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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "EDIFICIOS CORPORATIVOS SODIMAC Y ADESSA TOTTUS"

Resolución Exenta Nº 368/2017

Santiago, 10 de agosto de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 04 de enero de 2017, su Adenda de fecha 26 de abril de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 23 de junio de 2017 del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus” presentada por Inmobiliaria Sociedad de Rentas Falabella S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus”.     

 

3°. El Acta de Evaluación N° 06/2017 de fecha 26 de enero de 2017 y el Acta de Evaluación N° 01/2017 de fecha 27 de julio de 2017, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus” de fecha 31 de julio de 2017.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 08 de agosto de 2017.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus.  

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Sociedad de Rentas Falabella S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Sociedad de Rentas Falabella S.A.

Rut

99.556.170-0

Domicilio

Huérfanos 1011 Apto. 118, Santiago.

Teléfono

2 23848522

Nombre representante legal

Álvaro Fierro Correa

Rut representante legal

7.654.687-8

Domicilio del representante  legal

Av. Kennedy Lateral 5601 Nivel 4, Las Condes, Santiago.

Correo electrónico del titular o representante legal

afierro@falabella.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de julio de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 08 de agosto de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 31 de julio de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto consiste en la modificación de un proyecto de oficinas (existente) de 16.667,98 m2 de superficie y 776 estacionamientos, destinado actualmente al funcionamiento de la empresa SODIMAC S.A. La modificación contempla la urbanización para el desarrollo de un segundo edificio de oficinas de 6 pisos para la empresa Adessa Tottus, además de 648 estacionamientos, áreas verdes y un sector de equipamiento recreacional, con un total de 38.247,27 m2 de superficie construida. De esta manera, se configura un proyecto de 2 edificios corporativos que, sumando el existente y el proyectado, más los estacionamientos complementarios contiguos, alcanzan 54.915,25 m2 de superficie total construida y un total de 1.426 estacionamientos. Adicionalmente, contempla implementar 167 estacionamientos para bicicletas.

 

El proyecto se emplazará en una zona industrial, específicamente en la Av. Presidente Eduardo Frei Montalva N° 3092 y N° 3098, comuna de Renca, Provincia de Santiago en la Región Metropolitana, en un terreno de 53.302,16 m2.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

 “h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características”.

“h.1.4.   Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos;”

El proyecto contempla la construcción de 650 estacionamientos, que junto con los ya existentes suman 1.426 unidades, superando la cantidad de estacionamientos, establecida en el literal h.1.4 del RSEIA.

 

Tipología Secundaria: no tiene.

Vida útil.

Indefinida

Monto de inversión

US$ 33.043.484.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El hito que da inicio una vez obtenida la RCA será el inicio de la actividad de instalación de faenas, que permitirá la habilitación del terreno para las etapas posteriores.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

El proyecto consiste en la modificación de un proyecto de oficinas existente, destinado actualmente al funcionamiento de la empresa SODIMAC S.A. y contempla la urbanización para el desarrollo de un segundo edificio de oficinas. De esta manera, se configura un proyecto de 2 edificios corporativos que, sumando el existente y el proyectado, más los estacionamientos complementarios contiguos, alcanzan 54.915,25 m2 de superficie total construida y un total de 1.426 estacionamientos. Adicionalmente, contempla implementar 167 estacionamientos para bicicletas.

 

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El proyecto se localiza en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Renca, específicamente:

 

·         Sector Edificio: Av. Presidente Eduardo Frei Montalva N°3092, ROL N° 2121-27 (CIP N°371 de fecha 06/08/2015, emitido por la DOM de la I. Municipalidad de Renca, Anexo A.1 de la DIA).

 

·         Sector Estacionamientos: Av. Presidente Eduardo Frei Montalva N°3098, ROL N° 2121-57 (CIP N°196 de fecha 09/03/2016 emitido por la DOM de la I. Municipalidad de Renca, Anexo A.1 de la DIA).

 

En la figura I-1 de la DIA, se representa el polígono del proyecto y en el Anexo 2.1 de la Adenda se adjunta el plano de emplazamiento.

Justificación de la localización.

El proyecto se emplazará en la zona centro-norte de la comuna de Renca, que se caracteriza por pertenecer a la Zona Industrial Exclusiva del PRMS y Zona I del PRC, con uso de suelo ligado a actividades industriales. Se encuentra localizado en una vía importante de la Región (Autopista Central) lo que permite el traslado tanto al interior de la comuna y fuera de ella, hacia los demás centros urbanos de la Región Metropolitana. Cabe señalar que en ambos terrenos, la Av. Pdte. Eduardo Frei Montalva cuenta con Declaratoria de Utilidad Pública por ensanche en 20 m, según consta en los Certificados de Informes Previos respectivos.

 

En el Anexo A.1 de la DIA se adjunta CIP N° 371 de fecha 06/08/2015 (sector edificio) y CIP N° 196 de fecha 09/03/2016 (sector estacionamientos).

 

En el Anexo A.2 de la DIA se adjunta Res. Modificación de Proyecto de Edificación de Obra Nueva N°18 de fecha 18/05/2016, que complementa el Certificado de Recepción Definitiva Parcial N° 05 de fecha 31/01/2014 (Anexo A.3 de la DIA), lo que corresponde al predio de ambos edificios (edificio Sodimac y edificio proyectado) y en el Anexo 1.2 de la Adenda se adjunta comprobante de ingreso del Permiso de Edificación del predio donde se proyectan los nuevos estacionamientos (fecha de ingreso 09/03/2017).

Superficie.

El proyecto se emplazará en un predio de 53.302,16 m2, lugar en donde se planea construir un edificio de oficinas en el Sector 1 (19.505,85 m2), y nuevos estacionamientos en el Sector 2 (18.741,42 m2), alcanzando los 38.247,27 m2 de superficie construida total. El detalle de estas superficies se presenta a continuación:

 

Tabla 1: Resumen superficies proyecto (Nuevo Edificio-S1 + Nuevo Sector Estacionamientos-S2).

                       

Superficie (m2)

Superficie total construida

Sector 1

Sector 2

Superficie total construida bajo nivel

4.168,40

7.250,42

Superficie total construida sobre nivel

15.337,45

11.491,00

SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA

19.505,85

18.741,42

SUPERFICIE TOTAL

38.247,27

Fuente: Tabla I-2 de la DIA.

 

De esta manera, el proyecto configurado por los 2 edificios corporativos, sumando el existente y el proyectado, más los estacionamientos complementarios contiguos, alcanzan 54.915,25 m2 de superficie total construida.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del proyecto.

 

Tabla 2: Coordenadas de ubicación del proyecto.

Coordenadas UTM WGS 84, H19.

Área de Proyecto

Punto

Este

Norte

 

 

 

 

Sector 1

A

343.079

6.303.140

B

343.080

6.303.143

C

343.146

6.303.165

D

343.150

6.303.163

E

343.181

6.303.061

F

343.182

6.303.064

G

343.114

6.303.039

H

343.110

6.303.041

 

 

 

Sector 2

A’

343.124

6.303.247

B’

343.270

6.303.294

C’

343.272

6.303.293

D’

343.301

6.303.238

E’

343.230

6.303.216

F’

343.231

6.303.212

G’

343.144

6.303.183

Fuente: Tabla I-1 de la DIA.

Caminos de acceso.

El proyecto contará con acceso vehicular y peatonal por Av. Presidente Eduardo Frei Montalva, al norte del Proyecto, y acceso vehicular por Camino Lo Ruiz, al sur del mismo.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·         Planos de arquitectura del proyecto, Anexo B de la DIA.

·         Planos de emplazamiento, rasantes accesibilidad universal, aguas lluvias estacionamientos, Anexo 2 de la Adenda.

·         Localización y partes y obras del proyecto en formato KMZ, Anexo 8 de la Adenda.

·         Emplazamiento del proyecto, figura I-1 de la DIA.

·         Georreferenciación del proyecto, tabla I-1 de la DIA.

 

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Instalación de faenas

Consiste en los cierros perimetrales y de recintos provisorios, tales como: oficinas, comedores, servicios higiénicos, sala de reuniones y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios, además de los recintos destinados al acopio de materiales.

 

En la figura I-2 de la DIA se presenta un esquema de la instalación de faenas y en la figura I-3 de la DIA se adjunta su emplazamiento de ella en el terreno del proyecto.

Sitio de acopio de residuos

Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos (punto 1.1, Anexo 5 de la Adenda, PAS 140), el cual poseerá las siguientes dimensiones: 7 m de ancho por 18 m de largo. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSAD). El área para los contenedores de RSAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas.

Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos

En esta fase se llevará a cabo el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, esto al interior de contenedores con tapa hermética, debidamente etiquetados, que serán dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, alejada de las instalaciones de faena, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de esta actividad. La bodega será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03, al D.S. N° 594/99 ambos del MINSAL y a la OGUC. Mayores antecedentes en el punto 2 del Anexo 5 de la Adenda, PAS 142.

Sustancias peligrosas

Durante la fase de construcción se utilizarán algunas sustancias químicas, según tabla siguiente. Los envases sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento del D.S. N°43/2015 (MINSAL).

 

Tabla 3: Sustancias peligrosas, fase de construcción.

Sustancia

Clasificación

(NCh 382 Of.2013)

Cantidad estimada (litros)

Ácido Muriático

Corrosivo

156

Desmoldante

Inflamable

1042

Igol Primer

Inflamable

521

Igol Denso

Inflamable

521

Bencina

Inflamable

260

Pintura Oleo

Inflamable

1562

Diluyente

Inflamable

195

Adhesivo de contacto multipropósito

Inflamable

159

Espuma de poliuretano

Inflamable

26

Fuente: Tabla I-19 de la DIA.

 

El eventual abastecimiento de combustibles líquidos a las maquinarias y equipos para las excavaciones y habilitación de terreno se realizará en instalaciones externas.

4.3.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Demolición

Se deben demoler 2 galpones y estructuras existentes en el área del proyecto, de 9.500 m2 en total, los cuales poseen una estructura metálica, con revestimiento lateral y cubierta metálica, para lo cual se considera una desmantelación manual y otra mecanizada. Se generará un volumen estimado de 2.880 m3 de escombros, además de 1.969 m3 de residuos sólidos del lavado de canoas de camiones mixer.

Movimiento de tierra

El despeje del área de emplazamiento y el retiro del escarpe (cobertura orgánica) contempla una superficie de 6.000 m2, con una profundidad de 30 cm. Las excavaciones para subterráneos se realizarán conforme al proyecto de estructuras y mecánica de suelos (Anexo F.4 de la DIA). Los movimientos de tierra generados para la construcción del edificio serán de un volumen de excavación aproximado de 16.300 m3. Para la construcción de los estacionamientos se considera un volumen de excavación a extraer de 21.000 m3.

Urbanización

Evacuación de aguas lluvias: El sistema de evacuación se divide en dos sectores: Sector 1 (Edificio) y Sector 2 (Estacionamientos). En ambos, las aguas lluvias son captadas en cubierta y conducidas a redes soterradas para su posterior conducción a drenes de infiltración proyectados, de igual forma las precipitaciones sobre pavimentos son captadas mediante sumideros y canaletas de piso, para incorporarlas a la red de recolección antes mencionada. El proyecto de aguas lluvias considera la implementación de 160 metros lineales de drenes de infiltración ejecutados con cubos, con una sección total de 2 m de alto por 2,5 m de ancho. Para los estacionamientos, las aguas lluvias son captadas sobre pavimentos mediante sumideros y canaletas de piso, para incorporarlas a la red de recolección soterradas para su posterior conducción a drenes de infiltración proyectados. Se deben realizar 160 metros lineales de drenes de infiltración ejecutados con cubos, con una sección total de 2,00 m de alto por 2,5 m de ancho.

 

En el Anexo F.1 de la DIA se adjunta el proyecto de aguas lluvias y en el Anexo 2.4 de la Adenda se adjunta actualización del plano respectivo.

 

Agua potable y alcantarillado: El proyecto considera la conexión a la red pública de agua potable (Certificado de Factibilidad de Aguas Andinas, Anexo A.5 de la DIA). En el Anexo F.3 de la DIA se adjuntan las Memorias de Agua Potable y Alcantarillado que dicen relación con la ejecución de las obras necesarias para la instalación de un sistema de distribución de agua potable de carácter domiciliario. Para el Alcantarillado se contempla la instalación de una red interior de cañerías colectoras, cámaras de inspección domiciliaria, estanque de acumulación y elevación de aguas servidas para instalaciones en zócalo y para el agua potable se propone la conexión al actual sistema de distribución existente en el Edificio Corporativo de Sodimac.

 

Requerimientos eléctricos: El edificio contará con un empalme único en Media Tensión, que provendrá desde las redes eléctricas existentes por Camino Lo Ruiz, cuyo avance hacia el interior del recinto será vía subterránea hasta la sala eléctrica general, ubicada en el zócalo. En esta sala se ubicará el equipamiento de media tensión de las oficinas y de las áreas comunes. La potencia en media tensión, para la celda de protección y medida, por proyecto de arranque será de 1.500 kW. El estacionamiento también contará con un empalme único en media tensión, con punto de arranque desde las redes eléctricas existentes por Av. Eduardo Frei Montalva; el avance hacia el interior del recinto será vía subterránea hasta la sala eléctrica general proyectada en el 1° subterráneo. La potencia en Media tensión para la celda de protección y medida, por proyecto de arranque será de 200 kW.

Obra gruesa

La edificación se inicia con la construcción de las fundaciones, para inmediatamente iniciar el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se inicia la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones, arranques de servicios y construcción de canchas de baby-fútbol.

Terminaciones

Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como pavimentos interiores, luminarias, artefactos, pinturas y revestimientos, etc.

Obras exteriores y paisajismo

Estas obras dicen relación con el mejoramiento y mantención del espacio público que enfrenta el proyecto, a través de la pavimentación de la acera y la ejecución de obras de paisajismo en la platabanda. En el plano de emplazamiento del Anexo 2.1 de la Adenda se presenta, entre otras obras, las áreas destinadas a las obras de paisajismo.

Lavado de ruedas y canoas de camiones mixer

Las canoas de los camiones mixer serán lavadas sobre la misma plataforma destinada para el lavado de ruedas, que se localizará cercana a la salida de la obra. La cantidad de agua a utilizar en el proceso de lavado de canoas es variable (15 - 45 litros por cada camión). La cantidad de residuos sólidos por cada camión mixer se estima 5 kg/lavado. El suministro de agua para el lavado de ruedas, será mediante camiones aljibes por empresa proveedora de agua industrial. Posteriormente, al contar con un arranque de agua potable, se usará este suministro.

 

El mecanismo de lavado de ruedas consiste en hacer circular un vehículo por pavimento de hormigón, confinado con soleras, donde se proyectará agua a presión para soltar el barro que se encuentre adherido a las ruedas y carrocería del vehículo (figura 1 de la Adenda). Las aguas serán conducidas en forma gravitacional a un estanque de PVC, para finalmente ser retiradas por una empresa de transporte y disposición de aguas residuales autorizada (cada 2 semanas). Se mantendrá un registro en obra (boleta, factura y otro documento) que acredite su disposición final.

Materialización medidas del EISTU

Se considera la materialización de las medidas resultantes del EISTU ingresado a la SEREMITT con fecha 20/10/2016, las cuales se detallan en el punto 1.5.4.2 de la DIA.

Vialidad

Se estima un flujo máximo de camiones por día de 213 camiones/día (ida y vuelta); en consideración con el escenario más desfavorable en que se desarrollen actividades simultáneas de movimientos de tierra. Se debe considerar que esta situación no es permanente en el tiempo, limitándose principalmente al periodo de movimientos de tierra. Por otra parte, el flujo máximo estimado se distribuirá durante la jornada de trabajo, por lo que se estima un flujo promedio de 24 camiones por hora, considerando 9 horas de trabajo, que equivale en promedio a 1 camión cada 2,5 min.

 

En la siguiente tabla se presentan las rutas preferentes de los camiones durante el período de construcción.

 

Tabla 4: Flujo de camiones por actividad, fase de construcción.

Actividad

Material

Tipo de camiones

Frecuencia diaria

Frecuencia semanal

Rutas más probables

 

 

 

Movimiento de Tierra

Demolición

Tolva

-

-

Pdte. Eduardo Frei Montalva - Senador Jaime Guzmán - Ruta 5 - Salida Aeropuerto/Quilicura - A. Vespucio - Vespucio Norte - Salida 11 Quilicura

Total Viajes Ida y Vuelta

-

-

-

Escarpe

 

 

Tolva

10

48

Excavaciones

184

952

Relleno

22

120

Paisajismo

2

6

Total Viajes Ida y Vuelta

 

213

1.126

 

 

Obra Gruesa

Hormigón

Mixer

22

108

Lo Marcoleta - Las Torres - Manuel Antonio Matta - Pdte. Eduardo Frei Montalva

Fierro

Rampla

4

6

Maruri - Senador Jaime Guzmán - La Unión - Pdte. Eduardo Frei Montalva

Áridos

Tolva

6

26

Camino Maulén - Caletera Gral. San Martín - Av. Independencia -Los Zapadores - Pdte. Eduardo Frei Montalva

Total Viajes Ida y Vuelta

-

25

140

Terminaciones

Insumos varios

Rampla

4

6

Manuel Antonio Matta - Pdte. Eduardo Frei Montalva

Total Viajes Ida y Vuelta

-

4

6

Residuos

Escombros

Tolva

4

20

Pdte. Eduardo Frei Montalva - Senador Jaime Guzmán - Ruta 5 - Salida Aeropuerto/Quilicura - A. Vespucio - Vespucio Norte - Salida 11 Quilicura

Total Viajes Ida y Vuelta

-

6

20

Fuente: Tablas I-7 de la DIA.

 

Se mantendrá un registro permanente en obra, de los camiones que ingresen y se retiren del proyecto. El registro incluirá la actividad y frecuencia de cada camión. Además, se considerarán las restricciones horarias exigidas por la Municipalidad para la circulación de los vehículos y se evitará la circulación de camiones del Proyecto en las horas de alto flujo vehicular, de 7:00 a 9:00 h y de 18:00 a 20:00 h (Respuesta 1.36 de la Adenda).

 

En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se considerará lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos

Agua potable: Se abastecerá de agua potable a los trabajadores mediante bidones de agua purificada hasta que se cuente con conexión a empalme temporal.

 

Aguas servidas: Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

 

·         El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·         Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·         Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·         El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

 

En el Anexo 1.1 de la Adenda se adjunta el Certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 008193 de fecha 04/11/2016, correspondiente al edificio proyectado y estacionamientos.  Al respecto, el titular aclara en la respuesta 1.3 de la Adenda que: “…el Certificado de Factibilidad presentado en el Anexo A.5 de la DIA corresponde al suministro para el Edificio nuevo es decir para 1800 trabajadores por lo que el valor de 2.290 personas demuestra que no habrá problemas de suministro para los 1800 trabajadores. Adicionalmente a lo anterior se adjunta el Certificado de Factibilidad para los baños a ubicarse en el sector de los estacionamientos (Ver Anexo N° 1.1)”.

Sistema de abastecimiento eléctrico

Se considera el uso de 2 grupos electrógenos de 300 KVA durante los 2 primeros meses de la construcción, para posteriormente conectarse a empalme temporal.

Maquinarias

La siguiente tabla presenta los equipos y maquinarias a utilizar en la fase de construcción del proyecto:

 

Tabla 5: Maquinaria durante la fase de construcción.

Desmantelamiento de galpones existentes)

Movimiento de Tierra (Escarpe y Excavaciones)

Obra Gruesa y Hormigonado

Habilitación

(terminaciones e instalaciones)

Otras faenas

Camión Pluma

Grúa (30 Ton)

Camión Tolva

Elevador vertical

Cargador frontal con demoledor

Excavadora

Retroexcavadora

Minicargador

Camión Aljibe

Bomba Estática (hormigón)

Grúa (40 Ton)

Camión Pluma

Pistola Hilti

Atornillador eléctrico

Taladro

Grupo electrógeno

Esmeril angular

Minicargador

Fuente: Tabla I-6 de la DIA.

4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

No se contempla recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto para satisfacer sus necesidades.

4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES

4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Emisiones

En el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del proyecto. Durante esta fase, las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto serán producto del desarrollo de las siguientes actividades:

 

a) Generación de material particulado resuspendido por fuentes móviles y de área:

·         Escarpe.

·         Demolición.

·         Excavaciones.

·         Transferencia de material, carguío y volteo de camiones.

·         Acopio del material.

·         Circulación de camiones por vías externas pavimentadas y no pavimentadas.

b) Generación de MP y Gases por combustión interna de fuentes móviles y puntuales:

·         Circulación de vehículos.

·         Operación de grupos electrógenos (2 equipos de 300 KVA c/u).

c) Implementación de las medidas resultantes del EISTU (punto 1.5.4.2 de la DIA).

 

A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de construcción:

 

Tabla 6: Emisiones atmosféricas, fase de construcción.

Emisiones atmosféricas (ton/año)

Año

 

Fase

SOx

NOx

MP10

Total

 

Año 1

Construcción

2,282

21,171

8,123

Operación Actual

0,609

4,107

3,003

Total

2,892

25,278

11,127

 

Año 2

Construcción

0,0996

0,6622

0,509

Operación

0,108

0,866

0,542

Total

0,208

1,528

1,050

Límite según PPDA

50

8

2,5

Fuente: Tabla 64, Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a los cálculos realizados, adjuntos en el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA para NOx y MP10, por lo cual deberá compensar emisiones.

 

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante ORD. N° 520 de fecha 11 de julio de 2017 señala:

 

“1 -- Presentar ante la SEREMI MA RM, dos Programas de Compensación de Emisiones (PCE), uno para MP10 y uno para NOx, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del DS 66/2009 (MINSEGPRES). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

 

Tabla 1: Emisiones a compensar proyecto “Edificios corporativos Sodimac y Adessa Tottus”

Año

AÑO 1

AÑO 2

AÑO 3 en adelante*

Contaminante

MP10

NOx

MP10

NOx

MP10

NOx

Fracción por resuspensión

9,507

 

1,041

 

5,559

 

Fracción por combustión

1,620

25,278

0,009

1,528

0,030

7,514

Emisiones totales [ton/año]

11,127

25,278

1,050

1,528

5,589

7,514

Límite Art.98 DS66/2009 [ton/año]

2,5

8

2,5

8

2,5

8

Total emisiones a compensar (150%) [ton/año]

16,690

37,917

-

-

8,383

-

 

*: La compensación de emisiones durante la fase de operación debe ser efectiva durante toda la vida útil del proyecto, es decir, del año 3 en adelante.

 

-- Los PCE a presentar deberán proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:

  • Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
  • Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
  • Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.
  • Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.
  • Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
  • Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente.

 

-- Al respecto se le aclara al Titular que deberá considerar un método de compensación para la fracción de MP10 por combustión en el año 1, que cumpla con los criterios presentados. De lo anterior, se desprende que para la fracción por combustión no aplican las medidas de compensación para material particulado resuspendido.

2 -- Utilizar en la fase de construcción del proyecto camiones Mixer de capacidad 9 [m3]” 

4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos industriales (Lavado de ruedas y canoas de camiones mixer)

En esta fase se generarán residuos líquidos producto del lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo y de las canoas de los camiones mixer, esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad, de acuerdo al esquema de la figura 1 de la Adenda. No se efectuará lavados de ruedas ni vehículos en el espacio público, incluidos los camiones mixer. Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final. El lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

En relación a las aguas servidas, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada.

 

En el Anexo 1.1 de la Adenda se adjunta el Certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 008193 de fecha 04/11/2016.

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido y Vibraciones

En el Anexo E de la DIA se presenta el Estudio Acústico y Vibraciones del proyecto, documento en el cual se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto, se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA y para vibraciones se utiliza el criterio establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (Sept. 2013) del California Department of Transportation (CALTRANS), Division of Environmental Analysis (USA). Finalmente, se establecen las medidas de control en caso de superar el límite establecido por la normativa o criterios de referencia.

 

En las tablas 7 del citado Anexo se presentan los resultados de la modelación en cada punto receptor, considerando las actividades de demolición de las actuales instalaciones y construcción de las futuras instalaciones. 

 

Por otra parte, en la tabla 9 del Anexo E, se presentan los resultados de la estimación de los niveles de vibración producto del empleo de maquinaria pesada en esta fase.

 

Cabe señalar, que tanto los receptores de la comuna de Renca, como los de la comuna de Conchalí se localizan en zonas homologables a Zona III según el D.S. N° 38/11 del MMA (límite máximo diurno 65 dB(A) y nocturno 50 dB(A)).

 

En las tabla 12 del Anexo E se evalúan los niveles de ruido en relación a la normativa para cada receptor. Al respecto, teniendo en cuenta que las modelaciones bajo las condiciones más desfavorables arrojan superación de los límites en algunos casos, el titular deberá implementar medidas de control consistentes en barreras acústicas que se interpondrán entre al área de faenas y los receptores a modo de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA, tales medidas se describen en detalle en el punto 8.1 del Anexo E de la DIA.

 

Asimismo, en la tabla 14 del Anexo E se evalúan los niveles de vibración estimados. Al respecto, se puede apreciar que el criterio de vibraciones, se cumple en todos los puntos receptores evaluados en el entorno del proyecto.

 

Finalmente, en relación a las emisiones de ruido se concluye que con la correcta implementación de las medidas de control propuestas en el citado Anexo, el proyecto dará cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA para la fase de construcción. A continuación, se muestra la evaluación normativa en cada uno de los puntos receptores evaluados considerando la correcta implementación de las medidas de control descritas en el Estudio Acústico:

 

Tabla 7: Evaluación normativa con medidas de control.

Receptor

Nivel Modelado con medidas [dB(A)]

Límite normativo

[dBA]

R1

63

65

R2

60

65

R3.1

59

65

R3.2

57

65

R4

61

65

R5

59

65

R6

55

65

R7

57

65

Rint.1

52

65

Rint.2

60

65

Fuente: Tabla 15 del Anexo E de la DIA.

4.3.5 RESIDUOS

4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Durante esta fase existirá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. Estos residuos serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días y serán retirados por los camiones de recolección de basuras municipal.

 

Se estima una generación máxima de 33 l/día.

Residuos inertes de la construcción, escarpe y escombros

 

Durante esta fase se estima una generación de los siguientes residuos:

 

Excedentes de tierra: Se estima la generación de 37.300 m3, los que serán retirados diariamente. Ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrán en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

 

Escombros y residuos sólidos del lavado de canoas: Se estima una generación de 2.880 m3 de escombros y 2.166 m3 de hormigón producto del lavado de canoas de camiones mixer, los que serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con lona o malla raschel, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo máximo de 1 semana. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. Una vez concluida esta fase, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.

 

Residuos reutilizables: Se estima la generación de aprox. 514 m3 de materiales de descarte reutilizable, correspondientes a 432 m3 de maderas, 44 m3 de metales, 12 m3 de papeles y cartones, 7 m3 de plásticos, 3 m3 de vidrios y 15 m3 de otros. Los materiales de descarte, tales como fierros, maderas, papeles, cartones, entre otros, serán almacenados al interior de contenedores con tapa identificados para cada residuos, que serán dispuestos al interior de una zona de residuos especialmente habilitada para este fin. Los residuos serán derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización, con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. El transporte de los residuos se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.

 

Mayores detalles en el punto 1.1 del Anexo 5 de la Adenda, PAS 140 y respuesta 1.20 de la Adenda, donde titular presenta un detalle de la gestión de los residuos a implementar en ambas fases del proyecto.

4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos peligrosos

Los volúmenes de residuos peligrosos estimados para esta fase, se presentan a continuación:

 

Tabla 8: Estimación de residuos peligrosos, fase de construcción.

Envases

Peligrosidad

Volumen (m3)

ACIDO MURIATICO

Corrosivo

0,1

TUBOS FLUORESCENTES

Tóxico Agudo

0,01

DESMOLDANTE

Inflamable

0,8

PUENTE ADHERENTE ESTUCO

Corrosivo

0,6

IMPRIMANTE ASFALTICA

Inflamable

0,7

PUENTE ADHERENTE YESO

Corrosivo

0,2

BENCINA

Inflamable

0,3

PINTURA OLEO

Inflamable, Tóxico Crónico

1,8

DILUYENTE

Inflamable

0,1

ADHESIVO DE CONTACTO MULTIPROPÓSITO

Inflamable, Tóxico Crónico

0,1

ADHESIVO MOLDURAS (Thomsit moldaje)

Inflamable

0,04

TRAPOS Y HUAIPES CON ACEITES Y SOLVENTES

Tóxico Crónico

0,04

ACEITES LUBRICANTES USADOS

Tóxico Crónico

0,1

ESPUMA DE POLIURETANO

Inflamable, Tóxico Crónico

0,003

ADHESIVO CERÁMICO (Thomsit SF)

Inflamable, Tóxico Crónico

3,3

TOTAL RESPEL

8,3

TOTAL RESPEL (Considerando un 10% adicional al incorporar residuos generados por medidas asociadas al EISTU)

9,1

Fuente: Tabla 2, Anexo 5 de la Adenda.

 

Estos residuos serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética y dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal, la que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03 y D.S. N° 594/99 del MINSAL y a la OGUC. En caso de generarse escombros que contengan sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., serán tratados como residuos peligrosos, y dispuestos al interior de la bodega de RESPEL. El retiro de los residuos peligrosos se efectuará al menos cada 6 meses y el transporte se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad.

 

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142 pto. 2 del Anexo 5 de la Adenda y respuestas 3.2 a 3.5 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN.

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.

Habitabilidad de los Edificios (Equipamiento)

Esta fase consiste en la operación del Edificio Corporativo (existente) Sodimac y del nuevo Edificio Corporativo Adessa-Tottus, con destino de oficinas administrativas y las labores que ello implica, además de la operación de un total de 1.426 estacionamientos (776 existentes y 650 nuevos). De los 650 estacionamientos proyectados, 648 estacionamientos se ubicarán en el Sector 2 (422 serán construidos sobre la superficie y 226 en dos subterráneos); además de 2 estacionamientos en el Sector 1 a nivel del zócalo. Adicionalmente, contempla implementar 167 estacionamientos para bicicletas.

 

 

Como parte de las instalaciones necesarias para el nuevo edificio, se consideran las siguientes instalaciones:

 

·         Shaft Eléctrico y Sanitario, Shaft de basura y ducto de recolección en el edificio.

·         Termos eléctricos: No se contará con calderas para generación de agua caliente.

·         Sala de bombas: Se encuentra ubicada en el subterráneo del edificio, junto a las 2 salas de estanques de agua potable.

·         El estacionamiento contará con salas eléctricas. Para el caso del edificio, esta sala se construirá en zócalo, la cual tendrá un área aproximada de 90 m2; al costado, se encontrará la sala grupos electrógenos, la que contará con un área de 85 m2 aprox. Por otro lado, el estacionamiento tendrá su sala eléctrica en nivel 1° subterráneo, con un área de 20 m2 aprox.; al costado se encontrará la sala grupos electrógenos, de un área de 30 m2 aprox.

·         Ascensores: Se instalarán 4 ascensores en el edificio.

·         Auditorio, gimnasio, camarines, minimarket, casino, cocina y cafetería: Se encuentran en el zócalo del edificio y son de uso común.

Grupo electrógeno

El edificio contará con 2 generadores de una capacidad de 500 KVA – 380V – 50Hz (stand by)) y el estacionamiento con 1 generador de 100 KVA- 380V-50Hz (stand by)); los que utilizarán combustible diésel. Estos generadores se utilizan como sistemas de respaldo de energía ante situaciones de corte general de energía.

Salas de basura

El edificio nuevo tendrá dos salas de basura, una de basura común y orgánica (figura 3, Anexo 5 de la Adenda) y otra en donde se ubicará el ducto de recolección de los pisos del edificio (figura 4, Anexo 5 de la Adenda). La sala de basura común y orgánica se divide en dos sectores, con una superficie de 13.500 m2 y 510 m2 respectivamente.

4.4.1.2 ACCIONES.

Nombre

Descripción

Evacuación de aguas lluvias

Las aguas serán drenadas a una profundidad máxima de 6 m respecto a la superficie. Con respecto a la distancia a napa, se indica que de acuerdo al Informe de Mecánica de Suelos (Anexo F.4 de la DIA), la napa freática fue detectada a 17 m de profundidad, por lo tanto, la distancia entre el nivel de infiltración y nivel de napa corresponde a 11m (Anexo 2.5 de la Adenda).

Actividades de Mantención

Aguas lluvias: La operación normal considera la limpieza periódica en cada elemento componente del sistema evacuador de aguas lluvias.

 

El sistema de infiltración tendrá asociada una mantención la cual será responsabilidad del mismo a través de la administración del edificio, la que deberá efectuarse de la siguiente forma:

1. La limpieza de techos, canaletas y cubetas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno.

2. Las cámaras sifones de aguas lluvias deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.

Vialidad

El proyecto contará con acceso vehicular y peatonal por Av. Presidente Eduardo Frei Montalva, al norte del proyecto, y acceso vehicular por Camino Lo Ruiz, al sur del mismo.

 

En el punto 1.6.4.1 de la DIA se describen medidas generales enfocadas a dar un ordenamiento y mejoramiento de la operación de la vialidad del entorno, en base a la envergadura del proyecto. Cabe señalar, que el titular presentó sectorialmente a la SEREMITT RM un EISTU con fecha 20/10/2016, según consta en el Anexo A.6 de la DIA.

4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Agua potable y alcantarillado de aguas servidas

El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N° 008193 de fecha 04/11/2016, adjunto en el Anexo 1.1 de la Adenda.

Electricidad

El suministro de electricidad será proporcionado por la empresa eléctrica del sector; adicionalmente el proyecto contará con grupos electrógenos de emergencia, los que serán utilizados sólo en situaciones de corte del suministro eléctrico.

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

El proyecto no contempla la generación de productos.

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

 

4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES

4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Emisiones  (ton/año)

Durante esta fase, las emisiones de material particulado y gases por combustión, serán producto la circulación de vehículos de los propios trabajadores, buses de acercamiento de la empresa y además de tres grupos electrógenos de emergencia, dos para el edificio y uno para el estacionamiento.

 

En el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del proyecto. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones de la fase de construcción:

 

Tabla 9: Emisiones atmosféricas, fase de operación.

Emisiones atmosféricas (ton/año)

 

 

Año 3

Fase

SOx

NOx

MP10

Total

Operación

1,070

7,514

5,589

Total

1,070

7,514

5,589

Año 4

Operación

1,070

7,514

5,589

Total

1,070

7,514

5,589

Límite PPDA

50

8

2,5

Fuente: Tabla 64, Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a los cálculos realizados, adjuntos en el Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA para MP10, por lo cual deberá compensar emisiones.

 

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante ORD. N° 520 de fecha 11 de julio de 2017 señala:

 

“1 -- Presentar ante la SEREMI MA RM, dos Programas de Compensación de Emisiones (PCE), uno para MP10 y uno para NOx, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del DS 66/2009 (MINSEGPRES). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

 

Tabla 1: Emisiones a compensar proyecto “Edificios corporativos Sodimac y Adessa Tottus”

Año

AÑO 1

AÑO 2

AÑO 3 en adelante*

Contaminante

MP10

NOx

MP10

NOx

MP10

NOx

Fracción por resuspensión

9,507

 

1,041

 

5,559

 

Fracción por combustión

1,620

25,278

0,009

1,528

0,030

7,514

Emisiones totales [ton/año]

11,127

25,278

1,050

1,528

5,589

7,514

Límite Art.98 DS66/2009 [ton/año]

2,5

8

2,5

8

2,5

8

Total emisiones a compensar (150%) [ton/año]

16,690

37,917

-

-

8,383

-

 

*: La compensación de emisiones durante la fase de operación debe ser efectiva durante toda la vida útil del proyecto, es decir, del año 3 en adelante.

 

-- Los PCE a presentar deberán proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:

  • Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
  • Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
  • Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.
  • Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.
  • Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
  • Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente.

 

-- Al respecto se le aclara al Titular que deberá considerar un método de compensación para la fracción de MP10 por combustión en el año 1, que cumpla con los criterios presentados. De lo anterior, se desprende que para la fracción por combustión no aplican las medidas de compensación para material particulado resuspendido”.

4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos

Aguas servidas: El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N° 008193 de fecha 04/11/2016, adjunto en el Anexo 1.1 de la Adenda.

 

Lavado de contenedores: Se realizará el lavado de contenedores de las salas de basura en un sector especialmente diseñado para ello, ubicado en la sala de basura común, desde el cual se conducen las aguas de lavado hasta la cámara desgrasadora (figuras 2 y 3 de la Adenda) para posteriormente, serán desaguados al alcantarillado, dando cumplimiento al D.S. N° 609/98 MOP.

4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

Para el nuevo edificio se contempla:

 

·         Una sala de bombas ubicada en subterráneo del edificio.

·         Una sala para Grupo Electrógeno ubicada en zócalo de edificio.

·         1° subterráneo de estacionamiento.

·         Una sala de máquinas de ascensores y climatización, ubicada en cubierta.

 

Tanto el grupo electrógeno como las bombas al ubicarse en salas cerradas en niveles subterráneos, poseerán niveles de emisión de ruido poco significativos, con niveles al exterior menor a 45 dB. Dado lo anterior, solamente las salidas/escape de gases de los generadores eléctricos y equipos de climatización en la cubierta podrían generar emisiones de ruido. De acuerdo a las especificaciones técnicas de los grupos electrógenos con que contará el proyecto, se contempla la utilización de silenciadores tipo industrial, que proveerán a lo menos una atenuación de 9 dB.

 

En la tabla 13 del Anexo E de la DIA se presenta la evaluación de los resultados de la modelación de la fase de operación del proyecto (24 horas), respecto de los límites máximos permitidos nocturnos, por ser los más desfavorables. En ella se puede apreciar que los niveles emitidos durante la operación del proyecto en las condiciones más desfavorables, no superarán los 50 dB permitidos en ninguno de los receptores evaluados, dando cumplimiento al D.S. N° 38/11 MMA. Cabe señalar que en términos de la zonificación para la evaluación del D.S. N° 38/11 del MMA, aplicando lo señalado por la Resolución 491 del 2016 de la SMA, se pudo determinar que todos los receptores se ubican en Zonas Homologables a Zona III, de acuerdo con lo anterior los límites máximos permitidos son 65 dB en el día y 50 dB en la noche.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables e industriales no peligrosos

El edificio contará con 2 salas de basura ubicadas en el zócalo, una para basura común y otra para basura orgánica. Además, existe una sala de recolección en el zócalo que conecta a través de un ducto con los niveles superiores del edificio. Respecto a la capacidad de almacenamiento de los residuos sólidos domiciliarios en  las salas de basura, se ha proyectado en base a la superficie éstas, distinguiendo entre basura común y orgánica:

 

Tabla 10: Cálculo de residuos edificio.

ÍTEM

Sala de Basura

(común)

Sala de Basura

(orgánica)

Total superficie

13.500 m2

510 m2

Factor basuras

0,25

3,25

Basura /día

3.375 Lts

1.657,5 Lts

Basura/3 días

10.125 Lts

4.972,5 Lts

Compactador industrial (3,5 m3)

3.375 Lts

-

Contenedores

5 (770 Lts c/u)

42 (120 Lts c/u)

Total contenedores

3.850 Lts

5.040 Lts

Fuente: Tabla 1, Anexo 5 de la Adenda.

 

La recolección se lleva a cabo con una frecuencia de 3 veces a la semana, según se aplica en la comuna de Renca.

 

Como parte de la gestión integral de los residuos, se dispondrá de repisas ecológicas ubicadas entre los pisos 1° al 6°, para residuos reciclables (cartón, papel, vidrio y plástico); los cuales serán retirados en no más allá de 2 semanas para su disposición final por parte de empresas autorizadas.

 

Mayores antecedentes en relación al manejo de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios se adjuntan en el PAS 140, punto 1.2 del Anexo 5 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.5. FASE DE CIERRE.

El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido.

 

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Se estimaba para abril de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da inicio una vez obtenida  Resolución de Calificación Ambiental será el inicio de la actividad de Instalación de Faenas, que permitirá la habilitación del terreno para las etapas posteriores.

Fecha estimada de término.

Considerando una duración de 409 días, se estimaba para julio de 2018.

Parte, obra o acción que establece el término.

Traslado de muebles y computadores a las instalaciones.

4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

El proyecto estima iniciar su fase de operación durante el mes de septiembre del año 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La operación se iniciará una vez obtenido el Certificado de Recepción Municipal.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

4.6.3. FASE DE CIERRE

No contempla

 

4.7 MANO DE OBRA

Fases

 

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

20

15

Operación Edificio Sodimac (existente)

Operación Edificio Adessa Tottus (proyectado)

1.450

1.800

1.450

1.800

Cierre

No contempla

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental no significativo.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

 

De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo1.1 de la Adenda Complementaria “Informe Estimación de Emisiones”, el proyecto supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA en ambas fases, por lo cual deberá compensar emisiones, de acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Oficio N° 520 de fecha 11/07/2017. Sin perjuicio de ello, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la fase de construcción, el titular considera implementar las medidas de control descritas en el punto 7.2 del citado Anexo.

 

Respecto a la emisión de ruido, en base a modelaciones, éstas indican que las actividades inherentes a la fase de construcción del proyecto no superarán el nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N 38/11 del MMA para horario diurno al implementar correctamente las medidas de control indicadas en el capítulo 8, punto 8.1 del Anexo E de la DIA. Por su parte, para la fase de operación no superarán los 50 dB permitidos en ninguno de los receptores evaluados, dando cumplimiento al D.S. N° 38/11 MMA en todo horario.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción:

Escarpe, demolición, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte, grupos electrógenos y construcción de las futuras instalaciones.

 

Operación:

Circulación de vehículos y buses y grupos electrógenos y bombas.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El proyecto se emplazará en la zona centro-norte de la comuna de Renca, que se caracteriza por pertenecer a la Zona Industrial Exclusiva del PRMS y Zona I del PRC, con uso de suelo ligado a actividades industriales y se encuentra localizado en una vía importante de la Región (Autopista Central). De acuerdo a lo señalado en el Anexo G de la DIA, el área del proyecto se encuentra en el sector nororiente de Renca en el distrito Lo Ruiz. Cabe destacar que el carácter del distrito es mixto, identificando uso de suelo habitacional y uso de suelo industrial. El Distrito Lo Ruiz donde se localiza el proyecto se encuentra delimitado por el lado Poniente por la calle Caupolicán por el lado oriente por la Autopista Panamericana (Ruta 5) y por el lado Sur por la Avenida Senador Jaime Guzmán y por el lado Norte por el cerro Lo Ruiz. 

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.

 

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

El área de emplazamiento del proyecto se encuentra antropizada, por lo que la ejecución del mismo no interferirá en la pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, debido a la urbanización previa del terreno.

 

El Sector 2, donde se construirán los estacionamientos, se advierte la presencia de componente flora y vegetación, registrándose en el área de estudio un total de 29 especies de plantas vasculares de crecimiento herbáceo, cuya gran mayoría presenta un origen fitogeográfico alóctono o introducido (90%) y una pequeña cantidad corresponde a especies nativas (10%). De las especies halladas, ninguna presenta categoría de conservación, ni presenta estado de amenaza según Benoit (1989) y Baeza et al. (1998), Belmonte et al. (1998) y Ravenna et al. (1998), Libro de la Flora Terrestre de Chile y los 10° procesos de clasificación de especies, del MMA. Por otro lado, existe una formación que presenta una intervención antrópica importante, correspondiendo a una zona de vegetación herbácea alóctona, con presencia de árboles aislados, con una cobertura entre un 10 y un 25%. La unidad con vegetación nativa presente en el área de estudio (Anexo C de la DIA), conformada por Acacia caven (espino), y Aristotelia chilensis (maqui), pertenecientes al tipo forestal esclerófilo, no constituyen bosque de acuerdo a lo indicado en la Ley 20.283.

 

De acuerdo a las características del proyecto y las factibilidades de Agua potable y Aguas Servidas otorgadas por Aguas Andinas S.A., así como el sistema de aguas lluvias diseñado para el proyecto, no se espera un detrimento del recurso hídrico a consecuencia del proyecto.

 

El manejo de residuos para ambas fases del proyecto se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Los residuos generados en la fase de construcción serán manejados y dispuestos en sitios autorizados, según se detalla en los puntos 1.1 y 2 del Anexo 5 de la Adenda y respuestas 3.2 a 3.5 de la Adenda. Los residuos generados durante la operación serán manejados y dispuestos conforme lo indicado en el punto 1.2 de la Adenda. Por su parte, los residuos líquidos generados por el lavado de ruedas y de canoas serán acumulados en un estanque, posteriormente serán retirados por una empresa de transporte (cada 2 semanas) para su disposición autorizada y se mantendrá un registro en obra (boleta, factura y otro documento) que acredite su disposición final.

 

Durante la fase de construcción se utilizarán sustancias peligrosas, cuyo manejo se encuentra detallado en el punto 1.5.8 de la DIA y se ajustará a lo establecido en el D.S. N°43/2015 MINSAL. El eventual abastecimiento de combustibles líquidos a las maquinarias y equipos para las excavaciones y habilitación de terreno se realizará en instalaciones externas.

 

Respecto a la profundidad de la napa freática, en la respuesta 1.29 de la Adenda el titular hace mención a un plano de elevación (Anexo 2.5 de la Adenda), donde se muestra la profundidad que alcanzarán las obras debido a las excavaciones y fundaciones (máximo 6 metros para drenaje de aguas lluvias y 7,87 m para excavación) y la relación gráfica con la profundidad de la Napa (17 m) de acuerdo a Estudio de Mecánica de Suelos presentado en Anexo F.4 de la DIA. Adicionalmente indica (de acuerdo a información de la Dirección General de Aguas), que existen 2 pozos localizados cercanos al proyecto. Estos son, el Pozo Agua Potable Santa Victoria, localizado a 4,21 km del Proyecto, cuyo menor nivel freático se registró el 20 de julio de 2010 con una profundidad de 29,26 metros y el Pozo Matucana 741, localizado a una distancia de 4,26 km del proyecto y cuyo menor nivel freático se registró el 14 de agosto de 2012, con una profundidad de 37,9 metros.

 

En el área del proyecto no se detectan cursos de agua, naturales ni artificiales, solo se detecta a 1.7 Km al sur del proyecto, el río Mapocho. El proyecto, contempla la impermeabilización de superficies, impidiendo que sustancias químicas infiltren en el terreno. De acuerdo a lo anterior, no se generará impacto alguno en volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, y glaciares.

 

De acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 1.25 de la Adenda: “…el Canal la Punta se localiza fuera del área de emplazamiento del proyecto. Este corresponde a un canal artificial entubado, el cual proviene desde el Río Mapocho y destina sus aguas para riego de algunas comunas, entre las que se encuentra la comuna de Renca. Presenta un caudal de aprox. 9 m 3 /s1 y es administrado por la Sociedad de Canal de Maipo, desde su bocatoma en el río Mapocho hasta el partidor ubicado inmediatamente aguas abajo de la canoa sobre el estero Lampa. Se distingue el entubamiento de este canal entre las calles Los Helechos y Los Crisoles, a aproximadamente 1,3 km al oeste del Proyecto,…”

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 6.2 del ICE

 

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

Impacto ambiental no significativo.

Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

 

Para este análisis se consideró el incremento del número de trabajadores (1.800 personas), la concurrencia de trabajadores por turnos, los que podrían llegar en 11 buses de acercamiento que se adicionarán, como en vehículos privados y en menor proporción en locomoción colectiva, el EISTU y antecedentes complementarios levantados a través de entrevistas a actores claves y problemas percibidos por la comunidad.

 

En efecto, el proyecto contempla la construcción de 650 nuevos estacionamientos, los que se suman a los 776 ya existentes, completando un total de 1.426 estacionamientos. De los 1.800 trabajadores del proyecto, se estima que aproximadamente un 58% del total (1.035 trabajadores) se trasladarán en transporte privado, sin necesidad de recorrer a pie el área de influencia. De éstos, 385 trabajadores llegarán en buses de acercamiento y 650 en vehículos particulares, lo anterior sin considerar disponibilidad en estacionamientos existentes. Se estima que 765 se trasladarán en transporte público hacia su lugar de trabajo. Por lo anterior, se considera que el proyecto tiene suficientes estacionamientos para acoger la demanda de sus empleados, sin afectar las vías adyacentes estacionando sus vehículos.

 

Según observación realizada por el titular, se concluye que el tránsito peatonal y de ciclistas es numeroso, caracterizado principalmente por personas adulto-jóvenes y adultas, que se desplazan por el sector para dirigirse a sus trabajos, los cuales se encuentra en el área de estudio del proyecto o cercano a ella. Cabe indicar, que el titular considera como medida, dos turnos diferidos en una hora, para el horario de ingreso y salida de los trabajadores, de manera de disminuir los flujos asociados a los trabajadores que se movilizan tanto en buses de acercamiento, como en vehículos privados y en locomoción colectiva. Considerando lo anterior respecto a los transeúntes (382 cada vez) que aportará el proyecto en forma diferida y debido a que existe buena locomoción colectiva en el lugar, accesible desde ambas salidas del proyecto donde se distribuirá el flujo de personas, se estima que la población flotante de trabajadores que se desplacen en transporte público o de forma no motorizada (caminando o en bicicleta) no restringirán a la libre circulación de los actuales residentes y trabajadores del sector.

 

En relación a la restricción a la conectividad, el titular indica: “… se puede señalar que dentro del área de estudio, que las vías principales que son la Ruta 5 y Av. Senador Jaime Guzmán presentan una alta conectividad con otras comunas de la capital. Sin embargo, los trabajadores del proyecto no utilizarían estas vías para fines educativos o de salud, solo como vías de transporte de trabajadores desde y hacia sus sectores residenciales. Principalmente la congestión se refiere a las vías de transporte que llevan a trabajadores y residentes a sus hogares, y es una situación dada por la gran cantidad de vehículos que circulan por el lugar. Asociado a esta situación el EISTU propone una serie de medidas de mitigación que tiende a paliar esta condición, por lo que no se espera una alteración significativa a la conectividad con este tipo de equipamientos”.

 

Respecto al aumento significativo en tiempos de desplazamiento, el titular indica: “El mayor problema mencionado en las entrevistas tiene relación con la congestión, revisado en el impacto a la restricción a la conectividad. Si bien los entrevistados mencionan el problema en tiempos y frecuencia en el transporte público y las demoras en tránsito vial, el primero tiene relación con un problema a nivel regional con el sistema de transporte público mientras que el segundo se atribuiría a los problemas de atochamiento, considerados y modelados en el EISTU, resultados sobre el cual se proponen una serie de medidas de mitigación. En consecuencia, esta situación base se palia en parte con las medidas de mitigación vial consideradas en el EISTU, así como medidas tomadas por el titular del proyecto, ya que se considera disponer de 11 buses de acercamiento para trabajadores y horarios diferidos para el ingreso y salida de los trabajadores. Se considera que esta serie de medidas de mitigación de mejoramientos viales, favorecerán el desplazamiento peatonal y vehicular y el uso de transporte público en el área de influencia”.

 

En el punto 4.3 del Anexo G de la DIA se identifican los equipamientos disponibles en el área de influencia del proyecto, entre ellos equipamiento comercial y de salud, infraestructura de transporte, área verdes, entre otros. Al respecto, el titular declara: “En conformidad con lo observado respecto a la alteración del acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, es posible afirmar que el proyecto no generará impacto. Lo anterior ya que los futuros trabajadores del proyecto “Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus”, al ser una población flotante, en horario laboral, no utilizará equipamientos en educación, culto, cultura, ni en salud ya que están adscritos a una Mutual. Por su parte cuentan con casino para todos sus trabajadores, en ambas etapas del proyecto, por lo que no se espera que salgan de su recinto laboral en horarios de colación, así también cuentan con buses de acercamiento para la operación del mismo. En consecuencia los equipamientos identificados en el AI y el distrito de Lo Ruiz, no sufrirán impacto en la alteración, acceso o calidad de sus bienes, servicios o infraestructura en las distintas etapas del Proyecto”.

 

Mayores antecedentes se adjuntan en el Anexo G de la DIA y Anexo 9 de la Adenda, específicamente en el punto 3.2 y 3.3.

Parte, obra o acción que lo genera.

Vialidad, nuevos habitantes.

Fase en que se presenta

Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.2 y 6.3 del ICE

 

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Cabe consignar que el proyecto o actividad no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni afecta el valor ambiental de algún territorio o recurso a conservar. De la tabla II-7, presentada en el capítulo II de la DIA, se concluye que en el área de influencia del proyecto no se encuentran emplazadas áreas colocadas bajo protección oficial. La más cercana al área del proyecto se encuentra ubicada a una distancia de 1,3 km hacia el poniente de éste.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

 

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El área de proyecto no posee atributos que la conviertan en un territorio único, escaso y/o representativo, sobre los cuales se pueda producir alguna obstrucción desde la visibilidad de observadores durante la ejecución del proyecto. A su vez, el proyecto se emplazará en el área de extensión urbana de la comuna de Renca, que se encuentra normada por el Plan Regulador Comunal de Renca, vigente desde 1985 y por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), vigente desde 1994, correspondiendo a la Zona Industrial Exclusiva, que permite usos de suelo ligados a actividades productivas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Tabla 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

La prospección arqueológica llevada a cabo en el área en donde se emplazará el proyecto, conforme a lo señalado en la Caracterización del Predio y Entorno (Anexo C de la DIA), permitió descartar la presencia de materiales arqueológicos en superficie y monumentos nacionales o patrimonio cultural religioso, pertenecientes al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

 

El área de proyecto, conforme a lo señalado en el Anexo C de la DIA y la caracterización del Medio Humano (Anexo G de la DIA), se encuentra alejada de lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Fase de construcción:

Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos (figura 1, Anexo 5 de la Adenda) de 7 m de ancho por 18 m de largo. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos asimilables a domiciliarios (RAD). El área para los contenedores de RAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas. En el Anexo 8 de la Adenda, se muestra en formato kmz las partes y obras del proyecto, incluyendo la bodega de acopio de residuos.

 

Fase de operación:

El edificio nuevo tendrá dos salas de basura, una de basura común y orgánica (figura 3, Anexo 5 de la Adenda) y otra en donde se ubicará el ducto de recolección de los pisos del edificio (figura 4, Anexo 5 de la Adenda). La sala de basura común y orgánica se divide en dos sectores, con una superficie de 13.500 m2 y 510 m2 respectivamente.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción:

Los residuos generados en esta fase y que serán almacenados de forma transitoria son:

·         Residuos domiciliarios, serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días.

·         Excedentes de tierra, serán retirados diariamente, ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrán en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario.

·         Escombros y residuos sólidos generados por el lavado de canoas, serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con malla raschel o con tapa, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 1 semana.

·         Residuos reutilizables, serán almacenados al interior de contenedores con tapa identificados para cada tipo de residuos y dispuestos al interior de una zona de residuos especialmente habilitada para este fin. Estos materiales serán almacenados y retirados mensualmente.

 

En el punto 1.1 del Anexo 5 de la Adenda se adjuntan mayores antecedentes en relación al PAS 140 para la fase de construcción.

 

Fase de operación:

En la sala de basura 1 (sector de basura común) existirán 2 contenedores de 770 litros, además de un compactador industrial de 3,5 m3. En el sector de basura orgánica, existirán 42 contenedores de 120 litros

En la sala de basura 2 (de recolección) existirán 3 contenedores de 770 litros.

El proyecto considera la instalación de un compactador industrial en la sala de basura común, el que permitirá reducir el volumen de basura en una razón de 1/3.

 

Mayores antecedentes se adjuntan en la respuesta 3.1 y punto 1.2 del Anexo 5, ambos de la Adenda (PAS 140, fase de operación) y Anexo F.2 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2583, de fecha 09 de mayo de 2017, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.4.5.1 y 4.5.6.1 y Capítulo IX, punto 9.1.1.

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

El proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) durante la fase de construcción. Para ello, se habilitará una (1) bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03, y D.S. N° 594/99 del MINSAL y a la OGUC.

 

La estimación de los RESPEL generados se detallan en el punto 4.4.5.2 del ICE.

 

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142, punto 2 del Anexo 5 de la Adenda y  respuestas 3.2 a 3.5 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2583, de fecha 09 de mayo de 2017, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.4.5.2 y Capítulo IX, punto 9.1.2.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1 D.S. N°144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Escarpe, demolición, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte, grupos electrógenos.

 

Operación:

Circulación de vehículos y buses y grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

Construcción:

·         Humectar las vías internas no pavimentadas para evitar dispersión de polvo.

·         Instalar retenedor de polvo en el perímetro del proyecto o tramos cercanos a viviendas.

·         Obra aseada y desperdicios en recipientes recolectores debidamente identificados y ubicados.

·         Descargar escombro de sobre suelo a través de chutes u otro sistema adecuado.

·         Transportar materiales susceptibles de dispersarse o escurrirse, en camiones con tolva cubierta y con revisiones técnicas al día.

·         Vehículos respetan velocidad máxima de circulación en las vías interiores.

·         Corte de materiales se realiza en área de corte descrita.

·         Lavado de ruedas de vehículos previo a que salgan del área del proyecto.

·         Barrer, asear y levantar escombros previa humectación.

·         Equipos de Grupo Electrógeno con horómetro digital y declarar sus emisiones en el RETC.

·         Compensar emisiones conforme indica la norma.

 

Operación:

·         Grupo electrógeno con horómetro digital.

·         Compensar emisiones conforme indica la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

·         Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·         Fotografía de terreno y con fecha de la instalación del retenedor de polvo. Además el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras.

·         El registro de inspección de entrada y salida de vehículos, registro semestral de camiones del proyecto indicando permiso de circulación al día.

·         La instalación de señalización adecuada, acreditadas mediante las fotografías correspondientes.

·         Comprobante de declaración de emisiones de G.E. en el RETC.

·         Plan de Compensación de Emisiones aprobado por el MMA.

 

Operación:

·         Declaración de emisiones del Grupos Electrógenos.

·         Plan de Compensación de Emisiones aprobado por el MMA.

 

7.2 D.S. N°47/1992 del MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, OGUC.

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas/Ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ejecución de las obras durante la fase de construcción.          

Forma de cumplimiento

Emisiones atmosféricas:

·         Humectar la loza existente en el galpón existente.

·         Instalar retenedor de polvo en el perímetro del proyecto o tramos cercanos a viviendas.

·         Obra aseada y desperdicios en recipientes recolectores debidamente identificados y ubicados

·         Descargar escombro de sobre suelo a través de chutes u otro sistema adecuado.

·         Transportar materiales susceptibles de dispersarse o escurrirse, en camiones con tolva cubierta y con revisiones técnicas al día.

·         Vehículos respetan velocidad máxima de circulación en las vías interiores.

·         Corte de materiales se realiza en área de corte descrita.

·         Lavado de ruedas de vehículos previo a que salgan del área del proyecto.

·         Barrer, asear y levantar escombros previa humectación.

·         Equipos de Grupo Electrógeno con horómetro digital y declarar sus emisiones en el RETC.

 

Ruido:

En cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales lo siguiente:

a) Los Horarios de funcionamiento de la obra.

b) La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Emisiones atmosféricas:

·         Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·         Fotografía de terreno y con fecha de la instalación del retenedor de polvo. Además el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras. 

·         El registro de inspección de entrada y salida de vehículos, registro semestral de camiones del proyecto indicando permiso de circulación al día.

·         La instalación de señalización adecuada, acreditadas mediante las fotografías correspondientes. Comprobante de declaración de emisiones de G.E. en el RETC.

 

Ruido:

Mantener en la obra una copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos y de la información a que se refiere el punto c) anterior.

 

7.3 D.S. N°66/2009 MINSEGPRES. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

 

 

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Escarpe, demolición, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte, grupos electrógenos.

 

Operación:

Circulación de vehículos y buses y grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a lo indicado en el punto 4.3.4.1 y 4.4.5.1 del proyecto supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, debiendo compensar emisiones en ambas sus fases. Sin perjuicio de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de abatimiento y control:

Construcción:

·         Humectar las vías internas no pavimentadas para evitar dispersión de polvo.

·         Instalar retenedor de polvo en el perímetro del proyecto o tramos cercanos a viviendas.

·         Obra aseada y desperdicios en recipientes recolectores debidamente identificados y ubicados

·         Descargar escombro de sobre suelo a través de chutes u otro sistema adecuado.

·         Transportar materiales susceptibles de dispersarse o escurrirse, en camiones con tolva cubierta y con revisiones técnicas al día.

·         Vehículos respetan velocidad máxima de circulación en las vías interiores.

·         Corte de materiales se realiza en área de corte descrita.

·         Lavado de ruedas de vehículos previo a que salgan del área del proyecto.

·         Barrer, asear y levantar escombros previa humectación.

·         Equipos de Grupo Electrógeno con horómetro digital y declarar sus emisiones en el RETC.

·         Compensar emisiones de acuerdo a la norma.

 

Operación:

·         Grupo electrógeno con horómetro digital.

·         Compensar emisiones de acuerdo a la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

·         Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·         Fotografía de terreno y con fecha de la instalación del retenedor de polvo. Además el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras. 

·         El registro de inspección de entrada y salida de vehículos, registro semestral de camiones del proyecto indicando permiso de circulación al día.

·         La instalación de señalización adecuada, acreditadas mediante las fotografías correspondientes.

·         Comprobante de declaración de emisiones de G.E. en el RETC.

·         Plan de Compensación de Emisiones aprobado por el MMA..

 

Operación:

·         Declaración de emisiones de los Grupos Electrógenos.

·         Plan de Compensación de Emisiones aprobado por el MMA.

 

7.4 D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas - Vialidad y transporte

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte (excedentes de tierra de excavaciones y escombros).

 

Forma de cumplimiento

El transporte de materiales y residuos que producen polvo (tales como escombros, excedentes de tierra, etc.), se efectuará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de materiales.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de entrada y salida de los vehículos pesados con carga cubierta de materiales que produzcan polvo.

 

7.5 D.S. N°138/2005 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

El titular entregará todos los antecedentes para determinar las emisiones de contaminantes generadas por los equipos de grupo electrógeno que serán utilizados en la fase de construcción permanentemente y en la fase de operación, solo en caso de emergencia y por lapsos de tiempo muy acotados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de los antecedentes mencionados ante el MINSAL.

Copia timbrada por el MINSAL del documento acreditativo de la entrega de los antecedentes mencionados.

 

7.6 D.S. N°1/2013 del MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC.

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas/Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

 

 

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Generación de RESPEL y generación de emisiones por utilización de grupos electrógenos.

 

Operación:

Generación de emisiones por utilización de grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

Construcción:

El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento

 

Ambas fases:

El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar sus emisiones de material particulado y gases en relación a los equipos señalados y cumplirá con todas las exigencias que contempla el Reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Solicitar a la empresa encargada del retiro de los RESPEL, comprobante de Declaración de Generación de Residuos peligrosos y lodos, por ventanilla única del RETC.

 

Ambas fases:

Comprobante de Declaración de Emisiones, de acuerdo a lo que corresponda.

 

7.7 D.S. N°38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica.

Componente/materia:

Ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Demolición actuales instalaciones y construcción futuras instalaciones.

 

Operación:

Grupo electrógeno de emergencia y bombas.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Se implementarán medidas de control consistentes en barreras acústicas y cierre de vanos para trabajos en altura, que se interpondrán entre al área de faenas y los receptores a modo de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA, considerando lo siguiente:

·         Se implementará como medida de control, cierres perimetrales de material que actúe como barrera acústica en ciertos deslindes del área del proyecto.

·         Las barreras acústicas serán construidas mediante paneles de madera OSB, de al menos 15 mm de espesor o material similar que posea al menos 10 Kg/m2 de densidad superficial, montadas sobre estructura metálica o similar, cubiertas por la cara interior (hacia la obra) con material absorbente tipo lana mineral.

·         Todas las uniones entre placas y contra el terreno u otras estructuras serán herméticas de manera de evitar fugas de ruido y pérdidas de eficiencia de la medida.

 

Operación:

Tanto el grupo electrógeno se ubicarán en salas cerradas en niveles subterráneos, por tanto poseerán niveles de emisión de ruido poco significativos, con niveles al exterior menor a 45 dB.

De acuerdo a las especificaciones técnicas de los grupos electrógenos con que contará el proyecto, se contempla la utilización de silenciadores tipo industrial, que proveerán a lo menos una atenuación de 9 dB.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Registro Fotográfico de las medidas implementadas e inspecciones, todo a cargo del encargado técnico, ambiental o de seguridad de las obras.

Mantener en la obra copia de los Informes de Monitoreo mensuales de ruido durante la fase de construcción del proyecto, junto con los comprobantes de la plataforma de seguimiento de la SMA.

 

Operación:

Registro de las especificaciones técnicas de los grupos electrógenos.

 

7.8 Ley N°458/1976 y D.S. N° 47/1992, MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, (LGUC, OGUC).

 

 

Componente/materia:

Ordenamiento territorial.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Estacionamientos.             

Forma de cumplimiento

Previo al inicio de la fase de construcción, el titular requerirá los permisos de edificación a la DOM.

El proyecto cumplirá con lo establecido respecto al número de estacionamientos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permiso de edificación y recepción final, otorgados por la DOM de Renca.

 

7.9 D.S. N°594/99 y sus modificaciones, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Componente/materia:

Residuos/Agua Potable y Aguas Servidas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos sólidos y líquidos.   

Forma de cumplimiento

Residuos líquidos:

Construcción:

Aguas de lavado de ruedas y aguas servidas de baños químicos se retiran por empresas autorizadas a lugares autorizados de disposición final.

 

Operación:

Las aguas servidas de baños del edificio serán canalizadas al alcantarillado público, el proyecto cuenta con factibilidad sanitaria de agua potable y alcantarillado de la empresa Aguas Andinas.

 

Residuos sólidos:

Construcción:

·         Residuos en bolsas herméticas dentro de contenedores y retiro de las mismas por camión recolector municipal cada 3 días mínimo.

·         Retiro diario de tierra, cubrimiento con malla raschel y humectación de tierra cuando se mantenga más de un día y transporte en camiones con tolva cubierta.

·         Almacenamiento temporal de escombros identificados, en contenedores, cubiertos con malla raschel o tapa, por máximo 1 semana, su transporte posterior en camiones con tolvas cubiertas hasta lugar de disposición final.

·         Residuos en contenedores con tapa y retiro por empresa autorizada para su disposición final.

·         Almacenamiento de RESPEL en bodega temporal autorizada.

 

Operación:

·         Tramitación del PAS del artículo 140 del RSEIA para las salas de basura.

·         Manejo diferenciado de residuos reciclables.

 

Agua Potable y Aguas Servidas:

El abastecimiento de agua potable a los trabajadores se realizará mediante bidones de agua purificada hasta que se cuente con conexión a empalme temporal. La dotación mínima de agua potable que exige la norma es de 100 litros de agua por persona y por día, lo cual será contemplado por el titular. Además, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente, hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. El período entre el inicio de las faenas constructivas hasta la materialización de los empalmes provisorios, no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

 

·         El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·         Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando se empocen las aguas y se generen focos de insalubridad.

·         Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·         El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

Indicador que acredita su cumplimiento

Residuos líquidos:

Construcción:

El comprobante de estas acciones será mantenido en obra, a disposición de la Registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite retiro y disposición final de las aguas del lavado de ruedas y de baños químicos.

 

Operación:

Certificado de recepción definitiva de la DOM de Renca.

 

Residuos sólidos:

Construcción:

·         Fotografías de contenedores.

·         Registro del supervisor o encargado técnico o ambiental de la obra.

·         Fotografías de residuos cubiertos con malla o tapa y Registro del Encargado ambiental o técnico de la obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final.

·         Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura u otro documento que lo acredite.

·         Bodega temporal construida, tramitación sectorial del PAS y resolución de la autoridad que autoriza la bodega.

 

Operación:

·         Copia de la resolución sectorial que autoriza las salas de basura.

·         Facturas o guías de despacho de empresa encargada del retiro de Residuos Reutilizables

 

Agua Potable y Aguas Servidas:

Registro que identifique el número de trabajadores y la dotación de agua potable correspondiente (boleta cancelada de sanitaria correspondiente).

Registro documental (boletas, facturas, otros) que acredite el retiro y disposición final de las aguas servidas por empresa autorizada o copia del convenio del uso de colectores con la empresa sanitaria.

 

7.10 D.S. N°148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. D.F.L. N°725/1967, Código Sanitario.

Componente/materia:

Residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos peligrosos.

 

Forma de cumplimiento

Mantener los residuos peligrosos en la Bodega RESPEL autorizada, y retiro de residuos peligrosos por empresa autorizada.

Tramitación sectorial PAS 142 (autorización de funcionamiento bodega RESPEL).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del inspector técnico o ambiental de la obra con boletas, factura u otros que acrediten retiro por empresa autorizada.

Copia de la resolución de autorización de funcionamiento de la bodega de RESPEL otorgada por el SEREMI de Salud, RM.

 

7.11 D.S. N°158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

                                                                                            

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a esta norma, haciéndola exigible en todos los contratos, subcontratos y/o mediante glosas incluidas en las órdenes de compra de servicios de transporte.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia del contrato, subcontrato, orden de compra u otros que hagan sus veces.

 

7.12 D.S. N°200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos.

                                                                                            

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a esta norma, haciéndola exigible en todos los contratos, subcontratos y/o mediante glosas incluidas en las órdenes de compra de servicios de transporte.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia del contrato, subcontrato u orden de compra que incluya la cláusula o glosa de sujeción a la norma.

 

7.13 D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos. 

                                                                                            

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a esta norma, haciéndola exigible en todos los contratos, subcontratos y/o mediante glosas incluidas en las órdenes de compra de servicios de transporte.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia del contrato, subcontrato u orden de compra que incluya la cláusula o glosa de sujeción a la norma.

 

7.14 D.F.L. N°850/1998 del MOP. Ley de construcción y conservación de caminos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales y residuos. 

                                                                                            

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando el peso máximo de los vehículos establecido para circular en caminos públicos. Por otra parte, también se dará cumplimiento al presente DFL comprometiéndose a solicitar autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen. Se contempla que la empresa elevará a condición esencial del contrato de transporte el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se contempla que la empresa elevará a condición esencial la sujeción y cumplimiento de la norma por parte de los transportistas, incluyendo ello en los contratos, subcontratos u órdenes de compra de servicios de transporte

 

7.15 DFL N°725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.

Componente/materia:

Residuos líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos líquidos.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Se prevé el cabal cumplimiento de esta norma ya que no se irán elementos de ningún tipo en las aguas de ríos o canales, y la eliminación de todos los residuos, sean líquidos o sólidos, se realizará de conformidad a la normativa vigente, evitando la contaminación.

Retiro de residuos líquidos por empresa autorizada.

 

Operación:

El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas otorgado por la empresa sanitaria respectiva.

Conexiones definitivas a la red pública de agua potable y Alcantarillado

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción:

Mantención de un registro permanente en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite la disposición final de los residuos líquidos.

 

Operación:

Certificado de Recepción definitiva de la DOM.

 

7.16 Ley N°19.525, Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.

Componente/materia:

Aguas Lluvias.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto de aguas lluvias.

Forma de cumplimiento

El proyecto contempla la captación de las aguas lluvias, tanto las que caigan desde el edificio como en los estacionamientos. Para el caso del edificio, las aguas lluvias serán captadas en cubierta y conducidas a redes soterradas para su posterior conducción a drenes de absorción proyectados, de igual forma las precipitaciones sobre pavimentos son captadas mediante sumideros y canaletas de piso, para incorporarlas a la red de recolección antes mencionada. Se deben realizar 160 metros lineales de drenes de infiltración ejecutados con cubos, con una sección total de 2,00 m de alto por 2,5 m de ancho. Por otro lado, para los estacionamientos, las aguas lluvias son captadas sobre pavimentos mediante sumideros y canaletas de piso, para incorporarlas a la red de recolección soterradas para su posterior conducción a drenes de absorción proyectados. Las aguas serán drenadas a una profundidad máxima de 6 m respecto a la superficie.

Indicador que acredita su cumplimiento

Proyecto de Aguas lluvias diseñado conforme a la norma.

Recepción Definitiva de las construcciones, otorgada por la DOM de Renca.

 

7.17 Ley N° 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/1991 MINEDUC. Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

 

Componente/materia:

Patrimonio Arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones.  

                                                                                            

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Si corresponde, registro de las gestiones pertinentes con el Consejo de Monumentos Nacionales.

 

7.18 D.S. N°43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de sustancias peligrosas.

                                                                                            

Forma de cumplimiento

Los envases de sustancias químicas sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento al Párrafo II, artículos 25 y siguientes del D.S. N°43/2015.

·         Al interior de la bodega no podrán realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción del terreno del proyecto.

·         La bodega deberá ser cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Adicionalmente, esta bodega deberá tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.

·         La bodega deberán mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de adosamiento.

·         La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente, señalizada y demarcada, adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 Of.2003 o la que la sustituya.

·         Se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas.

·         Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros que indiquen “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles.

·         En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos.

·         Adicionalmente, deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 Of.2003 o la que la sustituya.

·         La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594/99 MINSAL.

·         Una vez utilizadas las sustancias, los envases serán almacenados como residuos peligrosos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de inspecciones semanales del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de obras.

 

7.19 D.S. N°298/1994 MINTRATEL. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte de cargas peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustancias peligrosas.

                                                                                            

Forma de cumplimiento

El transporte de combustibles y productos peligrosos, será contratado con empresas especializadas y autorizadas para este tipo de transporte, y será realizado en conformidad a las exigencias contenidas en la presente normativa.

El transporte se realizará con guías de despacho o facturas con detalle de productos a transportar, indicando su clasificación y número de Naciones Unidas, y las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente basadas en la Hoja de Datos de Seguridad a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2245.Of93.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro con copia de las Guías de Despacho o facturas del transporte de la carga peligrosa.

 

7.20 D.S. N°609/98 del MOP. Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado.

 

 

Componente/materia:

Residuos industriales líquidos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Lavado de contenedores salas de basura.

Forma de cumplimiento

Se realizará el lavado de contenedores en un sector especialmente diseñado para ello, ubicado en la sala de basura común, desde el cual se conducen las aguas de lavado hasta la cámara desgrasadora, posteriormente, serán desaguados al alcantarillado. En la unión domiciliaria antes de la conexión al colector, en la vereda, se colocará un cámara de muestreo para monitorear los riles. El muestreo se efectuará conforme lo indica la norma. El punto de muestreo, al que concurran los residuos líquidos, tendrá libre acceso para la fiscalización.

Indicador que acredita su cumplimiento

El registro del inspector técnico o ambiental de la obra de la fiscalización en punto de muestreo.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1 Condición o exigencia 1: Ruido.

Impacto asociado

Aumento en los niveles de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo

Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del proyecto.

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 418 de fecha 24 de enero de 2017:

 

Fase de Construcción:

·         Se deberá implementar barreras acústicas en algunos deslindes del proyecto. Las barreras acústicas deberán ser construidas de materiales que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, como por ejemplo Paneles de OSB de 15 mm de espesor o material similar. La cara interior de cada barrera deberá estar cubierta con material absorbente tipo lana mineral. Las junturas de los paneles que conformen las barreras deberán ser herméticas, tanto entre éstas y entre éstas y el suelo. La altura y ubicación de las barreras deberán ser las indicadas en la Figura 10 del Anexo E “Estudio de Impacto Acústico” de la DIA.

·         Las faenas de construcción deberán realizarse en el periodo diurno de la norma (07:00 horas a 21:00 horas).”.

 

Fase de Operación:

El grupo electrógeno y las bombas de agua se deberán ubicar en salas cerradas en niveles subterráneos y en la salida de escape de los grupos electrógenos deberá instalarse silenciadores que provean una atenuación de al menos 9 dB. Validados mediante mediciones cuya información deberá ser registrada y presentadas a la autoridad al momento de la fiscalización.

 

Todas las fases:

“Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace.”

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción y operación del proyecto. 

Indicador que acredite su cumplimiento

(Anexo 2 de la Adenda Complementaria, D.S. N° 38/11 MMA)

Construcción:

Registro Fotográfico de las medidas implementadas e inspecciones, todo a cargo del encargado técnico, ambiental o de seguridad de las obras.

Mantener en la obra copia de los Informes de Monitoreo mensuales de ruido durante la Fase de construcción del proyecto, junto con los comprobantes de la plataforma de seguimiento de la SMA.

 

8.2. Condición o exigencia 2: Uso de la vialidad adyacente.

Impacto asociado

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación, según corresponda.

Objetivo, descripción y justificación

Manejo de las vías aledañas al proyecto, durante los trabajos de construcción y la fase de operación.

Forma y oportunidad de implementación

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N° 4080 de fecha 15 de mayo de 2017:

 

·         El titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación que han resultado de la evaluación del EISTU, antes de la recepción final de las obras.

·         En relación al punto anterior se hace presente que tanto la Evaluación Ambiental como el EISTU presentado a la Secretaría Regional Ministerial deben  corresponder al mismo proyecto.

·         El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto”.

 

8.3. Condición o exigencia 3: Recurso hídrico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación, según corresponda.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas, mediante el oficio Ord. Nº 693 de fecha 10 de mayo de 2017:

 

“Este Servicio fundamenta su pronunciamiento Conforme Condicionado, según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes presentados por el Titular del proyecto, considerando cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. 

 

1.       Que, en atención a los antecedentes presentados en Anexo A.5 de la DIA y respuesta a la Observación 1.3 del Adenda 1, el Titular deberá contar con Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado para la totalidad del proyecto (4.055 personas) previo al inicio de la Fase de Construcción del proyecto. 

2.       Que, el Titular realizará lavado de ruedas y de canoas de camiones mixer mediante plataforma impermeabilizada, cuyos residuos serán acumulados en un estanque de PVC, y posteriormente serán retirados cada dos semanas por una empresa autorizada, según lo declarado en respuesta a la Observación 1.14 del Adenda 1.

3.       Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

4.       Que, el Titular compromete el mantenimiento del sistema de infiltración de aguas lluvias, de acuerdo a lo indicado en acápite 1.6.10 de la DIA.   

5.       Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:

a.       Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.       Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c.        Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d.       En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

6.      Que, en atención a la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

e.        Detener las actividades en el frente de trabajo.

f.         Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

g.       En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

h.       Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

i.         Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

7.       Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

8.       Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. 

9.       Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

10.   Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

11.   Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”.

 

8.4. Condición o exigencia 4: Emisiones atmosféricas.

Impacto asociado

Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo

Cumplimiento al D.S. N°66/2009 del MINSEGPRES (PPDA).

 

Condición

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante el oficio Ord. Nº 520 de fecha 11 de julio de 2017:

 

1 -- Presentar ante la SEREMI MA RM, dos Programas de Compensación de Emisiones (PCE), uno para MP10 y uno para NOx, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del DS 66/2009 (MINSEGPRES). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:

 

Tabla 1: Emisiones a compensar proyecto “Edificios corporativos Sodimac y Adessa Tottus”

Año

AÑO 1

AÑO 2

AÑO 3 en adelante*

Contaminante

MP10

NOx

MP10

NOx

MP10

NOx

Fracción por resuspensión

9,507

 

1,041

 

5,559

 

Fracción por combustión

1,620

25,278

0,009

1,528

0,030

7,514

Emisiones totales [ton/año]

11,127

25,278

1,050

1,528

5,589

7,514

Límite Art.98 DS66/2009 [ton/año]

2,5

8

2,5

8

2,5

8

Total emisiones a compensar (150%) [ton/año]

16,690

37,917

-

-

8,383

-

 

*: La compensación de emisiones durante la fase de operación debe ser efectiva durante toda la vida útil del proyecto, es decir, del año 3 en adelante.

 

-- Los PCE a presentar deberán proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:

  • Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
  • Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
  • Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.
  • Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.
  • Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
  • Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente

.

-- Al respecto se le aclara al Titular que deberá considerar un método de compensación para la fracción de MP10 por combustión en el año 1, que cumpla con los criterios presentados. De lo anterior, se desprende que para la fracción por combustión no aplican las medidas de compensación para material particulado resuspendido.

 

2 -- Utilizar en la fase de construcción del proyecto camiones Mixer de capacidad 9 [m3]” 

 

8.5. Condición o exigencia 5: Patrimonio arqueológico o paleontológico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Condición

De acuerdo a lo señalado por el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el oficio Ord. Nº 615 de fecha 08 de febrero de 2017:

 

·         En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto”.

 

8.6. Otras condiciones o exigencias.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI MINVU, mediante el oficio Ord. Nº 1937 de fecha 05 de mayo de 2017:

 

·         Dar cabal cumplimiento al artículo 2.4.1 bis de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y a su Disposición transitoria (D.S. 109 – D.O. 04.06.15) respecto de los estacionamientos de bicicletas, al momento de la recepción final por parte de la DOM de la I. Municipalidad de Renca”.

 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario 1. Plan de Comunicación.

Impacto asociado

Efecto sobre el aumento de los niveles de presión sonora, olores molestos u otros.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción

Objetivo: Informar a la comunidad cercana.

 

Descripción: Plan de Comunicación con información relevante del Proyecto.

Lugar y oportunidad de implementación

Lugar: En el acceso al proyecto y a comunidades próximas.

 

Forma:

En el acceso al proyecto se mantendrá un aviso de acuerdo al formato presentado en el punto 5.1 de la DIA, dirigido a facilitar la información de los vecinos, que permita entregarle las formas de canalización de sus inquietudes.

 

Se elaborará y entregará a las comunidades próximas al proyecto un programa de trabajo que considere información sobre el proyecto: horarios de funcionamiento de la obra, horario de tránsito y ruta de camiones, nombre y contacto del encargado de la obra, lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas de control consideradas, y el tiempo de demora en dar respuesta a las inquietudes que surjan por parte de la comunidad. (Respuesta 8.1 de la Adenda).

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

El aviso será instalado a la obra.

Existirá registro y seguimiento de todas las consultas y comentarios recibidos por parte de la comunidad.

Como medio de verificación, existirá registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra en el Libro de Obras con fotografías.

 

Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario 2. Contratación mano de obra comunal.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción

Contratar mano de obra comunal para la fase de construcción.

Lugar y oportunidad de implementación

Lugar: En las obras del proyecto.

 

Forma:

Se tomará en cuenta la mano de obra comunal a la hora de contratar servicios en coordinación directa con la OMIL. Se contratará a un 5% de mano de obra local.

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Contratos de trabajo.

 

Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario 3. Plan de evacuación con Bomberos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción

Plan de evacuación con Bomberos.

Lugar y oportunidad de implementación

Lugar: En el área del proyecto.

 

Forma:

El titular gestionará reunión con bomberos y se presentarán las rutas de evacuación y medidas de resistencia al fuego del proyecto.

 

Oportunidad: Para la operación del proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Comprobante de envío.

 

Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario 4. Obras de Paisajismo.

Impacto asociado

Paisajismo.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción

Desarrollar un proyecto de paisajismo.

Lugar y oportunidad de implementación

Lugar: En el área del proyecto, según plano 2.1 de la Adenda.

 

Forma:

El titular desarrollará un Proyecto de Paisajismo, el cual considerará especies nativas de bajo consumo de agua. La especificación de las especies deberá ser complementada con un Proyecto de Paisajismo que será tramitado a la Dirección de Obras Municipales antes del inicio de obras del Proyecto. (Respuesta 7.3 de la Adenda).

 

Oportunidad: Durante la fase de operación.

Indicador que acredite su cumplimiento

Tramitación proyecto paisajismo en la DOM.

Fotografías.

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

10.1.1. PLAN DE EMERGENCIAS

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de emergencias son que se detallan a continuación. Mayores detalles en el punto 1.8 de la DIA y respuestas 1.37 a 1.39 de la Adenda.

10.1.1.1 Situación de emergencia 1: Derrame de residuos.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Toda la construcción del proyecto.

Acciones a implementar

·         El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra.

·         Seguidamente el encargado dispondrá: detener, contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor.

·         El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el residuo derramado y el material contaminado, en toda el área afectada.

·         Se delimitará el área afectada.

·         Se utilizarán los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua.

·         Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.

·         Si el material es inflamable, eliminar las fuentes de ignición.

·         Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.

·         En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.

·         El material recogido de un derrame será dispuesto según el tipo de peligrosidad en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado.

·         En el caso del derrame accidental de materiales peligrosos, se efectuará un seguimiento de la zona contaminada, con un muestreo de elementos como: aceites, pinturas, hidrocarburos, etc.; analizando como mínimo los parámetros antes mencionados. Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate la descontaminación del sitio afectado, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Una vez controlada la emergencia, se deberá emitir un informe, el cual deberá ser remitido a la Autoridad ambiental competente.

En caso de derrame de materiales peligrosos, se emitirá un informe de seguimiento, que será remitido a la Autoridad Ambiental competente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Respuesta 1.39 de la Adenda.

10.1.1.2 Situación de emergencia 2: Incendios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Toda la construcción del proyecto.

Acciones a implementar

·      Dar la alarma informando a su supervisor directo o bien solicitando ayuda a alguno delos compañeros de trabajo.

·      En el caso de que sea posible, efectuar una primera intervención, tratando de extinguir el fuego, mediante el uso de algún equipo de extinción portátil.

·      Evitar el pánico, actuar con tranquilidad y proceder a la evacuación en forma rápida, pero sin correr.

·      Esperar y seguir las instrucciones que imparta el Jefe de la Obra.

·      El Jefe de la Obra deberá contabilizar el personal y verificar que estén efectivamente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Informe del incidente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.39 de la Adenda.

10.1.1.3 Situación de emergencia 3: Afloramiento de aguas subterráneas, afectación de recursos hídricos.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada.

Actividades fase de construcción.

Acciones a implementar

·         Detener las actividades en el frente de trabajo.

·         Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·         En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·         Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

 

Particularmente, frente a la ocurrencia de un accidente que afecte recursos hídricos, es necesario informar inmediatamente a la DGA RM, señalando lo siguiente:

·         Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

·         Detalle de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

·         Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

·         En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea.

En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA.

Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuestas 1.37 y 1.39 de la Adenda.

10.1.2. PLAN DE CONTINGENCIAS.

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en el punto 1.8 de la DIA y respuestas 1.37 a 1.39 de la Adenda.

10.1.2.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Derrame de residuos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Toda la construcción del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

·         Mantener los residuos al interior de las bodegas de residuos para su almacenamiento temporal.

·         Mantener en stock, en un área de libre acceso y señalizada, los elementos de contención de derrames, entre éstos, bolsas, trapos u otros elementos.

·         Efectuar capacitaciones al personal sobre el correcto uso de los elementos y materiales para la contención de derrames.

Forma de control o seguimiento

Libro y/o registro de mantenciones.

Registro fotográfico de señalizaciones y libro de registro de capacitaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.39 de la Adenda.

10.1.2.2 Situación de riesgo o contingencia 2: Incendios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Actividades de construcción.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Mantener los equipos y maquinaria bajo las normas de seguridad existentes.

·         Mantener los equipos de extinción portátiles operativos en todo momento.

·         Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos.

·         Efectuar capacitaciones al personal respecto al correcto uso y empleo de los equipos de extinción portátil.

Forma de control o seguimiento

Libro y/o registro de mantenciones.

Registro fotográfico de señalizaciones y libro de registro de capacitaciones

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.39 de la Adenda.

10.1.2.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Afectación a recursos hídricos.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Parte, obra o acción asociada.

Actividades fase de construcción.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         En esta fase no habrá almacenamiento de combustible de ningún tipo.

·         Se contratará un servicio externo para el abastecimiento de combustible del equipo electrógeno en ambas fases.

·         Camiones, maquinarias y demás automóviles, cargarán sus estanques fuera del recinto y tendrán sus mantenciones al día, por medio de servicios externos a la faena.

·         Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada

·         Manejo adecuado de los residuos.

·         Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos asimilables a domiciliarios (RAD). El área para los contenedores de RAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas.

·         Cumplimiento D.S. N°148/2003 MINSAL.

·         Se habilitará de una bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03, al D.S. N° 594/99 (ambos del MINSAL) y a la OGUC.

·         El almacenamiento de los residuos peligrosos que se generarán en esta fase, se llevará a cabo en forma temporal, al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados, que serán dispuestos al interior de una bodega, que se localizará alejada de las instalaciones de faena, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad.

·         De manera de minimizar los efectos sobre el suelo, por potenciales derrames accidentales, la bodega de residuos peligrosos, contará con una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

Forma de control o seguimiento

Se contempla registros fotográficos de los contenedores y su ubicación, manteniendo en la obra una copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición de los residuos. En relación a las aguas servidas, éstas serán descargadas al sistema de alcantarillado público.

Registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y copia de la resolución de aprobación de la bodega de RESPEL otorgada por el SEREMI de Salud, RM.

El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.39 de la Adenda.

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto "Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus" de Inmobiliaria Sociedad de Rentas Falabella S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto "Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto "Edificios Corporativos Sodimac y Adessa Tottus", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

6°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Valeria Andrea Essus Poblete
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región Metropolitana de Santiago




CVC/LTC/VEP/MGVV/MRS/MAC

Distribución:

  • Álvaro Hernán Fierro Correa
  • Intendente Región Metropolitana
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Renca
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "EDIFICIOS CORPORATIVOS SODIMAC Y ADESSA TOTTUS"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=14/67/374d0f7d6965ece6fd5f392dcaec14860788


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