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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales"

Resolución Exenta Nº 0325/2016

Antofagasta, 12 de septiembre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 10 de junio de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de julio de 2016, del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales”, presentado por Codelco Chile, División Chuquicamata., con fecha 06 de abril de 2016.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales”.

3°. El Acta de Evaluación N° 026/2016 de fecha 02 de junio de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” de fecha 23 de agosto de 2016.

5°. El acuerdo N° 61  de la Sesión Ordinaria N° 20 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 05 de septiembre de 2016.

6°. La Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 0155/2003 de fecha 03 de octubre de 2003 de la DIA del proyecto “Planta de Tratamiento de Minerales en Pila”, de la Comisión Regional de Medio Ambiente (COREMA) de la Región de Antofagasta, en adelante R. E. N° 0155/2003 y la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 0018/2015 de fecha 15 de enero de 2015 de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional PTMP: Lixiviación de Ripios y Procesamiento de Nuevos Recursos”, de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, en adelante R. E. N° 0018/2015, que se modifican a través de la presente Resolución.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma Razón, la Resolución Toma Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016 de la Contraloría General de la República que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. Nº 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

 1°. Que Codelco Chile, División Chuquicamata (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Codelco Chile, División Chuquicamata

Rut

61.704.000-K

Domicilio

Av. 11 Norte N°1291, Villa Exótica, Edificio Institucional, Calama

Teléfono

 55-327878

Nombre representante legal

Sergio Eduardo Parada Araya

Rut representante legal

7.932.663-1

Domicilio representante legal

Av. 11 Norte N°1291, Villa Exótica, Edificio Institucional, Calama

Teléfono representante legal

 55-2327876

Correo electrónico Titular o representante legal

sgomez007@codelco.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de agosto de 2016, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 05 de septiembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de agosto de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

 

La División Chuquicamata (DCH) ha considerado el uso de activos disponibles como son los ripios y recursos artificiales para su procesamiento, puesto que corresponden a materiales lixiviables con contenido de cobre provenientes de stocks permitiendo entre otras cosas, utilizar la capacidad disponible en la planta de tratamiento de minerales en pila (PTMP) como también en la planta de extracción por solvente (SX)  y planta de electroobtención (EW) de óxidos.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto tendrá por propósito aprovechar la capacidad instalada en la PTMP, procesando así recursos que permitan mantener la producción de cobre fino una vez agotados los recursos actuales, por lo que se considerará aumentar la capacidad de procesamiento de 30.000 t/día de mineral a 45.000 t/día en promedio anual, transportando ripios desde acopios históricos hasta la PTMP existente. Para lo anterior, se requerirá la construcción de una zona de mezcla y la ampliación del botadero de ripios.

 

Producto de las actividades descritas, y tal como en la actualidad, se generarán soluciones que serán enviadas a la planta de extracción por solvente (SX) y de electro-depositación (EW) de la división, las cuales no sufren modificaciones y, por lo tanto, no forman parte del presente proyecto.

 

Objetivo general

El objetivo del proyecto será la explotación de 145 Millones de toneladas (Mt) de recursos artificiales correspondientes a RMS y RCH, utilizando la PTMP existente, por un periodo de 9 años.

 

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.

h.2) Se entenderá por proyectos industriales aquellas urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a veinte hectáreas (20 ha); o aquellas instalaciones industriales que generen una emisión diaria esperada de algún contaminante causante de la saturación o latencia de la zona, producido o generado por alguna(s) fuente(s) del proyecto o actividad, igual o superior al cinco por ciento (5%) de la emisión diaria total estimada de ese contaminante en la zona declarada latente o saturada, para ese tipo de fuente(s).

 

Vida útil

La fase de construcción tendrá una vida útil de 3 años, mientras que la fase de operación será de 9 años y la fase de cierre 2 meses. Lo anterior se encuentra dentro de la vida útil de la Planta de Tratamiento de Minerales en Pila, que de acuerdo a la RCA Nº155/2003, alcanza los 25 años.

 

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito que dará inicio a la fase de construcción será la construcción del camino entre zonas de extracción y área de mezcla. El cronograma de actividades, se detalla en la tabla 19 de la Adenda de la DIA.

 

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No

A continuación se presentan las consideraciones del proyecto original y las modificaciones asociadas al presente proyecto en evaluación.

Proyecto a modificar

Instalación/proceso

Descripción proyecto

Modificación proyectada

Referencia

Numeral

R. E. N° 0155/2003 “Planta de Tratamiento de Minerales en Pila”

2

Descripción proyecto

El proyecto corresponde a una continuación de la explotación de los recursos minerales de Mina Sur, en el que se reemplaza el sistema de lixiviación en bateas por lixiviación en pilas dinámicas de baja altura.

La Planta de Tratamiento Minerales en Pila (PTMP) pretende restablecer la producción de 30.000 t/día de mineral lixiviado, logrando así recuperar el ritmo de explotación de la mina.

El proyecto contemplará la explotación de recursos artificiales ripios de Mina Sur (RMS) y ripios de Chuquicamata (RCH), los cuales serán lixiviados en las pilas dinámicas existentes.

La PTMP aumentará su tratamiento desde 30.000 t/día a 45.000 t/día de material lixiviado.

7.2

Descripción de ripios

Este botadero, formado con un equipo apilador existente, tendrá una altura de 30 m y recibirá materiales con 13% de humedad, lo que asegura que durante el depósito no se emitirá material particulado.

La ampliación del botadero PTMP, cambiará lo autorizado de un único piso de 30 m de altura a uno de 3 pisos (hasta los 70 m de altura):

1°Piso: 30 m de altura.

2° Piso: 30 m de altura, con una berma de desacople de 70 m con respecto al primero.

3°Piso: 10 m de alto, desacoplado en 70 m respecto al segundo piso.

7.2

Chancado Primario

El chancado primario, se realizará con un chancador giratorio de 54”x75”, que trabajará a una disponibilidad del 67%.

El chancador primario actualmente existente, será utilizado sólo como un buzón de descarga para dar inicio al proceso de la PTMP.

7.2

Chancado Secundario

La fase de chancado secundario, se llevará a cabo con dos chancadores de cono tipo Metso modelo MP-800, que trabajarán con una disponibilidad del 75%, con aberturas (setting) de 34 mm, recibirán el mineral grueso rechazado desde ambos puentes de dos harneros tipo banana de doble puente de 3,5 x 7,0 m, con aberturas de 100 mm y 38 mm respectivamente, los que actúan como harneros de desbaste o scalpingscreen, evitando el exceso de chancado.

El área de chancado secundario, será utilizada sólo de traspaso de material, sin realizar el proceso de chancado ni el de harneado.

7.2

Chancado Terciario

Mediante correas transportadoras cubiertas, el mineral de la fase de chancado secundario pasa a la etapa de chancado terciario, la cual se definió en circuito abierto, con dos chancadores de cono tipo Metso MP-800 y dos harneros de doble puente de 4,0 y 8,0 m aproximadamente, con un rango de abertura (setting) de 25 mm y 15 mm respectivamente. Los chancadores trabajan con una disponibilidad del 75% de capacidad y con un rango de abertura (setting) fijado en 19 mm. Los harneros terciarios serán alimentados desde una tolva de 980 m3 de capacidad, la que es alimentada a su vez, con una correa móvil.

El área de chancado terciario será utilizada sólo de traspaso de material sin realizar el proceso de chancado ni el de harneado, utilizando las correas transportadoras cubiertas existentes.

7.2

Disposición de ripios

Los ripios que se generen del proceso de lixiviación, serán dispuestos en un botadero en un sector paralelo al “PAD” o área de lixiviación, el cual tendrá dimensiones finales de 960 m de ancho x 2.300 m de largo x 30 m de altura y tendrá una capacidad sobre los 66 Mm3.

El sistema de acopio de los ripios, se realizará mediante una correa móvil de 450 m de longitud, la cual se desplazará de Este a Oeste. El ripio proveniente de las pilas de lixiviación (PAD), llegará a la correa móvil mediante correas transportadoras. La correa móvil contará además, con un carro de que se desplaza a lo largo de la correa móvil que posee una correa transversal para depositar el material en el talud del botadero.

Los ripios que se generarán del proceso de lixiviación, serán dispuestos, además del actual botadero existente, en una ampliación del botadero PTMP. El diseño contemplará tres pisos:

 

1°Piso: 30 m de altura.

2° Piso: 30 m de altura, con una berma de desacople de 70 m con respecto al primero.

3°Piso: 10 m de alto, desacoplado en 70 m respecto al segundo piso.

Este botadero tendrá la capacidad para almacenar 145.000.000 t de ripios durante los 9 años de operación, esto es 85 Mm3. La descarga de la pila y posterior carga al botadero de ripios se realizará mediante CAEX.

7.2

Descripción del proyecto futuro

Se tratarán 30.000 t/día de mineral (1.500-1.579 t/h) en 19-20 hrs aproximadas de chancado.

El procesamiento de recursos artificiales (ripios) en la PTMP, alcanzará una capacidad de tratamiento de 45.000 t/día, lo que aumentará la capacidad actual autorizada de 30.000 t/día.

El proyecto utilizará el chancador primario como buzón de descarga y mantendrá los edificios y estructuras actuales como sistema de transporte y traspaso del material.

R. E. N° 0018/2015 Continuidad Operacional PTMP: Lixiviación de Ripios y Procesamiento de Nuevos Recursos

4.2

Superficie

El proyecto tendrá lugar dentro de la superficie actual de la PTMP, correspondiente a 1.087 ha.

El presente proyecto en su conjunto comprenderá un total aproximado de 536,8 ha, las cuales se distribuyen de la siguiente manera:

Área de mezcla: 5,9 ha

Área botadero PTMP: 414,5 ha (actual más lo proyectado)

Área extracción de ripios PTMP: 116,4 ha.

4.3

Procesamiento de nuevos ecursos

Se mantendrá en el nivel autorizado de 30.000 t/d. Se requiere de la ampliación del botadero de ripios en 32,26 ha.

La capacidad de procesamiento de la PTMP aumentará el nivel autorizado a 45.000 t/d.

La ampliación del botadero PTMP será de 146,7 ha.

 

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

El proyecto en evaluación implicará realizar modificaciones a las RCA que se detallan en el Visto 6 de la presente Resolución.

  

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Comuna de Calama, provincia del Loa, Región de Antofagasta.

Descripción de la localización

El proyecto se desarrollará al interior de la zona industrial del Complejo Minero de la División Chuquicamata (DCH) de Codelco Chile, comuna de Calama, provincia del Loa, Región de Antofagasta.

Superficie

Las superficies que ocupará el proyecto se distribuyen de la siguiente manera:

Obra autorizada

Aprobada/proyectada

Tipo de obra

Superficie (ha)

Pilas de lixiviación
Aprobada por R. E. N°0155/2003
Se mantiene según lo aprobado.
114,2
Botadero (Fases 0, I, II, III, IV)
Aprobada por R. E N°0155/2003

Modificación de lo aprobado en su altura (de 30 a 70 m).

Superficie se mantiene.
Fase 0: 28,1
Fase I: 5,5
Fase II: 43,8
Fase III: 66,4
Fase IV: 76,5
Botadero (Fase IVB)
Aprobada por R. E. N°249/2013

Modificación de lo aprobado en su altura (de 30 a 70 m).

Superficie se mantiene.
14,6
Botadero de Marinas
Aprobada por Res.
Exenta N°249/2013
Se eliminará con este proyecto.
14,1
Botadero (Fase V)
Aprobada por R. E N°0018/2015

Modificación de lo aprobado en su altura (de 30 a 70 m).

Superficie se mantiene.
32,7
 Superficies total aprobadas

395,9
Extracción de ripios PTMP
Proyectada
Obra nueva
116,4
Zona de mezcla
Proyectada
Obra nueva
5,9
Botadero PTMP
Proyectada

Obra nueva, que es una ampliación del botadero existente.

Botadero etapa A:  56,2

Botadero etapa B: 57,7

Botadero etapa C: 33,0

Camino zona de
extracción de ripios a
zona de mezcla
Proyectada
Obra nueva
19,1
 Superficie total proyectada

288,1

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas de todas las áreas que contemplará el presente proyecto se detallan en la tabla 1.3.1, tabla 1.3.2, tabla 1.3.3, tabla 1.3.4, tabla 1.3.5, tabla 1.3.6, tabla 1.3.7, tabla 1.3.8 y tabla 1.3.9 todos de la Adenda Complementaria de la DIA.

Caminos de acceso

Las actividades actuales la DCH se desarrollan aproximadamente 15 km al Norte de la localidad de Calama, cuyo acceso al proyecto será a través de la ruta 24 desde el sur que conecta la ciudad de Calama con Tocopilla (específicamente a 12,2 Km de Calama), por donde ingresan vehículos livianos (camionetas) o la Ruta 21 que conecta la ciudad de Calama con Chiu Chiu  por donde ingresan vehículos pesados (específicamente a 4,4 Km de Calama hasta la intersección con un camino interno de la División y luego 11,7 Km hacia el acceso (ver figura Nº 1 y tabla Nº 1 ambos de la Adenda de la DIA).

Respecto a los caminos internos, se utilizarán caminos que conectarán a la zona de extracción de ripios con la zona de mezcla (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA), las pilas norte y sur con el botadero de la PTMP y el botadero de marinas PMCHS y las rampas (ver tabla 9 de la Adenda de la DIA). Lo anterior, se detalla en la figura 1.5.1.1, figura 1.5.1.2, figura 1.5.1.3 y figura 1.5.1.4 todos de la Adenda Complementaria de la DIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Ubicación figura 1, figura 2 y figura 3 todos de la Adenda de la DIA).

 


4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

A continuación, se presentan las actividades existentes y las que contemplará el presente proyecto. El detalle de las obras actuales y las proyectadas, se encuentra en la figura 10 de la Adenda de la DIA.
 
4.3.1. Obras existentes
  • Zonas de extracción de ripios (RMS 1, RMS 2 y RCH).
  • Correas transportadoras (que incluyen todo el proceso a detener de Chancado primario
  • Acopio de mineral grueso, chancado secundario, chancado terciario y aglomeración).
  • Pilas de lixiviación (Norte y Sur).
  • Botadero autorizado y existente.
  • Botadero de Marinas existente.
  • Piscina de emergencia.
 4.3.2. Obras proyectadas
  • Nuevo camino para CAEX.
  • Zona de mezcla.
  • Botadero proyectado: Ampliación del actual botadero existente y aumento de altura en algunos sectores).
  • Rampas.

4.3.2.1. Tratamiento de ripios y recursos artificiales en la PTMP

El proyecto considerará la explotación de 145 Mt de recursos artificiales (ripio ley 0,34% y una recuperación de 70%), provenientes de RMS y RCH (ver figura 8 de la Adenda de la DIA). De estos últimos, serán extraídos los ripios ubicados en la corona de los stocks (ubicación más alta y plana del stock) que ya fueron regados anteriormente, y por tanto, representa un nulo aporte respecto del contenido de cobre presente en ellos.

Posterior a la extracción, los ripios serán trasladados a un área denominada “Área de Mezcla”, para dar la necesaria conductividad hidráulica y estabilidad a la pilas, en una proporción de 70% RMS y 30% RCH. La mezcla preparada, será llevada vía camión a las instalaciones existentes de la PTMP.

La capacidad de la planta será equivalente a 45.000 t/d, esto es, 15.000 t/d por sobre lo que actualmente procesa la PTMP y considerando que el proyecto tratará materiales “ripios”, no se requerirá chancado ni clasificación, por tanto, se considerará la PTMP como un sistema de manejo de materiales, esto es:

  • Chancador primario: será utilizado como un buzón de descarga para dar inicio al proceso de la PTMP.
  • Área de chancado secundario y terciario: el área será utilizada sólo de traspaso de material, sin realizar el proceso de chancado ni el de harneado.

Dado el volumen de material a tratar en este proyecto, se requerirá para el depósito de ripios un área de 3.194.071 m2, de los cuales 1.467.000 m2 deberán ser construidos, y el resto aumentará la capacidad del botadero actual. Este botadero tendrá tres pisos, el primero de 30 m de altura, el segundo de 30 m de altura, con una berma de desacople de 70 m con respecto al primero y finalmente un tercer piso de 10 m, desacoplado nuevamente en 70 m respecto al segundo piso, por lo tanto se incrementará la altura de carga de 30 a 70 m, tal como se muestra en la figura 21 de la DIA.

Por otra parte, cabe señalar que el área del botadero de ripios de la PTMP que se requiere ampliar, se emplazará en una superficie donde se encuentra actualmente el botadero de marinas proveniente del proyecto Chuquicamata Subterránea, el cual posee una capacidad autorizada por SERNAGEOMIN, equivalente a 3.240.000 t, de acuerdo a Resolución 565 del 02 de mayo del 2014 (ver anexo 4 de la DIA), cuyo acopio fue informado a la autoridad, concluyendo esta última que no resultaba pertinente su evaluación a través del SEIA de acuerdo a la resolución exenta N°249/23013 del SEA, Región de Antofagasta (ver anexo 2 de a DIA). Asimismo, las marinas contenidas en el botadero de marinas serán utilizadas en la confección de rampas y huellas del botadero de ripios proyectado (ver figura 6 de la Adenda de la DIA).

Finalmente, la solución extraída del proceso de tratamiento en la PTMP, será enviada a la planta SX-EW Óxidos existente, perteneciente a la Gerencia de Extracción y Lixiviación de la DCH, la cual no sufre modificaciones y, por tanto, no forma parte del presente proyecto.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Las actividades de construcción se ejecutarán durante tres años, no consecutivos. Se estima que el trabajo total de construcción se realizará, conforme al programa, en 36 meses aproximadamente.
a)         Instalaciones de faenas

Los trabajadores que realicen actividades en el sector de la PTMP (ampliación botadero y área de mezcla) utilizarán como instalaciones de apoyo a la construcción, la instalación de faena.

Esta instalación contará con 3 camarines, 6 comedores y 3 oficinas nuevas que serán de uso exclusivo del presente proyecto, todas estas conectadas a una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). En paralelo, se considerará la instalación de baños químicos y bidones de agua en los frentes de trabajo, los cuales serán móviles y estarán por un periodo de 6 meses como máximo en el mismo sector.
 
Las características de las instalaciones descritas se detallan a continuación:
  • Contenedor baño casa de cambio: Base contenedor marino forrado interiormente con yeso-cartón y térmicamente protegido. División entre baño y casa de cambio, ventanas, cielo, instalación eléctrica interior, pisos, duchas, WC, lavamanos.
  • Contenedor oficinas baño: Base contenedor marino forrado interiormente con yeso-cartón y térmicamente protegido.
  • Contenedor comedor cocina: Base contenedor marino el cual considerará separación. Forrado interiormente con yeso-cartón y térmicamente protegido. Ventanas, cielo, instalación eléctrica interior, piso, artefactos de cocina.
Para mayor información acerca de los detalles constructivos y de las coordenadas de cada instalación descrita anteriormente, ver anexo 4 de la Adenda de la DIA.

b)         Preparación área de emplazamiento

Las actividades asociadas a la preparación de la superficie, tanto para el botadero PTMP como para el área de mezcla serán las indicadas a continuación:

  • Área botadero PTMP

Dado que la superficie ya se encuentra nivelada y que solamente deberá acondicionarse la capa basal con el sistema de recolección de soluciones, la cual consistirá en la implementación de una carpeta impermeable de HDPE y un sistema de recolección de soluciones compuesto por una red de tuberías corrugadas con un manejo de pendientes tal, que permita la recolección de soluciones (ver anexo 2 de la Adenda de la DIA), se estima necesario excavar una cantidad equivalente de 366.750 m3 de material, y rellenar con el mismo volumen.

  • Área de mezcla

El área de mezcla se realizará dentro de un área existente, la cual actualmente es utilizada como un sitio de acopio transitorio de mineral para alimentar el chancado primario de la PTMP. Los volúmenes de excavación masiva serán de 208.500 m3 y de relleno masivo serán de 257.980 m3.

La plataforma de mezcla estará conformada por un relleno existente, el cual se acomodará con maquinaria camiones de extracción (CAEX) con el propósito de ofrecer la superficie necesaria para dar cabida a los stock de mezcla, generando una excavación y relleno lo más compensada posible. La configuración de la obra señalada se describe en la figura 17 de la Adenda de la DIA.

c)         Montaje de carpeta e instalaciones
  • Área botadero PTMP
Previa actividad de excavación, en la extensión del botadero se instalará  una carpeta de geotextil sobre el suelo natural, una carpeta de HDPE de 1 mm de espesor y geomembranas conductivas (drenaflex) de 6” de acuerdo a lo señalado en la figura 13 de la Adenda de la DIA.

Para evitar la infiltración de soluciones al subsuelo, el proyecto considerará aplicar una capa de material inerte de 60 cm de espesor dispuesta sobre una lámina de HDPE de 1 mm de espesor. Dentro de dicha capa se instalarán las cañerías drenantes (Drenaflex) de 6” que reciben la solución lixiviada para luego transportarla al ducto de recolección de PLS ubicado al interior de una canaleta recubierta de HDPE, quien conducirá las soluciones hasta la piscina de emergencia ubicada en el sector sureste de acuerdo a lo indicado en figura 15 de la Adenda de la DIA. Mayor información respecto del sistema de impermeabilización y de conducción de soluciones del botadero se encuentra en anexo 2 de la Adenda de la DIA.

Se aclara que el sistema de impermeabilización del actual botadero de la PTMP, cuenta con una lámina impermeable de HDPE y se encuentra autorizado mediante la R. E. N° 0155/2003, R. E. N° 0018/2015 y R. E. N° 249/2013 según fase del botadero.

  • Área de mezcla

Es preciso señalar que en el área de mezcla no se considerará la instalación de una carpeta impermeabilizante, debido a que no generará ningún tipo de soluciones al ser ripios que cuentan con un bajo porcentaje de humedad, producto de la larga data histórica en que se encuentran acopiados.

d)         Habilitación nuevo camino

Se requerirá construir un nuevo camino para los CAEX el cual conectará la zona de extracción con la zona de mezclado (ver figura 1.5.1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA), para lo cual se requerirá realizar movimientos de tierra de 1.533.680 m3. Mayores antecedentes constructivos, tales como: diseño de curvas, taludes de relleno, pretil de seguridad, se detallan en el anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Por otro lado, se aclara que el resto de los caminos se encuentran actualmente operativos por lo que no requerirán modificaciones, salvo el de traslado de las marinas, el cual se utilizará cuando se requiera la construcción de las rampas.

e)         Equipos y maquinaria

El total de equipos y maquinarias a utilizar por trabajos en área PTMP se detallan en la tabla 25 de la Adenda de la DIA. Dado que la fase de construcción de ambos se ejecutará en distintas fechas, se utilizarán los mismos equipos y maquinarias para ambos ejes del proyecto.       

f)         Transporte de personal

Durante la fase de construcción se requerirá el transporte de personal diariamente desde Calama. Para ello, el contratista seleccionado contará con camionetas de trabajo para atender asuntos administrativos, y utilizará buses y minibuses para el traslado de personal.

g)         Suministros básicos

A continuación, se detallan los insumos a utilizar en la fase de construcción del proyecto.

Insumo
 Proceso
Consumo
Agua potable
Bebestible y servicios
180 m3/mes
Agua industrial
Humectación de caminos
207.360 m3/mes
Combustible
Abastecimiento de maquinaria
2.730 m3/año
Recursos naturales renovables 

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de construcción.

Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
 
La estimación de emisiones será realizada en función a cada actividad a desarrollar dentro del proyecto para el tratamiento de ripios y recursos artificiales en la PTMP. Por tanto, se considerarán emisiones relacionadas a la construcción del botadero de ripios (Etapa A, B y C), construcción camino extracción-zona de mezclado y construcción plataforma zona de mezclado.
 
De acuerdo a lo anterior, el año de mayor emisión de material particulado y gases corresponderá al año 1, debido a que este año, además de las actividades de operación, se realizará la construcción del camino desde la zona de extracción a la zona de mezclado, la plataforma en la zona de mezclado y la etapa C del botadero de PTMP. Las emisiones corresponderán a 160,46 t/año de MPS, 43,40 t/año de MP10 y 10,25 t/año de MP 2,5.
 

Para el manejo de las emisiones  se considerarán las siguientes acciones de control:

  • Se mantendrá control de velocidad al interior de las obras.
  • Se realizará mantención de maquinarias y vehículos, exigiendo también revisión técnica a los vehículos.
  • En los caminos no pavimentados se realizará humectación con una frecuencia de 3 veces por día y un volumen promedio de 200 m3/día (ver figura 24 y tabla 31 ambos de la Adenda de la DIA).
Por lo tanto, conforme a las estimaciones de emisión atmosféricas, tanto para las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y construcción, el proyecto no alterará significativamente las actuales condiciones de calidad del aire de las poblaciones cercanas respecto de las emisiones producidas durante la construcción.
 
b) Emisiones de ruido

Las emisiones de ruido generadas por el proyecto serán las típicas provenientes de maquinaria pesada, temporales y de carácter puntual, puesto que se restringirá al ambiente laboral dado que no hay población cercana.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)      Residuos líquidos

A continuación, se detallan los residuos líquidos a generarse durante la fase de construcción del proyecto.

Residuo

Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Aguas residuales de instalaciones de faenas.
630 m3/mes
324 m3/mes

Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) en instalación de faena y baños químicos.

Reutilizadas en humectación de caminos ya que cumplirán con la NCh 1.333/87 o tratada en la PTAS de la instalación de faena.

 
b)      Residuos sólidos
 
A continuación, se detallan los residuos sólidos que se generarán durante la fase de construcción del proyecto.
 
Residuo
Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Residuos domésticos
0,7 t/mes
2,7 t/mes
Sitio de almacenamiento temporal existente.
Relleno Sanitario Puerta N° 4.

Residuo Industrial No peligroso (restos de polietileno de alta densidad, restos de goteros y tubos PVC)

3,5 t/mes
3 t/mes

Residuo Industrial Peligroso (restos de trapos contaminados, EPP contaminados, restos de grasas y combustibles)

1,5 t/mes
1,5 t/mes
Zona de
Almacenamiento
Temporal de Residuos
Peligrosos dentro de la División.

Serán transportados y dispuestos por una empresa que cuente con las autorizaciones pertinentes para transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Estimación de emisiones, ver anexo 5 de la Adenda de la DIA.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
 
Todo el sistema de operación hasta las pilas de lixiviación que a continuación se detallan, es existente, y los sistemas de chancado y harneado solo serán utilizados para el traslado del material, debido a que los ripios cumplen con el tamaño requerido para el proceso de lixiviación.

A continuación, se presentan las actividades asociadas a la PTMP las cuales se detallan en la figura 22 de la Adenda de la DIA.

a)         Área Mina (desde frente de carguío RMS/RCH hasta buzón chancador primario)

Se operarán dos frentes de carguío correspondiente a RMS y RCH, con ritmo de 31.500 y 13.500 t/d respectivamente. Desde estos frentes, se trasladará el material a una zona donde se realizará la mezcla al sitio denominado “Área de mezcla”.

 

b)         Área de mezcla (stock 1 y stock 2)

El procedimiento de mezcla se realizará de manera de garantizar una razón de mezcla de 70% y 30% de RMS y RCH respectivamente. En primer lugar, se procederá a la descarga del CAEX con material RCH sobre el Stock 1 de la zona de mezclado. Con el cargador frontal, se procederá a esparcir el material para luego recibir la descarga del CAEX con el material de RMS. Una vez que se tenga la mezcla en la razón solicitada, se procederá a cargar los camiones de extracción para trasladar la mezcla a la zona de chancador primario, el cual actúa como buzón de recepción, enviando el material al sector de aglomerado y finalmente a las pilas dinámicas de lixiviación.

Por otro lado, mientras el Stock 1 con la mezcla ya lista es vaciado, se comenzará el llenado del Stock 2 de la zona de mezcla, el cual tendrá el mismo proceso de descarga y carga del Stock 1, de acuerdo a lo indicado anteriormente y según lo graficado en la figura 18 de la Adenda de la DIA.

Se requiere los dos Stock en la zona de mezcla, básicamente para darle continuidad al procesamiento del material y para asegurar el cumplimiento de la razón de mezcla.

c)         Área PTMP existente (desde buzón chancador primario hasta pilas)

-           Área Chancador primario

El chancador primario existente (ver figura 9 de la Adenda de la DIA), será adecuado a la función de buzón de traspaso, quedando por lo tanto, no habilitado para chancar material. Los camiones, provenientes del área de mezcla, verterán el mineral en este buzón de hormigón de aproximadamente 11 x 10 m. El edificio de chancado primario está cubierto y cuenta, además, con sistema de extracción de polvo en los traspasos y electroimán.

Desde el chancador primario, el mineral es transportado mediante correas cubiertas con una longitud total de 2.800 m hasta un acopio de mineral, desde donde es extraído vía alimentadores a correas que transportan el material el área de chancador secundario, terciario y clasificación. Las correas transportadoras cuentan con electroimanes para la extracción de metales presentes en el mineral que pasa por el alimentador.

-           Área acopio de mineral

El acopio de mineral (ver figura 9 de la Adenda de la DIA), tiene y tendrá lugar en una estructura de acero cónica techada, de 90 m de diámetro basal y 36 m de altura, con capacidad para almacenar en promedio 22.500 t de mineral. La estructura de acopio de mineral cuenta con plataforma de operación en la parte superior y tiene cubiertas de techo y laterales en toda su extensión, complementadas con cortinas de goma en las zonas inferiores.

Bajo la pila de acopio, se ha dispuesto una estructura enterrada de hormigón de dimensiones aproximadas de 80 m x 14 m en planta (interior) y una altura libre de 8,9 m en la zona más alta. En ésta, se albergan los equipos que descargan el mineral para ser transportado al área de chancador secundario y terciario.

El mineral se descarga por medio de seis chutes, que vierten sobre seis alimentadores de correa de velocidad variable de 500 t/h de capacidad y los alimentadores descargan, a su vez, en forma alternada sobre dos correas paralelas de 275 m de extensión y 1.200 t/h de capacidad, que estén provistas de pesómetro, detector de metales y electroimán.

-           Área de chancador secundario y terciario

Tanto el chancador secundario como el terciario (ver figura 9 de la Adenda de la DIA), serán adecuados a la función de traspaso, quedando por lo tanto, no habilitados para chancar material. Además, los harneros asociados a estas etapas estarán “abiertos”, es decir, no cumplirán con su función de harnear.

El material proveniente del chancador secundario, será recibido por correas de 1.200 t/h de capacidad, para ser luego transferido a una correa común de 2.300 t/h de capacidad, 315 m de extensión y que estará provista de un repartidor que transportará el mineral hasta dos tolvas ubicadas en el edificio del chancador terciario de 530 m3 de capacidad útil cada una. Finalmente, el material será recolectado en una correa común de 116 m de extensión y capacidad 1.200 t/h, provista de pesómetro, que descarga sobre una correa transversal de producto final, la que a su vez, transporta el producto hacia el área de aglomeración.

Todos los traspasos y correas de salida, están cerrados y conectados a los sistemas de captación de polvo.

-           Área de Aglomeración

El mineral proveniente del área del chancador terciario, ingresa a tres tolvas reguladoras de mineral que abastecen de mineral a tres líneas de aglomeración por medio de chutes independientes de descarga. En cada línea el mineral es descargado mediante un alimentador de correa de 1.000 tph de capacidad y velocidad variable, que descarga sobre una correa de 62 m de extensión, 1.200 tph de capacidad y provista de pesómetro, desde las cuales el mineral se alimentará a 3 tambores aglomeradores rotatorios, de 3,86 m de diámetro y 12,1 m de longitud cada uno, con capacidad para procesar 1.000 t/h máximo de mineral cada uno. En el interior de los aglomeradores, al mineral se le adicionan dosis de ácido sulfúrico y agua a una razón de 70 kg/t y 100 l/t, respectivamente.

Los consumos máximos de ácido sulfúrico y de agua serán de 77 m3/h y 200 m3/h, respectivamente, razón que no varía a lo aprobado en la R. E. N° 0018/2015. Los tambores de aglomeración existentes, cuentan con un sistema para reducir la emisión de aerosoles (solución de ácido sulfúrico) a la atmósfera y evitar contaminación externa. Dicho sistema consiste en un colector tipo lavador, donde el aire contaminado será tratado y el producto resultante será incorporado a la línea de solución que alimenta las pilas.

La solución recuperada es incorporada al proceso, mientras que el ripio con una humedad final entre 9 y 11% es descargado desde cada aglomerador sobre una correa común que lo transportará al área de lixiviación. Luego, este será cargado a las pilas dinámicas (área existente) mediante sistema mecanizado (existente).

Posteriormente, una vez finalizado el ciclo de lixiviación, el material será descargado utilizando para esto cargadores y camiones de extracción (CAEX) para ser trasladado al área de botadero de ripios.

-           Pilas de lixiviación

El mineral que es descargado desde los aglomeradores es transportado a las canchas de lixiviación a través de un sistema de cuatro correas sucesivas de 2.300 tph de capacidad conjunta.

El sistema de apilamiento dispone de una correa de rechazo a una pila de emergencia, que permite rechazar el mineral que no cumpla con las características de humedad deseadas. En tal caso, se invierte el sentido de operación de la correa de descarga de los aglomeradores, haciendo que la descarga se realice sobre la correa de emergencia que descarga el mineral temporalmente en una pila desde donde se tomará el mineral rechazado para reingresarlo al proceso. Cabe destacar que en esta etapa el mineral presenta una humedad de entre 9 y 11%, por lo que no se generarán emisiones de material particulado.

El área que alberga las pilas de lixiviación tiene un largo total aproximado de 2.300 m y un ancho total de alrededor de 960 m. El mineral es apilado formando 2 pilas de 54 módulos (en total se conforman 108 módulos), que tienen una altura entre 3 m y 6 m, un ancho aproximado de 22 m y 350 m, aproximadamente de largo. Entre las dos pilas (que están conformadas por 54 módulos cada una) existe una calle central de 60 m de ancho donde se ubican las correas transportadoras de alimentación a las pilas, dotadas con carros de transferencia a los puentes móviles. En los límites laterales de cada pila, existen espacios de 35 m y en cada extremo un espacio de 350 m para que el equipo apilador pueda retornar al punto inicial de operación y paralelas a las pilas, se ubican las cañerías de alimentación de solución para lixiviación. En la figura 21 de la Adenda de la DIA, se detalla el sistema de correas utilizado para depositar el material en las pilas.

La superficie del área de lixiviación posee una capa de material inerte de 70 cm de espesor, dispuesta sobre una lámina de HDPE (polietileno de alta densidad) de 0,5 mm de espesor. Dentro de la capa de material inerte, se ubican las cañerías drenantes que reciben la solución lixiviada, transportándola hasta el ducto de recolección de PLS (solución rica), instalado al sur de cada una de las pilas y dentro de una canaleta recubierta de HDPE.

La lixiviación del mineral se realizará mediante riego por un sistema de mangueras y goteros móviles, la cual permitirá mantener uniforme la tasa de riego.

El ciclo de lixiviación comenzará con la irrigación del módulo con una red de aspersores que tiene una duración corta (aproximadamente una semana), de modo de lograr un asentamiento uniforme del material, evitando así, canalizaciones futuras. Posteriormente, durante 50 días se realizará la lixiviación por goteo con PDS (riego por goteo con una solución que proviene de la lixiviación de las pilas agotadas regadas con solución refino) y el resto del ciclo contemplará 80 días de riego por goteo, el que se realizará con refino proveniente de la Planta SX.

El PLS que aflora al pie de los módulos, es y será captada y conducida a través de un sistema de canaletas y cañerías hacia la piscina desarenadora que a su vez descargarán la solución a las dos lagunas reguladoras de PLS (ambas aprobadas de acuerdo a R. E. N° 0155/2003) y desde allí, la solución será conducida hacia un sistema de impulsión que transferirá el fluido hacia la planta SX. La canalización de las soluciones extraídas de la PTMP es la autorizada mediante la R. E. N° 0155/2003 y no ha sido modificada por este proyecto (ver figura 23 de la Adenda de la DIA).

Una fracción del PLS que aflora de los módulos puede ser reciclada en las lagunas reguladoras de PDS para ajustar la concentración de cobre y ácido de esta última.

Las cañerías por las cuales se conducirán las soluciones del proyecto, se insertarán al interior de canaletas revestidas con lámina impermeable (ver figura 4 de la Adenda de la DIA) y, en caso de ocurrir algún derrame de solución, además de existir sensores que los detecten y acciones automáticas de corte de flujo, los líquidos derramados serán conducidos por las canaletas impermeabilizadas hasta puntos bajos donde habrán pozos, también impermeabilizados, donde será recuperado con bombas portátiles para incorporarlo nuevamente al proceso. Una vez cortado el flujo de soluciones, se procederá a reparar la zona defectuosa y luego de realizar las correspondientes pruebas de hermeticidad y certificación de conformidad, se reactivará el sistema de conducción de soluciones para su operación normal.

Se aclara que, según recomendaciones de las pruebas semi industriales realizadas (ver anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA), se utilizarán mezclas de ripios que tengan una humedad entre 3 y 6% base húmeda, de tal forma que al adicionar las soluciones de lixiviación, la humedad al interior de la pila alcanzará valores de 18% v/v y al término de 14,5% v/v. Por tanto, la humedad de salida de los ripios será de alrededor de 14%.

Finalmente, una vez terminado el ciclo de lixiviación y habiendo drenado ya la solución con alto contenido de cobre, se procederá a retirar los ripios residuales mediante cargadores y camiones CAEX, para posteriormente ser trasladados al área de botadero de ripios.

d)         Área botadero (desde pilas hasta botadero ripios)

Los ripios agotados provenientes del proceso de lixiviación serán removidos mediante camiones CAEX hasta el botadero de ripios ubicado en un sector contiguo al área de lixiviación. Los ripios a depositar en el botadero tendrán un 14% de humedad sobre base seca, de manera de minimizar la volatilización de material en suspensión.

Actualmente el depósito de ripios cuenta con 7 fases aprobadas y operativas, desde Fase 0 a V, más la ampliación de la Fase IV y con ocasión del presente proyecto, se verá ampliado incorporándose 3 nuevas etapas. De manera previa a la operación de estas nuevas 3 etapas, se incrementará la altura a las actuales fases del botadero existentes (desde Fase 0 a V), de 30 a 70 m lo cual permitirá almacenar 1.350.000 t/mes de ripios. Este botadero tendrá tres pisos, el primero de 30 m de altura, el segundo de 30 m de altura, con una berma de desacople de 70 m con respecto al primero y finalmente un tercer piso de 10 m, desacoplado nuevamente en 70 m respecto al segundo piso, como se muestra en la figura 21 de la DIA.

Se aclara que no toda la superficie de la existente aumentará su altura hasta los 70 m, puesto que por motivos de estabilidad y de diseño, debe haber bermas de seguridad para los distintos pisos. Por lo tanto, una vez finalizada la construcción de todo el botadero, la superficie final será de 414,5 ha (entre las aprobadas y las nuevas). Mayores detalles de la configuración actual y proyectada del botadero de la PTMP, se encuentran en la figura 16 de la Adenda de la DIA.

Finalmente, se indica que el sistema de recolección de soluciones actual es el aprobado mediante la R. E. N° 0155/2003, la R. E. N° 0018/2003 y la R. E. N° 249/2013 según fase del botadero, al cual se adicionará un sistema de recolección de soluciones que comprenda el área de ampliación del botadero de acuerdo a lo señalado en la figura 16 de la Adenda de la DIA. Ambos conducirán las soluciones a la piscina de emergencia existente para ser luego bombeadas desde este punto al proceso. Tanto la geomembrana como los canales recolectores se dejarán al cierre para que sigan cumpliendo su función.

e)         Botadero de marinas

En la actualidad estas marinas están depositadas en el área a utilizar por el botadero de ripio PTMP, la cual cuenta con impermeabilización. Como parte de este proyecto, el volumen de material que se utilizará en la construcción de rampas será de 1.800.000 m3, esto es, el total de marinas acopiadas en el botadero existente (ver tabla 1.10 de la Adenda Complementaria de la DIA).

Las marinas a utilizar corresponderán a materiales que provienen de los túneles de transporte del proyecto subterráneo de Chuquicamata, cuyas propiedades geotécnicas son superiores a las de los ripios que comúnmente se depositan en botaderos, garantizando la estabilidad de las mismas en la confección de rampas (ver anexo 11 de la Adenda Complementaria de la DIA).

Adicionalmente, se indica que no se incorporarán medidas de control de emisiones durante la carga y descarga de camiones CAEX en el traslado de marinas, no obstante, sus emisiones fueron incorporadas en el inventario de emisiones adjunto en el anexo 5 de la Adenda de la DIA.

f)         Pozos de monitoreo

El proceso de lixiviación y disposición de ripios cuenta con un sistema de monitoreo que tiene por objeto detectar de manera oportuna y temprana la eventual infiltración de lixiviados al subsuelo. Se aclara que a la fecha no existen modificaciones en el sistema de control de infiltraciones aprobado ambientalmente, debido a que la extensión nueva del botadero de ripios se encontrará dentro del área aprobada ambientalmente mediante R. E. N° 0155/2003 y que cuenta con una red de pozos de monitoreo.

En este contexto, se detalla que en el entorno inmediato del proyecto existen 15 pozos de monitoreo (actualmente en operación) distribuidos entre la pila de lixiviación y el depósito de ripios y aguas debajo de este último (presentados en R. E. N° 0155/2003). La ubicación de los pozos se detalla en la figura 7 y tabla 16 ambos de la Adenda de la DIA.

Las características de los 16 pozos que conforman el sistema de monitoreo y Plan de Vigilancia de Aguas de la PTMP son los que se presentan a continuación:

  • 4 pozos de 4 m. de profundidad y 3” de diámetro, ubicados aguas arriba del PAD de lixiviación.
  • 4 pozos de 4 m. de profundidad y 3” de diámetro, ubicados entre el PAD de lixiviación y el botadero de ripios.
  • 5 pozos de 4 m. de profundidad y 3” de diámetro, ubicados aguas abajo del botadero de ripios.
  • 2 pozos de 4 m. de profundidad y 3” de diámetro, ubicados al suroeste del PAD de lixiviación.
  • 1 pozo de 102 m. de profundidad y 4” de diámetro, ubicado inmediatamente aguas abajo de las instalaciones de la PTMP.
En cada pozo se registra la existencia de líquidos y, en caso positivo, se analiza su composición química, pH y conductividad. El objetivo del monitoreo es detectar la presencia de humedad, observar cambios en su comportamiento y establecer si ellos están relacionados con las actividades asociadas a la lixiviación del PAD o al botadero de ripios. Se realiza cada 3 meses y se remite un informe semestral a las autoridades competentes (DGA y SMA), enviándolo dentro de los 20 días hábiles siguientes de concluido el semestre respectivo.
 
En caso de evidenciar infiltración de soluciones, se procederá a detener el proceso de riego y a reparar la zona defectuosa para luego continuar con la operación normal del proceso de lixiviación. Sin desconocer lo anterior, en el entendido que la demostración empírica de la eficiencia de dichos pozos resulta compleja precisamente por el hecho de que a la fecha los mismos no han dado cuenta de la presencia de agua, es posible recurrir para este fin a los resultados de un pozo de 102 m de profundidad  y 4” de diámetro hasta el basamento rocoso, denominado SI-15E, que cuenta con registros desde el año 2004, previo al inicio del proyecto evaluado y calificado de acuerdo a la R. E. N° 0155/2003.
 
Los resultados del registro histórico en el pozo SI-15E, desde el año 2005 a la fecha, dan cuenta de un nivel estático que no muestra un aumento de agua en el mismo, evidenciando la ausencia de nuevos aportes, por ejemplo, desde las instalaciones de la PTMP. Al mismo tiempo, el agua encontrada en dicho pozo ha presentado una concentración estable de sulfatos durante todo el periodo de registro.De acuerdo a lo anterior, considerando que este pozo se ubica exactamente aguas abajo de las instalaciones de la PTMP, es posible aseverar que las obras y actividades de la PTMP no han impactado el acuífero subyacente. 
 
Además, a fin de asegurar la futura eficiencia del sistema de monitoreo, se incorporó en R. E. N° 0018/2015 al Plan de Vigilancia de Aguas el pozo SI-15E, quedando éste establecido por los 16 pozos de monitoreo (ver anexo 1 “Plan de Vigilancia de Aguas” de la Adenda de la DIA).  Por lo tanto, debido a que el proyecto se ubicará al interior de la misma área de la PTMP, descrita en la resolución citada anteriormente, donde se propusieron estas medidas, esta misma información servirá para mantener el monitoreo y control del sector del presente proyecto en evaluación.
 
Finalmente, a solicitud de la Dirección General de Aguas, se incorporará un pozo CHP-03, ubicado aguas arriba de las pilas y botadero cuyo sistema de monitoreo considerará los mismos parámetros y periodicidad indicada en el Plan de Vigilancia de Aguas autorizado, esto es, mediciones de nivel estático, salinidad, características físico químicas y otros. Mayores antecedentes, ver capítulo VI, respuesta 1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
g) Actividades de mantención y conservación

El programa de mantenimiento para las actividades asociadas al tratamiento de ripios y recursos artificiales en PTMP, será de tipo preventivo y correctivos, el cual considerará principalmente cambio de elementos y reparaciones. El detalle de las medidas a realizar en cada una de las instalaciones, se encuentra en la tabla 20 de la Adenda de la DIA.

h) Transporte

El transporte de residuos, insumos y personal no forma parte del presente proyecto en evaluación.

i)          Equipos y maquinarias

La maquinaria requerida para el proyecto, además de la maquinaria total a utilizar durante la operación, se detalla en la tabla 1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Cabe destacar, que como el proyecto continuará la vida útil aprobada en R. E. N° 0155/03, se mantendrán los equipos existentes y aprobados bajo esa Resolución, al igual que la cantidad de personal que actualmente opera la PTMP.

j) Suministros básicos

A continuación, se detallan los insumos a utilizar en la fase de operación del proyecto.

Insumo
Proceso
Consumo
R. E asociada
Electricidad
Transporte de material y operación PTMP
179. 805 MWh/año
Se mantiene lo aprobado en R. E. N° 0155/2003.
Agua potable
Bebestible y servicios
67,5 m3/día
Ácido sulfúrico
Lixiviación
77 m3/h
Agua industrial
Humectación de caminos
0,08 m3/s
Adicional respecto de lo aprobado en R. E. N° 0018/2015.
Combustible
Abastecimiento de maquinaria
9.385 m3/año
Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación.

Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
 
Las emisiones para el tratamiento de ripios en la PTMP, estarán dadas por los siguientes segmentos: zona de extracción a zona de mezclado, zona de mezclado a zona de descarga, zona de pilas a botadero y traslado de marinas. Cabe destacar que cuando entre en funcionamiento el presente proyecto, algunas fuentes preexistentes dejarán de estar en vigencia, por ende, para evaluar el real impacto se ha realizado la diferencia entre la operación proyectada y la operación actual (caso base).
 
De acuerdo a lo anterior, las mayores emisiones serán en el año 3, donde el mayor aporte por el traslado de marinas será el que provocará la diferencia con el resto de los años de operación. Las emisiones corresponderán a 1782,28 de MPS, 483,28  t/año de MP10 y 73,19 t/año de MP 2,5.
 
Durante la fase de operación se considerará la humectación de caminos con una frecuencia de 3 veces al día. Conjuntamente, se mantendrán las acciones de control de emisiones correspondientes al traslado de ripios mediante una correa transportadora cubierta aprobadas por la R. E. N° 0018/2015 para la fase de operación.
 
b) Emisiones de ruido

Las emisiones de ruido generadas en esta fase serán las típicas provenientes de maquinaria pesada, temporales y de carácter puntual puesto que éstas se restringirán al ambiente laboral dado que no hay población cercana. Cabe señalar que el presente proyecto, contemplará procesar materiales “ripios”, que no requieren de un proceso chancado, disminuyendo con esto, las emisiones de ruido en el lugar.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

 
a)      Residuos líquidos

A continuación, se detallan los residuos líquidos a generarse durante la fase de operación del proyecto.

Residuo

Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Aguas residuales de instalaciones de faenas.
1.620 m3/mes
18 m3/mes

Planta de tratamiento de aguas servidas existente.

Reutilizadas en humectación de caminos ya que cumplirán con la NCh 1.333/87 o en PTAS existente.

 
b)      Residuos sólidos
 
A continuación, se detallan los residuos sólidos que se generarán durante la fase de operación del proyecto.
 
Residuo

Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Residuos domésticos (restos de alimentos, envases, papeles.)

0,15 t/mes
0,15 t/mes
Sitio de almacenamiento temporal existente.
Relleno Sanitario Puerta N° 4.

Residuo Industrial No peligroso (correas, gomas, entre otros, restos de tubos, goteros, HDPE)

1 t/mes
1 t/mes

Residuo Industrial Peligroso (restos de trapos contaminados, EPP contaminados, mangueras, materiales con restos de grasas y combustible).

1 t/mes
1 t/mes
Zona de
Almacenamiento Temporal de Residuos
Peligrosos dentro de la División.

Serán transportados y dispuestos por una empresa que cuente con las autorizaciones pertinentes para transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Estimación de emisiones, ver anexo 5 de la Adenda de la DIA.

4.4.3. FASE DE CIERRE
 
Para las actividades de cierre de instalaciones asociadas al tratamiento de ripios y recursos artificiales en PTMP, se considerarán las siguientes medidas:
a)    Desenergizado de instalaciones

Previo a la limpieza de instalaciones y equipos, se desenergizarán todas las instalaciones afectas al cierre, según corresponda, pues el área no tendrá un uso posterior.

b)      Limpieza de instalaciones
 

Previo a la limpieza de las instalaciones, por parte de una empresa especialista y autorizada, se realizarán test de peligrosidad a los productos presentes a fin de caracterizarlos. En caso de resultar peligrosos de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148/2003 o la normativa que se encuentre vigente al momento del cierre de la faena, se manejarán de acuerdo a lo indicado por la respectiva normativa, considerando los requerimientos para transporte, disposición y/o tratamiento a través de empresas debidamente autorizadas.

c)      Operatividad de pozos piezométricos

Si bien, la ampliación del botadero será construido con una superficie de HDPE para evitar la eventual infiltración de lixiviados al suelo, como medida de control y seguimiento, se mantendrán operativos los pozos piezométricos de modo de poder realizar controles periódicos de posibles filtraciones al subsuelo, aguas abajo del depósito de ripios. El monitoreo se extenderá 5 años después de finalizada la operación del proyecto y tendrá una periodicidad anual.

d)    Señalizaciones y cierre de accesos

Se considerará la instalación de señalética indicando las áreas peligrosas de la faena y la necesidad de mantenerse alejados de estas. En las áreas en que se amerite mayor resguardo, se instalarán barreras que impidan el paso a los sectores de mayor riesgo, mientras que todos los accesos al botadero serán cerrados, restringiendo el acceso al personal autorizado.

e)         Retiro de materiales y repuestos

Los materiales y repuestos existentes podrán ser retirados y clasificados para su posible enajenación, venta, traslado a otras faenas o disposición final en lugares autorizados.

f)         Protección de estructuras remanentes

Se realizará una evaluación de riesgos mediante la cual se determinarán todas las estructuras remanentes que presenten riesgos a las personas y que requieran medidas de control, para ser dejadas a un nivel de riesgo aceptable de acuerdo a las medidas de seguridad de la DCH.

El cierre y desmovilización final del área se acogerá al Plan de Cierre Divisional vigente en el momento en que la DCH de por finalizada su operación. El cierre asociado al presente proyecto será incluido en la próxima actualización del Plan de Cierre Divisional.

g)         Insumos y servicios básicos

A continuación, se detallan los insumos a utilizar en la fase de cierre del proyecto.

Insumo
Proceso
Consumo
Agua potable
Bebestible y servicios
750 l/día
Agua industrial
Humectación de caminos
0,08 m3/s
Combustible
Abastecimiento de maquinaria
100 m3/año
Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre.

Emisiones y efluentes
a)      Emisiones atmosféricas
 
Se  considerará solo trabajos asociados al cierre de la PTMP. Por tanto, el año de mayor emisión será el año 10, puesto que será el único año en que se desarrolle esta fase. Las emisiones corresponderán a 0,23 de MPS, 0,09 t/año de MP10 y 0,04 t/año de MP 2,5.
 
b)      Emisiones de ruido
 
Las emisiones sonoras provendrán de la operación de maquinaria y tránsito vehicular, similares a las producidas durante la fase de construcción del proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)      Residuos líquidos

A continuación, se detallan los residuos líquidos a generarse durante la fase de cierre del proyecto.

Residuo

Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Aguas residuales de instalaciones de faenas.
36 m3/mes
18 m3/mes

Planta de tratamiento de aguas servidas existente.

Reutilizadas en humectación de caminos ya que cumplirán con la NCh 1.333/87o serán enviadas a un sitio que cuente con autorizaciones pertinentes en esa fecha.

 
 
b)      Residuos sólidos

A continuación, se detallan los residuos sólidos que se generarán durante la fase de cierre del proyecto.

Residuo

Cantidad por obras adicionales (proyectado)

Autorizado R. E. N° 0018/2015

Almacenamiento temporal

Disposición final

Residuos domésticos (restos de alimentos, envases, papeles.)

0,18 t/mes
0,15 t/mes
Sitio de almacenamiento temporal existente.

Relleno Sanitario Puerta N° 4, o el que esté debidamente aprobado a la fecha del cierre.

Residuo Industrial No peligroso (restos de polietileno de alta densidad, goteros, tubos PVC)

3 t/mes
3 t/mes

Residuo Industrial Peligroso (restos de trapos contaminados, EPP contaminados, mangueras, materiales con restos de grasas y combustible).

1,5 t/mes
1,5 t/mes
Zona de
Almacenamiento
Temporal de Residuos
Peligrosos dentro de la División.

Serán transportados y dispuestos por una empresa que cuente con las autorizaciones pertinentes para transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Estimación de emisiones, ver anexo 5 de la Adenda de la DIA.


4.5. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.5.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Primer semestre 2017.
Parte, obra o acción que establece el inicio

Inicio construcción camino entre zonas de extracción y área de mezcla.

Fecha estimada de término

Segundo Semestre 2020.

Parte, obra o acción que establece el término

Término de Instalación de Carpeta Botadero de Ripios Etapa B

4.5.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Primer Semestre 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Extracción de ripios (RMS y RCHc) y traslado a área de mezcla

Fecha estimada de término

Segundo Semestre 2025.

Parte, obra o acción que establece el término

Cese de depositación de ripios en botadero PTMP.
4.5.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio

Primer Semestre de 2026.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desinstalación sistema de riego.

Desenergización de instalaciones.

Fecha estimada de término
Primer Semestre de 2026.
Parte, obra o acción que establece el término

Cierre de piscinas de recepción de soluciones, y cierre de caminos de accesos.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Emisiones de material particulado y gases

De acuerdo a lo informado en el anexo 6 de la adenda de la DIA, se indica que al observar la diferencia entre la operación actual del proyecto y la operación proyectada, los aportes para MP10 y MP2, 5 serán nulos, esto dado que las emisiones en la operación actual serán mayores a las emisiones que se presentarán en la operación proyectada.

 

Dado lo anterior se puede concluir que el presente proyecto, no generará ni presentará riesgos para la salud de la población debido a las emisiones que se generarán producto de las obras.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.2.EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

El proyecto se localizará en terrenos que son de la DCH cuyas actividades y obras han sido parte constituyente de la División, y por tanto su ubicación no afectará el ecosistema, suelo y agua. Respecto a medidas de prevención, el proyecto contemplará en la ampliación del botadero la utilización de una carpeta HDPE que impermeabilizará el área intervenida evitando de esta forma la infiltración de solución ácida. En el entorno del proyecto no existen cursos de agua expuestos a eventuales efectos y demás, el proyecto no considerará la descarga de efluentes a cursos de aguas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

No se prevé la intervención o restricción al acceso de los recursos naturales que utilizan los grupos humanos, ni en especial a los grupos humanos indígenas del área de influencia atmosférica. Algunas de estas comunidades tienen sus zonas de producción agrícola en el sector sur y sureste de la ciudad de Calama, junto a la ribera del río Loa, cuya distancia más cercana del proyecto a estas comunidades es de aproximadamente 10 km.

 

Además, de acuerdo a las modelaciones de dispersión de contaminantes (ver anexo 6 de la Adenda de la DIA), el área ocupada por las comunidades indígenas para la producción agrícola está alejada y distante del área de influencia del proyecto para la componente calidad del aire, en todas las etapas del proyecto. En efecto, los aportes en concentración se limitan a las cercanías del proyecto, fuera del área urbana de Calama, y por sobre todo fuera del área donde tienen territorio las comunidades indígenas antes mencionadas. De hecho, la zona más cercana a las comunidades indígenas, pero aproximadamente 1 Km fuera al exterior del perímetro de la ciudad de Calama, recibe aportes como promedio anual de 0,06 mg/m2 al día en fase de construcción, y la misma concentración, también como promedio anual, se recibe en el borde del perímetro de la ciudad de Calama en fase de operación.

 

Finalmente, tampoco se prevén afectaciones respecto del recurso suelo. Las actividades agrícolas desarrolladas por los grupos humanos indígenas urbanos se ubican a igual y mayor distancia del recinto industrial donde se ubicará el proyecto y las actividades ganaderas de la zona se dan en un área que se encuentra en sentido contrario a donde se instalará el proyecto (hacia el sur y suroriente de la ciudad).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

El proyecto se emplazará en una zona intervenida por actividad minera, y no se localizará en o alrededor de áreas donde existan poblaciones protegidas  ni sitios prioritarios, humedales, glaciares o territorio con valor ambiental. Por lo tanto, la materialización del proyecto no afectará poblaciones protegidas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

El proyecto se emplazará en un área intervenida, dentro de la propiedad de Codelco DCH, y no implicará la obstrucción de la visibilidad a ninguna zona con valor paisajístico. Además, el área del proyecto no presenta recursos o elementos con valor paisajístico o turístico y tampoco se encuentra inserta en zonas o centros de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el D.L. Nº 1.224 de 1975.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

En el área del proyecto no existen Monumentos Nacionales definidos por la Ley 17.288.

El área considerada se encuentra ubicada dentro de una zona industrial e intervenida por las operaciones actuales de la Fundición Chuquicamata, en dependencia de DCH, por lo cual no se registran evidencias de material cultural en superficie que permitan diagnosticar o identificar elementos propios del patrimonio cultural, es decir, no registra sitios arqueológicos, paleontológicos ni históricos protegidos por Ley.
 
En este contexto, el desarrollo del proyecto no considerará remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar, intervenir ni modificar en forma alguna, algún Monumento Nacional definido en la Ley 17.288, como de tampoco de ninguna construcción, lugar o sitios de valor científico u histórico que pertenezca al patrimonio cultural o indígena.
 

A pesar de lo anterior, cabe indicar que el desarrollo del proyecto considerará, en conformidad a la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales, la obligatoriedad de dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y detener totalmente las obras, en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción del terreno en el área.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.
 

6°. Que resulta aplicable al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
 

6.1.1. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral del artículo 136 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Ampliación del botadero PTMP. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 12 de la DIA, actualizado en el anexo 6 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

  • Previo a la actividad de cierre, el Titular deberá presentar la evaluación del potencial de generación de drenajes ácidos conforme a la composición geoquímica del material agotado en botadero PTMP y las medidas que se adoptarán para el adecuado manejo y estabilización, según los resultados obtenidos.
  • Previo a la etapa de depositación de material en ampliación del botadero PTMP, el Titular deberá presentar el análisis de estabilidad física, conforme las propiedades resistivas de la mezcla 70% ripio verde y 30% ripio rojo que se estimarán en laboratorio para este nuevo proyecto. 
  • Para comenzar con las etapas/actividades señaladas anteriormente, se deberá contar con la visación previa de la Dirección Regional SERNAGEOMIN.
Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección Regional SERNAGEOMIN de la Región de Antofagasta, mediante ORD N°3809 de fecha 24 de junio de 2016, se pronunció conforme, respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°136 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

 

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza del artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Planta de tratamiento de aguas servidas a utilizar en  la instalación de faena, fase de construcción. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 7 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N°73 de fecha 05 de julio de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°138 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

 

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos del artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Construcción de obras relacionadas a la instalación de faena, asociado a una superficie de 360 m2. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 8 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección Regional SAG de la Región de Antofagasta, mediante ORD N° 406 de fecha 12 de agosto de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°160 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

 
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
 
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo Nº144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza;
  • Decreto Supremo Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Establece medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Durante la fase de construcción y cierre, se contemplará la humectación de los frentes de trabajo de forma de minimizar la generación de material particulado en suspensión. Respecto a las emisiones a generar durante la fase de operación es preciso señalar que el proyecto al tratar, materiales “ripios”, no requerirá chancado ni clasificación, por tanto, se considerará la PTMP como un sistema de manejo de materiales (detención chancado y harneado, utilizándose solo como traspaso de material) y por otro lado, al momento de operar el presente proyecto, se habrá dado término a las actividades asociadas a la Mina Sur (aprobado de acuerdo a R. E. N° 0155/2003). Además, en todas las fases del proyecto se realizará un control de velocidad a los vehículos y se realizará mantención de maquinarias y vehículos, exigiendo también revisión técnica a los vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • D.S. Nº 138/05, modificado por Decreto Nº 90 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

 
 

Se procederá a la declaración de las emisiones de las fuentes fijas del proyecto, con una frecuencia anual a través de la página web del Ministerio de Salud o del dominio www.declaracionemision.cl.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto 206/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece nuevo Plan de Descontaminación para la Zona Circundante a la Fundición Chuquicamata de la División de Codelco Chuquicamata.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

El proyecto se emplazará dentro de los límites establecidos por el presente decreto. Para dar cumplimiento se consideró aplicar un tipo de sales, que puede ser bischofita, con al menos una eficiencia del 75% de abatimiento, para realizar el control de emisiones de material particulado, que es lo que le corresponde aplicar al proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto 57/2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Declara Zona Saturada por Material Particulado Respirable PM 10 a la Ciudad de Calama y su Área Circundante.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 

El proyecto considerará implementar medidas de manera de evitar que el material particulado producido, causen peligros, daños o molestias. Al respecto es preciso señalar que durante la fase de operación, los materiales a tratar “ripios”, no requerirá chancado ni clasificación y por otro lado, al momento de operar el presente proyecto, se habrá dado término a las actividades asociadas a la Mina Sur (R. E. N° 0155/2003. Además, se realizará un control de velocidad a los vehículos y se realizará mantención de maquinarias y vehículos, exigiendo también revisión técnica a los vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 4/94 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • D.S. N° 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados pesados;
  • D. S N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Los vehículos motorizados que se utilicen durante las distintas fases del proyecto cumplirán los límites máximos de emisión señalados en la norma. Por otra parte, se verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumple con los límites máximos de emisión, establecidos por la normativa. Asimismo, la maquinaria a utilizar para efectos de transporte contará con la revisión técnica al día, cumpliendo con la normativa vigente. A todos los vehículos que se utilicen se les harán las mantenciones recomendadas por el fabricante y las adicionales que se requieran, para garantizar un óptimo funcionamiento, asegurando así que las emisiones se mantengan dentro de los rangos permitidos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

En la fase de construcción y cierre, las emisiones de ruido generadas por el proyecto corresponderán a las típicas provenientes del funcionamiento maquinaria pesada, los que serán temporales y de carácter puntual ya que éstas se restringen al ambiente laboral dado que no hay población cercana. Es importante señalar que no existen poblaciones, ecosistemas o sitios de interés cercanos al proyecto, susceptibles de ser alterados. En la fase de operación, los chancadores existentes en la PTMP se utilizarán como mecanismo de traspaso de material, aminorando las emisiones acústicas del proceso para el entorno. De lo anterior se indica que la inmisión acústica asociada a proyecto será perceptible sólo en su entorno inmediato y en ningún caso en receptor sensible alguno, en particular asociado a la localidad de Calama.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.2 del ICE.

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica

NORMA
  • D.S. N°43/13 del Ministerio del medio ambiente. Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686/98, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

El Titular no considerará la instalación de luminarias, de ser el caso, dará cumplimiento a la presente norma de emisión, acordes a lo establecido en la normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.3 del ICE.

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99 (modificado por D.S Nº 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Los requerimientos sanitarios de servicios higiénicos y de evacuación de aguas servidas durante la construcción y cierre, será a través de las instalaciones de faena, la cual estará conectada en la planta de tratamiento de aguas servidas. De igual modo, se proveerá de baños químicos en los frentes de trabajo, en una cantidad necesaria, los cuales serán operados por una empresa especialista en el manejo de este tipo de residuos para lo cual contará con su correspondiente autorización. Durante la fase de operación, se contará con servicios higiénicos existente en la PTMP, cuya  planta de tratamiento es existente y autorizada de acuerdo a la Resolución Nº701/2006 de la SEREMI de Salud Antofagasta.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.4 del ICE.
 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domésticos e industriales no peligrosos)

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99 (modificado por D.S Nº 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

Los residuos domésticos generados por los trabajadores, serán dispuestos en contenedores adecuados y recolectados periódicamente para su disposición final en relleno sanitario, cerca de Puerta N° 4 de División Chuquicamata, autorizado por Resolución N° 5928 del Servicio de Salud de Antofagasta (ver anexo N°9 de la DIA). Los residuos industriales sólidos no peligrosos, serán dispuestos temporalmente en contenedores de forma transitoria en el sitio de almacenamiento temporal existente y desde allí serán recolectados periódicamente para luego ser retirados para su disposición final en relleno sanitario autorizado (Puerta N° 4).

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.5 del ICE.
 

7.11. COMPONENTE/MATERIA:  Residuos peligrosos

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Los residuos peligrosos serán manejados de acuerdo a lo dispuesto en el plan de manejo de residuos peligrosos de la División, documento que cuenta con la aprobación de la autoridad sanitaria. Los residuos serán dispuestos en tambores debidamente sellados los cuales serán trasladados diariamente al área de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (ZTROP) y desde aquí trasladados para su disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.6 del ICE.
 

7.12. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Resolución Nº 1/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
 

En el caso que sea necesario transportar equipos o maquinarias que por su tamaño impliquen exceder las dimensiones máximas establecidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.S. Nº200/93 del  Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país;
  • D.S. Nº158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Fija Peso Máximo de Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Se exigirá a los contratistas no exceder los valores establecidos por la norma en materia del peso máximo con el que pueden circular vías urbanas y por caminos públicos, respectivamente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.S N°298/95 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El titular exigirá a sus contratistas que los vehículos reúnan las condiciones establecidas en la presente norma. Por lo mismo, División Chuquicamata mantendrá en faena los antecedentes técnicos de los camiones utilizados por sus contratistas para el transporte de sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 75/87 (modificado por D.S. Nº 78/97) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.F.L. Nº850/98. DEL MOP. Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840/64 y de DFL Nº206/60 sobre Construcción y Conservación de Caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El Titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos, e instruirá a los transportistas para cumplir con esta prohibición.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 
7.17. COMPONENTE/MATERIA:  Patrimonio cultural
NORMA
  • Ley N° 17.288/70 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales;
  • D.S. Nº 484/90 del Ministerio de Educación. Reglamento sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El proyecto se desarrollará en áreas ya intervenidas, no obstante a lo anterior, en el caso eventual que durante las actividades de construcción, operación y cierre del proyecto se encontrasen elementos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se dará cuenta a las autoridades respectivas, las que dispondrán de las medidas de rescate o conservación apropiadas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 
7.18. COMPONENTE/MATERIA:  Cierre de faenas mineras
NORMA
  • Ley Nº 20.551/2011del Ministerio de Minería. Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras (modificada por la Ley 20.819/2015) y su Reglamento D.S. 41/2012.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Cierre.
Forma de cumplimiento
 

El proyecto considerará el cierre de sus faenas mineras, con actividades y medidas análogas a aquellas contempladas para las actividades actualmente en curso. Corresponderá en la actualización del Plan de Cierre, incorporar los elementos contenidos en el presente proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.9 del ICE.

 
7.19. COMPONENTE/MATERIA:  Otras normativas
NORMA
  • D.S. Nº1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El Titular declarará las emisiones y los residuos que correspondan en el registro, de acuerdo a lo señalado en el reglamento, a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores, con la frecuencia y dentro de los plazos que se establezcan por la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.10 del ICE.

 
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:
 
8.1. El titular deberá incluir el presente proyecto en su próxima actualización sectorial de Plan de Cierre.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 
9.1. Incorporación de pozo
Descripción

El titular incorporará un pozo CHP-03, ubicado aguas arriba de las pilas y botadero cuyo sistema de monitoreo considerará los mismos parámetros y periodicidad indicada en el Plan de Vigilancia de Aguas autorizado, esto es, mediciones de nivel estático, salinidad, características físico químicas y otros. La ubicación propuesta para el pozo de monitoreo aguas arriba se detalla en la tabla 6.1.1 y figura 6.1.1, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA. En anexo 12 de la Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la estratigrafía del pozo CHP-03 y su correspondiente Certificado Topográfico.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.1  del ICE.

 
9.2. Estudio Geofísico
Descripción

El titular realizará un estudio geofísico una vez al año, en el área que abarcará el proyecto de la PTMP, de manera de identificar eventuales infiltraciones de lixiviados. Sin embargo, la Dirección General de Aguas, mediante ORD 463 de fecha 5 de agosto de 2016 indico las siguientes condiciones:

  • Se deberá realizar el estudio geofísico antes de la fase de operación del proyecto, cuyos resultados deberán ser informados ante la DGA a más tardar 4 meses de otorgada una eventual RCA favorable del proyecto en evaluación.
  • El área del proyecto a estudiar, corresponderá a aquel mostrado en la figura 14 de la Adenda de la DIA del proyecto en evaluación.
  • El monitoreo asegurará la cobertura de la altura final del botadero de ripios (70 m) más la profundidad del acuífero en la zona (100 m aproximadamente).
  • Para el estudio del área deberá realizar 7 perfiles dispuestos como muestra la figura 14 de la Adenda de la DIA. Las estaciones deberán ser dispuestas cada 200 m por perfil y su ubicación debe ser informada a la DGA un mes después de otorgada una RCA favorable, quien deberá visar la posición final de las estaciones.
  • El método a utilizar debe ser informado junto a la ubicación de las estaciones y deberá ser correctamente justificado.
  • Finalmente, se indica que durante la fase de operación del proyecto, este estudio deberá ser realizado una vez al año de acuerdo al compromiso adquirido por el titular en el proceso de evaluación.
Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.2  del ICE.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

10.1.  PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
 
10.1.1. Plan de contingencia

Acciones o medidas a implementar

Se presentan las acciones a considerar en caso de ocurrir los siguientes eventos. Mayores antecedentes, revisar anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.

  • Derrames
  • Corte de energía
  • Corte suministro agua fresca
  • Incendio
  • Sismos
Además, se presentan medidas de control para actuar frente a eventual contingencia que afecte a fauna, tales como:
  • Medidas relacionadas con avistamiento y rescate de vertebrados terrestres
  • Medidas a implementar para evitar el ingreso de vertebrados terrestres a zonas que afecten su integridad física
  • Medidas relacionadas con avistamiento y rescate de aves.
  • Medidas a implementar para evitar el ingreso de aves a zonas que afecten su integridad física.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.
 

11. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15. Que, para que el proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales presentado por Codelco Chile, División Chuquicamata.

2°. Certificar que el proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 138 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Valentín Volta Valencia
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Antofagasta




RMM/PTV/DLR/CGV/AAP

Distribución:

  • Sergio Parada Araya
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Calama
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <dmaturana.2@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Lixiviación de Ripios y Recursos Artificiales"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=14/c9/af24075f42435d8d8d6b8f26fbf45e4129b1


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