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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto ""Edificio Ecuador""

Resolución Exenta Nº 558/2016

Santiago, 25 de octubre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), Adenda y Adenda Complementaria, de fechas 02 de marzo de 2016, 03 de junio de 2016 y 31 de agosto de 2016, respectivamente, del proyecto “Edificio Ecuador”, presentado por Inmobiliaria Conde del Maule S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio Ecuador”, de fecha 07 de octubre de 2016.

 

3°.  El Acta N° 02 de la Sesión Nº 20 de fecha 22 de septiembre de 2016 del Comité Técnico de la Región de Metropolitana de Santiago.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio Ecuador” de fecha 26 de septiembre de 2016.

 

5°. La Resolución Exenta N° 509/2016, de fecha 06 de octubre de 2016, del Servicio de Evaluación Ambiental, que deja sin efecto el ICE singularizado en el visto precedente.

 

6°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio Ecuador” de fecha 07 de octubre de 2016.

 

7°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 21 de octubre de 2016.

 

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio Ecuador.

 

9°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, el Decreto Supremo N° 674 de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en la Resolución Exenta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Conde del Maule S.A. (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio Ecuador (en adelante, “el Proyecto”).

 

Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Conde del Maule S.A.

Rut

76.365.209-2

Domicilio

Av. Cuarto Centenario Nº438, Las Condes, Santiago

Teléfono

227262159

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

José Andrés Munita Valdés

Rut del/los representante(s) legal(es)

8.546.594-5

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Luis Enrique Munita Herrera

Rut del/los representante(s) legal(es)

5.027.649-K

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Av. Cuarto Centenario Nº438, Las Condes, Santiago

Teléfono del/los representante(s)  legal(es)

227262159

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de octubre de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado rechazar el Proyecto, considerando que según los argumentos presentados en el numeral 6.3 del referido ICE, el titular no entregó los antecedentes necesarios para descartar la existencia de aquellos efectos, características o circunstancias de las letras b) y c) del Artículo 7 del Reglamento del SEIA

 

3°. Que, en sesión de fecha 21 de octubre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Edificio Ecuador”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 07 de octubre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, Adenda y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1 ANTECEDENTES GENERALES

Descripción general

Proyecto inmobiliario de una torre de 29 pisos, 545 departamentos, 2 locales comerciales, 2 niveles subterráneos destinados para 108 estacionamientos para vehículos   y 191 bodegas. El proyecto estima una proyección de habitantes de 1298 personas, según el anexo B de la Adenda Complementaria.

 

Las partes y obras del proyecto, se exponen en la siguiente tabla:

 

OBRAS FÍSICAS

TOTAL

Departamentos

545

Locales Comerciales

2

Subterráneos

2

Estacionamientos propietarios

101

Estacionamientos de visita

4

Estacionamientos discapacitados

3

Estacionamiento Bicicletas

55

Bodegas

191

Sala Eléctrica y Grupo Electrógeno

1

Sala de Presurización

1

Sala de Estanques (2 estanques)

1

Sala de Bombas

1

Sala de Maquina (cubierta)

1

Sala de Basura

2

Quinchos (cubierta)

2

Piscina (cubierta)

1

Enfermería y Sala Multiuso (cubierta)

1

Lavandería

1

Ref.: Tabla 4 de la DIA

 

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El Proyecto debe someterse al SEIA según lo señalado en la letra h del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y del artículo 3° del Decreto Supremo N°40/2012 RSEIA, específicamente el literal h.1.3 del referido artículo 3°, a saber:

 

h.1.3.   Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o…”

Vida útil

Por las características del proyecto, la vida útil es indefinida.

Monto de inversión

13.000.000 USD

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Para efectos del Artículo 25 ter de la Ley 19.300, el acto o faena mínima que da cuanta del inicio de la ejecución del proyecto serán las actividades de demolición de las construcciones preexistentes, planificadas dentro de los 2 primeros meses posteriores a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, en caso que sea favorable, según la Tabla 2 del Anexo D de la Adenda Complementaria “Cronograma del Proyecto”.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

De acuerdo a la DIA, el proyecto no se desarrollará por etapas.

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

Constituye un proyecto nuevo.

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

 

Si

 

No

Constituye un proyecto nuevo.

 

[X]

 

4.2 UBICACIÓN

División político-administrativa

La dirección del proyecto está establecida en calle Ecuador N°4680 y Nº4678, comuna de Estación Central, Región Metropolitana de Santiago

Justificación de la localización

El proyecto se encuentra emplazado en la comuna de Estación Central en zona prevista de uso residencial (Zona Habitacional Mixta), de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y al Plan Regulador Comunal.

 

La Zona Habitacional Mixta permite actividades de origen industriales inofensivas, habitacional y comerciales.

 

En el Anexo B.2 de la DIA se presentan los Certificados de Informaciones Previas N° 0211 y N°0212 ambos  del 22 de agosto de 2013

Superficie

La superficie total del terreno corresponde a 1.909,44 m2, de los cuales se deberá descontar la expropiación de 278,26 m2, por lo tanto la superficie total del terreno será de 1.631,18 m2.

 

La superficie total construida del proyecto corresponde a 27.511,65 m2 las cuales se desglosan de la siguiente manera:

 

ÁREA

SUPERFICIE m2

Locales comerciales

122,01

Áreas Comunes

4.770,59

Subterráneos

2.814,08

Superficie Dptos.

19.804,97

TOTAL

27.511,65

Ref.: Tabla 3 de la DIA

Coordenadas UTM en Datum WGS84

 

Las coordenadas referenciales en WGS 84 Huso 19, son las siguientes:

 

VÉRTICE

NORTE

ESTE

VE-1

6297094,246

341989,263

VE-2

6297082,310

341993,420

VE-3

6297086,367

342005,691

VE-4

6297059,862

342017,160

VE-5

6297065,155

342029,568

VE-6

6297092,780

342017,614

VE-7

6297097,467

342028,446

VE-8

6297109,327

342024,128

Ref.: Tabla 2 de la DIA

Accesos, vialidad y transporte

El límite vial es el siguiente:

 

ORIENTACIÓN

CALLES Y AVENIDAS

Norte

Av. Ecuador

Sur

Conde del Maule

Oriente

Gral. Amengual

Poniente

Radal

Ref.: Tabla 1 de la DIA

 

El acceso y flujo vehicular accederán por las calles General Amengual y Radal.

Referencia al expediente de evaluación.

Capítulo 1 de la DIA

 

4.3         FASE DE CONSTRUCCIÓN

 

4.3.1   Partes y obras

 

 

Nombre

Descripción

Demolición y despeje del terreno

Esta etapa tiene una duración de dos meses y consiste en demoler todas las estructuras o edificaciones existentes en el terreno de emplazamiento, con la finalidad de facilitar las distintas actividades que se realicen para la construcción del Proyecto.

 

Actualmente las instalaciones existentes, fueron desmanteladas por el antiguo propietario al momento de realizar el retiro de la propiedad. Al respecto, en el Plano 4.3 de la DIA "Instalaciones Existentes" se muestran fotografías del área del proyecto georreferenciadas. Cabe destacar que las edificaciones presentes en el sitio de emplazamiento del proyecto corresponden a una empresa metalúrgica del rubro de la construcción (no habitacional).

Despeje del terreno y replanteo

En este punto se realizará la limpieza, despeje y emparejamiento del terreno, de los elementos no contemplados en los antecedentes de la obra y que interfieran con la construcción de tal.

Cierres perimetrales

Se contempla la implementación de un cierro perimetral frente Av. Ecuador, que  será construido en base a planchas de OSB de espesor e=15 mm (cara exterior), Lana mineral con un espesor de e=50 mm y revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima del cierro perimetral deberán ser de 4,8 m en todo el perímetro de la obra.

Instalación de faenas

La instalación de faena consiste principalmente en habilitar recintos de construcción liviana o contenedores reacondicionados en el sitio donde se emplazará el proyecto. Estas instalaciones serán distribuidas y habilitadas para ser utilizadas como oficinas, bodegas, comedores, sala de reuniones y vestidores principalmente.

 

Se habilitará un acceso a la obra que estará presente durante toda la fase de construcción y prestará servicios para la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc. El acceso estará habilitado por la Av. Ecuador y contará con la señalética y personal de apoyo correspondiente (banderillero).

 

El suministro de agua potable será a través de la conexión a la red de agua potable por medio de un medidor definido, para abastecer las necesidades de la obra. Es importarte señalar que la misma procedencia tendrá el agua utilizada en la fase de construcción para la humectación de los caminos. En el ANEXO B.3 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado para acreditar el origen de las aguas.

 

En relación al manejo de las aguas servidas, se contempla la utilización de baños químicos según la cantidad de personal a utilizar en la obra. Cabe destacar que contemplan una duración de no más de un mes, mientras se realizan las instalaciones definitivas dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. Nº 594/1999 del MINSAL “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”.

Preparación de la base

Para la preparación de la base se contempla realizar una excavación de 6,98 m bajo la cota actual, en una superficie aproximada de 1.909,44 m2, logrando estimar una cantidad de aproximadamente 13.327,8 m3 de material de excavación.

 

Estas excavaciones se ejecutarán a máquina, para dar cabida a las fundaciones e instalaciones, respetando las indicaciones de las dimensiones mínimas determinadas en los planos. Se ejecutarán hasta una cota de 30 cm sobre el sello de fundación.

Obra gruesa

Corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones. Esta etapa es la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra, con una duración de 25 meses.

 

La construcción del edificio se realizará en base a hormigón armado, donde el abastecimiento se realizará mediante camiones betoneros o mixer de 7,5 m3 de capacidad promedio.

 

Mayores antecedentes se encuentran en el Anexo C de la DIA, “Especificaciones Técnicas” donde se detallan los métodos constructivos y descripción general de los materiales utilizados en la Obra Gruesa del proyecto.

Terminaciones

Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como pavimentos interiores, luminarias, artefactos, pinturas y revestimientos, entre otros.

 

4.3.2   Acciones

 

Nombre

Descripción

Vectores Sanitarios

Según el numeral 7.5 de la Adenda, el titular contará con un plan de manejo de vectores sanitarios, de acuerdo a lo establecido en forma sectorial por la SEREMI de Salud, efectuando una desratización previa demolición del inmueble realizada por una empresa autorizada.

Accesos y flujo vehicular

Durante la fase de construcción, el acceso vehicular al proyecto será realizado por la Av. Ecuador en dirección al poniente del terreno, en donde se instalarán señaléticas y un banderillero en forma permanente quien tendrá la labor de controlar y prevenir los riesgos asociados con la entrada y salida de vehículos.

 

Los camiones cargarán y/o descargarán los materiales en el terreno del proyecto para lo cual se habilitará un sector en el área de construcción, facilitando el ingreso y permanencia de los vehículos mayores al interior del sitio del proyecto. Igualmente se habilitará un sector para estacionamientos de vehículos de menor tamaño. Estas actividades se realizarán dentro del recinto. De ninguna manera se hará fuera del sitio de emplazamiento.

 

El arribo de camiones de transporte de materiales y betoneros será planificado, así como también su permanencia en la obra, todo esto con el fin de evitar aglomeraciones en las afueras del terreno. Se aclara que no se realizará lavado de camiones, ni de ruedas de camiones en la obra durante la fase de construcción del proyecto.

 

Los horarios de circulación de camiones relacionados con el presente proyecto serán coordinados con la Ilustre Municipalidad de Estación Central, respetando restricciones horarias y evitando la circulación de estos entre las 07:00 a 09:00 am y de 18:00 a 20:00 horas.

 

En la siguiente tabla se presenta la cantidad de viajes realizados en las distintas etapas de la fase de construcción el tipo de material a transportar:

 

TIPO DE MATERIAL

TOTAL DE VIAJES

Fierro

35

Hormigón

1.466

Excavaciones y RESCON

3.330

Materiales e Insumos

177

TOTAL

5.008

Tabla N° 7 de la DIA

 

La estimación de 5.008 viajes aproximados, corresponde a la totalidad de viajes que se realizará para la fase de Construcción, considerando que se llevaran a cabo durante 27 meses y se trabajará un promedio de 213 hr/mes obteniendo una estimación de 0,87 camiones por hora (aprox. 1 camión cada 53 minutos).

 

Durante la construcción del proyecto, se llevarán obras exteriores en el frente del predio, tales como aceras y arborización entre otras consideradas en la Dirección de Obras de la Municipalidad de Estación Central. Para esto se considerará lo dispuesto en el Capítulo N°5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del manual de Señalización de Tránsito y sus anexos.

 

En la Tabla 8 de la DIA se presentan las rutas más probables que utilizará el proyecto en la fase de construcción.

 

4.3.3   Suministros básicos

 

Nombre

Descripción

Agua Potable

El suministro de agua potable será obtenido a través de la conexión a la red de Agua Potable, por medio de un medidor definido, para abastecer las necesidades de la obra.

 

En el Anexo B.3 de la DIA se presentó el Certificado de Factibilidad N° 7260 de fecha 14 de octubre de 2014, de la empresa Aguas Andinas y su actualización en el Anexo B de la Adenda Complementaria.

Baños Químicos y Alcantarillado

Durante la fase de construcción, los únicos residuos líquidos que se generarán son del tipo domiciliarios, “aguas servidas” generadas por los trabajadores.

 

En esta fase, se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 del MINSAL). Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada por SEREMI de Salud, considerando además que:

·         El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·         Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·         Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·         El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. 

Energía y combustible

En cuanto al suministro de combustible para consumo propio, se puede indicar que la maquinaria y equipos empleados en la fase de construcción serán abastecidos de combustible directamente en estaciones de servicio cercanas, debido a la alta demanda de este servicio en el sector.

 

Cabe destacar, que en ningún caso se manejará depósitos de abastecimientos de combustible dentro de la obra, por lo que no se contempla la instalación de estanques, no obstante se deberá dar cumplimiento a las disposiciones de seguridad establecidas en el D.S. 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

 

En relación al suministro de energía, se realizará la instalación a un empalme eléctrico provisorio o definitivo de luz o fuerza para alumbrado y funcionamiento de la maquinaria que se utilizarán en la fase de Construcción.

Áridos

Las empresas para el abastecimiento de áridos deberán contar con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales.

Sustancias Peligrosas

En la siguiente tabla se presenta una estimación de las sustancias peligrosas a utilizar en la fase de construcción, clasificadas según la Norma Chilena NCh 382 Of89 del  Instituto Nacional de Normalización (INN). Las sustancias serán almacenadas en cumplimiento al D.S. N°78/2009 del Ministerio de Salud (MINSAL) y sus modificaciones.

 

TIPO DE SUSTANCIA

CANTIDAD MÁXIMA

CLASIFICACIÓN (SEGÚN NCH 382/2004)

CLASIFICACIÓN SEGÚN DS N°148

Envases de Polietileno

0,3

ton

Clase 3

Inflamable

Envases de Pintura

0,5

ton

Clase 3

Inflamable

Envases de Óleos

0,3

ton

Clase 3

Inflamable

Envases de Esmaltes

0,4

ton

Clase 3

Inflamable

Desmoldante en base a agua

0,2

ton

Clase 9

Inflamable

Desmoldante en base a aceite

0,2

ton

Clase 9

Inflamable

Trapos, guaipes, ropa y papeles sucios y/o contaminados

0,1

global

Clase 3

Inflamable

Ácido muriático

7

L

Clase 8

Corrosivo

Cloro

42

L

Clase 8

Inflamable

Cemento

0,6

ton

-

 

Sika antisol

242

L

Clase 3

Inflamable

Pegamentos

0,007

L

Clase 3

Inflamable

Sikadur 32

0,007

ton

Clase 3

Inflamable

Sikadur 31

0,02

ton

Clase 3

Inflamable

Ref.: Tabla  3 de la Adenda

 

En el  Anexo C.2  de la Adenda  se adjuntan las “Hojas de Seguridad” dando cumplimiento a lo señalado en la NCh 2245 of 2003 “Sustancias Químicas – Hojas de Seguridad – Requisitos”. Cabe destacar que las hojas de seguridad presentadas son referenciales y que al momento de adquirir las sustancias estas estarán disponibles en la obra del proyecto para cuando la autoridad lo estime conveniente.

 

4.3.4   Recursos naturales renovables.

 

Nombre

Descripción

Recursos naturales renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.

 

4.3.5   Emisiones y efluentes

 

4.3.5.1  Emisiones a la atmósfera

 

Nombre

Descripción

Emisiones Atmosféricas

En la fase de construcción se generará material particulado (MP) resuspendido por fuentes móviles y de área, asociadas a las siguientes actividades que son parte de las obras y acciones del proyecto:

·         Demolición

·         Escarpe

·         Excavaciones

·         Carga del Camión al interior del terreno

·         Transferencia de material, carguío y volteo de camiones

·         Acopio del material

·         Combustión de maquinarias, vehículos y camiones.

·          Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio donde se emplazará el Proyecto.Descarga de camiones en sitio de disposición final

 

Según el Anexo D de la Adenda Complementaria “Informe de Emisiones Atmosféricas”, el titular señala que las emisiones de MP10, SOx y NOx,  para la fase de construcción son las siguientes, en comparación con el plan de descontaminación de la región Metropolitana de Santiago DS 66/2009 MINSEGPRES:

 

Fase de Construcción

Año 1

Año 2

Año 3

Límite PPDA [ton/año]

MP10 [ton/año]

0,4315

1,0571

0,177

2,5

SOx

2x10 -6

9x10 -6

3x10 -6

 

50

[ton/año]

NOx

1,1408

 

5,5284

 

1,2505

 

8

[ton/año]

 

Sin embargo, la SEREMI del Medio Ambiente de al RM, mediante el Oficio Ordinario N° 702 de fecha 20 de septiembre de 2016, deja constancia que la estimación de emisiones atmosféricas, presentada en del Anexo D de la Adenda Complementaria, es determinada de forma incorrecta. Esto debido a que las emisiones son estimadas por año calendario, cuando la forma correcta es según año cronológico, además, que dicho Anexo contiene errores al momento de separar las emisiones por año. De todas formas, según el análisis realizado por la citada SEREMI del Medio Ambiente de la RM, al considerar las emisiones por año cronológico, las emisiones no superan los límites establecidos en el artículo 98 del D.S. 66/2009 del MINSEGPRES, según se presenta en la siguiente tabla, por lo que no requiere compensar emisiones para la fase de construcción.

 

Fase

Año

MP10 [ton/año]

SOx [ton/año]

NOx [ton/año]

Fase de construcción

1

1,2644

1,42x10-5

4,3957

2

0,3350

2,25x10-7

0,7620

3

0,0040

2,24x10-7

0,0008

Límite PPD

2,5

50

8

Ref.: Oficio Ordinario N° 702 de fecha 20 de septiembre de 2016, de la SEREMI del Medio Ambiente RM.

 

Cabe destacar, que en el numeral 2.4.1.4 del ICSARA  y letra a) del numeral 2.1.1.2 del ICSARA Complementario, se reitera al titular que el cálculo de emisiones debe realizarse por año cronológico, no dando respuesta satisfactoria a esta solicitud.

Medidas

Sin perjuicio de lo anterior el titular señaló en el numeral 7 del Anexo D de la Adenda complementaria, que se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir la emisión de polvos fugitivos generado por las actividades constructivas del proyecto.

 

·         Humectar los caminos no pavimentados durante la época estival (si es necesario) con una frecuencia no menor de dos veces al día.

·         Los vehículos a utilizar en el proyecto, se encontrarán en buen estado, con la revisión técnica al día y certificado de gases al día.

·         Los camiones que transporten material, estarán cubiertos con carpa para evitar la dispersión de material particulado. La instalación de mallas de retención de polvo (tipo Raschel) por todo el perímetro del terreno con el fin de retener la mayor cantidad de emisiones de material particulado y no afectar así a las personas que viven o transitan por el sector donde se ejecutará el proyecto;

·         Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

·         Instalar ductos cerrados para el traslado de residuos desde los distintos niveles del edificio.

·         Limpiar diariamente los caminos pavimentados de acceso a la obra, evitando la re-suspensión de polvo.

·         Someter la maquinaria y equipos a mantenciones periódicas, fuera de la obra.

·         Capacitar los trabajadores en materias de minimización de emisiones atmosféricas.

·         Se controlarán los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo "raschel", pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas.

·         Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto.

·         Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del Proyecto, incluyendo veredas y calzadas).

·         Se reforzarán las medidas de mitigación y se evitará la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre Emergencia y Emergencia Ambiental.

 

4.3.5.2  Emisiones de ruido

 

Nombre

Descripción

Ruido

En el anexo D.2 de la DIA, se presentó el estudio de ruido del proyecto. Las principales fuentes generadoras de ruido para la fase de construcción son las actividades de demolición, movimientos de tierra, obra gruesa y terminaciones.

 

Los receptores sensibles identificados por el proyecto son los siguientes:

 

Punto

Descripción

Uso efectivo

Distancia a deslinde más cercano de la obra [m]

1

Av. Ecuador #4680

Fábrica 02 pisos.

25

2

Av. Ecuador #4799

Taller de 01 piso.

47

3

Av. Ecuador #4680

Taller de 012 pisos.

20

4

Calle Conde de Maule #4603

Vivienda 02 pisos.

15

5

Calle Conde de Maule #4630

Departamento de 20 piso.

85

Ref. Tabla N° 3 del Estudio Acústico

 

Para verificar el cumplimiento del DS 38/2011 MMA de Emisiones de Ruido, por las características de la zona, ésta se consideró tipo III, siendo el nivel máximo de ruido en horario diurno de 65 dBA y en horario nocturno 50 dBA. Las faenas constructivas se desarrollarán exclusivamente en horario diurno.  El cumplimiento de la normativa está supeditado a una serie de medidas de control obligatorias que deberá aplicar el titular, de acuerdo a lo siguiente:

 

1)      Capacitar al personal de la obra en relación con reducción de emisiones de ruidos en la obra, tanto en la manipulación de herramientas y materiales como en la comunicación entre ellos (evitar gritos, chiflidos, etc.), siendo obligatorio el uso de radios móviles.

2)      Los equipos de la obra deberán estar en buen estado de mantenimiento, evitando el aumento de los niveles de ruido por falta de mantención o repuestos.

3)      Realizar un cierre perimetral de la faena configurado en: a) Panel de OSB e=15 [mm] (cara exterior); b) Lana mineral e=50 [mm]; c) Revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de la barrera será de 4,8 [m] en todo el perímetro de la obra. (Figuras 41 y 42 del Estudio Acústico). En la tabla N° 19 del Estudio Acústico, se listan las especificaciones técnicas de las pantallas acústicas.

4)      Evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones (preparar capa de marina delgada) y de enfierradura.

5)      Evitar el corte de planchas metálicas con esmeril angular, prefiriendo el uso de guillotinas o tijeras.

6)      Construir encierros o cabinas acústicas modulares para trabajos ruidosos, donde el operador o equipo pueda trabajar en su interior sin generar ruidos molestos al exterior. Los paneles que conforman el encierro deben ser de las mismas características del cierre perimetral, agregando los sellos y bisagras que aseguren la hermeticidad de los encuentros entre paneles. (ver figura 43 del Estudio Acústico).

7)      La programación de actividades excesivamente ruidosas (camión mezclador, descarachado, rectificación hormigón) será preferentemente después de las 10.00 am.

8)      Privilegiar el uso de hormigón autocompactante a fin de evitar el uso de vibradores. En caso de utilizarlos, que la cabeza sea cubierta con goma y evitar el contacto de la sonda del vibrador de inmersión con enfierraduras a fin de evitar la generación de sonido por contacto de elementos.

9)      Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra y mantengan encendido el motor.

10)  Realizar un cierre tipo túnel para el camión mezclador, configurado en el mismo panel del cierre perimetral. En la figura 44 del estudio acústico, se presenta un ejemplo de túnel acústico en obra para camión mezclador. 

11)  Realizar el cierre de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material de los paneles para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 15 [mm] de espesor o por cortinas acústicas flexibles. Se deberá tener especial cuidado en la instalación de estos paneles asegurando que queden herméticos en sus encuentros con muros o losas. (Ver figura 45 del Estudio Acústico)

12)  Durante estas actividades, los cierres de los vanos (paneles) se deben ubicarse, en la losa de avance, por todas las caras del edificio en construcción de manera de atenuar los niveles de ruido proyectado hacia los puntos receptores (ver figura 46 y 47 del Estudio Acústico)

 

Considerando rigurosamente las medidas anteriormente señaladas, el proyecto cumple la normativa vigente para horario diurno en la fase de construcción, cuyos niveles de ruido fluctúan entre 40 y 62 dBA, en comparación con un valor de 65 dBA según el DS 38/2011 MMA. (Tabla N° 21 del Estudio Acústico)  

Plan de seguimiento

El titular compromete un plan de seguimiento en el numeral 4.5.2 del Estudio Acústico, de acuerdo a lo siguiente:

 

a)    Se realizarán mediciones de nivel de ruido de acuerdo al procedimiento establecido por el D.S. Nº 38/11 MMA, para verificar el cumplimiento de los límites máximos permitidos de nivel de presión sonora.

 

b)   Los informes de monitoreo deberán ser elaborados cada mes y ser mantenidos en el lugar del proyecto, disponible a requerimiento de personal fiscalizador. Cuando en este monitoreo se detecte la superación de la norma, se deberán implementar de inmediato medidas adicionales de control que permitan minimizar el impacto acústico en el entorno del proyecto y dar cumplimiento a la norma.

 

c)    Las condiciones que debe cumplir este monitoreo son las siguientes:

 

·         Lugares de medición: Las mediciones deberán realizarse, al menos, en los puntos receptores identificados en el proceso de evaluación ambiental del proyecto; o bien, serán definidos de acuerdo a la cercanía de puntos sensibles.

·         Para las mediciones se deberá considerar la condición más desfavorable dentro de la propiedad evaluada. En caso de no ser posible realizar las mediciones dentro de las propiedades afectadas, se deberán proyectar los niveles medidos en puntos más cercanos a la fuente para obtener el Nivel de Presión Sonora Corregido NPC en los receptores a evaluar, mediante la utilización de un modelo de propagación basado en la norma internacional ISO 9613-2:1996 Acoustics – Attenuation of sound during propagation outdoors – Part 2 General method of calculation. Frecuencia de las mediciones: En cada punto se realizará al menos una medición por mes. El horario escogido y las faenas ejecutadas durante cada medición deberán ser representativos de la fase correspondiente de la etapa de construcción del proyecto.

·         La programación (días y horario del día) de las actividades mensuales que se llevarán a cabo para cada una de las etapas que tendrá la fase de construcción se coordinarán previamente con el consultor encargado del monitoreo acústico, seleccionando siempre la condición de mayor emisión sonora de la obra.

 

d)   Contenido de los informes:

 

·         Características del equipamiento utilizado: marca, modelo, certificado de calibración vigente, especificaciones técnicas.

·         Cronograma de la construcción del proyecto, de manera de justificar la elección de los días y horarios de medición. Para cada etapa de la fase de construcción del proyecto deberán indicarse todas las faenas y maquinarias consideradas.

·         Faenas realizadas y maquinaria utilizada al momento de las mediciones, de modo que sea coherente con las faenas y maquinarias indicadas en el punto anterior (cronograma). Deberá indicarse además cualquier fuente de ruido ajena a la actividad de construcción del proyecto.

·         Fichas de medición y evaluación de ruido.

·         Croquis del lugar, señalando las distintas fuentes emisoras, los puntos de medición y las respectivas distancias entre dichas fuentes y puntos.

·         Descripción de las medidas de control adoptadas y una evaluación de su efectividad, para aquellos puntos en donde se determinó la superación de la norma en el informe anterior.

 

4.3.5.3  Emisiones líquidas o efluentes.

 

Nombre

Descripción

Residuos líquidos

En esta fase se contempla la implementación de baños químicos, según la cantidad de personal a utilizar en la obra, estos serán instalados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, que a su vez se encargará de la mantención de estos y la correcta disposición de los residuos generados.

 

La generación de aguas servidas se calcula sobre el supuesto de un máximo de trabajadores posibles de encontrar durante el periodo de construcción, estimado en 159 personas, con una generación de 23,85 m3/día de aguas servidas (150 L/día/trabajador).

 

4.3.6   Residuos.

 

4.3.6.1  Residuos no peligrosos.

 

Residuos sólidos domiciliarios o asimilables (RSAD), generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto.

Se generará una cantidad total máxima de 1,91 ton/mes (159 trabajadores x 0,5 kg/día x 24/1000 ton/año), considerando un máximo de 159 trabajadores, 0,5 kg/día de residuos por trabajador y jornadas laborales de 6 días a la semana (24 al mes).

 

Los residuos serán dispuestos en contenedores con tapa y bolsa en sector delimitado en la obra e instalación de faena y retirados por el servicio municipal de recolección 3 veces por semana o alternativamente se contratará un servicio especial de retiro y disposición de este tipo de residuo.

Excedentes Excavación

La cantidad de material excavado durante la etapa de demolición del proyecto corresponde a 456,9 m3, en una superficie de 456,9 m2, considerando excavaciones de 1 m de profundidad.

 

Se estima que el volumen de material excavado (tierra no contaminada) en la obra no superará los 13.327,8 m3 considerando una excavación de 6,98 metros de profundidad en toda el área del proyecto. Por otra parte cabe destacar que la cantidad de viajes realizados corresponden a 2.567 viajes considerando un factor de esponjamiento de 30%.

 

El material excavado será transportado por una empresa con su respectiva autorización sanitaria, diariamente, durante toda la duración de las obras de excavación, los cuales serán destinados a un sitio autorizados para su disposición final, dejando registro en obra de tal lugar.

Residuos de la Construcción (RESCON)

Los residuos generados en la etapa de demolición son principalmente residuos sólidos de la construcción como; tierra y áridos mezclados, piedras, restos de hormigón, restos de pavimento asfalticos, materiales refractarios, ladrillos, madera entre otros. Estos residuos serán retirados constantemente, en la medida que se realicen las demoliciones de las distintas instalaciones que se encuentran en el terreno por una empresa autorizada. Los residuos serán dispuestos en un sitio de disposición final que cuente autorización sanitaria de acuerdo al listado de actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros” autorizadas en la Región Metropolitana (las cuales se encuentran disponibles en la página web www.asrm.cl.). En el caso poco probable que se detecte la presencia de asbesto en las faenas de demolición se presentará el respectivo Plan de Manejo de Asbesto ante la autoridad competente.

 

4.3.6.2  Residuos peligrosos.

 

Los Residuos Peligrosos, que generará el proyecto corresponden a:

 

·         Envases de Polietileno

·         Envases de Pinturas;

  • Desmoldante en base a agua.
  • Desmoldante en base a aceite.

·         Trapos, guaipes, ropa y papeles sucios y/o contaminados; y

 

En la TABLA N°10 de la DIA se presentó una cuantificación aproximada de las cantidades de residuos peligrosos generados durante la fase de construcción. Los residuos peligrosos (principalmente envases) toman las características de peligrosidad de la sustancia contenida en estos. En el  ANEXO B.7 de la DIA y C.2 de la Adenda, se presenta las  “Hojas de Seguridad”, de las sustancias dando cumplimiento a lo señalado NCh 2245. Of 2003 “Sustancias químicas – Hojas de datos de seguridad – Requisitos”. Cabe destacar que las hojas de seguridad adjuntas son referenciales y que al momento de adquirir estos productos, éstas estarán disponibles en la obra del  Proyecto para cuando la autoridad lo solicite.

 

TIPO DE SUSTANCIA/RESIDUO

CANTIDAD MÁXIMA

CLASIFICACIÓN

(SEGÚN NCH 382/2004)

CLASIFICACIÓN (SEGÚN ART. 90

D.S 148)

Envases de Polietileno

250

kg

Clase 4

A.4070

Envases de Pintura

420

kg

Clase 4

A.4070

Desmoldante en base a agua

170

kg

Clase 9

A.4060

Desmoldante en base a aceite

170

kg

Clase 9

A.4060

Trapos, guaipes, ropa y papeles sucios y/o contaminados

0,1

global

Clase 3

A.4060

Envases Ácido muriático

5

L

Clase 8

A.4140

Envases Cloro

30

L

Clase 8

A.4140

Envases Limpia vidrios

15

L

Clase 3.3

A.4060

Envases Cemento

400

kg

-

A.4060

Envases Sika antisol

170

L

Clase 3

A.4070

Envases Pegamentos

5

L

Clase 3

A.4070

Envases Fragües

30

kg

-

A.4070

Envases Sikadur 32

5

kg

Clase 3

A.4070

Envases Sikadur 31

12

kg

Clase 3

A.4070

Ref.: Tabla 10 de la DIA

 

 

Manejo:

 

Los Residuos Peligrosos serán almacenados en una bodega de almacenamiento temporal (BAT) la que se ubicará en un sector cercano a la zona de faena. Esta bodega se instalará sobre una base de hormigón, cumpliendo con los requerimientos del D.S. N° 148/2013 Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos destacando entre otras, las siguientes características:

 

1.    Tendrá una base continua, construida de forma que cualquier derrame pueda ser contenido con un pretil. Su base será lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados;

2.    Tendrá una pendiente del 2% hacia una canaleta lateral la cual posee a su vez una pendiente del 2%, de esta manera en el caso poco probable que se genere un derrame este será conducido a una bandeja de captación que permitirá el retiro y traslado por una empresa autorizada. (ver figura 3 de la DIA)

3.    Muros y techo de paneles de zinc aluminio, la cual tendrá una sección abierta de malla acma que no superará el 5% de su estructura, para favorecer la ventilación;

4.    Tratándose de una generación mínima de residuos peligrosos en esta fase, se estima una superficie suficiente de aproximadamente 6 m2.

5.    Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales (acceso restringido;)

6.    Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, utilizando para ello, planchas de zinc.

7.    Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

8.    En ningún momento se encontrará ubicada junto al muro medianero, por lo cual presentará una distancia mínima de 3 m.

9.    Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

10.            Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. 2.190 Of 93. Artículo 33°.

 

Con respecto a las condiciones de almacenamiento transitorio, dentro de la bodega se instalarán estanterías para el almacenamiento de los envases de pintura en desuso. Asimismo, contará con contenedores tapados para recibir todo tipo de residuos peligrosos.

 

Es importante señalar que se cumplirá con todas las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 148/03 y el D.S. N°78/09 ambos del MINSAL y modificaciones, con las características constructivas del recinto de almacenamiento de residuos peligrosos establecidos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

 

Toda instalación de almacenamiento contarán con señalética, que indicará que corresponde a una BAT de Residuos Peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93 además de contar con vías de escapes accesibles en caso de emergencia y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse.

 

La capacidad máxima de estos residuos será de no más de 50 kg/mes, los cuales serán retirados de forma mensual, por personal especializado y destinado a sitios de disposición final autorizados. Cabe destacar que no se realizará ningún tipo de manejo de estos residuos durante la fase de construcción

 

4.4         FASE OPERACIÓN

 

4.4.1        Partes y obras

 

Fase de operación

Esta fase consiste en la operación de una  torre de 29 pisos con un total de 545 departamentos y las obras de equipamiento necesarias para su operación. 

 

4.4.2        Acciones

 

Nombre

Descripción

 

Accesos y flujo vehicular

El proyecto contempla dos accesos, uno con orientación poniente del edificio, a nivel del primer piso, el que conecta con la rampa de acceso al nivel subterráneo y el otro con orientación oriente del terreno, el que conecta con los estacionamientos del primer piso. En total se proyectan 108 estacionamientos de los cuales 4 serán para visitas y 3 serán para discapacitados y estarán distribuidos en entre los subterráneos -2 (38), -1 (34) y en el primer piso (36). Además el proyecto contempla cinco bicicleteros capaces de albergar un total de 55 bicicletas (un estacionamiento de bicicleta por cada dos estacionamientos de automóviles). El proyecto no contempla estacionamiento exclusivo para motos, éstas usarán el mismo tipo de estacionamiento que los automóviles.

 

Cabe destacar que el proyecto cuenta con el Análisis Vial Básico (AVB) aprobado mediante el Ordinario 008109 del 14 de noviembre del 2015. Tanto el AVB como la aprobación se adjuntan en el ANEXO D.3 de la DIA “Estudio Vial Básico”. Es importante mencionar que en el punto 7 del AVB adjunto fueron propuestas medidas de mitigación tanto para la fase de construcción como de operación dentro de las cuales se encuentran:

 

Fase Construcción

 

  • Definir el área destinada para la carga y descarga de camiones, durante la construcción del edificio, en lo posible al interior de la obra y en cumplimiento con la ordenanza Municipal respectiva.
  • Presentar a la I. Municipalidad de Estación Central, un plan de señalización a implementar con las medidas externas que sean necesarias disponer en la vía pública, en el proceso de construcción.
  • En el caso de que a causa del proyecto se deteriorare la calzada frente al recinto, señalizaciones o demarcaciones, se repondrán con el mismo estándar por cuenta del titular del proyecto. Para esto, antes del Inicio de las Obras, el titular enviará un Registro Fotográfico de Ecuador entre General Amengual y Radal.

 

Fase de Operación

 

Señalización:

 

  • Instalar Señal vertical Dirección Obligada por Ecuador enfrentando a Abtao y Benedicto XV por ecuador.
  • Cambiar Señal IV3 y RO1b de Av. Ecuador / Abtao por una de mayor tamaño.
  • Instalar Señal vertical “PREFERENCIA VEHÍCULOS QUE INGRESAN” enfrentando a los vehículos que salen del proyecto en ambos accesos.
  • Instalar Señal vertical RPO14 (No Estacionar) en Abtao entre Ecuador y Victoria en la acera Oriente y Poniente.
  • Instalar Señal vertical RPO14 (No Estacionar) en Benedicto XV entre Ecuador y Victoria en la acera Oriente y Poniente.

 

Demarcación:

 

  • Demarcación PARE y Paso Peatonal en Blanco Garcés/Ecuador.
  • Demarcación PARE enfrentando a los vehículos que salen del proyecto en ambos accesos.
  • Demarcación de solera amarilla en Abtao entre Ecuador y Victoria.
  • Demarcación de solera amarilla en Benedicto XV entre Ecuador y Victoria.

 

Reparaciones:

 

  • Reparación y mejoramiento de calzada en mal estado de Blanco Garcés entre Ecuador y Embajador Quintana, incluidas las intersecciones de Blanco Garcés con Embajador Quintana y Blanco Garcés con Ecuador.
  • Reparación y mejoramiento de la acera Oriente de Benedicto XV entre Ecuador y Embajador Quintana, se incluyen dispositivos de rodados en el área.

 

 

Aguas lluvias

El proyecto contempla un sistema particular que capta, conduce e infiltra las aguas lluvias captadas en la cubierta, azotea y patios del edificio, a través de ductos que la conducirán gravitacionalmente hacia el sistema de infiltraciones (pozos absorbentes). De acuerdo a lo anterior no se generarán mayores caudales de escurrimiento superficial producto de la construcción de superficies impermeables.

 

Se considera como infraestructura paliativa de inundaciones las obras que contempla en el sistema de infiltración de aguas lluvias, como las zanjas y pozos absorbentes, entre otros, tal como se señala en el ANEXO B.4 de la DIA “Proyecto Aguas Lluvias, el cual se realizará al interior del área de emplazamiento del proyecto y no en las vías públicas, se adjunta el Proyecto de Aguas Lluvias.

 

Adicionalmente, el titular adjunta el Proyecto de Aguas Lluvias en el ANEXO B.7  de la Adenda “Aguas Lluvias”, los antecedentes relacionados al manejo de las aguas lluvias, incluida la memoria de cálculo.

 

La profundidad a la que serán drenadas las aguas lluvias respecto de la superficie del suelo corresponden a 8,98 m. En relación al nivel de la napa, esta se estima superior a los 30 m.

 

Complementariamente, en el numeral 2.6.3 de la Adenda, el titular señala que  las aguas  lluvias no entraran en contacto con sustancias químicas de ningún tipo durante la fase de operación debido a la ausencia de éstas. Las aguas afluentes al sistema de drenaje, solo consideran aguas pluviales, recogidas mediante bocas de admisión en techumbres y patios duros, sin que se considere la incorporación de otro tipo de fluidos.

 

Como antecedente adicional, en el citado ANEXO B.7 de la Adenda, se señala el plan de mantención y como medida de mantención del sistema de aguas lluvias, las cámaras sifones de estas serán limpiadas antes del inicio de la estación de otoño, después de cada lluvia y/u otro evento apropiado, cuando se estime conveniente.

 

4.4.3        Suministros básicos

 

Nombre

Descripción

Agua potable y alcantarillado

En el Anexo B de la Adenda Complementaria se entrega el Certificado de factibilidad  de agua potable y alcantarillado actualizado, de la Empresa Aguas Andinas N° 905 de fecha 04 de febrero de 2016, con una proyección de habitantes de 1298 personas.

Energía y Combustibles

En relación al suministro de energía, se realizará la instalación a un empalme eléctrico definitivo.

 

4.4.4        Productos

 

Nombre

Descripción

Productos

El proyecto no generar ningún tipo de producto diferente a la entrega de 545 viviendas

 

4.4.5        Recursos naturales renovables

 

Nombre

Descripción

Recursos Naturales Renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar  recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en ninguna de sus fases.

 

 

4.4.6        Emisiones y residuos

 

4.4.6.1       Emisiones a la atmósfera

 

Nombre

Descripción

Emisiones a la atmósfera

Según el Anexo D de la Adenda Complementaria “Informe de Emisiones Atmosféricas”, el titular señala que las emisiones de MP10, SOX y NOx, para la fase de operación, son las siguientes, en comparación con el plan de descontaminación de la región Metropolitana de Santiago DS 66/2009 MINSEGPRES:

 

Fase de Operación

Año 3

Límite PPDA [ton/año]

MP10 [ton/año]

0,0293

2,5

SOx

0,0273

50

[ton/año]

NOx

0,4106

8

[ton/año]

 Ref. Anexo D Adenda Complementaria.

 

4.4.6.2       Emisiones de ruido

 

Nombre

Descripción

Ruido

En el anexo D.2 de la DIA, se presentó el estudio de ruido del proyecto. Las principales fuentes generadoras de ruido para la fase de operación son las siguientes.

 

·         Grupo electrógeno: Sala de hormigón ubicado en el subterráneo -1 (sólo emergencia), la descarga de gases en primer piso se considerará como fuente de ruido.

·         Bombas de agua: Sala de hormigón, puerta metálica y celosías de ventilación ubicada en el subterráneo -2 del edificio.

·         Motores elevadores ascensores: Sala de hormigón, puerta metálica y celosías de ventilación ubicada en la azotea del edificio.

 

Los receptores sensibles identificados por el proyecto son los siguientes:

 

Punto

Descripción

Uso efectivo

Distancia a deslinde más cercano de la obra [m]

1

Av. Ecuador #4680

Fábrica 02 pisos.

25

2

Av. Ecuador #4799

Taller de 01 piso.

47

3

Av. Ecuador #4680

Taller de 012 pisos.

20

4

Calle Conde de Maule #4603

Vivienda 02 pisos.

15

5

Calle Conde de Maule #4630

Departamento de 20 piso.

85

Ref. Tabla N° 3 del Estudio Acústico

 

Para verificar el cumplimiento del DS 38/2011 MMA de Emisiones de Ruido, por las características de la zona, ésta se consideró tipo III, siendo el nivel máximo de ruido en horario diurno de 65 dBA y en horario nocturno 50 dBA.

 

Al respecto, el proyecto cumple la normativa vigente para horario diurno y nocturno en la fase de operación, generando emisiones de ruido que fluctúan entre los 33 y 49 dBA para horario diurno  y nocturno,  en comparación con un valor de 65 dBA para horario diurno y 50 dBApara horario nocturno, según el DS 38/2011 MMA. (Tabla N° 24 y 25 del Estudio Acústico)  

 

4.4.6.3       Efluentes, residuos y sustancias

 

Nombre

Descripción

Aguas Servidas

Las aguas servidas que generará el edificio corresponderán a un máximo de 218,7 m3/día para el edificio. Dichas aguas serán descargadas al sistema de alcantarillado público. En el Anexo B de la Adenda Complementaria se entrega el Certificado de factibilidad  de agua potable y alcantarillado actualizado, de la Empresa Aguas Andinas N° 905 de fecha 04 de febrero de 2016, con una proyección de habitantes de 1298 personas.

Residuos sólido domiciliario y asimilables

De acuerdo a la cantidad de habitantes proyectados y la cantidad per cápita de residuos sólidos generados en la Región Metropolitana (aproximadamente 1,3 kg/día/hab), se puede estimar una generación total de residuos sólidos asimilables a domiciliarios diarios para el proyecto de 1.895 kg/día aproximadamente.

 

El traslado de los residuos sólidos desde los distintos pisos del edificio, se efectuará a través de conductos verticales metálicos, en donde la basura será depositada por los distintos generadores y deslizada hasta las salas de basura ubicadas en el 1° piso del edificio.

 

Las salas de basura contarán con contenedores herméticos de 360 litros, con ruedas y tapas, con capacidad de almacenamiento de tres días, serán vaciados a los camiones recolectores de acuerdo a la programación municipal (mínimo 3 veces a la semana). Una vez extraída la basura de estos depósitos, el personal de aseo contratado por la administración de turno procederá a lavarlos en las respectivas salas de basura.

 

Para el correcto manejo de los RSAD el edificio cuenta con dos salas de basura que se ubicaran en el 1° piso según el plano  2.3 de la DIA.

 

En relación a los locales comerciales, éstos generarán residuos asimilables a domiciliarios siendo almacenados en contenedores, retirados por el servicio de recolección municipal y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Residuos peligrosos

El proyecto durante la fase de operación no genera residuos sólidos peligrosos.

Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

El proyecto no considera el manejo de productos químicos durante su fase de operación.

 

4.5         FASE DE CIERRE

 

De acuerdo a lo declarado, el proyecto no considera fase de cierre.

4.6         CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Posterior a la Resolución de Calificación Ambiental

Parte, obra o acción que establece el inicio

Demolición

Fecha estimada de término

Año 2018

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción de Obras en la Municipalidad de Estación Central

Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Año 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Entrega de departamentos

Fecha estimada de término

Indefinida

4.7         MANO DE OBRA

Fases

Número de personas estimadas

Construcción

159

Operación

10

Total

169

 

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los siguientes antecedentes respecto del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN

Impacto ambiental

Emisiones de material particulado, ruido y generación de residuos

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

Grupos humanos del área de influencia. Anexo I de la DIA y Adenda, Anexo N de la Adenda Complementaria, Informes de Medio Humano.

Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El proyecto, durante sus fases de construcción y operación tiene asociada la generación de emisiones de Material Particulado y gases, las que según los resultados obtenidos por la SEREMI de Medio Ambiente, señalados en los numerales 4.1.4.1 y 4.2.5.1 del ICE,  dan cumplimiento a la normativa vigente para la Región Metropolitana, que corresponde al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica. En efecto, tanto en la fase de construcción y como en la fase de operación del proyecto no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA (D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES).

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Los niveles de ruido proyectados sobre los receptores cercanos al proyecto, durante la fase de construcción y operación, se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa vigente D.S. N°38/2011 MMA, al incorporar las medidas de control descritas en el  Anexo D.2 de la DIA. En este aspecto, los niveles de ruido generados por la construcción y operación, cumplirán con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para el período diurno en el caso de la fase de construcción y para todo horario en la fase de operación. Las medidas de gestión se detallan en el numeral 4.1.4.2 y 4.2.5.2 del ICE.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

En la fase de construcción del proyecto se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. Posteriormente el abastecimiento de agua potable y descarga al alcantarillado para las personas que participen en las actividades de construcción, se obtendrá mediante la conexión a las redes pertenecientes a Aguas Andinas S.A.

 

Durante la fase de operación del proyecto las aguas servidas que generará el edificio corresponderán a un máximo de 218,7 m3/día para el edificio. Dichas aguas serán descargadas al sistema de alcantarillado público. En el Anexo B de la Adenda Complementaria se entrega el Certificado de factibilidad  de agua potable y alcantarillado definitivo, de la Empresa Aguas Andinas N° 905 de fecha 04 de febrero de 2016, con una proyección de habitantes de 1298 personas.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Según lo señalado anteriormente, las emisiones atmosféricas, incluidas las de ruido, cumplen con la normativa vigente y se detallan en los numerales 4.1.4.1 y 4.1.4.2, para la fase de construcción y numerales 4.2.5.1 y 4.2.5.2 para la fase de operación, todos del ICE.

 

Adicionalmente, los residuos se manejarán y dispondrán de forma autorizada y de acuerdo a la normativa vigente, según lo descrito en los numerales 4.1.4.3, 4.1.5.1 y 4.1.5.2 para la fase de construcción y numerales 4.2.5.3, 4.2.6.1 y 4.2.6.2 para la fase de operación, todos del ICE.

 

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Impacto ambiental

Efectos sobre recursos naturales renovables

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

 

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra intervenida, por lo que la ejecución del mismo, no interferirá en la pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

 

En el Anexo H de la DIA, se adjunta un set fotográfico del área del proyecto.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

Como se ha señalado en la letra anterior, el área de emplazamiento se encuentra intervenida, por lo que el proyecto no interferirá en la pérdida de diversidad biológica, o en la pérdida de superficie con plantas, algas, hongos y/o animales silvestres o en su abundancia, debido a que el terreno de emplazamiento se encuentra desprovisto de plantas, algas, hongos y/o animales silvestres.

 

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

Como ya se ha indicado precedentemente, el área de emplazamiento se encuentra intervenida, por lo que la construcción y operación del proyecto no generará pérdida de suelo o efectos sobre el suelo o el agua. Respecto al componente ambiental aire, se dará cumplimiento al PPDA, de acuerdo a las emisiones estimadas para las fases de construcción y Operación, las que se resumen en el numeral 4.1.4.1 para la fase de construcción y 4.2.5.1 para la fase de operación, ambos del ICE.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En el área de emplazamiento del Proyecto no se constató la presencia de especies silvestres, tanto en el componente fauna, como en flora; el área se encuentra intervenida, tal como se visualiza en el Anexo H de la DIA se adjunta anexo fotográfico.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

En el área de emplazamiento del proyecto no se constató la presencia de especies silvestres en estado de conservación, tanto en el componente fauna, como en flora nativa; el área se encuentra intervenida, tal como se visualiza en el Anexo H de la DIA,  Anexo fotográfico.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Se utilizarán algunas sustancias químicas durante la fase de construcción, entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros, las que se almacenaran y dispondrán de acuerdo a la normativa vigente, según los numerales 4.1.2 y 4.1.5.2 del presente informe, para la fase de construcción.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

No se generará impacto en volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas y glaciares.

 

El predio no cuenta con ningún curso de agua.

 

En el Anexo B de la Adenda Complementaria se entrega el Certificado de factibilidad  de agua potable y alcantarillado definitivo, de la Empresa Aguas Andinas N° 905 de fecha 04 de febrero de 2016, con una proyección de habitantes de 1298 personas.

 

La profundidad a la que serán drenadas las aguas lluvias respecto de la superficie del suelo corresponden a 8,98 m. En relación al nivel de la napa, esta se estima superior a los 30 m. Complementariamente, en el numeral 2.6.3 de la Adenda, el titular señala que  las aguas  lluvias no entraran en contacto con sustancias químicas de ningún tipo durante la fase de operación debido a la ausencia de estas. Las aguas afluentes al sistema de drenaje, solo consideran aguas pluviales, recogidas mediante bocas de admisión en techumbres y patios duros, sin que se considere la incorporación de otro tipo de fluidos.

 

 

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

No se generará la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

 

5.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

Afectación a grupos humanos

Parte, obra o acción que lo genera

                                          

Emisiones de material particulado y ruido en la fase de construcción.

Uso de equipamiento y afectación a la libre circulación en la fase de operación.

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

Grupos humanos del área de influencia incluido el proyecto. Anexo I de la DIA y Adenda, Anexo N de la Adenda Complementaria, Informes de Medio Humano

Reasentamiento de comunidades humanas

No

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto no descarta  alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

En relación a la existencia de grupos humanos en la zona de influencia del proyecto, el titular señala en el numeral 1.4 del Capítulo 2 de la DIA, relacionado a la pertinencia de presentar una DIA, que  … aclara a la autoridad que, si bien la población presente en el área de influencia comparten practicas espaciales, no corresponde a la definición de grupo humano dado por CONAMA en su “Guía de Criterios para evaluar la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en proyectos o actividades que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (SEIA 2006) en donde grupo humano se entiende por “todo conjunto de personas que comparten un territorio en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo

 

En este sentido el Articulo 7, del D.S 40/12 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, se refiere al reasentamiento de comunidades humanas y cambios en su calidad de vida, eventualmente comunidades indígenas como alude el reglamento en el mismo párrafo, pero definitivamente No a zonas urbanas de habitantes, que no interactúan permanentemente dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales que generan tradiciones, interese comunitarios y sentimiento de arraigo.

 

Al parecer se ha decidido incorporar a las DIA el análisis y evaluación de estos artículos

Aplicándolos a barrios, sectores y áreas de desarrollo inmobiliario urbano. A todas luces parece exagerado y una interpretación extensiva y amplísima de los alcances a que se refiere el artículo 11 letra c) y el artículo 7 del D.S. 40/2012.

 

En efecto, la aplicabilidad del Articulo 7, del D.S 40/12 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, que se refiere al reasentamiento de comunidades humanas y cambios en su calidad de vida, eventualmente comunidades indígenas como alude el reglamento en el mismo párrafo, pero definitivamente no corresponde su aplicación a zonas urbanas de habitantes comunes, pues éstos no interactúan permanentemente dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales que generan tradiciones, interese comunitarios y sentimiento de arraigo. En el área en comento, de hecho, existen numerosos proyectos inmobiliarios ya en construcción y que, en ninguno de esos desarrollos se consideró si quiera el aplicar este criterio.

 

Sobre la base de lo anterior, es posible indicar que la Guía a la cual alude “Guía de Criterios para evaluar la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en proyectos o actividades que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (SEIA 2006)” se encuentra obsoleta, de acuerdo a lo que indica la Resolución Exenta N° 1010 de fecha 5 de agosto de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), disponible en la página web

 http://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/res_sea_n1010_de_2015_vigencia_y_observancia_guias.pdf

 

Al respecto, aunque el titular reconoce en sus respuestas 5.2.1 y 5.2.2 de la Adenda y en los anexos G de la Adenda y N de la Adenda Complementaria la presencia de grupos humanos,   se continúa utilizando la definición de Grupo Humano  CONAMA 2006,  y no lo indicado al respecto en el Reglamento del SEIA.

 

Asimismo, cabe agregar que ya sea en la DIA como en sus respectiva Adendas, el titular presenta distintas caracterizaciones del área de influencia del componente medio humano, lo cual no permite un análisis pormenorizado de las circunstancias establecidas en el artículo 7 del RSEIA.  A modo de ejemplo, en la figura 3.1 del Anexo G de la Adenda, se presenta un radio de análisis, el cual no acompaña un análisis territorial que determine de manera clara los deslindes que permitan determinar los alcances de las partes, obras y acciones del proyecto en cada una de sus fases. En ese sentido, y tomando como ejemplo la citada figura, cabe preguntarse cuál es el alcance del proyecto en referencia a la calle General Amengual y por qué calle Blanco Garcés queda fuera del eje de análisis.

 

En el punto 4.3 del Anexo I de la Adenda, el titular presenta otra escala de área de influencia para el componente medio humano. Debido a que hace referencia al “contexto vía local” y posteriormente cita en su análisis la intersección entre Amengual y Conde del Maule, siendo que en párrafos anteriores no la consideraba como área de influencia del proyecto y luego en el punto 5.1 del Anexo I de la misma Adenda, el titular no especifica las manzanas a considerar en su análisis, las cuales en teoría, deberían corresponder al área de influencia del proyecto.

 

En el punto 1 del Anexo N de la Adenda Complementaria, el titular define el área de influencia del Componente Medio Humano de la siguiente forma: “Entre las calles Ecuador, Radal y General Amengual”. No obstante, en la figura 1.1 se presenta un área más amplia, lo cual lleva a equívoco

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural

El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso a recursos naturales de algún tipo, debido a que el área de emplazamiento se encuentra ya intervenida. Ver Anexo  H de la DIA, Anexo Fotográfico y lo comentado en el artículo 6 del Reglamento del SEIA, anterior.

 

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

 

En relación a la letra b) del Artículo 19 del RSEIA, el titular no entrega los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias de la letra b) del Artículo 7 del RSEIA, considerando los fundamentos señalados a continuación:

 

En orden a la evolución del procedimiento de evaluación ambiental reglamentado en el DS 40/2012 MMA y del análisis de los documentos asociados (DIA, Adenda y Adenda Complementaria), se puede establecer lo siguiente:

 

a- En el numeral 1.4 del capítulo 2 de la  DIA, denominado “Justificación Presentación DIA”, el titular indica para el análisis de la letra b) del Artículo 7 del Reglamento del SEIA, que.” El proyecto en su etapa de construcción no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad, ni generará un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En efecto el proyecto, cuenta con el Análisis Vial Básico (AVB) aprobado mediante el Ordinario 008109 del 14 de noviembre del 2015 (adjunto en ANEXO D.3), el cual evalúa la situación vial del proyecto en el área de influencia. Este descarta alteraciones que afecten la vialidad del proyecto al no generar conflictos adicionales a la vialidad pública existente. En este ámbito, cabe destacar que el Análisis Vial Básico (AVB) que cita el titular, es un documento sectorial, que no posee el citado alcance de la evaluación ambiental, enmarcándose exclusivamente en el análisis físico y operacional de la red vial. En este ámbito,  el AVB no da cuenta de las posibles alteraciones que el proyecto generará en su fase de construcción y operación en relación al literal b) del Artículo 7 del Reglamento del SEIA.

 

b.- Adicionalmente, en el mismo numeral 1.4 del capítulo 2 de la DIA agrega “Bajo esta misma premisa, y con el fin de no impactar la libre circulación y tiempos de desplazamiento, es que ofrece un número menor de estacionamientos sin que este aporte aumente significativamente el número de vehículos en la comuna, situación relevante ya que el impacto vial, que trae como consecuencia la afectación a este literal, está directamente relacionado con el número de vehículos y no con el número de personas que habiten el inmueble.   Es importante señalar que, debido a la ubicación de este proyecto y las características espaciales y constructivas de los departamentos (361 1D+1B+K; 156 1 ½+2 D+2B+K; 26 2D+2B+k y 2 con 1D+2B+K Loft), el proyecto “Edificio Ecuador” posee un concepto ecológico y de sustentabilidad que está orientado a atender un público objetivo que se moviliza en transporte público y bicicleta (lo que disminuye la generación de emisiones atmosféricas por combustión interna de vehículos) razón por lo que ofrece bicicleteros con una capacidad de 54 bicicletas (capacidad estimada de acuerdo a la normativa vigente dando cumplimiento cabal a esta), estando absolutamente acorde con las políticas públicas en esa materia, aprovechando que el proyecto se encuentra cercano a una de las mayores ciclo vías (Alameda Pajarito) que atraviesa 3 comunas del Gran Santiago (Maipú, Estación Central y Santiago). De esta manera el proyecto está incentivando a los habitantes del edificio a disminuir el uso de automóviles, movilizándose en transporte público”.

 

El titular no proporciona los antecedentes técnicos que fundamenten la inexistencia de efectos, características y circunstancias a la libre circulación y los tiempos de desplazamiento, debido a una menor oferta de estacionamientos propuestos por el proyecto (545 Departamentos y 108 estacionamientos) y el flujo vehicular generado, sobre todo en la fase de operación del proyecto.

 

c.- Como antecedentes complementarios, entrega en el Anexo I de la DIA un Informe de Medio Humano, el cual incluye una caracterización de la zona y no considera un análisis de los datos sobre la alteración a los sistemas de vida de la letra c) del Artículo 11 de la ley 19.300, Reglamentada en el Artículo 7 del RSEIA, en lo que se refiera a la b) anteriormente citado para la fase de operación, en función de los aportantes del proyecto en lo que se refiera flujo vial que puedan obstruir o restringir  la libre circulación, conectividad o generar un  aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos del área de influencia del proyecto.

 

d.- Considerando lo anterior y las características del proyecto, 545 Departamentos/108 Estacionamientos, se solicitó al titular en los numerales 4.2.3 y 4.2.4  del ICSARA, analizar y entregar los antecedentes necesarios para acreditar la inexistencia de los efectos, características y circunstancia de la letra b) y c) del Artículo 7 del RSEIA, dado que se evidencia una baja dotación de estacionamientos, lo cual podría generar un aumento en la ocupación y saturación de calzadas y veredas aledañas. En este aspecto, dado el actual escenario de densificación y situaciones que se suman en la ciudad de Santiago y Estación Central, los que provocan problemas de estacionamiento de automóviles, generados por nuevos edificios y que potencialmente induciría la saturación de calles y problemas de circulación vial, por lo que la mínima cantidad de estacionamientos adquiere relevancia dentro del proceso de evaluación ambiental.

 

e.- Al respecto, el titular señala en el capítulo 5 de la Adenda, como fundamento para descartar que el proyecto genera los efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la ley 19.300, incluido el Artículo 7 del Reglamento del SEIA, respecto de los sistemas de vida de grupos humanos, el Anexo G de la Adenda sobre el Análisis del Artículo 11 de la ley 19.300 referido a grupos humanos, complementado con el informe de medio humano del Anexo I y entrevistas del Anexo J, todos estudios adjuntos a  la Adenda. Al respecto, con relación a los documentos citados, el Anexo G de la Adenda “Evaluación del Artículo 11” describe un análisis somero en relación a la afectación del componente “Sistema de Vida de grupos Humanos”, eximiendo se de entregar datos  precisos y concretos sobre todo para la fase de operación que es determinante en la alteración de sistemas de vida y que permitan descartar cada uno de los efectos, características y circunstancias de los artículo de la letra b) del Artículo 7 del DS 40/2012 MMA. En este aspecto, decir “No”, “No aplica” o “No aplica de acuerdo a la realidad del proyecto”, no constituyen “Antecedentes”  que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a la letra b) del Artículo 19 del  DS 40/2012 MMA, Reglamento del SEIA, ni descartan la aplicación del Artículo 7 letra b) del Reglamento del SEIA. Como complemento, en el Anexo I, informe de medio humano de la Adenda, se establecen afirmaciones no detalladas ni sustentadas en su alcance, tales como: Se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias, para asegurar la seguridad de peatones y vehículos que circulan por la vía, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector”, “De acuerdo a la caracterización del grupo humano no se identificó factores que pudiesen contribuir a una modificación o alteración significativa dado que no es un sector que se encuentre saturado en términos viales y los accesos a las principales vías de circulación mantienen buen funcionamiento”. 

 

f.- En relación a las encuestas del anexo J de la Adenda, estas constituyen una muestra de 10 personas, de las cuales 1 es menor de edad (17), distando de ser representativa del área de influencia y careciendo de un sistema metodológico, el cual lo lleva a afirmar que “el 100 % de los entrevistados no utiliza auto como medio de transporte y el 60 % vive y trabaja en la comuna mientras que solo un 20 % solo trabaja y el 20% solo vive en esta”. Así, el titular concluye en base a ellas (9  personas mayores de edad), el análisis para respaldar la generación de impactos no significativos relacionados a la letra b) del Artículo 7 del Reglamento de SEIA.

 

g.- En la Adenda Complementaria,  el titular indica que los datos entregados y sistematizados en RADATAM corresponden a las “manzanas del área de influencia”, no obstante no se identifican las manzanas aludidas,  siendo la escala de análisis indeterminada.  En el punto 3.3 del Anexo N de la Adenda Complementaria, el titular hace referencia a la realización de una encuesta a 10 personas (pág. 12). Ello presenta poco rigor metodológico, ya que en el mismo documento indica que levantó información primaria realizando una “Encuesta y/o Entrevista” a 300 personas, cuyos resultados se presentan en el Anexo H de la Adenda Complementaria.

 

Al revisar  el citado Anexo H, el titular indica que la carga real del proyecto es de 1298 hab. Al respecto, la estimación del Servicio, siguiendo el principio de análisis en base a la situación más desfavorable, indica que el promedio de habitantes del proyecto correspondería a 1962 habitantes, tomando en consideración un promedio de 3,6 habitantes por vivienda, los cuales son los datos del CENSO 2002.

 

Al revisar el instrumento de aplicación consignado en el Anexo H de la Adenda Complementaria, se puede observar que adolece de la coherencia necesaria que permita a través de sus resultados, descartar efectos adversos significativos sobre el componente medio humano. No se establece la distinción entre “población fija y población flotante”. Junto con ello, en el punto 2 “percepción del entorno”, en las alternativas de selección múltiple del punto 2.2 se mezcla la categoría de “grupo etario” con “características de grupo familiar”; además se establecen categorías confusas al tener como alternativas “matrimonios jóvenes” y “familia” (Al respecto cabe preguntarse si acaso los matrimonios jóvenes no son familia)

 

Las respuestas del punto 2.3, 3.1 y 3.2 de la encuesta son de índole cualitativa, por ende sus resultados también deberían serlo. Sin embargo, al observar lo presentado en el Anexo H se estandarizan respuestas que deberían entregar  resultados de orden cualitativos y no métricos.

 

En la pregunta 2.5 de la encuesta se consulta “Ha visto”. Tal enunciado puede inducir error al entrevistado, ya que en la práctica pudo no haber presenciado una práctica cultural, pero muy distinto es tener “conocimiento de ella”.

 

En el caso de la pregunta 3.3, no se le da la opción al entrevistado de marcar una respuesta múltiple. Puedo usar a mi lugar de trabajo transporte público, pero al mismo tiempo puedo ser propietario de un vehículo particular.

 

En el caso de la pregunta 3.4, no queda clara el alcance de la periodicidad de la pregunta y puede también  llevar a equívocos.

 

En el caso de las preguntas 5, 6 y 7, no queda claro el vínculo del resultado de tales preguntas, con el análisis de antecedentes que permitan descartar las circunstancias establecidas en el literal 7 del RSEIA.

 

Posteriormente, se reitera en los restantes puntos del Anexo N de la Adenda Complementaria, lo indicado en el Anexo I de la Adenda.

 

h.)  Con respecto al análisis del Anexo J de la Adenda Complementaria, se puede desprender: Tanto la Encuesta Origen-Destino 2012, así como la encuesta Casen 2011 son de índole complementaria a la información que debe levantar el titular para los efectos del proyecto en evaluación en sí. Nuevamente se presenta otra escala de área de influencia, la que incorpora otras manzanas, no consideradas en otros anexos. Tal caracterización, desdibuja  sus alcances y pretende aminorar los efectos adversos significativos (Ver Figura 1).

 

En el punto 4.2 del citado Anexo J, el titular presenta una serie de “diversas premisas”, las cuales no pasan a ser más que juicios sobre la conducta social en base a suposiciones, que no tienen ninguna base factual. No queda claro cómo se obtiene la información en tan corto período de tiempo (en general los procesos de levantamiento de información no pasan de dos días, a excepción de la encuesta).

 

Junto con ello, en el punto 4.3 y la Tabla 30 del Anexo J respectivamente, se presentan los sectores en los cuales los residentes del sector podrían eventualmente estacionar sus vehículos. No obstante, el titular no considera que tales vías ya se encuentran congestionadas, por ejemplo, calle Conde del Maule. Se parte sobre la base que tienen plena disponibilidad y las fotografías de la Tabla 30 llevan a equívocos ya que no se contextualizan la fecha y hora de su registro respectivo.

 

El análisis peatonal, tomo cómo hora peak el intervalo entre las 8 y 9 de la mañana. Lo cual, no se condice con el horario peak vehicular (el cual es más amplio), no entregando tampoco una justificación para tal  diferencia. La capacidad de carga de la estación del metro Ecuador, y de los paraderos de Transporte Público tampoco se presentan.

 

i.- Sobre la base de lo anterior, a lo largo del proceso de evaluación el proyecto no entrega los antecedentes necesarios para descartar los efectos, características y circunstancias de la letra b) del Artículo 7 del RSEIA, sobre La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento”, durante el proceso de evaluación

 

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica

 

En relación a la letra b) del Artículo 19 del RSEIA, el titular no entrega los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias de la letra c) del Artículo 7 del RSEIA, en base a lo siguiente:

 

1.- Con los argumentos citados en la letra b) del Artículo 7 del RSEIA anterior, se configura además, la falta de antecedentes necesarios para descartar la existencia de aquellos efectos, características o circunstancias de la letra c) del Artículo 7 del RSEIA.

 

Así, en el capítulo 2 de la  DIA, relacionado a justificar que el proyecto no requiera la necesidad de un EIA, el titular solo dice que “El proyecto “Edificio Ecuador”, por ser un proyecto inmobiliario que acorta los trayectos de desplazamiento de las personas obviamente, no altera el acceso o la calidad a los bienes, equipamientos y servicios o infraestructura básica en ninguna de sus etapas, debido entre otras razones a que (muy sobre lo mínimamente exigible y/o el mismo Plan Regulador Metropolitano) se contemplan diversas medidas orientadas a mejorar la calidad de vida de la comunidad definida en el área de influencia y el medio ambiente,.”, así el titular detalla una serie de medidas viales exclusivamente para la fase de construcción, lo cual no satisface  en detalle  el requisito de argumentar la inexistencia de los efectos, características y circunstancias de la letra c) del Artículo 7 del RSEIA para la fase de operación, más allá de una negación, el titular no fundamenta su afirmación con información técnica concreta  sobre todo considerando la fase de operación del proyecto.

 

De la misma forma, entrega en el Anexo I de la DIA, I de la Adenda y N de la Adenda,  Informes de Medio Humano, los cual listan una caracterización de la zona y no consideran un análisis específico de los datos sobre la alteración a los sistemas de vida de la letra c) del Artículo 11 de la ley 19.300, Reglamentada en el Artículo 7 del RSEIA, en lo que se refiera a la c) anteriormente citado  para la fase de operación, en función de los efectos  y uso del proyecto sobre equipamiento, servicios o infraestructura de la zona.

 

Adicionalmente, al igual que pasa con la letra b) del Artículo 7, aun reconociendo que existen proyectos inmobiliarios que son parte de la situación base proyectada (Anexo N de la Adenda Complementaria), en relación al acceso sobre bienes, equipamientos, servicios o infraestructura de la zona, el titular no lo considera en el análisis de la letra c) del Artículo 7 del RSEIA.

 

Por tanto, sobre la base de lo anterior, el proyecto no entrega los antecedentes necesarios para descartar los efectos, características y circunstancias de la letra c) del Artículo 7 del RSEIA, sobre La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica” que generará el proyecto.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, culturales o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El Proyecto, por su naturaleza y ubicación, no alterará o incidirá en la dimensión antropológica, puesto que no se relaciona con aspectos étnicos, ni con manifestaciones de la cultura de la población, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados.

 

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

No hay tierras ni poblaciones indígenas en el área de influencia del proyecto.

     

 

5.4. LOCALIZACIÓN Y VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO

Impacto ambiental no significativo

Afectación al territorio y su valor ambiental

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de poblaciones protegidas

No hay poblaciones protegidas en la zona de influencia del proyecto.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

No existen recursos, áreas protegidas y sitios prioritarios en la localización y área de influencia del proyecto.

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

Cabe consignar que el proyecto o actividad no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni afecta el valor ambiental de algún territorio o recurso a conservar.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

 

El sitio del proyecto se emplaza en una zona urbana ya intervenida, por lo que no afectará a comunidades circundantes, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, tales como, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental.

 

En el Anexo H de la DIA se adjunta Anexo fotográfico.

 

 

5.5. VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO

Impacto ambiental no significativo

Afectación al valor paisajístico o turístico de la zona.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguno

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de valor turístico

Fuera del área de influencia del proyecto

Existencia de valor paisajístico

Fuera del área de influencia del proyecto

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

El Proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

El proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

 

5.6. ALTERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental no significativo

Alteración del patrimonio cultural

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

No

Para justificar que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

En el ANEXO D.1 de la DIA se presentó el “Estudio Arqueológico”. Las prospecciones arqueológicas realizadas en los sectores correspondientes al área del proyecto, demuestran que no contienen restos patrimoniales protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales.

 

No obstante lo anterior, y considerando que este informe da cuenta de los resultados obtenidos sólo a través de una inspección visual y superficial del terreno, el titular señala que se debe considerar en conformidad a la ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales, la obligatoriedad de dar aviso a Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y detener totalmente las obras, en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

Como se ha señalado, en el ANEXO D.1 de la DIA se presentó el “Estudio Arqueológico”. Las prospecciones arqueológicas realizadas en los sectores correspondientes al área del proyecto, demuestran que no contienen restos patrimoniales protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales.

 

No obstante lo anterior, y considerando que este informe da cuenta de los resultados obtenidos sólo a través de una inspección visual y superficial del terreno, el titular señala que se debe considerar en conformidad a la ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales, la obligatoriedad de dar aviso a Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y detener totalmente las obras, en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

En el área de proyecto, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

 

 

6°. Que, durante el proceso se evaluación se determinó que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1  PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Y PRONUNCIAMIENTOS

6.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos domésticos en la fase de construcción

Salas de Basura en la fase de operación. En el capítulo 4 de la DIA se presentan los antecedentes del PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes necesarios durante la evaluación ambiental, por lo que la SEREMI de Salud se pronuncia conforme e indica que se puede otorgar el citado permiso, tanto para la fase de construcción como de operación. 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 4030 del 14 de junio de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

6.2.  Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 142 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento temporal de residuos peligrosos. En el capítulo 4 de la DIA  y numeral 4.2.1 de la Adenda, se entregan los antecedentes del PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes relativos al sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados durante la fase de construcción del proyecto, por lo que la Autoridad Sanitaria Regional se pronunció conforme e indica que se puede otorgar el citado Permiso Ambiental.  

 

 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 4030 del 14 de junio de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1.Componente/materia: Agua

Norma

D.F.L. N° 1.122/1981, Código de Aguas, Derecho de Aprovechamiento de Aguas.

En los siguientes artículos del Código de Agua señala:

Artículo 5

Las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas.

Artículo 41

El proyecto y construcción de las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras, urbanizaciones y edificaciones que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas.

 

Art. 171

Las personas naturales o jurídicas que desearen efectuar las modificaciones a que se refiere el artículo 41 de este Código, presentarán los proyectos correspondientes a la Dirección General de Aguas, para su aprobación previa, aplicándose a la presentación el procedimiento previsto en el párrafo 1° de este Título.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento

El Titular cumplirá con lo señalado en el Código de Aguas y acreditará el origen de las aguas para todas sus etapas, mediante Certificado de Aguas Potable y Alcantarillado otorgado por la empresa sanitaria del sector, Aguas Andinas. El proyecto no contempla modificaciones de cauces naturales o artificiales en ninguna de las etapas del proyecto, por lo tanto no deberá presentar el proyecto a la Dirección General de Agua para una aprobación previa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado emitido por Aguas Andinas. Se solicita ver ANEXO B.5 “Factibilidad” adjunto en la presente ADENDA Nº 1.

Lo señalado en el artículo 41 no es considerado en la construcción del proyecto, ya que, no aplica en el desarrollo de esta obra. Se debe a que no se realizaran modificaciones en los cauces naturales o artificiales, porque no hay presencia de ellas, tampoco causara daño a la vida, salud o bienes de la población o a la alteración de un régimen de escurrimiento de las aguas. Como no aplica al proyecto al artículo anteriormente mencionado dejando sin aplicar al proyecto el artículo 141 del Código de Agua.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de tal Certificado para cuando la autoridad lo solicite.

 

7.2. Componente/materia: Aire

Norma

D.S. Nº 66/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES) “Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)”.

 

Artículo 98

Aquellos proyectos o actividades nuevas y sus modificaciones, en cualquiera de sus etapas, que tengan asociadas una emisión total anual que implique un aumento sobre la situación base, superior a los valores que se presentan en la siguiente tabla, deberán compensar sus emisiones en un 150%.

 

CONTAMINANTE

EMISIÓN MÁXIMA (TON/AÑO)

MP10

2,5

NOX

8

CO

100

COV

100

SOX

50

 

La compensación de emisiones será de un 150% del monto total anual de emisiones de la actividad o proyecto para el o los contaminantes para los cuales se sobrepase el valor referido en la tabla precedente. Estas emisiones corresponderán a emisiones directas, es decir, las que se emitirán dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad, y a las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento

El proyecto, durante sus fases de construcción y operación tiene asociada la generación de emisiones de Material Particulado y gases, las que según los resultados obtenidos por la SEREMI del Medio Ambiente,  dan cumplimiento a la normativa vigente para la Región Metropolitana. En efecto, tanto en la fase de construcción y como en la fase de operación del proyecto no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA (D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES).

Durante todas las etapas del proyecto, se inspeccionarán exhaustivamente todas las obras que potencialmente generen emisiones atmosféricas, en forma especial los días en que se declaren episodios de Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se dejará registro en obra de las medidas que se tomarán para disminuir emisiones atmosféricas.

Forma de control y seguimiento

La forma de control y seguimiento de las emisiones atmosféricas, se puede verificar en el ANEXO F "Control Ambiental" adjunto en la DIA.

 

7.3. Componente/materia: Aire

Norma

D.S. Nº 144/1961 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Establece Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquiera Naturaleza”.

El principio general de esta normativa, se encuentra en su Artículo 1, que expresa: “los gases vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes, de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminar de en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de demolición, construcción.

Forma de cumplimiento

Durante las obras de demolición se exigirá a la empresa contratista las mismas medidas establecidas para la etapa de construcción.

En relación con el cumplimiento del mandato de este decreto supremo y al resto de la etapa de construcción, todos los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga, y el desplazamiento de camiones serán realizados, tomando las medidas necesarias para minimizar y controlar el levantamiento de material particulado que tales actividades pudiesen generar, evitando ocasionar molestias a la comunidad. Entre estos se encuentran:

·        La instalación de mallas de retención de polvo (tipo Raschel) por todo el perímetro del terreno con el fin de retener la mayor cantidad de emisiones de material particulado y no afectar así a las personas que viven o transitan por el sector donde se ejecutará el proyecto; y

·        Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se contará con un registro de las capacitaciones a los trabajadores de la obra con el fin de aplicar de forma correcta las medidas de mitigación y control del material particulado. Además, se contemplan registros fotográficos de mantenciones y revisión técnica de los vehículos y maquinaria utilizados en la obra. Lo anterior, se encontrará en obra, para cuando la autoridad lo solicite.

Forma de control y seguimiento

Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autoridades.

 

7.4.- Componente/materia: Aire

Norma

D.S. Nº1/2013 MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC

 

El presente Reglamento, regula el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), que consiste en una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencias de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en actividades industriales o no industriales o transferidos para su valorización o eliminación.

 

El RETC se encuentra administrado por el Ministerio del Medio Ambiente MMA, y su objeto es disponer de manera sistematizada, por fuente o agrupación de fuentes, la naturaleza, caudal y concentración de emisiones de contaminantes de una norma de emisión.

 

En TÍTULO IV, denominado “Ventanilla Única”, señala (Artículo 17º) que los sujetos que reporten sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes normados, deberán realizarlo sólo a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. De ese modo, la información que las fuentes emisoras deban proporcionar a la Superintendencia del Medio Ambiente de conformidad a las letras e), f) y h), del artículo 32 de su Ley Orgánica se realizará a través de la ventanilla única, accediéndose por dicha vía al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

Por su parte, el Artículo 18 del Reglamento señala quiénes son los Sujetos obligados a reportar a través del Sistema de Ventanilla Única, señalando entre ellos los indicados en la letra g), es decir, los establecimientos que generen más de 12 toneladas de residuos al año, las municipalidades, y los destinatarios de residuos, de acuerdo a los artículos 26, 27 y 28 del presente reglamento; y el Artículo 19 contempla factibilidad de Reportes Voluntarios por los cuales los establecimientos podrán acordar con el Ministerio del Medio Ambiente reportar voluntariamente emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, respecto de los cuales no tengan la obligación de reportar, pero que se encuentren regulados en nuestro país por normativa de carácter nacional o internacional.

De igual modo, el Artículo 20 señala que el Método de entrega de la información objeto de reporte, será por medios electrónicos sujetos a lo establecido en la ley Nº19.799 y su reglamento, y a lo previsto en el presente decreto.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase construcción.

Forma de cumplimiento

Los gases generados por la combustión en la operación del equipo electrógeno, se ajustan a las normativas de emisión de la Comunidad Europea o de la EPA. Cabe recordar, que tratándose de un equipo de emergencia, sus tiempos de funcionamiento son reducidos y acotados, determinados a que eventualmente se produzca el corte del suministro lo que indudablemente se produce por cortos lapsos de tiempo. Por lo anterior, el titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar sus emisiones de material particulado y gases en relación al equipo señalado y cumplirá con todas las exigencias que contempla el Reglamento en comentario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de Declaración de Emisiones, por ventanilla única del RETC.

Forma de control y seguimiento

Se dejará registro en obra de los comprobantes de las Declaraciones de Emisiones, por ventanilla única del RETC.

 

7.5. Componente/materia: Arqueología

Norma

Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales, Modifica las leyes N°16.617 y N°16.719; deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 (última versión de 12-02-2010).

Conforme a esta ley, el hallazgo de ruinas o restos arqueológicos con ocasión de cualquier excavación, independientemente de su motivo, debe ser inmediatamente denunciado al Consejo de Monumentos Nacionales señalados en esta ley.

Asimismo, una vez producido un hallazgo, el titular del proyecto o actividad debe paralizar completamente las obras relacionadas con el área del mismo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de demolición y construcción.

Forma de cumplimiento

Se realizó una prospección arqueológica de área de emplazamiento del proyecto y se concluyó que no existen restos arqueológicos en el área en estudio. Se solicita ver Anexo D.1 "Estudio Arqueológico" adjunto en la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

El informe del arqueólogo ya realizado y avisar al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones

Forma de control y seguimiento

Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al Consejo de Monumentos Nacionales.

 

7.6.- Componente/materia: Residuos solidos

Norma

D.S. Nº 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.

Esta norma en lo que se refiere a emisiones y calidad del aire, plantea los siguientes aspectos:

·         Ventilación que proporcione condiciones ambientales confortables, que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador.

·         Límites permisibles de agentes químicos y físicos que puedan provocar efectos adversos en el trabajador.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento

Todo el personal que trabaje en la obra será informado de aquellas actividades donde se puedan generar este tipo de emisiones, así como también serán capacitados para la utilización de Elementos de Protección Personal (EPP) y las medidas a implementar para evitar su generación.

 

En la fase de construcción se generarán distintos tipos de residuos como tierra y áridos mezclados, rocas, restos de hormigón, restos de pavimento asfalticos, materiales refractarios, ladrillo, madera entre otros, residuos generados por actividades diarias de los trabajadores restos de comida, papel, servilletas, tela y plásticos y residuos peligrosos como envases y restos de solventes, resinas epóxicas, impermeabilizantes, plastificantes, adhesivos, retardantes de frague, entre otros. Dichos residuos serán acopiados segregadamente según su condición de peligrosidad, luego serán separados en Residuos Sólidos de la Construcción, Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios y Residuos Peligrosos para su posterior retiro mediantes camiones que los transportarán fuera del recinto, hacia la disposición final autorizada por las autoridades. Por otra parte, también existe la generación de una pequeña fracción de residuos sólidos domiciliarios, los cuales serán trasladados periódicamente a lugares autorizados.

 

Durante la etapa de operación del proyecto los residuos asimilables a domiciliarios serán almacenados en una sala de basura, evitando la generación de olores al medio ambiente. Estas instalaciones obtendrán la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud.

Indicador que acredita su cumplimiento (*)

Registro de las capacitaciones y registro del retiro de los residuos.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá registro en obra de las capacitaciones y de los residuos que son retirados por transportistas autorizados.

 

7.7. Componente/materia: Residuos solidos

Norma

Resolución Nº 7328/1976, Reglamento Sobre eliminación de Basuras en Edificios Elevados.

Señala las normas que regirán para la instalación y funcionamiento de sistemas destinados a la acumulación y recolección de basuras domésticas en edificios colectivos de cuatro o más pisos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de Operación.

Forma de cumplimiento

El proyecto contempla la utilización de un sistema de eliminación de basura durante la fase de operación, el cual será construido en relación con las disposiciones establecidas en el Reglamento en cuestión.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del retiro de basura, el cual contará con aprobación del Proyecto de Basura por la SEREMI de Salud.

Forma de control y seguimiento

Se contará con una copia del proyecto de basura en obra, para cuando la autoridad lo solicite.

 

7.8. Componente/materia: Residuos solidos

Norma

Ordenanza Municipal Nº 17/89, Ilustre Municipalidad de Estación Central, sobre Condiciones Sanitarias Básica.

 

De acuerdo a lo señalado en el Art. 29, se prohíbe mantener o acumular sólidos, líquidos o domiciliarios, en recintos públicos o privados que representen un foco de insalubridad afectando a las personas y su entorno.

 

El Art. 30 señala que la disposición y almacenamiento de la basura domiciliaria, deberá disponerse en receptáculos de material sólido o bolsas impermeables que la protejan de roedores, insectos y animales domésticos, que impidan la emanación de olores molestos y no constituyan un foco de insalubridad.

 

El Art. 32 indica que se prohíbe eliminar hacia la vía pública todo desecho líquido proveniente de faenas de taller, negocio o industria, como así también de aguas servidas, provenientes del uso domiciliario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá cabalmente con los artículos que le resulten aplicables en dicha ordenanza, a través de la contratación de personal encargado, tanto para las labores de limpieza como las de mantención del edificio, así como también para la fase de construcción como de operación.

 

Cabe señalar, que para dar cumplimiento con el Art. 29, además de lo señalado anteriormente, se retirarán los RSAD cada 3 veces por semana por el camión recolector municipal, para todas las fases del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de los contratos del personal de aseo y de mantenciones.

Forma de control y seguimiento

Se dejará registro en obra de los turnos y el personal encargado de las labores de limpieza y de mantenciones.

 

7.9. Componente/materia: Residuos sólidos Peligrosos

Norma

D.S 148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Los RESPEL generados en esta fase serán almacenados en una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos con el fin, que sean retirados por personal autorizado y destinado a sitios de disposición final autorizados.

 

Mediante el PAS 142, cuyos antecedentes se encuentran en el Capítulo 4 de la DIA y numeral 4.2 de la Adenda, se describen todas las características de los residuos peligrosos y su bodega de almacenamiento temporal durante la fase de construcción del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final en sitio autorizado.

 

7.10. Componente/materia: Sustancias peligrosas

Norma

D.S 43/2015 “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, MINSAL.

 

Regula las condiciones básicas de seguridad que deben adoptarse para el almacenamiento de sustancias peligrosas, de manera de evitar el riesgo que ellas puedan generar a las personas, a las instalaciones de la empresa y la comunidad en general.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N° 43/2015 del MINSAL. Las hojas de seguridad de estas sustancias, se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento (*)

Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el almacenamiento de las sustancias peligrosas.

Forma de control y seguimiento

Verificación de las condiciones de la bodega y registro del almacenamiento de las sustancias peligrosas.

 

7.11. Componente/materia: Ruido

Norma

D.S. N° 38/2011 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146/97, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

Este Decreto Supremo, establece las emisiones de ruido de las fuentes y los límites máximos permisibles para las emisiones de ruido, que serán aplicados al funcionamiento de dispositivos de viviendas y edificaciones habitacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción (incluido demolición) y operación

Forma de cumplimiento

Fase de construcción:

 

1)        Capacitar al personal de la obra en relación con reducción de emisiones de ruidos en la obra, tanto en la manipulación de herramientas y materiales como en la comunicación entre ellos (evitar gritos, chiflidos, etc.), siendo obligatorio el uso de radios móviles.

2)        Los equipos de la obra deberán estar en buen estado de mantenimiento, evitando el aumento de los niveles de ruido por falta de mantención o repuestos.

3)        Realizar un cierre perimetral de la faena configurado en: a) Panel de OSB e=15 [mm] (cara exterior); b) Lana mineral e=50 [mm]; c) Revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de la barrera será de 4,8 [m] en todo el perímetro de la obra. (Figuras 41 y 42 del Estudio Acústico). En la tabla N° 19 del Estudio Acústico, se listan las especificaciones técnicas de las pantallas acústicas.

4)        Evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones (preparar capa de marina delgada) y de enfierradura.

5)        Evitar el corte de planchas metálicas con esmeril angular, prefiriendo el uso de guillotinas o tijeras.

6)        Construir encierros o cabinas acústicas modulares para trabajos ruidosos, donde el operador o equipo pueda trabajar en su interior sin generar ruidos molestos al exterior. Los paneles que conforman el encierro deben ser de las mismas características del cierre perimetral, agregando los sellos y bisagras que aseguren la hermeticidad de los encuentros entre paneles. (ver figura 43 del Estudio Acústico).

7)        La programación de actividades excesivamente ruidosas (camión mezclador, descarachado, rectificación hormigón) será preferentemente después de las 10.00 am.

8)        Privilegiar el uso de hormigón autocompactante a fin de evitar el uso de vibradores. En caso de utilizarlos, que la cabeza sea cubierta con goma y evitar el contacto de la sonda del vibrador de inmersión con enfierraduras a fin de evitar la generación de sonido por contacto de elementos.

9)        Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra y mantengan encendido el motor.

10)    Realizar un cierre tipo túnel para el camión mezclador, configurado en el mismo panel del cierre perimetral. En la figura 44 del estudio acústico, se presenta un ejemplo de túnel acústico en obra para camión mezclador. 

11)    Realizar el cierre de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material de los paneles para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 15 [mm] de espesor o por cortinas acústicas flexibles. Se deberá tener especial cuidado en la instalación de estos paneles asegurando que queden herméticos en sus encuentros con muros o losas. (Ver figura 45 del Estudio Acústico)

12)    Durante estas actividades, los cierres de los vanos (paneles) se deben ubicarse, en la losa de avance, por todas las caras del edificio en construcción de manera de atenuar los niveles de ruido proyectado hacia los puntos receptores (ver figura 46 y 47 del Estudio Acústico)

 

Fase de operación:

 

El proyecto cumple la normativa vigente para horario diurno y nocturno en la fase de operación, generando emisiones de ruido que fluctúan entre los 33 y 49 dBA para horario diurno  y nocturno,  en comparación con un valor de 65 dBA para horario diurno y 50 dBApara horario nocturno, según el DS 38/2011 MMA. (Tabla N° 24 y 25 del Estudio Acústico, Anexo D2 de la DIA).

 

Indicador que acredita su cumplimiento

Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción del Proyecto / ejecución del Plan de Seguimiento de Ruido.

Forma de control y seguimiento

El titular compromete un plan de seguimiento en el numeral 4.5.2 del Estudio Acústico, de acuerdo a lo siguiente:

 

a)      Se realizarán mediciones de nivel de ruido de acuerdo al procedimiento establecido por el D.S. Nº 38/11 MMA, para verificar el cumplimiento de los límites máximos permitidos de nivel de presión sonora.

 

b)     Los informes de monitoreo deberán ser elaborados cada mes y ser mantenidos en el lugar del proyecto, disponible a requerimiento de personal fiscalizador. Cuando en este monitoreo se detecte la superación de la norma, se deberán implementar de inmediato medidas adicionales de control que permitan minimizar el impacto acústico en el entorno del proyecto y dar cumplimiento a la norma.

 

c)      Las condiciones que debe cumplir este monitoreo son las siguientes:

 

·         Lugares de medición: Las mediciones deberán realizarse, al menos, en los puntos receptores identificados en el proceso de evaluación ambiental del proyecto; o bien, serán definidos de acuerdo a la cercanía de puntos sensibles.

·         Para las mediciones se deberá considerar la condición más desfavorable dentro de la propiedad evaluada. En caso de no ser posible realizar las mediciones dentro de las propiedades afectadas, se deberán proyectar los niveles medidos en puntos más cercanos a la fuente para obtener el Nivel de Presión Sonora Corregido NPC en los receptores a evaluar, mediante la utilización de un modelo de propagación basado en la norma internacional ISO 9613-2:1996 Acoustics – Attenuation of sound during propagation outdoors – Part 2 General method of calculation. Frecuencia de las mediciones: En cada punto se realizará al menos una medición por mes. El horario escogido y las faenas ejecutadas durante cada medición deberán ser representativos de la fase correspondiente de la etapa de construcción del proyecto.

·         La programación (días y horario del día) de las actividades mensuales que se llevarán a cabo para cada una de las etapas que tendrá la fase de construcción se coordinarán previamente con el consultor encargado del monitoreo acústico, seleccionando siempre la condición de mayor emisión sonora de la obra.

 

d)     Contenido de los informes:

 

·         Características del equipamiento utilizado: marca, modelo, certificado de calibración vigente, especificaciones técnicas.

·         Cronograma de la construcción del proyecto, de manera de justificar la elección de los días y horarios de medición. Para cada etapa de la fase de construcción del proyecto deberán indicarse todas las faenas y maquinarias consideradas.

·         Faenas realizadas y maquinaria utilizada al momento de las mediciones, de modo que sea coherente con las faenas y maquinarias indicadas en el punto anterior (cronograma). Deberá indicarse además cualquier fuente de ruido ajena a la actividad de construcción del proyecto.

·         Fichas de medición y evaluación de ruido.

·         Croquis del lugar, señalando las distintas fuentes emisoras, los puntos de medición y las respectivas distancias entre dichas fuentes y puntos.

·         Descripción de las medidas de control adoptadas y una evaluación de su efectividad, para aquellos puntos en donde se determinó la superación de la norma en el informe anterior.

7.12. Componente/materia: Ruido

Norma

Ordenanza N° 110/85 Ilustre Municipalidad de Estación Central, Prevención y control de ruidos molestos en la comuna.

 

En esta ordenanza se indica la prohibición de ruido, sonido o vibración que su duración e intensidad ocasione molestias al vecindario.

 

Adicionalmente, señala que en caso de dudas, la I. Municipalidad de Estación Central, podrá solicitar el estudio y calificación del ruido al Servicio de Salud del Ambiente u otro organismo autorizado por dicho servicio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de demolición, construcción y operación.

Forma de cumplimiento

·           Se capacitará al personal de la obra en relación con reducción de emisiones de ruidos en la obra, tanto en la manipulación de herramientas y materiales como en la comunicación entre ellos (evitar gritos, chiflidos, etc.), siendo obligatorio el uso de radios móviles;

·           Los equipos de la obra deberán estar en buen estado de mantenimiento, evitando el aumento de los niveles de ruido por falta de mantención o repuestos;

·           Realizar un cierre perimetral de la faena configurado en: a) Panel de OSB e=15 [mm] (cara exterior); b) Lana mineral e=50 [mm]; c) Revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de la barrera sería de 4,8 [m] en todo el perímetro de la obra;

·           Evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones (preparar capa de marina delgada) y de enfierradura.

·           Evitar el corte de planchas metálicas con esmeril angular, prefiriendo el uso de guillotinas o tijeras;

·           Construir encierros o cabinas acústicas modulares para trabajos ruidosos, donde el operador o equipo pueda trabajar en su interior sin generar ruidos molestos al exterior. Los paneles que conforman el encierro deben ser de las mismas características del cierre perimetral, agregando los sellos y bisagras que aseguren la hermeticidad de los encuentros entre paneles;

·           La programación de actividades excesivamente ruidosas (camión mezclador, descarachado, rectificación hormigón) será preferentemente después de las 10.00 am;

·           Privilegiar el uso de hormigón autocompactante a fin de evitar el uso de vibradores. En caso de utilizarlos, que la cabeza sea cubierta con goma y Evitar el contacto de la sonda del vibrador de inmersión con enfierraduras a fin de evitar la generación de sonido por contacto de elementos;

·           Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, mantengan encendido el motor;

·           Realizar un cierre tipo túnel para el camión mezclador, configurado en el mismo panel del cierre perimetral. En la siguiente figura se presenta un ejemplo de túnel acústico en obra para camión mezclador;

·           Realizar el cierre de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material de los paneles para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 15 [mm] de espesor o por cortinas acústicas flexibles. Se deberá tener especial cuidado en la instalación de estos paneles asegurando que queden herméticos en sus encuentros con muros o losas; y

·           Durante estas actividades, los cierres de los vanos (paneles) se deberán ubicar, en la losa de avance, por todas las caras del edificio en construcción de manera de atenuar los niveles de ruido proyectado hacia los puntos receptores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la etapa construcción del Proyecto / Ejecución del plan de seguimiento de ruido.

Forma de control y seguimiento

·         Se realizarán mediciones de nivel de ruido de acuerdo al procedimiento establecido por el D.S. Nº 38/11 MMA, para verificar el cumplimiento de los límites máximos permitidos de nivel de presión sonora.

·         Los informes de monitoreo deberán ser elaborados cada mes y ser mantenidos en el lugar del proyecto, disponible a requerimiento de personal fiscalizador. Cuando en este monitoreo se detecte la superación de la norma, se deberán implementar de inmediato medidas adicionales de control que permitan minimizar el impacto acústico en el entorno del proyecto y dar cumplimiento a la norma.

·         Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de abatimiento de ruido.

 

7.12. Componente/materia: Vialidad

Norma

D.S. Nº 18/2001 y sus modificaciones de la Subsecretaria de Transporte, “que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del anillo Américo Vespucio.”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Recomendación de horarios de tránsito por las vías indicadas en los contratos suscritos con empresas prestadoras de servicios.

Forma de control y seguimiento

Copias de los contratos con la recomendación de los horarios de circulación.

 

7.13. Componente/materia: Vialidad

Norma

D.F.L. N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N° 206/60.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con toda la normativa vigente, relacionada con el decreto mencionado y en particular respecto a los Artículos Nº 30 y Nº 36, para lo cual el titular se compromete a implementar las siguientes medidas para asegurar su cumplimiento:

 

·         Revisar los niveles de carga de los camiones, verificando que no sobrepase el límite establecido, es decir, la carga deberá mantener un nivel inferior al máximo de la tolva.

·         Revisar la correcta cobertura de la carga de los camiones mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto.

·         Capacitar a los contratistas y personal en materias de aplicación de mediadas reducción impactos provenientes del escurrimiento de materiales e instruirlo respecto a los métodos correctos de trabajo, relacionados con esta materia.

 

La correcta aplicación de estas medidas, asegurará el cumplimiento de los artículos Nº 30 y Nº 36, no obstante lo anterior, si el titular tienen dudas con respecto al peso de alguno de los camiones subcontratados utilizados para el traslado de los materiales, el vehículo será trasladado a una romana pública para verificar el cumplimiento de la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.

Forma de control y seguimiento

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

 

7.14. Componente/materia: Vialidad

Norma

D.S. N° 158/80, “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por los caminos públicos” del Ministerio de Obras Públicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Los camiones se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Forma de control y seguimiento

Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.

 

7.15. Componente/materia: Vialidad

Norma

D.S. Nº 75, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga.

 

Artículo 2

Establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean, sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, deben estar constituidos de manera que ese escurrimiento o caída no se produzca por causa alguna.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Todos los materiales transportados serán cubiertos correctamente, evitando los escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones serán controlados en relación con el nivel de carga que estos presenten al momento de ingresar y abandonar el sitio del proyecto para luego los residuos sean llevados a un sitio de disposición final autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará y mantendrá registro de la implementación de las medidas antes indicadas: transporte con carga cubierta, control del nivel de carga,  y verificación de su estanqueidad previo al  abandono de la obra.

 

Forma de control y seguimiento

Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones y escombros o material para relleno entren y salga de la obra encarpados.

 

7.16. Componente/materia: Vialidad

Norma

D.S. Nº 200/93, Ministerio de Obras Públicas, establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del proyecto, cumplan este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se dejará registro en obra de los pesos máximos de los vehículos.

Forma de control y seguimiento

Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones cuenten con su registro de peso.

 

8°. Que, durante el proceso de evaluación se determinó que de haber obtenido Resolución de Calificación Ambiental Favorable, para ejecutar el proyecto debiesen cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1 Vialidad y Transporte

Impacto asociado

Afectación a la vialidad y saturación de calles

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y evitar la saturación de las calles.

 

Descripción:

 

·         El Titular se compromete a materializar todas las medidas de mitigación resultantes del Análisis Vial Básico (AVB) antes de la recepción final de las obras.

 

·         En relación al punto anterior, se hace necesario que tanto la evaluación ambiental como el AVB presentado a la SEREMI de Transportes y telecomunicaciones, deben corresponder al mismo proyecto.

 

·         Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

 

·         Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

 

·         En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos

Lugar y forma

Lugar: Todas las actividades de transportes y viales del proyecto

 

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas citadas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de ejecución y recepción de medidas del Análisis Vial Básico.

Registros de la entrada y salida de camiones.

Referencia

Oficio Ordinario N° 4719 de fecha 21 de junio de 2016, de la SEREMI de Transporte Región Metropolitana de Santiago.

 

8.2  Recursos Hídricos

Riesgo Asociado

Afectación a recursos hídricos de cualquier índole

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y protección sobre los recursos hídricos.

 

Descripción:

 

Las aguas a utilizar en las Fases de Construcción y Operación (consumo doméstico, red de incendio, entre otras) del proyecto, se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas presentada en el Anexo B.2 de la DIA y según lo declarado por el Titular en el acápite 5.1.3 y 6 de la DIA y la respuesta a la Observación 2.1.1 del Adenda.

 

Se humectarán las zonas de movimiento y traslado de tierra, y el tránsito de vehículos en zonas no pavimentadas al interior de la obra. La humectación de los caminos no pavimentados durante la época estival (si es necesario) se realizará con una frecuencia no menor de dos veces al día.

 

En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:

 

a.         Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.        Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c.         Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d.        En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 

Considerando la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

 

a.     Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.     Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.     Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e.     Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. 

 

Debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 

Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. 

 

Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

 

Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Faena constructiva del proyecto

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas comprometidas y citadas anteriormente.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de capacitación a los trabajadores sobre las medidas citadas.

Referencia

Oficio Ordinario N° 1164 de fecha06 de septiembre de 2016, de la DGA Región Metropolitana de Santiago.

 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios

 

9.1 Compromiso ambiental voluntario: Mejora plaza ubicada en Abtao esquina Embajador Quintana, Estación Central

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar las condiciones ornamentales de la plaza pública ubicada en calle Abtao esquina Embajador Quintana, con el fin de ofrecer a la comunidad del sector un sitio de esparcimiento familiar apto, seguro y equipado. De esta manera, se ofrece un cambio de imagen al sector y a los espacios públicos de la comuna de Estación Central.

 

Descripción: Las mejoras planteadas consisten en las siguientes:

 

·         Implementación de válvulas de acople rápido para riego;

·         Resiembra de césped;

·         Reparación y/o incorporación de solerillas;

·         Reparación jardinera de ladrillos;

·         Limpieza y pintado de juegos infantiles;

·         Incorporación de Juegos Faneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·         Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde;

·         Retiro, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación principalmente de escaños y papeleros;

·         Reparación de reja perimetral plaza;

·         Incorporación de árboles

·         Reparación gradería borde multicancha.

 

Justificación: Se comenzarán las obras antes mencionadas durante la fase de construcción del proyecto en conjunto con los requerimientos del municipio para la correcta materialización de estas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El lugar en donde se implementará el presente compromiso, consta de aproximadamente 8000 m2 y corresponde a la plaza ubicada en esquina Abtao con Embajador Quintana, comuna de Estación Central. .

 

Las coordenadas de esta corresponden a las siguientes:

 

COORDENADAS DEL ÁREA DEL PROYECTO

VÉRTICE

NORTE

ESTE

VE-1

6297411

341933

VE-2

6297486

341916

VE-3

6297498

341984

VE-4

6297422

341993

 

Forma: Las mejoras planteadas anteriormente, se llevarán a cabo durante la fase de construcción y consisten en lo siguiente:

 

·         Implementación de válvulas de acople rápido para riego. Esta mejora permitirá la optimización del recurso agua, proporcionando al área verde, salidas en diferentes sectores de la plaza, lo que permitirá la habilitación de plansas para las zonas que lo requieran, además de la posibilidad de realizar riego tradicional al unísono;

·         Resiembra de césped. Se contempla para los sectores de césped ya existentes en la plaza. 

·         Reparación y/o incorporación de solerillas. Aplica para las zonas y caminos ya confinados con estas que necesiten reparación, cambio o instalación de alguna faltante.

·         Reparación jardinera de ladrillos. Considera la reposición de ladrillos faltantes.

·         Limpieza, pintado y/o retiro de juegos infantiles. Con el objeto de mejorar el mobiliario de juegos presente en la plaza, se pretende el retiro de los módulos que se encuentran en malas condiciones o que presentan un potencial peligro para los usuarios. Sin perjuicio de lo anterior es que se incorporarán 2 Juegos Fahneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·         Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde. Se incorporará maicillo, el que debe ser compactado al momento de su colocación, en las diferentes áreas de juegos infantiles y módulos deportivos presentes en la plaza.

·         Retiro, reparación, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación, principalmente, de escaños y papeleros. Se deberá coordinar con el municipio donde se dejarán el equipamiento que no esté en condiciones de permanecer en la plaza, así como también, escaños y papeleros a reponer.

·         Reparación de reja perimetral plaza. Como medida de seguridad y resguardo del área verde durante la noche, se propone la reparación de la reja perimetral, incorporando piezas faltantes según corresponda. Es como medida de seguridad para que los pequeños no tengan acceso a cruzar las calles vehiculares en cualquier punto de altura entre 90-1,10 m.

·         Incorporación de árboles. Se incorporan árboles nativos a la plaza.

·         Reparación gradería borde multicancha. Se deberán reponer los tablones faltantes y revisar el estado de la estructura, con el fin de evitar accidentes.

 

Oportunidad: La mejora propuesta se deberá durante la fase de construcción, en coordinación con el municipio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la autoridad.

 

9.2  Compromiso ambiental voluntario: Mejora plaza ubicada en Coronel Souper esquina Vanguard, Estación Central

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar las condiciones ornamentales de la plaza pública ubicada en calle Coronel Souper equina Vanguard, con el fin de ofrecer a la comunidad del sector un sitio de esparcimiento familiar apto, seguro y equipado. De esta manera, se ofrece un cambio de imagen al sector y a los espacios públicos de la comuna de Estación Central.

 

Descripción: Las mejoras planteadas consisten en las siguientes:

 

·         Implementación de válvulas de acople rápido para riego;

·         Resiembra de césped;

·         Reparación y/o incorporación de solerillas;

·         Retiro de juegos infantiles existentes;

·         Incorporación de nuevos juegos infantiles Faneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·         Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde;

·         Retiro, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación principalmente de escaños y papeleros;

·         Reparación de malla perimetral multicancha;

·         Mejoramiento de equipamiento deportivo de multicancha;

·         Incorporación de árboles;

·         Reparación de suelo de multicancha;

·         Pintura de pandereta de deslinde.

 

Justificación: Se comenzarán las obras antes mencionadas durante la fase de construcción del proyecto en conjunto con los requerimientos del municipio para la correcta materialización de estas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El lugar en donde se implementará el presente compromiso, consta de aproximadamente 1200 m2 y corresponde a la plaza ubicada en calle Cornoel Souper equina Vanguard, comuna de Estación Central. Las coordenadas de esta corresponden a las siguientes:

 

COORDENADAS DEL ÁREA DEL PROYECTO

VÉRTICE

NORTE

ESTE

VE-1

6296478

342050

VE-2

6296492

342082

VE-3

6296461

342100

VE-4

6296444

342063

 

Forma: Las mejoras planteadas anteriormente, se llevarán a cabo durante la fase de construcción y consisten en lo siguiente:

 

·         Implementación de válvulas de acople rápido para riego. Esta mejora permitirá la optimización del recurso agua, proporcionando al área verde, salidas en diferentes sectores de la plaza, lo que permitirá la habilitación de plansas para las zonas que lo requieran, además de la posibilidad de realizar riego tradicional al unísono;

·         Resiembra de césped. Se contempla para los sectores de césped ya existentes en la plaza. 

·         Reparación y/o incorporación de solerillas. Aplica para las zonas y caminos ya confinados con estas que necesiten reparación, cambio o instalación de alguna faltante.

·         Retiro de juegos infantiles existentes. Con el objeto de mejorar el mobiliario de juegos presente en la plaza, se pretende el retiro de los módulos que se encuentran en malas condiciones o que presentan un potencial peligro para los usuarios. Sin perjuicio de lo anterior es que se incorporarán 2 Juegos Fahneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·         Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde. Se incorporará maicillo, el que debe ser compactado al momento de su colocación, en las diferentes áreas de juegos infantiles y módulos deportivos presentes en la plaza.

·         Retiro, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación, principalmente, de escaños y papeleros. Se deberá coordinar con el municipio donde se dejarán el equipamiento que no esté en condiciones de permanecer en la plaza, así como también, escaños y papeleros a reponer.

·         Reparación de malla perimetral multicancha. Como medida de seguridad y se propone la reparación de la malla perimetral, incorporando piezas faltantes según corresponda.

·         Incorporación de árboles. Se incorporan árboles nativos a la plaza.

·         Reparación del suelo de la multicancha. Se reparará el suelo de la multicancha con el fin de ofrecer un mejor y más seguro sector para la comunidad, especialmente niños.

·         Mejoramiento de equipamiento deportivo de multicancha. Se retirarán los tableros de basquetball existentes y se reemplazarán por unos en buen estado. Del mismo modo, se retirá la malla del arco de futbol y se reemplazará por una en buen estado.

·         Pintura de pandereta de deslinde. Se pintarán las panderetas del deslinde de la cancha con el fin de mejorar el aspecto de esta.

 

Oportunidad: La mejora propuesta se deberá durante la fase de construcción, en coordinación con el municipio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la autoridad.

 

9.3  Compromiso ambiental voluntario: Donación de estaciones y 55 bicicletas a la Municipalidad de Estación Central

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: incorporar a la red vial de ciclovías, estaciones para el estacionamiento de 55 bicicletas (incluidas las bicicletas) de uso público.

 

Descripción: se donarán estaciones para el estacionamiento de 55 bicicletas (incluidas las bicicletas) de uso público a la Ilustre Municipalidad de Estación Central, para el desplazamiento de los residentes y personas que circulen por el área, incentivando el uso de estas disminuyendo la congestión y las emisiones atmosféricas.

 

Justificación: Con el fin de desincentivar el uso de vehículos motorizados, debido a que el Titular, se compromete a donar la implementación de estaciones para el estacionamiento de bicicletas (55), (incluidas las bicicletas), a la Ilustre Municipalidad de Estación Central, la cual se encargara de definir dentro del área de influencia del Proyecto “Edificio Ecuador” su ubicación, para libre disposición de los vecino y vecinas de sector.

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: aún no se encuentra el área definida donde se emplazará el proyecto de Bicicletas de uso público, la que será definida en conjunto con la Municipalidad de Estación Central.

Forma: en primera instancia se realizará el diseño del proyecto del Estacionamiento de Bicicletas, que contempla la implementación de estaciones de bicicletas para 55 unidades (incluidas las bicicletas), el que será presentado a la a la Ilustre Municipalidad de Estación Central y a la empresa a cargo del sistema BikeSantiago.

 

Tal como se mencionó anteriormente el Proyecto considera la implementación de estaciones para estacionamiento de 55 bicicletas más las bicicletas, considerando un monto estimado por bicicleta de $119.000. Una vez obtenida la aprobación por la Municipalidad se iniciará la ejecución del proyecto, obras que se realizarán en la fase de construcción cuando se desarrollen las obras exteriores del Edificio Ecuador.

 

Las imágenes referenciales de las bicicletas, se pueden revisar en el Anexo L de la Adenda.

 

Oportunidad: la ejecución del proyecto se realizará una vez conversado con la Municipalidad y la empresa a cargo de las BikeSantiago, posterior a su aprobación, se desarrollará en la fase de construcción, en las obras exteriores del proyecto Edificio Ecuador.

Indicador que acredite su cumplimiento

-       Sera la recepción final del proyecto con autorización de la Municipalidad de Estación Central.

-       Se entregará un álbum fotográfico al inicio y al final de las obras del proyecto a la Municipalidad.

Forma de control y seguimiento

-       Se dará aviso a la Municipalidad del inicio y termino de la obra a través de una carta.

 

9.4  Proyecto de alumbrado peatonal

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: proponer un Proyecto de Alumbrado Peatonal en la acera sur de Av. Ecuador, desde el término del terreno poniente al proyecto hacia hasta Av. Radal.

 

Descripción: se incorporará un alumbrado peatonal como compromiso voluntario del proyecto Edificio Ecuador en la acera sur de Av. Ecuador, desde el término del terreno poniente al proyecto hacia hasta Av. Radal.

 

Justificación: el proyecto a realizar como compromiso voluntario deberá ser previamente autorizado por la DOM considerando todas las correspondientes (si lo amerita) para luego realizar su ejecución, las cuales serán previas a la recepción final de Edificio.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: el proyecto se desarrolla en la acera sur de Av. Ecuador, desde el término del terreno poniente al proyecto hacia hasta Av. Radal. (Ver figura en Anexo L de la Adenda Complementaria)

 

Forma: en primera instancia se realizará el diseño del proyecto Alumbrado Peatonal Led modelo Teceo 1 o similar cada 12,800 mts. Aprox., especificaciones del Depto. Construcción de a DOM los que serán emplazados en la vereda sur donde se emplaza el Edificio Ecuador. Además, constara con una canalización subterránea para la luminaria y empalme con tarifa BT-1. Luego será presentado a la DOM y se consideraran las modificaciones que solicite el servicio.

 

Una vez obtenida la aprobación por la DOM se iniciará la ejecución del proyecto, estas obras se realizarán en la fase de construcción, cuando se desarrollen las obras exteriores del Edificio Ecuador.

 

Oportunidad: la ejecución del proyecto se realizará después de la aprobación de la DOM, se desarrollará en la fase de construcción en las obras exteriores del proyecto Edificio Ecuador.

Indicador que acredite su cumplimiento

-       Sera la recepción final del proyecto con la autorización de la DOM

-       Se entregará un álbum fotográfico al inicio y al final de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a la autoridad (DOM) del inicio y termino de la obra.

 

 

10º. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1     Plan de prevención de contingencias

 

10.1.1 Riesgo: Movimientos sísmicos

Situación de riesgo o contingencia

Movimientos sísmicos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo;

·         Capacitación de catástrofes naturales y derrumbes y

·         Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas.

Forma de control y seguimiento

·         Registro de fecha, nombre y firmas de los asistentes a la capacitación de Catástrofes Naturales y Derrumbes;

·         Al terminar la jornada de trabajo se realizará una inspección al área, apuntando todas aquellas irregularidades que se puedan identificar. La o las personas a cargo de esta labor para realizar la inspección, será delegada con anterioridad e instruida, observado sí el área de trabajo:

-      Se encuentra aseado y limpio;

-      Se encuentra ordenado;

-      Sin presencia de escombros;

-      Sin presencia de elementos cortantes;

-      Tiene libre acceso y circulación a las vías de escape; y para que al próximo día mejoren todas las irregularidades que se presente para no entorpecer el procedimiento de las indicaciones entregadas por el Departamento de Prevención de Riesgo.

·         Determinar mediante un plano la zona segura de la obra en situación de riesgo de un sismo; y

·         Realización de simulacros de sismos, identificando las vías de evacuación.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.1.2 Riesgo: Derrumbes o inundaciones

Situación de riesgo o contingencia

Derrumbe o Inundaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Todos los trabajadores deben conocer la Zona Segura y las vías de evacuación;

·         La Brigada de Emergencia debe saber cómo cortar el suministro de gas, luz y agua; y

·         Conocer las instalaciones y su entorno inmediato, sus características estructurales, materiales y elementos que puedan dañarse.

Forma de control y seguimiento

·         Registro de fecha, nombre y firmas de los asistentes a la Capacitación de Catástrofes Naturales y Derrumbes;

·         Señalética transportable que identifique el área de Zona Segura previamente señalada por el Departamento de Prevención de Riesgo; y

·         Generación de la Ficha Informe Preliminar de Emergencia.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.1.3 Riesgo: Amago de incendio

Situación de riesgo o contingencia

Amago de incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición;

·         Establecer prohibición de encender fuegos al interior de la obra;

·         Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo;

·         Mantener los extintores permanentemente en buen estado de operación;

·         Mantener claramente señalizados los equipos contra incendios, con sus accesos despejados libres de obstáculos;

·         Los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de los extintores, y saber dónde se encuentran.

·         Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan la Zona Segura; y

·         Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios.

Forma de control y seguimiento

·         Registro de fecha, nombre y firmas de los asistentes a las capacitaciones de Prevención y Control de incendio y sobre el Uso y manejo de extintores;

·         Señaléticas que indiquen lugares de la obra en la que no puede haber presencia de fuego;

·         Señalética indicando la presencia de los extintores;

·         Registro de las mantenciones periódicas realizadas a los extintores señalando la descripción de cada extintor presente;

·         Resisar periódicamente si los extintores se encuentran en su lugar y son su rotulado en buenas condiciones; y

·         Determinar mediante un plano la zona segura de la obra en una situación de riesgo en presencia de un incendio.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.1.4.- Riesgo: Fuga de Gas

Situación de riesgo o contingencia

Fuga de Gas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Atención a cañerías dentro del terreno; y

·         Extrapolar la trayectoria por cañerías que se visualizan en la superficie.

Forma de control y seguimiento

·         Registro de la mantención a las cañerías principales que suministran el gas al proyecto y fechas de la siguiente inspección;

·         Determinar mediante un plano la zona segura de la obra en una situación de riesgo en presencia de fuga de gas;

·         Dar aviso al servicio de emergencia como bomberos para prestar ayuda; y

·         Generación de la Ficha Informe Preliminar de Emergencia.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.1.5 Riesgo : Derrame

Situación de riesgo o contingencia

Derrame de Residuos y Sustancias

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso que ocurran;

·         Mantener todo residuo peligroso, debidamente almacenado en el sitio habilitado para ello dentro de la obra, el cual cuenta con protección en el suelo, sistema de contención de derrames, protección contra la radiación solar y lluvia, entre otros;

·         Toda sustancia o producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener con su tapa puesta;

·         Todo recipiente que almacene residuos o sustancias peligrosas se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene;

·         Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en la obra; y

·         Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo.

Forma de control y seguimiento

·         Tener registro de la fecha, nombre y firmas de los asistentes a la Capacitación de Prevención de Derrames y la Forma de Actuar para Controlarlos;

·         Capacitar a cada persona que ingrese a trabajar a la obra, siendo agregado al registro;

·         Generación de la Ficha Informe Preliminar de Emergencia; y

·         señalética en el terreno para que los trabajadores puedan identificar el sector que se encuentra impermeabilizado para manipular productos que se pueden derramar.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.1.6  Riesgo: Afectación a acuíferos

Situación de riesgo o contingencia

Afectación  de acuífero

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Excavación masiva

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se deberá desarrollar capacitación a los trabajadores sobre las medidas que se implementarán en caso de contacto de sustancias con la napa, las que se describen en la sección siguiente.

 

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitaciones.

Referencias

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2     Plan de emergencias

 

10.2.1  Evento: Movimientos sísmicos

Situación de emergencia

Movimientos sísmicos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para controlar

Antes de sismo

·         Utilizar el sistema de alarma y comunicar a su Jefe directo o el Departamento de Prevención de Riesgo;

·         Conocer la ubicación de llaves de gas, agua, dispositivos de electricidad; y

·         Realizar simulacros de evacuación en caso de terremotos, con el fin de instruir a las personas sobre las medidas a tomar y determinar si el plan de emergencia es efectivo.

 

Durante el sismo

·         Al interior de edificios, no intentar abandonar las construcciones ni trasladarse internamente. Evitar la salida del recinto, ya que vidrios, estucos, maderas y otros materiales se pudieran desprender y causar lesiones. Nunca evacuar el edificio durante el sismo, buscar refugio en interior;

·         Si se encuentra sobre un andamio, tratar de buscar refugio al interior del edificio si es posible; y

·         Cortar la energía eléctrica y alejarse de cables cortados ya que pueden estar energizados. Apagar equipos eléctricos (computadores, calefactores, televisores, entre otros), además, corte el gas.

 

Después del sismo

·         Verificar si hay heridos. No se moverán las personas con heridas graves a menos que estén en peligro. Se ofrecerá primeros auxilios y se dará atención a las reacciones emocionales al evento;

·         Abandonar las instalaciones con cuidado después del sismo (puede ser peligroso permanecer en ellas, puede ser necesaria una evaluación estructural). Se tomarán precauciones con los cristales rotos. Es pertinente mantener una radio portátil para obtener información. No se utilizará el teléfono a menos que sea una emergencia; y

·         El lugar para resguardo será la Zona Segura preconcebida.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que coincida, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2.2.- Evento: Derrumbes o inundación

Situación de emergencia

Derrumbe o Inundaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para controlar

·         Utilizar el sistema de alarma o comunicación facilitado por la empresa, comunicar al jefe directo o el Departamento de Prevención de Riesgo; y

·         Informar sobre el lugar exacto de la emergencia.

·         Comunicar al Coordinador de la Emergencia y Líder de Evacuación de la zona; y

·         Comunicar a bomberos, ambulancias o Carabineros (Coordinador de emergencias) y al departamento de prevención de riesgos para que este informe los hechos a la Seremi de salud e Inspección del trabajo dentro de las 24 horas siguientes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que coincida, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2.3.- Evento: Incendio

Situación de emergencia

Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Incorrecta manipulación de artefactos o descuido personal

Acciones o medidas a implementar para controlar

·         Utilizar el sistema de alarma o comunicación facilitado por la empresa y comunicar a su Jefe directo o el Departamento de Prevención de Riesgo;

·         Usar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se sabe operar;

·         Comunicar al Coordinador de la Emergencia y Líder de Evacuación de la zona;

·         Si se determina como un amago de incendio, se hará lo siguiente:

-      Se dará inicio a la extinción del fuego con extintores tipo A, B, C por personal a cargo (Brigada de emergencia), con precaución, recuerde que su vida es más importante; y

-      Una vez extinguido el fuego, revisarán el lugar,

asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego.

·         Si el foco de fuego no puede ser apagado por la Brigada de emergencia deberán actuar los Bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que coincida, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2.4.- Evento: Fuga de gas

Situación de emergencia

Fuga de Gas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras de construcción

Acciones o medidas a implementar para controlar

·         Informar sobre el lugar exacto de la emergencia;

·         Comunicar al Coordinador de Lideres y brigada y Líder de Evacuación; y

·         El Coordinador de Comunicación comunicar a Bomberos, Ambulancias o Carabineros y a empresa abastecedora de suministro de gas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que corresponda, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2.5. Evento: Derrame

Situación de emergencia

Derrame de Residuos y Sustancias

Cuando se genere un derrame de residuos o sustancia en el interior de la obra.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Manipulación incorrecta de sustancias o residuos peligrosos

Acciones o medidas a implementar para controlar

·         Ubicar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que ésta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas;

·         Mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso que sea necesario;

·         Para el control del derrame, construir un pretil con arena o tierra para evitar que se expanda el material; y

·         Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos de la obra.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que coincida, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencia

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

10.2.6.- Evento: Afectación al Acuífero

Situación de emergencia

Afectación de acuíferos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Excavación masiva

Acciones o medidas a implementar para controlar

Al tener contacto con un acuífero en el área de la obra se tomarán las siguientes medidas:

 

·      Describir e identificar la sustancia si es que ha tenido contacto el lugar del accidente;

·      Marcar el área afectada;

·      El tiempo desde que se generó la contingencia;

·      Magnitud del evento; y

·      Los impactos ambientales.

·      Definir las medidas y procedimiento a seguir;

 

En el caso de requerir una descontaminación de la Zona, cual deberá ser aprobado por la DGA de la Región Metropolitana:

·      Realizar un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona;

·      Señalar la metodología utilizada;

·      Evaluación de la efectividad de las medias.

 

Dejar en claro que las obras de actividades constructivas no se iniciaran se encuentre controlado el afloramiento

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se notificará, siempre que coincida, mediante correspondencia con la entrega de un informe, el que contendrá el detalle de lo ocurrido en la obra y el plan que fue aplicado en ese momento, el que dependerá de la emergencia.

 

Se adjuntará la Ficha Informe Preliminar de Emergencia del presente documento, ficha que es utilizada internamente para describir y respaldar las situaciones emergencia que presente en la obra.

Referencias

Anexo C de la Adenda Complementaria

 

11°. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto

 

12°. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanen los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.

 

13°. Que, atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Edificio Ecuador”, del Titular Inmobiliaria Conde del Maule S.A., por cuanto no es posible descartar que el Proyecto genere o presente los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular, el literal c) de dicho artículo, esto es la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos,  específicamente, no es posible justificar la inexistencia de los efectos, características o circunstancias señaladas en el literal b) y c) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 40/12 del MMA, vale decir, la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, y la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

 

RESUELVE:

1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio Ecuador” de Inmobiliaria Conde del Maule S.A.

 

2°. Hacer presente que el Proyecto “Edificio Ecuador”, de Inmobiliaria Conde del Maule S.A., no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.

 

3°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/KOV/MAC

Distribución:

  • José Andrés Munita Valdés
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Estación Central
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto ""Edificio Ecuador""
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=0d/53/58c44db5f53c5cd539e8bf1b159148d4a01b


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