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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN V REGIÓN DE VALPARAÍSO | Califica Ambientalmente el proyecto "Fabrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio" Resolución Exenta Nº 25/2013 Valparaíso, 5 de Febrero de 2013 | VISTOS: -
La Declaración de Impacto Ambiental y Adenda, del Proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio", presentada por el Señor Francis McCawley Landi, en representación de Maersk Container Industry San Antonio SpA, con fecha 27 de Septiembre de 2012. -
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: -
Con relación a la DIA: - Oficio Nº 2840 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 380 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 869 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 3554 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 2248 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 1518 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 23/10/2012;
- Oficio Nº 2817 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 1956 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de San Antonio, con fecha 24/10/2012;
- Oficio Nº 2889 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 23/10/2012;
- Oficio Nº 4239 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 566 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 25/10/2012; Oficio Nº 2440 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 31/10/2012;
- Oficio Nº 1553 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso, con fecha 05/11/2012;
- Oficio Nº 575 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 30/10/2012;
- Oficio Nº 1530 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 22/10/2012;
- Oficio Nº 4592 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/11/2012.
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Con relación al Adenda 1: - Oficio Nº 46 sobre el Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/01/2013;
- Oficio Nº 37 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 15/01/2013;
- Oficio Nº 93 sobre el Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 17/01/2013;
- Oficio Nº 81 sobre el Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 17/01/2013;
- Oficio Nº 153 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 21/01/2013;
- Oficio Nº 031 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 21/01/2013;
- Oficio N° 144 sobre el Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 22/01/2013;
- Oficio Nº 0119 sobre el Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 21/01/2013;
- Oficio Nº 4332 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, con fecha 24/01/2013;
- Oficio Nº 0147 sobre el Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de San Antonio, con fecha 25/01/2013;
- Oficio N°311 sobre el Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 28/01/2013.
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El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio", de fecha 29 de enero de 2013. -
El Acta de Evaluación Nº 12/2013 de la reunión del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 18 de enero de 2013. -
El Acta de la Sesión Nº 2 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 04 de Febrero de 2013. -
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio". -
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: -
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio". -
Que, el derecho de Maersk Container Industry San Antonio SpA a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. -
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio" consistirá en la construcción y operación de instalaciones para producir contenedores refrigerados y unidades de refrigeración. Los contenedores serán construidos en base a una carcasa de acero soldada en combinación con una aislación de espuma rígida de poliuretano, que los aislará térmica y ambientalmente. Además, contarán con un dispositivo de refrigeración que será integrado directamente al mismo. La producción será aumentada de forma gradual, hasta alcanzar la máxima producción de 40.000 contenedores y 30.000 unidades de refrigeración. La vida útil del proyecto se estima que será de 20 años, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del proyecto, la producción comenzará a fines del año 2013. El monto de inversión total estimado para la ejecución del proyecto, será de US$ 170.000.000.- Durante la etapa de construcción, se contratará a un máximo de 900 (personas). Durante la etapa de operación, se contratará a un máximo de 2.200 (personas), y simultáneamente habrá sólo 1.750 (personas). Para la etapa de abandono, en promedio, se contratará a 500 (personas), proyectándose un máximo de 800 (personas). 3.1. Localización. El proyecto se llevará a cabo en la región de Valparaíso, provincia y comuna de San Antonio, sector Malvilla. Específicamente, al interior del Parque Industrial San Antonio (PISA), en el Lote 4A-2B, que se ubica en Avenida Las Factorías N° 8150, en la ruta G-960, camino a Malvilla, a aproximadamente 8 (km) del puerto de San Antonio. En la Adenda 1, Figura N° 1, se muestra la ubicación del proyecto; y en el Anexo A, de la misma Adenda, Plano 2547-PJ09-002, se muestra la subdivisión predial correspondiente al lote en que se emplazará el proyecto. 3.2. Coordenadas. Las coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 19, correspondientes al área en que se localizará el proyecto, son las siguientes: | Vértice | Coordenada Norte | Coordenada Este | | 1 | 6.282.323 | 264.896 | | 2 | 6.282.383 | 264.441 | | 3 | 6.282.479 | 263.644 | | 4 | 6.282.433 | 263.591 | | 5 | 6.282.086 | 263.574 | | 6 | 6.282.080 | 263.579 | | 7 | 6.281.989 | 264.318 | | 8 | 6.282.342 | 264.335 | | 9 | 6.282.270 | 264.898 | Los puntos señalados anteriormente, se muestran en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2547-PJ09-002. 3.3. Superficies del Proyecto, Incluidas Obras y Acciones Asociadas. El proyecto se desarrollará en una superficie de 329.630 (m2). 3.4. Descripción de Obras e Instalaciones Proyectadas. Para la ejecución del proyecto, se implementará un galpón principal que albergará el proceso productivo. Además, se implementarán otras edificaciones de apoyo, como bodegas, sala de compresores, zona de almacenamiento de pinturas y áreas menores. Estas edificaciones serán construidas en hormigón prefabricado o estructura de acero, según se determine durante a la etapa de ingeniería de proyecto. A continuación se detallan las edificaciones a implementar, al igual que sus principales características. | Edificio | Revestimiento Techo | Revestimiento Lateral | Piso | Superficie (m2) | | Galpón principal | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Cubierta Instapanel PV4 e=0.5 mm | Radier Hormigón | 72.000 | | Oficina | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 2.030 | | Casino | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 2.750 | | Bodega de residuos no peligrosos | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 570 | | Bodega de repuestos | - | Reja Metálica | Radier Hormigón | 150 | | Edificio de operación | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 920 | | Bodega de productos y residuos peligrosos | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 450 | | Sala de bombas | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 104 | | Sala de compresores | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 270 | | Sala de control de estanques de Polyol | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 130 | | Futura sala estanques Ar & CO2 | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería | Radier Hormigón | 92 | | Bodega de gases comprimidos | Cubierta Instapanel PV4 e=0.6 mm | Albañilería metálica | Radier Hormigón | 56 | En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, se muestran las instalaciones señaladas antes, además en el Plano 2562-PJ01-004, se muestra una vista preliminar en 3D de la Planta, donde se identifica el galpón principal y el área de almacenamiento de contenedores, entre otros. A continuación se detallan los estanques que se implementarán para la ejecución del proyecto, con sus respectivas características. | Estanque | Diámetro (m) | Longitud (m) | Capacidad por estanque (m3) | Cantidad estanques | Tipo de estanque | Material (*) | | Ciclopentano | 2,5 | 12,7 | 62 | 2 | 20” Iso Tanque | 1 | | Metilen difenil disocianato (MDI) | 2,3 | 5,9 | 35 | 4 | 20” Iso Tanque | 1 | | Polyol | 2,3 | 5,9 | 35 | 3 | 20” Iso Tanque | 1 | | Ar | 3 | 11,7 | 83 | 1 | Tanque criogénico | 2 | | CO2 | 2,4 | 8,4 | 38 | 1 | Tanque criogénico | 2 | | N2 | 2,4 | 8,4 | 38 | 1 | Tanque criogénico | 2 | | Oxígeno | 0,51 | 1,61 | 0,37 | 3 | Termo | 2 | | Acetileno | 0,3 | 1,045 | 0,08 | 24 | Cilindro | | | GNL | 3 | 11,6 | 82 | 1 | Tanque horizontal criogénico | 2 | | Diésel | 2,5 | 11 | 54 | 1 | | 3 | | R-134a | 2,3 | 5,9 | 25 | 1 | 20” Iso Tanque | 4 | | Solvente EP Primer | 1,3 | 3 | 4 | 2 | ------ | 4 | | Medio | 1,8 | 3 | 8 | 2 | ------ | 4 | | Solvente para Acrílico | 2,0 | 3 | 9 | 2 | ------ | 4 | | Solvente para Poliuretano | 1,2 | 1,7 | 2 | 2 | ------ | 4 | | Solvente de Decal | 1,2 | 1,7 | 2 | 2 | ------ | 4 | | Solvente para limpieza | 1,2 | 1,7 | 2 | 2 | ------ | 4 | | Ep Primer : Base | 1,1 | 1,7 | 2 | 2 | ------ | 4 | | Ep Primer: Endurecedor | 1,3 | 3 | 4 | 2 | ------ | 4 | | Recubrimiento Intermedio: Base | 2,6 | 5 | 27 | 2 | ------ | 4 | | Recubrimiento intermedio: Endurecedor | 1,8 | 3 | 8 | 2 | ------ | 4 | | Acrílico | 2,6 | 5 | 27 | 2 | ------ | 4 | | Poliuretano: Base | 1,3 | 3 | 4 | 2 | ------ | 4 | | Poliuretano: Endurecedor | 1,1 | 1,7 | 1 | 2 | ------ | 4 | | Decal Black | 1,3 | 3 | 4 | 2 | ------ | 4 | | Decal Blue | 1,2 | 1,7 | 2 | 2 | ------ | 4 | Nomenclatura (*): 1, es acero carbono; 2, es interior de acero austenítico, exterior de acero carbono; 3, es acero ASTM A36/FRP; 4, Acero Inoxidable. Todos los estanques se emplazarán en forma superficial, con excepción de los estanques de ciclopentano y de diésel, que se instalarán en forma subterránea. Además, en este último caso, también se dispondrá de una isla de carga para el abastecimiento de los grupos electrógenos y otras maquinarias que lo requirieran. Con relación a las instalaciones eléctricas que serán requeridas para la ejecución del proyecto, se implementará: -
Una subestación eléctrica que contempla la instalación un transformador elevador de 23/13,2 kV para una potencia nominal de 6.000 kVA, además de un switchgear de distribución con interruptores de media tensión (MT) para la alimentación de los consumos propios del proyecto. -
Una sala eléctrica que cumplirá con las normas NCh 5. Ep 71; NSEG 20 Ep 78 y la NCh 4/2003, y donde se instalarán los equipos de protección y maniobra de las subestaciones. Además, en ésta se instalará el switchgear principal, el panel de protecciones y maniobras. -
Equipos auxiliares, para consumos menores, alumbrados y baterías de respaldo. Junto con lo anterior, se considera la instalación de todos los equipos y materiales que serán necesarios para el sistema de distribución eléctrica y control. Al respecto, el sistema de distribución de energía eléctrica considera principalmente, lo siguiente, -
Subestación principal. -
Interruptor automático. -
Seccionador manual. -
Transformadores de potencial. -
Transformador de corriente. -
Transformador de servicios auxiliares. -
Pararrayos. -
Transformador de poder principal Sala eléctrica subestación. -
Switchgear. -
Rack de baterías c/cargador de baterías. -
Panel de protecciones y maniobras subestación. -
Tablero de distribución 125 VDC. -
Tablero de distribución de alumbrado. -
Tablero de distribución de fuerza. -
HVAC. -
Malla de tierra. -
Alumbrado. -
Banco de condensadores. Se implementarán 199 estacionamientos para vehículos livianos, de 2,5 (m) de ancho y 5 (m) de largo; 40 estacionamientos para camiones, de 4 (m) de ancho y 22 (m) de largo; y 15 estacionamientos para buses, de 3,5 (m) de ancho y 14 (m) de largo. En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, se muestra plano que contiene el layout de las instalaciones proyectadas con la distribución espacial de sus áreas principales. El proyecto se llevará a cabo en seis etapas, cuyos plazos de ejecución se presentan en el cronograma que se detalla en la DIA, Tabla 4. 3.5. Etapa de Construcción. Esta etapa, que durará aproximadamente 12 meses, se llevará a cabo en un horario de 24 horas, de lunes a sábado, considerando un sistema rotativo de tres turnos para el personal. Además, comenzará con la ejecución de la primera fundación asociada a las instalaciones proyectadas. El predio en que se llevará a cabo el proyecto, actualmente no cuenta con ningún tipo de instalación que deba ser desmantelada o retirada en forma previa. A continuación se describen las actividades asociadas a esta etapa. -
Instalación de Faenas. Estará ubicada al interior del área del proyecto y se compondrá de un sector para guardar maquinaria y otro para la implementación de instalaciones provisorias para oficinas, comedores, pañoles, baños y lockers. Para este último caso, se utilizarán construcciones prefrabricadas o containers. También esta contempla la habilitación de áreas de acopio para el almacenamiento de materiales de construcción, y para equipos, estructuras metálicas y otros materiales. Durante esta etapa se podrá implementar más de una instalación de faena, lo que dependerá de la cantidad de contratistas que participen en la construcción del proyecto y de las actividades concretas que deban desarrollar. En la DIA, Anexo B, Plano 2547-PJ01-001, se indica el área que se destinará a la instalación de faenas de todos los contratistas, correspondiendo también al área que se destinará al acopio de contenedores producidos durante la etapa de operación. -
Preparación del Terreno. Para la instalación de la nave de proceso, se realizarán las siguientes actividades: Las excavaciones llegarán a una profundidad que dependerá del tipo de equipo a instalar y se limitará a las fundaciones de éste, siendo como máximo de 4 (m). Para los estanques enterrados, se requerirá una excavación de 5 (m); y para la piscina de acumulación de aguas lluvia, de 5,9 (m). -
Escarpe de tierra. El material a remover, que alcanzará a 187.200 (m3), será retirado en un período máximo de 6 meses. Además, en los sectores en que se requiriera realizar mejoramiento de los suelos, se utilizará material de relleno, estimando que se emplearán 113.600 (m3), que será abastecido también durante un período de 6 meses. -
Habilitación de drenajes para aguas lluvias. -
Retiro de tierras y reemplazo por material de relleno. -
Nivelación del terreno. -
Obras Civiles y estructuras. Comprenderán las faenas de construcción de las estructuras de la nave de proceso, las fundaciones de los equipos y los pretiles de algunos estanques que los contemplan como parte de su instalación, considerando la ejecución de obras de hormigón armado, enfierraduras, moldajes y rellenos estructurales, entre otros. Con relación a las estructuras metálicas, forro y techo de las mismas, se realizarán actividades de montaje de las estructuras metálicas soportantes y de los revestimientos y aislaciones que correspondan. También se considera la habilitación de los servicios subterráneos, correspondientes a la instalación de cañerías, cámaras de inspección y otros, que serán necesarios para la conducción de las aguas lluvias, instalaciones eléctricas y todos aquellos servicios que requirieran ser instalados de manera subterránea. Además, considera las actividades de pavimentación, con adocretos. -
Instalación de Equipos. -
Montaje Electromecánico. Consistirá en la instalación de los distintos equipos eléctricos y mecánicos proyectados, en sus respectivas ubicaciones definitivas; la colocación de líneas de interconexión de equipos; e instalación de líneas de electricidad para circuitos de fuerza, alumbrado y control. -
Comisionamiento y Puesta en Marcha. Consistirá en realizar pruebas individuales y colectivas en los distintos equipos, sistemas y subsistemas de proceso que compondrán el proyecto, en forma previa a su entrada en operación normal, para asegurar su correcto funcionamiento. Las instalaciones que se requieren para la operación del proyecto, es decir galpones y equipos, estarán disponibles para su uso, alrededor de 11 meses después de comenzar su construcción, luego de lo cual comenzará el periodo de puesta en marcha. Para esta etapa del proyecto, no se requiere la pavimentación de áreas específicas, y las obras de pavimentación proyectadas, se implementarán para la etapa de operación del proyecto. La pavimentación se ejecutará en forma secuencial a partir del cuarto mes de comenzada la construcción, y estará disponibles para su uso 30 días después de iniciada su habilitación, según el tipo de pavimento a implementar. Al respecto, para las zonas de circulación vehicular, se empleará asfalto; mientras que para las otras zonas de circulación, como el área de almacenamiento de contenedores producidos, se empleará adocreto. En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PC07-001, se muestran los distintos tipos de pavimentos que se llevarán a cabo, según el área en que se ejecuten. Si bien para esta etapa el suministro de energía eléctrica se obtendrá de la red pública existente en el área en que se emplazará el proyecto, también se contará con equipos electrógenos que serán móviles y se irán desplazando dentro del área de construcción, según los requerimientos específicos de energía eléctrica. De acuerdo a lo señalado por el titular en el Adenda 1, no es posible especificar la cantidad máxima de equipos a instalar, sin embargo, en todo momento, la suma de sus capacidades será de 500 (KVA) como máximo. En forma preliminar, se podrán tener entre 5 y 10 equipos que funcionarán con diésel como combustible, el cual se almacenará en los estanques de los mismos equipos. Los estanques criogénicos, termos, cilindros e isotanques que se implementarán para la ejecución del proyecto, llegarán al área de las faenas construidos y probados directamente por el fabricante que los provea, por lo que sólo se requerirá su montaje en el terreno. Los otros estanques proyectados, serán construidos con planchas de acero que llegarán dimensionadas al área del proyecto, por lo que para su implementación se procederá al armado y soldado de las planchas en terreno. Las cañerías serán sometidas a pruebas con aire a alta presión para remover las partículas metálicas y otros restos de construcción que hubiesen podido quedar en ellas. Los equipos electrógenos que se emplearán durante esta etapa, operarán en promedio 13 horas al día, durante los 12 meses que durará la construcción, y una vez concluida ésta, serán retirados dejando limpios y sin residuos los lugares en que se hubiesen emplazado. Durante esta etapa, se utilizarán las maquinarias que se detallan a continuación: | Actividades de Construcción | Maquinarias y Equipos a Emplear | | Zanjas y excavaciones | Retroexcavadoras, cargadores frontales, equipos de compactación y bombas de agotamiento. | | Colocación de hormigones | Camiones mixer, grúas, vibradores de inmersión y equipos de terminación y curado. | | Estructuras metálicas | Grúas de diversas capacidades, soldadoras, compresores, llaves de torque y herramientas menores. | | Cañerías | Grúas, soldadoras, compresores, sopletes de oxiacetilénicos, dobladoras de tubos tecles, tirfors y herramientas menores. | | Pavimentos | Cargadores frontales, camiones aljibes, plantas clasificadoras de materiales, equipo pavimentador, alisadora, sierra de corte junturas y equipos menores. | | Montaje mecánico | Grúas de diversas capacidades, tecles, soldadoras, compresoras, equipos de corte oxiacetilénico, pistolas de pintar y herramientas variadas. | 3.6. Etapa de Operación. Esta etapa, al igual que la etapa de construcción, se llevará a cabo en un horario de 24 horas, de lunes a sábado, considerando un sistema rotativo de turnos para el personal. De acuerdo a esto, durante el día, podrá haber simultáneamente, como máximo, 1.750 personas en las instalaciones del proyecto. Además, comenzará con la fabricación del primer contenedor que cumpla con las especificaciones necesarias para su venta. Los contenedores serán, en gran parte, de acero y aluminio, y se construirán en base a una carcasa de acero soldada que se combinará con una aislación compuesta por una espuma rígida de poliuretano que tendrá como objetivo la aislación térmica y ambiental del contenedor. Además, contarán con un dispositivo de refrigeración que estará integrado directamente al contenedor. La fabricación de los contenedores estará compuesta por las líneas de producción de marcos, paneles y puertas; por el ensamble de la caja del contenedor y de sus puertas; y finalmente, por la instalación del sistema de refrigeración. El diagrama de flujo del proceso productivo, se presenta en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2547-PP03-001. Para la producción de los contenedores se empleará un tipo de panel sándwich que estará formado por tres paneles, el exterior que corresponde a un revestimiento de metal, un núcleo de espuma rígida hecha de poliuretano (PUR) y un revestimiento en la parte interior. En el proceso productivo se utilizarán rollos metálicos, principalmente de acero denominado corten y, en menor cantidad, de Aluminio. También se empleará plástico reforzado con fibra de vidrio (FRP), pintura y granalla de acero inoxidable. La producción de las partes, entre otros aspectos, considera la alimentación de líneas de corte donde los rollos de metal limpios y con la primera capa de pintura, serán cortados según las dimensiones requeridas en las diferentes estaciones de producción, considerando puertas, marco o paneles. Las láminas de acero dimensionadas, serán almacenadas para su posterior uso en los procesos siguientes. Luego de producidas las partes, los paneles laterales, revestimientos laterales, techo y piso con forma de T, llegarán a las estaciones de soldadura donde se agregarán las partes necesarias para el posterior ensamblaje del contenedor. El proceso de soldadura generará humos que serán capturados y manejados según se describe en el Considerando 3.10.2 de la presente Resolución. Durante el proceso productivo, las partes que conformarán el contenedor serán sometidas a procesos de: -
Granallado, que consiste en someter la capa superficial del metal a un proceso de limpieza mediante el impacto de elementos abrasivos metálicos a alta velocidad. Este proceso, que se aplicará en las líneas de producción de marcos y puertas, además de aplicarse en la caja según se señala más adelante, generará polvos de granalla que serán capturados y manejados según se describe en el Considerando 3.10.2 de la presente Resolución. -
Flameado, que consiste en la exposición de las superficies metálicas a una llama de gas, por unos pocos segundos, permitiendo una mejor adhesión de la pintura a la superficie. Este proceso, es conocido como “Blue Flame”. -
Pintura, que se aplicará para la protección superficial y cuidado estéticos de las partes, y se llevará a cabo al interior de cabinas. Este proceso, que se aplicará en las líneas de producción de marcos, paneles y puertas además de aplicarse en la caja según se señala más adelante, generará polvos de pintura, que serán capturados y manejados según se describe en el Considerando 3.10.2 de la presente Resolución. -
Metalizado. Para evitar la corrosión y desgaste del acero corten, se recubrirán las partes del contenedor que lo tuvieran, con Zinc. El proceso se llevará a cabo al interior de una cabina, donde se alimentará alambre de Zinc a un equipo de metalizado, donde se fundirá, mediante una llama o arco eléctrico. Luego, el Zinc líquido será pulverizado con aire comprimido sobre las superficies metálicas de acero corten a proteger, aplicando una capa de 40 a 60 (µm) de espesor. Este proceso generará polvos de Zinc que pueden ser inflamables, por lo que ellos serán capturados por sistemas de extracción y ventilación que mantendrán una concentración inferior al 20 % del nivel mínimo de inflamabilidad (LEL) al interior de la cabina, que corresponde a 250 (g/m3). Además, este proceso se llevará a cabo en forma remota, no permitiéndose el ingreso de personal a la cabina cuando estuviese operando. Ésta también estará acondicionada para evitar acumulaciones de polvo en su interior y todos sus equipos interiores serán a prueba de explosión. El tratamiento se aplicará en las líneas de producción de puertas y marcos, además de aplicarse en la caja según se señala más adelante. El sistema de captación y manejo de los polvos de Zinc, se describe en el Considerando 3.10.2 de la presente Resolución. Las estaciones de soldadura y pintura serán independientes para cada tipo de pieza del contenedor a producir, existiendo líneas diferentes para marcos, paneles y puertas. Para conformar la aislación en los contenedores, se generará una especie de panel sándwich, donde la parte central de dos láminas metálicas estará constituida por espuma de poliuretano rígido. El sistema de formación de la espuma no posee ningún compuesto que pudiese dañar la capa de Ozono, debido a que se utilizará ciclopentano (CP) como agente espumante. La aislación de poliuretano rígido (PUR) se producirá haciendo reaccionar, en una cabina cerrada, un componente de Polyol líquido, compuesto que contiene múltiples grupos de alcohol (-OH), con un líquido de metileno polimérico, Metilen difenil disocianato (MDI), y el agente espumante que corresponde al ciclopentano (CP). La reacción de los compuestos señalados antes, es exotérmica. Una vez listos los paneles y marcos, con sus respectivas aislaciones, se ensamblarán para formar la caja, luego de lo cual ésta será sometida a un nuevo proceso de granallado y de metalizado. Posteriormente, la caja pasará por una línea de terminación en que se le agregarán las puertas y se le instalará la unidad de refrigeración que se incorporará al contendor junto con el líquido refrigerante (R-13A). La unidad de refrigeración estará compuesta por un compresor, un condensador, un evaporador y una válvula de expansión, que conformarán un circuito cerrado. Todas estas piezas llegarán fabricadas al área del proyecto y serán ensambladas in situ, antes de la incorporación del líquido refrigerante. En esta fase se requiere que las cañerías de cobre que se utilizarán para ensamblar la unidad de refrigeración y unirla al contenedor, se encuentren correctamente limpias, por lo cual serán sometidas a un lavado en una máquina de limpieza que utilizará ultrasonido que eliminará el polvo y/o la grasa que pudiesen tener las cañerías. Una vez terminado el contenedor desde el punto de vista constructivo, éste pasará a la sección de codificación, identificación y marcado. Los contenedores producidos serán inspeccionados en una relación 1:200, a través de un test de regulación de temperatura que comprobará el funcionamiento adecuado de la unidad de refrigeración; un test de stress de material; y un test de aislación, que certificarán su calidad de acuerdo a los requerimientos del producto. Finalmente, los contenedores producidos, con sus respectivas unidades de refrigeración, serán acopiados en el patio de contenedores a la espera de su comercialización. Los materiales que se utilizarán para la fabricación de los contenedores, al igual que las cantidades que se requieren, se muestran a continuación. | Panel | Material | | Panel lateral externo | Acero inoxidable (MGSS) | | Panel base externo | Acero Corten | | Panel de cielo externo | Acero inoxidable (MGSS) | | Panel núcleo (centro) | Espuma PU | | Revestimiento de lateral interior | Acero inoxidable de alta calidad (HGSS) | | Panel base interior | Corten tipo corrugado/aluminio extruido T-Riel de piso | | Revestimiento cielo interior | FRP | Los materiales no peligrosos que no requirieran de estanques para su manejo, serán almacenados en bodegas que se ubicarán al interior de la nave de proceso o en contenedores que se implementarán fuera de la misma, para su posterior uso. El proyecto sólo considera la fabricación de los contenedores refrigerados para su posterior comercialización con terceros que serán responsables de su traslado al lugar de destino final. Por lo anterior, el traslado de los contenedores adquiridos por los compradores, no será parte del actual proyecto en evaluación. El proceso productivo requerirá de agua caliente que será suministrada por una caldera que operará con gas natural licuado (GNL). La caldera, que será diseñada para entregar calor de 4.000 (KW) con una eficiencia del 85%, calentará el agua a una temperatura máxima de 90 (°C), funcionando 26 días al mes, con un consumo aproximado de 481,9 (m3/h) de GNL. El agua caliente se utilizará en los procesos que se muestran en el Adenda 1, Figura 17, luego de lo cual retornará a la caldera, en circuito cerrado, con una temperatura de 70 (°C), para elevársela nuevamente a 90 (°C). El GNL que se requerirá para la caldera señalada anteriormente, será suministrado por camiones cisternas a un estanque criogénico de 100 (m3) de capacidad, mediante bombas criogénicas que son parte de los mismos camiones. Para su uso, el GNL primero será bombeado a hacia un vaporizador de aire o atmosférico (AFV), donde pasará a estado gaseoso mediante el intercambio de calor con aire, a temperatura ambiente. Se contará con dos vaporizadores, uno en operación y otro de respaldo, que constarán de tubos verticales con aletas de aluminio por donde fluirá el gas. Luego, el GNL vaporizado será enviado a una estación reguladora que reducirá y establecerá la presión de suministro del gas a los distintos puntos de consumo. El suministro de GNL al proceso, también considera la odorización de éste, antes de su consumo, mediante la inyección de pequeñas cantidades de odorizador a la tubería principal, en función del caudal que circulará por ella, por un efecto Venturi, no requiriéndose un proceso de bombeo. Si bien el proyecto consideraba originalmente una torre de enfriamiento para refrigerar el sistema de compresión, es decir, para enfriar el aire entre etapas de compresión, en el Adenda 1, el titular indicó que se cambió ésta por compresores enfriados por aire. Para esta etapa se contará con dos grupos electrógenos, de al menos 450 (KVA) cada uno, que sólo funcionarán como respaldo ante eventos de cortes de energía y/o durante la ejecución de actividades de mantención, sin embargo, para asegurar su correcto funcionamiento, éstos serán operados por 30 minutos una vez a la semana. El grupo consumirá de 70 a 80 (l/h) de diésel, a máxima capacidad. Durante esta etapa se almacenarán combustibles clase 3 según NCh 382.Of2004, en una cantidad aproximada de 90.000 (kg/día). 3.7. Etapa de Abandono. El proyecto no contempla la ejecución de una etapa de abandono, dado que podrá generarse un mejoramiento en las tecnologías para asegurar la continuidad del proceso de fabricación en el tiempo. Sin embargo, ante la eventualidad de ocurrir un abandono de las instalaciones, al menos un año antes de ello, se presentará un Plan de Cierre y Abandono a la Superintendencia de Medio Ambiente. Al respecto, el titular ha presentado la siguiente propuesta del Plan de Cierre y Abandono: -
Mes 1: Inventario de equipamiento. -
Mes 2: Retiro y traslado de registros de oficina. -
Mes 3: Retiro y traslado de equipamiento (equipos menores, de apoyo y otros de oficina). -
Mes 4: Desmantelamiento y traslado de galpones y obras físicas. -
Mes 5: Retiro y traslado de herramientas. -
Mes 6: Despeje, barrido final y desecho de residuos remanentes. -
Mes 7: Cierre definitivo y notificación a la autoridad competente. En cada una de las etapas señaladas anteriormente, se realizará una selección de los residuos que se generaran para determinar su disposición final, teniendo especial cuidado respecto de aquellos que pudieran ser reutilizables por ésta u otra industria. De acuerdo a lo anterior se aplicará un plan de manejo de residuos que se elaborará y presentará en conjunto con el Plan de Cierre y Abandono, a la Superintendencia de Medio Ambiente. En específico, en el caso de ocurrir el cierre o abandono del proyecto, -
Los insumos y productos remanentes serán vendidos a terceros o bien, serán trasladados a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final conforme a las características de peligrosidad que tuviesen. En todo caso, cualquier eventual cierre de las instalaciones se hará de manera planificada, con antelación, de manera de consumir la mayor cantidad de insumos posibles. -
Las principales emisiones a la atmósfera que se producirán, serán similares a las que se generarán durante la etapa de construcción, relacionándose más que nada con el tránsito de camiones y movimientos de tierras, por lo que se adoptarán las mismas medidas de atenuación propuestas para esa etapa, además de aquellas que deberán cumplirse en función de la normativa que se encuentre vigente en ese momento. -
Si las instalaciones no fuesen vendidas a un tercero, se procederá a la restauración total del sitio. Para esto, se presentará a la Superintendencia de Medio Ambiente una propuesta de muestreo de suelo y agua en caso que aplicara. Si eventualmente se encontraran vestigios de contaminación, se procederá a proponer a la Superintendencia un plan de restauración/remediación según corresponda, y de acuerdo a la normativa que se encuentre vigente. 3.8. Insumos. 3.8.1. Etapa de Construcción. El agua para consumo humano será suministrada desde la red que provendrá de PISA, distribuyéndose hacia las áreas del proyecto que lo requirieran. Además, se contará con suministro de agua potable envasada a través de bidones que serán provistos en forma sellada al área del proyecto por parte de una empresa externa que estará autorizada para prestar este servicio, encargándose también del retiro de los envases vacíos y su reposición. También se dispondrá de un estanque para el almacenamiento de agua para consumo humano, que será abastecido por camiones aljibe pertenecientes a empresas autorizadas para prestar este servicio. Las duchas portátiles que se implementarán durante la etapa de construcción, también dispondrán de agua para consumo humano. En el área del proyecto no se prepararán alimentos recurriéndose para esto a lugares autorizados en el sector de Malvilla o en los alrededores. En todos los casos, se considera una dotación mínima de 150 (l/día/persona), por lo que el requerimiento máximo de agua para consumo humano durante esta etapa, alcanzará a 135 (m3/día), no obstante ello, durante los primeros 4 meses del periodo de construcción, habrán 645 personas como máximo, por lo que el consumo de agua será de 97 (m3/día). El agua para uso industrial durante los primeros 4 meses de iniciada la construcción del proyecto, será suministrada por camiones aljibes que estuviesen autorizados para prestar este servicio. Esta agua será usada principalmente en actividades de humectación de materiales y caminos, y en el fragüe de hormigón, requiriéndose un caudal estimado de 55 (m3/día) ó 0,6 (l/s). Luego de este periodo, el suministro se obtendrá desde la red de agua para consumo humano que provendrá de PISA. El agua para el llenado de los circuitos de la caldera, que requiere de 200 (m3) en circuito cerrado; de refrigeración en el área de formación de espuma, que requiere de 50 (m3) en circuito cerrado; y de la red contra incendio, que requiere de 716 (m3) incluyendo el estanque de agua contra incendio y las cañerías de la red, será obtenida desde la red de agua potable de PISA en caso que cumpliera con la caracterización requerida, o bien, será comprada a terceros. El llenado de los circuitos señalados, se realizará durante la etapa de construcción del proyecto, pues se requiere que se encuentren disponibles para la ejecución de la puesta en marcha del mismo. El suministro de diésel para los grupos electrógenos, se realizará mediante camiones surtidores de empresas que estuviesen autorizadas para prestar este servicio, con la frecuencia que se requiriera para que los equipos funcionen normalmente. Se estima que durante esta etapa se requerirán 248 (m3/año) de diésel. Además, no se contempla el almacenamiento de combustibles, como diésel o gasolina, al interior de las instalaciones durante la construcción. El material de relleno requerido alcanzará a un volumen de 113.600 (m3), será obtenido de lugares de extracción autorizados y su abastecimiento será ejecutado por empresas externas también autorizadas para prestar este servicio, el cual se llevará a cabo mediante camiones tolva, con su carga cubierta. El hormigón que se requiere durante la etapa de construcción para caminos y obras, y que se estima será de 18.000 (m3), provendrá de plantas de hormigón premezclado que estuvieran cercanas al área del proyecto. Para la implementación de los caminos proyectados, también se requiere 115.000 (m2) de adocreto y 5.100 (m3) de asfalto. Para las estructuras proyectadas, se requerirán 4.320 (ton) de acero estructural. 3.8.2. Etapa de Operación. Durante esta etapa el agua para consumo humano también será suministrada desde la red que provendrá de PISA, contemplándose una toma de al menos 345,6 (m3/día) para el predio en que se localizará el proyecto. El consumo de agua para consumo humano durante esta etapa será de 263 (m3/día), considerando la presencia simultánea de 1.750 personas como máximo, que se dará el cuarto año de operación. El agua para uso industrial, que se requerirá una vez al mes para la renovación del agua de las cortinas de agua proyectadas y del lavado de piezas, se obtendrá desde la red de agua potable de PISA, considerando 100 (m3/mes) y 10 (m3/mes), respectivamente, conforme a lo indicado por el titular en el Adenda 1. El suministro se llevará a cabo sólo en días domingo dado que las instalaciones productivas no estarán operando, y a un caudal máximo de 4 (l/s). El agua para el riego de jardines se obtendrá desde la piscina de acumulación de aguas lluvias proyectadas, y en caso que ésta estuviera vacía, se comprará agua a terceros que estuvieran autorizados para proveer este servicio. Ante esta última situación, el agua llegará al área del proyecto en camiones aljibe, que la verterán directamente a la piscina de acumulación, desde donde se extraerá para las actividades de riego. Los principales insumos que se usarán durante la etapa de operación del proyecto, al igual que su consumo estimado, se especifican a continuación. | Materia Prima, Insumo o Suministro | Unidad | Consumo mensual | | Acero | ton | 9.861 | | Aluminio | ton | 2.157 | | FRP (fibra de vidrio reforzado) | ton | 537,6 | | Polietileno | ton | 204 | | Pintura | m3 | 188 | | Solvente | m3 | 38 | | MDI | m3 | 913 | | Polyol | m3 | 776 | | Ciclopentano | m3 | 137 | | Acetileno | kg | 1.128 | | Cobre | ton | 67,2 | | R-134A (refrigerante) | ton | 16 | | Zinc | ton | 50 | | Granalla de acero | ton | 41 | | Argón | m3N | 23.307 | | N2 | m3N | 129.671 | | CO2 | m3N | 2.519 | | SP 220 (detergente alcalino) | ton | 0,68 | | GNL (caldera) | ton | 201,49 | Todas las sustancias químicas serán entregadas por los proveedores en el área del proyecto, por lo que su transporte no es parte del actual proyecto en evaluación. El refrigerante que se utilizará en las unidades de refrigeración, denominado R-134a, se almacenará en un estanque de acero carbono que se describe en el Considerando 3.4 de la presente Resolución. El lavado de las cañerías de cobre se realizará con un producto de limpieza denominado SP 2200, que corresponde a una mezcla alcalina biodegradable de libre enjuague que no contiene silicatos o cáusticos. Su hoja de seguridad se presenta en la DIA, Anexo I. El suministro y transporte del diésel al área del proyecto durante esta etapa, será realizado por un proveedor autorizado. 3.9. Transporte y Vialidad. El impacto que generará el flujo vehicular durante las etapas de construcción y de operación del proyecto sobre las vías vecinas al mismo, se presenta en la DIA, Anexo D, Estudio de Impacto Vial, y se complementa con antecedentes presentados en el Adenda 1, Anexo E. 3.9.1. Etapa de Construcción. A continuación se detallan los flujos vehiculares que se generarán durante la etapa de construcción del proyecto. | Material/Actividad | Duración transporte (días) | Capacidad camión/vehículo | Viajes (vehículo/día) | | Escarpe | 120 | 24 (m3) | 65,0 | | Rellenos | 120 | 24 (m3) | 39,4 | | Adocretos | 90 | 242 (m2) | 5,3 | | Hormigones | 120 | 7 (m3) | 21,4 | | Acero Estructural | 120 | 18 (ton) | 2,0 | | Combustible | 310 | 6 (m3) | 1 | | Instalación de Equipos | n/a | n/a | 15 | Con relación al transporte de asfalto, se utilizarán camiones de 15 (m3) de capacidad, por un periodo de 90 días. Las actividades de transporte de los excedentes de los movimientos de tierra y del material de relleno, no se realizarán en forma conjunta con las demás actividades de transporte consideradas para la etapa de construcción, generándose en este caso un flujo de 104,4 (camiones/día). Para el traslado del personal al área en que se emplazará el proyecto en cada turno de las etapas de construcción y operación, se dispondrán 34 buses de servicio especiales para este propósito. La capacidad de cada bus, será de 45 pasajeros. Considerando que se dispondrá de 1 turno de trabajo cada 8 (h), y que el transporte de personal se concentrará en los períodos de entrada y salida de los turnos, esta actividad de transporte generará un flujo de 101 (vehículos/h). Durante esta etapa, el titular implementará las siguientes medidas respecto de la vialidad del proyecto, las cuales estarán habilitadas desde el primer día de inicio de la construcción, -
Señalización provisoria, vertical y horizontal, según recomendaciones de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Manual de Señalización de Tránsito, Capítulos 2 y 3, para la Ruta G – 974, camino a Malvilla, dentro del área de influencia y de la intersección de acceso al área en que se emplazará el proyecto. -
Disposición de una señal RPI – 2 “Pare” provisorio, para controlar el flujo de salida del área en que se emplazará el proyecto, hacia la Ruta G–974, camino a Malvilla. 3.9.2. Etapa de Operación. Durante esta etapa, el transporte de los contenedores refrigerados producidos generará un flujo de 6 (camiones/h), durante 6 días a la semana; y el transporte de insumos y materias primas, un flujo de 4 (camiones/h). Por el transporte del personal, se considera el uso de 15 buses, para cada turno, que tendrán capacidad para 45 (personas). Luego, el flujo vehicular alcanzará a 55 (vehículos/h) en hora punta, que ocurrirá durante los cambios de turno del personal; y el flujo vehicular promedio, que se producirá durante cualquier hora del día distinto al señalado antes, será de 25(vehículos/día). El traslado de los residuos industriales líquidos correspondientes a las aguas de lavado de piezas y de la cortina de agua, a disposición final, requerirán el uso de 14 camiones de 8 (m3) de capacidad, una vez al mes. Al inicio de esta etapa, se encontrarán habilitadas las siguientes medidas respecto de la vialidad del proyecto, las cuales, de acuerdo a lo informado por el titular en el Adenda 1, se encuentran actualmente en proceso de trámite ante la autoridad correspondiente: -
Señalización provisoria, vertical y horizontal, según recomendaciones de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Manual de Señalización de Tránsito, Capítulos 2 y 3, para la Ruta G – 974, camino a Malvilla, dentro del área de influencia y de la intersección al área en que se emplazará el proyecto. -
Disposición de una señal RPI – 2 “Pare” provisorio, para controlar el flujo de salida del área en que se emplazará el proyecto, hacia la Ruta G–974, camino a Malvilla. -
Pavimentación de la calle de acceso al área en que se emplazará el proyecto, y diseño geométrico del acceso según MOP 2008 “Manual de Carreteras, Vol. 3”. Todos los diseños definitivos se realizarán considerando un diseño geométrico adecuado al estándar y categoría de la vía, según lo indicado por los criterios de diseño establecidos en MOP 2008, Manual de Carreteras, Vol. 3. 3.10. Emisiones a la Atmósfera. 3.10.1. Etapa de Construcción. Durante esta etapa se generarán emisiones de Material Particulado (MP10) por el tráfico de maquinarias y el transporte de materiales de construcción, entre otros, y también emisiones de gases de combustión desde los vehículos, equipos y maquinarias que se emplearán durante esta etapa. Las emisiones estarán limitadas al área de trabajo y serán esporádicas, según el avance de las obras proyectadas. El titular realizó una estimación de las emisiones que se generarán en esta etapa, que se detallan en la DIA, Anexo F, y que se complementan con antecedentes presentados en el Adenda 1, Anexo H. A continuación se presentan los principales resultados de las emisiones que se producirán. -
Las fuentes de emisión identificadas, se muestran a continuación. | Fuentes de emisión en la construcción | Contaminantes | | Ejecución de obras civiles | MP10 | | Circulación de vehículos por caminos pavimentados | MP10 | | Combustión interna de vehículos/maquinarias | MP10 y gases | | Funcionamiento grupos electrógenos | MP10 y gases | -
Resumen de emisiones que se producirán. | Emisiones durante la construcción | MP10 (ton/año) | NOX (ton/año) | CO (ton/año) | HC (ton/año) | SO2 (ton/año) | | Total emisiones | 4,66 | 13,27 | 0,63 | 0,30 | 0,74 | Las emisiones señaladas en la tabla anterior, considera todas las fuentes de emisión identificadas para la etapa de construcción. Para controlar las emisiones que se producirán durante esta etapa, se implementarán al menos las siguientes medidas: -
Los camiones que transporten los excedentes de excavaciones y áridos, entre otros materiales, lo harán con su carga cubierta en forma total y eficaz, mediante lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, evitando la pérdida o caída de éstos desde los camiones. -
En épocas en que no hubiesen lluvias, se humectarán las áreas que serán intervenidas por movimientos de tierra y los caminos de tierra que se implementarán al interior del predio en que se emplazará el proyecto. Para esta actividad, se contará con dos camiones aljibe que avanzarán a una velocidad promedio de 10 (Km/h), por lo que se estima que las actividades de humectación se llevarán a cabo 4 veces al día cuando no se hubiesen producido lluvias, y esta frecuencia podrá aumentar en caso de ser necesario. -
En caso de ser necesario, se habilitarán mallas de tipo raschel, de al menos 2,4 (m) de altura, que se ubicarán particularmente en el sentido del viento alrededor del área de las faenas. Se utilizarán mallas que estuvieran disponibles en el mercado, con una retención de, a lo menos, 80% sombra. Las mallas se apoyarán en pilares de madera que estarán empotrados a lo menos 1 (m) y distanciados cada 4 (m) como máximo entre sí. En específico, se instalarán mallas en: -
El sector colindante con las instalaciones de la empresa CONTOPSA, durante toda la ejecución de los movimientos de tierra. -
El camino de acceso a la obra, por sus costados Sur y Norte, durante toda la ejecución de la etapa de construcción. -
En el deslinde Norte del predio en que se emplazará el proyecto, durante toda la ejecución de los movimientos de tierra. -
En caso que fuera necesario hacer acopios temporales, por más de 3 días en el terreno, éstos serán rodeados por una malla tipo raschel mientras duren los movimientos de tierra. En el Adenda 1 el titular señaló que no era factible entregar la ubicación de estos acopios, dado que será definido durante la ejecución de las faenas. -
La maquinaria contará con las autorizaciones y revisiones técnicas al día. 3.10.2. Etapa de Operación. Los procesos de producción proyectados se llevarán a cabo en estaciones con subprocesos que serán cerrados en algunos casos y abiertos en otros. Al respecto, en el Adenda 1, numeral 16, por línea de producción y subproceso proyectado, se presentan tablas que especifican las zonas que se encontrarán abiertas, las que serán cerradas y/o aisladas, y los sistemas de control que se implementarán respectivamente para las emisiones a la atmósfera. Además, en el mismo Adenda, Anexo A, Plano 2547-PP03-001, se presenta diagrama de bloques del proceso productivo, identificando aquellos en que se generarán emisiones a la atmósfera. Los gases y humos de los procesos de soldadura, serán conducidos mediante un sistema de extracción hacia un filtro específico por cada actividad de soldadura en las líneas de producción de la base, paneles, techo, marcos, puertas y montaje principal. Éstos, a su vez, estarán conectados a un sistema de extracción central, antes de la descarga del aire tratado al medio ambiente. Luego, la masa de aire filtrada al momento de su descarga a la atmósfera, tendrá una concentración máxima de material particulado de 5 (mg/m3N), lo que equivaldrá a 3,13 (kg/año) ó 0,0031 (ton/año). El tipo y cantidad de filtros a implementar, serán definidos en la ingeniería de detalle del proyecto. En el Adenda 1, Figuras 11 y 12, muestran esquemas de ventilación fija y móvil que podrán ser implementados en las áreas de trabajo. Tal como se mencionó en el Considerando 3.6 de la presente Resolución, durante el proceso productivo de los contenedores, se producirán emisiones de polvos de granalla y de Zinc, que serán capturados en forma independiente mediante sistemas neumáticos que los enviarán a filtros de cartucho donde serán retenidos, impidiendo su descarga a la atmósfera. Al respecto, en el Adenda 1, Anexo A, Diagrama de Bloque 2547-PP03-001, se identifican las fuentes de emisión y sus destinos respectivos; adicionalmente, en las Figuras 2 y 3 de la misma Adenda, se muestran esquemas de los sistemas de filtración de los procesos de granallado y metalizado (Zinc). Al respecto, -
Los procesos de granallado se llevarán a cabo al interior de cabinas que contarán con su propio sistema de filtración del polvo de granalla, manteniendo una concentración de 1.000 (g/m3) en su interior. -
Los procesos de metalizado también se llevarán a cabo al interior de cabinas que contarán son su propio sistema de filtración de polvos de Zinc. -
El proceso de aplicación de Zinc, se llevará a cabo sólo en las líneas de producción de marcos y en la principal del contenedor. -
Los filtros limpiarán el aire cargado de partículas, devolviendo el aire limpio al ambiente. El medio filtrante, será definido por el proveedor del equipo, sin embargo, los filtros podrán retener el 99% de las partículas. -
Los filtros de polvos contarán con un sistema Pulse Jet, que generarán una inyección de aire comprimido que provocará el desprendimiento de las partículas que estuvieran adheridas al medio filtrante, con lo cual se aumentará su vida útil y se reducirán las tareas de mantenimiento del equipo. Según lo informado por el titular en el Adenda 1, la cantidad de filtros a implementar y sus dimensiones, será definido en la ingeniería de detalle del proyecto, por lo que, una vez esto estuviera determinado, el titular entregará esta información a la Superintendencia de Medio Ambiente. En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2562-PJ01-005, se muestra donde se ubicarán los filtros para los polvos de granalla y de Zinc. Las mantenciones de tipo preventivo de estos filtros, se llevará a cabo conforme a lo que establezcan sus fabricantes, durante los días domingo dado que las instalaciones no se encontrarán funcionando. En caso que se requirieran reparaciones que debieran ejecutarse en un plazo mayor, se detendrá completamente la producción de contenedores hasta que concluyera la mantención o reparación de estos equipos. Dado que la aplicación de pinturas a las superficies metálicas de las líneas de producción de marcos, paneles, puertas y en la caja, generará un efecto de neblina denominado “Over Spray” que derivará de la atomización de la misma, estas actividades se llevarán a cabo al interior de cabinas que contarán con un filtro húmedo. Luego, el pulverizado sobrante del proceso de pintura, usando presiones de aire positivas, negativas o ambas, forzarán a las partículas de pintura a pasar por una “Cortina de Agua”, que las retirará del aire de la cabina mediante un proceso de lavado de éste con agua en contracorriente. Al respecto, -
Los polvos de pintura se producirán durante el tratamiento superficial de los marcos, puertas y caja. -
Cada sistema de aplicación de pintura contará con su propio sistema de filtración húmeda, que tendrá una eficiencia de 95%. -
La cortina consistirá en una capa de agua que se desplazará sobre un plano vertical o ligeramente inclinado. Debajo de las rejas del fondo, se crearán superficies de agua en movimiento donde la pintura podrá depositarse. Además, el agua que se empleará en esta instalación, contendrá un producto desnaturalizador y dispersante que aumentará la solubilidad de la pintura en el agua. -
En la DIA, Figura 6, se muestra un esquema de la instalación a implementar, mientras que en el Adenda 1, Figuras 4 a 7 y 13 a 16, se muestran esquemas de los sistemas de filtración de polvos de pintura a implementar. Según lo informado por el titular en el Adenda 1, la ubicación de los sistemas asociados a las cortinas de aguas a implementar y sus dimensiones, será definido en la ingeniería de detalle del proyecto, por lo que, una vez esto estuviera determinado, el titular entregará esta información a la Superintendencia de Medio Ambiente. Además de lo señalado antes, durante esta etapa se generarán emisiones de MP10 y gases de combustión por la operación de los grupos generadores, la caldera para el suministro de agua caliente y por la circulación de vehículos que participarán en esta etapa del proyecto. También, se generarán emisiones de Ciclopentano, que alcanzará al 5% del total que será usado en el proceso de formación de la aislación de la etapa de operación; y de compuestos orgánicos volátiles (COV), que se generarán durante el proceso de pintado. El titular también realizó una estimación de las emisiones que se generarán en esta etapa, cuyo detalle se contiene en la DIA, Anexo F, complementado con antecedentes del Adenda 1, Anexo H. A continuación se presentan los principales resultados de las emisiones que se producirán. -
Las fuentes de emisión identificadas, se muestran a continuación. | Fuentes de emisión en la operación | Contaminantes | | Circulación de vehículos por caminos pavimentados | MP10 | | Emisiones por combustión interna de vehículos | MP10 y gases | | Funcionamiento grupo electrógeno | MP10 y gases | | Funcionamiento de caldera | MP10 y gases | | Etapa de formación de la aislación del container | Ciclopentano | | Procesos de pintado | COV | -
Resumen de las emisiones que se producirán. | Emisiones durante la operación | MP10 (ton/año) | NOX (ton/año) | SO2 (ton/año) | VOC (ton/año) | Ciclopentano (ton/año) | | Total emisiones | 1,84 | 4,54 | 0,12 | 0,01 | 55,54 | Las emisiones de los procesos de soldadura, que corresponderán a 0,00313 (ton/año), fueron consideradas entre las emisiones señaladas antes, sin embargo su valor no se puede constatar entre ellas dado que no será relevante y no influirá en los resultados indicados. La caldera para el suministro de agua caliente, contará con tecnología de baja emisión de NOx en sus quemadores. 3.11. Emisiones de Ruido. Con relación a las emisiones de ruido que se generarán durante la ejecución del proyecto, el titular realizó un estudio acústico que se presenta en detalle en el Adenda 1, Anexo F, y cuyos principales resultados se presentan a continuación. -
Receptores sensibles. El sector en que se emplazará el proyecto no tiene receptores del tipo residencial en su entorno inmediato. La localidad más cercana corresponde a Malvilla, que se ubica a 1,4 (km) al Suroeste del proyecto. Luego, la ubicación de los receptores sensibles, se especifica a continuación. | Punto | Coordenada UTM (WGS84, Huso 19) | Descripción | Distancia (m) | | Norte | Este | | A | 6.282.867 | 262.837 | Fundo Malvilla, viviendas de 1 a 2 pisos, ubicados en el Sector Industrial Agua Buena. Dirección Poniente del área del proyecto. | 800 | | B | 6.282.493 | 264.245 | Instalaciones de 1 piso, ubicada en camino rural, entre el Sector Industrial Aguas Claras y Camino a Malvilla. Dirección Norte del área del proyecto. | 110 | | C | 6.281.978 | 264.301 | Empresa de depósito de containers “Contopsa” y sala de máquinas, ubicados en Av. Las Factorías esquina Camino a Malvilla. Dirección Oriente del área del proyecto. | 25 | | D | 6.280.928 | 265.207 | Vivienda de 1 piso y restorán “Casas de Malvilla”, ubicados en la localidad de Malvilla. Dirección Suroriente del área del proyecto. | 1.405 | | E | 6.282.732 | 264.882 | Planta de incubación empresa “Ariztía”, ubicada en la Autopista del Sol (Ruta 78), esquina camino Malvilla. Viviendas a orilla de la ruta, más alejada del proyecto, en dirección Nororiente del área de éste. | 525 | -
Niveles basales de ruido en horario diurno. | Punto | NPSeq | NPSmín | NPSmáx | Fuentes de ruido | | A | 46 | 43 | 51 | Tránsito vehicular por Autopista del Sol, pájaros y faenas lejanas. | | B | 52 | 42 | 66 | Tránsito vehicular por calle local, pájaros, faenas lejanas, queltehues y faenas lejanas. | | C | 52 | 50 | 53 | Tránsito de camiones, queltehues y líneas de transmisión eléctrica. | | D | 41 | 28 | 54 | Perros lejanos, viento, follaje y pájaros. | | E | 64 | 49 | 74 | Tránsito vehicular por Autopista del Sol. | -
Niveles basales de ruido en horario nocturno. | Punto | NPSeq | NPSmín | NPSmáx | Fuentes de ruido | | A | 45 | 39 | 49 | Tránsito vehicular por Autopista del Sol, queltehues y música lejana. | | B | 58 | 41 | 74 | Tránsito vehicular por calle local, pájaros, faenas lejanas y queltehues. | | C | 50 | 48 | 54 | Tránsito de camiones, queltehues y líneas de transmisión eléctrica. | | D | 33 | 30 | 39 | Autopista lejana, viento, follaje y queltehues. | | E | 63 | 40 | 75 | Tránsito vehicular por Autopista del Sol. | -
Niveles proyectados de ruido durante la etapa de construcción del proyecto. | Punto | Movimiento de tierra en dB(A) | Construcción en dB(A) | D.S. N° 38/2011 Diurno/Nocturno | | A | 32 | 35 | 70/70 | | B | 52 | 56 | 70/70 | | C | 65 | 69 | 70/70 | | D | 26 | 29 | 60/45 | | E | 38 | 41 | 70/70 | -
Niveles proyectados de ruido durante la etapa de operación del proyecto. | Punto | NPSeq en dB(A) | D.S. N° 38/2011 Diurno/Nocturno | | A | 33 | 70/70 | | B | 48 | 70/70 | | C | 53 | 70/70 | | D | 25 | 60/45 | | E | 38 | 70/70 | De acuerdo a los antecedentes señalados antes, durante toda la ejecución del proyecto los niveles de ruido proyectados darán cumplimiento a los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente a la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en los horarios nocturnos y diurno. Los resultados señalados representan el escenario más desfavorable, pues corresponden a la operación simultánea de todas las fuentes de ruido. Con relación a la generación de ruidos durante la etapa de operación del proyecto, el titular exigirá a todos los proveedores de la maquinaria que se empleará para la ejecución del proyecto, que éstas no superen una emisión de 80 dB(A) a 1 (m) de la fuente. 3.12. Residuos Líquidos. 3.12.1. Etapa de Construcción. En principio, para el manejo de las aguas servidas, que se estima alcanzarán a 108 (m3/h) en total, se emplearán baños químicos, considerando la instalación de al menos 15 baños que se ubicarán al interior de las faenas, a menos de 75 (m) de las respectivas áreas de trabajo. Lo anterior, también considera la implementación de duchas portátiles. El servicio de baños y duchas señalado, será provisto por empresas que estuvieran autorizadas para prestar este servicio, además ellas estarán encargadas del retiro y disposición de los residuos que se generarán. Luego, y una vez que el sistema de alcantarillado de PISA estuviera habilitado y autorizado para recibir las aguas servidas que generarán el proyecto, parte de los servicios higiénicos y de las duchas del proyecto, en aquellas áreas que fuese factible, serán conectadas a la red de alcantarillado de PISA. Adicionalmente, se mantendrá el uso de baños químicos en los frentes de trabajo que se estime necesario, tomando siempre en cuenta que éstos no podrán estar a más de 75 (m) del área en que se encuentren los trabajos. Para esta etapa no se contempla la instalación de plantas de tratamiento de aguas servidas. Los camiones mixer que transporten el hormigón que se requiere para la etapa de construcción, no serán lavados en el área del proyecto, sólo irán a entregar el hormigón y se retirarán sin realizar ninguna actividad adicional al interior de las instalaciones. Por lo anterior, no se generarán residuos líquidos ni en el transporte ni el vaciado del hormigón a las obras civiles. Los estanques a implementar como parte del proyecto, no requieren ser sometidos a pruebas de estanqueidad, por lo cual tampoco se generarán residuos líquidos por este concepto. En caso que durante un evento de lluvia se acumulara agua dentro de los sectores que estuviesen siendo excavados y se requiriera el retiro inmediato de la misma, se procederá a su extracción con bombas portátiles y se las conducirá hacia sectores planos adyacentes, pero en ningún caso hacia un curso de agua superficial. Estas aguas lluvias no tendrán ningún tipo de contaminación. 3.12.2. Etapa de Operación. Las aguas servidas que se generarán durante esta etapa, alcanzarán a 210 (m3/día) considerando una dotación de 150 (l/día/persona) y 1.750 trabajadores. Estos residuos líquidos serán conducidos a la red de alcantarillado de PISA. El agua con pintura que provendrá de la “Cortina de Agua” que se menciona en el Considerando 3.10.2 de la presente Resolución, será enviada a diferentes unidades de tratamiento donde se le adicionará un floculante de alto peso molecular y ligeramente catiónico que facilitará la formación de flóculos consistentes de pintura que flotarán en la superficie de la unidad, desde donde podrán ser retirados para su acopio temporal y posterior envío a disposición final. Luego, el agua que se utilizará en la cortina circulará en circuito cerrado, previa evacuación de la pintura coagulada, requiriéndose por tanto 100 (m3/mes) de agua para un recambio completo de la misma, para mantener la eficiencia del proceso. La eficiencia de la cortina de agua será de 90% y los lodos de pintura serán retirados una vez al mes. Desde la caldera que se menciona en el Considerando 3.6 de la presente Resolución, no se generarán purgas. Aún en periodos de mantención, en donde será necesario drenar el circuito, el agua drenada no se encontrará contaminada pues no tendrá contacto con otros fluidos. Si bien en la DIA se indicaron medidas para el manejo de las aguas lluvias que se acumularán en los pretiles de los estanques que contarán con esta medida, en el Adenda 1 el titular informó que todas las áreas de almacenamiento de sustancias químicas estarán techadas, tal como se presenta en el Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, del mismo Adenda, por lo que no se contempla la implementación de las medidas indicadas al respecto en la DIA. Se implementará un sistema de conducción, manejo y disposición de las aguas lluvia, que se presenta en detalle en el Adenda 1, Anexo K, y cuyas principales características se mencionan a continuación: -
Estará compuesto por una piscina de acumulación de aguas lluvias y por un estanque de derrames. Este último corresponde a una sección independiente e impermeabilizada de la piscina y contará con compuertas que permanecerán cerradas. -
En operación normal, las aguas lluvias primero serán recolectadas en el estanque de derrames. -
Para la primera lluvia, se hará un análisis al agua que será recolectada, considerando los parámetros de pH, Cloruros, Cobre, Plomo, Zinc, Sólidos Suspendidos totales, Aceites y grasas e Hidrocarburos totales. Al respecto, -
Si los resultados de los análisis dieran cumplimiento a todos los límites establecidos en la NCh 1.333.Of1978, el agua será conducida a la piscina de acumulación por medio de las apertura de las compuertas del estanque de derrames. -
En caso que los resultados de los análisis excedieran alguno de los límites establecidos en la NCh 1.333.Of1978, se hará una contra muestra, y si nuevamente se registraran valores superiores a los establecidos en la Norma, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente, informando los plazos de retiro del agua y el destino final que se le dará, en forma previa a su disposición. -
Las aguas lluvias que se acumulen en la piscina, serán principalmente infiltradas al subsuelo, y el remanente se utilizará para el riego de jardines. -
La calidad del agua a utilizar en el riego de jardines, dará cumplimiento a lo que se establece en la NCh 1.333.Of1978, para riego. En caso de un evento de incendio, las aguas resultantes de su control, serán captadas por el sistema de recolección de las aguas lluvias, que las conducirá hacia el estanque de derrame señalado antes. Este estanque tendrá una capacidad superior a 800 (m3), lo que implicará que podrá contener el total del agua que contendrá el estanque de agua contra incendio, de 700 (m3) de capacidad. Una vez controlado el evento, se realizarán análisis a estas aguas residuales con el fin de determinar sus características, especialmente de peligrosidad, por lo que se tendrá en consideración lo establecido al respecto en el D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Luego, - Si estos residuos tuvieran características de peligrosidad, serán retirados del estanque mediante bombas hacia contenedores de 10 (m3) o camiones tanque autorizados, para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final, haciendo la correspondiente declaración del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).
-
Por el contrario, si no tuvieran características de peligrosidad, se procederá a cargar los residuos en camiones aljibe autorizados, que los trasladarán a lugar autorizado para realizar su disposición final. En los dos casos señalados antes, las aguas no serán tratadas ni dispuestas al interior de las instalaciones proyectadas. En caso de ocurrir, por cualquier motivo, un evento de derrame al interior de las instalaciones proyectadas, el producto derramado será recolectado, manejado y dispuesto de forma similar a lo señalado antes para las aguas residuales de un evento de control de incendio. 3.13. Residuos Sólidos. En general, los residuos sólidos que se generarán durante toda la ejecución del proyecto, serán manejados conforme al Plan de Manejo de Residuos que el titular presentó en el Adenda 1, Anexo J. 3.13.1. Etapa de Construcción. Los excedentes de las excavaciones que se generarán durante las actividades de preparación del terreno y que alcanzarán un volumen de 187.200 (m3), serán trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final, privilegiando su retiro inmediato del área de las faenas, por lo que no se considera ejecutar acopios temporales de este material con excepción de lo necesario como para completar la carga de los camiones que llevarán a cabo el traslado señalado. Los acopios podrán repartirse en distintas partes del predio en que se emplazará el proyecto, en función de los frentes de trabajo que se estuviesen ejecutando. Los adocretos en mal estado y los hormigones sin cumplimiento de especificaciones, serán acopiados temporalmente hasta lograr un volumen de 8 (m3) como máximo, para su traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. Los rechazos de asfalto, serán retirados inmediatamente por la empresa proveedora de éste, para su reprocesamiento dentro de sus instalaciones, por lo que no habrá almacenamiento temporal de estos residuos dentro de la obra. Los residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos que se generarán durante la etapa de construcción del proyecto, y que alcanzarán a 24.000 (kg/mes), serán recolectados en contenedores que se ubicarán en los puntos de generación, desde donde serán trasladados a un contenedor cerrado para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. Los residuos sólidos no peligrosos que se generarán en la etapa de construcción, tales como restos de madera, papel, plásticos y recortes de acero, entre otros, y que alcanzará a 4.000 (kg/mes), serán segregados cuando fuese factible, y acopiados temporalmente en contenedores para su posterior comercialización con terceros que contarán con autorización para esto o bien, serán traslados a lugar autorizado para realizar su disposición final. Los residuos peligrosos que se generarán durante la etapa de construcción, y que alcanzarán a 2.000 (kg/día), serán segregados y almacenados en tambores de 200 (l) que se encontrarán especialmente habilitados para este tipo de residuo. A su vez, los contenedores se acopiarán al interior de bodegas para residuos peligrosos que cumplirán con todas las características constructivas que establece el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. La cantidad específica de bodegas que se implementarán, dependerá de la cantidad de contratistas que participen en las obras y de las tareas que desarrollen, por lo cual su número podrá variar en el tiempo. Finalmente, los residuos serán trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final. La mantención de la maquinaria durante la etapa de construcción, será efectuada fuera del área de emplazamiento del proyecto, en lugares autorizados para ello, por lo que, producto de esta actividad, no se generará al interior del área de faenas residuos sólidos como aceites y/o lubricantes. La bodega de residuos peligrosos que se habilitará durante esta etapa, tendrá las siguientes características: -
Piso continuo, sólido, lavable, no poroso, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos, de al menos 20 (cm) de espesor. Se considera utilizar hormigón afinado y con terminación superficial epóxica, que impedirá que hubiese infiltración hacia el subsuelo en caso de un derrame. -
Techo liviano y cierre perimetral de estructura sólida, de tres metros de altura. Tanto el techo como el cierre, protegerán a los residuos peligrosos almacenados de las inclemencias del tiempo, considerando el viento, la radiación solar y la lluvia, entre otros. -
Ventilación natural y de tiro forzado, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, para la renovación de aire. Las aberturas o celosías que se harán en los muros, no restarán características de resistencia estructural o al fuego de los mismos. -
Sistema de contención de derrames mediante el uso de canaletas perimetrales o central, pretil de contención y foso estanco. El sistema en cuestión será capaz de soportar el derrame del contenedor de mayor capacidad o el 20% del volumen total de los residuos almacenados. Para el primer caso, el volumen no será inferior a 110% del volumen del contendor de mayor capacidad. -
Tanto el foso como las canaletas y el pretil, proporcionarán condiciones de total estanqueidad, que impedirán fugas o emisiones al ambiente. -
Sistema de iluminación antiexplosivo, que proporcionará al menos 150 LUX de luminosidad de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 594/99 de Ministerio de Salud, artículo 103. -
Señalización de seguridad, de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190.Of 93. En la DIA, Anexo B, Plano 2547-PJ01-001, se muestra donde se ubicará la bodega y las áreas de acopio temporal de residuos. 3.13.2. Etapa de Operación. A continuación se identifican los residuos que se generarán durante la etapa de operación del proyecto, al igual que se indica la cantidad estimada de generación, su manejo y lugar de disposición final. | Residuos Sólidos | Cantidad Estimada (ton/mes) | Manejo | Disposición Final | | Residuos domésticos y asimilables a domésticos | 32 | Contenedores | Relleno Sanitario autorizado y reciclaje de ser posible | | Residuos Industriales no peligrosos. | | Papeles, cartones, maderas, plásticos y otros. | 120 | Contenedores | Relleno Sanitario autorizado y reciclaje de ser posible | | Espuma | 4 | | Acero, chatarra | 255,2 | | FRP, PVC, PE. | 226,9 | | Residuos peligrosos. | | Polvo de pintura | 5,37 | Bodega de Almacenamiento de Residuos peligrosos | Lugar autorizado para residuos peligrosos. | | Lodos de pintura | 44,55 | | Desechos de aceites | 1,50 | | Polvo de granalla | 20 | | Granalla (aceros) | 21 | | Polvo de Zinc | 20 | Venta a terceros | | Envases vacíos de sustancias químicas inflamables | 1 | Lugar autorizado | | Agua con pintura de “Cortina de Agua” | 100 | Retiro inmediato en camiones | Lugar autorizado | | Agua lavado de piezas | 108 | De acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, correspondiente al Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, se presenta a continuación la caracterización de los residuos sólidos que se generarán durante esta etapa respecto a su peligrosidad. | Residuo Peligrosos | Caracterización según D.S. N° 148/2003 | Rotulación de Riesgo según NCh 2190.Of2003. | | Polvos de pintura | I.12 | 9, Sustancias Varias | | Agua con pintura | I.12 | 9, Sustancias Varias | | Agua lavado de piezas | I.18 | 9, Sustancias Varias | | Lodos de pintura | I.12 | 9, Sustancias Varias | | Desechos de aceites | I.8 | 3, Líquido inflamable | | Polvos de Zinc | I.17 | 4.3, Sólido peligroso en contacto con agua | | Polvos de granalla | I.17 | 9, Sustancias varias | | Granalla (aceros) | I.17 | 9, Sustancias varias | Dónde: -
I.8, corresponde a Aceites minerales residuales no aptos para el uso al que estaban destinados. -
I.12, corresponde a residuos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices. -
I.17, corresponde a residuos resultantes del tratamiento de superficie de metales y plásticos. -
I.18, corresponde a residuos resultantes de las operaciones de eliminación de residuos. Los polvos de Zinc y granalla que se producirán durante la elaboración de los contenedores, serán capturados mediante sistemas neumáticos que los conducirán a sistemas de filtros independientes, por tipo de fuente y por línea de proceso, donde quedarán retenidos en los respectivos medios filtrantes, no mezclándose entre sí. Los polvos capturados serán acumulados por un máximo de dos semanas en contenedores, siendo posteriormente trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final; no obstante lo anterior, los polvos de Zinc podrán ser vendidos para su uso como materia prima en otros procesos. El agua residual de la “Cortina de Agua”, dado que estará contaminada con pinturas y solventes, será manejada y dispuesta en lugar autorizado como residuo peligroso. Al respecto, se generarán 100 (m3/mes) de este residuo que será retirado directamente desde las instalaciones productivas respectivas, mediante camiones que contarán con estanques herméticos y que estarán autorizados para prestar este servicio. El agua residual del lavado de las cañerías de cobre que se menciona en el Considerando 3.6 de la presente Resolución, contendrá 0,75% de detergente alcalino en 99% de agua y se acopiarán diariamente en tres estanques de 1.500 (m3) cada uno. Luego, se producirán 4.500 (l/día) de este residuo, que será manejado, trasladado y dispuesto en forma similar a lo indicado para las aguas residuales de la “Cortina de Agua”. Los lodos de pintura que se generarán en la “Cortina de Agua”, serán acopiados temporalmente en recipientes adecuados, para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. La granalla que se generará como residuo, corresponderá a elementos de acero de menor tamaño que podrán ser comercializados como metal. Los residuos correspondientes a aceites, serán acopiados temporalmente en tambores de 200 (l), para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. También se generarán envases que habrían contenido sustancias peligrosas o residuos peligrosos, usualmente tambores de 200 (l) o menos. Estos se guardarán en la bodega de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos se almacenarán en contenedores cerrados de 1 a 10 (m3). Las bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos serán construidas en base a estructuras metálicas de diferentes perfiles, con protección contra fuego, según estudio de carga combustible, u hormigón prefabricado. En su materialidad, se utilizarán revestimientos metálicos simples, que serán tratados según especificaciones técnicas de metales, pudiendo ser planchas de acero corrugadas y/o combinación de estas. Todas serán montadas sobre pavimentos de hormigón de un espesor mínimo de 20 (cm) y contarán con tratamiento superficial para lavado y evacuación de aguas, así como de cubiertas metálicas onduladas. Todos los recintos funcionarán cerrados, con sus correspondientes cerraduras y/o portacandados. El diseño exterior e interior, será de acuerdo al material a acopiar, con o sin separaciones interiores. Del mismo modo, contarán con iluminación natural y artificial, así como ventilación. 3.14. Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias. Desde el inicio de las obras de construcción, el titular contará con un equipo de seguridad incluyendo un Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Además, se contará con un reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas, que se presentó en la DIA, Anexo H, para proteger la vida y salud de los trabajadores. Esta Anexo también presenta: -
Programa de prevención de riesgos. -
Plan de emergencia. -
Plan de manejo de residuos. -
Protección y control de incendios. -
Programa Vector de IST. Los equipos electrógenos que se emplearán durante las etapas de construcción y de operación, se ubicarán dentro de un pretil de material impermeabilizado que tendrá la capacidad de contener al menos el 110% de la capacidad del estanque de combustible del equipo respectivo. De manera adicional, siempre se encontrará un extintor portátil en las inmediaciones de estas instalaciones, que tendrá una capacidad de extinción acorde con el volumen de combustible que se almacene en el equipo respectivo. Con relación al suministro de diésel para los equipos electrógenos que se usarán durante la etapa de construcción, en el punto de carga del diésel se dispondrán medidas específicas para el control de derrames, como uso de material impermeabilizante, kit para contención de derrames, extintores y elementos de protección personal necesarios para realizar esta actividad. Durante la etapa de construcción del proyecto, todas las áreas de manejo de residuos sólidos industriales contarán con radier estanco, perímetro cerrado y se encontrarán identificadas. Respecto de las salidas de emergencia que deberán implementarse en las instalaciones proyectadas, éstas se definirán una vez que realizada la arquitectura completa de los galpones y se hubiese determinado la ubicación de todos los equipos y maquinarias que se emplearán dentro del galpón principal. Luego, una vez que el titular contara con esta información, se le entregará a la Superintendencia de Medio Ambiente. Durante la etapa de operación del proyecto, se utilizarán las sustancias que se mencionan a continuación, al igual que su clasificación según NCh. 382.Of2004 en el caso de ser peligrosas. | Producto | Clasificación NCh 382.Of2004 | | Ciclopentano | Clase 3 | Líquido Inflamable | | MDI | Clase 9 | Sustancias y Objetos Peligrosos Varios | | Polyol | -- | No peligroso | | Argón | Clase 2.2 | Gases no inflamables, no tóxicos | | CO2 | Clase 2.2 | Gases no inflamables, no tóxicos | | N2 | Clase 2.2 | Gases no inflamables, no tóxicos | | Oxígeno | Clase 2.2 | Gases no inflamables, no tóxicos | | Acetileno | Clase 2.1 | Gases inflamables | | GNL | Clase 2.1 | Gases inflamables | | Diésel | Clase 3 | Líquido Inflamable | | R134a | Clase 2.2 | Gases no inflamables, no tóxicos | | Solvente EP Primer | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Solvente recubrimiento intermedio | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Solvente para Acrílico | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Solvente para Poliuretano | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Solvente para Decal | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Solvente para limpieza | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Ep Primer: Base | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Ep Primer: endurecedor | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Recubrimiento intermedio: Base | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Recubrimiento intermedio: Endurecedor | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Acrílico | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Poliuretano: Base | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Poliuretano: Endurecedor | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Decal Black | Clase 3 | Líquido Inflamable | | Decal Blue | Clase 3 | Líquido Inflamable | En la bodega de sustancias químicas peligrosas, cuya ubicación se muestra en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, se almacenarán las que se indican a continuación. | Sustancia | Tipo de contenedor | Volumen a almacenar (m3) | Masa (ton) | | Pinturas y solventes | IBC | 10 | 10 | | Aceite de limpieza para pistolas de aplicación de adhesivo | IBC | 6 | 6 | | Adhesivos, aceites, productos de limpieza, adhesivos y otros. | Tambores según proveedor | 8 | 10 | Las últimas sustancias señaladas antes, irán variando en función de las necesidades del proceso productivo y de los acuerdos comerciales que el titular tuviera con los proveedores de éstas. Con relación al almacenamiento de las sustancias señaladas antes, -
Los líquidos inflamables se almacenarán en estanques superficiales que contarán con pretiles que tendrán una capacidad de 1,1 veces el volumen del estanque de mayor capacidad. Para el almacenamiento de MDI y Polyol, también se consideran pretiles de contención. A continuación se detallan los pretiles a implementar, la cantidad de estanques a contener en su interior y el volumen del mayor estanque a implementar dentro del pretil. | Pretil | Dimensiones Largo/Ancho/Alto (m) | Cantidad de Estanques | Capacidad de Contención (m3) | Volumen Estanque Mayor (m3) | | Pretil Estanques de Pinturas | 47 / 10 / 0,15 | 30 | 70,5 | 27 | | Pretil MDI | 13,5 / 13,5 / 0,3 | 4 | 55 | 35 | | Pretil Polyol | 13,5 / 13,5 / 0,3 | 3 | 55 | 35 | El pretil de los estanques de pintura estará dividido en 3 pretiles de igual capacidad y tamaño, por lo que el área señalada antes corresponde a las dimensiones totales. -
Los líquidos inflamables que serán almacenados en estanques enterrados, corresponderán al Ciclopentano y el diésel. Los estanques contarán con un sistema de doble pared que consistirá en un estanque dentro de otro estanque y que permitirá detectar potenciales derrames debido a diferencias de presión, densidades u otro método que estableciera el fabricante; serán construidos sobre una fundación de hormigón; el área en que se emplazarán tendrá una protección con material impermeabilizante (HDPE), por las paredes y el fondo; y además, los estanques serán fijados con cinturones de tensión y anclajes a la losa de fundación, antes de ser cubiertos con arena, como se establece en el D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que corresponde al nuevo “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. Los estanques serán resistentes a explosión, de acuerdo a DIN 6608/2, y la boca de acceso será la única área de los estanques en que se podrán realizar conexiones eléctricas y de cañerías. -
Los gases no inflamables e inflamables, correspondientes a Argón, CO2, Nitrógeno, Oxígeno, Acetileno y el refrigerante R134a, se almacenarán en los mismos cilindros que serán provistos al área del proyecto, los cuales serán acopiados dentro de una jaula metálica sobre un área pavimentada. En este caso no se requiere implementar pretiles pues las sustancias al entrar en contacto con el aire, se vaporizan instantáneamente. -
En el Adenda 1, Anexo M, el titular presentó las hojas de seguridad de sustancias químicas que se emplearán durante la ejecución del proyecto, las cuales darán cumplimiento a lo que se establece en la NCh 2245.Of2003, Sustancias químicas – Hojas de datos de seguridad – Requisitos, y además contendrán análisis de riesgos y peligros, y las medidas de prevención de riegos y control de emergencias respectivas. En el Adenda 1, Tabla 14, el titular presentó las incompatibilidades de las diversas sustancias químicas que serán almacenadas en el área del proyecto. Además, se presenta información respecto a condiciones a evitar durante su almacenamiento al igual que antecedentes sobre efectos que se producirán ante un evento de incendio. El GNL será almacenado en un estaque horizontal, criogénico y aislado con vacío/perlita. El área de almacenamiento, así como el resto de las instalaciones asociadas al suministro de GNL, contará con todos los sistemas de control de instrumentación correspondientes y cumplirá con las distancias de seguridad exigidas en las normas respectivas NFPA-59A-2006, “Standar for the Production, Storage, and Handling of Liquefied Natural Gas (LNG)”, y D.S. N° 277/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el Reglamento de Seguridad de Plantas de Gas Natural Licuado, de 25 (m) desde el manto del estanque al límite de propiedad y 20 (m) a aberturas de inmuebles. Con relación a aspectos relativos a la protección y seguridad de estas instalaciones, se considerarán los siguientes: -
El estanque de almacenamiento de GNL se ubicará al interior de un pretil de hormigón armado, cuya capacidad de contención será de 90 (m3). En este caso, el pretil tendrá 15 (m) de largo, 10 (m) de ancho y 0,6 (m) de alto. -
El diseño sísmico de estas instalaciones, considera las solicitaciones sísmicas y requerimientos establecidos en la norma NFPA-59A-2006 y los requisitos establecidos en la Norma NCh 2369.Of2003, “Diseño sísmico de estructuras e instalaciones industriales”. -
Las instalaciones de GNL contarán con detectores de gas (metano), detectores ultravioleta o infrarrojo de llama, detectores de humo y sensores de bajas temperaturas que activarán una alarma sonora en un lugar que será constantemente atendido. -
Los sistemas de detección de gas inflamable activarán una alarma audible y visual, a no más del 25% del límite inferior de inflamabilidad (LEL) del gas o vapor monitoreado. En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, se muestran los pretiles a implementar, al igual que los estanques que se ubicarán al interior de cada uno. Todos los pretiles a implementar, tendrán un espesor de muro de al menos 15 (cm). El ciclopentano (CP) es un agente espumante inflamable, por lo que, para evitar la formación de mezclas inflamables y explosivas en las áreas en que será usado y/o almacenado, se adoptarán las siguientes medidas de prevención de riesgos, -
El diseño y la construcción de los estanques proyectados, asegurarán el 100% de hermeticidad del líquido. Además, la pared exterior del estanque estará cubierta para prevenir su corrosión, y la pared interior será de acero carbono. -
En el caso de detección de derrames, el sistema de inyección de CP se detendrá automáticamente y se activará una alarma en la sala de control. -
Se dará cumplimiento a las mejores prácticas internacionales y nacionales relacionadas con el diseño y las operaciones con Ciclopentano, como NFPA 72. -
Se utilizará Nitrógeno, gas inerte, en los dos estanques de almacenamiento. -
Se evitará la formación de mezclas explosivas en el área de formación de la aislación, mediante la implementación de ventilación forzada. -
Se controlará la ventilación a través de detectores de bajo flujo. -
Se controlarán las concentraciones de Ciclopentano a través de detectores de esta sustancia, de alarmas, el aumento de la velocidad de extracción cuando se alcanzara el 20% del LEL y el cierre de la corriente eléctrica al alcanzar el 40% del LEL. -
Se evitarán fuentes de ignición. -
Se clasificará la zona de formación de la aislación, en que se produce la espuma, como área a prueba de explosión y de compensación de potencial (sistema de puesta a tierra). -
Los estanques de mezclas con Polyol estarán equipados con unidades de transmisión magnética, presión de Nitrógeno y control de nivel ultrasónico. Además, por razones de seguridad el CP se añadirá al Polyol en el punto final de uso. -
Para lograr un bajo contenido de Oxígeno en la cabina de la zona de formación de la aislación, se utilizará Nitrógeno para desplazar el Oxígeno. El LEL del Ciclopentano es de 11.000 (ppm) y la cantidad que se emitirá a la atmósfera por su uso en el proceso productivo será de 550 (ppm). Por lo anterior, no se estima que se produzcan atmósferas inflamables en su punto de descarga, que se encontrará sobre el techo de la nave de proceso, además ningún operador tendrá acceso a dicho lugar. Con relación al almacenamiento diésel durante la etapa de operación, el diseño y la construcción del estanque de almacenamiento de diésel proyectado, asegurará el 100% de hermeticidad del líquido. También contará con un sistema de doble pared, por lo que en caso de ruptura del estanque interior, el producto derramado quedará contenido en el estanque exterior quedando esto en evidencia por una diferencia de inventario. En el Adenda 1, Anexo L, el titular presentó Plan de Contingencia Medioambientales que, entre otros aspectos, establece procedimientos específicos para el control de derrames, filtraciones, incendios y/o explosiones, que pudieran ocurrir durante la ejecución del proyecto respecto de combustibles, hidrocarburos y ciclopentano. En específico, respecto de derrames, -
Ante la detección de un derrame o filtración de diésel, se vaciará el estanque, luego de lo cual se neutralizará la atmósfera explosiva que se producirá dentro del estanque, por ejemplo con Nitrógeno. Posteriormente, el estanque se llenará con aire y será inspeccionado y reparado en su interior. -
El volumen de cada estanque será indicado por un medidor de nivel que permitirá conocer siempre el nivel respectivo. La carga de ciclopentano y de diésel será realizado a través de una tubería dedicada, con un medidor de flujo instalado. El sistema de operación del suministro, realizará una verificación cruzada de la lectura del medidor de flujo con el nivel del estanque, asegurando que todo el líquido que salga del camión cisterna que suministrará el producto respectivo, fuese al interior del estanque. El proceso de carga se detendrá automáticamente si no se da esta situación. Cada estanque estará equipado con un sensor de sobrellenado individual y dedicado, que independientemente del nivel del estanque, podrá cerrar la válvula de llenado. -
Toda el área debajo del camión de carga y de las cañerías flexibles de carga, estarán sobre un pavimento de hormigón y tendrá una ligera disminución en el ángulo del piso que permitirá asegurar que ante un derrame, la sustancia derramada fluyera a una zona dedicada, de mínimo 15 (l) de capacidad, desde donde podrá ser recogido para su retiro. -
Si un evento derrame superara la capacidad de respuesta del proyecto, se recurrirá a redes de apoyo externas. Se implementará el sistema contra incendio que se presenta en detalle en la DIA, Anexo J. En éste, se especifican las bases de diseño del sistema, estimando los consumos de agua, las dimensiones de los estanques que compondrán el sistema, las bombas de agua, la red de distribución, las alarmas y extintores a implementar. Además, en el Anexo B, se entrega el layout de la red contra incendio a implementar. Entre sus características principales, se tendrá que: -
El flujo de diseño será de 1.500 (gpm) considerando el peor escenario que corresponde a tres hidratantes funcionando simultáneamente. -
El estanque de almacenamiento de agua contra incendio, tendrá una capacidad total de 700 (m3) y permitirá una autonomía de 2 horas. El estanque será de acero carbono y hormigón, y su ubicación se muestra en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008, ubicándose en las coordenadas UTM 264.240 (m) Este y 6.2828.022 (m) Norte, según Datum WGS84, Huso 19. -
De manera específica, en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-005, se muestra la ubicación de los hidratantes, el estanque y los kits de alarma. El titular presentó una simulación de los efectos tóxicos y de radiación térmica que se producirán ante la ocurrencia de un evento de fugas o incendios en las instalaciones proyectadas, considerando los peores escenarios que tiene relación con los estanques de MDI, de pintura o solventes, de gas natural y ciclopentano. Los resultados de los cálculos y simulaciones realizadas, se presentan en detalle en el Adenda 1, Anexo Q, obteniéndose las siguientes conclusiones principales: -
Derrames desde estanques de MDI, no producirán efectos sobre la salud del personal que laborará en las instalaciones proyectadas, ni sobre la población vecina a las mismas. Al respecto, el titular seguirá las directrices que se establecen en la NTP 148 para el correcto manejo y prevención de los potenciales peligros que posee este compuesto. -
Ante un evento de incendio en un estanque de pintura, se refrigerarán los estanques adyacentes para minimizar la posibilidad de propagación del incendio. Además, ante este tipo de evento, será poco probable que la irradiación pudiera generar la muerte de algún trabajador. -
En el caso de fuga de GNL, al igual que para las pinturas, se cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud, que corresponde al Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, para el término de radiación. Sin embargo, para minimizar las consecuencias, se contará con monitores en los alrededores de las instalaciones de almacenamiento de GNL, que permitirán refrigerar las instalaciones vecinas que quedaran expuestas a la radiación, para controlar un eventual accidente tecnológico. -
Ante un evento de incendio de GNL o de ciclopentano, la irradiación que se generará podría causar daño al personal que se encuentre a una distancia menor a 15 (m), o que intente sofocar el incendio en estas distancias. Luego, el grupo de bomberos que ataque el incendio, se mantendrá a una distancia segura y contará con el equipamiento adecuado para proteger su integridad. -
En el caso de fuga de ciclopentano, al igual que para los otros casos señalados, se cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud, respecto de la radiación, por lo que no se verá afectada la población cercana a las instalaciones proyectadas. La estación de carga de ciclopentano estará ubicada a más de 18 (m) de cualquier estructura, con lo que se minimizarán consecuencias sobre las instalaciones proyectadas. Los medios filtrantes a emplear para la captación de los polvos de Zinc y granalla, permitirán una baja exposición de los trabajadores a los mismos, al igual que una baja liberación de contaminantes a la atmósfera, dado que durante el mantenimiento y recambio de los filtros: -
Las cubiertas de los orificios de entrada protegerán las bolsas que se cambiarán y brindarán un aspecto limpio. -
Las bolsas plásticas de alta resistencia sostendrán los filtros y actuarán como guantes durante el procedimiento de cambio. -
Los filtros se desecharán en una bolsa sellada. -
El conjunto de tambor de colocador y extractor de filtro, se sostendrán firmemente en su lugar por medio de las trabas de fijación del tambor y las abrazaderas de las mangueras. Además, los filtros de polvos de Zinc contarán con un sistema de disparo en caso de incendio, con medición de caudal y alarma. En caso de ocurrir un evento no deseado, el titular informará de inmediato su ocurrencia a la Superintendencia de Medio Ambiente y a los órganos del Estado competentes, conforme a los componentes ambientales y/o recursos naturales que resultasen afectados, como SEREMI de Salud, Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección General de Aguas, SEREMI del Medio Ambiente, Superintendencia de Servicios Sanitarios e Ilustre Municipalidad de San Antonio, entre otros, todos de la jurisdicción correspondiente. Además, remitirá a los mismos órganos del Estado anteriores, un informe preliminar sobre la contingencia acaecida, en un tiempo no superior a 24 horas, el cual contendrá al menos la siguiente información: -
Lugar, fecha, hora y tipo de evento ocurrido, -
Causa y duración del evento, -
Cantidad y tipo de sustancia o residuo involucrado en el evento, -
Efectos ambientales producidos por la ocurrencia del evento, -
Medidas asumidas para el control del evento y que serán adoptadas, -
Medidas de rehabilitación, descontaminación y/o seguimiento de los recursos ambientales afectados. Además, se elaborará un informe final, que remitirá a los mismos órganos del Estado en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, que contendrá al menos información sobre la identificación del titular y del proyecto calificado ambientalmente, causas de la contingencia, cantidad y tipo de sustancia involucrada en el evento, fecha y hora de ocurrencia del evento, duración y efectos ambientales producidos por el evento, localización y superficie afectada, fotografías del evento y los recursos afectados, análisis de las medidas especificadas en el informe preliminar, medidas adoptadas y/o que se adoptarán. Además, presentará cronograma con las actividades pendientes y futuras a realizar. Ante cualquier eventualidad que implicara una descarga de residuos industriales líquidos en cursos de agua superficial y/o que se generara algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el titular deberá informar por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema. 3.15. Medidas de Seguimiento. 3.15.1. General. Con el objeto de evaluar los niveles de ruido que se generarán durante las etapas de construcción y operación del proyecto, se realizarán mediciones del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de acuerdo a la metodología establecida en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, que corresponde a Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. A continuación se especifica el monitoreo que se llevará a cabo. -
Los puntos de medición corresponderán a los mismos puntos identificados en el estudio acústico, los cuales se especifican en el Considerando 3.11 de la presente Resolución. -
Durante los movimientos de tierra, se realizará una medición durante el primer mes de iniciada esta actividad, en horario diurno. -
Durante la construcción de las estructuras, se realizará una medición durante el primer mes de iniciada esta actividad, en horario diurno. -
Durante la operación, y durante el primer año de la misma, se realizará una medición trimestral en horario nocturno. -
No obstante lo anterior, durante toda la etapa de construcción el titular deberá realizar monitoreos del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) trimestralmente; y durante el primer año de operación, también monitoreos trimestrales, luego de lo cual la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Valparaíso analizará los resultados obtenidos para modificar, suspender o bien extender el monitoreo. -
Durante las mediciones, se coordinará que estuvieran funcionando todas las fuentes de ruido identificadas en el estudio acústico. -
Las mediciones se acompañarán de un informe técnico que, al menos, contendrá lo siguiente: -
Individualización de la fuente y del receptor. -
Hora y fecha de la medición. -
Identificación del tipo de ruido. -
Croquis o fotografía del lugar en donde se realiza la medición. -
Identificación de otras fuentes emisoras de ruido que influyan en la medición, especificando su origen y características. -
Valores NPC obtenidos para la fuente fija emisora de ruido y los procedimientos de corrección empleados. -
Valores obtenidos de ruido de fondo, en caso que fuese necesario. -
Identificación del instrumento utilizado y su calibración. -
Identificación de la persona que realizó las mediciones. -
Se elaborarán informes de cada medición que se llevara a cabo, que se enviarán a la Municipalidad de San Antonio, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia de Medio Ambiente, durante el mes siguiente de la emisión del informe final con los resultados correspondientes. -
En caso que se detectara la superación de los límites normados, se adoptarán medidas correctivas que serán especificadas en el informe señalado antes. 3.15.2. Etapa de Construcción. Las medidas que se implementarán para el control de las emisiones a la atmósfera que se generarán durante la etapa de construcción del proyecto, serán supervisadas por personal del titular. En específico, -
Respecto de la humectación, se verificará diariamente su efectividad, para definir si la frecuencia de humectación sea suficiente. El medio de verificación será que no hubiese resuspensión significativa de polvo, tomando en cuenta las condiciones climáticas. -
Respecto a la instalación de mallas rachel, se verificará su efectividad mediante observación directa. Además, se llevarán inspecciones semanales del estado de la malla para verificar su estado, y en el caso de encontrarse saturada o en malas condiciones, será cambiada por una nueva. Se llevará un registro de este seguimiento, el cual se mantendrá en el área del proyecto, a disposición de los órganos del Estado que lo soliciten. Los lugares en que se llevará a cabo la disposición final de los residuos que se generarán durante esta etapa, serán informados a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Valparaíso, una vez que se estableciesen los mismos. 3.15.3. Etapa de Operación. Se controlará el peso de los camiones tanto a la entrada como a la salida de las instalaciones industriales, cada vez que un vehículo pesado ingrese o salga de las mismas. Esto, mediante el uso de básculas que se implementarán en la zona de control de acceso a las instalaciones, según se muestra en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2522-PJ01-008. Los resultados de las mediciones serán registrados en una bitácora para asegurar que a la salida los vehículos no se excedieran los pesos establecidos en la normativa vigente, y en el caso de ser así y/o no contar éste con las autorizaciones correspondientes, será devuelto a las instalaciones para ajustar su peso o regularizar las autorizaciones faltantes. Se verificará que los camiones de transporte tuviesen su carga cubierta a través de inspecciones que se llevarán a cabo en el portal del control de accesos, en cada salida y entrada de los camiones. Se realizarán mediciones de ambientes de trabajo conforme al tipo de proyecto que se ejecutará y sus exposiciones. -
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con: 4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales aplicables al proyecto o actividad. Entre otros, el proyecto deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos legales. 4.1.1. Ley Nº 17.288/70, sobre Monumentos Nacionales; y su Reglamento, D.S. Nº 484/90 del Ministerio de Educación, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante cualquier hallazgo arqueológico durante la ejecución del proyecto, el titular paralizará las obras y dará aviso inmediato a las autoridades competentes. Forma de cumplimiento. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley, y en los artículos 20 y 23 del Reglamento. Específicamente, en caso de producirse la situación señalada antes, el titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo dispusiese los pasos a seguir. La implementación de las medidas que establezca el Consejo, serán efectuadas por el titular. 4.1.2. Ley N° 19.473/96, de Caza, y su Reglamento, D.S. Nº 5/98 del Ministerio de Agricultura, que protege la fauna silvestre del área de influencia del proyecto y establece los procedimientos para el rescate en caso de haber especies que se encuentren en categoría de conservación, principalmente durante la etapa de construcción. Forma de cumplimiento. Durante la ejecución del proyecto, se prohibirá la caza de cualquier tipo de fauna a los trabajadores, contratistas y subcontratistas. Respecto de la propuesta de medidas de protección para la fauna señaladas en el Considerando 4.2, literal b.4, de la presente Resolución, el titular debe informar al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, con copia a la Superintendencia de Medio Ambiente, el número y frecuencia de las actividades de capacitación al personal y generar los registros correspondientes con el objeto de facilitar la fiscalización de la medida. En caso que el proyecto fuese calificado favorablemente, la información señalada debe ser remitida en un plazo no superior a 30 días contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución de calificación ambiental. En caso que durante la ejecución de la etapa de construcción del proyecto se detectaran especies de fauna de baja movilidad en alguna categoría de conservación, como reptiles, el titular debe solicitar al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente un permiso de captura y relocalización de los ejemplares, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Caza. 4.1.3. D.F.L. Nº 1/89, del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, entre las que se cuenta, el funcionamiento de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales y la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio y disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase. 4.1.4. D.F.L. Nº 458/75, establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y el D.S. Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 4.1.5. D.F.L. Nº 725/67 del Ministerio de Salud, que aprueba el Código Sanitario. 4.1.6. D.L. N° 3.557/80 del Ministerio de Agricultura, que Establece Disposiciones sobre Protección del Suelo, Agua y Aire. 4.1.7. D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Forma de Cumplimiento. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Adenda 1, Anexo F, durante toda la ejecución del proyecto se da cumplimiento a los límites de presión sonora que se establecen en este cuerpo legal. Además, durante las etapas de construcción y operación se llevarán a cabo monitoreos para verificar el cumplimiento de los límites normados, según se describe en el Considerando 3.15.1 de la presente Resolución. Al respecto, durante toda la etapa de construcción el titular debe realizar monitoreos del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) trimestralmente; y durante el primer año de operación, también monitoreos trimestrales, luego de lo cual la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso analizará los resultados obtenidos para modificar, suspender o bien extender este monitoreo. 4.1.8. D.S. Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica, modificado por el D.S. N° 78/97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Forma de cumplimiento. Los camiones de transporte de materiales, insumos y productos, circularán con su carga cubierta con una lona. 4.1.9. D.S. N° 78/2009 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Forma de cumplimiento. Durante la ejecución del proyecto se implementarán instalaciones y bodegas para almacenar sustancias peligrosas que darán cumplimiento a lo que se establece en este cuerpo legal. 4.1.10. D.S. Nº 138/2005 del Ministerio de Salud (D.O. 17.11.2005), que establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Forma de cumplimiento. Anualmente, se realizarán las declaraciones de emisión que se establecen en este cuerpo legal. 4.1.11. D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud, que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza. Forma de cumplimiento. De acuerdo a lo descrito en el Considerando 3.10 de la presente Resolución, durante la ejecución del proyecto se adoptarán medidas para controlar y/o minimizar las emisiones de material particulado y gases que se producirán. 4.1.12. D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Forma de cumplimiento. El Plan de Manejo de Residuos que se presentó en el Adenda 1, Anexo J, da cumplimiento a lo que se establece en este cuerpo legal. Las bodegas en que se llevará a cabo el acopio temporal de residuos sólidos peligrosos, también dan cumplimiento a lo que se establece en este cuerpo legal, según el tipo de residuo a almacenar. En específico, contarán al menos con piso impermeabilizado, con pretil y sistema de captación de derrames; techumbre en toda su extensión y ventilación adecuada. Además, se implementarán medidas de protección contra incendio, como extintores portátiles. Una vez construidas las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos, el titular tramitará en forma sectorial su autorización de funcionamiento ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud. 4.1.13. D.S. Nº 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el nuevo “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, el cual deroga el D.S. N° 90/1996 y D.S. N° 379/85, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Forma de cumplimiento. El almacenamiento de diésel y ciclopentano durante la ejecución del proyecto, da cumplimiento a lo que se establece en este cuerpo legal. 4.1.14. D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y sus modificaciones, introducidas por el D.S. Nº 198/2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 4.1.15. D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud (D.O. 5.7.2001). Forma de Cumplimiento. Durante toda la ejecución del proyecto se proveerá de agua para consumo humano a los trabajadores; las aguas servidas serán manejadas en instalaciones provisorias durante la etapa de construcción y existentes durante la etapa de operación; los residuos sólidos serán manejados y acopiados temporalmente en el área del proyecto conforme a sus características, luego de lo cual serán trasladados a lugar autorizado para realizar su disposición final; y, se implementarán medidas de prevención de riesgos y control de emergencias conforme a los riesgos identificados respecto de la ejecución del proyecto, entre otros aspectos asociados al cumplimiento de lo que se establece en este cuerpo legal. 4.1.16. Resolución Exenta N° 1.826/2004 del Servicio Agrícola y Ganadero que, en su numeral 1, establece que “las maderas de los embalajes de cualquier clase de mercaderías que ingrese al país, deberán encontrarse libres de corteza, de insectos y de daños producidos por éstos”. 4.1.17. Resolución N° 5081/1993 del Ministerio de Salud, que establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales. 4.1.18. Resolución Exenta N° 610/1982 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos. 4.1.19. Resolución Exenta N° 359/2005 del Ministerio de Salud, referida a la utilización del Formulario de Declaración de Residuos Peligrosos, o en su defecto el sistema SIDREP. 4.1.20. Resolución Exenta N° 133/2005 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera. Modificada por Resolución Exenta N° 2859/2007, también del SAG. Forma de cumplimiento. En caso que los equipos proyectados estuviesen contenidos en embalajes de madera que proviniesen de otros países, se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero respecto de la internación de equipos con este tipo de embalaje. 4.1.21. INN NCh 1333.Of78, Requisitos de calidad de agua para diferentes usos, modificada en 1987, sobre Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos. 4.1.22. INN NCh 2190.Of2003, Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos. 4.1.23. Norma NSEG 5 En.71, Reglamento de Instalaciones de Corrientes Fuertes. 4.1.24. Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias (NIMF) N° 15 de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria. 4.2. Permisos Ambientales Sectoriales. 4.2.1. Artículo 93, que corresponde al permiso para el manejo y acopio temporal de residuos sólidos, peligrosos y no peligrosos, que se llevará a cabo durante las etapas de construcción y operación del proyecto. Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en la DIA, Anexo H, y se complementan con antecedentes presentados en el Adenda 1, Anexo J, entre otros. Mediante el Ord. Nº 0119 del 21 de enero de 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Valparaíso, se ha pronunciado a favor del otorgamiento de este permiso. 4.2.2. Artículo 94, que corresponde a la calificación industrial de las instalaciones proyectadas para la producción de contenedores refrigerados y sus unidades de refrigeración. Los antecedentes para el otorgamiento de este permiso se presentan en la DIA, Anexo G, que se complementan con antecedentes presentados en el Adenda 1. Mediante el Ord. Nº 0119 del 21 de enero de 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Valparaíso, se ha pronunciado a favor del otorgamiento de este permiso calificando la actividad como Peligrosa debido al alto riesgo potencial y permanente que pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad las sustancias manipuladas y los procesos que allí se desarrollarán, todo esto en un radio que excederá los límites del propio predio, siendo de todas maneras compatible con el uso de suelo, de acuerdo a lo informado en la DIA, Anexo G, que presenta Certificado de Informaciones Previas Nº 413 de fecha 11.06.2012, por parte de la I. Municipalidad de San Antonio. -
Que, sobre la base de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental; los pronunciamientos evacuados por los servicios que han participado en el proceso de evaluación y según lo considerado por esta Comisión, el proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio", no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el Art. 11 de la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente, dado lo siguiente: a) Con relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que: a.1) Emisiones a la atmósfera: Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.2) Generación de Ruidos: Durante la ejecución del proyecto se producirán emisiones de ruido que serán controladas/minimizadas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.11 de la presente Resolución. En particular, de acuerdo a lo informado por el titular durante la evaluación del proyecto, las emisiones no superarán los niveles máximos contemplados en la legislación vigente aplicable. Durante la ejecución del proyecto se realizarán monitoreos para verificar el cumplimiento de los límites normados, según se describe en el Considerando 3.15 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.3) Residuos Líquidos: Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos líquidos que serán manejados y dispuestos de acuerdo a las medidas que se detalla en el Considerando 3.12 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.4) Residuos Sólidos: Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos sólidos que serán manejados y dispuestos según se detalla en el Considerando 3.13 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.5) Formas de Energía: Durante la ejecución del proyecto no se generará ninguna forma de energía. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerar generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b) Con relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que: b.1) Recurso Aire: Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.2) Recurso Suelo: El proyecto se llevará a cabo en una zona que permite el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje, de tipo peligroso, molesto e inofensivo, entre otros, según se establece en el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur, por lo que el proyecto será compatible con el uso de suelo establecido por el instrumento de planificación vigente. En el Adenda 1, Anexo D, el titular presentó, estudio de mecánica de suelo efectuado en el área en que se emplazará el proyecto. Los principales resultados respecto del recurso suelo, son: i. Se hicieron dos sondajes geotécnicos hasta 30 (m) de profundidad. Al respecto, se tomaron muestras a diferentes profundidades para análisis de granulometría y límites de Atterberg. En el primer sondaje, se tomaron muestras hasta una profundidad de 8,15 (m); y en el segundo, hasta una profundidad de 20 (m) aproximadamente. Además, se presentó una descripción visual de lo encontrado a diferentes cotas. ii. Se realizaron diversas calicatas en el área en que se emplazará el proyecto, entre 3 y 6 (m) de profundidad. Al respecto, el titular ha señalado que la quebrada que se muestra en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2547-AT-021, la cual se ubica a 232 (m) del área en que se emplazará el proyecto, no será intervenida por la ejecución del mismo. La granalla a utilizar durante la ejecución del proyecto, será de acero inoxidable y se utilizará siempre directamente sobre acero Corten, por lo que las emisiones que se producirán por esta actividad corresponderán a un material inerte y no contaminante, por lo que no se considera realizar monitoreos de suelo respecto de este parámetro. Sin embargo, respecto de las emisiones de polvos de Zinc, el titular ejecutará monitoreos de suelo para verificar que durante la ejecución del proyecto no se afectará el recurso suelo por estas emisiones. Luego, el monitoreo propuesto considera lo siguiente: i. Antes de que comenzaran los movimientos de tierra, se tomarán muestras de suelo en 3 puntos del área en que se emplazará el proyecto, a nivel de piso, y a 0,5 (m) y 1 (m) de profundidad. A las muestras se les medirá el contenido de Zinc, a modo de referencia. A continuación se especifican los puntos de monitoreo, en coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 19. | Punto | Coordenada Este (m) | Coordenada Norte (m) | | 1 | 263.946 | 6.282.418 | | 2 | 264.152 | 6.282.367 | | 3 | 264.290 | 6.282.317 | La ubicación de los puntos señalados antes, se muestran en el Adenda 1, Anexo A, Plano 2562-PJ01-005, y la selección de los mismos se definió considerando su cercanía a los filtros principales de polvos de Zinc y la dirección del viento predominante, que es S-SW. ii. El monitoreo señalado antes, se repetirá en los mismos tres puntos de referencia, a lo menos una vez al año. iii. Previo a la ejecución de los monitoreos, se notificará a la Superintendencia de Medio Ambiente, y a la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, sobre la fecha en que se llevará a cabo el monitoreo, el laboratorio que lo ejecutará, los puntos de muestreo, los parámetros a muestrear y la normativa que se utilizará de referencia. Además, en el caso de requerirse la modificación de alguno de los puntos de monitoreo propuestos, este cambio será previamente acordado con las mismos órganos del Estado señalados. iv. Los resultados del monitoreo respectivo, serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente, y a la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe del laboratorio que hubiese hecho el análisis de las muestras. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerara generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.3) Recurso Agua: El proyecto no intervendrá ni introducirá ningún agente contaminante químico, biológico o físico a ningún curso de agua. En el Adenda 1, Anexo A, Plano 2547-AT-021, se muestra la red de cauces naturales y artificiales que se encuentran en el área de influencia del proyecto, incluyendo los pozos y las distancias respectivas al área del proyecto. En el Adenda 1, Anexo D, el titular presentó estudio de mecánica de suelo efectuado en el área en que se emplazará el proyecto. Los principales resultados respecto del recurso agua, son: i. El curso de agua de agua permanente más cercano al proyecto, corresponde al estero El Sauce, el cual ubica a 568 (m) de éste, y no será intervenido por la obras proyectadas. ii. Se hicieron sondajes hasta 30 (m) de profundidad, sin encontrar napa subterránea, por lo que la cota piezométrica se encuentra a una mayor profundidad. iii. La dirección de flujo de las aguas subterráneas en el área en que se emplazará el proyecto, es de Este a Oeste, según Mapa Hidrogeológico de Chile (MOP, DGA, 1986). iv. Los ensayos de infiltración realizados mediante método Porchet, arrojaron valores nulos de infiltración en los puntos señalados en el informe, no obstante lo anterior, los ensayos realizados en el área en que se emplazará la piscina de acumulación de aguas lluvia dieron valores de entre 45,3 y 55,7 (mm/h). Dado que los almacenamientos de sustancias químicas se encontrarán bajo techo y al interior de pretiles, no se espera que se produzca contaminación de las aguas lluvias y por tanto de las aguas subterráneas, dado que las primeras serán principalmente infiltradas al subsuelo. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considerar generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.4) Recurso Flora y Fauna: Durante la ejecución del proyecto no se intervendrán estos tipos de recursos. En el Adenda 1, Anexo G, se presentó estudio de flora y fauna efectuado en el área en que se emplazará el proyecto. A continuación se detallan los principales resultados de este estudio, i. Ninguna de las especies de flora identificadas se encuentran en alguna categoría de conservación. ii. El área de estudio presenta un fuerte grado de intervención antrópica, quedando sólo vegetación nativa en la zona de la quebrada que existe al sur del área en que se emplazará el proyecto. iii. Si bien en el área de influencia directa del proyecto no se encontraron especies de fauna que estuvieran en alguna categoría de conservación, en el área de influencia indirecta se encontró la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis), catalogada como vulnerable, que no será intervenida por la ejecución del proyecto y por lo cual no se requiere implementar medidas de rescate y/o relocalización. Además, en el entorno del área en que se emplazará el proyecto, no existe presencia de lugares en que se concentre fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Para la ejecución del proyecto no se intervendrá vegetación nativa ya que el terreno en que se emplazará el proyecto no cuenta con este tipo de recurso, correspondiendo a una zona de uso industrial. Entre las medidas que se implementarán para asegurar la no intervención de recursos de flora y fauna, se encuentran las siguientes: i. No se intervendrán sectores fuera del área de influencia directa del proyecto, y se dará instrucciones específicas a los trabajadores para que no generaran senderos o caminos fuera de ésta. ii. Se realizarán charlas y capacitaciones periódicas a los trabajadores sobre la fauna potencialmente presente en el sector, la prohibición de capturar o cazar fauna terrestre, procedimientos de protección de la fauna y prohibiciones de intervenir de cualquier forma la quebrada cercana, entre otros. iii. El titular preparará material impreso de apoyo para informar a los trabajadores sobre la fauna nativa del sector, la cual será previamente acordada con el Servicios Agrícola y Ganadero. iv. Se elaborará un protocolo donde se identificará el encargado de registro y de contacto con el Servicio Agrícola y Ganadero Regional y adicionalmente, se solicitará la colaboración del Centro de Rehabilitación Parque Zoológico de Quilpué y/o del Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre de San Antonio, previa autorización sectorial, ante casos de hallazgo de fauna silvestre que requiriera ser rescatada. En caso que durante la etapa de construcción y/u operación, se encontraran especies de fauna silvestre en alguna categoría de conservación, se contará con un protocolo que identificará el encargado de registro y de contacto con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la jurisdicción correspondiente y, adicionalmente, se solicitará la colaboración del Parque Zoológico de Quilpué y/o del Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre de San Antonio, para que asesoraran al titular y/o actuaran directamente en el rescate y relocalización de los ejemplares detectados. Para llevar a cabo esta acción, se presentarán los antecedentes respectivos al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, para su autorización sectorial. Además, en caso de verse afectadas especies de fauna silvestre ante la ocurrencia de un evento no deseado durante las etapas de construcción y/u operación, el titular avisará la ocurrencia del evento al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, dentro de las primeras 24 horas, contadas desde el inicio del incidente, y si fuese necesario, prestará apoyo veterinario y trasladará a los individuos afectados hacia el centro de rescate más cercano. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. c) Con relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona que permite el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje, de tipo peligroso, molesto e inofensivo, entre otros, según se establece en el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur. Luego, el proyecto será compatible con el uso de suelo establecido por el instrumento de planificación vigente. Además, en dicha zona no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales que debieran ser desplazados o reubicados como consecuencia de la ejecución del proyecto. En el Adenda 1, Anexo O, el titular presenta un estudio del medio humano realizado para el proyecto, y que concluye lo siguiente: i. Los grupos humanos existentes en el área del proyecto, se encuentran agrupados principalmente en dos localidades cercanas, correspondientes a Malvilla y Cruce de Malvilla. ii. Estos asentamientos se configuran como “localidades dormitorio”, dado que todas las actividades económicas, sociales y educacionales de sus habitantes se realizan en la ciudad de San Antonio. iii. Los habitantes de estas localidades son dueñas de los territorios que habitan, siendo estos de extensión limitada, ya que son exclusivamente de uso residencial. iv. No existe, en estas localidades, competencia por recursos naturales, dado que no se realizan actividades de extracción de éstos, con excepción de una vivienda, en el Cruce de Malvilla, en la cual se realizan artesanías con greda. v. No existen cultivos de frutales ni actividades de ganadería en el área de emplazamiento del proyecto, sólo predios que son utilizados para silvicultura por parte de empresas. Así también, existe gran cantidad de galpones de la empresa Ariztía, dedicada a la crianza de aves. El titular socializará con las Juntas de Vecinos del sector y/u otras organizaciones funcionales o territoriales presentes en el área de influencia del proyecto, el Programa de Prevención de Riesgos y los Planes de Emergencia y Protección y Control de Incendios del proyecto, para informar y capacitar a la comunidad respecto de las medidas y procedimientos a adoptar en caso de emergencias. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. d) Con relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona que permite el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje, de tipo peligroso, molesto e inofensivo, entre otros, según se establece en el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur, por lo que el proyecto será compatible con el uso de suelo establecido por el instrumento de planificación vigente. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. e) Con relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona que permite el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje, de tipo peligroso, molesto e inofensivo, entre otros, según se establece en el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur. Luego, el proyecto será compatible con el uso de suelo establecido por el instrumento de planificación vigente. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. f) Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se puede indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona que permite el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje, de tipo peligroso, molesto e inofensivo, entre otros, según se establece en el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur. Luego, el proyecto será compatible con el uso de suelo establecido por el instrumento de planificación vigente. En el Adenda 1, Anexo I, se entregan resultados de levantamiento arqueológico efectuado en el área en que se emplazará el proyecto. De acuerdo a los antecedentes presentados, se informa que no fue posible efectuar una adecuada prospección debido a la alta vegetación presente en el área, por lo que el titular implementará, para la toda la fase de movimientos de tierra de los sectores que no han sido prospectados anteriormente, las siguientes medidas: i. Realizará una charla de inducción arqueológica a todos los trabajadores de la faena, la cual será dictada por un arqueólogo o licenciado en arqueología. ii. A través de un arqueólogo o licenciado en arqueología, se efectuará un monitoreo permanente al momento de realizar escarpes y movimientos de tierra superficiales y sub superficiales en las zonas no prospectadas, de 17 (ha), que se muestra en el Adenda 1, Anexo I, Imagen 5. iii. Cada dos meses se enviará informe al Consejo de Monumentos Nacionales. La charla de inducción deberá efectuarse antes del inicio de las obras del proyecto, y se deberá remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. -
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido a ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a un año contado desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere. -
Que, respecto de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto en general estará muy alineado a los ejes y objetivos de la nueva “Estrategia Regional de Desarrollo, Valparaíso 2020”, y no se opone a la ejecución de sus objetivos estratégicos, ya que apoyará y colaborará ampliamente con el cumplimiento de las metas y espera que sea, en el corto plazo, un factor de bienestar y crecimiento económico y humano a nivel regional, provincial y comunal. -
Que, respecto de la relación del proyecto con planes de desarrollo comunal, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto potenciará las políticas comunales insertas en las áreas estratégicas económicas – productivas y estratégicas territoriales del Plan de Desarrollo Comunal 2008-2013, dado que el proyecto: -
Colaborará con el mejoramiento de la calidad, cobertura y oportunidad de empleo ya que se espera un máximo de 900 puestos de trabajo para la etapa de construcción y 2.200 puestos de trabajo en la de operación. -
Fortalecerá la competitividad de la industria, dentro de la comuna, ya que involucra la intervención de nuevos tipos de contenedores de alta calidad y funcionalidad que permitirán aumentar el nivel de la industria en la comuna. -
Cooperará y apoyará el funcionamiento óptimo de las actividades productivas consolidadas, como puerto, transporte y comercio, ya que generará un insumo indispensable en el transporte de mercaderías que necesitan refrigeración. -
Aportará a la política de desarrollo territorial al generar insumos indispensables en la tarea de mantener y sostener al puerto de la comuna de San Antonio como líder a nivel nacional. -
Que, respecto de la compatibilidad territorial del proyecto, el área en que se emplazará el proyecto se encuentra normada por el Plan Intercomunal de Valparaíso, Satélite Borde Costero Sur, en una zona de extensión urbana productiva, correspondiente a Zona ZEU 7, Zona de Extensión Urbana 7, Productiva Intercomunal, destinada a industrias, equipamientos e infraestructura productiva; Sub zona ZEUP 2. Al respecto, los usos de suelo permitidos son actividades productivas, permitiéndose el emplazamiento de establecimientos industriales o de bodegaje de tipo peligrosos, molestos e inofensivos; construcciones de apoyo al proceso industrial, agroindustrial y agropecuario y al recurso que labora en la industria, tales como comedores, vestidores, casino de personal, talleres de mantención, garitas, porterías, casetas de guardia, torres de observación, entre otros que señala. En la DIA, Anexo G, se presentan certificado de informaciones previas de la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de San Antonio. Luego, el proyecto será acorde con el instrumento de planificación vigente. -
Respecto de la disposición de los residuos industriales líquidos que se generarán durante la ejecución del mismo, el titular deberá dar aviso, por escrito, a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, con a lo menos noventa días de anticipación a la entrada en operación del proyecto, informando los antecedentes requeridos, según formato de aviso que se encuentra señalado en la página de internet http://www.siss.cl. Además, el titular debe tener en consideración que en caso de ser denunciadas irregularidades en el manejo de efluentes, entendiéndose por tales, cualquier situación distinta a la presentada en el proyecto sometido a evaluación y que pudiera afectar un curso o masa de agua superficial o subterráneo, la Superintendencia de Servicios Sanitarios podrá tomar las acciones y/o aplicar las sanciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 18.902. -
Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio", por lo cual para que éste pueda ejecutarse, necesariamente debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. -
Que, la Declaración de Impacto Ambiental, su Adenda y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se considerarán asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones que quede sujeto por la presenta Resolución. -
Que, en relación con la identificación de impactos ambientales no previstos en la evaluación ambiental del proyecto, el titular deberá informar oportunamente a la Superintendencia de Medio Ambiente la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo acto seguido, las acciones o medidas ambientales necesarias para hacerse cargo de los mismos. La información a la Superintendencia de Medio Ambiente deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido el o los impactos ambientales. -
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Res. Ex. N° 844 de la Superintendencia de Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el día 2 de enero de 2013. -
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. -
Que, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19.300 y el artículo 2, literal d), del Reglamento del SEIA. -
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, la individualización de cambios de titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto. -
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas durante el proceso de evaluación ambiental, son de responsabilidad del titular, ya sea que fuesen implementadas por él directamente o, a través de un tercero. -
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, RESUELVE: -
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio", en adelante el proyecto, presentado por el Señor Francis McCawley Landi, en representación de Maersk Container Industry San Antonio SpA. -
La presente Resolución no exime a Maersk Container Industry San Antonio SpA. de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado Competentes. -
CERTIFICAR que el proyecto "Fábrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 93 y 94 del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. -
Que para que el proyecto pueda ejecutarse deberá dar cabal cumplimiento a todas las exigencias, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución. -
Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere. -
Se hace presente que, contra de la presente Resolución procede la reclamación del artículo 20 de la Ley 19.300. El plazo para interponer estos recursos es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. Notifíquese y Archívese
Raúl Eduardo Celis Montt Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso
Esther Parodi Muñoz Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Valparaíso
EPM/GPF/SFT Distribución: - Francis McCawley Landi
- Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
- Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
- Gobierno Regional, Región de Valparaíso
- Ilustre Municipalidad de San Antonio
- SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
- SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
- SEREMI de Energía, Región Valparaiso
- SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso
- SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
- SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso
- SEREMI Salud, Región de Valparaíso
- Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
- Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central
- Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso
- Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso
- Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
- Tomás Ochoa Capelli
- Mauricio Silva Malig
C/c: - Sr. Raúl Celis Montt, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
- Sra. Coordinadora Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
- Superintendencia de Medio Ambiente
- Expediente del Proyecto "Fabrica de Contenedores Refrigerados, Maersk Container Industry San Antonio"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
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