 meses que durará esta actividad. En relación a los flujos vehiculares involucrados en esta actividad, que se detallan en la tabla 7 de la DIA.

 

La carga de camiones, con el equipamiento a trasladar, en las instalaciones de Cerrillos se realizará en el interior de sus instalaciones. La descarga de equipamiento a trasladar en la nueva ubicación en la comuna de Maipú, se llevará a cabo igualmente al interior de las instalaciones de la empresa.

 

Una vez finalizado el traslado de los equipos desde las instalaciones de Cerrillos, dicho terreno quedará disponible para un uso industrial, en concordancia a su uso de suelo.

 

Por último y en relación a los residuos que serán generados producto de la actividad de traslado serán producto de  embalaje de maquinarias y residuos de aseo, los cuales serán trasportados y destinados a sitios autorizados.

 

a)     Instalación de equipos y maquinarias: El traslado de las maquinarias y equipos, que actualmente se encuentran en la planta de la comuna de Cerrillos hacia su nueva dirección en la comuna de Maipú, consiste básicamente en la desconexión de los equipos, posteriormente estos son embalados de manera segura e izados en camión para su posterior transporte hacia su nueva dirección.

 

4.4.4 Servicios para la Fase de Construcción.

 

Los servicios asociados a la fase de construcción del presente proyecto, se describen a continuación:

 

a)     Servicio de Agua Potable y Alcantarillado.

Cabe informar que actualmente las instalaciones del Centro de Distribución de la empresa Ballerina, cuenta la infraestructura sanitaria regularizada para los servicios de agua potable, así como también servicio de alcantarillado, ambos servicios son suministrados por la empresa sanitaria del sector de emplazamiento SMAPA, servicios pertenecientes a la I. Municipalidad de Maipú. Por lo cual los trabajadores involucrados en la faena de construcción contarán en todo momento con dicho suministro.

 

b)    Servicio de Energía Eléctrica.

 

Para la instalación y operación normal de la faenas de construcción, se utilizará el suministro eléctrico perteneciente a la red de distribución local.

 

c)     Insumos, movimientos de tierra y maquinaria.

Los principales insumos y/o materiales a utilizar para la actividad de construcción de las nuevas operaciones, son las indicadas las tablas 8, 9 y 10 de la DIA.

 

4.4.5 Especificaciones técnicas de construcción de las nuevas edificaciones.

 

A continuación se describen las características constructivas de las principales instalaciones involucradas en el proyecto:

 

a)     Nuevas bodegas de almacenamiento de materias primas peligrosas.

El proyecto está concebido como 2 áreas independientes separados por un patio de carga y descarga. El volumen norte corresponde a una bodega para sustancias del tipo comburentes (embalaje III), adyacente a otra bodega de destinada al almacenamiento de las materias primas sólidas y líquidas inflamables en conjunto.

El volumen sur de idénticas dimensiones corresponde a una bodega para el almacenamiento de las materias primas peligrosas de los tipos tóxicos, corrosivos y misceláneos. La superficie construida es de 847,29 m².

Las especificaciones de construcción de las bodegas materias primas peligrosas se detallan en la tabla 11 de la DIA, en la Adenda 1 y Adenda 2.

Se adjunta plano de bodegas de sustancias peligrosas, en Anexo N°3 de la Adenda 2.

 

b)    Fábrica de elaboración de productos cosméticos.

La nueva fábrica de productos cosméticos se albergará en el actual galpón destinado para el almacenamiento de productos terminados de la empresa, la cual sufrirá modificaciones  para albergar esta nueva actividad. La instalación existente  tiene una superficie construida de 3.430,97 m². La ampliación incluye la prolongación de la nave hacia el poniente y la construcción de altillos que contendrán el programa de oficinas y laboratorios de control de calidad, con lo cual se agregan 2.981.26 m² totales.

En la tabla 12 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas de construcción fábrica de productos cosméticos.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

c)    Fábrica de Colonias.

La Fábrica de colonias tendrá una  superficie de 117,40 m².

En la tabla 13 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas de construcción de fábrica de colonias.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

d)      Bodega de almacenamiento de productos terminados consistentes en colonias y perfumes.

Esta instalación existente actualmente en el Centro de Distribución en la comuna de Maipú, tiene una superficie de 234,10 m² y se encuentra adosada en el extremo norponiente de la nave principal, destinada  al almacenamiento de los productos terminados.

Este edificio está construido en forma tradicional con fundaciones, sobre-cimientos y muros perimetrales de hormigón armado, la estructura que soporta la cubierta está formada por vigas de acero, la cubierta es de paneles de planchas plegadas de acero con franjas de planchas traslúcidas de policarbonato. La bodega cumple con todas las disposiciones sobre condiciones generales de seguridad, en especial aquellas sobre ancho de pasillos, vías de evacuación, también con las resistencias al fuego exigidas para los distintos elementos del edificio.

En la tabla 14 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas de construcción de la Bodega de almacenamiento de productos terminados de colonias y perfumes.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

e)      Fábrica de productos para el hogar.

Este edificio se construirá en forma tradicional con fundaciones, sobre-cimientos y columnas de hormigón armado, muros perimetrales de bloques de hormigón,  cerrado con planchas de acero pre-pintadas la estructura que soporta la cubierta está formada por vigas de acero, la cubierta es de paneles de planchas plegadas de acero con franjas de planchas traslúcidas de policarbonato.

Se proyecta con una superficie de 3.164,43 m².

En la Tabla 15 de la DIA se presentan especificaciones técnicas de construcción de la fábrica de productos para el hogar.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

f)       Oficinas Administrativas.

El edificio de oficinas generales constará de 1.665,75 m2, en 3 pisos. Este edificio será construido en forma tradicional con muros de albañilería reforzada con cadenas y pilares de hormigón armado. La cubierta será de planchas plegadas de acero.

En la Tabla 16 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas de construcción de oficinas administrativas.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

g)      Patio de almacenamiento de residuos industriales.

El patio de acopio será de uso exclusivo para los residuos industriales peligrosos y no peligrosos, con una superficie de 420,00 m2.

El proyecto está concebido como 1 solo volumen edificado, dividido en 4  compartimentos iguales separados mediante muros cortafuegos, todos acceden por un patio de carga/descarga.

El compartimento norte corresponde a un área de compactación de residuos industriales no peligrosos. El compartimento que sigue está destinado al acopio de envases vacíos que contuvieron sustancias no peligrosas.

El tercer compartimento corresponde a un área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos.

El cuarto y último compartimento está destinado a almacenar residuos peligrosos.

En la Tabla 17 de la DIA se presentan las especificaciones técnicas de patio de almacenamiento de los residuos industriales.

En Adenda 1, anexo VI se presenta plano de emplazamiento general del proyecto con sus respectivas instalaciones y superficies.

 

 

4.5  Residuos generados en Fase de Construcción.

 

4.5.1 Efluentes líquidos.

 

Durante la fase de construcción del proyecto, se estima una generación de aguas  servidas de 11m3/día aproximadamente, considerando la cantidad de mano de obra máxima, que corresponde a 113 personas, durante los 10 meses que dura la obra. Dichos residuos líquidos serán descargados a la red pública del sector de  emplazamiento del proyecto.

 

4.5.2  Residuos sólidos.

 

Durante la fase de construcción del proyecto se generarán residuos sólidos no peligrosos y peligrosos, los cuales, a través de la siguiente tabla, se detallan su tipología, peligrosidad, estimación de la generación y destino:


 

Tabla N°7: Estimación de generación de residuos

 

Tipos de residuos

Peligrosidad

Generación

(kg/mes)

Destinatario

 autorizado

RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS

Desechos asimilables a domiciliarios

No peligroso

1.400

SI

Papel, cartones, plásticos  y zunchos, provenientes de embalajes de insumos de la obra etc.

No peligroso

200

SI

Residuos de la actividad de construcción de las instalaciones

No peligroso

10.000

SI

TOTAL RESIDUOS NO PELIGROSOS

 

11.600

 

RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSOS (RESPEL)

Residuos de envases que contuvieron sustancias peligrosas (ejemplo: pinturas y pegamentos, etc.).

Peligrosos

 

100

SI

Residuos de paños, brochas, rodillos, elementos de seguridad contaminados con pinturas y pegamientos etc.

Peligrosos

 

30

Si

TOTAL RESIDUOS PELIGROSOS

 

130

 

 

Cabe indicar que al interior de las faenas no se efectuará ningún tipo de mantención de maquinaria, por ende no existirá ningún tipo de residuo peligroso asociado a esta actividad. En caso de producirse un derrame de algún producto peligroso, este se manejará de acuerdo a lo indicado en el D.S N° 148/2003, del Ministerio de Salud.

4.5.3 Residuos peligrosos.

El almacenamiento temporal de los residuos peligrosos (RESPEL) generados durante la fase de construcción del proyecto, tendrá la finalidad de conservar dichos residuos en un sitio de almacenamiento seguro por un periodo de tiempo determinado (siempre menor a 6 meses), a la espera de su transporte y posterior disposición final, a través de empresas autorizadas, las cuales serán obtenidas mediante los listados disponibles en la página web de la Autoridad Sanitaria R.M (www.asrm.cl).

 

El acopio temporal de los residuos peligrosos se efectuará en área definida mediante contenedores estancos, resistentes a los residuos que serán almacenados, señalizados mediante la Norma Chilena N°2.190 Of. 93, dispuestos sobre piso sólido e impermeabilizado, protegidos de condiciones climáticas adversas, existirá un encargado de mantener el orden del área el cual estará capacitado en estas materias, se contará con extintor de incendios portátil señalizado en cantidad y tipo de acuerdo a lo indicado en el D.S 594/99, el área estará señalizada como “Acopio Temporal de Residuos Peligrosos”. Todos los residuos peligrosos serán declarados mediante el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos SIDREP, ya sea a través de la vía papel o plataforma de internet.

 

4.5.4 Residuos No Peligrosos.

 

Los residuos domiciliarios e industriales generados en la fase constructiva del proyecto, serán almacenados sobre piso sólido, protegidos de condiciones climáticas adversas, a través de contenedores totalmente estancos y/o herméticos y señalizados. Se tomarán las medidas necesarias para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. El sector estará en todo momento ordenado y con fácil acceso, señalizado, se dispondrá de extintor portátil y el personal encargado del área contará con su respectiva capacitación en su uso y manejo. El transporte y la disposición final de los desechos se efectuarán en todo momento mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria, los cuales serán obtenidos a través de la página web www.asrm.cl.

 

4.6  Vialidad y Flujos Vehiculares.

 

En la siguiente tabla se presentan los flujos vehiculares y rutas a utilizar en la fase de construcción.


 

Tabla N°8: Flujos vehiculares y rutas en fase de operación.

 

Flujo asociado a:

Detalle

Detalle de Flujos Vehiculares asociados

Rutas a utilizar:

Camión/día

(Promedio)

FASE DE CONSTRUCCIÓN

 

 

 

 

 

 

Movimiento de Tierra

 

 

 

 

 

Excavaciones con retiro de material

 

756 viajes en total (ida y vuelta) en camiones de capacidad de carga de 10 toneladas, de lunes a sábado durante 3 meses.

Ida: Los Yacimientos-Camino a Lonquén-Lo Espejo-Camino a Melipilla-Américo Vespucio-Las Torres-Vespucio Sur Express-Segunda Transversal-Américo Vespucio-Autopista del Sol-Camino a Rinconada.

Regreso: Camino a Rinconada-Autopista del Sol-Alfredo Silva Carvallo-Tres Poniente-Camino a Melipilla-Lo Espejo-Camino a Lonquén-Los Yacimientos.

2 viajes/día

 

 

 

 

 

 

 

 

Insumos

 

 

 

 

 

 

 

 

Hormigón

360 viajes en total (ida y vuelta)  en camiones de capacidad de carga de 20 toneladas, operando cualquier día a la semana.

Ida: Los Yacimientos-Camino a Lonquén-Lo Espejo-Camino a Melipilla-Américo Vespucio—Las Torres-Vespucio Sur Express-Segunda Transversal-Américo Vespucio-Autopista del Sol-Los Pajaritos-Vespucio Sur Express-Ruta 68-Americo Vespucio-Oceánica-Puerto Vespucio.

Regreso: Puerto Vespucio-Oceánica-Américo Vespucio-Ruta 68-Vespucio Sur Express-Rafael Riesco-Vespucio Sur Express-Américo Vespucio-Camino a Lonquén-Los Yacimientos.

1 viaje/día

 

 

 

Acero Estructural

24 viajes en total (ida y vuelta) en camiones de capacidad de carga de 10 toneladas,operando cualquier día a la semana

Ida: Los Yacimientos- Camino a Lonquén - Serafín Zamora-Camino a Melipilla-Américo Vespucio-Las Torres-Vespucio Sur Express-Segunda Transversal-Américo Vespucio-Los Pajaritos.

 Regreso: Los Pajaritos-Vespucio Sur Express-Rafael Riesco-Vespucio Sur Express-Américo Vespucio-Camino a Lonquén-Los Yacimientos.

Por la cantidad de viajes totales, no se realizaran viajes todos los días.

 

 

Relleno Estructural

2.446 viajes en total (ida y vuelta) en camiones de capacidad de carga de 10 toneladas, operando cualquier día a la semana.

Ida: Los Yacimientos-Camino a Lonquén.

Regreso: Camino a Lonquén-Los Yacimientos

8 viajes/día

 

Insumos varios para la actividad de construcción

 

4 viajes en total (ida y vuelta) operando cualquier día a la semana.

Ida: Los Yacimientos- Camino a Lonquén - Américo Vespucio.

Regreso: Américo Vespucio-Camino a Lonquén-Vespucio Sur Express-Camino a Lonquén-Los Yacimientos.

Por la cantidad de viajes totales, no se realizaran todos los días.

 

 

 Residuos

 

 

Domiciliarios

 

 

176 viajes en total (ida y vuelta) en camiones de capacidad de carga de 10 toneladas, durante toda la actividad de construcción.

Ida: Los Yacimientos-Camino Lonquén- Lo Espejo- San Rafael-Lo Espejo- Gral. Velásquez-Autopista Central-Puerta Sur- Autopista Central- Gral. Velásquez.

Regreso: Gral. Velásquez-Lo Espejo-Autopista Central-Américo Vespucio-Vespucio Sur Express- Lo Espejo-Camino a Lonquén-Los Yacimientos.

1 viaje/día

 

Los impactos viales fueron abordados a través de un Estudio de Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), el cual fue presentado y aprobado por la Seremi de Transportes de la Región Metropolita de acuerdo al Ordinario N°2.559 de fecha 12 de abril de 2013. Allí se establecieron una serie de medidas de mitigación que favorecerán tanto la operación como la seguridad vehicular y peatonal del entorno del proyecto. Cabe hace notar que la cantidad total de estacionamientos para el proyecto es de 199 (ORD. N°2559 de fecha 12 de abril de 2013 de la SEREMITT, RM adjunto en la Adenda 2), de los cuales 182 serán para vehículos livianos, 13 para camiones y 4 para personas con capacidad disminuida.

 

Respecto al tránsito de camiones de alto tonelaje en la comuna de Maipú, el titular se compromete  a enviar los residuos del tipo escombros a un destinatario autorizado por la Autoridad Sanitaria, ubicado en la comuna de San Bernardo, cumpliendo y considerando todos los reglamentos y restricciones legales vigentes de circulación de vehículos pesados. Lo que implica que el titular no deberá usar la Avenida Alfredo Silva Carvallo.

 

4.7    Plan de cierre de la Planta de Cerrillos en la Fase de Construcción.

 

El Titular debe dar cumplimiento cabal al Plan de Cierre de las instalaciones de la planta en Cerrillos, de acuerdo a lo señalado en el Anexo 2 de la Adenda 1.

El Titular  no contemplará ningún tipo de demoliciones en las instalaciones de la planta industrial de la empresa Laboratorio Ballerina ubicada en la comuna de Cerrillos, la actividad de traslado se desarrollará de manera progresiva y parcializada de manera de no interrumpir todos los procesos productivos de manera simultánea.

La duración de las actividades de cierre de la planta industrial de Ballerina, tendrá una duración de 3 meses aproximadamente, el presente cronograma señala las actividades de este Plan:

 

Tabla N°9: Cronograma de Actividades Cierre Planta de Cerrillos.

Actividades/Traslados

Meses

1

2

3

Fábrica de Productos Cosméticos

X

 

 

Fábrica de Productos para el Hogar

X

 

 

Estanques

 

X

 

Laboratorios y Áreas de Mantención

 

X

 

Áreas Administrativas y Bodega

 

X

X

Grupo Electrógeno y Calderas

 

 

X

Limpieza General de la Planta

 

 

X

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.7.1 Transporte de sustancias peligrosas en el Plan de Cierre Panta Cerrillos

 

Para el caso del transporte de sustancias peligrosas se debe dar total cumplimiento al D.S N° 298 “Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y D.S N° 78 “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”, cumpliendo con las mínimas medidas de seguridad que se indican a continuación:

 

  1. Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, los vehículos portarán los rótulos a que se refiere la NCh 2190.0f93, los que deberán ser fácilmente visibles por personas situadas al frente, atrás o a los costados de los vehículos.
  2. Los vehículos contarán con sistema de radiocomunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional.
  3. El embalaje externo de estas sustancias estará marcado y etiquetado de acuerdo con la correspondiente clasificación y tipo de riesgo, de conformidad con lo establecido en la Norma Chilena Oficial NCh 2190.Of93.
  4. La carga será estibada en forma conveniente en el vehículo y estará sujetos por medios apropiados, de forma que se evite el desplazamiento riesgoso de ellos, entre sí y con relación a las paredes y plataforma del vehículo.
  5. El motor del vehículo estará detenido mientras se realizan las operaciones de carga y descarga.
  6. El transportista antes de iniciar la operación de transporte, deberá inspeccionar el vehículo asegurándose de sus perfectas condiciones para el transporte para el cual se destina.
  7. El conductor deberá examinar regularmente y en lugares adecuados, las condiciones generales del vehículo, incluyendo la condición de los neumáticos y la integridad de la carga, en aspectos tales como, existencia de pérdidas o fugas del producto, seguridad de las amarras y posicionamiento de los rótulos.
  8. Todo el personal que participe en las operaciones de carga, descarga y transbordo de cargas peligrosas, usará vestimenta adecuada y equipo de protección personal.
  9. Durante el transporte, el conductor del vehículo está obligado a utilizar los elementos de protección personal que corresponden, cuando participe en una acción para la que se requieran estos elementos de protección personal.

En relación a la generación de residuos producto de la actividad de traslado, se transportarán y destinarán sólo mediante empresas que cuenten con su debida autorización sanitaria y se dará total cumplimiento a lo establecido en los cuerpos legales DS N° 148 “Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos” y D.S N° 594 “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, ambos del Ministerio de Salud.

 

4.7.2 Respecto a los Residuos Sólidos y Líquidos en el Plan de Cierre Panta Cerrillos.

 

Producto del traslado y limpieza de instalaciones, tanto en su interior como en su exterior, se generarán residuos del tipo no peligroso y en menor cantidad de peligrosos.

 

Se estima que la tipología y generación de Residuos No Peligrosos será el detallado mediante la siguiente tabla:

 

Tabla N°10: Residuos No Peligrosos Plan de Cierre Planta de Cerrillos.

 

Tipología de Residuos

Estimación de Generación (ton/puntual)

Residuos provenientes de las actividades de traslado, tales como restos plásticos, cartones, papeles, entre otros.

0,3

Desechos tales como restos de artículos de aseo no peligrosos, paños de limpieza, entre otros.

0,15

Residuos de barrido de instalaciones.

0,05

Residuos asimilables a domésticos.

0,04

Total (ton/puntual)

0,54

 

Todos los residuos no peligrosos generados serán acopiados en contenedores adecuados, totalmente estancos y en áreas definidas al interior de las actuales instalaciones de residuos a la espera de su transporte y disposición final, ambas actividades sólo se efectuarán mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria por parte de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana y correspondientemente declarados mediante la Res. 5081/93.

Se estima que la tipología y generación de Residuos Peligrosos (Respel) será el detallado mediante la siguiente tabla:

Tabla N°11: Residuos Peligrosos Plan de Cierre Planta de Cerrillos.

 

Tipología de Residuos

Estimación de Generación (ton/puntual)

Residuos de barrido con sustancias contaminadas.

0,065

Residuos del área de mantención (aceites, paños contaminados, entre otros).

0,02

Residuos del laboratorio.

0,01

Total (ton/puntual)

0,095

 

Todos los residuos peligrosos generados serán acopiados en contenedores adecuados, totalmente estancos, señalizados de acuerdo a la NCH 2190 Of 93 y en áreas definidas al interior de las actuales instalaciones de residuos a la espera de su transporte y disposición final, ambas actividades sólo se efectuarán mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria por parte de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana y correspondientemente declarados mediante el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos” (SIDREP) ya sea vía papel o electrónica.

 

 

4.7.3 Respecto a las Emisiones Atmosféricas en el Plan de Cierre Panta Cerrillos.

 

Todos los vehículos y maquinarias que estarán involucrados en la actividad de traslado y cierre de las instalaciones de la empresa en la comuna de Cerrillos, tendrán sus revisiones técnicas al día y circularán a velocidades moderadas al interior de la instalación (10 km/hr).

 

En el interior de la empresa no se genera suspensión de ningún polvo al ambiente, ya que las vías de circulación interior, los estacionamientos y las áreas de maniobras de los vehículos están totalmente pavimentados.

 

 

4.7.4 Respecto a las Emisiones Acústicas en el Plan de Cierre Panta Cerrillos.

 

Respecto de las emisiones de ruido generadas por la actividad de cierre y traslado, la Empresa realizó un Estudio de Impacto Acústico para esta actividad, realizando mediciones de ruido en las inmediaciones del actual Laboratorio Ballerina.

 

El Estudio de Impacto Acústico, detallado se presenta en el Anexo 3 de Adenda 1.

 

 

4.7.5 Respecto a las Emisiones Líquidas en el Plan de Cierre Panta Cerrillos.

 

En relación a las emisiones líquidas, estas se conectarán a la red local de alcantarillado y al servicio de agua potable existente.

 

Por otra parte la planta de la comuna de Cerrillos contará con una planta de tratamiento de residuos líquidos, la cual no será trasladada a la comuna de Maipú. Esta planta tiene la función de tratar los residuos líquidos provenientes de la fábrica de cosméticos y hogar y cumplirá esta función hasta el final, una vez que se termine de ocupar se efectuará su limpieza y mantenimiento con la finalidad de evitar probables malos olores y proliferación de todo tipo de vector de interés sanitario, asegurando el buen manejo de los residuos líquidos hasta el final.

 

Es importante señalar que en las instalaciones de Maipú, se implementará una nueva planta de tratamiento de residuos líquidos de las mismas características de la existente en la comuna de Cerrillos, todo ello previo al inicio de las actividades en las trasladadas fábricas de hogar y cosméticos en la comuna de Maipú, asegurando el buen manejo de los residuos líquidos desde el inicio en dicha instalación.

 

5  Fase de operación.

 

En esta fase se desarrollaran las actividades actuales del Centro de Distribución más las operaciones nuevas que se trasladan desde la comuna de Cerrillos. La planta  tendrá los siguientes horarios de funcionamientos:

 

- Área de Producción: de lunes a viernes en módulo de turnos de 7:00-16:00 horas y de 22:00-7:00 horas.

 

- Área Administrativa: de lunes a viernes de 8:00-17:30 horas.

 

La fase operativa del proyecto tiene como principal objetivo concentrar en una misma dirección  todas las operaciones de la empresa, optimizando procesos, mejorando la logística y sustentando las operaciones de la empresa a través del tiempo.

 

Las nuevas actividades y/o instalaciones que se integran son las siguientes:

 

  1. Fábrica de productos cosméticos
  2. Fábrica  de productos para el hogar
  3. Bodega de sustancias peligrosas
  4. Oficinas administrativas
  5. Patio de almacenamiento de residuos
  6. Vestidores para bodega producto terminado
  7. Bodega y baños rampa
  8. Área paletizado y cajas
  9. Fábrica de colonias

 

5.1  Descripción de Proceso Productivo.

 

A continuación y mediante la siguiente tabla se describe el proceso productivo que se llevará a cabo en las dependencias de la empresa en la comuna de Maipú.


Tabla N°12: Descripción del proceso productivo.

 

 

Actividad

Descripción

1

Recepción de Materias Primas y Material para Empaque

Actividad consistente en la recepción de las materias primas y material para la actividad de embalaje de productos, en área de recepción de carga se verifican sus condiciones físicas (identificación, cantidad etc.) para posterior llevar a cabo la actividad de toma de muestra y control de calidad.

 

2

Toma de Muestra y Control de Calidad

Posterior a la actividad de recepción, personal de control de calidad procede a tomar muestra de la materia prima o material de embalaje para posteriormente verificar que cumplan con las especificaciones establecidas por la organización.

 

3

Almacenamiento de Materias Primas

Una vez tomada la muestra por parte del área de calidad, el insumo es trasladado al sitio de almacenamiento definitivo de acuerdo a la tipo y clasificación del material a la espera de ser requerido por el área de producción.

 

4

Fraccionamiento para formulación

Tarea consistente en el pesaje de materias primas para formulación de productos.

 

5

Mezclas de materias primas en reactor

En esta fase se realiza la mezcla del conjunto de materias primas para la obtención del granel, una vez finalizado el proceso, se procede a la toma de nuestra del producto para su posterior control de calidad y análisis.

 

6

Toma de muestra y Control de Calidad

Luego del proceso de mezcla en reactor se toma muestra del granel para a su control de calidad para verificar que cumplan con las especificaciones establecidas por la organización.

 

7

Proceso Envasado

Una vez que la mezcla cumple con todas las especificaciones de calidad, comienza el proceso continuo de llenado de envases, tapado, rotulación y encajado.

 

8

Toma de Muestra y Control de Calidad

Durante el envasado se toma muestra del producto como parte del control del proceso y verificar el cumplimiento de las especificaciones establecidas por la organización.

 

9

Paletizado

Proceso de acopio de cajas sobre pallets de acuerdo a la especificación del producto para ser enviado a bodega de producto terminado.

 

10

Picking

Proceso de recolección de cajas en bodega en función de las necesidades de los pedidos de los clientes.

 

11

Distribución y Despacho a clientes

Actividad que consiste en la distribución y despacho de producto terminado de acuerdo a los requerimientos y/o necesidades de los clientes de la empresa

 

 

 

 

5.1.1       Maquinarias y/o equipos a utilizar en la fábrica de cosméticos y hogar.

 

Tabla N°13: Maquinarias y/o equipos a utilizar en la fábrica de cosméticos y hogar

 

Fábricas

N° Envasadoras

N° Reactores

Total

1

Productos para el  Hogar

11

9

20

2

Productos Cosméticos

32

34

66

Total equipos por fábricas

43

43

86

 

 

5.1.2       Estanques y reactores a utilizar en la fábrica de cosméticos y hogar.

 

Tabla N°14: Estanques y reactores en la fábrica de cosméticos y hogar

Fábricas

N° Estanques

N° Reactores

1

Productos para el  Hogar

12 unidades de entre 8m3 y 27 m3

9

2

Productos Cosméticos

25 unidades de entre 4 m3 y 8 m3

34

Total Equipos

37

43

 

 

 

 

 

 

 

 

5.2 Materias primas y cantidades a utilizar.

 

Algunas de las materias primas que se utilizarán en esta fase se encuentran calificadas como sustancias peligrosas según lo indicado en la Norma Chilena Oficial N°382/2004. Estas sustancias son del tipo: Comburentes, Tóxicas, Corrosivas, Misceláneas, Líquidos y Sólidos Inflamables, por lo cual deben ser almacenadas en diferentes instalaciones diseñadas y construidas en conformidad a lo establecido en el D.S. N° 78/09 “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” y a la normativa vigente, estas se detallan continuación:

 

Tabla N°15: Tipología de materias primas peligrosas y capacidades de almacenamiento.

 

 

Materia Prima

Clase

División

Embalaje

Toneladas

1

Corrosivas

8

-

-

24

2

Misceláneas

9

-

-

150

3

Comburentes

5

5.1

III

64

4

Tóxicos

6

6.1

III

2

5

Líquidos Inflamables

3

-

-

50

6

Sólidos Inflamables

4

-

-

50

 

 

El almacenamiento de las sustancias peligrosas señaladas debe ser realizado de manera segregada en conformidad a lo dispuesto en el D.S N° 78/09 del Ministerio de Salud. En la DIA se describe dicho almacenaje, específicamente en el punto 7.2 Permiso Ambiental Sectorial 94, así como en la Adenda 1 y Adenda 2.

 

Asimismo, algunos de los productos fabricados en las nuevas instalaciones son clasificados como sustancias peligrosas según lo indicado en la Norma Chilena Oficial N°382/2004. Estas sustancias son del tipo líquidos inflamables.

 

Tabla N°16: Tipología de los productos terminados y capacidades de almacenamiento.

 

 

Producto Terminado

Clase

División

Embalaje

Toneladas

1

Líquidos Inflamables

(Colonias y Perfumes)

3

-

-

30

 
 

Cabe hacer notar que la instalación existente en la actualidad en el Centro de Distribución de Maipú, cuenta con Calificación Técnica Industrial N°16.590/2011 (adjunta en anexo 4 de la DIA) que calificó esta actividad como inofensiva y fue emitida para condiciones de almacenamiento de 30 toneladas.

 

Adicionalmente, se considera el almacenamiento de materias primas en estanques superficiales, así como también enterrados.

 

 

Tabla N°17: Almacenamiento de materias primas en estanques superficiales.

 

Estanques

Sustancia

Tipo de Estanque

Clase

NCh 382

Diámetro

Altura

1

Formalina

Superficial

8

2,5 m

3.3 m

20

2

Ácido Fenil Sulfónico Lineal

Superficial

8

2,6 m

4.0 m

20

1

Solución Soda al 5%

Superficial

8

2.5 m

3.3 m

12

 

 

 

En relación a las distancias de seguridad para los estanques fijos superficiales esta debe ser de 3 mt. a otras construcciones al interior del sitio y de al menos 1 mt. entre estanques, en el caso de que estos se ubiquen dentro del mismo depósito de contención (D.S. N° 78/09 del Ministerio de Salud).

 

Tabla N°18: Almacenamiento de materias primas en estanques enterrados.

 

 

Estanques

Sustancia

Tipo de Estanque

Clase

NCh 382

Diámetro

Largo

1

Etanol

Enterrado

3

 2.4 m

4.0  m

20

 

 

 

 

Para el caso de los estanques, la distancia entre el borde del estanque y el muro medianero o deslinde del sitio debe ser de al menos 1 mt.

 

En relación a los estanques de Petróleo y Gas Licuado, que actualmente existen en el Centro de Distribución de la comuna de Maipú, estos presentan las siguientes características.

 

 

Tabla N° 19: Estanques a Gas Licuado, que actualmente existen en el Centro de Distribución de Maipú.

 

N° Estanques

Detalle/Tipo de Combustible

Tipo de Estanque (Enterrado/Superficial)

Capacidad m³

1

Petróleo

Enterrado

6

1

Gas Licuado

Enterrado

1

1

Gas Licuado

Superficial

2

1

Gas Licuado

Superficial

1

 

 

5.3       Servicios Fase de Operación.

 

Respecto de los servicios asociados a la fase de operación del proyecto, estos son los siguientes:

 

a)     Servicio de Agua Potable y Aguas Servidas.

 

La actual instalación ubicada en la comuna de Maipú, cuenta con suministro de agua potable y alcantarillado, servicios suministrado por la empresa sanitaria del sector SMAPA, por lo tanto para la fase operativa se continuará con los servicios suministrados por la empresa sanitaria indicada. Se adjunta certificado de factibilidad de servicios (Certificado de factibilidad Nº 24.445/2012) en Anexo N°5 de la DIA.

 

De acuerdo a los antecedentes del Anexo Nº9 de la Adenda 1, el titular tiene un pozo de extracción de agua subterránea, con el cual se puede verificar que la profundidad de la napa es de 69,3 metros, se debe utilizar este dato para cualquier presentación que diga relación con el proyecto. Cabe señalar que el proyecto se encuentra en una área de restricción según lo señalado en la Resolución (Exenta) DGA Nº231 de 11 de octubre de 2011.

 

b)    Suministro de Energía Eléctrica.

 

Actualmente el Centro de Distribución cuenta con suministro eléctrico proporcionado por la empresa eléctrica del sector, dicha situación se mantendrá para la fase operativa del proyecto.

 

 

5.4                  Vialidad y Flujos Vehiculares.

 

Para efectos de la estimación de los flujos vehiculares para la fase de operación del proyecto, se considera que los vehículos accederán a las instalaciones por  Av. Américo Vespucio Sur, Lo Espejo y Camino a Lonquén, para posteriormente tomar el acceso hacia el proyecto por  calle Los Yacimientos.

 

A continuación, se presenta tablas con los flujos vehiculares más representativos y estimados en la condición más desfavorable o condición peak que pudiese llegar a tener en un determinado momento la  actividad, todo ello asociado a la fase de operación del proyecto.

 

Tabla N°20: Flujos vehiculares asociados al traslado de materias primas

Detalle

Flujos Vehiculares

Tipo de Camiones

10 ton

Total Anual

7.308  viajes

Promedio máximo Mensual

609 viajes

Promedio máximo Semanal

152 viajes

Promedio máximo Diario

30 viajes

 

 

 

 

 

 

 

 

Tabla N°21: Flujos vehiculares asociados al despacho de productos hacia  clientes.

Detalle

Flujos Vehiculares

Tipo de Camiones

10 ton

Total Anual

16.276 viajes

Promedio máximo Mensual

1.356 viajes

Promedio máximo Semanal

339 viajes

Promedio máximo Diario

56 viajes

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tabla N°22: Flujo vehicular asociado al traslado de residuos sólidos domiciliarios.

Flujos Vehiculares

Recolección de Residuos

Tipo de Camiones

10 ton

Total Anual

312

Promedio Mensual

26

Promedio Semanal

6

 

 

 

 

 

 

 

Tabla N°23: Flujo vehicular asociado al traslado de residuos sólidos industriales no peligrosos.

Flujos Vehiculares

Recolección de Residuos

Tipo de Camiones

10 ton

Total Anual

522

Promedio Mensual

43

Promedio Semanal

10

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tabla N°24: Flujo vehicular asociado al traslado de residuos sólidos industriales peligrosos.

Flujos Vehiculares

Recolección de Residuos

Tipo de Camiones

10 ton

Total Anual

312

Promedio Mensual

26

Promedio Semanal

6

 

 

 

 

 

5.5  Fuentes Fijas.

 

En relación a las fuentes fijas a considerar durante la fase operativa, estas son las mismas fuentes  que actualmente se encuentran en la planta de Cerrillos y que serán trasladadas a la dirección en la comuna de Maipú, es por ello que las emisiones no cambiarán y seguirán siendo igual a las emitidas en la actualidad. Cabe señalar que se exceptúa de la actividad de traslado el Grupo Electrógeno PR-8566, debido a que este ya se encuentra actualmente en el Centro de Distribución de la comuna de Maipú. El titular señala que se notificará e informará a las SEREMI de salud del cambio de dirección de dichas fuentes y se realizarán las correspondientes mediciones en la nueva dirección. Mediante la siguiente tabla se indican todas las fuentes consideradas para esta fase:

 

 

Tabla N°25: Fuentes Fijas.

 

 

 

Detalle de equipos

Capacidad  producción instalada

 

KVA

 

Marca

N° Registro

Ubicación actual

1

Grupo Electrógeno Respaldo

400 kw

500

Volvo

PR-4863

Planta Cerrillos

2

Grupo Electrógeno Respaldo

400 kw

500

Volvo

PR-7428

Planta Cerrillos

3

Grupo Electrógeno Respaldo

160 kw

200

Iveco

PR-8566

Centro distribución Maipú

4

Caldera Industrial/Generador de Vapor

590 kw

590

Rompeltien

2288

Planta Cerrillos

5

Caldera Industrial/Generador de Vapor

60 hp

588

Paradies

1956

Planta Cerrillos

6

Caldera Calefacción y Agua Caliente

279.100 Kcal/h

324

Sime

2869

Planta Cerrillos

Total KVA

 

2.702

 

 

 

5.6 Residuos generados en Fase de Operación.

5.6.1  Residuos líquidos.

a) Uso Sanitario.

 

Durante la fase de operación del proyecto, se estima una generación de aguas servidas provenientes principalmente de los servicios higiénicos y duchas del personal, en una cantidad de 135 m3/día aproximadamente, calculado en base a la dotación máxima de personal que la empresa tendrá. Cabe informar que actualmente las instalaciones del Centro de Distribución cuentan con instalaciones de suministro de agua potable y alcantarillado. Se adjunta certificado de factibilidad de servicios, en  Anexo N°5 de la DIA.

 

 

a)   Uso Productivo.

 

Durante la fase de operación del proyecto se generarán 16 a 20 m³/día de residuos líquidos provenientes de la fabricación de productos cosméticos y de hogar, los cuales serán tratados antes de su descarga a la red de alcantarillado a través de una planta de tratamiento, la cual  consiste en la recepción del caudal de proceso en estanque de acopio de 16 m³, posteriormente esta solución de residuos líquidos son vertidos al estanque reactor de preparación de 4 m³, en el cual se ajustan los parámetros físico químicos pH, poder espumógeno y temperatura para dar cumplimiento a las regulaciones aplicables. Una vez que estos parámetros son ajustados, el operador procede a la toma de muestra  para su análisis físico químico en laboratorio de la empresa, si dichos parámetros se encuentran en condiciones óptimas, son descargados a la red pública en conformidad a lo establecido en la normativa.

La Planta de Tratamiento de Residuos Líquidos a implementar en la comuna de Maipú, será nueva y tendrá las mismas características de la existente en la actualidad en la planta industrial de la comuna de Cerrillos. En cuanto a la eficiencia de tratamiento,  esta debe tener un 100% de eficiencia en el tratamiento de los parámetros de pH y poder espumógeno lo que se traduce en un permanente cumplimiento de los límites establecidos por la normativa para estos parámetros.

Respecto al convenio de exceso de carga con la Empresa Sanitara SMAPA, éste deberá indicar límites máximos de concentración de los parámetros que se permita exceso de carga. Lo anterior fue establecido por la SISS en el Procedimiento de Control y Fiscalización de Riles de concesionarias Sanitarias (PROCOF).

 

5.6.2 Residuos Sólidos.

 

Durante la fase de operación del proyecto se generarán residuos sólidos no peligrosos y peligrosos, los cuales se detallan a continuación:

 

Tabla N°26: Tipología y cantidad de residuos.

 

Tipología de Residuos

Peligrosidad

Generación

( kg/mes)

Destinatario

Autorizado

RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS

Residuos asimilables a  domésticos (*)

No Peligroso

9 ton

SI

Plásticos

No Peligroso

5.400

SI

Cartón

No Peligroso

7.500

SI

Envases vacíos que contuvieron sustancias no peligrosas (metálicos y plásticos

No Peligroso

15.000

SI

Papel

No Peligroso

200

SI

Pallets de madera en mal estado

No Peligroso

6.000

SI

RESIDUOS PELIGROSOS (RESPEL)

Residuos de oficina, tales como pilas y tubos fluorescentes.

Peligroso

10

SI

Residuos Tóxicos, tales como restos de embalajes y envases vacíos.

Peligroso

20

SI

Residuos Corrosivos; tales como restos de embalaje y envases vacíos.

Peligroso

70

SI

Residuos Inflamables, tales como restos de embalajes y envases vacíos

Peligroso

750

SI

(*) Es importante mencionar que la generación estimada para los residuos asimilables a domésticos, han sido calculados considerando la cantidad de trabajadores con los que se contarán en máxima dotación.

 

Las características constructivas de patio de residuos se encuentran en Descripción de fases de Proyecto, Capitulo 3, literal 3.2.4 de la DIA.

 

El almacenamiento de los residuos tanto peligrosos y no peligrosos, en la fase de operación se efectuará al interior del predio en un área específica para su almacenamiento la cual será denominada “Patio de Residuos”, esta patio tendrá una superficie total de 420 m², dividido en 4 áreas, las cuales se describen a continuación:

 

a)     Área de almacenamiento de residuos industriales peligrosos (Respel).

 

Área en la cual serán almacenados los residuos peligrosos que se generaran en la fase operativa del proyecto, esta contempla las siguientes características la cual  contempla:

  1. Una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados en área.
  2. Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales.
  3. Estará techado, por lo tanto los residuos peligrosos estarán protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.
  4. Contará con sistema de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
  5. Señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.
  6. Se contará con sistema de control de incendios, a través de extintores portátiles en cantidad y tipo de acuerdo a lo indicado en el D.S N° 594/99 del Minsal.
  7. Los residuos serán almacenados en contenedores de espesor adecuado, resistente al residuo almacenado, diseñados para resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, estarán en todo momento en buenas condiciones y contarán con rótulos dispuestos en forma clara e indicarán las características de peligrosidad de cada residuo de acuerdo a la NCh 2190 Of. 93
  8. Esta área de almacenamiento contara en su interior con distanciamiento de 0,5 m entre los residuos almacenados y muros perimetrales, pasillos principales de 2.4 m y secundarios  de 1.5 m.

 

b)    Transporte y Disposición Final.

El transporte  y disposición de los residuos peligrosos que sean generados en la fase de operación, se efectuará sólo mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria, dichas entidades se obtendrán a través del portal web de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana (www.asrm.cl).

 

c)     Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos.

Se dará cumplimiento al Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos “SIDREP” ya sea vía papel o electrónica, remitiendo esta información de manera oportuna a la Autoridad Sanitaria.

 

d)    Área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos.

Respecto del Patio de Residuos y el almacenamiento de los residuos industriales no peligrosos, se consideran 3 áreas, los cuales se detallan a continuación:

 

i.    Área N°1: Almacenamiento de envases vacíos que contuvieron sustancias no peligrosas:

Área en la cual se almacenarán sólo envases metálicos y/o plásticos que contuvieron sustancias no peligrosas.

 

El almacenaje se llevará a cabo sobre pallets, bien estibados. Adicionalmente  se contemplará distanciamientos de seguridad de 0.5 m entre los residuos almacenados y muros perimetrales, pasillos principales de 2.4 m y secundarios  de 1.5 m.

 

Se contará con sistema de control de incendios, a través de extintores portátiles en cantidad y tipo de acuerdo a lo indicado en el D.S N°594/99 del MINSAL.

 

ii.   Área N°2: Sector de compactación de residuos no peligrosos:

Área destinada para albergar un compactador de residuos no peligrosos, esta área contará con señaléticas de seguridad e información de riesgos asociados a esta actividad.

Se contará con sistema de control de incendios, a través de extintores portátiles en cantidad y tipo de acuerdo a lo indicado en el D.S N° 594/99 del MINSAL.

 

iii. Área N°3: Almacenamiento de residuos industriales no peligrosos:

Área en la cual se almacenarán residuos industriales tales como plásticos, cartones, papeles y pallets en mal estado el almacenaje se llevará a cabo en contenedores adecuados a los residuos a almacenar.

 

Se contempla distanciamientos de seguridad de 0.5 m entre los residuos almacenados y muros perimetrales, pasillos principales de 2.4 m y secundarios  de 1.5 m y señaléticas para cada tipo de residuos y área.

 

 Se contará con sistema de control de incendios, a través de extintores portátiles en cantidad y tipo de acuerdo a lo indicado en el D.S 594/99 del MINSAL.

 

e)     Transporte y disposición Final.

El transporte  y disposición de los residuos no peligrosos generados en la fase de operación, se efectuará mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria, dichas entidades se obtendrán a través del portal web de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana www.asrm.cl .   

 

f)      Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos.

Se dará cumplimiento para esta fase al Sistemas de Declaración y Seguimiento de Residuos, es decir, a través de la Resolución N° 5081/1993.

 

5.7  Estacionamientos.

 

La cantidad total de estacionamientos para el proyecto es de 199 (ORD. N°2559 de fecha 12 de abril de 2013 de la SEREMITT, RM adjunto en la Adenda 2), de los cuales 182 serán para vehículos livianos, 13 para camiones y 4 para personas con capacidad disminuida.

5.8  Medidas para el control de incendios.

En las áreas listadas a continuación se implementarán las siguientes medidas de control de incendios.

Tabla N°27: Medidas de Control de Incendios.

 

Área

Sistemas de control de incendios

Bodega de materias primas inflamables

Detección automática de incendios

Extinción de incendios con extintores

Extinción automática de incendios

Planta de cosméticos

Detección automática de incendios

Extinción de incendios con extintores

Planta de hogar

Detección automática de incendios

Extinción de incendios con extintores

 

6       Fase de abandono.

 

El proyecto no contempla fase de abandono, al año 30 se revaluará la continuidad de la actividad.

 

7          Otras consideraciones normativas y de exigencias al Proyecto.

 

7.1       Componente Ambiental Aire.

 

Respecto a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones según la estimación de emisiones presentada en el Estudio de Emisiones Atmosféricas incorporado en la Adenda N°2.

 

El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del Proyecto:

 

a)     Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N° 66 de 2009 del MINSEGPRES, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) o el que lo reemplace.

 

b)    Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S.N°144 de 1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza” o el que lo reemplace.

 

c)     Dar cumplimiento al D.S Nº 75 de 1987, del Ministerio de Transportes, establece Condiciones para el Transporte de carga que indica.

 

7.1.1     El titular se compromete a dar cumplimiento a lo siguiente en la fase de construcción:

 

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material en lo referente a las siguientes medidas:

 

      i.        Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

     ii.        Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. de la O.G.U.C.

    iii.        Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

    iv.        Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

     v.        Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

    vi.        Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

   vii.        La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

  viii.        Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

 

7.1.1.1   Limitar la velocidad de los vehículos que trabajarán en la obra al interior de la misma a 20 km/h.

 

7.1.2      El titular se compromete a lo siguiente en la fase de operación:

 

7.1.2.1      El titular se compromete a dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 138 de 2005, del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones de fuentes fijas. Publicado en el Diario Oficial el 17 de noviembre de 2005.

 

7.1.2.2      Se declararán las emisiones generadas por las fuentes fijas emisoras del proyecto, proporcionando los antecedentes necesarios a la autoridad competente en esta materia.

 

7.1.2.3   Debe dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 4 de 1992, del Ministerio de Salud, que “Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales” o el que lo reemplace.

 

7.1.2.4   Debe dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 48 de 1984, del Ministerio de Salud, que establece “Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor” o el que lo reemplace.

 

7.1.2.5    

 

7.1.2.6   Dar cumplimiento en todo momento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

 

7.1.3     Dar cumplimiento a la Resolución 233 del año 2013 del Ministerio de la Superintendencia de Medio Ambiente, que instruye Normas de Carácter General sobre Deberes de Remisión de Información Establecidos En Planes de Prevención y/o Descontaminación Respecto de Fuentes Emisoras Estacionarias, o aquella que la reemplace.

 

 

7.2        Componente Ambiental Ruido.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental aire, referidas a emisiones de ruido, el titular se obliga a:

 

7.2.1       Dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N° 38/11, del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. N°146 de 1997, del MINSEGPRES” o aquel que lo reemplace, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina).

 

7.2.2       El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción del Proyecto: Las faenas de construcción se deberán realizar en horario diurno (07:00 horas a 21:00 horas).

 

7.3          Componente Ambiental Agua.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referente a los residuos líquidos, el titular se compromete en todo momento a:

 

7.3.1       Dar cumplimiento al D.S. Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”.

 

7.3.2       Dar cumplimiento al D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario del Ministerio de Salud.

 

7.3.3       El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de operación:

 

7.3.3.1   Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 609 de 1998, en particular a la Tabla N° 4, del Ministerio de Obras Públicas: “Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”.

7.3.3.2   Los procesos productivos generadores de residuos líquidos que se desarrollarán en la nueva planta industrial serán los mismos que actualmente se desarrollan en la planta industrial que se desmantelará.

7.3.3.3   Respecto del informe de análisis que se incluye en la Adenda 2, cabe indicar que se trata de muestra puntual, que en el caso de la norma de emisión asociada (D.S. MOP N° 609/98), es el tipo de muestreo correcto sólo para los parámetros pH, Poder Espumógeno, Sólidos Sedimentables y Temperatura. El resto de los otros parámetros se deben analizar respecto de muestreos compuestos.

7.3.3.4   Se renovará el convenio con la empresa sanitaria, así como el Programa de Monitoreo por lo tanto el titular efectuará las gestiones administrativas pertinentes para la nueva dirección en la comuna de Maipú.

7.3.3.5   Respecto al convenio de exceso de carga, éste deberá indicar límites máximos de concentración de los parámetros que se permita exceso de carga. Lo anterior fue establecido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios en el Procedimiento de Control y Fiscalización de Riles de concesionarias Sanitarias (PROCOF).

7.3.3.6   Respecto al Programa de Monitoreo, el titular deberá avisar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación el inicio de la operación de la nueva instalación, con el fin de que este organismo dicte el nuevo Programa de Monitoreo.

7.3.3.7   Dar cumplimiento con lo establecido en la Resolución N° 117, publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero de 2013, de la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante la cual se dicta e instruye normas de carácter general sobre procedimiento de caracterización, medición y control de Residuos Industriales Líquidos, o aquella que la reemplace.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referente a las aguas lluvias, el titular se compromete en todo momento a:

 

7.3.4        Dar cumplimiento a la Ley 19.525/1997 del Ministerio de Obras Públicas que “Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias”.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referente a las aguas subterráneas, el titular se compromete en todo momento a:

 

7.3.5       Dar cumplimiento al D.F.L N° 1122 del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

7.3.6       En el caso de hacer uso de las aguas subterráneas por medio del pozo señalado en el anexo Nº9 de la Adenda 1, el titular deberá contar con los derechos de aguas constituidos legalmente, de acuerdo a los señalado en los artículos 5º y siguientes del Código de Aguas.

 

7.4   Componente Ambiental Suelo.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos y residuos peligrosos, el titular se compromete en todas las fases con lo siguiente:

 

7.4.1     Dar cumplimiento al D.S. N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

7.4.1       Dar cumplimiento al D.F.L. Nº 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

 

7.4.2       Dar cumplimiento al D.S. Nº 148 del 2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos relativas a su almacenamiento, transporte y eliminación.

 

7.4.3       Los residuos de carácter peligroso que se generarán en la fase de construcción y operación contarán con un lugar de acopio temporal para luego ser dispuestos en instalaciones de eliminación autorizadas por la SEREMI de Salud, así como también su transporte sólo se efectuará con empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria. Los residuos generados serán declarados mediante el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP) o por la vía papel.

 

7.4.4       Los residuos no peligrosos generados durante la fase de construcción y operación, contarán con un lugar para su acopio temporal, asimismo, el transporte y disposición final de los desechos se efectuará mediante empresas que cuenten con su respectiva autorización sanitaria. Una vez que se encuentre operativa la fase ampliable se solicitará la correspondiente autorización sanitaria para la disposición final de desechos industriales ante la SEREMI de Salud, así como también para la autorización sanitaria para el lugar de acumulación de estos.

 

7.4.5       Dar cumplimiento a la Resolución Nº 5.081 de 1993, del Ministerio de Salud, que establece el Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.

 

7.4.6       Los residuos no peligrosos generados en la fase de construcción y operación del proyecto serán mensualmente declarados mediante el Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.

 

7.4.7       Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 1, publicado en el Diario Oficial el 02 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), o aquel que lo reemplace.

 

7.4.8       El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de construcción:

 

         7.4.8.1. Disponer los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

 

         7.4.8.2. Eliminar los residuos sólidos inertes generados por excavaciones, en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

 

         7.4.8.3. Los destinatarios de residuos peligrosos y no peligrosos autorizados, están disponibles en la página web de la Seremi de Salud (www.asrm.cl).

 

         7.4.8.4. Se deberá solicitar ante la Autoridad Sanitaria la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del D.S. N° 594/99.

 

         7.4.8.5. Respecto de los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos generados durante la fase de construcción, se hace presente al titular que las características constructivas de dichos recintos deberán ajustarse a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que la conformen. De acuerdo a ello, se deberá evaluar la carga de combustible almacenada al interior de estos recintos al momento de definir la materialidad de sus muros.

 

         7.4.8.6. Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

 

         7.4.8.7. Disposición de los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana,  previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.

 

         7.4.8.8. Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl.

 

         7.4.8.9. Dar cumplimiento a la “Ordenanza Municipal de Aseo en la Comuna de Maipú”, aprobada por el Decreto Alcadicio N° 1.017 con fecha 01 de agosto de 1977 y/o a las futuras modificaciones que esta pueda tener. Adicionalmente se solicita al titular detallar el conjunto de obras y acciones destinadas a dar cumplimiento a dicha ordenanza.

 

        7.4.8.10.       Implementar un registro en obra en el cual se indique las cantidades de residuos generados, identificación del transporte y destinatario final utilizados, por otra parte se utilizarán transportes y destinatarios finales debidamente autorizados por la Seremi de Salud R.M.

 

        7.4.8.11.       Todos los residuos que tengan característica de valorizables o reciclables, serán segregados y almacenados en dichas áreas, todo ello según su tipología, debidamente ordenados y señalizados, para posteriormente ser transportados y destinados sólo mediante empresas debidamente autorizadas por la Seremi de Salud R.M., aplicando de esta manera una estrategia jerarquizada, en concordancia a lo establecido en la “Política de Gestión Integral de Residuos Sólidos”, CONAMA 2005.

 

7.5    Manejo de Sustancias Peligrosas.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por Manejo de Sustancias Peligrosas, el titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto con:

 

7.5.1       Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 594 de 1999, del Ministerio de Salud que aprueba el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

7.5.2       Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°78/2010, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

 

7.5.3       El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de operación:

 

7.5.3.1   Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 29/2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que oficializa la Norma Chilena N° 382 Of. 2004 del Instituto Nacional de Normalización (INN) “Sustancias Peligrosas, Clasificación General” y la Norma Chilena N° 2120/1.Of2004  del INN “Sustancias Peligrosas (parte 1 a la 9)”.

 

7.5.3.2   Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 43 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que oficializa la Norma Chilena N° 2190 Of2003 del Instituto Nacional de Normalización (INN) “Transporte de Sustancias Peligrosas”.

 

7.5.3.3   Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 254 del Ministerio de Salud que oficializa la Norma Chilena N° 2245 Of2003  del Instituto Nacional de Normalización (INN) “Sustancias Químicas - Hojas de datos de seguridad – Requisitos”.

 

7.5.3.4   Tanto el transporte como el almacenamiento de sustancias peligrosas en las bodegas de almacenaje, cumplirán con todos los requerimientos de las normas técnicas antes citadas, especialmente en lo referido a su rotulación y existencia de hojas de seguridad.

 

7.5.3.5    Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 298/95 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

 

7.6    Impactos sobre el Patrimonio Arqueológico.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

 

7.6.1        En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser realizada por el titular del proyecto.

 

7.7      Impactos sobre la Vialidad Adyacente.

 

Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a dar cumplimiento a las siguientes medidas:

 

7.7.1       Implementar todas las medidas de mitigación vial que se desprendan de la evaluación y respectiva aprobación del Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU). Cabe señalar que con fecha 12 de abril de 2013 el EISTU del proyecto fue aprobado mediante el ORD.N°2559 de la SEREMITT, RM. Se adjunta dicho Ordinario en la Adenda 2.

 

7.7.2       La presente resolución y el EISTU deberán ser consistentes en términos de las partes del proyecto informado. Sobre la base de lo anterior, el Titular del proyecto deberá tener materializadas dichas medidas de mitigación vial de manera previa a la recepción final del proyecto.

 

7.7.3       Mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

 

7.7.4       Cumplir con las rutas indicadas en tabla N° 18 “Vialidad y flujos vehiculares asociados al proyecto” indicada en Adenda 1 en respuesta a la Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Traslado de Planta Industrial y Laboratorios", la cual se presenta en la tabla N°7 de esta resolución.

 

7.7.5       En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

 

7.7.6       Evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00).

 

7.7.7       Considerar para el traslado de materiales, operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.

 

7.7.8       Los residuos sólidos serán eliminados mediante empresas transportistas y destinatarios que cuenten con su respectiva autorización sanitaria para realizar dicha actividad otorgada por la autoridad sanitaria.

 

7.7.9       Respecto de las rutas preferentes a utilizar en la fase de construcción y operación serán las vías habilitadas de transporte público.

 

7.7.10    Informar al Programa de Fiscalización del Ministerio de Transporte, Frente a cualquier accidente asociado a Transporte de Sustancias Peligrosas.

 

7.7.11    Independiente de la presencia de contratistas o subcontratistas el titular deberá cada 6 meses enviar al Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes un registro con las placas patentes de los camiones del proyecto. De manera complementaría, dichos camiones deberán portar una copia de la RCA que resulte de la evaluación del proyecto.

 

7.7.12    Evitar el paso de camiones que transporten sustancias peligrosas por rutas de zonas residenciales.

 

7.7.13    Considerar la mantención de la carpeta de rodado, en particular de la vía de acceso al proyecto (Calle Los Yacimientos entre Camino Lonquén y el proyecto) que se encuentren pavimentadas y que serán utilizadas por los camiones que participarán durante la construcción del proyecto.

 

7.7.14    Dar cumplimiento a la “Ordenanza de Restricción de Tránsito”, modificada por el Decreto Alcadicio N° 0768 con fecha 14 de marzo de 2002. Adicionalmente se solicita al titular detallar el conjunto de obras y acciones destinadas a dar cumplimiento a dicha ordenanza.

 

7.8     Respecto a Electricidad y Combustibles.

 

El titular se obliga a implementar lo siguiente:

 

7.8.1       Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,  "Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.

 

7.8.2       Que las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante Instaladores Eléctricos autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica  Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de la  Superintendencia de Electricidad y Combustibles” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”. 

 

7.9     Respecto a Prevención de Riesgos.

 

El titular se obliga a implementar lo siguiente:

 

7.9.1       En caso de generarse algún tipo de contingencia, el titular elaborará un informe de lo ocurrido, el cual será enviado a la Sub-Dirección de Medio Ambiente dependiente de la Dirección de Aseo, Ornato y Gestión Ambiental de la I. Municipalidad de Maipú, en un tiempo no superior a 2 semanas.

 

7.9.2       Elaborar un plan conjunto con el Cuerpo de Bomberos de Maipú, con las vías de acceso y acercamiento de las bombas a los edificios, ubicación de grifos y vías de evacuación. Este plan deberá ser enviado por escrito al Departamento de Emergencias Comunales, previo a la entrada en operación del proyecto.

 

7.9.3       Recuperar y almacenar los residuos producto de un eventual accidente de derrame de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas y/o lubricantes, durante la fase de construcción en tambores con tapa. Además deberá presentar a la SEREMI de Salud RM, los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, tratamiento como la disposición final es realizada por personas o empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

 

7.9.4       Medidas de Control de Incendio:

                      i.        En las áreas donde se encuentren los estanques estará totalmente prohibido fumar y utilizar cualquier elemento que pueda producir  fuego o chispas.

                     ii.        En las actividades de mantención o actividades que involucre algún riesgo de incendio, sólo será ejecutados por personas idóneas y capacitadas.

                    iii.        El área de disposición de los estanques se mantendrá constantemente limpia, con la finalidad de evitar la acumulación de materiales y desperdicios que puedan constituir foco de incendios.

                   iv.        Se contaran con extintores ubicados en lugares visibles, de fácil acceso, certificados y con carga vigente.

                    v.        Dar cumplimiento a las especificaciones técnicas del proyecto de protección contra incendios establecido en anexo 5 de la adenda 1.

 

7.9.5       Suprimir durante las faenas de construcción del proyecto, cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores. Así también, deberá proporcionar a sus trabajadores los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir, los que deberán ser usados por estos, mientras se encuentren expuestos al riesgo, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL.

 

7.9.6       Dar cumplimiento a la “Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente para la comuna de Maipú”, aprobada por el Decreto Alcadicio N°2477 con fecha 10 de junio de 2003 y/o a las futuras modificaciones que esta pueda tener.

 

7.9.7       En caso de sufrir una contingencia en alguna de las distintas fases que considera el proyecto dentro de la comuna de Maipú, se le solicita al titular la coordinación inmediata con alguno de los siguientes estamentos municipales: 

                    i.          Departamento de Emergencias Comunales.

                   ii.          Departamento de Inspección.

                  iii.          Departamento de Prevención Maipú.

 

7.9.8       Dar cumplimiento al “Procedimiento en caso de derrames”,  adjunto en Anexo 8 de la adenda 1.

 

8        Permisos Ambientales Sectoriales.

 

En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento:    

 

8.1       El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del DS 95/2001 que corresponde a la construcción, modificación y ampliación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL Nº 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, se informa lo siguiente:

 

8.1.1 El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, relativos a las bodegas de residuos industriales peligrosos y no peligrosos en la fase de construcción y operación del proyecto, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N° 4950 de fecha 18 de junio de 2013.

 

8.2     En relación al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 94 del D.S. Nº 95/01 del MINSEGPRES, relacionado con la Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el art. 4.14.2 del D.S. 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 

8.2.1  El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la SEREMI de Salud RM, mediante el Oficio N° 4950 de fecha 18 de junio de 2013 calificando la actividad como MOLESTA.

 

9        Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 233, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en planes de prevención y/o descontaminación respecto de fuentes emisoras estacionarias, o aquella que la reemplace.

 

10     Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

 

11        Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N° 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

 

12     Que, el titular del proyecto deberá dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Supremo N° 1, publicado en el Diario Oficial el 02 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), o aquel que lo reemplace.

 

13        Que, el titular del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.    

 

14        Que, el titular del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.       

 

15        Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

 

16        Que, el titular del proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.

 

17        Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.    

 

18        Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

 

RESUELVE:

 

1.         Calificar ambientalmente favorable el proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, cuyo titular es Laboratorio Ballerina Ltda.
 
2.             Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las exigencias, compromisos, medidas y disposiciones establecidas en los considerandos de la presente Resolución.
 
3.             Dichos compromisos ambientales deberán ser ingresados por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.
 
4.             Certificar que el proyecto “Traslado de Planta Industrial y Laboratorios”, cumple con la normativa de carácter ambiental; que requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos 93 y 94 del Título VII del D.S. N° 95/2001, del MINSEGPRES, los que son otorgados; y que no generan ni presentan alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300.     
 
5.             Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Juan Antonio Peribonio Poduje
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Rodrigo Hernán Núñez Cárdenas
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




CCO/RHNC/JCMF/MPP/APLL/KSM

Distribución:
  • Juan Carlos Von Unger De la Cruz
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Maipú
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM
  • Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura
  • Secretaría Regional Ministerial de Minería
C/c:
  • Expediente del Proyecto "TRASLADO DE PLANTA INDUSTRIAL Y LABORATORIOS"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=1c/07/540e6ec304134d9f401041db9b63755d620e


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