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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificio Independencia Huidobro"

Resolución Exenta Nº 456/2016

Santiago, 2 de septiembre de 2016



VISTOS:

 

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 18 de abril de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 18 de julio de 2016, del proyecto Edificio Independencia Huidobro, presentado por Inmobiliaria  Huidobro S.A. con fecha 04 de diciembre de 2015.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Edificio Independencia Huidobro.

 

3°. El Acta N° 05/2016 de la Sesión Nº 05 del Comité Técnico, de fecha 11 de marzo de 2016  y el Acta N° 03/2016 de la Sesión Nº 17 del Comité Técnico, de fecha 11 de agosto de 2016.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto Edificio independencia Huidobro de 12 de agosto de 2016.

 

5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Edificio Independencia Huidobro.

 

6°. El Acta de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago de fecha 23 de Agosto de 2016.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto Exento DGP N° 121, de fecha 18 de Mayo de 2016 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Huidobro S.A., ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Edificio Independencia Huidobro (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

1.1. Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

Inmobiliaria Huidobro S.A.

Rut

76.199.414 - K

Domicilio

Avenida Andrés Bello 2777, oficina 2302. Las Condes

Teléfono

56 – 2- 2887 5702

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Armando Ide Nualart

Rut del/los representante(s) legal(es)

7.005.950-9

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Av. Andrés Bello 2777 of 2302. Las Condes

Teléfono del/los representante(s)  legal(es)

56-2-2887 5702

Correo electrónico del Titular o representante(s) legal(es)

 ion@suksa.cl

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Daniel Bossonney

Rut del/los representante(s) legal(es)

8.322.916 - 0

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Av. Andrés Bello 2777 of 2302. Las Condes

Teléfono del/los representante(s)  legal(es)

56-2-2887 5702

Correo electrónico del Titular o representante(s) legal(es)

 ion@suksa.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de agosto de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 23 de agosto de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, acordó calificar favorablemente el proyecto Edificio Independencia Huidobro, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de agosto de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

El objetivo principal del proyecto es la construcción de un edificio compuesto por 3 torres, de 15 pisos cada una, con un total de 1.063 viviendas, un local comercial, 248 estacionamientos para vehículos y 120 para bicicletas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra h del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y del artículo 3° del Decreto Supremo N°40/2012 RSEIA, a saber:

 

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

 

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características.

 

h.1.3.   Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o…”

 

Vida útil

Por las características del proyecto, la vida útil es indefinida.

Monto de inversión

US$30.000.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Para efectos del Artículo 25 ter de la Ley 19.300, el acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto serán las actividades de instalación de faena planificada dentro de los dos primeros meses  contados desde el mes noviembre de 2016, según el numeral 1.5.2 de la DIA.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

 El proyecto considera 3 etapas para la materialización de las obras, según cronograma del numeral 1.5.3 de la DIA. Su construcción ha sido establecida para ejecutarse en un periodo de 4 años, existiendo un desfase de 12 meses entre el inicio de cada una de ellas.

[X]

 

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

Constituye un proyecto Nuevo.

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

 

Si

 

No

Constituye un proyecto Nuevo.

 

[X]

 

 

 

Tabla 4.2. Ubicación del proyecto o actividad

División político -administrativa

El Proyecto se localizada en la Región Metropolitana, provincia de Santiago, comuna de Independencia, específicamente en avenida independencia N°2903.

Justificación de la localización

El proyecto se ubica en un área catalogada como Zona C del Plan Regulador Comunal de Independencia, donde se permite el desarrollo de viviendas, equipamiento, industria y almacenamiento inofensivo, bombas de bencina y centros de servicio automotriz, vialidad y transporte según consta en los Certificados de Informes Previos (CIP) N° N° 358, 359, 360, 362, 363, 364, 365 del 27 de octubre de 2010 y N° 212 del 9 de mayo de 2011 , todos de la Municipalidad de Independencia, presentados en el Anexo 2 la DIA y Adenda.

Superficie

Se llevará a cabo la construcción del proyecto dentro de una superficie neta total de 5.532,01m2, contemplando una superficie construida de 60.460,08 m2. El detalle de las superficies citadas, se señalan en las tablas N° 2 a la 6 y 10 de la DIA.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

 

Las coordenadas referenciales UTM WGS 84 Huso 19, son las siguientes:

 

Vértice

Este

Norte

1

344950

6303147

2

344957

6303141

3

344989

6303170

4

344995

6303144

5

345032

6303152

6

345018

6303165

7

345023

6303170

8

345039

6303153

9

345067

6303159

10

345068

6303163

11

344994

6303235

12

344990

6303236

13

344974

6303234

14

344962

6303220

15

344969

6303213

16

344957

6303202

17

344981

6303176

Ref.: Tabla N° 1 de la DIA

 

Accesos, vialidad y transporte

 Los límites viales en los que está contenido el proyecto corresponden a José Pérez –Cotapos (norte), Av. Independencia (poniente), Av. Huidobro (Sur) y Rafael Ramírez (oriente). Los caminos de acceso contemplados para la fase de operación del proyecto, corresponden sólo a uno principal habilitado por la calle Pérez Cotapos, tanto para el ingreso como el egreso vehicular, según figura 3 de la DIA.

 

No obstante se establecen como principales calles y/o vías más utilizadas para acceder al proyecto Inmobiliario “Edificio Independencia Huidobro” corresponden a los siguientes:

 

Dirección Norte:

·  Ingreso: Independencia – Marcos Macuada – Padre López – David Arellano – Recabarren – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto.

·  Egreso: Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia

Dirección Sur:

·  Ingreso: Independencia – Huidobro – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

·  Egreso: Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal – Guanaco

Dirección Oriente:

·  Ingreso: Dorsal – Guanaco – Pablo Urzúa – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

·  Egreso: Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal

Dirección Poniente:

·  Ingreso: Dorsal – Independencia - Marcos Macuada – Padre López – David Arellano – Recabarren – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

Egreso: Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal.

Lo anterior, se puede observar en las figuras 4 y 5 de la DIA.

 

Referencia al expediente de evaluación.

Capítulo 1 de la DIA y Adenda Complementaria.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El proyecto contempla la construcción de 1.063 departamentos, distribuidos en tres torres de 15 pisos cada una, con 4 subterráneos y un local comercial. Adicionalmente, 248 estacionamientos para vehículos (216 + 32 de visitas, incluido 4 estacionamientos para gente con capacidades especiales) y 120 estacionamientos para bicicletas. Los tipos de departamentos se definen en la tabla N° 7 de la DIA, los que se resumen a 57 departamentos de 2 dormitorios y 1 baño, 752 departamentos de 1 dormitorio y un baño y 254 tipo estudio. La carga ocupacional estimada de acuerdo al tipo de vivienda, se proyecta en 2183 personas en la fase de operación.

 

Dentro de las obras de Equipamientos, Infraestructura y Servicios, se contempla la construcción de espacios comunes, gimnasio, sala multiuso, lavandería y sala de máquinas. Es importante destacar, que las salas de basura serán ubicadas en el nivel -1, contemplando un total 8 salas de basura y 13 ductos de basura. Por otra parte, en relación al equipamiento del edificio, se proyecta la construcción de un gimnasio y lavandería ubicada en la azotea del edificio. En el  Anexo 1 y Anexo 6 de la DIA, se adjuntó un  plano con las instalaciones del proyecto contempladas para la fase de operación.

 

El proyecto cuenta con un anteproyecto aprobado N° 15 de fecha 23 de junio de 2014, emitido por la Municipalidad de Independencia y que se adjunta en el Anexo 3 de la Adenda. Adicionalmente, obtuvo el permiso de Edificación N° 39 de fecha 02 de diciembre de 2015, también de la Municipalidad de Independencia. En este aspecto, cabe destacar, que el ingreso del anteproyecto fue realizado el 23 de enero de 2014 previo a la puesta en vigencia del nuevo Plan Regulador Comunal (PRC) de Independencia (marzo de 2014), congelando así toda la normativa urbanística pertinente al proyecto, desde la solicitud de aprobación del anteproyecto. El anteproyecto fue otorgado el 23 de junio de 2014 con una validez de un año hasta el 22 de junio de 2015. Así, la solicitud de permiso de edificación se ingresó el 11 de junio de 2015 y se otorgó el 2 de diciembre de 2015, por parte de la Municipalidad de Independencia. Al respecto, en el caso de que el titular realice modificaciones mayores al 5%, deberá considerar el nuevo Plan Regulador de Independencia para su tramitación y obtención de permisos.

 

4.3.1. Fase de Construcción

Demolición y despeje del terreno

Se proyecta demoler una estructura actualmente existente en el terreno, la cual contempla una superficie construida de 2025 m2. Esta actividad se ejecutará conforme a las exigencias del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) Ministerio de Salud (MINSAL) y la municipalidad de Independencia.

 

Las demoliciones serán realizadas de manera mecánica, por medio de la utilización de grúas y el retiro de los escombros será con retroexcavadoras, los cuales serán posteriormente transportando a un sitio que cuente con la autorización del SEREMI de Salud para la recepción de este tipo de residuos.

 

Instalación de faenas

Previo al inicio de la fase de construcción, se adecuarán instalaciones de faenas al interior del predio, la cual contará con duchas, vestidores, comedor, servicios higiénicos y oficinas. La estructura que tendrán las instalaciones de faenas se especifican en los planos adjuntos en el Anexo 1 de la DIA.

 

 

Socalzados

En lugar de perforaciones se realizaran socalzados en los deslindes de la zona de excavación, con el fin de dar soporte de manera de garantizar la seguridad y estabilidad de las construcciones.

 

Excavaciones

La excavación corresponde a la remoción del material del terreno para la construcción de las obras subterráneas, donde se removerá un total de 63.618 m3 para la construcción total del proyecto. Este proceso será realizado mediante el empleo de máquinas excavadoras y retroexcavadoras, además de emplearse camiones del tipo batea para el retiro del material.

 

Obra gruesa

La obra gruesa corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones. Esta actividad es la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra.

 

Es necesario indicar que el proyecto no tendrá silos de hormigón en la obra, sino que el hormigón será transportado a la obra por medio de la utilización de camiones mixer.

 

Instalaciones

Hace referencia a ejecutar todas las actividades para dar abastecimiento de todos los servicios básicos comprometidos, es decir, instalaciones eléctricas, agua potable, aguas lluvias y alumbrado, entre otros.

 

Terminaciones

Corresponde a las terminaciones para subterráneos, departamentos (terminaciones gruesas y finas) y espacios comunes. Las faenas en esta etapa se limitan exclusivamente a trabajos menores como la instalación de cerámicas, artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pintura, entre otros.

 

Obras exteriores

Contempla el desarrollo de obras menores, y finales, generalmente hace referencia al desarrollo de áreas verdes y espacios de uso común.

 

4.3.1.1. Acciones

Vectores Sanitarios

Durante la etapa de demolición y despeje del terreno se  implementará un sistema de control de vectores sanitarios mediante la ejecución de campañas de desratización, desinsectación y sanitización, mediante un plan periódico de trabajo que será ejecutado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Vialidad y Transporte

En la tabla N° 13 del numeral 1.5.5.10 de la DIA se entrega el listado de los tipos de maquinarias y vehículos que utilizará el proyecto.

 Para la fase de construcción el proyecto contempla su acceso por Avenida Independencia. No obstante las rutas que serán utilizadas por los camiones y maquinaria al proyecto, se detallan en las siguientes tablas, de manera estimada:

 

 

 

Fase

Actividad

N° de viajes totales

Tipo de vehículos

Capacidad

Frecuencia (vehículos /día)

Frecuencia (vehículos /semana)

Construcción

Excavaciones

3721,7

C. Batea

20 (m3)

41

206

Construcción

Residuos (Escombros)

540,1

C. Batea

20 (m3)

2,25

11,25

Construcción

Residuos (Peligrosos)

6,00

C. Mediano (m3)

13 (m3)

0,006

0,03

Construcción

Rellenos (áridos)

30,0

C. Batea

20 (m3)

0,33

1,6

Construcción

Hormigón

3110,1

C. Míxer

8 (m3)

11

59

Construcción

Fierros

201,7

C. Plano (kg)

8800 (kg)

0,7

3,8

Construcción

Tabiquería

405,3

C. Plano

20 (m3)

1,55

7,8

Construcción

Visita de obra

192,0

City car

-

0,2

1

 

Ruta

Ida

Regreso

Botadero

Av. Independencia - Vespucio Norte

Vespucio Norte - Eduardo Frei Montalva  Catorce de la Fama - Av. Independencia

Botadero Residuos Peligrosos

Av. Independencia - Vespucio Norte - Costanera Norte - Ruta 68 - Camino a Noviciado - Bilbao

Bilbao - Camino a Noviciado - Ruta 68 - Costanera Norte - Vespucio Norte – Av. Independencia

Áridos

Av. Independencia - Caletera General San Martín - Lautaro

Lautaro - Caletera General San Martín – Av. Independencia

Hormigón

Av. Independencia - Catorce de la Fama - Eduardo Frei Montalva

Eduardo Frei Montalva - Catorce de la Fama – Av. Independencia

Materiales

Av. Independencia - Vespucio Norte

Vespucio Norte – Av. Independencia

Vehículos Livianos

Av. Independencia - General Borgoño - La Paz - José María Caro - Andrés Bello

Andrés Bello - José María Caro - La Paz - General Borgoño – Av. Independencia

 

Ref.: Tablas N° 40 y 41 de la Adenda

 

Adicionalmente, se tomarán las siguientes medidas:

 

a.- Las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.

b.- La disposición de la carga en los camiones utilizados para el transporte, deberán cumplir lo

estipulado en el Art. 2 del Decreto Nº 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire.

c.- Se deberán establecer las medidas de seguridad que se tomarán durante la construcción del

Proyecto.

d.- La señalización a instalar se ajustará a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

 

4.3.1.2. Suministros básicos

Agua Potable, Baños y Alcantarillado

Para el abastecimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado se contará con conexión a la red pública utilizando el arranque actualmente existente en el terreno. De esta forma es posible garantizar una dotación mínima de 100L de agua por trabajador presente en la instalación de faena, la cual cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 , “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, según lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL.

 

De esta manera se dispondrán todas las aguas servidas generadas en las duchas y baños, en la red de alcantarillado público, de acuerdo al acuerdo previo firmado con la empresa Aguas Andinas.

 

Con el objetivo de comprobar la regularidad de esta situación, es que en obra se mantendrán siempre los comprobantes de pagos, ordenados y actualizados en caso de posibles fiscalizaciones.

 

En el Anexo 2 de la DIA y Anexo 5 de la Adenda, se presenta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de la Empresa Aguas Andinas N° 003774 de fecha 21 de mayo de 2015.

 

Para la fase de construcción solo se proyecta la utilización de baños ubicados en la instalación de faenas. Con estos se dará cumplimiento a lo indicado en los arts. 24, 25 y 26 del D.S. Nº 594/1999 del MINSAL, sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Los baños serán dispuestos en container en el sector de instalación de faenas, los cuales estarán debidamente conectados a la red de alcantarillado público.

 

Energía  y combustible

Durante la fase de construcción la energía será provista por medio de empalme a la red pública del sector provista por Chilectra.

 

No existirá recarga de combustible al interior de la obra. En consecuencia, se acudirá a los centros de abastecimientos autorizados para recargar la maquinaria o vehículos a utilizar.

 

Según el numeral 3.1.8 del Anexo 9 de la Adenda sobre “Emisiones Atmosféricas”, el proyecto no contempla la utilización de grupo electrógeno durante la fase de construcción

Áridos

Se proyecta utilizar aproximadamente 600 m3 de áridos por concepto de relleno, los cuales serán provistos por empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes, las cuales serán exigidas a la empresa y mantenidos en obra para disposición de las autoridades que así lo soliciten.

 

Las empresas para el abastecimiento de áridos contarán con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales.

 

Hormigón

Se proveerá de hormigón pre-mezclado para la materialización de la obra, el cual se trasladará en camiones mixer desde la empresa contratada para dichos fines hasta las instalaciones.

 

Es necesario indicar que no se realizará lavado de camiones mixer al interior de las obras, quedando estipulado en el contrato de prestación de servicios que el responsable del lavado y manejo de los residuos líquidos derivados de dicha actividad será la empresa contratada para el abastecimiento de hormigón, no generándose este tipo de residuos en obra.

 

Alimentación, alojamiento y transporte

La alimentación será de responsabilidad de cada trabajador los cuales deberán llevar sus propios alimentos. El titular se compromete a instalar un comedor que cumpla con las exigencias establecidas en el D.S. N°594/99 del MINSAL, además de facilitar medios de refrigeración y calentamiento de los alimentos por medio de refrigeradores o freezers y sistema de calentamiento a baño maría u otro, según corresponda.

 

El proyecto durante la fase de construcción no contempla la pernoctación de trabajadores en el área del proyecto, esto se debe a la ubicación de éste, en el centro de la ciudad de Santiago.

 

El proyecto no contempla el transporte de los trabajadores a la obra, dado que esta se ubica cercano a paraderos de locomoción colectiva de fácil acceso en el centro de la ciudad de Santiago.

 

Se destaca la accesibilidad peatonal del proyecto, la conexión con el transporte público de superficie con paraderos por  calles Huidobro hacia Independencia y por Pérez Cotapos hacia Independencia, existiendo paraderos ubicados a menos de 200m de los accesos.

 

Sustancias Peligrosas

Durante la fase de construcción se utilizarán diversas sustancias peligrosas conforme a la clasificación indicada en la NCh 382 Of. 2004. A continuación se presenta un listado estimado de las sustancias peligrosas que estarán presentes en la obra:

 

Sustancia Peligrosa

 

 

Clase

 

Impermeabilizante

3 Líquido Inflamable

 

Aguarrás Mineral (solvente)

3 Líquido Inflamable

 

Desmoldante

3 Líquido Inflamable

 

Diluyente

8 Corrosivo

 

 

Ref.: Tabla 14 de la DIA

 

Respecto de su almacenamiento, siempre cuando los litros existentes en obra no excedan los 600 kg o L, serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el D.S. 78/2009 y sus modificaciones, DS 43/2015, ambos del MINSAL.

 

Recursos naturales renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.

Referencia ICE

Capítulo 4

4.3.1.3. Emisiones a la atmósfera y líquidas

a.- Material Particulado y Gases

Emisiones Atmosféricas

En la fase de construcción se generará material particulado (MP) resuspendido por fuentes móviles y de área, asociadas a las siguientes actividades que son parte de las obras y acciones del proyecto:

·         Demolición

·         Excavaciones

·         Transferencia de material, carguío y volteo de camiones

·         Acopio del material

·         Tránsito de camiones por caminos no pavimentados al interior del sitio donde se emplaza el proyecto

·         Tránsito de camiones por caminos pavimentados al interior del sitio donde se emplaza el proyecto

·         Emisiones de combustión de maquinaria y vehículos

·         Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplaza el proyecto

·         Volteo de camiones en sitio de disposición

·         Emisiones de combustión de maquinaria y vehículos

 

 

 

Las emisiones según la actualización del inventario de emisiones atmosféricas del Anexo 9 de la Adenda, son las siguientes, en comparación con el cumplimiento del Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago:

 

 

Fase de Construcción

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

Límite PPDA [ton/año]

MP10 [ton/año]

2,0089

0,7166

0,6723

0,2077

2,5

SOx
[ton/año]

0,0015

0,0033

0,0032

0,0022

50

NOx
[ton/año]

4,0594

4,2207

3,9624

1,2427

8

 

Por tanto, el proyecto no necesita compensar emisiones para la fase de construcción

Medidas

Según el numeral 6 del Anexo 9 de la Adenda, Informe de Emisiones Atmosféricas, el titular aplicará las siguientes medidas de gestión:

 

·         El titular se compromete a utilizar vehículos motorizados pesados con motor diesel con fecha de inscripción desde el 1 de enero de 2012 y/o que cuenten con norma de emisión EURO IV o superior con la finalidad de cumplir con los niveles de emisión estimados en el citado informe de emisiones.

 

·         Se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas.

·         El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario.

·         Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones).

·         Se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de 2 m, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschell. que se muestra en la figura 5 del citado Informe de Emisiones del Anexo 9 de la Adenda.

·         Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra.

·         Se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

·         En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra

 

 

b. Emisiones de Ruido

Ruido

En el anexo 7 de la DIA, se presentó el estudio de ruido del proyecto. Las principales fuentes generadoras de ruido para la fase de construcción son las actividades de demolición, excavación y  obra gruesa. Para la verificación de los niveles de ruido se consideraron los siguientes puntos receptores en el área de influencia del proyecto, que muestran en la figura N° 2 del estudio acústico:

 

R1: Vivienda abandonada de 1 piso de material sólido, ubicados en calle Huidobro #1733 colindante al Sur del área de proyecto.

R2: Bodega abandonada de 1 piso de material sólido, ubicado en la intersección de calle Independencia y Huidobro, colindante al Sur del área de proyecto.

 R3: Instalaciones abandonadas de 4 pisos de altura, ubicadas en Av. Independencia #2903 al Oeste del área de proyecto.

R4: Taller de hojalatería y vivienda de 1 y 2 pisos, ubicado en la intersección de calle Independencia y José Perez Cotapos, al Nor poniente del área del Proyecto.

R5: Galpón y viviendas de 1 piso de altura, ubicadas en Calle José Perez Cotapos al Noret del área del Proyecto.

R6: Vivienda de 1 piso de material sólido, ubicado en la calle Rafael Ramírez #2983 al Este del área de proyecto.

R7: Vivienda de 1 piso de material sólido, ubicado en calle Rafael Ramírez #2731 al Este del área de proyecto.

R8: Viviendas de 1 piso de material sólido, ubicadas en calle Huidobro #1711 al Sur del área de proyecto.

R9: Viviendas de 2 pisos de material sólido, ubicadas en calle Huidobro #1776 al Sur del área de proyecto.

R10: Viviendas de 1 piso de material sólido, ubicados en calle Independencia al Poniente del área del Proyecto.

 

Las distancias hacia los receptores fluctúan entre 1 a 52 m

                                                                                                                  

La evaluación de los niveles de ruido se realiza con respecto al límite establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA según la ubicación de los receptores y el uso de suelo según el Plan Regulador Comunal (PRC) de Independencia y de Conchalí. En este caso, los puntos receptores R1, R2, R3, R4, R8, R9 y R10 se encuentran ubicados en Zona C y los puntos R6 y R7, se encuentran en Zona A1 de la comuna de Independencia. Ambas zonas sólo permiten usos de suelo residencial y de equipamiento lo que corresponde a Zona II, según lo establecido en el D.S.38/11 del MMA, cuyos límites máximos permisibles son 60 y 45 dBA, para horario diurno y nocturno respectivamente. Y por otro lado, el Punto R5, se encuentra ubicado en Zona ZM-4 de la comuna de Conchalí, la que permite usos de suelo residencial, equipamiento y actividades productivas, lo que es homologable a Zona III del D.S.38/11 del MMA. .El cumplimiento de la normativa está supeditado a una serie de medidas de control obligatorias que deberá aplicar el titular, de acuerdo a lo siguiente:

 

a.- Las medidas de control que consisten principalmente en la implementación de barreras acústicas, orientadas a cumplir con la normativa vigente. La atenuación provista por estas medidas se obtiene directamente del software MINERVA para el caso de las barreras acústicas y de INSUL para la pérdida por transmisión sonora del panel OSB.  La atenuación por difracción sonora de esta medida se determina a través de la relación establecida por Maekawa.

 

b.- Demolición

 

Durante las faenas de demolición, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa por lo que se ubicarán tal como se indica en la figura 14 del Estudio Acústico.

 

Considerando las medidas anteriormente señaladas, el proyecto cumple la normativa vigente para las actividades de demolición, según se señala a continuación:

 

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

59

60

R2

57

60

R3

60

60

R4

42

60

R5

64

65

R6

56

60

R7

55

60

R8

56

60

R9

59

60

R10

49

60

 

Ref. Tabla 45 Anexo 7 de la DIA.

 

En caso de que los puntos receptores R1, R2 y R3 se mantengan abandonados, se considerará como receptores efectivos a los puntos R4 a R10, por lo que las alturas de las barreras acústicas a implementar se consideran entre 2 y 3,5 m según se indica en la figura 15 del Anexo 7 de la DIA.

 

En caso de que los puntos receptores R1, R2 y R3 se mantengan abandonados, se considerará como receptores efectivos a los puntos R4 a R10, por lo que la ubicación y las alturas de las barreras acústicas se ubicarán de acuerdo a la figura 15 del Estudio Acústico, cuyas alturas fluctúan entre 2 y 3,5 m.

 

c.- Excavación

 

Durante las faenas de excavación, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa por lo que se ubicarán en alturas que fluctúan entre los 2 y 7,2 m para la etapa 1 y 2 y entre 3,5 y 6 para la etapa 3, todas del proyecto, según las figuras 16, 17 y 18 del Anexo 7 de la DIA, estudio acústico.

 

Considerando la correcta aplicación de las medidas citadas anteriormente, los resultados de emisiones de ruido para las faenas de Excavación y despeje del terreno son las siguientes:

 

Etapa 1

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

58

60

R2

59

60

R3

60

60

R4

44

60

R5

65

65

R6

57

60

R7

54

60

R8

51

60

R9

54

60

R10

47

60

 

Etapa 2

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

60

60

R2

60

60

R3

41

60

R4

55

60

R5

57

65

R6

46

60

R7

46

60

R8

46

60

R9

53

60

R10

54

60

 

Etapa 3

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

60

60

R2

59

60

R3

56

60

R4

50

60

R5

41

65

R6

49

60

R7

56

60

R8

58

60

R9

52

60

R10

51

60

 

Ref.: Tablas 47, 48 y 49 del Anexo 7 de la DIA.

 

En caso de que los puntos receptores R1, R2 y R3 se mantengan abandonados, se considerará como receptores efectivos a los puntos R4 a R10, por lo que la ubicación y las alturas de las barreras acústicas se ubicarán de acuerdo a las figuras 19, 20 y 21 del estudio acústicos para las tres etapas, cuyas alturas fluctuarán entre 2 y 3.5 m para la etapa 1, entre 2 y 3,5 m para la etapa 2 y entre 2 y 6 m para la etapa 3.

 

d.- Obra gruesa

 

Para las faenas de obra gruesa, se implementará una barrera acústica cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa en las faenas de construcción de obra gruesa por lo que se ubicarán entre 2 y 7,2 m para la etapa 1, entre 2 y 6 m para la etapa 2 y entre 3,5 a 6 m para la etapa 3, de acuerdo a las figuras 24, 23 y 22 del Anexo 7 de la DIA, estudio acústico.

 

Para asegurar el cumplimiento sobre los receptores interiores del Proyecto (Etapas 1 y 2), se debe restringir el uso de maquinaria en los sectores más cercanos a ellos, utilizando una máquina o un conjunto de ellas que en total no posean un nivel de emisión superior a 75 dBA a 10 m.

Además, para las faenas desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa que enfrentan a receptores, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa.

 

Estas pantallas tendrán una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1,5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores.

Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) estará cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm de espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel). Ver figura 25 del estudio acústico.

 

La atenuación provista para estas pantallas varía entre 10 y 15 dBA según mediciones efectuadas por el consultor, las que dependen de la distancia al punto receptor. Según Maekawa la atenuación por difracción sonora para una distancia de 20 m. al punto receptor es de 17 dBA, según cálculo de la figura 17 del estudio acústico del Anexo 7 de la DIA.

 

Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio. En la figura 27 del estudio acústico se muestra un ejemplo de cierre de ventanas con paneles OSB

 

Durante las actividades de trabajos en altura, los paneles se deberán ubicar en los vanos orientados hacia los puntos receptores externos, es decir, se deberán implementar en las caras que enfrentan a receptores por el Norte, Sur, Este y Oeste del Proyecto.

Además, para las actividades desarrolladas en la losa de avance donde no es posible cerrar los vanos, se implementarán barreras acústicas de 2 metros de altura, que cumplan con las mismas características de las ya mencionadas, en el perímetro de la losa, según se muestra en la figura 29 del estudio acústico.

 

 

Considerando las medidas anteriormente señaladas, el proyecto cumple la normativa vigente para las actividades de demolición, según se señala a continuación:

 

Etapa 1

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

58

60

R2

58

60

R3

59

60

R4

41

60

R5

63

65

R6

55

60

R7

52

60

R8

50

60

R9

55

60

R10

47

60

 

Etapa 2

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

57

60

R2

60

60

R3

59

60

R4

40

60

R5

52

65

R6

54

60

R7

57

60

R8

55

60

R9

56

60

R10

52

60

 

Etapa 3

Punto

NPS [dBA]

Límite
normativo
 [dBA]

Cumplimiento

R1

57

60

R2

56

60

R3

54

60

R4

47

60

R5

50

65

R6

48

60

R7

54

60

R8

56

60

R9

45

60

R10

38

60

 

 

Ref. Tablas 54, 55 y 56 Anexo 7 de la DIA.

 

En caso de que los puntos receptores R1, R2 y R3 se mantengan abandonados, se considerará como receptores efectivos a los puntos R4 a R10, por lo que la ubicación y las alturas de las barreras acústicas se ubicarán de acuerdo a las figuras 30, 31 y 32 del estudio acústicos para las tres etapas, cuyas alturas fluctúan entre 2,5 y 3 m para la etapa 1, entre 2 y 3,5 m para la etapa 2 y entre 2 y 6 m para la etapa 3.

 

Sobre la base de lo anterior, el titular deberá realizar una rigurosa aplicación de las medidas de atenuación y control de ruidos comprometidos para dar cumplimiento al DS 38/2011 MMA, según el informe de ruido del anexo 7 de la DIA.

 

Como medidas de manejo adicional, el titular se compromete a lo siguiente, según el numeral 8.3 del estudio acústico del Anexo 7 de la DIA.:

 

·         Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

 

·         Mantención regular de equipos.

 

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

 

·         Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

 

·         Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

 

·         Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.

 

 

c.- Emisiones líquidas

Nombre

Descripción

Residuos líquidos

Los residuos líquidos generados durante esta fase consisten principalmente en residuos de tipo domiciliario asociado al manejo de los baños instalados en instalación de faenas y en obra, los cuales se estiman serán del orden de 27 m3 para el periodo de máxima demanda (270 trabajadores) durante la fase de construcción de cada etapa, considerando una dotación de 100 L/persona/día.

 

Es importante mencionar que en terreno no se realizarán actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados (externos al sitio de faena) para esta función, o serán adquiridas por medio de empresas externas (en el caso del hormigón) y serán trasladados al sector de faena para su uso.

 

Tampoco ha sido considerado el almacenamiento de combustible en obra, no obstante, en caso de derrames accidentales de combustible que pudieran generarse producto de la falla de algún equipo u otra fuente, se tendrá en consideración el procedimiento indicado en el Plan de Contingencia indicado en el acápite 1.8 de la DIA.

 

Aguas Servidas

En el Anexo 2 de la DIA y Anexo 5 de la Adenda, se presenta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de la Empresa Aguas Andinas N° 003774 de fecha 21 de mayo de 2015.

 

Para la fase de construcción solo se proyecta la utilización de baños ubicados en la instalación de faenas. Con estos se dará cumplimiento a lo indicado en los arts. 24, 25 y 26 del D.S. Nº 594/1999 modificado por D.S. Nº 201/ 2001 ambos del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Los baños serán dispuestos en container en el sector de instalación de faenas, los cuales estarán debidamente conectados a la red de alcantarillado público.

 

           

 

4.3.1.4. Residuos Sólidos

a.- Residuos sólidos domiciliarios o asimilables

Generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto. Restos de comida, papel, cartón, textiles, goma, cuero, vidrio, cerámicas, latas entre otros.

Cuantificación

 

1,1 m3/día. 5,4 m3 semanales como cantidad total enviados a disposición final, por etapa.

Manejo

 

Almacenamiento temporal en contenedores herméticos en obra, los que serán retirados con una frecuencia semanal

Transporte

Los residuos serán retirados por los camiones de recolección de basuras municipal o por trasporte autorizado por parte del titular.

Disposición Final

Traslado a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de forma semanal, por medio de camiones habilitados para estos fines

Inertes, En la tabla 25 de la DIA se listan los residuos inertes, los que corresponden principalmente a Maderas, fierros, plásticos, escombros

Cuantificación

8.336,4 m3 total, 6,51 m3/día. 469,7 m3 semanales como cantidad total enviados a disposición final, por etapa.

Manejo

 

Almacenamiento temporal en contenedores en obra, los que serán retirados con una frecuencia semanal.

 

Existirán distintos puntos para el almacenamiento temporal de éstos, teniendo como principal objetivo la segregación, para su posterior reutilización o reciclaje de este tipo de residuo. Destacando que cada sitio estará debidamente señalizado y delimitado al interior de la faena, para evitar así mezclas y desordenes al interior de la obra.

 

Para la fase de construcción se proyecta habilitar una superficie de 4 m2 para disponer transitoriamente los residuos inertes (ver planos en Anexo 1 de la DIA).

 

Referente a la forma de eliminar los residuos, desde altura, se utilizará un sistema de conducto cerrado y cubierto con malla rachel, de forma que sea posible evitar la dispersión de polvo.

 

El titular declaró que de manera preliminar, se prevé como sitio para la disposición final el ex Vertedero Cerros de Renca, SUNIOL.

 

Transporte

El transporte se llevará a cabo en camiones autorizados.

Disposición Final

Traslado a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de forma semanal, por medio de camiones habilitados para estos fines.

Excedentes de tierra: Suelo producto de las actividades de excavaciones

Cuantificación

63.618  m3 total, 471,24 m3 /día. 3.534,3 m3 semanales como cantidad total enviados a disposición final, por etapa.

Manejo

No se realizará almacenamiento en obra, el material será directamente cargado sobre camiones y transportado a sitio de disposición final Se generarán sólo residuos vinculados a las excavaciones debido a la necesidad de llevar a cabo la materialización de 4 niveles de subterráneo los cuales de darán lugar principalmente a los estacionamientos, bodegas, entre otros propuestos por el proyecto.

 

No se almacenará en faenas los volúmenes de material excavados, realizando una directa carga a camiones tolva presentes en obra llevándolos a sitios debidamente autorizados. Donde todos los camiones que abandonen o ingresen a la obra lo harán con su carga cubierta, siempre cuando transporten material en su interior.

Es importante destacar en este punto que no han sido contempladas actividades de escarpe dentro del terreno, básicamente debido al estado actual del suelo, el cual se encuentra en su mayoría cubierto por una capa de pavimento, lo que será removido durante el proceso de demolición y eliminado como escombro a un sitio que cumpla con las características necesarias para la disposición final.

 

 

Transporte

El transporte de escombros se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.

Disposición Final

Traslado a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de forma semanal durante los 6 meses que duran las actividades de excavaciones., por medio de camiones habilitados para estos fines.

b.-. Residuos peligrosos

Los residuos de tipo peligrosos generados durante la construcción están asociados a cualquier material que haya estado en contacto con alguna sustancia de tipo peligrosa tipificada de acuerdo a lo indicado en la NCh 382 Of. 2004. Los residuos principalmente generados se vinculan a huaipes y arena contaminada, además de restos de aguarrás, membranas de curado, imprimantes asfálticos, pinturas. Es importante considerar siempre los envases que hayan tenido en su interior alguna sustancia de tipo peligroso

Cuantificación

Los volúmenes de los residuos peligrosos que se estima se generarán durante la fase de construcción se presentan en la tabla a continuación.

 

 

 

 

 

Cantidad

Unidad

Envases

Peligrosidad

Obra gruesa

228

Litros

Ácido Muriático

Corrosivo

16

Tubos

Tubos Fluorescentes

Tóxico Agudo

1597

Litros

Desmoldante

Inflamable

1251

Litros

Puente adherente estuco

Inflamable, corrosivo

578

Litros

Igol primer

Inflamable, tóxico crónico

576

Litros

Igol denso

Inflamable, tóxico crónico

Terminaciones

407

Litros

Puente adherente yeso

Inflamable, corrosivo

307

Litros

Bencina

Inflamable

2857

Litros

Pintura oleo

Inflamable, tóxico crónico

301

Litros

Diluyente

Inflamable

185

Litros

Adhesivo de contacto

Inflamable, tóxico crónico

83

Litros

Adhesivo Molduras

Inflamable

82

Litros

Trapos y huaipes con aceite

Tóxico crónico

329

Litros

Aceites lubricantes usados

Tóxico crónico

14

Pomo

Espuma de poliuretano

Inflamable, tóxico crónico

3000

Litros

Adhesivo cerámico

Inflamable

 

Ref.: Tabla 27 de la DIA

 

 

 

Manejo

 

Los residuos peligrosos serán almacenados de acuerdo al Artículo 33 del DS 148/2003 MINSAL. Este tipo de residuos no será mezclado con otro tipo de residuo, ya sea este del tipo inerte o de excavaciones y escarpe, disponiendo de una bodega especialmente habilitada para su almacenamiento transitorio, de acuerdo a lo indicado en el D.S. 148/03 del MINSAL. De esta forma se evitará causar algún perjuicio a la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo.

Para mayor detalle de los sitios de almacenamiento y manejo véase el acápite 3.4.1 y 3.4.2 (antecedentes para solicitar los PAS 140 y 142). Del capítulo 3 de la DIA.

Respecto del transporte y disposición final se realizará con una empresa que se encuentre autorizada para dichos fines por parte de la Autoridad Sanitaria.

Para el manejo y gestión de residuos sólidos generados durante la construcción se tendrá en consideración el “Guía de Buenas Prácticas Ambientales para la construcción” (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 2010).

 

Transporte

El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.

Disposición Final

Disposición en algún lugar autorizado por la SEREMI de Salud RM. Su retiro se realizará cada 6 meses de acuerdo al cumplimiento de la normativa.

     

 

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Fase de operación

Esta fase consiste en la operación de tres torres de destino habitacional, constituidas con un total de 1063 departamentos y las obras de equipamiento necesarias para su operación. 

4.3.2.1. Acciones

 

Accesos, vialidad y transporte

El proyecto se ubica entre los siguientes límites:

- Sur: Huidobro

- Norte: Pérez Cotapos

- Poniente: Independencia

- Oriente: Rafael Ramírez

 

En la figura 2.1 del documento de análisis vial básico presentado en el Anexo 7 de la Adenda, presenta un esquema de ubicación del proyecto y de las vías.

 

La ejecución del proyecto contempla un acceso por calle Perez Cotapos cuya operación es de ingreso y egreso vehicular. La operación del acceso es presentada en la Figura Nº 2.2 del Anexo 7 del Adenda.

 

El proyecto se localiza en un sector consolidado de la ciudad y cuenta con vialidad suficiente para darle accesibilidad. En los cuadros que siguen, se describen las rutas de ingreso y egreso vehicular estimadas.

 

Dirección

Norte

Ingreso

Independencia – Marcos Macuada – Padre López – David Arellano – Recabarren – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

Egreso

Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia

   

Dirección

Sur

Ingreso

Independencia – Huidobro – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

Egreso

Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal – Guanaco

   

Dirección

Oriente

Ingreso

Dorsal – Guanaco – Pablo Urzúa – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

Egreso

Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal

   

Dirección

Poniente

Ingreso

Dorsal – Independencia - Marcos Macuada – Padre López – David Arellano – Recabarren – Rafael Ramírez – Pérez Cotapos – Proyecto

Egreso

Proyecto – Pérez Cotapos – Independencia – Dorsal

 

Ref.: Numeral 3.2 del AVB del Anexo 7 de la Adenda

 

En las figuras 3.2 y 3.3 del documento de AVB del Anexo 7 del Adenda se esquematizan el ingreso y egreso del proyecto.

 

Respecto a la accesibilidad peatonal del proyecto, existe una conexión con transporte público de superficie con Paraderos próximos al proyecto por Huidobro hacia Independencia y por Pérez Cotapos hacia Independencia, con paraderos ubicados a menos de 200 m de los accesos al edificio.

 

En el documento de AVB del Anexo 7 de la Adenda, se presentan una serie de medidas de mitigación en materia vial.

 

El Proyecto cuenta con un Análisis Vial Básico (AVB) ingresado el  2 de septiembre de 2015 estando a la espera de su aprobación por parte de la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones; la copia de ingreso fue adjuntada en la DIA en el anexo 12 de la DIA y Anexo 7 de la Adenda. Sin perjuicio de lo anterior, ante la posible obtención de una RCA favorable, el titular se compromete a materializar todas las medidas de mitigación vial comprometidas en dicho informe.

 

 

 

Estacionamientos

De acuerdo a la tabla N° 9 de la DIA y la normativa vigente general relacionada, los estacionamientos exigidos ascienden a 247 estacionamientos, considerando 2 estacionamientos para el local comercial. Sobre esta base, las características de la zona y el proyecto, el titular propone un total de 248 estacionamientos.

 

Aguas lluvias

Se contempla que las aguas lluvias de cubiertas y patios duros irán a drenes distribuidos a lo largo del proyecto. En totalidad se contará con seis drenes, ubicados en el 4° subterráneo y el 1° piso general. En el Anexo 5 de la DIA, el proyecto presenta el informe de aguas lluvias para el proyecto. Un resumen de las características técnicas de los drenes se presentan en la tabla 29 y figura 18 de la DIA.

 

Una vez construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad de la administración de éste, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma:

  • La limpieza de techos, canaletas y cubetas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno.
  • Las cámaras sifones de aguas lluvias deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.

Como antecedente relacionado, en el Anexo 8 de la Adenda se presenta un esquema respecto de la ubicación del nivel freático, el cual señala que a 15 metros de calicata no se detectaron napas subterráneas. En este aspecto se estima que la infiltración de aguas lluvias no llegaría a la zona saturada de las napas subterráneas de la Región Metropolitana. Adicionalmente, el sello de la fundación, no sobrepasará los 11,5 m de profundidad.

Calderas y Calefacción

De acuerdo al numeral 4.1.1.1 del Anexo 9 de la Adenda, referido al Estudio de Emisiones, durante la fase de operación, el proyecto no utilizará calderas, en su lugar se utilizarán paneles solares térmicos (numeral 1.1.2 de la Adenda) como suministro de energía. Adicionalmente, respecto del sistema de calefacción utilizado en cada vivienda, será seleccionado y de responsabilidad de cada uno de los propietarios.

4.3.2.2. Suministros básicos

Agua potable y alcantarillado

El agua potable y alcantarillado será provista por la empresa sanitaria Aguas Andinas, la cual posee la concesión sanitaria del sector donde se emplazará el proyecto. El  certificado de factibilidad se adjunta en el Anexo 3 de la DIA.

 

Energía y Combustibles

La energía será provista por la empresa eléctrica Chilectra (empresa concesionaria de la comuna), la cual es la encargada de abastecer de electricidad a este sector de la comuna de Independencia.

 

Además se contempla la instalación de 1 grupo electrógeno de emergencia de 70 KVA, para el proyecto en general. Éste será utilizado sólo en caso de emergencias y para eventuales mantenciones de los edificios. Las características de los equipos se describen en la Tabla Nº 30 de la DIA.

 

De acuerdo a la normativa vigente, las instalaciones de electricidad proyectadas, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

 

El grupo electrógeno de emergencia, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC.

 

Las instalaciones interiores de gas, darán cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N° 66/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N° 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”.

 

Previo a su puesta en servicio, las instalaciones interiores de gas, serán declaradas ante la SEC, mediante instaladores de gas certificado por la misma de acuerdo al señalado DS 66/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, anteriormente citado, y generar el trámite de Combustibles TC6 “Declaración Instalaciones Interiores de Gas” ante SEC.

 

Recursos Naturales Renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar  recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en ninguna de sus fases.

 

4.3.2.3. Productos

Productos

El proyecto no generar ningún tipo de producto diferente a la entrega de 1063 viviendas.

         

 

 

 

4.3.2.4. Emisiones a la atmósfera y líquidas

a.- Material Particulado y Gases

Emisiones Atmosféricas

Generación de MP y Gases por combustión interna de fuentes móviles, generado por  el Grupo Electrógeno de emergencia.

 

Las emisiones calculadas corresponden a Material Particulado MP10 y MP2,5 y Gases (CO, HC, SOX y NOX).

 

 

Según el Anexo 9 de la Adenda, las emisiones MP10, SOx y NOx,  productos del uso de grupo electrógeno de emergencia son las siguientes, en comparación con las normas del plan de Prevención y descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago.

 

Fase de Operación

Año 5

Límite PPDA [ton/año]

MP10 [ton/año]

0,0012

2,5

SOx
[ton/año]

0,0018

50

NOx
[ton/año]

0,0339

8

 

Por tanto, no necesita compensar emisiones.

b.- Emisiones de  Ruido

Ruido

En el anexo 7 de la DIA, se presentó el estudio de ruido del proyecto corregido y consolidado. La principales fuentes generadora de ruido para la fase de operación Son las siguientes:

 

·         Grupo Electrógeno: Ubicada en el primer subterráneo.

·         Sala de Bombas: Ubicada en el cuarto subterráneo.

·         Salones Multiuso: Ubicadas en el piso 1 y azotea.

·         Sala de Máquinas: Ubicada en cubierta del edificio.

 

Para la verificación de los niveles de ruido se consideraron los siguientes puntos receptores en el área de influencia del proyecto, que muestran en la figura N° 2 del estudio acústico:.

 

R1: Vivienda abandonada de 1 piso de material sólido, ubicados en calle Huidobro #1733 colindante al Sur del área de proyecto.

R2: Bodega abandonada de 1 piso de material sólido, ubicado en la intersección de calle Independencia y Huidobro, colindante al Sur del área de proyecto.

 R3: Instalaciones abandonadas de 4 pisos de altura, ubicadas en Av. Independencia #2903 al Oeste del área de proyecto.

R4: Taller de hojalatería y vivienda de 1 y 2 pisos, ubicado en la intersección de calle Independencia y José Perez Cotapos, al Nor poniente del área del Proyecto.

R5: Galpón y viviendas de 1 piso de altura, ubicadas en Calle José Perez Cotapos al Noret del área del Proyecto.

R6: Vivienda de 1 piso de material sólido, ubicado en la calle Rafael Ramírez #2983 al Este del área de proyecto.

R7: Vivienda de 1 piso de material sólido, ubicado en calle Rafael Ramírez #2731 al Este del área de proyecto.

R8: Viviendas de 1 piso de material sólido, ubicadas en calle Huidobro #1711 al Sur del área de proyecto.

R9: Viviendas de 2 pisos de material sólido, ubicadas en calle Huidobro #1776 al Sur del área de proyecto.

R10: Viviendas de 1 piso de material sólido, ubicados en calle Independencia al Poniente del área del Proyecto.

 

Las distancias hacia los receptores fluctúan entre 1 a 52 m

                                                                                                                    

La evaluación de los niveles de ruido se realiza con respecto al límite establecido por el D.S. Nº38/11 del MMA según la ubicación de los receptores y el uso de suelo según el Plan Regulador Comunal (PRC) de Independencia y de Conchalí. En este caso, los puntos receptores R1, R2, R3, R4, R8, R9 y R10 se encuentran ubicados en Zona C y los puntos R6 y R7, se encuentran en Zona A1 de la comuna de Independencia. Ambas zonas sólo permiten usos de suelo residencial y de equipamiento lo que corresponde a Zona II, según lo establecido en el D.S.38/11 del MMA, cuyos límites máximos permisibles son 60 y 45 dBA, para horario diurno y nocturno respectivamente. Y por otro lado, el Punto R5, se encuentra ubicado en Zona ZM-4 de la comuna de Conchalí, la que permite usos de suelo residencial, equipamiento y actividades productivas, lo que es homologable a Zona III del D.S.38/11 del MMA, cuyos límites máximos permisibles son 65 y 50 dBA, para horario diurno y nocturno respectivamente.

 

Para el horario diurno de la fase de operación, la normativa no se cumple en el Receptor 1 (R.1). Para el horario nocturno en general no se cumple. En este ámbito, debido a la superación normativa estimada producto de la salida de escape del Grupo Electrógeno de Emergencia se implementará un silenciador que atenúe al menos los 17 dB indicados como superación normativa. En la figura 17 de la Adenda, se muestra la ficha técnica del equipo silenciador.

 

Considerando la medida de abatimiento de ruido en su origen, el proyecto el DS 38/2011 MMA, con los siguientes niveles estimados:  

 

Horario Diurno

Receptor

NPS Operación

Límite normativo

Cumplimiento

 [dBA]

diurno [dBA]

R1

60

60

R2

51

60

R3

48

60

R4

42

60

R5

44

65

R6

50

60

R7

50

60

R8

51

60

R9

50

60

R10

43

60

 

Horario Nocturno

Receptor

NPS Operación

Límite normativo

Cumplimiento

 [dBA]

diurno [dBA]

R1

45

45

R2

45

45

R3

42

45

R4

42

45

R5

39

50

R6

45

45

R7

45

45

R8

45

45

R9

44

45

R10

37

45

 

Ref.: Tablas 43, 44 y 61 del Estudio Acústico del Anexo 7 de la DIA

 

Adicionalmente, se considerarán las siguientes medidas aplicables a la fase de operación:

 

·          Se realizará un monitoreo de ruido, una vez implementada la medida de control, con el grupo electrógeno a máxima carga de modo de corroborar el cumplimiento normativo.

·         Mantención regular de equipos.

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

 

c.- Emisiones líquidas

Nombre

Descripción

Aguas Servidas

Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas que serán descargadas al sistema de alcantarillado público, según consta en el Certificado de Factibilidad N°003774 de fecha 21 de mayo de 2016, otorgada por la empresa Aguas Andinas, documento adjunto en el Anexo 3 de la DIA y Anexo 5 de la Adenda.

 

Tabla 4.3.2.5.- Residuos Sólidos

a.- Residuos domésticos y asimilables

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Dada a la naturaleza del proyecto, de tipo habitacional, se espera que para la fase de operación sólo se generen residuos de tipo domiciliarios y asimilables a domiciliarios.

Para el cálculo de este tipo de residuos han sido considerados un total de 2.183 habitantes para un total de 1.063 viviendas. Lo anterior se basa en las variadas superficies que tendrá cada uno de los departamentos, la mayoría de 1 dormitorio (1.006 de los 1.063 contemplados) donde se proyectan hasta 2 habitantes por viviendas. De los 57 departamentos restantes, debido al metraje, se contemplan 3 habitantes por vivienda.

De acuerdo a lo establecido en el proyecto de sala de basuras se prospectan 8 salas de basura y 13 ductos de basura distribuidos en el 1° subterráneo. Cada sala de basura tendrá distinto número de contenedores para la basura común, esto basado en la cantidad de residentes albergados en las distintas torres. En el acápite 3.4.1. de la DIA, y numeral 3.3 de la Adenda se presentan los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, relativo al almacenamiento de residuos.

Por lo tanto, en la siguiente tabla se indican los residuos totales producidos en el proyecto inmobiliario, teniendo en cuenta una dotación de 4 L/hab/día, el resultado corresponde al total de las tres torres.

Residuo

Domiciliario o Asimilable a Domiciliarios

Componentes del residuo

Restos de comida, papel, cartón, textiles, goma, cuero, vidrio, cerámicas, latas entre otros.

Cantidad generada (m3 o L) en unidad de tiempo (día o mes)

8.732 L/día

Cantidad (m3 o L) que egresan del sitio de almacenamiento

26.196 L/ 3 días

Cantidad (m3o L) enviados a disposición final por terceros.

26.196 L

Manejo de Residuo

Se almacenarán de forma particular en cada una de las viviendas, posteriormente serán conducidas a través de los shaft hacia alguna de las 8 salas de basuras ubicadas en el primer subterráneo. Finalmente y previo al retiro municipal, la basura será trasladada en contenedores con ruedas hacia las salas de pre-carguío hasta donde podrán acceder los camiones municipales. Se considera un periodo de acumulación de 3 días.

Disposición Final

Traslado a relleno sanitario por medio de camiones de recolección municipal.

Ref.: Tabla 33 de la DIA.

 

Residuos sólidos reciclables

En el Capítulo 3 de la DIA, se presentan los antecedentes técnicos necesario para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, relativo al almacenamiento de residuos. En cada piso de la torre se dispondrá un closet ecológico para facilitar la separación y manejo de residuos para la reutilización.

 

b.-  Residuos peligrosos

Residuos peligrosos

El proyecto durante la fase de operación no genera residuos sólidos peligrosos.

 

     

 

4.3.3. FASE DE CIERRE

Fase de Cierre

Dada las características del proyecto, su vida útil es indefinida. Por tanto, no considera fase de cierre.

 

 

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Noviembre del Año 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de faena

Fecha estimada de término

Noviembre del año 2020

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción de Obras por parte de la Municipalidad de Independencia

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Noviembre del Año 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Inicio de la entrega de departamentos a sus dueños.

Fecha estimada de término

Indefinida

 

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental no significativo

Emisiones de material particulado, ruido y generación de residuos

Parte, obra o acción que lo genera

Etapas de la fase de construcción y operación

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

Población del área de influencia del proyecto señalada en el anexo 9 de la Informe de medio humano, en general, las cuadras aledañas al proyecto.

Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El Proyecto genera emisiones de material particulado y gases durante sus fases de Construcción y Operación, producto de movimientos de material, circulación de vehículos y uso de un equipo electrógeno, principalmente, las que son calculadas y declaradas en el Anexo 9 de la Adenda. En este aspecto, da cumplimiento a la normativa vigente para la Región Metropolitana, que corresponde al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica. En efecto, tanto en la fase de construcción y como en la fase de operación del proyecto no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA (D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES). Sin perjuicio de ello se comprometen medidas de gestión para la fase de construcción y operación que se detallan en la letra a) de los numerales 4.3.1.3 y 4.3.2.4 de la presente Resolución.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Los niveles de ruido proyectados sobre los receptores cercanos al proyecto, durante la fase de construcción y operación, se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa vigente D.S. N°38/2011 MMA, al incorporar las medidas de control descritas en el capítulo 8 del Anexo 7 de la DIA, Estudio Acústico.  En este aspecto, los niveles de ruido generados por la construcción y operación, cumplirán la normativa considerando las medidas de atenuación de ruido y de gestión indicadas en el capítulo 9 del estudio acústico,  cumpliendo con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para el período diurno en el caso de la fase de construcción y para todo horario en la fase de operación. Las medidas de gestión se detallan en la letra b) de los numerales 4.3.1.3 y 4.3.2.4 de la presente Resolución.

 

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos producto de lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad. No se efectuarán lavados de vehículos, ni de ruedas en el espacio público.

 

Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semana, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final.

 

El abastecimiento de agua potable y descarga al alcantarillado para las personas que participen en las actividades de construcción, se obtendrá mediante la conexión a las redes pertenecientes a Aguas Andinas S.A, tal como se puede observar en certificado de factibilidad, adjunto en el Anexo 3 de la DIA.

 

Durante la fase de operación del proyecto no se generarán residuos líquidos. Sin embargo, si se generarán aguas servidas que serán descargadas al sistema de alcantarillado público, según se indica en el Certificado de Factibilidad N°003774 de fecha 18.05.2015, otorgado por la empresa Aguas Andina, documento adjunto en el Anexo 3 de la DIA.

 

 

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Según lo señalado anteriormente, las emisiones atmosféricas, incluidas las de ruido, cumplen con la normativa vigente y se detallan en las letras a) y b) del numeral 4.3.1.3, para la fase de construcción y letras a) y b) del numeral 4.3.2.4 para la fase de operación, ambos de la presente Resolución.

 

Adicionalmente, los residuos se manejarán y dispondrán de forma autorizada y de acuerdo a la normativa vigente, según lo descrito en las letras a) y b) del numeral 4.3.1.4 para la fase de construcción y letras a) y b) del numeral 4.3.2.5, para la fase de operación, ambos de la  presente Resolución.

 

Referencia

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental no significativo

Efectos sobre recursos naturales renovables

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

 

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra intervenida, por lo que la ejecución del mismo, no interferirá en la pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Cabe señalar que el área del proyecto se encuentra intervenida y presenta pavimentación. En el Anexo 9 de la DIA, Estudio de Medio Humano y el  7 de la Adenda, sobre el estudio vial básico del proyecto, se puede visualizar las características del predio y el entorno

 

 

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

Como se ha señalado en la letra anterior, el área de emplazamiento se encuentra intervenida, por lo que el proyecto no interferirá en la pérdida de diversidad biológica, o en la pérdida de superficie con plantas, algas, hongos y/o animales silvestres o en su abundancia, debido a que el terreno de emplazamiento se encuentra desprovisto de plantas, algas, hongos y/o animales silvestres.

 

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

Como ya se ha señalado, el área de emplazamiento se encuentra intervenida, por lo que la construcción y operación del proyecto no generará pérdida de suelo o efectos sobre el suelo o el agua. Respecto al componente ambiental aire, se dará cumplimiento al PPDA, de acuerdo a las emisiones estimadas para las fases de construcción y Operación, las que se resumen en la letra a) de los numerales 4.3.1.3 y 4.3.2.4 de la presente Resolución.

 

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En el área de emplazamiento del Proyecto no se constató la presencia de especies silvestres, tanto en el componente fauna, como en flora; el área se encuentra intervenida, tal como se visualiza en el Anexo 9 de la DIA, Estudio de Medio Humano y el  7 de la Adenda, sobre el estudio vial básico del proyecto.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

En el área de emplazamiento del proyecto no se constató la presencia de especies silvestres en estado de conservación, tanto en el componente fauna, como en flora nativa; el área se encuentra intervenida, tal como se visualiza en el en el Anexo 9 de la DIA, Estudio de Medio Humano y el  7 de la Adenda, sobre el estudio vial básico del proyecto.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Se utilizarán algunas sustancias químicas durante la fase de construcción, entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros, las que se almacenaran y dispondrán de acuerdo a la normativa vigente, según los numerales 4.3.1.2 y 4.3.1.4 de la presente Resolución.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

No se generará impacto en volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas y glaciares.

 

El proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. El predio no cuenta con ningún curso de agua.

 

El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad N°003774 de fecha 21 de mayo de 2015, otorgada por la empresa Aguas Andinas, documento adjunto en el Anexo 3 de la DIA.

 

Según el anexo 8 de la Adenda la profundidad máxima de excavación, considerando el sello de  fundación será de 11,50 m. Al respecto según el informe de mecánica de suelos del Anexo 11 de la DIA, no se observó presencia de napas en calicatas de exploración que llagan a 15 m de profundidad. 

 

Por tanto, es posible indicar que no existirá una afectación del recurso hídrico subterráneo, dado que entre las excavaciones a realizar por las obras del proyecto (drenes y fundaciones) estás no sobrepasaran los 11,5 m de profundidad respecto del nivel freático de mayor profundidad.

 

 

 

 

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

No se generará la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

 

Referencia

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental no significativo

Afectación a grupos humanos

Parte, obra o acción que lo genera

Emisiones de material particulado y ruido en la fase de construcción.

Uso de equipamiento y afectación a la libre circulación en la fase de operación.

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

Anexo 9 de la DIA Informe de Medio Humano

Reasentamiento de comunidades humanas

No. El área de proyecto actualmente no se encuentra habitada, por tanto no se generará desplazamiento o reasentamiento alguno. Considerando además que el proyecto ha sido desarrollado en conformidad a la planificación territorial aplicable al proyecto, es decir, Plan Regulador Comunal de Santiago 1991.

 

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El grupo humano que habita el área de influencia del Proyecto no accede a los recursos naturales disponibles en el lugar para sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, como medicinal, espiritual o cultural, por lo tanto no se considera que se interviene, usa o restringe el acceso a estos recursos. El lugar donde se emplazará el proyecto actualmente corresponde a un sitio deshabitado.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Adicionalmente, al informe de Medio Humano del Anexo 9 de la DIA, que caracteriza la zona incluyendo su vialidad y accesos, el proyecto cuenta con un Análisis Vial Básico (AVB) ingresado el  2 de septiembre de 2015 estando a la espera de su aprobación por parte de la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones; la copia de ingreso fue adjuntada en la DIA en el anexo 12 de la DIA y en el Anexo 7 de la Adenda, se adjuntó el documento de análisis vial básico del proyecto.

 

Sobre la base de lo anterior, la vialidad inmediata involucrada, en función de sus capacidades, flujo vial y áreas de estacionamientos permitidos, en las rutas de acceso de los usuarios del proyecto se han estudiado en profundidad, considerando todas las direcciones. En consecuencias corresponden a la Avenida Independencia y las calles Huidobro, Rafael Ramírez y Pérez Cotapos. Por lo que, teniendo como base  es posible establecer lo siguiente:

 

-          Los niveles de flujo vehicular observados permiten verificar que es posible la operación del edificio sin generar un impacto relevante.

-          El acceso vehicular proyectado por calle Pérez Cotapos, cuenta con las distancias mínimas que deben existir entre el acceso y las intersecciones contiguas.

-          El proyecto cuenta con un servicio de transporte público cercano que le permite ofrecer un alto nivel de accesibilidad.

-          Se proponen medidas viales que abordan el área de influencia definida, generando una propuesta que mejora la operación de tránsito del entorno del proyecto, las cuales se citan en el numeral 4.3.2.1 de la presente Resolución y Anexo 7 de la Adenda.

 

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Sobre la base del análisis de la situación actual del proyecto en relación a su ubicación,  oferta de bienes, equipamiento, servicios e infraestructura básica, así como el perfil a quienes se orienta la oferta del proyecto, el área de influencia se caracteriza por disponer de acceso a bienes y servicios, tanto en la comuna como fuera de ella. La buena conectividad permite que los grupos humanos puedan acceder a una diversa oferta de salud y educación, así como a comercio diversificado accesible para todo tipo de público.

 

En el Anexo 9 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presenta un análisis y un catastro de servicios y equipamiento comunitario. Al respecto, el Área de Influencia cuenta con adecuada disponibilidad de equipamiento comunitario y oferta de servicios comerciales.

 

En detalle, en cuanto a la infraestructura de transporte es posible mencionar que el sector cuenta con dos vías troncales de alto flujo de transporte público: Av. Independencia y Av. Dorsal. En el primer caso, se trata de una de las vías estructurantes de la comuna homónima, por donde transitan variados recorridos del servicio Transantiago que comunican el sector norte y sur de la capital, además empalma en estación Metro Cal y Canto que permite a los habitantes desplazase hacia diferentes puntos de Santiago. Esta situación se repite en el caso de Av. Dorsal, por donde circulan recorridos de buses que conectan con distintas estaciones de la Línea 2.

 

Respecto a este punto cabe agregar que para el año 2018 se contempla la inauguración de la Línea 3 de Metro que situará 6 estaciones sobre el eje de Av. Independencia, identificándose 2 de ellas dentro del Área de Influencia y a pocas cuadras del Proyecto.

 

En relación a la presencia de equipamiento educacional, dentro del Área de Influencia se han identificado 17 establecimientos distribuidos equitativamente en el sector: 6 corresponden a dependencia municipal, 10 particular subvencionado y 1 particular pagado. En su mayoría se trata de amplios edificios con óptima infraestructura que permitirían cubrir la demanda de matrículas.

 

Sumado a estos, fue posible ubicar 8 jardines infantiles, de los cuales 4 cuentan con servicio de sala cuna.

 

Por lo que se refiere a establecimientos de salud, la comuna cuenta con el Hospital San José, correspondiente al principal servicio del Sistema de Salud Metropolitano Norte. Complementario a ello, en las cercanías del Área de Influencia se encuentra el CESFAM Dr. Agustín Cruz Melo y recintos de salud particulares, destacando el que se encuentra en Av. Dorsal debido a su extensión.

 

complementariamente, los habitantes del edificio contarán con parte de los servicios dentro del mismo,  los que corresponden a los siguientes:

          Creación de 248 estacionamientos totales propuestos para sus residentes y visitas.

          Sala multiuso,

          Gimnasio y

          Lavandería.

 

Se proponen medidas viales que abordan el área de influencia definida, generando una propuesta que mejora la operación de tránsito del entorno del proyecto, las cuales se citan en el numeral 4.3.2.1 de la presente Resolución y en el Estudio Vial Básico (AVB) del Anexo 7 de la Adenda.

 

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, culturales o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El Proyecto, por su naturaleza y ubicación, no alterará o incidirá en la dimensión antropológica, puesto que no se relaciona con aspectos étnicos, ni con manifestaciones de la cultura de la población, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados.

 

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

No hay tierras ni poblaciones indígenas en el área de influencia del proyecto.

Referencia

Capítulo 5 y  6 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental no significativo

Afectación al territorio y su valor ambiental

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de poblaciones protegidas

No hay poblaciones protegidas en la zona de influencia del proyecto.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

No existen recursos, áreas protegidas y sitios prioritarios en la localización y área de influencia del proyecto.

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

Cabe consignar que el proyecto o actividad no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni afecta el valor ambiental de algún territorio o recurso a conservar.

 

 

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

De la revisión bibliográfica realizada permite sostener que en la zona de desarrollo del proyecto no se presentan Monumentos Nacionales en las categorías de Monumento Histórico, Zona Típica, Santuario de la Naturaleza y Monumento Público. Los monumentos declarados más cercanos (a más de 1.000 m. al sur) al área en donde se desarrollará el presente proyecto corresponden a un conjunto de edificios habitacionales declarados como Zona Típica (Población Los Castaños) y 1 una vivienda individual definida como Monumento Histórico (Casa Av. Francia n°1442), situados en la misma comuna de Independencia, y a un inmueble declarado Monumento Histórico en la adyacente comuna de Conchalí (Casa Consistorial de Conchalí, Ex Casa patronal de la Chacra Lo Negrete) (Consulta en www.monumentos.cl, 14/09/2015). Estos y todos los otros situados en la comuna de Independencia se detallan en la tabla 1 del informe Arqueológico del Anexo 10 y tabla 39 de la DIA, indicándose la distancia aproximada al área utilizada por el presente proyecto, las que fluctúan entre 1400 a 3600 m de distancia respecto del proyecto.

 

 

 

Referencia

Capítulo 5 y 6 del ICE

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental no significativo

Afectación al valor paisajístico o turístico de la zona.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguno

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de valor turístico

Fuera del área de influencia del proyecto

Existencia de valor paisajístico

Fuera del área de influencia del proyecto

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

El Proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

 

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

El proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

 

Referencia

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

 

 

 

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental no significativo

Alteración del patrimonio cultural

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Fuera del  área de influencia del proyecto.

Para justificar que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

En el Anexo 10 de la DIA se presentó el informe Arqueológico de la zona de ubicación del proyecto. De la revisión bibliográfica realizada permite sostener que en la zona de desarrollo del proyecto no se presentan Monumentos Nacionales en las categorías de Monumento Histórico, Zona Típica, Santuario de la Naturaleza y Monumento Público. Los monumentos declarados más cercanos (a más de 1.000 m. al sur) al área en donde se desarrollará el presente proyecto corresponden a un conjunto de edificios habitacionales declarados como Zona Típica (Población Los Castaños) y 1 una vivienda individual definida como Monumento Histórico (Casa Av. Francia n°1442), situados en la misma comuna de Independencia, y a un inmueble declarado Monumento Histórico en la adyacente comuna de Conchalí (Casa Consistorial de Conchalí, Ex Casa patronal de la Chacra Lo Negrete) (Consulta en www.monumentos.cl, 14/09/2015). Estos y todos los otros situados en la comuna de Independencia se detallan en la tabla 1 del informe Arqueológico y 39 de la DIA, indicándose la distancia aproximada al área utilizada por el presente proyecto, las que fluctúan entre 1400 a 3600 m de distancia respecto del proyecto.

 

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

En el Anexo 10 de la DIA se presentó el informe Arqueológico de la zona de ubicación del proyecto. El trabajo arqueológico realizado comprendió en primer lugar un trabajo en gabinete orientado a la búsqueda de referencias de sitios arqueológicos para la zona en cuestión en la bibliografía especializada y, posteriormente, un trabajo en terreno centrado en la identificación de evidencias arqueológicas y patrimoniales en general. El estudio.  arrojó como resultado la inexistencia de elementos arqueológicos y patrimoniales, considerando una revisión superficial del área. 

 

Adicionalmente, el titular del proyecto se comprometió a caracterización arqueológica mediante una red de pozos de sondeo (mínimo 5) a efectuar por un profesional arqueólogo en el área del proyecto, posterior a la demolición de las instalaciones, previa a la instalación de faena y excavaciones, entendiéndose lo anterior, posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental pertinente.

 

Para lo anterior, un arqueólogo deberá presentar una solicitud de excavación al Consejo de Monumentos Nacionales (www.monumentos.cl), según los requerimientos del artículo 7 del Reglamento de Excavación de la Ley 17.288. En esta solicitud se deberá detallar el plan de trabajo, metodología y distribución de unidades de muestreo. El informe ejecutivo de excavación deberá ser remitido al Consejo de Monumentos Nacionales, un mes antes del comienzo de las obras de excavación.

 

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

 

 

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

En el área de proyecto, conforme a lo señalado en el Informe de medio Humano y Arqueológico, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

 

Referencia

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

 

6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

Tabla 6.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos domésticos y asimilables en la fase de construcción

Salas de Basura en la fase de operación. En el capítulo 3 de la DIA y numeral 3.3 de la Adenda se presentan los antecedentes de los PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes necesarios durante la evaluación ambiental, por lo que esta SEREMI de Salud se pronuncia conforme e indica que se puede otorgar el citado permiso, tanto para la etapa de construcción como de operación. 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 3053 del 27 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

Referencia

Capítulo 9 del ICE

 

Tabla 6.2. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 142 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento temporal de residuos peligrosos. En el capítulo 3 de la DIA se entregan los antecedentes de los PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes relativos al sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto, por lo que esta Autoridad Sanitaria Regional se pronuncia conforme e indica que se puede otorgar el citado Permiso Ambiental.  

 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 3053 del 27 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

Referencia

Capítulo 9 del ICE

 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas

NORMA

Decreto Supremo 66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Ejecución de las obras y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto (fase de construcción)

Forma de cumplimiento

Para el manejo y control de las emisiones provenientes de las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y constructivas se consideran las medidas descritas en el numeral 4.1.4.1 del presente ICE.

 

Conforme a las estimaciones de emisión de contaminantes, tanto para las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y construcción, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones, ya que está bajo los límites establecidos en el PPDA, tal como se demuestra en el Anexo 9 de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de lavado de ruedas entre otros.

Forma de control y seguimiento

Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas

NORMA

Decreto Supremo 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Actividades propias de la construcción y operación de grupos electrógenos durante la fase de operación.

Forma de cumplimiento

Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo, evitando molestias a la comunidad.

Se utilizarán equipos que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se considera contar con los registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en la obra, además de las exigencias de los contratistas de transitar con los camiones encarpados para evitar la dispersión de polvo.

Para la operación se contará con las autorizaciones de los equipos y la declaración de emisiones correspondientes.

Forma de control y seguimiento

Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas

NORMA

Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte residuos (excedentes de tierra de excavaciones).

Forma de cumplimiento

Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, especialmente la re-suspensión de material particulado a la atmósfera desde la carga del camión, para ello se utilizarán carpas para el cubrimiento de la carga, además de humectar el material o residuo a transportar.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará un registro, a modo de Check List, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes.

Forma de control y seguimiento

Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno entren y salga de la obra encarpados.

 

COMPONENTE/MATERIA: Aire – Ruido

NORMA

Decreto Supremo Nº 38/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Fase de construcción: Excavaciones y obra gruesa.

Fase de operación: Sala de máquinas, multiuso y grupo electrógeno.

Forma de cumplimiento

Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que no se superarían los niveles establecidos en el decreto durante la fase de construcción, si se implementan medidas especiales de abatimiento descritas en el Estudio Acústico Anexo 7 de la DIA, además para la fase de operación no se superan los límites normativos. Las medidas se señalan en el numeral 4.1.4.2 de este ICE.

Indicador que acredita su cumplimiento

Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de abatimiento de ruido.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios e inertes de la construcción).

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio.

Forma de cumplimiento

El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos.

Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana.

La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. 75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria.

Durante la fase de operación los residuos de los locales comerciales serán retirados por el servicio municipal de recolección de basura.

Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura de cada torre y retirados por el servicio municipal de recolección de basura.

Indicador que acredita su cumplimiento

La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de construcción y operación.

Forma de control y seguimiento

Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes.

 

COMPONENTE/MATERIA: Residuos - Peligrosos

NORMA

Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento

El titular presentó los antecedentes del PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante la construcción del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final en sitio autorizado.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y residuos

NORMA

Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos.

Forma de cumplimiento

Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC) realizando las declaraciones pertinentes una vez al año durante todo el periodo que dure la fase de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración de residuos a través del RETC de forma anual.

Forma de control y seguimiento

Contar con todos los registros de envío de residuos a sitio de disposición final y anualmente realizar la declaración correspondiente.

 

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte materiales y residuos (excedentes de tierra de excavaciones y escombros).

Forma de cumplimiento

Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará un registro, a modo de Check List, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes.

Forma de control y seguimiento

Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones y escombros o material para relleno entren y salga de la obra encarpados.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley N°850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/60.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar durante la construcción, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Además de no derramar ni vaciar materiales de ninguna especie en caminos y vías públicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.

Forma de control y seguimiento

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

Decreto Supremo N°200/1993 del Ministerio de Obras Públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.

Forma de control y seguimiento

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

Decreto Supremo N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

Forma de cumplimiento

Los camiones se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Forma de control y seguimiento

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

D.S. N° 298/95 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustancias y residuos peligrosos desde y hacia la obra.

Forma de cumplimiento

Todo transporte de sustancias peligrosas será realizado en vehículos que cumplan con esta norma. De hecho, el transporte será realizado por las empresas proveedoras de los insumos

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar la propiedad de los camiones.

Forma de control y seguimiento

Registro de vehículos que ingresen a la obra con sustancias peligrosas

 

COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

NORMA

Decreto Supremo N°18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transporte, Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

Forma de cumplimiento

Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N°18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Recomendación de horarios de tránsito por las vías indicadas en los contratos suscritos con empresas prestadoras de servicios.

Forma de control y seguimiento

Copias de los contratos con la recomendación de los horarios de circulación.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio

NORMA

Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales, Modifica las leyes N°16.617 y N°16.719; deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 (última versión de 12-02-2010).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).

Forma de cumplimiento

Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos en el Área de Influencia del proyecto (Ver Anexo 10 de la DIA).

 

Caracterización arqueológica mediante una red de pozos de sondeo (mínimo 5) a efectuar por un profesional arqueólogo en el área del proyecto, posterior a la demolición de las instalaciones, previa a la instalación de faena y excavaciones, entendiéndose lo anterior, posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental pertinente.

 

Para lo anterior, un arqueólogo deberá presentar una solicitud de excavación al Consejo de Monumentos Nacionales (www.monumentos.cl), según los requerimientos del artículo 7 del Reglamento de Excavación de la Ley 17.288. En esta solicitud se deberá detallar el plan de trabajo, metodología y distribución de unidades de muestreo. El informe ejecutivo de excavación deberá ser remitido al Consejo de Monumentos Nacionales, un mes antes del comienzo de las obras de excavación.

 

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El informe del arqueólogo ya realizado y además se tendrá registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.

Forma de control y seguimiento

Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio

NORMA

Decreto Supremo Nº 484 de 1991 del Ministerio de Educación (D.O. 02.04.91) Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular procederá a informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley.

Indicador que acredita su cumplimiento

El informe de la arqueólogo ya realizado y se tendrá registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.

Forma de control y seguimiento

Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

 

COMPONENTE/MATERIA: Seguridad y Salud Ocupacional

NORMA

Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (última versión 08-11-2013).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas, obra en general.

Forma de cumplimiento

Se utilizarán baños en número y condiciones que disponen los artículos 20 a 25 del Reglamento en comento, cuya limpieza y disposición de residuos será de responsabilidad de la constructora a cargo de la obra.

Indicador que acredita su cumplimiento

Indicadores de cumplimiento normativo (autorización de obras preliminares, y permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Independencia) y del informe realizado por el prevencionista de riesgo respecto de seguridad y salud ocupacional.

Forma de control y seguimiento

Seguimiento por prevencionista de riesgos de la obra quien deberá velar por el cumplimiento del buen estado y óptimas condiciones de los servicios.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones de Eléctricas y Sala de Calderas

NORMA

Decreto Supremo N°298/2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba reglamento para la certificación de productos eléctricos y combustibles, y deroga decreto que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalaciones de eléctricas

Forma de cumplimiento

Previo a la operación del proyecto se realizarán las certificaciones y aprobaciones correspondientes (calderas y grupos electrógenos de emergencia), dando cumplimiento a lo indicado en el citado decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de las certificaciones y aprobaciones emitidas por la SEC.

Forma de control y seguimiento

Disponible para fiscalización

 

COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones Eléctricas

NORMA

Decreto Supremo N°92/1983 del Ministerio de Economía. Aprueba Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalaciones eléctricas.

Forma de cumplimiento

Se declararán todas las instalaciones de electricidad ante la SEC previo a su puesta en servicio en los términos indicados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se emplearán sólo instaladores certificados (con su licencia al día) por la SEC.

Forma de control y seguimiento

Contrato de trabajo con copia de la licencia correspondiente.

Referencia

Capítulo 8 del ICE

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

Tabla 8.1. Patrimonio Cultural

Riesgo asociado

Afectación al Patrimonio Cultural

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de la normativa y Protección sobre el  patrimonio culturas, en el caso de hallazgos.

 

Descripción:

 

Caracterización arqueológica mediante una red de pozos de sondeo (mínimo 5) a efectuar por un profesional arqueólogo en el área del proyecto, posterior a la demolición de las instalaciones, previa a la instalación de faena y excavaciones, entendiéndose lo anterior, posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental pertinente.

 

Para lo anterior, un arqueólogo deberá presentar una solicitud de excavación al Consejo de Monumentos Nacionales (www.monumentos.cl), según los requerimientos del artículo 7 del Reglamento de Excavación de la Ley 17.288. En esta solicitud se deberá detallar el plan de trabajo, metodología y distribución de unidades de muestreo. El informe ejecutivo de excavación deberá ser remitido al Consejo de Monumentos Nacionales, un mes antes del comienzo de las obras de excavación.

 

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

 

Lugar y forma

Lugar: En toda el área del proyecto.

 

Forma: Paralización de obras ante cualquier riesgo y aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Informe ejecutivo enviado al CMN

Registro aviso en caso de hallazgos al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA.

Forma de control y seguimiento

Informe ejecutivo de evaluación y procedimientos aplicados enviado al CMN y SMA

Referencia

Oficio Ordinario N° 00312 de fecha 27 de enero de 2016, del  Consejo de Monumentos Nacionales.

Oficio Ordinario N° 02638 de fecha 29 de julio de 2016, del  Consejo de Monumentos Nacionales.

 

Tabla 8.2. Acústica Ambiental

Impacto asociado

Emisiones de ruido

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y reducir molestias a los grupos humanos del área de influencia.

 

Descripción:

Durante toda la fase de construcción del proyecto, se deberá implementar barreras acústicas entorno al proyecto, las cuales deberán ser construidas con materiales que  cumplan con una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m2 y se encuentren herméticamente selladas. La ubicación y altura de estas barreras en las distintas fases de construcción serán las indicadas en las figuras 14,16,17,18, 22, 23 y 24 del Anexo 7 de  “Ruido y Vibraciones” de la DIA. 

Para los trabajos en altura se deberá cubrir los vanos en las fachadas del edificio en construcción, para esto se deberá instalar paneles de OSB de 15 mm de espesor en los pisos en construcción Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya la edificación. Para la actividades desarrolladas en la losa de avance donde no sea posible cerrar vanos, se implementarán barreras acústicas de 2 m de altura, cuya materialidad cumpla con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, y será ubicada en todo el perímetro de la losa de avance. 

Para las faenas desarrolladas a nivel de piso y en la losa de avance, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá           cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: Paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Dichas pantallas        deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de        ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán          disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño. La     cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una          capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

Se deberán implementar las Medidas de Gestión indicadas en el punto 8.3 del Anexo “Ruido y Vibraciones” de la DIA.

Para la etapa de operación, los equipos generadores de ruido serán ubicados dentro de salas cuyos elementos constructivos (Muros, Puertas, Ventanas) deberán poseer un aislamiento igual o superior a un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además los equipos y sus ductos deberán poseer montajes antivibratorios de tal forma de quedar        aislados mecánicamente de la estructura de la obra gruesa. Los ductos de salida o escapes     de gases deberán poseer silenciadores que garanticen niveles de ruido de emisión medidos          en el lugar de los receptores por debajo de los 45 dB(A). Lo anterior implica que se deberá            implementar silenciadores de escape en el generador que garanticen una atenuación global de 17 dB(A) y Reducir 6 dB(A) en la Salida de ventilación de las salas de máquinas ubicada más al poniente de la torre de la Etapa 2 y 5 dB en la salida de ventilación de la            Sala de máquinas ubicada más al oriente de la torre de la Etapa 2 y en la de la Etapa 3.

Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace. 

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: sobre las fuentes de ruido y  en el área de influencia.

 

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas comprometidas y citadas anteriormente.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registros de Capacitación

Registro fotográfico de las medidas comprometidas en la fase de construcción y operación.

 

Forma de control y seguimiento

Informe de cumplimiento de medidas enviado semestralmente a SEREMI de Salud y SMA en la fase de construcción.

Referencia

Oficio Ordinario N° 3053 de fecha 27 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud Región Metropolitana de Santiago.

 

Tabla 8.3. Recursos Hídricos

Riesgo Asociado

Afectación a recursos hídricos de cualquier índole

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y protección sobre los recursos hídricos.

 

Descripción:

 

Las aguas a utilizar en las Fases de Construcción (uso doméstico, consumo humano, humectación, etc.) y Operación del proyecto (uso doméstico, red de incendio, etc.), se obtendrán de acuerdo al arranque preexistente en terreno y la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas, según lo declarado por el Titular en el Anexo 3 de la DIA y la respuesta a la Observación 1.6.1.1 del Adenda 1.

Se realizará humectación de las pilas de acopio y vías internas con la finalidad de duplicar la humedad de los primeros 2,5 cm del suelo.

Se limpiarán las ruedas de los vehículos a la salida de la obra compuesto por una piscina y sistema de canaletas que conducirán las aguas residuales hacia un estanque a la espera que las aguas sean evaporadas. Aquellas aguas residuales que no logren ser evaporadas, serán retiradas de la obra por una empresa externa autorizada. Por su parte, los lodos serán recolectados y eliminados en conjunto con los escombros y/o excavaciones y llevados a un sitio de disposición final autorizado, según lo declarado en acápite 1.5.7.3 de la DIA y respuesta a la Observación 1.5.7.3 del Adenda.

No se realizará lavado de canoas de camiones mixer al interior del proyecto, de acuerdo a lo declarado en los acápites 1.5.5.12 y 1.5.8.2 de la DIA.

Se realizará limpieza de los paneles solares a través de una empresa externa autorizada. Las aguas a utilizar corresponden a una tipo destilada, evitando la presencia de sales en solución y posteriores restos de residuos sobre la lámina; siendo importante señalar que no utilizarán ni detergentes ni aditivos en la solución. Se mantendrán en la cubierta hasta conseguir la evaporación del agua usada en el proceso, según lo declarado en respuesta a la Observación 1.6.1.6 del Adenda 1.

El Titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en el acápite 1.6.6.3 de la DIA.

El Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

a.   Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.   Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c.       Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d.    En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 

Es posible la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a.  Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.  Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.   En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.   Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e.    Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. 

Debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 

Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. 

Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas. 

Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

Si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

 

 

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Faena constructiva del proyecto

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas comprometidas y citadas anteriormente.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de capacitación a los trabajadores sobre las medidas citadas.

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitación a los trabajadores sobre las medidas citadas disponibles en faena.

Referencia

Oficio Ordinario N° 552 de fecha 25 de abril de 2016, de la DGA Región Metropolitana de Santiago.

 

Tabla 8.4. Urbanismo y Construcciones

Efecto asociado

Eventualmente la aplicación del plan Regulador de Independencia vigente desde marzo de 2014.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de la normativa y coordinación vial para todas las fases del proyecto.

 

Descripción:

 

Dado que el proyecto presentó a la Municipalidad de Independencia una modificación del permiso de edificación por un proyecto de características distintas a las declaradas en la DIA, informado en el proceso de evaluación ambiental mediante el Oficio Ordinario N° 297 de fecha 28 de abril de 2016 de la Municipalidad de Independencia, que consta en el expediente de evaluación ambiental del proyecto, según lo siguiente:

 

 

DIA

Solicitud de Modificación de permiso de Edificación

Viviendas

1063

1201

Estacionamientos

248

352

Pisos

15

21

 

La SEREMI MINVU condiciona la aprobación del proyecto a lo siguiente:

 

Si el titular realiza la ampliación presentada en la Dirección de Obras, que implica edificios de 21 pisos, frente a los 15 pisos actualmente aprobados y si esto supera el 5% de superficie construida contemplada en el art. 5.1.18 de la OGCU. Asimismo, la cabida de los cuatro subterráneos es de 460 estacionamientos, muy superior a los 352 del EISTU aprobado. Si el proponente decide realizar la ampliación mencionada debe adecuarse a las nuevas Normas del PRC de Independencia o en su defecto adecuarse al aumento de superficies permitido en la OGCU, si quiere optar por aplicar las normas ya aprobadas y readecuar el EISTU a los estacionamientos que tendrá realmente.

 

 

Lugar y forma

Lugar: Todas las áreas, partes y acciones del proyecto.

 

Forma: Aplicación de la normativa vigente incluyendo el Plan Regulador Comunal.

Indicador que acredite su cumplimiento

 Registro del Permiso de Edificación modificado (modificación menos al 5%)

Registro de regularización ambiental ante SEA RM

Forma de control y seguimiento

 Registro de regularización ambiental ante SEA RM

Referencia

Oficio Ordinario N° 3998 de fecha 04 de agosto de 2016, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo

 

Tabla 8.5. Condiciones Municipales

Impacto asociado

Ruido, áreas verdes y vialidad adyacente

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Reducir molestias y el mejoramiento del área de influencia del proyecto.

 

DescripciónImplementación de un cierre perimetral en todos los costados del proyecto. Dicho cierre deberá permanecer durante toda la etapa de movimiento de tierra y construcción de la Obra. Las barreras que conformen el cierre deberán tener una altura mínima de 7.32 metros con una cumbrera de 60 centímetros de ancho inclinada 30" hacia el exterior del área del proyecto, la materialidad de los paneles que conformen a barrera, deberá ser de madera tipo OSB con un espesor de 18 mm de aglomerado, las cuales deberán ser instaladas de tal forma que se evite además la salida de ruido por sus uniones, estas deberán estar correctamente afianzadas a la estructura que las soporte.

 

Abatir las emisiones atmosféricas, durante la fase de construcción, reforzamiento de las medidas de mitigación planteadas, y evitando la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete pre-emergencia, y emergencia.

 

Si bien el Titular acoge en la Adenda complementaria de presentar un Estudio de Accesibilidad que aborde la gestión de tránsito en la fase de construcción a la Dirección de Tránsito. Al respecto,  esta medida deberá ser previa a la instalación de faenas, pues se trata de tomar medidas inicio de la ejecución de obras del proyecto inmobiliario que presentara un alto efecto en el espacio público, por lo que debe resguardarse las condiciones de seguridad peatonal y de gestión de tránsito.

 

Se reitera, que no podrá disponer de la calzada y platabandas para uso de estacionamientos de la obra, como de vehículos particulares de los trabajadores de la obra.

 

Según el compromiso voluntario citado en el numeral 10.1.3 del ICE y numeral 9.3 de la presente Resolución: plan de Arbolado (100 Árboles), este deberá ser autorizado por la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Paisajismo de la Municipalidad de Independencia, cuyas condiciones se resumen en la siguiente tabla:

 

Especie

Cantidad

Altura

Descripción

Celtis Australis

50

3 m desde ras de bolsa

Colocar especies de primera calidad fitosanitaria, frondosos, con una preparación de la tierra y tasa adecuada a las características de la especie.

Se debe realizar el proyecto de plantación al inicio de las obras, de manera de contar al término de ella, con una masa arbórea consolidada.

Brachichitos

25

Al menos durante 6 meses deberá garantizarse el arraigo a la tierra de las especies plantadas

Jacaranda

25

Los lugares a plantar serán definidos por la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Paisajismo, e informados a la empresa previo, al inicio de las obras de construcción  del proyecto

Los ejemplares deberán tener un diámetro de tronco superior a 1,5 pulgada.

 

 

Lugar y forma

En coordinación con la Municipalidad de Independencia

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de entrega de 100 árboles del tipo y condición de plantado según tabla de medidas anterior, recepcionado por la Municipalidad de Independencia.

Forma de control y seguimiento

Registros y actas de acuerdo con la  Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Paisajismo de la Municipalidad de Independencia

Registro de entrega de 100 árboles del tipo y condición de plantado según tabla de medidas anterior, recepcionado por la Municipalidad de Independencia enviado a la SMA.

Referencia

Oficio Ordinario N° 537 de fecha 29 de julio de 2016, de la Ilustre Municipalidad de Independencia.

 

8.6. Vialidad y Transporte

Impacto asociado

Afectación a la vialidad y Transporte

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de la normativa y coordinación vial para todas las fases del proyecto.

 

Descripción:

 

·         El Titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación que resulten del AVB antes de la recepción final de las obras. (248 estacionamientos señalado en el numeral 4.3.2.1 de la presente Resolución)

 

·         En el caso de una RCA favorable, ambos proyectos deben ser concordantes, es decir, deben corresponder al mismo proyecto.

 

·         El Titular se ha comprometido a presentar un EISTU Voluntario a la Secretaria Regional Ministerial de Trasportes y Telecomunicaciones, para su evaluación. (Compromiso voluntario del numeral 9.2, considerando los 248 estacionamientos citados en el numeral 4.3.2.1, ambos de la presente Resolución).

 

·         El Titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación que resulten del EISTU antes de la recepción final de las obras. (Según condición anterior, EISTU Voluntario, citado en el numeral 9.2 de la presente Resolución)

 

 

·         El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.

 

·         Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

 

·         Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

 

·         En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos

Lugar y forma

Lugar: Todas las actividades de transportes y viales del proyecto

 

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas citadas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de ingreso del Análisis Vial Básico a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones

Registro de ingreso del EISTU a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones.

Registros de la entrada y salida de camiones disponible para fiscalización

Forma de control y seguimiento

Registros de ingreso y aprobación del Análisis Vial Básico a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones (248 Estacionamientos)

Registros de ingreso y aprobación  del EISTU Voluntario a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones (248 Estacionamientos)

Registros de la entrada y salida de camiones para la fase de construcción disponible para fiscalización

Referencia

Oficio Ordinario N° 6168 de fecha 19 de agosto de 2016, de la SEREMI de Transportes y telecomunicaciones de la Región Metropolitana de Santiago.

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

9.1.- Compromiso ambiental voluntario: Plan de comunicación con la comunidad

Impacto asociado

Generación de ruido, material particulado y utilización de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Informar a la comunidad el alcance de las obras en el terreno.

Descripción:

1.      Se instalará un cartel fuera de la obra que indique lo siguiente: estado de la obra (etapa), tipo del tipo de maquinaria a utilizar, acceso a la obra, periodo de duración, horarios de faenas, número de contacto y/o e-mail de administrador de obra en caso de existir consultas y/o reclamos por parte de la comunidad.

2.      Se establecerá con 15 días de anticipación al inicio de las obras del proyecto la entrega de una carta dirigida al presidente de la Junta de Vecinos La Palma, en donde se especifiquen los puntos señalados anteriormente. El titular o una persona designada generará un documento de recepción de carta conforme con la firma del presidente o de algún integrante de la directiva junto con el timbre de la organización. Este documento quedará en poder del titular como registro para su posterior consulta. 

3.      Se establece un plazo de respuesta a inquietudes planteadas por los vecinos no mayor a 10 días hábiles, siendo entregada por vía e-mail.

Justificación: La información a los vecinos acerca de la duración, tipo de obra, horarios entre otros respecto de la construcción permite que se dimensione la actividad de construcción que se desarrolle. Establecer un canal de comunicación y un tiempo de respuesta adecuado, hace que se puedan gestionar las molestias que pudiera causar la obra a la comunidad y que todos sientan que han sido informados.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar:

·         Se dispondrán carteles informativos en el acceso de la obra.

·         La carta será entregada en la Sede de la Junta de Vecinos.

Forma:

·         El cartel deberá estar en óptimo estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción.

·         La carta será entregada por un representante de la empresa constructora en forma personal.

Oportunidad:

·         El cartel permanecerá durante toda la fase de construcción.

·         La carta será entregada 15 días antes de la construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Letrero en buen estado y con la información visible.

Carta con firma de recepción por parte de la Junta de Vecinos

Forma de control y seguimiento

Cartel:

·         Inspección mensual del letrero por parte del prevencionista de obra.

Reclamos:

Se mantendrá un registro de reclamos y respuestas en una carpeta en donde se imprimirán los e-mails recibidos y enviados, además de registrar los llamados telefónicos de vecinos que se registren.

 

 

9.2.- Compromiso ambiental voluntario: EISTU voluntario considerando 248 Estacionamientos proyectados para el presente proyecto “Edificio Independencia Huidobro”.

Impacto asociado

Aumento vehicular en los alrededores del proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Evaluar el aumento de tráfico vehicular durante la fase de operación del proyecto.

Descripción: Se presentará un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) ante la SERMI de Transporte y Telecomunicaciones.

Justificación: El proyecto contempla estacionamientos vehiculares, que generarán un aumento de tráfico vehicular en el sector. El objeto del EISTU es evaluar las condiciones viales en los horarios punta una vez que el proyecto se encuentre operando, de manera de garantizar que no se generarán saturaciones en las vías.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar:

·         Área de influencia vial del proyecto.

Forma:

·         Una vez obtenida la RCA favorable para el actual proyecto en evaluación, el titular enviará un estudio de impacto vial a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, concordante con el proyecto evaluado.

·         Posterior a la definición y aprobación de las medidas indicadas en el estudio vial, éstas serán materializadas de a acuerdo a las recepciones parciales del proyecto.

Oportunidad:

·         Los plazos de materialización de los compromisos serán indicados y acordados en el estudio de vial.

Indicador que acredite su cumplimiento

·         Ingreso ESITU a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones.

·         Recepción de las obras comprometidas por la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Independencia.

Forma de control y seguimiento

·         Aprobación ESITU por parte de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones.

·         Comprobante de recepción de las obras comprometidas por la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Independencia

 

9.3.- Compromiso ambiental voluntario: Plan de Arbolado

Impacto asociado

No aplica.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar las platabandas del sector con áreas verdes.

 

Descripción: Donar a la Municipalidad de Independencia 100 árboles de una altura aproximada de 1,5 a 2 metros. Ver propuesta Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

 

Justificación: Se plantarán 100 árboles de una altura aproximada de 1,5 a 2 metros, las cuales serán de especies tales como Liquidámbar (Liquidambar) u otras acordadas con la Dirección de Aseo y Ornato de dicho municipio.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar:

·         La ubicación será en las platabandas del área de influencia del sector acordado con la municipalidad, cediendo su mantención a dicho organismo.

 

Forma:

·         Posterior a la ejecución de la obra gruesa y previo a la recepción municipal se dará inicio a las obras arborización

 

Oportunidad:

·         La arborización de las platabandas será materializada previo a la recepción de obras municipales.

Indicador que acredite su cumplimiento

Comprobante recepción de las obras comprometidas por la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Independencia.

Forma de control y seguimiento

Registros de las obras y recepción de la Municipalidad enviados a la SMA.

 

9.4.- Compromiso ambiental voluntario solicitados por la Municipalidad de Independencia sobre acústica ambiental: De los acuerdos logrados con la municipalidad se presentará en los compromisos voluntarios barreras con una altura de 7,32 metros con una cumbrera de 60cm de ancho inclinada 30° hacia el exterior del área del proyecto para el abatimiento acústico en el sector, adicionalmente, a las barreras comprometidas en el estudio acústico y que se señalan en las letras b) de los numerales 4.3.1.3 y 4.3.2.4, ambos de la presente Resolución que dan cuenta del cumplimiento del DS 38/2011 MMA. 

Impacto asociado

Generación de ruido temporalmente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Asegurar bajos niveles de emisión acústico en los receptores sensibles durante la fase de construcción del Proyecto.

 

Descripción: Disponer barreras con altura de 7,32 metros con una cumbrera de 60cm de ancho inclinada 30° hacia el exterior del área del proyecto

 

Justificación: Las barreras acústicas poseen una materialidad y densidad capaz de mitigar los niveles de emisiones acústicas generados en la obra.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar:

·         Todos los deslindes de la obra de construcción.

Forma:

·         Se mantendrán y dispondrán barreras con altura de 7,32 metros con una cumbrera de 60cm de ancho inclinada 30° hacia el exterior del área del proyecto, en toda la fase de construcción en todo el perímetro de la obra.

Oportunidad:

·         Se mantendrán las barreras acústicas en buen estado durante toda la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro fotográfico de las barreras adicionales enviado a la Municipalidad de independencia.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico de las barreras adicionales enviado a la Municipalidad de independencia..

 

 

9.5. Compromiso ambiental: Estudio de Accesibilidad fase de operación.

Impacto asociado

Evitar el uso de la veredas para estacionamientos vehiculares, y fomentar la recuperación de áreas verdes

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción de la medida y justificación

Objetivo: Evitar estacionamiento de vehículos en las veredas y fomentar la recuperación de áreas verdes

Descripción de la medida: Se implementará tanto en las calles Rafael Ramírez, Huidobro y José Pérez Cotapos, una solución mixta de dispositivos de bolardo tipo bala con 1,5 m de distancia entre eje centro del bolardo, y un tipo de bolardo jardinera en el frente predial del proyecto, tal como muestra la figura del numeral 6.3 de la  Adenda Complementaria.

Cabe destacar que el número de bolardos totales dispuestos en el frente predial del proyecto asciende a 143.

Justificación: La medida se realiza con el fin de evitar el uso de las veredas para estacionamientos vehiculares, y fomentar la recuperación de áreas verdes.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Frente predial del proyecto.

Forma: Los bolardos serán instalados cuando se esté dando lugar a la fase de terminaciones del edificio, siendo unas de las últimas actividades a desarrollar.

Oportunidad: Se implementarán cuando el proyecto esté completamente operativo.

Indicador que acredite su cumplimiento

Una vez finalizadas las obras exteriores el SERVIU emitirá un informe de aprobación, el cual será remitido a la municipalidad siendo archivado en el expediente de recepción final del edificio.

Registros fotográficos e informe de aprobación enviados a la SMA.

Forma de control y seguimiento

Registros fotográficos e informe de aprobación enviados a la SMA.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

10.1.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

 

Riesgo

Actividad sísmica

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Todas las actividades desarrolladas en la fase de construcción.

Acciones o medidas a implementar

·         Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso.

·         Identificar las zonas de seguridad.

·         Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras.

·         Realizar simulacros.

·         Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia.

Forma de control y seguimiento

Correcta mantención de señalética que identifique la zona segura al interior de la obra. Esta labor será del prevencionista de riesgos presente en la obra.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Incendios en obra

 

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

 

Parte, obra o acción asociada

Todas las acciones que impliquen contacto o manejo de sustancias peligrosas.

 

Acciones o medidas a implementar

·         Prohibición de fumar, hacer fogatas y encender fuego al interior de la obra.

·         Carteles informativos con las medidas.

·         Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos.

·         Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos.

 

Forma de control y seguimiento

Señalética al interior de la obra con la indicación de “Prohibido fumar” en sectores de riesgos como bodega residuos peligroso, sustancias peligrosas, etc. Además se habilitará un sector que cuente con las condiciones pertinentes para permitir a sus trabajadores la realización de éstas prácticas.

 

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

 

Riesgo

Derrame de sustancias peligrosas y combustibles

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones estando al interior de la obra.

Acciones o medidas a implementar

·         Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento.

·         Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica.

·         Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda.

Forma de control y seguimiento

Mantención de toda la documentación vinculante ordenada y actualizada en obra.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Alumbramiento de napa freática

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Excavaciones y movimiento de tierras.

Acciones o medidas a implementar

·         Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible alumbramiento de napa freática.

Forma de control y seguimiento

Hojas de asistencia firmadas a capacitaciones, acreditando la capacitación de cada uno de los trabajadores asociados a actividades que podrían afectar la napa freática.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Toda la fase de construcción.

Acciones o medidas a implementar

·         Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior.

·         No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana.

·         Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados.

·         Implementación de sistema de control de vectores mensual.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá en obra copia de los recibos obtenidos posteriores a los controles de plagas.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

10.1.2.- FASE DE OPERACIÓN

 

 

Riesgo

Actividad sísmica.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Operación

Parte, obra o acción asociada

Asociada a tota el área en general, a nivel regional

Acciones o medidas a implementar

·         Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso.

·         Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras.

Forma de control y seguimiento

Señalética que identifique permanentemente la zona segura.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Incendios

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas

Acciones o medidas a implementar

·         Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso.

·         Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras.

·         Identificar redes húmedas y secas.

Forma de control y seguimiento

Copias o recibos de las mantenciones de todos los sistemas vinculados en la administración del edificio.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

 

Riesgo

Falla de los grupos generadores de emergencia

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociada a la poca o nula mantención del grupo generador

Acciones o medidas a implementar

Estipulación en contrato de copropiedad las fechas de mantención recomendadas por fabricante, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio.

Forma de control y seguimiento

La administración tendrá copia o recibo de las mantenciones realizadas al grupo generador.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Fuga de Gas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Malas prácticas de los habitantes del proyecto, instalaciones defectuosas

Acciones o medidas a implementar

·         Mantener la certificación de la SEC al día.

Forma de control y seguimiento

Certificaciones disponibles en la administración del edificio.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Obstrucción de los ductos de aguas lluvias

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociado a la poca o nula mantención del sistema de aguas lluvias.

Acciones o medidas a implementar

Estipulación en contrato de copropiedad de las fechas y actividades de mantención, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio.

Forma de control y seguimiento

La administración llevará un registro de las mantenciones realizadas en el edificio.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

Riesgo

Obstrucción de los shafts de basura

Fase del proyecto a la que aplica

Fase operación

Parte, obra o acción asociada

Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios)

Acciones o medidas a implementar

Estipular que los shafts de basura no son para botar botellas o cartones, ya que estos podrían quedar atrapadas en el ducto y producir una obstrucción. Además, la basura debe guardarse en bolsas plásticas, bien cerradas y de tamaño adecuado para que quepa por la apertura de la tolva.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá señalética de los elementos con prohibición de ser arrojados a través del ducto de la basura.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Riesgo

Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Al interior de las viviendas, causa asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD)

Acciones o medidas a implementar

·         Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior, en sala de basura debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria en cada una de las torres.

·         No acumular por tiempos prolongados la basura, se estima su extracción 3 veces por semana.

Forma de control y seguimiento

Inspecciones aleatorias por parte del personal de administración, de manera que sea posible verificar la correcta manipulación de los RSD.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

 

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

 

10.2.1.- FASE DE CONSTRUCCIÓN

 

Evento identificado

Actividad sísmica (sismos o terremotos)

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Asociada a toda el área en general, a nivel regional.

Acciones a implementar

·         Se detendrán las tareas haciendo abandono rápidamente de las superficies en altura (andamios, plataformas en voladizo), espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal se reunirá en el “Punto de Encuentro” más cercano o “Zona de Seguridad” de la Obra.

·         El electromecánico de mantención desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas, además procederá a desconectar la fuente eléctrica de la grúa una vez que esta haya bajado la carga.

·         Después del sismo, se evacuará a todo el personal a la “Zona de Seguridad” de la Obra, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios (luz, gas, agua), cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro. Los trabajadores no se podrán retirar de la obra o reingresar a trabajar hasta que el Comité de Emergencias designado lo indique.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Incendios en obra.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra.

Acciones a implementar

·         Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada.

·         El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos.

·         El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra.

·         Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión.

·         El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos.

 

Importante: Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio.

 

 

 

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Derrame sustancias peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones.

Acciones a implementar

·         El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo).

·         Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas.

·         El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada.

·         Se delimitará el área afectada.

·         Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.

·         Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.

·         En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.

·         El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.

·         Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

 

Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Alumbramiento napa freática.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos.

Acciones a implementar

·         Detener las actividades del frente de trabajo.

·         Excavar, por el costado de las obras en el que se presente el alumbramiento, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·         En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·         Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración.

·         Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

·         En caso que el procedimiento anterior no tenga efecto, se procederá a bombear para agotar la napa, y el agua se hará llegar al curso de agua más cercano.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

 

 

Evento identificado

Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD)

Acciones a implementar

·         En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas.

·         Se evacuará al personal en caso de ser necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se produzcan efectos sobre los vecinos con reclamos directos de los afectados, se procederá a comunicar a la SMA través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/)

Referencia

Numeral 1.2 de la Adenda Complementaria

 

Cabe mencionar que en obra se contará con los siguientes elementos de apoyo para enfrentar gran parte de las emergencias ocasionadas:

 

-          Estación de emergencia, ubicada en Instalación de Faenas.

-          Extintores de incendios, ubicados en distintos sectores de la obra (Según D.S N° 594).

-          Alarmas de emergencia.

-          Cuadrilla de emergencia, la cual corresponderá a un grupo de trabajadores y miembros de la línea de mando debidamente seleccionados y capacitados que presentarán funciones de apoyo en situaciones de emergencias.

 

10.2.2.- FASE DE OPERACIÓN.

 

Evento identificado

Actividad sísmica

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociada a toda el área en general, a nivel regional

Acciones a implementar

·         Mantener la calma.

·         Evaluar los daños y seguir las instrucciones de las Autoridades.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA en un plazo menor a 24 horas.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Incendios

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas.

Acciones a implementar

·         Utilizar los sistemas de abatimiento de incendios en caso de ser controlable.

·         Llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano.

·         En caso de incendios mayores evacuar el edificio por las escaleras de emergencias.

·         No interferir con el actuar de Bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA en un plazo menor a 24 horas.

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Falla del grupo generador de emergencia

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociadas a la poca o nula mantención del grupo generador.

Acciones a implementar

·         Quien identifique fallas deberá dar aviso inmediato a la administración para que se desconecte el grupo generador.

·         No utilizar el o los grupos generadores.

·         Realizar las reparaciones correspondientes por medio de un especialista certificado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe de aviso a la SMA, Autoridad Sanitaria y a la SEC,

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Obstrucción de los ductos de aguas lluvias

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociado a la poca o nula mantención del sistema de aguas lluvias.

Acciones a implementar

Contratar personal capacitado para limpiar los ductos de agua lluvia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe de aviso a la SMA, y DGA

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Obstrucción de los shafts de basura

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios).

Acciones a implementar

Contratar personal capacitado para limpiar los shafts de basura.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe de aviso a SMA y autoridad sanitaria

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

Evento identificado

Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Operación

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD)

Acciones a implementar

·         Realizar acciones de limpieza.

·         Contactar a una empresa autorizada en control de vectores

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe de aviso a la SMA, y autoridad sanitaria

Referencia

Capítulo 7 del ICE

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto Edificio Independencia Huidobro pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región Metropolitana de Santiago,  la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Edificio Independencia Huidobro, de Inmobiliaria Huidobro S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Edificio Independencia Huidobro cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto Edificio Independencia Huidobro cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto Edificio Independencia Huidobro no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20  de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/SCH

Distribución:

  • Armando Ide Nualart
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Independencia
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Edificio Independencia Huidobro"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=15/62/78f59c61d2510d9ac2100b458918ffdc2452


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