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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto "Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas"

Resolución Exenta Nº 9/2017

Rancagua, 2 de noviembre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”), admitida a trámite con fecha 21 de noviembre de 2016, la Adenda presentada con fecha 16 de junio de 2017 y la Adenda Complementaria presentada con fecha 22 de septiembre de 2017, del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”, presentadas por Agrícola Santa Lucía Ltda. (en adelante, “Titular”).  

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y de sus Adendas, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE”) de la DIA del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”.  

3°. La Resolución N°86 del 26 de enero de 2017 que dispone la suspensión de plazos a la totalidad de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, a contar del 26 de enero hasta el 3 de febrero de 2017 inclusive, en las regiones del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule y del Biobío, debido a la declaración de zona de catástrofe derivada por incendios forestales. 

4° La Resolución N°107 del 2 de febrero de 2017 que amplía la suspensión de plazos a la totalidad de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, debido a la declaratoria de zona de catástrofe derivada por incendios forestales, hasta el 10 de febrero de 2017 inclusive, en las regiones del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule, del Biobío y de la Araucanía. 

5°. El Acta de Evaluación N°13 de la Sesión N°11 del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, de fecha 17 de octubre de 2017. 

6°. El ICE de la DIA del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”, de fecha 19 de octubre de 2017. 

7°. El Acta N°12 de fecha 26 de octubre de 2017, de la Sesión N°12 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “Región de O’Higgins”).  

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”. 

9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”);en la Resolución Exenta DD.PP. N°73 del 26 de enero del 2017 del SEA, que nombra al señor Pedro Pablo Miranda Acevedo como Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “SEA Región de O’Higgins”); en la Resolución Exenta N°156 de 2014 que Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República. 

CONSIDERANDO:

1°. Que, el Titular ha sometido al SEIA, la DIA del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas” (en adelante, “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

1.1. ANTECEDENTES DEL TITULAR

Nombre o razón social

Agrícola Santa Lucía Ltda.
Rut
79.930.150-4
Domicilio

Av. El Cóndor N°550, oficina 306, Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago.

Teléfono
+56 2 28967210

Nombre representante legal

Pablo Espinosa Lynch

Rut representante legal

10.508.000-k

Domicilio del representante legal

Av. El Cóndor N°550, oficina 306, Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago.

Teléfono del representante legal

+56 2 28967210

Correo electrónico del representante legal

pespinosa@maxagro.cl
 
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de octubre de 2017, el Director Regional (S) del SEA Región de O’Higgins, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto acreditó cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos N°138, N°139, N°142 y N°160 del RSEIA. Además, a lo largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes técnicos para fundamentar que no genera efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300; además, todos los organismos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación ambiental del Proyecto, se pronunciaron conforme.    

3°. Que, en la sesión N°12 de fecha 26 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins acordó calificar favorablemente el Proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de octubre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución; por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.             

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en la Adenda y sus Anexos y en la Adenda Complementaria y sus Anexos, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que se indica a continuación:   

4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
Nombre del Proyecto

“Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”.

Objetivo general

Optimizar la operación del Biodigestor Las Pampas mediante la incorporación de nuevos sustratos orgánicos vegetales en el Sistema de Tratamiento ya aprobado, lo que permite una digestión anaeróbica más eficiente y una mayor generación de biogás, sin modificar las características del efluente. Asimismo el Proyecto entrega una solución ambientalmente sustentable a los sustratos orgánicos vegetales, generados en la producción agrícola y agroindustrial de la zona, logrando aportar a la generación de energía renovable no convencional.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El Proyecto tipifica en el artículo 10, literal o) de la Ley Nº19.300, y en el artículo 3° literales o.7.3) y o.8) del RSEIA, donde se establece que deben ser evaluados: 

o.7.3. Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales líquidos, que cumplan con al menos de alguna de las siguientes condiciones: Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos. Al respecto, el efluente generado del Biodigestor (240 m3/día) será utilizado para riego de cultivos. 

o.8 Sistema de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales sólidos con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día (30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de disposición. Lo anterior, debido a que el Proyecto considerará la recepción máxima de 90 toneladas diarias de sustratos orgánicos vegetales.

Vida útil

La vida útil es de 25 años, período estimado según la durabilidad de los equipos, factores de retribución de la inversión y utilidad esperada. Al final de este período se evaluará su permanencia o término.

Monto de inversión

USD$ 85.000 aproximadamente

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El Proyecto da inicio a la ejecución con la compactación de terreno, durante la etapa de construcción, la cual se extiende por un mes.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

No
El Proyecto se ejecuta de una sola vez.
 
X

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

No

El Proyecto modifica parcialmente la DIA del proyecto “Ampliación y Mejoramiento Ambiental Planteles de Cerdos”, el cual fue aprobado mediante la resolución exenta Nº1785/2007 de fecha 31 de julio de 2007, de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, que resuelve el recurso de reclamación interpuesto en contra de la Resolución de Calificación Ambiental Nº14/2006 de fecha 24 de enero de 2006, que califica desfavorablemente el proyecto “Ampliación y Mejoramiento Ambiental Planteles de Cerdos”. 

Posteriormente, con fecha 11 de Julio del 2012, mediante la Carta Nº12 del 2 de agosto del 2012 del SEA Región de O’Higgins se dio respuesta a una consulta de pertinencia de ingreso al SEIA, señalando que la disminución del caudal a tratar y la disminución del número de biodigestores a uno solo, no ameritan ingresar al SEIA.  

Mediante las resoluciones exentas Nº110/2014 y Nº222/2015 del SEA Región de O’Higgins, se dio respuesta a dos consultas de pertinencias de ingreso al SEIA, indicando que el desarrollo de pruebas de utilización de alperujo como insumo para el Biodigestor, no ameritan su ingreso al SEIA.

X
 

Proyecto modifica otra(s) RCA

No
X
 

En este contexto, el Proyecto modifica partes de las condiciones establecidas en la RCA Nº014/2006 y de la Resolución Exenta Nº1785/2007, de acuerdo al siguiente desglose:

 
RCA Nº014/2006
 
Obra y/o Actividad
Considerando Res Ex. N° 014/2006
Modificación Considerando Res Ex. N° 014/2006
Componente Ambiental

Acciones de control a la modificación respecto a la Res Ex. Aprobada

Emisiones, descargas y residuos
Considerando 3.4 

Caracterización de Emisiones, Descargas y Residuos 

En esta sección se identifican y cuantifican los residuos sólidos y líquidos, así como las emisiones atmosféricas y de ruido asociadas a la etapa de construcción y operación del Proyecto, y se señalan las medidas de manejo y disposición de los mismos.  

Emisiones atmosféricas(…).
 
b. Etapa de Operación

Durante la etapa de operación las emisiones de material particulado asociados al tránsito de vehículos serán despreciables, ya que se contará con caminos pavimentados, al exterior de los predios (…). 

Los camiones que realizarán el transporte desde y hacia la planta generarán emisiones de gases de combustión en los motores diésel, principalmente monóxido de carbono (CO) y óxidos de nitrógeno (NOx), además de material particulado. La mantención periódica de estos vehículos permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. 

La caldera y los generadores que operarán en la planta producirán principalmente SOx de COV y MP-10. Cabe destacar que estos equipos se mantendrán en buen estado de mantención y contarán con tecnología que permita que el nivel de emisiones sea bajo. 

Contaminante
Emisión Proyecto en Operación (Ton/año)
NOx
7,2
CO
3,7
COV
28,4
MP-10
39,2
SOx
20,3
 
c. Etapa de Abandono
 
No se considera etapa de abandono.

Se ha realizado una nueva estimación de emisiones atmosféricas en el anexo 4 de la DIA en donde se incorporan las nuevas actividades, en total cumplimiento de la norma existente.

Aire

Durante las etapas del proyecto se implementan medidas de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación:

·   Revisiones técnicas al día

·   Encarpado de tolvas

·   Prohibición de quemas

·   Humectación de superficies.

·   Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas.

Normativa aplicable
Considerando 4
(…)
 
Ruido:

Decreto Supremo Nº 146, Salud, En Anexo F de la DIA, se presenta el análisis de las emisiones de ruido de las etapas de construcción y operación del proyecto. Las emisiones de ruido son consideradas de poca relevancia, puesto que no afectarán a la población cercana, dadas las condiciones de operación de maquinarias y equipos y la distancia de las zonas habitadas más próximas al área del proyecto.

Respecto al ruido el proyecto genera nuevas fuentes de ruido, las cuales serán menores, por lo que cumplirán con el D.S. Nº38/2011 del MMA tal como se presenta en el Anexo 3 de la Adenda, en la modelación de ruido.

Ruido

Las fuentes de ruido se restringen al área de la planta por lo que no son percibidos por los vecinos cercanos, tal como se observa en el Anexo 3 de la Adenda “Estudio de emisiones sonoras”.

Disposición de residuos industriales
Considerando 5
 

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Ambiental Planteles de Cerdos" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 91, 93, 102 y 106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (…).

El proyecto contempla modificar el sistema de tratamiento de RILes propuesto, el biodigestor, con el fin de adaptarlo para recibir sustratos orgánicos vegetales, por tanto el PAS 90 del D.S. 95/01 del SEGPRES se actualiza a través del PAS 139 del D.S. 40/2012 MMA, en el capítulo 14 de la DIA.

Residuos

Cumplimiento de la NCh 3375, norma de digestato

Fuente: Tabla 4 de la Adenda “Modificación a los considerando 1 al 5 de la RCA Nº014/2006”.

 

Resolución Exenta Nº1785/2007

 
Obra y/o Actividad
Considerando Res Ex. N° 1785/2007
Modificación Considerando Res Ex. N° 1785/2007
Componente Ambiental

Acciones de control a la modificación respecto a la Res Ex. aprobada

Tránsito de camiones
Considerando 1: 

Emisiones atmosféricas: 

(…) Durante la Etapa de operación, las emisiones de material particulado asociados al tránsito de vehículos serían mínimas, ya que se cuenta con caminos pavimentados al exterior de los predios.  

Los camiones que realizarían el transporte desde y hacia la planta generarían emisiones de gases de combustión de los motores diésel, principalmente monóxido de carbono (CO) y óxidos de nitrógeno (NOx), además de material particulado (MP 10). La caldera y los generadores de la planta producirían principalmente anhídrido sulfuroso (SOx), compuestos orgánicos volátiles y MP10.

Mediante la modificación a incorporar se agregará un nuevo tránsito de camiones, por el abastecimiento de sustratos orgánicos vegetales y el retiro de digestato sólido, lo que se aproxima en cinco (5) camiones diarios, cuya emisión se ha calculado, en conjunto con las emisiones del proyecto, lo que se presenta en el Anexo 4 de la DIA.

Aire
-    Humectación de superficies.

-    Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas.

Tránsito de vehículos
Considerando 1:
 
Ruido: 

(…) En la fase de operación, solo se espera la generación de ruido producto de la circulación de vehículos y los sonidos emitidos por los animales.

Durante la etapa de operación la modificación propuesta incorpora como fuente de ruido la operación de la prensa y el procedimiento de descarga de sustratos orgánicos de origen vegetal al biodigestor. Cabe mencionar que todas estas nuevas actividades generan ruidos muy menores, por lo que el ruido a generar cumple a cabalidad con el D.S. 38/2011 del ministerio de Medio Ambiente, tal como se presenta en el anexo 3.

Aire
Comunidad

Las fuentes de ruido se restringen al área de la planta por lo que no son percibidos por los vecinos cercanos, tal como se observa en el Anexo 3 de la Adenda “Estudio de emisiones sonoras”.

Disposición de aguas servidas
Considerando 1:
 
Aguas servidas: 

En los planteles El Espino y Las Pampas, se contempla la construcción de fosas sépticas y pozos absorbentes para disponer de las aguas servidas, las cuales se estiman en 3,84 y 2,08 m3/día respectivamente, considerando un porcentaje de recuperación del 80%.

El área del biodigestor también tendrá una instalación de baño, el cual generará aproximadamente 0,15 m3/día, cuyo flujo será dispuesto en una fosa séptica.

Suelo

Verificación del correcto funcionamiento del sistema de tratamiento de las aguas servidas.

Manejo de purines
Considerando 4.a 

Agregar los siguientes considerandos a la resolución reclamada: 

6. Que, el manejo de purines en el plantel El Espino y las pampas se realizará según el plan de Aplicación de Purines (PAP) descrito en el Adenda Nº2, y que se reproduce parcialmente a continuación: 

El efluente de purines será enviado a una cámara de recepción de 0,48 m3 de capacidad construida en hormigón. Luego de la cámara de recepción habrá una cámara de distribución, de hormigón, con capacidad para 0,38 m3, desde donde los purines serán transferidos al biodigestor. El efluente de salida del biodigestor será conducido a un tranque de acumulación, cuyo efluente será posteriormente incorporado al terreno mediante un sistema de aspersión (tasa lenta). 

Se contará con un tranque de almacenamiento del efluente tratado, con una capacidad de 5.043 m3 en El Espino y 31.212 m3 en Las Pampas, para enfrentar periodos en que no sea posible la incorporación de los purines tratados al suelo. Este tranque permitirá el almacenamiento de purines por un periodo de aproximadamente 90 días. 

De acuerdo a la Acción 2.11 del APL II, el tranque estará aislado del suelo por una superficie impermeable de 30 cm de espesor y una conductividad hidráulica no superior a las acciones propias de las fases de operación. Esto será validado por un certificado de un laboratorio de ensayo de materiales. Adicionalmente se contará con cortinas vegetales compuestas por Eucaliptos alrededor del tranque de almacenamiento. El suelo del área de riego será preparado antes de cada periodo de siembra realizando un trabajo mecánico de remoción a una profundidad mayor a 20 cm, mediante el uso de arado subsolador. Durante la etapa de siembra, los líquidos se incorporarán en los potreros sembrados de maíz mediante una distribución homogénea de éstos. Del mismo modo, durante los periodos en los que no haya cultivos sembrados, los líquidos se incorporarán al suelo en forma homogénea mediante el uso de equipos mecanizados como tractor con arado. 

El área de riego se fraccionará en unidades de manejo, cada una tendrá 2 ha de superficie y se rotarán cada día de aplicación. La tasa de aplicación del efluentes al suelo para una unidad de manejo se presenta en la tabla siguiente: 

Tasa de Aplicación de Efluentes:

Parámetro
Unidad
Plantel
El Espino
Plantel
Las Pampas
Área de riego total
ha
32
50
Caudal del efluente
m3/h
20,4
78
Área de unidad de manejo
ha
2
2
Tiempo de aplicación
h/día
6
6
Periodo de aplicación por unidad de manejo
Días
1
1
Periodo de descanso
Días
15
24
Especies a regar
--
Maíz*
Maíz*
Método de aplicación
--
Aspersión
Aspersión

*Existe la posibilidad de introducir otras especies 

La aplicación de purines al suelo deberá considerar las siguientes condiciones: 

1. Existirá una distancia mínima de 20 metros entre el límite del área de aplicación de purines y fuentes de agua potable, las cuales son de propiedad del titular del proyecto. 

2. Existirá una distancia de al menos 5 metros entre el límite del área de aplicación de purines y cuerpos de agua superficiales (esteros y canales).

3. No se aplicará en áreas en donde se generen inundaciones periódicas”.

Se ha modificado la capacidad y características de la cámara de recepción por un pozo de homogeneización con una capacidad de 180 m3, construido de HDPE con 8 metros de largo, por 15 metros de ancho y 1,5 metros de profundidad. Lo anterior para mejorar la capacidad de ecualización del sistema, pudiendo este nuevo pozo ecualizar variaciones mayores en el caudal de generación de efluentes provenientes del plantel.

Suelo

Impermeabilización y construcción a partir de HDPE.

Fuente: Tabla 3 de la Adenda “Modificaciones a la Resolución Exenta Nº1785/2007”.

 

Cabe mencionar que posterior a estas resoluciones, se presentaron 3 consultas de pertinencia de ingreso al SEIA en relación al proyecto matriz: la primera resuelta mediante carta Nº12 del 02 de agosto del 2012 del SEA Región de O’Higgins, que establece que la disminución del caudal a tratar y la disminución del número de biodigestores a uno solo, no ameritaban ingresar al SEIA. Posteriormente, las siguientes dos pertinencias fueron resueltas por las resoluciones exentas Nº110/2014 y Nº222/2015del SEA Región de O’Higgins, las cuales resuelven que las pruebas de utilización de alperujo como insumo para el Biodigestor no ameritaban ingresar al SEIA.

 
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se ubica en la comuna de Pichidegua, perteneciente a la provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, cercano al sector denominado El Toco, situado geográficamente a 6,6 km al sur de la localidad de Pataguas.

Justificación de la localización

El Proyecto contempla la incorporación de sustratos orgánicos de origen vegetal para un sistema de tratamiento ya aprobado ambientalmente y actualmente en operación, en donde ya se han construido todas las obras asociadas a este, por lo cual es necesario mantener la ubicación actual del Proyecto.

Superficie

El Proyecto comprende una superficie total de 161 m2 de obras permanentes y 43 m2 de obras temporales.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Localización General del Proyecto
 
 
Parte del Proyecto
 
Vértices
UTM
(WGS84, HUSO 19S)
Ubicación del Biodigestor y sus obras asociadas
 
Este
Norte
A
278.475
6.194.373
B
278.529
6.194.411
C
278.489
6.194.460
D
278.394
6.194.472

Fuente: Tabla 3-1 de la DIA “Coordenadas de localización del Proyecto 

Localización de las Obras Permanentes 

Obras Permanentes

Superficie Actual (m2)

Superficie Adicional a intervenir (m2)

UTM WGS 84,Datum 19 S

Punto
Norte
Este
Sistema separación digestatos
0
105
1
2
3
4
6.194.396
6.194.408
6.194.413
6.194.400
278.499
278.491
278.497
278.505
Terraplén alimentación sustratos
48
0
1
2
3
4
6.194.415
6.194.418
6.194.409
6.194.406
278.449
278.453
278.460
278.457
 
Bodega de residuos peligrosos
 
 
0
5
1
2
3
4
6.194.440
6.194.441
6.194.442
6.194.441
278.443
278.441
278.442
278.444
Baños y duchas
0
3
1
2
3
4
6.194.453
6.194.452
6.194.448
6.194.450
278.446
278.448
278.446
278.444

Fuente: Tabla 1 de la Adenda “Localización de las Obras Permanentes del Proyecto 

Localización de las Obras Temporales 

Obras Temporales

Superficie Actual

Superficie Adicional a intervenir (m2)

UTM WGS 84,Datum 19 S

Punto
Norte
Este
Baño Químico
0
8
1
2
3
4
6.194.452
6.194.455
6.194.454
6.194.451
278.436
278.438
278.440
278.438
Patio de Salvataje
0
35
1
2
3
4
6.194.446
6.194.450
6.194.445
6.194.442
278.434
278.437
278.443
278.440

Fuente: Tabla 2 de la Adenda “Localización de las Obras Temporales del Proyecto”

Caminos de acceso

El camino de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur es el siguiente: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte.  

El Titular efectuó la consulta de factibilidad de autorización de acceso del Proyecto “Incorporación de sustratos orgánicos de origen vegetal al biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”, mediante carta con fecha 2 de agosto de 2017 (Adjunta en el anexo 1 de la Adenda Complementaria), obteniendo respuesta a través del Oficio Ordinario N°1.257 de fecha 31 de agosto del 2017, dela Dirección Regional de Vialidad, adjunto también en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, el que indica que es posible otorgar la factibilidad del acceso del Proyecto, bajo la condición de la tramitación del permiso sectorial respectivo, cumpliendo las condiciones que señala el documento; por lo tanto, el permiso de acceso a camino público será solicitado por el Titular bajo las condiciones descritas por la autoridad en el Oficio Ordinario N°1.257/2017. 

Se realizará el Trámite de Regularización de Acceso mediante la entrega de todos los documentos requeridos, entre ellos: 

a) Formulario Tipo Solicitud de Acceso a Rutas Nacionales y Rutas Concesionadas, validado notarialmente.

b) Copia autorizada de constitución de la sociedad, si corresponde.

c) Documentos que acrediten la propiedad del predio o representación legal del propietario.

d) Diseño de ingeniería de detalle (sólo en casos excepcionales).

e) Certificado de línea e informes previos.

f) Anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales. 

Se aclara que el Proyecto no considera la construcción de alguna obra que pudiera generar paralelismos y atraviesos en caminos públicos. Asimismo, se aclara que durante la etapa de construcción, no se efectúa algún tipo de transporte con sobredimensionamiento y/o sobrepeso. 

No obstante lo anterior, en caso de que en el transcurso de la implementación de obras y actividades se presentase algún imprevisto que pudiera generarlos, el Titular presentará los proyectos de las obras respectivas ante la Dirección Regional de Vialidad.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

DIA
- Capítulo 3.

- Anexo 2, Lámina 1 se grafica el proyecto en el contexto geográfico en que se emplazará con mayor detalle.

- Anexo 2, Lámina 2 se entrega a una escala mayor la ubicación de las partes del Proyecto.

- Anexo 2, se detallan las rutas públicas existentes para acceder a las obras del Proyecto. 

Adenda
- Respuesta N°1 y Nº2 de la Adenda.

- Anexo 1 de la Adenda, en la cual se detalla la siguiente información: 

a) En la Lámina 1: Área de intervención del proyecto por equipamiento e infraestructura se señala la ubicación del biodigestor, la ubicación de las mejoras a las instalaciones existentes, las cuales son los servicios higiénicos y la zona de almacenamiento de residuos peligrosos, así como también las áreas de riego donde se utilizan las aguas tratadas, de acuerdo a lo aprobado en la Resolución exenta 1.785/2007. 

b y c) En la Lámina 2: Trazabilidad lineal del biodigestor con su entorno. Se muestra la distancia existente entre el biodigestor y las viviendas/sectores poblados más cercanos, y los cursos superficiales de aguas (red hídrica cercana al proyecto), adicionalmente se presenta una tabla en la lámina que detalla la distancia hacia los sectores poblados y cursos superficiales más cercanos al Proyecto. 

d) En la Lámina 3: Usos de Suelos adyacentes al área de emplazamiento del proyecto, se presentan los usos de suelo en los sectores cercanos al área del Proyecto. 

e) En la Lámina 1: Se presenta la ubicación de los servicios higiénicos que se habilitan para el operador de la planta. No se habilita comedor debido a que el operador se desplaza a alimentarse en las cercanías del Proyecto, en un lugar autorizado o en su domicilio. 

f) En la Lámina 4: Ubicación sectores de almacenamiento residuos sólidos, se presentan los sectores de almacenamiento transitorio de residuos, tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de operación. Se debe aclarar que en el caso de los residuos sólidos domésticos, su disposición cumple con la normativa vigente, siendo almacenados temporalmente en la Bodega autorizada del Plantel, con una frecuencia de retiro estimada de 2 veces a la semana para residuos domésticos. Por su parte, los residuos peligrosos son almacenados en la bodega de residuos peligrosos a habilitar por el Proyecto, y son retirados una vez al mes, luego son dispuestos en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. 

g) El Proyecto no considera el almacenamiento de combustibles o de sustancias peligrosas, por su parte los residuos peligrosos a generar provienen de mantenciones menores a realizar en la planta, y son almacenados en la bodega de residuos peligrosos, la cual se presenta en la Lámina 5.

 

 

4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO

Nombre
Carácter

Mejoramiento de terraplén para descarga de sustratos orgánicos vegetales.

Permanente

Sistema de separación de efluente y carga de digestato sólido.

Permanente

Instalación de baño, ducha y bodega de residuos peligrosos.

Permanente

Instalación de baños químicos.

Temporal

 

 

 

 

 

4.4. ACCIONES
Nombre
Fase

Acondicionamiento de terreno

Construcción

Transporte de insumos y residuos

Construcción

Operación del Sistema de Tratamiento de Purines y de sustratos orgánicos.

Operación

Monitoreo del cumplimiento del digestato sólido de la Norma chilena 3375 (Digestato - Requisitos de calidad).

Operación

Mantenimiento de las instalaciones.

Operación

Transporte de insumos y residuos.

Operación

Desmantelamiento de las instalaciones.

Cierre

Restauración de superficies.

Cierre

Transporte de insumos, residuos y mano de obra.

Cierre

 

 

4.5. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
4.5.1. PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción

Mejoramiento de terraplén para descarga de sustratos orgánicos vegetales.

Con el fin de permitir la correcta descarga de camiones con sustratos orgánicos vegetales, se procede a pavimentar el terraplén existente en el biodigestor. 

Las obras asociadas a la construcción del terraplén corresponden a la compactación del suelo, para luego construir una carpeta de cemento, abastecido por una empresa autorizada.

Sistema de separación de efluente y carga de digestato sólido.

Corresponde a la construcción de las instalaciones para la separación del efluente y la carga de digestato sólido, fundamentalmente consiste en una prensa tornillo montada en altura sobre una estructura metálica. Esta prensa tornillo se alimenta con el efluente del biodigestor, y de manera mecánica realiza la separación en una fracción sólida (digestato sólido) y una fracción líquida (digestato líquido).  

El efluente líquido se aplica en base al plan de riego actual aprobado, que cumple con las condiciones establecidas en la Resolución Exenta Nº1.785/2007.  

El digestato sólido, en base al cumplimiento de la NCh 3375 se carga directamente en los camiones, para su posterior uso como biofertilizante agrícola en las empresas agroindustriales que provean de los sustratos orgánicos vegetales al biodigestor; o bien, se comercializa con los agricultores de la zona. Los planos de esta instalación se presentan en el Anexo Nº3 de la DIA. 

El área de instalación de la prensa es desarrollada en un sector de 105 m2, en donde se instala la prensa tornillo, y se define una zona de carga de camiones para que puedan recibir el digestato sólido, por su parte el efluente líquido es enviado hacia la laguna de acumulación existente.

Instalación de baño, ducha y bodega de residuos peligrosos.

Como parte de las obras consideradas en la modificación, se incorporan nuevas instalaciones de apoyo, lo cual implica la instalación de un baño, una ducha y una bodega de residuos peligrosos. La ubicación de estas obras se presenta en el Anexo 3 de la DIA. 

En obras existentes (contenedor para bodega de insumos) se instala un baño y ducha; y para la recepción de las aguas servidas, se instala y opera una fosa séptica. Adicionalmente se construye una bodega de residuos peligrosos, de acuerdo a las indicaciones de la legislación vigente.

Instalación de baños químicos

Las aguas residuales procedentes básicamente de los servicios higiénicos (aseos y servicios del personal) se tratan mediante la habilitación de baños químicos, gestionados por empresas autorizadas, dando cumplimiento al D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 
4.5.2. ACCIONES
Nombre
Descripción

Acondicionamiento de terreno

Durante la fase de construcción se requiere llevar a cabo las labores relativas a preparar el terreno para la instalación de las obras del Proyecto; para ello, se considera la realización de compactación del suelo. Cabe mencionar que las áreas consideradas se encuentran despejadas de tierra vegetal y vegetación.

Transporte de insumos y residuos

Durante la fase de construcción se llevan a cabo transportes para abastecer al sistema de todos los insumos necesarios, destinados a la construcción y el retiro de los residuos generados por las tareas de construcción y los trabajadores. 

Los caminos de acceso que se utilizan para estos transportes se presentan en las láminas 2 y 3 del Anexo 2 de la DIA. 

A continuación, se entrega un estimativo de los flujos vehiculares implicados en la fase de construcción del Proyecto: 

Tipo de Vehículo
Tipo de Carga
Flujo (viajes/mes)
Camión 30 ton
Insumos
6
Camión 3/4
Retiro de residuos domésticos
8
Camión 30 ton
Retiro de residuos de construcción
2
Camioneta
Transporte de personal
30

Fuente: Tabla 5-1 de la DIA “Flujos vehiculares totales estimados para la fase de construcción”.

 
4.5.3. SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Agua potable

Los requerimientos de agua durante la fase de construcción son provistos a través de la red de agua actual del Plantel de Cerdos Las Pampas. Para el consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. El requerimiento de mano de obra para la fase de construcción corresponde a 5 personas, por lo que la demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día; es decir, 18,24 m3/mes de agua potable. Se garantiza la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa aplicable.  

En todo momento se asegura mantener una dotación de agua diaria para los trabajadores, según lo establecido por el D.S. N°594/99 (150 litros/día/trabajador), volumen que es abastecido con una frecuencia que asegura la entrega oportuna de este insumo. 

A continuación se indican los usos principales del agua potable e industrial, y el consumo de las mismas durante la fase de construcción: 

Requerimientos
Consumo
(m3/día)
Consumo
(m3/mes)
Agua Potable
0,01
0,24

Agua de Servicios Higiénicos

0,75
18,00

Total

0,76
18,24

Fuente: Tabla 5-2 de la DIA “Consumo estimado de agua para la fase de construcción”.

Servicios Higiénicos

Las aguas residuales procedentes básicamente de los servicios higiénicos (aseos y servicios del personal) se tratan mediante la habilitación de baños químicos, gestionados por empresas autorizadas. Adicionalmente, en primera instancia se construyen las instalaciones anexas del biodigestor, en donde se habilita un baño, el cual está asociado a la operación de su respectiva fosa séptica y área de infiltración.

Abastecimiento eléctrico

El abastecimiento de electricidad se efectúa mediante las actuales instalaciones disponibles y operativas en el Plantel de Cerdos Las Pampas, con un consumo de 1.500 KWh/mes.

Combustibles

Durante la fase de construcción, el Proyecto no contempla el almacenamiento de combustible, debido a que las máquinas y vehículos son abastecidos en lugares establecidos existentes, cercanos al área de emplazamiento del Proyecto.

Alimentación

No se considera la preparación de alimentos en las instalaciones del Proyecto. Dada la corta duración de la fase de construcción (1 mes), los trabajadores se alimentan en lugares autorizados ubicados en las cercanías del Proyecto.

Alojamiento

Dada la cercanía a sectores poblados, no es necesario habilitar campamentos para la construcción del Proyecto, debido a que los trabajadores provienen de localidades cercanas, donde cuentan con tal servicio.

Transporte

Se considera locomoción colectiva para el traslado del personal desde sus lugares de habitación en los sectores cercanos al Proyecto.

Equipos y maquinarias

La maquinaria permanece en terreno durante todo el tiempo que sea necesario su participación dentro de la fase de construcción, por lo que el inicio de la actividad de cada maquinaria o equipo, varía dependiendo del progreso de la construcción. 

No se realizan mantenciones de vehículos en la planta, la cual se ejecuta en talleres autorizados. 

Los requerimientos de maquinarias para el desarrollo de la fase de construcción, es la siguiente: 

Equipos y Maquinarias
Cantidad
Compactadora
1
Camión Aljibe
1
Grúa
1

Fuente: Tabla 5-3 de la DIA “Maquinarias y equipos de la fase de construcción”.

Hormigón

Este material es abastecido mediante camiones betoneros desde una planta de hormigón autorizada. Se estima un requerimiento total de 15 m3.

 
4.5.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Nombre
Descripción
Agua

El Proyecto no considera la extracción o explotación de algún recurso natural renovable, debido a que los requerimientos de agua durante la fase de construcción son provistos a través de la red de agua actual del Plantel de Cerdos Las Pampas. Para el consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. La demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día. Se garantiza la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa aplicable.

 

A continuación se indican los usos principales del agua potable e industrial, y el consumo de las mismas durante la fase de construcción:

 

Requerimientos

Consumo

(m3/día)

Consumo

(m3/mes)

Agua Potable

0,01

0,24

Agua de Servicios Higiénicos

0,75

18,00

Total

0,76

18,24

Fuente: Tabla 5-2 de la DIA “Consumo estimado de agua para la fase de construcción”.

Suelo

El Proyecto se desarrolla en un área intervenida, en donde las nuevas obras son menores y se encuentran dentro del área de la planta, las cuales utilizan una superficie total de 161 m2 de obras permanentes y 43 m2 de obras temporales; por lo tanto, no genera pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad.

Vegetación y Fauna

El Proyecto se desarrolla al interior de un predio agrícola intervenido; por lo tanto, éste no conlleva a un deterioro sobre vegetación o fauna nativa; y además, la superficie de suelo a intervenir será mínima.

4.5.5. EMISIONES Y EFLUENTES
 
4.5.5.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción

Emisiones atmosféricas

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste posee las siguientes fuentes de emisión durante la fase de construcción: 

- Acondicionamiento de terreno.

- Obras de construcción asociadas al mejoramiento de terraplén para descarga de sustratos orgánicos vegetales.

- Obras de construcción asociadas al sector de separación de efluente y carga de digestato sólido.

- Obras de construcción de instalaciones anexas.

- Transporte de insumos y residuos. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas desprendidas de las distintas actividades que se ejecutan en la fase de construcción, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación, se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Construcción: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Construcción
0,006
0,0474
0,0088
0,0336
0,004
0,0027

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria.  

Cabe señalar que no existen planes de descontaminación aplicables al área del Proyecto que establezcan límites de emisión; por lo tanto, no se sobrepasa ninguna norma de emisión, ni se requiere realizar compensación de emisiones. 

Durante la fase de construcción, las mayores emisiones de material particulado MP2.5 y MP10 están concentradas en la operación de maquinaria. Se estima que representan un 42,1% de las emisiones totales. Respecto a la generación de gases de combustión, estos se distribuyen en el orden de un 32,8% del NOx, un 8,5% del CO, y un 3,9% del HC.  

De acuerdo al desglose de las emisiones señalado precedentemente, durante la evaluación ambiental, el Titular considera implementar acciones ambientales de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.
- Encarpado de tolvas de camiones.
- Prohibición de quemas.
- Humectación de superficies.

- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas. 

El detalle de la estimación de emisiones se detalla en el Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”.

 
4.5.5.2. EMISIONES LÍQUIDAS
Nombre
Descripción
Aguas servidas

Las emisiones líquidas en esta fase del Proyecto corresponden a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. La siguiente Tabla entrega un resumen de las cantidades estimadas de residuos líquidos, que son generados durante la fase de construcción del Proyecto. 

Residuo / Efluente
Tipo De Residuos
Cantidad Estimada
Manejo / Tratamiento
Lugar de Disposición Temporal
Lugar de Disposición Final
 
Aguas servidas

Aguas negras generadas en servicios higiénicos.

 
0,75
m3/día
 
Baños
químicos
 
Baños
químicos

Empresa autorizada de retiro y disposición de baños químicos.

Fuente: Tabla 5-7 de la DIA “Efluentes generados durante la fase de construcción y método de manejo”.

 
4.5.5.3. RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido

De acuerdo al D.S. N°38/2011 del MMA, en su artículo 9 se establece que para zonas rurales se aplica como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A); b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplica tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. 

Considerando el criterio a) del D.S. N°38/2011 MMA, el nivel permisible es de 34 [dB(A)] + 10 [dB(A)]; es decir, 44 [dB(A)] para período diurno y nocturno. Para el caso del criterio b) del Decreto, el nivel para período diurno es de 65 [dB(A)] y para el período nocturno de 50 [dB(A)] (Zona III).  

En función de lo anterior, se utilizó el menor valor de inmisión de ruido permitido; es decir, 44 dB(A) (Criterio a)). 

El receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto, de acuerdo a lo graficado en la Figura 4-1 del Anexo 3 de la Adenda “Localización de la fuente de emisión respecto al receptor más cercano”. 

De la revisión de la descripción de la fase de construcción, se identificaron los siguientes grupos de fuentes de emisión sonora: 

Equipos y Maquinarias
Cantidad
Potencia (kW)
Compactadora
1
20
Camión aljibe
1
300
Grúa
1
70

Fuente: Tabla 5-1del Anexo 3 de la Adenda “Fuentes de emisión sonora en la fase de construcción”. 

De acuerdo al Estudio de Emisiones Sonoras, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda, para la fase de construcción, en horario diurno se estimó una emisión desde las fuentes de 109 [dB(A)], cuyo cumplimiento normativo se logra a partir de los 398 m desde la fuente. El Proyecto no considera la realización de obras en horario nocturno (entre 21:00 h a 7:00 h). 

En función de lo anterior, el receptor más cercano al área de obras (fuente de emisión) se localiza a 430 m, donde se obtuvo un nivel de presión sonora de 43 dB(A). 

Los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA, debido a que es menor que el límite máximo permisible de inmisión de ruido permitido 44 dB(A), estimado en este Proyecto. Cabe señalar que la estimación no consideró la atenuación de ruido por otros factores, tales como el efecto del viento, obstáculos naturales o barreras sonoras entre la fuente y el receptor, los cuales favorecen a la disminución de los niveles de presión sonora en los receptores; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado. 

En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos.

   
4.5.6. RESIDUOS 

4.5.6.1. RESIDUOS SÓLIDOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS Y RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre
Descripción

Residuos sólidos asimilables a domiciliarios

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por los 5 trabajadores que existen en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Considerando una tasa de generación de 0,8 kg/hab/día, se estima una cantidad del orden de 4 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto. El contratista está a cargo de la recolección de estos residuos, y debe disponer de camiones o camionetas para el traslado de estos residuos hacia un relleno sanitario autorizado. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana.

Residuos industriales no peligrosos

Los residuos sólidos de construcción están constituidos por escombros, restos de embalajes, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 8 ton/mes de este tipo de residuos, los que son acopiados temporalmente en un patio de salvataje habilitado, desde donde son retirados y transportados para su disposición final o comercialización, según sea el caso. 

El titular vela para que el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo, debido a que los residuos y escombros que sean generados son retirados y dispuestos en lugares autorizados. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros.

 

4.5.6.2. RESIDUOS PELIGROSOS

Nombre
Descripción
Residuos peligrosos

Durante la fase de construcción no se generan residuos peligrosos.

 

4.6. FASE DE OPERACIÓN

 
4.6.1. PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción

No existen partes y obras asociadas a la etapa de operación, sino más bien acciones que se desarrollan para mantener la operatividad del Proyecto.

Sin descripción, debido a que no existen partes y obras asociadas a la etapa de operación.

 
4.6.2. ACCIONES
Nombre
Descripción

Operación del Sistema de Tratamiento de Purines y de sustratos orgánicos.

Los residuos a tratar en el sistema de tratamiento corresponden a los purines generados en el plantel de cerdos, y al sustrato orgánico de origen vegetal proveniente de procesos de generación de aceite de oliva, jugos de fruta, entre otros. 

Los purines a tratar son los provenientes del plantel de cerdos “Las Pampas”, los que corresponden a aguas de lavado, orinas y fecas de los cerdos. Por purines se tratan 240 m3/día. En tanto, el sustrato orgánico de origen vegetal a agregar al sistema de tratamiento es de 90 ton/día. 

El Proyecto corresponde a la modificación de un sistema de tratamiento de purines, actualmente aprobado, al cual se agrega como insumo sustratos orgánicos de origen vegetal, y se incorpora una prensa tornillo post biodigestor para extraer los sólidos del efluente. 

A continuación se presenta una lista con los principales sustratos existentes: 

- Alperujos de la producción de aceite de oliva.

- Pomazas de la producción de concentrado depomáceas.

- Restos de vegetales en la producción de congelados yagroindustria.

- Orujos y escobajos de la producción devitivinícola.

- Frutas y verduras de desecho en la agroindustria y exportación. 

En este contexto en el Anexo 3 de la DIA se adjunta el diseño general de la planta. Adicionalmente en la Figura 2 del Anexo 8 de la Adenda, se presenta el diagrama de flujo, que resume el proceso a desarrollar en la planta. 

Actualmente, la planta posee un sistema de seguimiento en línea del proceso, por lo que constantemente se monitorean parámetros operacionales. La Figura 4 del Anexo 8 de la Adenda muestra el sistema de seguimiento. 

El Proyecto incluye la incorporación de una prensa tornillo posterior al biodigestor, en donde se generan 90 ton/día de digestato, este sustrato no es un residuo y corresponde a un producto que es utilizado como fertilizante, el cual es retirado inmediatamente por un camión y transportado a una empresa agrícola autorizada, para utilizarlo como fertilizante. Cabe mencionar que el digestato corresponde a un fertilizante alto en materia orgánica estabilizada, que cumple con la NCh 3375; por lo tanto, es distribuido a empresas agroindustriales de la zona. 

Los sustratos orgánicos vegetales ingresan en camiones tolva encarpados de aproximadamente 20 toneladas cada uno, lo cuales acceden a un terraplén pavimentado, donde descargan directamente al digestor mediante un sistema de alimentación automática existente. Este sistema consiste en una tolva de alimentación automática, que incorpora los sustratos mediante un sistema de tornillo sin fin al biodigestor. Esto se realiza de manera controlada y manteniendo las condiciones anaeróbicas al interior del biodigestor. Una vez realizada esta operación el camión se dirige al sector de separación del efluente del biodigestor, para realizar la carga de los digestatos sólidos. Los digestatos sólidos corresponden a un material estabilizado, en base al cumplimiento de la NCh 3375 y se produce en una cantidad similar a la cantidad de sustratos orgánicos incorporados (90 ton/día), lo que permite coordinar el transporte en base a los mismos camiones. Los camiones con sustratos orgánicos vegetales y digestato sólido son encarpados. Considerando las características del sistema de carga del biodigestor, se establecen tiempos reducidos de carga. 

El tiempo de retención hidráulica del biodigestor es de 20 a 25 días, mientras que la temperatura de operación óptima es de 34 a 37 ºC, lo cual asegura un correcto funcionamiento del biodigestor; y por lo tanto, la generación de un digestato que cumpla con la NCh 3375. 

De acuerdo a lo descrito en la respuesta número 16 de la Adenda, el Proyecto considera mantener las condiciones de aplicación del efluente aprobadas mediante la Resolución Exenta 1.785/2007, por lo que se generan 240 m3/día de efluente tratado, en este sentido, considerando que el Proyecto contempla regar 50 hectáreas, la cantidad de efluente a aplicar en cada hectárea de los sectores de riego es de 1.752 m3 al año. Cabe mencionar que los sectores de riego son fraccionados en unidades de manejo de 2 hectáreas, y son rotados en cada día de aplicación, tal como lo establece la Resolución Exenta Nº1785/2007. Adicionalmente, en la Lámina 6 del Anexo 1 de la Adenda se grafica un plano que identifica la planta y las zonas de riego actualmente aprobadas y en utilización, de acuerdo a la situación aprobada mediante la Resolución Exenta 1785/2007. 

Adicionalmente, considerando que el biodigestor tiene un volumen de 6.200 m3, y que se carga un máximo de 90 ton/día (1,5%), se pueden prevenir problemas de funcionamiento del digestor al llevar un plan de monitoreo diario del mismo. Este monitoreo incluye: caudal de biogás, FOS/TAC que mide la relación entre los ácidos orgánicos volátiles y la capacidad alcalina total, y pH. Variaciones en los parámetros indicados, permiten ajustar las tasas de incorporación de sustratos orgánicos, y eventualmente suspender la incorporación de los mismos hasta el restablecimiento de las condiciones adecuadas de operación. 

En caso de ocurrencia de una falla en la operación del sistema de separación, se suspende el ingreso de sustratos orgánicos adicionales, además se puede utilizar el volumen libre (capacidad adicional) del biodigestor, que permite detener la descarga por 2 o 3 días para resolver el problema. El volumen libre del biodigestor corresponde a la altura entre el nivel límite superior de llenado y el nivel efectivo de llenado, lo que para el biodigestor de Las Pampas equivale a 600 m3 (aproximadamente un 10% del volumen total del digestor). 

En el diseño del sistema no se establecen generadores de respaldo, debido a que el biodigestor, desde el punto de vista del tratamiento, continúa funcionando aun cuando no exista energía eléctrica, dado que la carga desde los planteles y la descarga al tranque de acumulación, se realizan por diferencias de nivel (gravitacional). Al suspenderse el suministro de energía eléctrica, sólo se suspende la agitación y calefacción del digestor, lo cual en un mediano plazo no afecta la actividad biológica del mismo; y por lo tanto, se mantiene el nivel de degradación de la materia orgánica (capacidad de tratamiento). En base a la inercia térmica del digestor, se estima una óptima capacidad de tratamiento de al menos 15 días si no hubiese energía eléctrica.  

Asimismo en caso de producirse un corte de suministro eléctrico, se detiene inmediatamente la incorporación de sustratos orgánicos adicionales al biodigestor.

Monitoreo del cumplimiento del digestato sólido de la Norma chilena 3375 (Digestato - Requisitos de calidad).

Se aclara que el digestato sólido que se extrae del biodigestor y se prensa, cumple con el numeral 4.4.1. de la NCh3375, dado que el digestato está libre de olores desagradables, por lo que no se considera como una fuente que pueda generar episodios de olores molestos.  

Adicionalmente, se aclara que la carga se realiza directamente desde la prensa tornillo a la tolva del camión, el que se ubica directamente bajo esta. El camión es encarpado y luego se transporta el digestato sólido hacia destino; por lo tanto, no se almacena en la planta.  

Se enfatiza que el digestato corresponde a un material estabilizado que cumple con la NCh 3375, esta condición permite una condición y manejo similar a un compost u otro biofertilizante orgánico, libre de olores desagradables. 

El Titular entregará la caracterización del digestato sólido, acorde lo establece la NCh 3375 - literal 7 “Registros”, con la siguiente información: 

1. Ingreso de la materia prima con los datos de: Tipo, Origen, Cantidades, y Registros diarios de retención hidráulica y temperaturas durante el proceso. 

2. Registro de cada partida de digestato producida, con la información siguiente: 

      - Identificación de cada partida, utilizando un código en que conste el método de digestión empleado y el número correlativo de la partida.

        - Tipo de material que conforma cada partida.

       - Fecha de inicio y de término de formación de la partida, según tiempo de residencia estimado.

        - Masa de producto para cada partida.
        - Otros registros que establezca la autoridad competente. 

3.- Se mantendrán los informes de ensayo de laboratorio. 

El Titular realizará un Plan de Monitoreo del digestato sólido, de acuerdo a los requerimientos establecidos por la NCh 3375 Digestato - Requisitos de calidad. 

En base a lo anterior, el monitoreo será realizado al digestato sólido con una frecuencia de 6 meses o cada 6.000 m3 de producción, verificando así el cumplimiento de la norma técnica. La toma de muestra se realizará de forma homogénea, manteniéndose en refrigeración previo a la realización de los análisis definidos. 

En la siguiente tabla se presentan los parámetros a medir y los máximos establecidos para cada uno. 

Parámetro

Máximo establecido en la NCh 3375

E. coli

< 1000 NMP por g de digestato en base seca

Salmonella sp

< 3 NMP por g de digestato en base seca

Huevos de helminto

< 1 en 4 g de digestato en base seca

Olor

No debe presentar olores desagradables

Arsénico

55 mg/kg

Cadmio

15 mg/kg

Cobre

667 mg/kg

Cromo

167 mg/kg

Mercurio

3 mg/kg

Níquel

133 mg/kg

Plomo

367 mg/kg

Zinc

1.333 mg/kg

Grado de fermentación

< 4000 mg/L expresado como ácido equivalente

Materia orgánica

Contenido de materia orgánica de un 30%

Germinación de malezas

Menos de 2 propágulos de maleza por litro de digestato.

Contaminación con materias extrañas
< 0,5 %
 
Además se informarán: 

       - Los contenidos totales de nutrientes: fósforo, potasio, magnesio, azufre, y además de los contenidos de nitrógeno disponible.

        - pH.
        - Conductividad eléctrica.

       - Relación carbono nitrógeno, expresada como cuociente entre el carbono orgánico total y nitrógeno total.

Mantenimiento de las instalaciones.

Dadas las características del Proyecto, y para garantizar su óptimo funcionamiento, se realizan mantenciones menores de las maquinaria. Los residuos de las mantenciones son almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos, diseñada para este fin. En el caso de requerirse mantenciones mayores, estas son llevadas a lugares especializados autorizados. 

Las mantenciones menores corresponden básicamente a engrasado de partes móviles y cambio de aceite. Estas mantenciones menores se efectúan dentro de las instalaciones de la planta, por lo que no se realizan en contacto directo con el suelo. Luego, los residuos que se generan por dichas mantenciones; es decir, guaipes o trapos con grasa y aceite son almacenados en la bodega de residuos peligrosos, especialmente diseñada para este fin, en estricto cumplimiento del D.S. N°148/03 del MINSAL, evitando cualquier tipo de afectación al suelo, cursos superficiales o subterráneos.

Transporte de insumos y residuos.

Los flujos previstos para la fase de operación, corresponden al transporte de insumos y residuos generados por el Proyecto, los que se indican en la siguiente tabla: 

TIPO DE VEHÍCULO
TIPO DE CARGA
FLUJOS
Camión 20 ton
Sustratos vegetales orgánicos
5 flujos/día
Camión 3/4
Residuos domésticos
1 flujo/semana
Camión 3/4
Abastecimiento de Insumos
1 flujo/semanal
 
4.6.3. SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción

Agua potable

Durante la etapa de operación, el agua necesaria para abastecer al único operador de la planta es provista a través de la red de agua actual, proveniente de pozo que posee el Plantel de Cerdos Las Pampas. El agua de pozo proveniente a través de tuberías desde el plantel, se acumula en un estanque de almacenamiento, el cual tiene un sistema de potabilización mediante hipoclorito de sodio, que asegura la desinfección del agua, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa nacional aplicable.  

Previo al inicio de la etapa de operación, el diseño y especificaciones técnicas del sistema de potabilización serán presentados ante la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, para su aprobación sectorial, antes de la entrada en operación. 

El agua a utilizar en la planta se restringe al consumo del empleado de la planta, el cual es de 150 l/día, dando cumplimiento al D.S. Nº594/99 del MINSAL. Los requerimientos de agua son de 3 m3/mes y 36 m3/año.

Alcantarillado

Se requiere un sistema de fosa séptica que recolecta las aguas servidas generadas por el operador del Biodigestor. Las aguas servidas generadas por el servicio higiénico son recolectadas mediante tuberías de PVC y conducidas a la fosa séptica, cuyas capacidades están diseñadas de acuerdo a la estimación de los volúmenes generados, para finalmente ser dispuestas mediante infiltración en terreno a través de un sistema de drenaje. El efluente del sistema de fosa séptica es infiltrado al terreno, vía drenes acanalados. 

Durante la operación del biodigestor se desempeña solo un trabajador, por lo que considerando 150 l/persona/día se obtiene que el caudal a tratar sea de 0,15 m3/día (3 m3/mes). 

Los lodos generados en la fosa séptica son retirados y trasladados para su tratamiento en plantas de tratamiento de lodos, por una empresa autorizada a cargo. 

El programa de monitoreo consiste en inspeccionar periódicamente los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales, con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento, y a la vez prevenir fallas. Se mantiene un registro de cada retiro de efluente lodos, que está disponible en caso de fiscalizaciones o inspecciones de la autoridad sectorial.

Energía eléctrica

El abastecimiento de electricidad se realiza mediante las instalaciones disponibles en el Plantel de Cerdos Las Pampas,con un consumo de 1.500 KWh/mes.

Equipos y maquinarias

Durante la fase de operación se requiere una prensa tornillo como equipo y maquinaria; por lo tanto, la modificación al sistema de tratamiento de purines actualmente aprobado, se agrega como insumo sustratos orgánicos de origen vegetal, y se incorpora una prensa tornillo post biodigestor para extraer los sólidos del efluente.

 
4.6.4. PRODUCTOS GENERADOS
Descripción

El Proyecto permite continuar con la generación de biogás; y por lo tanto, de energía renovable a ser inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC). Adicionalmente, ofrece una nueva fuente de aprovechamiento energético para los sustratos orgánicos de origen vegetal generados en la región, los que son tratados de forma ambientalmente sustentable. 

Asimismo, se genera digestato sólido (90 ton/día), el cual corresponde a un producto del proceso de digestión anaeróbica, que es utilizado como fertilizante en la agricultura, en base a lo establecido en la NCh 3375.

 
4.6.5. RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Descripción

El Proyecto no requiere la extracción y explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación.

 
4.6.6. EMISIONES Y EFLUENTES
 
4.6.6.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones atmosféricas

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste posee las siguientes fuentes de emisión durante la fase de operación: 

- Operación del sistema de tratamiento de purines.

- Mantenimiento de instalaciones.

- Tránsito vehicular (transporte de sustratos orgánicos de origen vegetal, abastecimiento de insumos, retiro de residuos, traslado de residuos), por camino no pavimentado y por camino pavimentado. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas derivadas de las distintas actividades que se ejecutan en la fase de operación, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Operación: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Operación
0,2216
1,9284
0,0477
0,7782
0,0136
0,0012

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria. La mayor generación de emisiones se presenta en la fase de operación por concepto de MP10 y emisión de NOx, lo que está asociado principalmente a las actividades de tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. 

Cabe señalar que no existen planes de descontaminación aplicables al área del Proyecto que establezcan límites de emisión; por lo tanto, no se sobrepasa ninguna norma de emisión, ni se requiere realizar compensación de emisiones. 

Durante la fase de operación, las emisiones de material particulado se asocian mayoritariamente al tránsito vehicular por camino no pavimentado, con un 64,4% del MP10. Los gases de combustión tienen relación con la operación de los mismos vehículos, generando un 1,6% del CO, un 26% del NOx, un 0,4% del HC en esta fase.  

De acuerdo al desglose de las emisiones señalado precedentemente, durante la evaluación ambiental, el Titular considera implementar acciones ambientales de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.
- Encarpado de tolvas de camiones.
- Prohibición de quemas.
- Humectación de superficies.
- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas. 

El detalle de la estimación de emisiones se detalla en el Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”.

 

4.6.6.2. Emisiones líquidas o efluentes

Nombre
Descripción
Residuos líquidos domésticos (Aguas Servidas).

Se requiere un sistema de fosa séptica que recolecta las aguas servidas generadas por el operador del Biodigestor. Las aguas servidas generadas por el servicio higiénico son recolectadas mediante tuberías de PVC, y conducidas a la fosa séptica, cuyas capacidades están en función de la estimación de los volúmenes generados, para finalmente ser dispuestas mediante infiltración en terreno a través de un sistema de drenaje. El efluente del sistema de fosa séptica se infiltra al terreno, vía drenes acanalados. 

Durante la operación del biodigestor solo existe la presencia de un trabajador, por lo que considerando 150 l/persona/día se obtiene que el caudal a tratar sea de 0,15 m3/día (3 m3/mes). 

Los lodos generados en la fosa séptica son retirados y trasladados para su tratamiento en plantas de tratamiento de lodos, por una empresa autorizada a cargo. 

El programa de monitoreo consiste en inspeccionar periódicamente los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales, con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento, y a la vez prevenir fallas. Se mantiene un registro de cada retiro de efluente lodos, que está disponible en caso de fiscalizaciones o inspecciones de la autoridad sectorial.

Efluentes del Biodigestor

Los residuos a tratar en el sistema de tratamiento corresponden a los purines generados en el plantel de cerdos, y al sustrato orgánico de origen vegetal proveniente de procesos de generación de aceite de oliva, jugos de fruta, entre otros. 

Los purines a tratar son los provenientes del plantel de cerdos “Las Pampas”, los que corresponden a aguas de lavado, orinas y fecas de los cerdos. Por purines se tratan 240 m3/día; en tanto, el sustrato orgánico de origen vegetal a agregar al sistema de tratamiento, es de 90 ton/día. 

El Proyecto corresponde a la modificación de un sistema de tratamiento de purines, actualmente aprobado, al cual se agrega como insumo sustratos orgánicos de origen vegetal, y se incorpora una prensa tornillo post biodigestor para extraer los sólidos del efluente. 

En este contexto en el Anexo 3 de la DIA se adjunta el diseño general de la planta. Adicionalmente en la Figura 2 del Anexo 8 de la Adenda, se presenta el diagrama de flujo, que resume el proceso a desarrollar en la planta. 

Actualmente, la planta posee un sistema de seguimiento en línea del proceso, por lo que constantemente se monitorean parámetros operacionales. La Figura 4 del Anexo 8 de la Adenda muestra el sistema de seguimiento. 

De acuerdo a lo descrito en la respuesta número 16 de la Adenda, el Proyecto considera mantener las condiciones de aplicación del efluente aprobadas mediante la Resolución Exenta N°1.785/2007, por lo que se generan 240 m3/día de efluente tratado, en este sentido, considerando que el Proyecto contempla regar 50 hectáreas, la cantidad de efluente a aplicar en cada hectárea de los sectores de riego es de 1.752 m3 al año. Cabe mencionar que los sectores de riego son fraccionados en unidades de manejo de 2 hectáreas, y son rotados en cada día de aplicación, tal como lo establece la Resolución Exenta Nº1785/2007. Adicionalmente, en la Lámina 6 del Anexo 1 de la Adenda se grafica un plano que identifica la planta y las zonas de riego actualmente aprobadas y en utilización, de acuerdo a la situación aprobada mediante la Resolución Exenta N°1785/2007.

 
4.6.6.3. Ruido
Nombre
Descripción
Ruido

La operación del Proyecto es la misma que la ya aprobada, en donde las principales fuentes de generación de ruido no generan cambios a esta situación.

 
4.6.6.4. Otras Emisiones: Olores
Nombre
Descripción
Olores

La proliferación de vectores como asimismo la generación de olores durante la ejecución del Proyecto, son situaciones poco probables, debido a las características propias del sistema de tratamiento. En este contexto, el ingreso de los sustratos orgánicos de origen vegetal se realiza mediante carga directa desde el camión al biodigestor; es decir, es una actividad de muy corta duración, luego los sustratos ingresan al biodigestor, el cual se encuentra herméticamente cerrado, por lo que no genera olores. Por último, el digestato sólido que sale del biodigestor no presenta olor molesto, ya que cumple la NCh 3375 (calidad del digestato), y tal como esta norma lo establece, este producto no presenta olor molesto. Debido a lo anterior, existe una baja probabilidad de generar algún tipo de fuente de proliferación de vectores y olores molestos en el sistema de tratamiento. 

Adicionalmente, considerando que el biodigestor tiene un volumen de 6.200 m3, y que se carga un máximo de 90 ton/día (1,5%), se pueden prevenir problemas de funcionamiento del digestor al llevar un plan de monitoreo diario del mismo. Este monitoreo incluye: caudal de biogás, FOS/TAC que mide la relación entre los ácidos orgánicos volátiles y la capacidad alcalina total, y pH. Variaciones en los parámetros indicados, permiten ajustar las tasas de incorporación de sustratos orgánicos, y eventualmente suspender la incorporación de los mismos hasta el restablecimiento de las condiciones adecuadas de operación. 

Se aclara que el digestato sólido que se extrae del biodigestor y se prensa, cumple con la NCh3375 en su numeral 4.4.1, dado que el digestato está libre de olores desagradables, por lo que no se considera como una fuente que pueda generar episodios de olores molestos. Adicionalmente, se aclara que la carga se realiza directamente desde la prensa tornillo a la tolva del camión, el que se ubica directamente bajo esta. El camión es encarpado y luego se transporta el digestato sólido hacia destino; por lo tanto, no se almacena en la planta. Se enfatiza que el digestato corresponde a un material estabilizado que cumple con la NCh 3375, esta condición permite una condición y manejo similar a un compost u otro biofertilizante orgánico, libre de olores desagradables. 

En caso de ocurrencia de una falla en la operación del sistema de separación, se suspende el ingreso de sustratos orgánicos adicionales y adicionalmente puede utilizase el volumen libre (capacidad adicional) del biodigestor, que permite retener la descarga por 2 o 3 días para resolver el problema. El volumen libre del biodigestor corresponde a la altura entre el nivel límite superior de llenado y el nivel efectivo de llenado, lo que para el biodigestor de las Pampas equivale a 600 m3 (aproximadamente un 10% del volumen total del digestor). 

En el diseño del sistema no se establecen generadores de respaldo, debido a que el biodigestor, desde el punto de vista del tratamiento, continúa funcionando aun cuando no exista energía eléctrica, dado que la carga desde los planteles y la descarga al tranque de acumulación, se realizan por diferencias de nivel (gravitacional). Al suspenderse el suministro de energía eléctrica, sólo se suspende la agitación y calefacción del digestor, lo cual en un mediano plazo no afecta la actividad biológica del mismo; y por lo tanto, se mantiene el nivel de degradación de la materia orgánica (capacidad de tratamiento). En base a la inercia térmica del digestor, se estima una óptima capacidad de tratamiento de al menos 15 días, si no hubiese energía eléctrica.  

En caso de producirse un corte de suministro eléctrico, se detiene inmediatamente la incorporación de sustratos orgánicos adicionales al biodigestor. 

No obstante lo anterior, se han definido medidas de control de olores y vectores, en el caso de que por alguna contingencia o falla no prevista se generen olores o vectores, las cuales son las siguientes: 

- Informar al encargado de la Planta.

- Investigación del motivo de la generación de malos olores y/o proliferación de vectores (detención extendida del sistema, aumento de la carga orgánica, entre otros).

- Evaluar si se requiere la detención y limpieza del sistema, o el requerimiento de aplicar algún aditivo o desinfectante, u otra medida.

- Verificar que el evento haya sido controlado.

- Evaluar si se requiere algún tipo de modificación al sistema para evitar la nueva ocurrencia de este tipo de evento. 

El responsable de estas tareas es el operador de la planta, notificando directamente al jefe de la planta y al encargado de medio ambiente. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento. 

Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto,  en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario. 

Indicador de cumplimiento: Se exige contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos.

 
4.6.7. RESIDUOS 

4.6.7.1. RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS Y RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre
Descripción

Residuos sólidos domiciliarios

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por 1 trabajador, que existe en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 16 kg/mes de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado.

 
4.6.7.2. RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos Peligrosos

Los residuos peligrosos se generan solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Estos materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03. El diseño de la bodega de residuos peligrosos considera una capacidad máxima de 3 toneladas. Se espera que el retiro de estos residuos sea efectuado con una frecuencia mínima de al menos 1 vez/mes, o según sea requerido, teniendo la precaución de no superar la capacidad máxima de la bodega.

 

En la fase de operación existe una bodega de residuos peligrosos para almacenar aquellos residuos provenientes de mantenciones menores, a realizar en la planta. En el Anexo 3 de la DIA se presentan los planos de la bodega.

 

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos da cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, y cumplen las siguientes condiciones:

 

- Tiene un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales.

- Es construida de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame, tiene un sistema de contención de derrame, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

- Su base es continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

- Es techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

- Tiene una sección abierta entre los muros y el techo, para favorecer la ventilación, considerando los tipos de sustancias y el volumen total de éstas.

- Están señalizadas con letreros, en los que se indica que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003.

- Posee vías de escape accesibles en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse.

 

4.6.7.3. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE

Descripción

No se utilizan sustancias peligrosas durante la fase de operación del Proyecto.

 

4.7. FASE DE CIERRE 

4.7.1. PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción

No existen partes y obras asociadas a la etapa de operación, sino más bien acciones que se desarrollan para mantener la operatividad del Proyecto.

Sin descripción, debido a que no existen partes y obras asociadas a la etapa de operación.

 
4.7.2. ACCIONES
Nombre
Descripción

Desmantelamiento de las instalaciones.

Se desmantelan las obras anexas, áreas de separación de efluente y sistema de recepción de sustrato vegetal orgánico. Además, se desmontan todas las obras presentes en el Proyecto.

Restauración de superficies.

Una vez desmantelado el Proyecto se restauran las superficies intervenidas, utilizando motoniveladoras, compactadora y retroexcavadora, de tal forma de dejar las superficies similares a su estado previo a la construcción del Proyecto.

Transporte de insumos, residuos y mano de obra.

El transporte de maquinarias y otros materiales que se utilizan en la etapa de cierre, es efectuado en camiones desde los proveedores hacia el predio, siendo realizado principalmente en horario diurno, evitando el transporte de insumos en horario nocturno. 

El origen de los materiales que se requieren para las actividades de cierre, es abastecido desde centros poblados localizados cercanos al área de emplazamiento, según disponibilidad y factibilidad económica. 

En general se espera un flujo diario de camiones recolectores de al menos 2 vehículos/semanales para retiro de residuos sólidos domésticos, y un viaje diario para residuos de construcción y 2 viajes mensuales para el retiro de residuos peligrosos.

  
4.7.3. EMISIONES Y EFLUENTES
 
4.7.3.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones atmosféricas

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste tiene las siguientes fuentes de emisión durante la fase de cierre: 

- Desmantelamiento de instalaciones.
- Restauración de superficies.

- Tránsito vehicular (abastecimiento de insumos, retiro de residuos, traslado de personal), por camino no pavimentado y por camino pavimentado. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas vinculadas a las distintas actividades que se ejecutan en la fase de cierre, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Cierre: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Cierre
0,0246
0,2167
0,0159
0,0621
0,0077
0,0045

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria.  

Cabe señalar que no existen planes de descontaminación aplicables al área del Proyecto que establezcan límites de emisión; por lo tanto, no se sobrepasa ninguna norma de emisión, ni se requiere realizar compensación de emisiones. 

Durante la fase de cierre se estima que las emisiones de material particulado (MP2.5 y MP10), corresponden a tránsito vehicular en caminos no pavimentados; por lo tanto, la generación de MP10 representan un 65,4% del total de emisiones, y el MP2.5 representa un 7,4% del total de emisiones del Proyecto. 

Respecto a los gases de combustión, la mayor fuente es la operación de vehículos, que representa un 65% de las emisiones en fase de cierre. Para el CO se estima que corresponde a un 4,8% del total, para el NOx un 18,7% y un 2,3% para el HC. 

De acuerdo al desglose de las emisiones señalado precedentemente, durante la evaluación ambiental, el Titular considera implementar acciones ambientales de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.
- Encarpado de tolvas de camiones.
- Prohibición de quemas.
- Humectación de superficies.
- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas. 

El detalle de la estimación de emisiones se detalla en el Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”.

 

4.7.3.2. Emisiones líquidas o efluentes

Nombre
Descripción
Residuos líquidos domésticos (Aguas Servidas).

Durante la fase de cierre las emisiones líquidas corresponden exclusivamente a aguas servidas, con un volumen generado de 1,5 m3/día provenientes de los baños químicos, los cuales son instalados, mantenidos y retirados por una empresa autorizada.

 
4.7.3.3. Ruido
Nombre
Descripción
Ruido

Los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado (receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto). En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos.

 
4.7.4. RESIDUOS
 

4.7.4.1. RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS Y RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre
Descripción
Residuos sólidos domiciliarios

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por los 10 trabajadores que se desempeñan en esta etapa. Los residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 8 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana, y se dispone en un lugar autorizado.

Residuos provenientes de la desmantelación

Los residuos sólidos provenientes de la desmantelación están constituidos por escombros, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 5 ton/mes de este tipo de residuos. 

El titular vela porque el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros.

 
4.7.4.2. RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos Peligrosos

En esta etapa no se generan residuos peligrosos.

 
4.8. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Diciembre de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

El acto o faena mínima que da inicio a la ejecución del Proyecto consiste en la compactación del terreno.

Fecha estimada de término

1 mes, una vez iniciada la ejecución del proyecto.

Parte, obra o acción que establece el término

Marcha blanca del sistema de separación de efluente y carga de digestato sólido (Puesta en marcha de las instalaciones).

4.8.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio
Enero de 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en servicio del sistema de separación de efluente y carga de digestato sólido (inicio de funcionamiento de la prensa tornillo que se alimenta con el efluente del biodigestor, y de manera mecánica realiza la separación en una fracción sólida (digestato sólido) y una fracción líquida (digestato líquido)).

Fecha estimada de término

El Proyecto tiene una vida útil de al menos de 25 años, período estimado en relación a la durabilidad de los equipos utilizados, factores de retribución de la inversión y utilidad esperada. Dentro de este período se evalúa la posibilidad de mantención general, acondicionar y/o modernizar las instalaciones, según el avance tecnológico y demanda de mercado, que permitan la operación de la planta en un horizonte de años mayor al previsto actualmente.

Parte, obra o acción que establece el término

Vaciado del biodigestor.

4.8.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio

No previsto, pero se analizará en el segundo semestre del 2042 (agosto).

Parte, obra o acción que establece el inicio

Inicio desarme de la prensa tornillo.
Fecha estimada de término

6 meses (febrero de 2043).

Parte, obra o acción que establece el término

El Proyecto tiene una vida útil de al menos de 25 años, período estimado en relación a la durabilidad de los equipos utilizados, factores de retribución de la inversión y utilidad esperada. Dentro de este período se evaluará la posibilidad de mantención general, acondicionar y/o modernizar las instalaciones según el avance tecnológico y demanda de mercado, que permitan la operación de la planta en un horizonte de años mayor al previsto actualmente. En tal sentido, en la actualidad no se tiene previsto el cierre del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de un eventual cierre no programado, se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente de la región, con antelación mínima de 4 meses, presentando el plan de abandono con la descripción de las actividades y acciones de cierre correspondientes. La parte, obra o acción que establece el término de la fase de cierre es la limpieza final y retiro de los últimos escombros.

 
4.9. MANO DE OBRA
Fases

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

5
5

Operación

1
1

Cierre

10
10
 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

 
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN
Impacto ambiental

De acuerdo a lo presentado en la DIA y en las dos ADENDAS, no se generan efectos en la salud de la población cercana al Proyecto, debido a que se cumple con los límites máximos permitidos de las normativas que regulan la presente materia.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5° del RSEIA.

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste posee las siguientes fuentes de emisión durante la fase de construcción: 

- Acondicionamiento de terreno.

- Obras de construcción asociadas al mejoramiento de terraplén para descarga de sustratos orgánicos vegetales.

- Obras de construcción asociadas al sector de separación de efluente y carga de digestato sólido.

- Obras de construcción de instalaciones anexas.

- Transporte de insumos y residuos. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas desprendidas de las distintas actividades que se ejecutan en la fase de construcción, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación, se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Construcción: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Construcción
0,006
0,0474
0,0088
0,0336
0,004
0,0027
Operación
0,2216
1,9284
0,0477
0,7782
0,0136
0,0012
Cierre
0,0246
0,2167
0,0159
0,0621
0,0077
0,0045
Total
0,2522
2,1925
0,0724
0,8739
0,0253
0,0084

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria.  

Cabe señalar que no existen planes de descontaminación aplicables al área del Proyecto que establezcan límites de emisión; por lo tanto, no se sobrepasa ninguna norma de emisión, ni se requiere realizar compensación de emisiones. 

Durante la fase de construcción, las mayores emisiones de material particulado MP2.5 y MP10 están concentradas en la operación de maquinaria. Se estima que representan un 42,1% de las emisiones totales. Respecto a la generación de gases de combustión, estos se distribuyen en el orden de un 32,8% del NOx, un 8,5% del CO, y un 3,9% del HC.  

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste posee las siguientes fuentes de emisión durante la fase de operación: 

- Operación del sistema de tratamiento de purines.

- Mantenimiento de instalaciones.

- Tránsito vehicular (transporte de sustratos orgánicos de origen vegetal, abastecimiento de insumos, retiro de residuos, traslado de residuos), por camino no pavimentado y por camino pavimentado. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas derivadas de las distintas actividades que se ejecutan en la fase de operación, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación, se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Operación: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Operación
0,2216
1,9284
0,0477
0,7782
0,0136
0,0012

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria. La mayor generación de emisiones se produce en la fase de operación por concepto de MP10 y emisión de NOx, lo que está asociado principalmente a las actividades de tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. 

Durante la fase de operación, las emisiones de material particulado se asocian mayoritariamente al tránsito vehicular por camino no pavimentado, con un 64,4% del MP10. Los gases de combustión tienen relación con la operación de los mismos vehículos, generando un 1,6% del CO, un 26% del NOx, un 0,4% del HC en esta fase.  

De la revisión de los antecedentes del Proyecto, se determinó que éste posee las siguientes fuentes de emisión durante la fase de cierre: 

- Desmantelamiento de instalaciones.
- Restauración de superficies.
- Tránsito vehicular (abastecimiento de insumos, retiro de residuos, traslado de personal), por camino no pavimentado y por camino pavimentado. 

El Proyecto tiene asociado la generación de emisiones atmosféricas vinculadas a las distintas actividades que se ejecutan en la fase de cierre, constituidas por material particulado (MP2.5, MP10) y gases de combustión (CO, NOx, HC). 

A continuación, se entrega un resumen de las emisiones atmosféricas estimadas para la Etapa de Cierre: 

Fase
MP2.5
MP10
CO
NOx
HC
MP
Cierre
0,0246
0,2167
0,0159
0,0621
0,0077
0,0045

Fuente: Tabla 1-1 del Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases. 

Las principales fuentes de emisión en todas las fases del Proyecto corresponden al tránsito vehicular por caminos no pavimentados, fuente que concentra el mayor porcentaje de las emisiones de material particulado MP10, así como también la generación de gases por la operación de maquinaria.  

Durante la fase de cierre se estima que las emisiones de material particulado (MP2.5 y MP10), se producen por el tránsito vehicular en caminos no pavimentados; por lo tanto, la generación de MP10 representan un 65,4% del total de emisiones, y el MP2.5 constituye un 7,4% del total de emisiones del Proyecto. 

Respecto a los gases de combustión, la mayor fuente es la operación de vehículos y representa un 65% de las emisiones en fase de cierre. Para el CO se estima que representa un 4,8% del total, para el NOx un 18,7% y un 2,3% para el HC. 

De acuerdo al desglose de las emisiones señalado precedentemente, durante la evaluación ambiental, el Titular considera implementar acciones ambientales de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.
- Encarpado de tolvas de camiones.
- Prohibición de quemas.
- Humectación de superficies.
- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas. 

El detalle de la estimación de emisiones se detalla en el Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De acuerdo al D.S. N°38/2011 del MMA, en su artículo 9 se establece que para zonas rurales se aplica como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A); b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplica tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. 

Considerando el criterio a) del D.S. N°38/2011 MMA, el nivel permisible sería de 34 [dB(A)] + 10[dB(A)]; es decir, 44 [dB(A)] para período diurno y nocturno. Para el caso del criterio b) del Decreto, el nivel para período diurno es de 65 [dB(A)] y para el período nocturno de 50 [dB(A)] (Zona III).  

En función de lo anterior, se utilizó el menor valor de inmisión de ruido permitido; es decir, 44 dB(A) (Criterio a)). 

El receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto, de acuerdo a lo graficado en la Figura 4-1 del Anexo 3 de la Adenda “Localización de la fuente de emisión respecto al receptor más cercano”. 

De la revisión de la descripción de la fase de construcción, se identificaron los siguientes grupos de fuentes de emisión sonora: 

Equipos y Maquinarias
Cantidad
Potencia (kW)
Compactadora
1
20
Camión aljibe
1
300
Grúa
1
70

Fuente: Tabla 5-1del Anexo 3 de la Adenda “Fuentes de emisión sonora en la fase de construcción”. 

De acuerdo al Estudio de Emisiones Sonoras, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda, para la fase de construcción, en horario diurno se estimó una emisión desde las fuentes de 109 [dB(A)], cuyo cumplimiento normativo se logra a partir de los 398 m desde la fuente. El Proyecto no considera la realización de obras en horario nocturno (entre 21:00 h a 7:00 h). 

En función de lo anterior, el receptor más cercano al área de obras (fuente de emisión) se ubica a 430 m, donde se obtuvo un nivel de presión sonora de 43 dB(A). 

Los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA, debido a que es menor que el límite máximo permisible de inmisión de ruido permitido 44 dB(A), estimado en este Proyecto. Cabe señalar que la estimación no consideró la atenuación de ruido por otros factores, tales como el efecto del viento, obstáculos naturales o barreras sonoras entre la fuente y el receptor, los cuales favorecen a la disminución de los niveles de presión sonora en los receptores; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado. 

La operación del Proyecto corresponde a la misma que la ya aprobada, en donde las principales fuentes de generación de ruido no generan cambios a esta situación. 

Durante la fase de cierre los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado (receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto). En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos. 

Por consiguiente, es posible señalar que las emisiones sonoras son de poca relevancia, y no afectan a población o receptores cercanos, dada la distancia existente entre éstas y el sitio del Proyecto, manteniendo el escenario aprobado. 

En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto en sus distintas etapas, no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

El Proyecto no conlleva la contaminación de recursos naturales renovables dado que: 

- No se modifica de forma significativa el escenario aprobado.

- Se ubica al interior de un predio de uso agrícola, destinado a la crianza de cerdos; por lo tanto, no se intervienen recursos naturales.

- Los efluentes no son descargados a ningún cauce superficial, o cuerpo de agua subterránea que sea utilizado por personas, entregándoles un manejo adecuado ya aprobado.

- No se generan olores ni emisiones atmosféricas de consideración.

- La población más cercana se encuentra a 1,5 km de distancia aproximadamente.

- La proliferación de vectores como asimismo la generación de olores durante la ejecución del Proyecto, son situaciones poco probables, debido a las características propias del sistema de tratamiento. En este contexto, el ingreso de los sustratos orgánicos de origen vegetal se realiza mediante carga directa desde el camión al biodigestor; es decir, es una actividad de muy corta duración, luego los sustratos ingresan al biodigestor, el cual se encuentra herméticamente cerrado, por lo que no genera olores. Por último, el digestato sólido que sale del biodigestor no presenta olor molesto, ya que cumple la NCh 3375 (calidad del digestato), y tal como esta norma lo establece, este producto no presenta olor molesto. Debido a lo anterior, existe una baja probabilidad de generar algún tipo de fuente de proliferación de vectores y olores molestos en el sistema de tratamiento. 

- Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto, en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento, y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario. 

Indicador de cumplimiento: Se exige contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

En todas las etapas del Proyecto, los residuos sólidos generados son manejados según lo establece la normativa nacional según sus características, no siendo dispuestos sobre recursos naturales renovables.  

Etapa de Construcción 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por los 5 trabajadores que existen en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Considerando una tasa de generación de 0,8 kg/hab/día, se estima una cantidad del orden de 4 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto. El contratista está a cargo de la recolección de estos residuos, y debe disponer de camiones o camionetas para el traslado de estos hacia un relleno sanitario autorizado. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana. 

Los residuos sólidos de construcción están constituidos por escombros, restos de embalajes, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 8 ton/mes de este tipo de residuos, los que son acopiados temporalmente en un patio de salvataje habilitado, desde donde son retirados y transportados para su disposición final o comercialización, según sea el caso. 

El Titular vela porque el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo. Los residuos y escombros que sean generados son retirados y dispuestos en lugares autorizados. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros. 

Durante la fase de construcción no se generan residuos peligrosos. 

Etapa de Operación 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por 1 trabajador, el cual se desempeña en esta etapa. Los residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 16 kg/mes de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado. 

Digestato 

El digestato sólido es utilizado como fertilizante en empresas agrícolas, dando estricto cumplimiento a la NCh 3375 (calidad del digestato). 

Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto, en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas, a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario. 

Indicador de cumplimiento: Se exige contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos. 

Los residuos peligrosos se generan solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Estos materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03. El diseño de la bodega de residuos peligrosos considera una capacidad máxima de 3 toneladas. Se espera que el retiro de estos residuos sea efectuado con una frecuencia mínima de al menos 1 vez/mes, o según sea requerido, teniendo la precaución de no superar la capacidad máxima de la bodega.

 

En la fase de operación existe una bodega de residuos peligrosos, para almacenar aquellos residuos provenientes de mantenciones menores, a realizar en la planta. En el Anexo 3 de la DIA se presentan los planos de la bodega.

 

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos da cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, y cumple las siguientes condiciones:

 

- Tiene un cierre perimetral de a lo menos, 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales.

- Es construida de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame, tiene un sistema de contención de derrame, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

- Su base es continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

- Está techada y protegida de condiciones ambientales, tales como: humedad, temperatura y radiación solar.

- Tiene una sección abierta entre los muros y el techo, para favorecer la ventilación, considerando los tipos de sustancias y el volumen total de éstas.

- Está señalizada con letreros, en los que se indica que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003.

- Posee vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse.

 
Etapa de Cierre 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por 10 trabajadores que se desempeñan en esta etapa. Los residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 8 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana, y se disponen en un lugar autorizado. 

Los residuos sólidos provenientes de la desmantelación están constituidos por escombros, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 5 ton/mes de este tipo de residuos. 

El Titular vela porque el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se disponen en un lugar autorizado. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros. 

Los residuos peligrosos se generan solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Estos materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, estimándose una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 4, numerales 4.3.4., 4.3.5., 4.4.5, 4.4.6, 4.5.3. y 4.5.4.

Capítulo 5.

Capítulo 6, numeral 6.1.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Impacto ambiental

El Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, de conformidad con el artículo 6° del RSEIA; por lo tanto, en el marco del presente artículo, el Proyecto no requiere ser evaluado por medio de un Estudio de Impacto Ambiental.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6° del RSEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.
No aplica

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El sector donde se desarrolla el Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, debido a que se emplaza en un sector ya intervenido, donde las nuevas obras son menores y se encuentran dentro del área de la planta.  

Cabe señalar que sólo se interviene una superficie total de 161m2 para la implementación de las obras permanentes, y 43 m2 para las obras temporales; por lo tanto, no se genera pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

El área donde se ejecuta el Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, dado a que se ubica en un terreno intervenido, evaluado ambientalmente en el proyecto matriz. Además, cabe considerar la mínima intervención de superficie de las distintas partes y obras que se ejecutan, como asimismo, se desarrolla al interior de un predio agrícola intervenido, por lo que éste no conlleva a un deterioro sobre vegetación o fauna nativa.

 

c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

El área donde se ejecuta el Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, dado a que se ubica en un terreno intervenido, evaluado ambientalmente en el proyecto matriz. Además, cabe considerar la mínima intervención de superficie de las distintas partes y obras que se ejecutan, como asimismo, se desarrolla al interior de un predio agrícola intervenido. 

En síntesis, el Proyecto no conlleva alteraciones significativas respecto a la situación actual, respecto a la magnitud y duración del impacto de éste sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

El Proyecto no descarga efluentes sobre cauces superficiales o subterráneos, razón por la que no se afecta de ningún modo este recurso, el cual, para el caso del sector de emplazamiento, es prácticamente inexistente. 

Para el caso de las emisiones atmosféricas, éstas son de baja magnitud y no conllevan un aumento significativo, respecto al escenario aprobado en el proyecto matriz. 

De acuerdo al desglose de las emisiones, el Titular considera implementar acciones ambientales de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.

- Encarpado de tolvas de camiones.

- Prohibición de quemas.

- Humectación de superficies.

- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas. 

El detalle de la estimación de emisiones se detalla en el Anexo 4 de la DIA “Emisiones anuales (ton/año) del Proyecto según fases”.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad, y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno, donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

El área donde se ejecuta el Proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica, dado a que se ubica en un área intervenida, evaluada ambientalmente en el proyecto matriz. Además, cabe considerar la mínima intervención de superficie de las distintas partes y obras que se ejecutan, como asimismo, se desarrolla al interior de un predio agrícola intervenido. Las principales fuentes de ruido se encuentran prácticamente inmersas al interior del predio del Proyecto; por lo tanto, éste no conlleva a un deterioro o alteración sobre fauna nativa. 

Cabe destacar que la etapa de construcción solo dura 1 mes, y asimismo, el Proyecto no considera la realización de obras en horario nocturno (entre 21:00 horas a 7:00 horas). 

En el área no se registra la presencia de sitios sensibles o de interés de protección de fauna nativa, ni áreas con hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de especies.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

En ninguna etapa del Proyecto se afectan recursos naturales, por el uso o manejo de productos o residuos químicos.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

El Proyecto no considera intervenir ni explotar recursos hídricos en vegas y/o bofedales, en áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; en cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles; en una cuenca o subcuenca hidrográficas transvasada a otra; ni en lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El Proyecto no introduce especies exóticas al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 4, numerales 4.3.4., 4.3.5., 4.4.5, 4.4.6, 4.5.3. y 4.5.4.

Capítulo 5.

Capítulo 6, numeral 6.2.
 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

El Proyecto no genera reasentamientos de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

Sector poblado de El Toco, emplazado en un área rural fuera de la regulación normativa de algún instrumento de planificación territorial vigente.

Reasentamiento de comunidades humanas

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, ni considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habiten en el área de influencia de este.

Los siguientes antecedentes  justifican que el Proyecto no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto no interfiere o dificulta el acceso de la población a algún servicio, o equipamiento básico. El área de emplazamiento se encuentra ubicada al interior de un predio agrícola, destinado a la crianza de cerdos, en donde adicionalmente se encuentra el biodigestor.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El Proyecto no obstruye y no restringe la conectividad del sector, dado que no interfiere ningún camino público. El área de emplazamiento se encuentra ubicada al interior de un predio agrícola, destinado a la crianza de cerdos, en donde se encuentra el biodigestor.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El Proyecto no interfiere o dificulta el acceso de la población a ningún servicio, ni equipamiento básico, debido a que su área de emplazamiento se encuentra ubicada al interior de un predio agrícola, destinado a la crianza de cerdos y al tratamiento de los purines de cerdos en el biodigestor.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, por las razones expuestas en los anteriores literales.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

En el área del Proyecto no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo V.
Capítulo VI, numeral 6.3.
 

5.4. LOCALIZACIÓN Y VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO

Impacto ambiental

El Proyecto se ubica en una zona alejada de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados directamente por el Proyecto o por sus áreas de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Existencia de poblaciones protegidas
No existen poblaciones protegidas. 

No existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Los siguientes antecedentes  justifican que el Proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8° del RSEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

El Proyecto no se localiza en o alrededor de áreas donde existan poblaciones protegidas; por lo tanto, su materialización no afecta poblaciones protegidas. No se evidencia que genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 8º del RSEIA. Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante las fases del Proyecto, no se afecta la localización o el valor ambiental del territorio. 

Cabe destacar que el área de emplazamiento del Proyecto se encuentra ubicada al interior de un predio agrícola, destinado a la crianza de cerdos y al tratamiento de los purines de cerdos en el biodigestor.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

En el entorno del Proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental; por lo tanto, la materialización del Proyecto no afecta estos recursos. No se evidencia que genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 8º del RSEIA.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI, numeral 6.4.
 
5.5. VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO
Impacto ambiental

No se genera impacto al valor paisajístico o turístico

Existencia de valor turístico

El Proyecto no interviene, obstruye o se emplaza en zonas con valor paisajístico.

Existencia de valor paisajístico

El área de influencia del Proyecto carece de valor paisajístico, de acuerdo al criterio de la guía de evaluación del valor paisajístico en el SEIA.

Los siguientes antecedentes  justifican que el Proyecto no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9° del RSEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

El Proyecto se emplaza al interior de un predio agrícola destinado a la crianza de cerdos en operación, donde adicionalmente se encuentra el biodigestor; por consiguiente, no obstruye zonas con valor paisajístico.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

El Proyecto no elimina elementos ni atributos de significancia paisajística, y no cambia significativamente las condiciones del área; en síntesis, no innova a lo evaluado ambientalmente en el proyecto matriz.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

No hay obstrucción a zonas con valor turísticos. Debido a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 9º del RSEIA.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI, numeral 6.5.
 
5.6. ALTERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental

No se presenta impacto a monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Existencia de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

El área del Proyecto no presenta monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, que pudieren verse afectados por su construcción.

Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración  a lo dispuesto en el artículo 10 del RSEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

El área del Proyecto se encuentra emplazada al interior de un predio agrícola destinado a la crianza de cerdos, en donde adicionalmente se encuentra el biodigestor, el cual utiliza la misma superficie aprobada. En conclusión, no innova a lo evaluado ambientalmente en el proyecto matriz.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

El Proyecto no modifica ni deteriora elementos de valor cultural ni de patrimonio indígena, tal como ha sido detallado en el literal anterior.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

En el área del Proyecto no existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. Asimismo, en el área de  emplazamiento no se tienen antecedentes sobre reclamaciones de tierras por parte de comunidades indígenas. 

No se tienen antecedentes que indiquen que en el área de influencia del Proyecto se realicen manifestaciones culturales, o folclore de comunidades o grupos humanos.

Parte, obra o acción que lo genera
Obras y acciones temporales y permanentes.
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI, numeral 6.6.
 
Conclusión: 

El Proyecto no genera y no presenta los efectos, características y circunstancias contemplados en los literales a), b), c), d), e) y f) del artículo 11 de la Ley N°19.300, bastando la presentación de una DIA. 

6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:  

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 

6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial 138
Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües de aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Servicios higiénicos para el área del sistema de tratamiento.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. No obstante lo anterior, a continuación se sintetizan algunos antecedentes relevantes del Permiso, el cual es detallado íntegramente en el Anexo 8 de la Adenda. 

Se requiere un sistema de fosa séptica que recolecta las aguas servidas generadas por el operador del Biodigestor. Las aguas servidas generadas por el servicio higiénico son recolectadas mediante tuberías de PVC y conducidas a la fosa séptica, cuyas capacidades son de acuerdo a la estimación de los volúmenes generados, para finalmente ser dispuestas mediante infiltración en terreno a través de un sistema de drenaje. El efluente del sistema de fosa séptica es infiltrado al terreno, vía drenes acanalados. 

Durante la operación del biodigestor se desempeña solo un trabajador, por lo que considerando 150 l/persona/día se obtiene que el caudal a tratar es de 0,15 m3/día. 

Los lodos generados en la fosa séptica son retirados y trasladados para su tratamiento en plantas de tratamiento de lodos, por una empresa autorizada a cargo. 

El programa de monitoreo consiste en inspeccionar periódicamente los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales, con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento, y a la vez prevenir fallas. Se mantiene un registro de cada retiro de efluente lodos, que está disponible en caso de fiscalizaciones o inspecciones de la autoridad sectorial.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario Nº1516 de fecha 7 de julio de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de O’Higgins.

 
6.1.2. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL 139
Permiso

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Biodigestor.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. No obstante lo anterior, a continuación se sintetiza algunos antecedentes relevantes del Permiso, el cual es detallado íntegramente en el Anexo 8 de la Adenda. 

Los residuos a tratar en el sistema de tratamiento corresponden a los purines generados en el plantel de cerdos, y al sustrato orgánico de origen vegetal proveniente de procesos de generación de aceite de oliva, jugos de fruta, entre otros. 

Los purines a tratar son los provenientes del plantel de cerdos “Las Pampas”, los que corresponden a aguas de lavado, orinas y fecas de los cerdos. Por purines se tratan 240 m3/día. En tanto, el sustrato orgánico de origen vegetal a agregar al sistema de tratamiento, es de 90 ton/día. 

El Proyecto corresponde a la modificación de un sistema de tratamiento de purines, actualmente aprobado, al cual se agrega como insumo sustratos orgánicos de origen vegetal, y se incorpora una prensa tornillo post biodigestor para extraer los sólidos del efluente. 

En este contexto en el Anexo 3 de la DIA se adjunta el diseño general de la planta. Adicionalmente en la Figura 2 del Anexo 8 de la Adenda, se presenta el diagrama de flujo, que resume el proceso a desarrollar en la planta. 

Actualmente, la planta posee un sistema de seguimiento en línea del proceso, por lo que constantemente se monitorean parámetros operacionales. La Figura 4 del Anexo 8 de la Adenda muestra el sistema de seguimiento. 

El Proyecto incluye la incorporación de una prensa tornillo posterior al biodigestor, en donde se generan 90 ton/día de digestato, este sustrato no es un residuo y corresponde a un producto que es utilizado como fertilizante, el cuál es retirado inmediatamente por un camión y transportado a una empresa agrícola autorizada, para utilizarlo como fertilizante. Cabe mencionar que el digestato corresponde a un fertilizante alto en materia orgánica estabilizada, que cumple con la NCh 3375; por lo tanto, es distribuido a empresas agroindustriales de la zona. 

La fracción líquida del efluente mantiene las condiciones aprobadas y es utilizada en riego, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta que aprueba el proyecto matriz.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario Nº1516 de fecha 7 de julio de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de O’Higgins.

 
6.1.3. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL 142
Permiso

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. No obstante lo anterior, a continuación se sintetiza algunos antecedentes relevantes del Permiso, el cual es detallado íntegramente en el Anexo 8 de la Adenda. 

En la fase de operación existe una bodega de residuos peligrosos para almacenar aquellos residuos provenientes de mantenciones menores, a realizar en la planta. En el Anexo 3 de la DIA se presentan los planos de la bodega. 

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos da cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, y cumple las siguientes condiciones: 

- Posee un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales.

- Es construida de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame, tiene un sistema de contención de derrame, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

- Su base es continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

- Es techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

- Tiene una sección abierta entre los muros y el techo, para favorecer la ventilación, considerando los tipos de sustancias y el volumen total de éstas.

- Están señalizadas con letreros, en los que se indica que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003.

- Posee vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. 

Los residuos peligrosos se generan solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Los materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03. El diseño de la bodega de residuos peligrosos considera una capacidad máxima de 3 toneladas. Se espera que el retiro de estos residuos sea efectuado con una frecuencia mínima de al menos 1 vez/mes, o según sea requerido, teniendo la precaución de no superar la capacidad máxima de la bodega.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario Nº1516 de fecha 7 de julio de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de O’Higgins.

 
6.1.4. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL 160
Permiso

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales, o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, baño y ducha.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. No obstante lo anterior, a continuación se sintetizan algunos antecedentes relevantes del Permiso, el cual es detallado íntegramente en el Anexo 8 de la Adenda. 

El destino de las edificaciones para las cuales se solicita el PAS 160, corresponden a almacenamiento de residuos peligrosos, y servicios sanitarios para el operador de la planta (ducha y baño). 

La Figura 5 del Anexo 8 de la Adenda muestra el plano de ubicación, que señala la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. 

En la Tabla 6 del Anexo 8 de la Adenda, se indican las coordenadas que forman el perímetro inmediato del área de emplazamiento de la Bodega RESPEL, baño y ducha, correspondiente al área afecta a la tramitación del PAS 160. 

Asimismo, el emplazamiento de las instalaciones y obras del Proyecto sujetas al permiso, se presentan en la Lámina 5 del Anexo 1 de la Adenda. 

Las plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones, se presentan en el Anexo 7 dela Adenda. 

El subsuelo del sector donde se ubican las estructuras, está formado por estratificaciones de suelos arenosos tipo maicillo y materiales finos tipo arcillo limoso. Su estratigrafía y características muestran una depositación muy uniforme. Su espesor, se ha medido en más de 6 m, estimándose que puede alcanzar profundidades mayores. 

En el Anexo 5 de la Adenda, se adjuntan los estudios de estratigrafía realizados en el área de emplazamiento del Proyecto.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario Nº976 de fecha 3 de julio de 2017, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de O’Higgins. 

Oficio Ordinario Nº1058 de fecha 5 de julio de 2017, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de O’Higgins.

 
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:  

7.1. Legislación ambiental de carácter general 

 
Componente/materia:

Ley N°19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley N° 20.417

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto.
Forma de cumplimiento

El Proyecto se sometió a evaluación ante el SEIA de forma obligatoria, por encontrarse clasificado dentro de los proyectos y actividades enumerados por el artículo 10 de la Ley Nº19.300 (literal o).  

Asimismo, el Proyecto es presentado mediante una DIA por no generar o presentar los efectos, características o circunstancias planteados en el artículo 11 de esta Ley, según se justifica en el presente documento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Presentación del Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de O’Higgins y aprobación (obtención RCA favorable).

Forma de control y seguimiento

Proceso de evaluación ambiental en la página del Proyecto en el SEIA.

 
Componente/materia:

Decreto Supremo N°40/2012 MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

El Proyecto tipifica en el artículo 3° literales o.7.3 y o.8) del D.S. Nº40/2012 (en adelante, “RSEIA”), donde se establece que deben ser evaluados: 

o.7.3. Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales líquidos, que cumplan con al menos de alguna de las siguientes condiciones: Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos. Al respecto, el efluente generado del Biodigestor (240 m3/día) es utilizado para riego de cultivos. 

o.8 Sistema de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales sólidos con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día (30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de disposición. Lo anterior, debido a que el Proyecto considera la recepción máxima de 90 toneladas diarias de sustratos orgánicos vegetales. 

Asimismo, fue presentado mediante una Declaración de Impacto Ambiental, dado que no genera o presenta los efectos, características o circunstancias planteados en los artículos 5 al 10 del RSEIA, según se ha señalado en el Considerando N°5 de la presente resolución.

Indicador que acredita su cumplimiento

Presentación del Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de O’Higgins y aprobación (obtención RCA favorable).

Forma de control y seguimiento

Proceso de evaluación ambiental en la página del Proyecto en el SEIA.

 
7.2. Normativa ambiental de carácter específico
 
Aire
 
Componente/materia:

D.S. N°144 de 1961 del Ministerio de Salud. Normas para evitar emanaciones o contaminantes.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Las emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión son de carácter menor dado el tipo de tecnología del Proyecto y la naturaleza de las actividades. Durante las etapas del proyecto se implementan medidas de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación: 

- Revisiones técnicas al día.
- Encarpado de tolvas.
- Prohibición de quemas.
- Humectación de superficies.
- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas.
- Se exige que los vehículos y maquinarias cuenten con sus mantenciones y revisiones técnicas al día. 

La proliferación de vectores como asimismo la generación de olores durante la ejecución del Proyecto, son situaciones poco probables, debido a las características propias del sistema de tratamiento. En este contexto, el ingreso de los sustratos orgánicos de origen vegetal se realiza mediante carga directa desde el camión al biodigestor; es decir, es una actividad de muy corta duración, luego los sustratos ingresan al biodigestor, el cual se encuentra herméticamente cerrado, por lo que no genera olores. Por último, el digestato sólido que sale del biodigestor no presenta olor molesto, ya que cumple la NCh 3375 (calidad del digestato), y tal como esta norma lo establece, este producto no presenta olor molesto. Debido a lo anterior, existe una baja probabilidad de generar algún tipo de fuente de proliferación de vectores y olores molestos en el sistema de tratamiento. 

Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto,  en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario.

Indicador que acredita su cumplimiento
- Certificado de revisión por vehículo.
- Registro de mantenciones al día.
- Registro de verificación visual.
- Registro de capacitaciones con tema, fechas y participantes.
- Registro de uso de agua.
- Registro de verificación de señalética en caminos indicando límite de velocidad.
- Se exige contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos.
 
Componente/materia:

D.S. N°75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Condiciones para el transporte de carga que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Resulta aplicable al Proyecto lo establecido en el artículo 2º de la norma citada, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 

Las actividades de construcción, operación y cierre del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el artículo 2 del presente cuerpo legal, que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto. 

Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto,  en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se exigirá contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos.

 
Componente/materia:

Decreto Supremo Nº 47/1992, modificado el año 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Vehículos y maquinaria, caminos de acceso y áreas de faena.
Forma de cumplimiento

Con el fin de disminuir las emisiones de polvo y gases, se considerarán las siguientes acciones ambientales: 

- Para evitar emisiones asociadas al tránsito vehicular y de maquinaria, las vías de circulación interna son humectadas periódicamente.

- El transporte de los materiales se realiza en camiones con tolvas encarpadas.

- Establecimiento de un límite de velocidad de tránsito en las vías no pavimentadas, y dentro del área de faena.

- Los vehículos y maquinara utilizados deben tener sello verde en parabrisas, y documentación asociada a revisión técnica al día, y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Registros periódicos, en los cuales mediante fotografías se acredita el cumplimiento de la norma.

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 
Componente/materia:

Decreto Supremo Nº4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma de emisión de contaminantes aplicable a los vehículos motorizados y fija los procedimientos de control.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Vehículos y maquinaria
Forma de cumplimiento

Los vehículos y maquinara utilizados en las distintas fases del Proyecto, tienen sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos, para operar en buenas condiciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 

Componente/materia:

Decreto Supremo Nº54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas de emisión aplicables a los vehículos medianos. Determina los niveles de emisiones para motores diésel, gas licuado de petróleo, gas natural comprimido y a gasolina.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Vehículos y maquinaria

Forma de cumplimiento

Se exige que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día, mantenciones recomendadas por el fabricante y el certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hace exigible a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos motorizados medianos utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 

Componente/materia:

D.S. Nº55/1994, Norma de emisión a vehículos motorizados pesados. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esta norma determina los niveles de emisiones para motores diesel y a gasolina.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Vehículos y maquinaria

Forma de cumplimiento

Se exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con revisión técnica al día, mantenciones recomendadas por el fabricante y el certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hace exigible a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 
Componente/materia:

Decreto Supremo N°279/1983, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Vehículos y maquinaria
Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen revisión técnica y certificado de gases al día, y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hace exigible a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 
Componente/materia:

Decreto con Fuerza de Ley N°1/2009 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte
Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen revisión técnica al día, con sus mantenciones regulares. Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con revisión técnica y gases vigentes. Lo anterior, se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 

Componente/materia:

Decreto Supremo N°211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen revisión técnica al día, con sus mantenciones regulares. Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con revisión técnica y gases vigentes. Lo anterior, se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 

Componente/materia:

Decreto Supremo N°149/2006 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Normas de emisión para vehículos bencineros y diésel para los contaminantes: Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Óxidos de Nitrógeno; y Material Particulado (sólo diésel).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto

Forma de cumplimiento

Se exige que los vehículos motorizados bencineros y diésel cuenten con revisión técnica al día, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hace exigible a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Los vehículos y maquinara utilizados tienen sello verde en parabrisas.

- Revisión técnica al día.

- Certificados de emisión de gases al día.
 
Ruido
 

Componente/materia:

Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por fuentes que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto

Forma de cumplimiento

De acuerdo al D.S. N°38/2011 del MMA, en su artículo 9 se establece que para zonas rurales se aplica como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A); b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplica tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. 

Considerando el criterio a) del D.S. N°38/2011 MMA, el nivel permisible es de 34 [dB(A)] + 10 [dB(A)]; es decir, 44 [dB(A)] para período diurno y nocturno. Para el caso del criterio b) del Decreto, el nivel para período diurno es de 65 [dB(A)] y para el período nocturno de 50 [dB(A)] (Zona III).  

En función de lo anterior, se utilizó el menor valor de inmisión de ruido permitido; es decir, 44 dB(A) (Criterio a)). 

El receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto, de acuerdo a lo graficado en la Figura 4-1 del Anexo 3 de la Adenda “Localización de la fuente de emisión respecto al receptor más cercano”. 

De la revisión de la descripción de la fase de construcción, se identificaron los siguientes grupos de fuentes de emisión sonora: 

Equipos y Maquinarias
Cantidad
Potencia (kW)
Compactadora
1
20
Camión aljibe
1
300
Grúa
1
70

Fuente: Tabla 5-1del Anexo 3 de la Adenda “Fuentes de emisión sonora en la fase de construcción”. 

De acuerdo al Estudio de Emisiones Sonoras, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda, para la fase de construcción, en horario diurno se estimó una emisión desde las fuentes de 109 [dB(A)], cuyo cumplimiento normativo se logra a partir de los 398 m desde la fuente. El Proyecto no considera la realización de obras en horario nocturno (entre 21:00 h a 7:00 h). 

En función de lo anterior, el receptor más cercano al área de obras (fuente de emisión) se localiza a 430 m, donde se obtuvo un nivel de presión sonora de 43 dB(A). 

Los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA, debido a que es menor que el límite máximo permisible de inmisión de ruido permitido 44 dB(A), estimado en este Proyecto. Cabe señalar que la estimación no consideró la atenuación de ruido por otros factores, tales como el efecto del viento, obstáculos naturales o barreras sonoras entre la fuente y el receptor, los cuales favorecen a la disminución de los niveles de presión sonora en los receptores; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado. 

La operación del Proyecto es la misma que la ya aprobada, en donde las principales fuentes de generación de ruido no generan cambios a esta situación. 

Durante la fase de cierre, los niveles sonoros cumplen con los niveles permitidos por el D.S. N°38/2011 MMA; por consiguiente, se prevé que la presión sonora en los receptores es inferior a lo estimado (receptor más cercano se sitúa geográficamente a 430 m al poniente del Proyecto). En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos. 

Por consiguiente, es posible señalar que las emisiones sonoras son de poca relevancia, y no afectan a población o receptores cercanos, dada la distancia existente entre éstas y el sitio del Proyecto, manteniendo el escenario aprobado. 

En conclusión, las emisiones sonoras del Proyecto en sus distintas etapas no generan algún tipo de riesgo para la salud sobre los receptores cercanos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Estimación de emisiones sonoras presentada en el Anexo 3 de la Adenda.

 
Residuos Sólidos
 

Componente/materia:

Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1967, del Ministerio de Salud. Código Sanitario modificada por la Ley 20.533 de 13 de septiembre de 2011.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto

Forma de cumplimiento

En todas las etapas del Proyecto, los residuos sólidos generados son manejados según lo establece la normativa nacional según sus características, no siendo dispuestos sobre recursos naturales renovables.  

Etapa de Construcción 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por los 5 trabajadores que existen en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Considerando una tasa de generación de 0,8 kg/hab/día, se estima una cantidad del orden de 4 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto. El contratista está a cargo de la recolección de estos residuos, y debe disponer de camiones o camionetas para el traslado de estos residuos hacia un relleno sanitario autorizado. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana. 

Los residuos sólidos de construcción están constituidos por escombros, restos de embalajes, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 8 ton/mes de este tipo de residuos, los que son acopiados temporalmente en un patio de salvataje habilitado, desde donde son retirados y transportados para su disposición final o comercialización, según sea el caso. 

El titular vela porque el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo. Los residuos y escombros que sean generados son retirados y dispuestos en lugares autorizados. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros. 

Etapa de Operación 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por 1 trabajador que existe en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 16 kg/mes de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado. 

Etapa de Cierre 

Los residuos domésticos y asimilables a domésticos corresponden a aquellos generados por 10 trabajadores que existen en esta etapa. Estos residuos están constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. Se estima una cantidad del orden de 8 kg/día de residuos domésticos. 

Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos son almacenados en contenedores con tapa hermética en el recinto, en una bodega autorizada actualmente por el proyecto matriz. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 2 veces por semana, y se dispone en un lugar autorizado. 

Los residuos sólidos provenientes de la desmantelación están constituidos por escombros, restos de tuberías, cables, maderas, entre otros. Se estima una tasa de 5 ton/mes de este tipo de residuos. 

El titular vela porque el área de ocupación quede limpia y libre de cualquier residuo. Se estima una frecuencia de retiro mínima de al menos 1 vez por semana, y se dispone en un lugar autorizado. Asimismo, los materiales reciclables pueden ser reutilizados o vendidos a terceros. Los sitios se dejan limpios de todo residuo, y sin estructuras ni desniveles que impliquen riesgos a terceros.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Obtención de los Permisos para la construcción y funcionamiento de los sitios destinados al almacenamiento transitorio de residuos sólidos durante la fase de construcción, otorgados por la SEREMI de Salud respectiva.

- Almacenamiento temporal de los residuos sólidos en los sitios habilitados para ello, durante la construcción.

- Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados (verificación mediante inspecciones del personal).

- Copia de la autorización de la empresa que realiza el traslado de estos residuos (RSD y Residuos sólidos industriales no peligrosos RSINP).

- Copia de la autorización de la empresa que realiza la disposición final de estos residuos (RSD y RSINP).

 

Componente/materia:

Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud.  Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. Nº 745/92).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto

Forma de cumplimiento

Ídem al cumplimiento normativo del Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1967, del Ministerio de Salud.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ídem al indicador de cumplimiento del Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1967, del Ministerio de Salud.

 
Residuos Peligrosos
 
Componente/materia:

Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos se generan solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Estos materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03. El diseño de la bodega de residuos peligrosos considera una capacidad máxima de 3 toneladas. Se espera que el retiro de estos residuos sea efectuado con una frecuencia mínima de al menos 1 vez/mes, o según sea requerido, teniendo la precaución de no superar la capacidad máxima de la bodega.

 

En la fase de operación existe una bodega de residuos peligrosos para almacenar aquellos residuos provenientes de mantenciones menores, a realizar en la planta. En el Anexo 3 de la DIA se presentan los planos de la bodega.

 

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos da cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, y cumplen las siguientes condiciones:

 

- Tiene un cierre perimetral de a lo menos, 1,80 m de altura y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales.

- Es construida de forma de evitar la contaminación del suelo o de las aguas. Para evitar cualquier escurrimiento o derrame, cuenta con un sistema de contención de derrame, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

- Su base es continua, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

- Es techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

- Tiene una sección abierta entre los muros y el techo, para favorecer la ventilación, considerando los tipos de sustancias y el volumen total de éstas.

- Está señalizada con letreros, en los que se indica que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003.

- Posee vías de escape accesibles en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Obtención de Permisos para la construcción y funcionamiento sitio de almacenamiento de residuos peligroso.

- Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodegas habilitadas para ello.

- Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final.

- Ausencia de acopios de residuos peligrosos en sitios no autorizados (verificación mediante inspecciones del personal).

- Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL.

- Declaración de Residuos Peligrosos (RETC). Cada vez que se envíen residuos a sitio de disposición final autorizado, se realiza la respectiva declaración en los formatos indicados en la resolución.

 
Componente/materia:

Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Residuos peligrosos
Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos se generar solamente en la fase de operación, los cuales son residuos de mantenciones menores utilizado en desulfuración del biogás, la cantidad estimada corresponde a 10 kg/mes. Estos materiales son almacenados en contenedores herméticos al interior de una bodega, especialmente habilitada en la instalación de faenas, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N°148/03. El diseño de la bodega de residuos peligrosos considera una capacidad máxima de 3 toneladas. Se espera que el retiro de estos residuos sea efectuado con una frecuencia mínima de al menos 1 vez/mes, o según sea requerido, teniendo la precaución de no superar la capacidad máxima de la bodega.

 

En la fase de operación existe una bodega de residuos peligrosos, para almacenar aquellos residuos provenientes de mantenciones menores, a realizar en la planta. En el Anexo 3 de la DIA se presentan los planos de la bodega. 

El titular procede a declarar las emisiones y residuos sólidos generados a causa de la operación del proyecto, por medio de ventanilla única del RETC (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

Declaración de Residuos Peligrosos (RETC), luego del primer año de operación y cada vez que se envíen residuos a sitio de disposición final autorizado, se realiza la respectiva declaración en los formatos indicados en la resolución.

 
Agua Potable y Efluentes
 

Componente/materia:

Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud.  Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. Nº745/92).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Proyecto

Forma de cumplimiento

Etapa de Construcción 

Los requerimientos de agua durante la fase de construcción son provistos a través de la red de agua actual del Plantel de Cerdos Las Pampas. Para el consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. El requerimiento de mano de obra para la fase de construcción es de 5 personas, por lo que la demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día; es decir, 18,24 m3/mes de agua potable. Se garantiza la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa aplicable.  

En todo momento se asegura mantener una dotación de agua diaria para los trabajadores, según lo establecido por el D.S. N°594/99 (150 litros/día/trabajador), volumen que es abastecido con una frecuencia que asegura la entrega oportuna de este insumo. 

A continuación se indican los usos principales del agua potable e industrial, y el consumo de las mismas durante la fase de construcción: 

Requerimientos
Consumo
(m3/día)
Consumo
(m3/mes)
Agua Potable
0,01
0,24

Agua de Servicios Higiénicos

0,75
18,00

Total

0,76
18,24

Fuente: Tabla 5-2 de la DIA “Consumo estimado de agua para la fase de construcción”. 

Las aguas residuales procedentes básicamente de los servicios higiénicos (aseos y servicios del personal) se tratan mediante la habilitación de baños químicos, gestionados por empresas autorizadas. Adicionalmente, en primera instancia se construyen las instalaciones anexas del biodigestor, en donde se habilita un baño, el cual está asociado a la operación de su respectiva fosa séptica y área de infiltración. 

Etapa de Operación 

Durante la etapa de operación, el agua necesaria para abastecer al único operador de la planta es provista a través de la red de agua actual, proveniente de pozo que posee el Plantel de Cerdos Las Pampas. El agua de pozo proveniente a través de tuberías desde el plantel, se acumula en un estanque de almacenamiento, el cual tiene un sistema de potabilización mediante hipoclorito de sodio, que asegura la desinfección del agua, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa nacional aplicable.  

Previo al inicio de la etapa de operación, el diseño y especificaciones técnicas del sistema de potabilización es presentado ante la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, para su aprobación sectorial, previa a la entrada en operación. 

El agua a utilizar en la planta se restringe al consumo del empleado de la planta, el cual es de 150 l/día, dando cumplimiento al D.S. Nº594/99 del MINSAL. Los requerimientos de agua son 3 m3/mes y 36 m3/año. 

Se requiere un sistema de fosa séptica que recolecta las aguas servidas generadas por el operador del Biodigestor. Las aguas servidas generadas por el servicio higiénico son recolectadas mediante tuberías de PVC y conducidas a la fosa séptica, cuyas capacidades son de acuerdo a la estimación de los volúmenes generados, para finalmente ser dispuestas mediante infiltración en terreno a través de un sistema de drenaje. El efluente del sistema de fosa séptica es infiltrado al terreno, vía drenes acanalados. 

Durante la operación del biodigestor se cuenta con la presencia de un trabajador, por lo que considerando 150 l/persona/día se obtiene que el caudal a tratar es de 0,15 m3/día (3 m3/mes). 

Los lodos generados en la fosa séptica son retirados y trasladados para su tratamiento en plantas de tratamiento de lodos, por una empresa autorizada a cargo. 

El programa de monitoreo consiste en inspeccionar periódicamente los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales, con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento, y a la vez prevenir fallas. Se mantiene un registro de cada retiro de efluente lodos, que está disponible en caso de fiscalizaciones o inspecciones de la autoridad sectorial. 

Etapa de Cierre 

El consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. La demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día. El titular vela que se garantice la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, y que este insumo cumpla con los parámetros establecido la normativa nacional aplicable. En todo momento se asegura mantener una dotación de agua diaria para los trabajadores, según lo establecido por el D.S. N°594/99 (150 L/día/trabajador), volumen que es abastecido con una frecuencia que asegure la entrega oportuna de este insumo. El consumo de agua durante esta fase es de 0,02 m3/día y de 0,48 m3/mes. 

Las aguas residuales procedentes básicamente de los servicios higiénicos (aseos y servicios del personal) se tratan mediante la habilitación de baños químicos, gestionados por empresas autorizadas.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Factura de compra de agua para la etapa de construcción y cierre.

- Certificados de autorización del proveedor de agua potable para la etapa de construcción y cierre.

- Certificado de calidad del agua potable suministrada a los trabajadores,para la etapa de construcción y cierre.

- Resolución de aprobación del sistema de potabilización de agua por parte de la SEREMI de Salud (operación).

- Resolución de la Seremi de Salud que aprueba y autoriza la fosa séptica.

 
Componente/materia:

D.S N°735/1969 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, (modificado por D.S. N°76/2010 del Ministerio de Salud).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Etapa de Construcción 

Los requerimientos de agua durante la fase de construcción son provistos a través de la red de agua actual del Plantel de Cerdos Las Pampas. Para el consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. El requerimiento de mano de obra para la fase de construcción es de 5 personas, por lo que la demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día; es decir, 18,24 m3/mes de agua potable. Se garantiza la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa aplicable.  

En todo momento se asegura mantener una dotación de agua diaria para los trabajadores, según lo establecido por el D.S. N°594/99 (150 litros/día/trabajador), volumen que es abastecido con una frecuencia que asegura la entrega oportuna de este insumo. 

A continuación se indican los usos principales del agua potable e industrial, y el consumo de las mismas durante la fase de construcción: 

Requerimientos
Consumo
(m3/día)
Consumo
(m3/mes)
Agua Potable
0,01
0,24

Agua de Servicios Higiénicos

0,75
18,00
Total
0,76
18,24

Fuente: Tabla 5-2 de la DIA “Consumo estimado de agua para la fase de construcción”. 

Etapa de Operación 

Durante la etapa de operación, el agua necesaria para abastecer al único operador de la planta es provista a través de la red de agua actual, proveniente de pozo que posee el Plantel de Cerdos Las Pampas. El agua de pozo proveniente a través de tuberías desde el plantel, se acumula en un estanque de almacenamiento, el cual tiene un sistema de potabilización mediante hipoclorito de sodio, que asegura la desinfección del agua, cumpliendo con los parámetros establecidos en la normativa nacional aplicable.  

Previo al inicio de la etapa de operación, el diseño y especificaciones técnicas del sistema de potabilización es presentado ante la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, para su aprobación sectorial, previo a la entrada en operación. 

El agua a utilizar en la planta se restringe al consumo del empleado de la planta, el cual es de 150 l/día, dando cumplimiento al D.S. Nº594/99 del MINSAL. Los requerimientos de agua son 3 m3/mes y 36 m3/año. 

Etapa de Cierre 

El consumo de agua potable se dispone de dispensadores de agua purificada, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida. La demanda de agua para bebida se estima en 2 litros/persona/día. El titular vela que se garantice la entrega de agua para bebida y servicios higiénicos, y que este insumo cumpla con los parámetros establecido la normativa nacional aplicable. En todo momento se asegura mantener una dotación de agua diaria para los trabajadores, según lo establecido por el D.S. N°594/99 (150 L/día/trabajador), volumen que es abastecido con una frecuencia que asegure la entrega oportuna de este insumo. El consumo de agua durante esta fase es de 0,02 m3/día y de 0,48 m3/mes.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Factura de compra de agua para la etapa de construcción y cierre.

- Certificados de autorización del proveedor de agua potable para la etapa de construcción y cierre.

- Certificado de calidad del agua potable suministrada a los trabajadores,para la etapa de construcción y cierre.

- Resolución de aprobación del sistema de potabilización de agua por parte de la SEREMI de Salud (operación).

 
Componente/materia:

Decreto Exento Nº446 del Ministerio de Salud. Norma Chilena 409/1 Of 2005, sobre Requisitos de Agua Potable.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Ídem al cumplimiento normativo del D.S N°735/1969 del Ministerio de Salud.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ídem al indicador de cumplimiento del D.S N°735/1969 del Ministerio de Salud.

 
Componente/materia:

D.S. Nº236/1926 y modificado por el D.S. N°833/1995 del Ministerio de Salud. Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Etapa de Construcción 

Las aguas residuales procedentes básicamente de los servicios higiénicos (aseos y servicios del personal) se tratan mediante la habilitación de baños químicos, gestionados por empresas autorizadas. Adicionalmente, en primera instancia se construyen las instalaciones anexas del biodigestor, en donde se habilita un baño, el cual está asociado a la operación de su respectiva fosa séptica y área de infiltración. 

Etapa de Operación 

Se requiere un sistema de fosa séptica que recolecta las aguas servidas generadas por el operador del Biodigestor. Las aguas servidas generadas por el servicio higiénico son recolectadas mediante tuberías de PVC y conducidas a la fosa séptica, cuyas capacidades están de acuerdo a la estimación de los volúmenes generados, para finalmente ser dispuestas mediante infiltración en terreno, a través de un sistema de drenaje. El efluente del sistema de fosa séptica es infiltrado al terreno, vía drenes acanalados. 

Durante la operación del biodigestor se cuenta con la presencia de un trabajador, por lo que considerando 150 l/persona/día se obtiene que el caudal a tratar es de 0,15 m3/día (3 m3/mes). 

Los lodos generados en la fosa séptica son retirados y trasladados para su tratamiento en plantas de tratamiento de lodos, por una empresa autorizada a cargo. 

El programa de monitoreo consiste en inspeccionar periódicamente los componentes del sistema de tratamiento de aguas residuales, con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento, y a la vez prevenir fallas. Se mantiene un registro de cada retiro de efluente lodos, que está disponible en caso de fiscalizaciones o inspecciones de la autoridad sectorial.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución de la Seremi de Salud que aprueba y autoriza la fosa séptica.

 
Protección Agrícola
 
Componente/materia:

Decreto Ley Nº3.557 de 1981 del Ministerio de Agricultura. Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustrato orgánico y digestato, y sistema de tratamiento (biodigestor).

Forma de cumplimiento

El Proyecto corresponde a la modificación de un sistema de tratamiento de purines, actualmente aprobado, al cual se agrega como insumo sustratos orgánicos de origen vegetal, y se incorpora una prensa tornillo post biodigestor para extraer los sólidos del efluente. 

A continuación se presenta una lista con los principales sustratos existentes: 

- Alperujos de la producción de aceite deoliva.

- Pomazas de la producción de concentrado depomáceas.

- Restos de vegetales en la producción de congelados yagroindustria.

- Orujos y escobajos de la producción devitivinícola.

- Frutas y verduras de desecho en la agroindustria y exportación. 

En este contexto, en el Anexo 3 de la DIA se adjunta el diseño general de la planta. Adicionalmente en la Figura 2 del Anexo 8 de la Adenda, se presenta el diagrama de flujo que resume el proceso a desarrollar en la planta. 

Actualmente, la planta posee un sistema de seguimiento en línea del proceso, por lo que constantemente se monitorean parámetros operacionales. La Figura 4 del Anexo 8 de la Adenda muestra el sistema de seguimiento. 

El Proyecto incluye la incorporación de una prensa tornillo posterior al biodigestor, en donde se generan 90 ton/día de digestato, este sustrato no es un residuo y corresponde a un producto que es utilizado como fertilizante, el cual es retirado inmediatamente por un camión y transportado a una empresa agrícola autorizada, para utilizarlo como fertilizante. Cabe mencionar que el digestato corresponde a un fertilizante alto en materia orgánica estabilizada, que cumple con la NCh 3375; por lo tanto, es distribuido a empresas agroindustriales de la zona. 

Los sustratos orgánicos vegetales ingresan en camiones tolva encarpados de aproximadamente 20 toneladas cada uno, lo cuales acceden a un terraplén pavimentado, donde descargan directamente al digestor mediante un sistema de alimentación automática existente. Este sistema consiste en una tolva de alimentación automática, que incorpora los sustratos mediante un sistema de tornillo sinfín al biodigestor. Esto se realiza de manera controlada y manteniendo las condiciones anaeróbicas al interior del biodigestor. Una vez realizada esta operación, el camión se dirige al sector de separación del efluente del biodigestor, para realizar la carga de los digestatos sólidos. Los digestatos sólidos corresponden a un material estabilizado, en base al cumplimiento de la NCh 3375 y se produce en una cantidad similar a la cantidad de sustratos orgánicos incorporados (90 ton/día), lo que permite coordinar el transporte en base a los mismos camiones. Los camiones con sustratos orgánicos vegetales y digestato sólido son encarpados. Considerando las características del sistema de carga del biodigestor, se establecen tiempos reducidos de carga. 

El tiempo de retención hidráulica del biodigestor es de 20 a 25 días, mientras que la temperatura de operación es de 34 a 37 ºC, lo cual asegura un correcto funcionamiento del biodigestor; y por lo tanto, la generación de un digestato que cumpla con la NCh 3375. 

De acuerdo a lo descrito en la respuesta número 16 de la Adenda, el Proyecto considera mantener las condiciones de aplicación del efluente aprobadas mediante la Resolución Exenta 1.785/2007, por lo que se generan 240 m3/día de efluente tratado, en este sentido, considerando que el Proyecto contempla regar 50 hectáreas, la cantidad de efluente a aplicar en cada hectárea de los sectores de riego mencionados es de 1.752 m3 al año. Cabe mencionar que los sectores de riego son fraccionados en unidades de manejo de 2 hectáreas, y son rotados en cada día de aplicación, tal como lo establece la Resolución Exenta Nº1785/2007. Adicionalmente, en la Lámina 6 del Anexo 1 de la Adenda se grafica un plano que identifica la planta y las zonas de riego actualmente aprobadas y en utilización, de acuerdo a la situación aprobada mediante la Resolución Exenta 1785/2007. 

Adicionalmente, considerando que el biodigestor tiene un volumen de 6.200 m3, y que se carga un máximo de 90 ton/día (1,5%), se pueden prevenir problemas de funcionamiento del digestor al llevar un plan de monitoreo diario del mismo. Este monitoreo incluye: caudal de biogás, FOS/TAC que mide la relación entre los ácidos orgánicos volátiles y la capacidad alcalina total, y pH. Variaciones en los parámetros indicados, permiten ajustar las tasas de incorporación de sustratos orgánicos, y eventualmente suspender la incorporación de los mismos hasta el restablecimiento de las condiciones adecuadas de operación. 

En caso de ocurrencia de una falla en la operación del sistema de separación, se suspende el ingreso de sustratos orgánicos adicionales, y asimismo puede utilizase el volumen libre (capacidad adicional) del biodigestor, que permite detener la descarga por 2 o 3 días para resolver el problema. El volumen libre del biodigestor corresponde a la altura entre el nivel límite superior de llenado y el nivel efectivo de llenado, lo que para el biodigestor de Las Pampas equivale a 600 m3 (aproximadamente un 10% del volumen total del digestor). 

En el diseño del sistema no se establecen generadores de respaldo, debido a que el biodigestor, desde el punto de vista del tratamiento, continúa funcionando aun cuando no exista energía eléctrica, dado que la carga desde los planteles y la descarga al tranque de acumulación, se realizan por diferencias de nivel (gravitacional). Al suspenderse el suministro de energía eléctrica, sólo se suspende la agitación y calefacción del digestor, lo cual en un mediano plazo no afecta la actividad biológica del mismo; y por lo tanto, se mantiene el nivel de degradación de la materia orgánica (capacidad de tratamiento). En base a la inercia térmica del digestor, se estima una óptima capacidad de tratamiento de al menos 15 días,  si no  hubiese energía eléctrica.  

Adicionalmente en caso de producirse un corte de suministro eléctrico, se detiene inmediatamente la incorporación de sustratos orgánicos adicionales al biodigestor. 

Respecto a la presencia de olores molestos durante el transporte de los sustratos vegetales orgánicos, desde los centros de generación hasta el Proyecto,  en el Anexo 4 de la Adenda “Actualización Capítulo de Normativa Aplicable”, numeral 1.2.2 Normativa ambiental de carácter específico, literal a) Calidad del Aire, se indica el cumplimiento normativo del D.S. N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual Establece Obligación para el Transporte de Cargas que Indica.  

Este cuerpo resulta aplicable al Proyecto, de acuerdo a lo establecido en su artículo 2º, que señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. La misma norma agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente de los materiales, con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.  

Lo anterior, se aplica a las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, debido a que dichas fases requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2° del citado cuerpo legal, que son transportados por las rutas de acceso al Proyecto. (Los caminos de acceso al Proyecto desde la Ruta 5 Sur son los siguientes: Se debe tomar la ruta de salida a la localidad de Pelequén, luego continuar por Ruta 66 por un tramo de 50 km, en donde se debe virar a la izquierda por la ruta H-82-1, por la cual debe continuar 11 km, y luego virar a la izquierda por un camino interno y privado, el cual es el acceso a la zona del Proyecto y emplazamiento del actual biodigestor. Los puntos de acceso se encuentran en las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, 19 S): 278.022 Este y 6.194.890 Norte).  

En este contexto, para la etapa de operación del Proyecto, el Titular expresa que para el cumplimiento de esta norma, los camiones o vehículos que transporten los sustratos orgánicos vegetales, circulan cubriéndolos total y eficazmente, condición que es revisada periódicamente. Del mismo modo, se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.  

En complemento a lo señalado precedentemente, las empresas contratistas encargadas del transporte de los sustratos vegetales orgánicos desde los centros de generación hasta el Proyecto, deben tramitar sectorialmente la Autorización Sanitaria correspondiente, para el Transporte de Residuos No Peligrosos, ante la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa en el ámbito Sanitario. 

Indicador de cumplimiento: Se exige contractualmente a los transportistas, el cumplimiento de las disposiciones y exigencias establecidas en el artículo 2º del D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Autorización Sanitaria para el Transporte de Residuos No Peligrosos.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Registro de ingreso de sustratos orgánicos al plantel y registro de utilización de dichos sustratos en el biodigestor.

- Comprobantes de venta de digestato a terceros, a través del cumplimiento de la NCh 3375 (Digestato - Calidad).

 
Componente/materia:

NCh 3375/2015 del INN. Calidad del Digestato

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Digestato y sistema de tratamiento (biodigestor).
Forma de cumplimiento

El digestato sólido que se extrae del biodigestor y que se prensa, cumple con la NCh 3375, en el punto 4.4.1 de esta, dado que el digestato está libre de olores desagradables, por lo que no se considera como una fuente que pueda generar episodios de olores molestos.  

Adicionalmente, se aclara que la carga se realiza directamente desde de la prensa tornillo a la tolva del camión, el que se ubica directamente bajo esta. El camión es encarpado y luego se transporta el digestato sólido hacia destino; por lo tanto, no se almacena en la planta.  

Se enfatiza que el digestato corresponde a un material estabilizado que cumple con la NCh 3375, esta condición permite una condición y manejo similar a un compost u otro biofertilizante orgánico, libre de olores desagradables. 

El Titular entrega la caracterización del digestato sólido, acorde lo establece la NCh 3375 - literal 7 “Registros”, con la siguiente información: 

1. Ingreso de la materia prima con los datos de: Tipo, Origen, Cantidades, y Registros diarios de retención hidráulica y temperaturas durante el proceso. 

2. Registro de cada partida de digestato producida, con la información siguiente: 

- Identificación de cada partida, utilizando un código en que conste el método de digestión empleado y el número correlativo de la partida.

- Tipo de material que conforma cada partida.

- Fecha de inicio y de término de formación de la partida, según tiempo de residencia estimado.

- Masa de producto para cada partida.

- Otros registros que establezca la autoridad competente. 

3.- Se mantienen los informes de ensayo de laboratorio. 

El Titular realiza un Plan de Monitoreo del digestato sólido, de acuerdo a los requerimientos establecidos por la NCh 3375 Digestato - Requisitos de calidad. 

En base a lo anterior, el monitoreo es realizado al digestato sólido con una frecuencia de 6 meses o cada 6.000 m3 de producción, verificando el cumplimiento de la norma técnica. La toma de muestra se realiza de forma homogénea, manteniéndose en refrigeración previo a la realización de los análisis definidos. 

En la siguiente tabla se presentan los parámetros a medir y los máximos establecidos para cada uno. 

Parámetro

Máximo establecido en la NCh 3375

E. coli

< 1000 NMP por g de digestato en base seca

Salmonella sp

< 3 NMP por g de digestato en base seca

Huevos de helminto

< 1 en 4 g de digestato en base seca

Olor

No debe presentar olores desagradables

Arsénico

55 mg/kg

Cadmio

15 mg/kg

Cobre

667 mg/kg

Cromo

167 mg/kg

Mercurio

3 mg/kg

Níquel

133 mg/kg

Plomo

367 mg/kg

Zinc

1.333 mg/kg

Grado de fermentación

< 4000 mg/l expresado como ácido equivalente

Materia orgánica

Contenido de materia orgánica de un 30%

Germinación de malezas

Menos de 2 propágulos de maleza por litro de digestato.

Contaminación con materias extrañas

< 0,5 %

 
Además se informarán: 

       - Los contenidos totales de nutrientes: fósforo, potasio, magnesio, azufre, y además de los contenidos de nitrógeno disponible.

        - pH.

      - Conductividad eléctrica.

- Relación carbono nitrógeno, expresada como cuociente entre el carbono orgánico total y nitrógeno total.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Resultados de los análisis de laboratorio acorde lo establece la NCh 3375.

- Comprobantes de venta de digestato a terceros a través del cumplimiento de la NCh 3375 (Digestato - Calidad).

 
Vialidad
 
Componente/materia:

Decreto Supremo N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de insumos, sustratos orgánicos y digestato.
Forma de cumplimiento

Se cumplen los límites máximos de peso, establecidos por el presente decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de pesos y volúmenes de la carga a transportar, durante las distintas fases del Proyecto.

 

Componente/materia:

Resolución N°1/1995 del Ministerio de Obras Públicas. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de insumos, sustratos orgánicos y digestato

Forma de cumplimiento

Los camiones a utilizar se ajustan a las dimensiones límite establecidas en este reglamento, no pudiendo exceder las siguientes dimensiones, descontando los espejos retrovisores exteriores y sus soportes: 

a) Ancho máximo exterior, con o sin carga:
 
a.1) Buses 2,60 m.
a.2) Todos los demás 2,50 m.

b) Alto máximo, con o sin carga, desde el nivel del suelo 4,12 m

c) Largo máximo considerado entre los extremos anterior y posterior del vehículo:

c.1) Bus 13,20 m.
c.2) Bus articulado 18,0 m.
c.3) Camión de 2 ejes 10,0 m.
c.4) Camión de 3 o más ejes 11,0 m.
c.5) Semirremolque 13,75 m.
c.6) Remolque 11,0 m.
c.7) Tracto-camión con semirremolque 17,0 m.
c.8) Camión con remolque 20,0 m. 

En el eventual caso de transporte de equipos de proceso (durante la etapa de construcción), que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Indicador que acredita su cumplimiento

Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad del MOP, fiscalizan el cumplimiento de las disposiciones del decreto.

 
Medio Construido
 
Componente/materia:

Ley General de Urbanismo y Construcciones N°20.956/1975, y D.S. N°47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

El Proyecto se ubica fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores por lo que no es permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para explotación agrícola del inmueble, o para viviendas del propietario y sus trabajadores. 

Las construcciones industriales, de equipamiento, turismo, y poblaciones, fuera de los límites urbanos, requieren, previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que correspondan. 

Al respecto, el Proyecto entregó todos los contenidos técnicos y formales del PAS 160. 

El destino de las edificaciones para las cuales se solicita el PAS 160, corresponden a almacenamiento de residuos peligrosos, y servicios sanitarios para el operador de la planta (ducha y baño). 

La Figura 5 del Anexo 8 de la Adenda muestra el plano de ubicación, que señala la posición relativa del predio respecto delos terrenos colindantes y del espacio público. 

En la Tabla 6 del Anexo 8 de la Adenda, se indican las coordenadas que forman el perímetro inmediato del área de emplazamiento de la Bodega RESPEL, baño y ducha, correspondiente al área afecta a la tramitación del PAS 160. 

Asimismo, el emplazamiento de las instalaciones y obras del Proyecto sujetas al permiso, se presentan en la Lámina 5 del Anexo 1 de la Adenda. 

Las plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones, se presentan en el Anexo 7 de la Adenda. 

El subsuelo del sector donde se ubican las estructuras, está formado por estratificaciones de suelos arenosos tipo maicillo y materiales finos tipo arcillo limoso. Su estratigrafía y características muestran una depositación muy uniforme. Su espesor se ha medido en más de 6 m, estimándose que puede alcanzar profundidades mayores. 

En el Anexo 5 de la Adenda, se adjuntan los estudios de estratigrafía realizados en el área de emplazamiento del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución que aprueba la obtención del PAS N°160.

 
Patrimonio Cultural
 
Componente/materia:

Ley N°17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales; y Decreto Supremo N°484 de 1991 del Ministerio de Educación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

El área del Proyecto se encuentra emplazada al interior de un predio agrícola destinado a la crianza de cerdos, en donde adicionalmente se encuentra el biodigestor, el cual utiliza la misma superficie aprobada. En conclusión, no innova a lo evaluado ambientalmente en el proyecto matriz. 

El Proyecto no modifica ni deteriora elementos de valor cultural ni de patrimonio indígena. 

En el área del Proyecto no existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. Asimismo, en el área de  emplazamiento no se tienen antecedentes sobre reclamaciones de tierras por parte de comunidades indígenas. 

No se tienen antecedentes que indiquen que en el área de influencia del Proyecto se realicen manifestaciones culturales, o folclore de comunidades o grupos humanos.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, y el artículo N°23 del D.S. N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo, e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

 
Fiscalización
 
Componente/materia:

D.S. N°30/2013 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

En el caso de que exista un incumplimiento de RCA, o generación de algún daño ambiental por parte del Proyecto, el Titular cumple con el cuerpo normativo, a través de la presentación de un Plan de Cumplimiento a la autoridad ambiental, o un plan de reparación según corresponda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de información y antecedentes según el Plan de Cumplimiento indicado.

 
Componente/materia:

D.S. N°31/2013 del MMA. Reglamento del Sistema Nacional de información y fiscalización ambiental, y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de sanciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Se remite a la SMA la información mencionada en el artículo 9 del D.S. 31/2013, conforme a los plazos, formas y modos fijados por la SMA; es decir, a través de medios electrónicos o mediante instrumentos de carácter ambiental que regulen la información específica que se requiera presentar. 

La información se remite dentro del plazo de 20 días hábiles, contados desde dictado el acto administrativo o la respectiva acción de fiscalización, medición, muestreo o análisis, según corresponda.

Indicador que acredita su cumplimiento
Registro SMA
 
Componente/materia:

Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº574/2012, del Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Entrega de la información requerida remitida directamente a la Superintendencia dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la entrada en vigencia del documento. En caso de modificación, los cambios se informan dentro del plazo de 7 días hábiles desde la modificación.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Formulario electrónico, página web http://www.sma.gob.cl

- Copia del Formulario firmado por el Titular, entregado a la SMA.

 
Componente/materia:

R.E. N°223/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

Elaboración Informe de Seguimiento Ambiental de las variables ambientales, con los siguientes contenidos: 

- Resumen.
- Introducción.
- Objetivos.
- Materiales y métodos.
- Resultados.
- Discusiones.
- Conclusiones.
- Referencias.
- Anexos.
 
Además:
- Síntesis de los principales resultados.
- Análisis y conclusiones del seguimiento ambiental.
Indicador que acredita su cumplimiento

Ingreso Informe de Seguimiento Ambiental a la SMA.

 
Componente/materia:

Res. Ex. N°276/2013 del MMA. Dicta e instruye normas de carácter general sobre el procedimiento de fiscalización ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

El Titular como sujeto fiscalizado se somete en su actuar, estrictamente a lo establecido en las instrucciones entregadas en la resolución N°276 de la SMA, cada vez que se lleve a cabo un Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y descontaminación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Acta de Inspección Ambiental elaborada por el fiscalizador.

 
Componente/materia:

Res. Ex. N°277/2013 del MMA. Dicta e instruye normas de carácter general sobre el procedimiento de fiscalización ambiental de resoluciones de calificación ambiental, y deja sin efecto Res. Ex. N°769/2012.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento

El Titular da a los fiscalizadores todas las facilidades para que se lleven a cabo las actividades de fiscalización ambiental, y no se niega a proporcionar la información requerida sobre los aspectos de la materia a fiscalizar. Asimismo, se da un trato respetuoso y deferente a los fiscalizadores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Acta de Inspección Ambiental e Informe de Fiscalización Ambiental correspondientes.

 
7.3. Conclusión 

El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 

8°. Que, para la ejecución del Proyecto no se establecieron condiciones o exigencias. 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación del Proyecto, en cuanto al establecimiento de compromisos ambientales voluntarios, el Titular indicó lo siguiente:  

9.1. NO ESTABLECE COMPROMISOS VOLUNTARIOS

No aplica

El proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”, no contempla realizar compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 18, inciso segundo de la Ley Nº19.300.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10, numeral 10.1.
 
10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
 
10.1. PLAN DE CONTINGENCIAS
 

10.1.1. MANEJO DE INCENDIO

Situación de riesgo o contingencia

Incendio
Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada
Todas las partes del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Prohibición de botar basuras fuera de los contenedores habilitados o sitios autorizados.

- Mantenimiento de las áreas de trabajo libres de basuras y despejadas.

- Prohibición de fumar fuera de los sectores que sean definidos para ello, así como botar colillas de cigarrillo fuera de contenedores.

- Prohibición de cualquier tipo de quemas.

- Las instalaciones eléctricas se mantienen en buen estado.

Forma de control y seguimiento
- Registro de capacitaciones de trabajadores.
- Áreas sin basuras (visual).
- Inspección visual. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Numeral 6.1.2., literal a) del Capítulo 6 de la DIA.

 
10.1.2. CAÍDA DE MATERIALES.
Situación de riesgo o contingencia

Caída de materiales.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y cierre

Parte, obra o acción asociada
Vehículos de transporte de materiales.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Los materiales deben ser transportados según sus características, y con las medidas de resguardo necesarias que impidan su caída durante el trasporte. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Forma de control y seguimiento

- Registro de capacitaciones de trabajadores.

- Inspección visual.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Numeral 6.1.2., literal b) del Capítulo 6 de la DIA.

 

10.1.3. DERRAME DE RIL

Situación de riesgo o contingencia
Derrame de RIL
Fase del proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Inspecciones visuales diarias a la Planta.

- Mantenciones de todas las instalaciones y equipos que forman parte de la Planta.

- Se ejecutan mantenciones menores correspondientes al engrasado de partes móviles y  al cambio de aceite. Estas mantenciones se realizan dentro de las instalaciones de la planta; por lo tanto, no se efectúan en contacto directo con el suelo. Luego, los residuos que se generan por dichas mantenciones (huaipes o trapos con grasa y aceite) son almacenados en la bodega de residuos peligrosos, especialmente diseñada para este fin, en estricto cumplimiento del D.S. N°148/03 del MINSAL, evitando cualquier tipo de afectación al suelo, cursos superficiales o subterráneos. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Forma de control y seguimiento
- Registro de inspección.

- Registro de mantenciones y check list de este procedimiento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Numeral 6.1.2., literal c) del Capítulo 6 de la DIA.

 

10.1.4. DESPERFECTOS DE BOMBAS Y EQUIPOS RELACIONADOS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL BIODIGESTOR.

Situación de riesgo o contingencia

Desperfectos de bombas y equipos relacionados con el funcionamiento del biodigestor.

Fase del proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

- Inspecciones visuales diarias al Biodigestor.

- Mantenciones según la programación de todas las instalaciones y equipos que forman parte del sistema. 

Se aclara que la proliferación de vectores así como también la generación de olores durante la ejecución del Proyecto, son situaciones poco probables, debido a las características propias del sistema de tratamiento. En este contexto, el ingreso de los sustratos orgánicos de origen vegetal se realiza mediante carga directa desde el camión al biodigestor; es decir, es una actividad de muy corta duración, luego los sustratos ingresan al biodigestor, el cual está herméticamente cerrado, por lo que no genera olores.  

Los sustratos orgánicos vegetales ingresan en camiones tolva encarpados, de aproximadamente 20 toneladas cada uno, lo cuales acceden a un terraplén pavimentado, donde descargan directamente al digestor mediante un sistema de alimentación automática existente. Este sistema consiste en una tolva de alimentación automática, que incorpora los sustratos mediante un sistema de tornillo sinfín al biodigestor. Esto se realiza de manera controlada y manteniendo las condiciones anaeróbicas al interior del biodigestor. Considerando las características del sistema de carga del biodigestor, se establecen tiempos reducidos de carga. 

Adicionalmente, considerando que el biodigestor tiene un volumen de 6.200 m3, y que se carga un máximo de 90 ton/día (1,5%), se pueden prevenir problemas de funcionamiento del digestor al llevar un plan de monitoreo diario del mismo. Este monitoreo incluye: caudal de biogás, FOS/TAC que mide la relación entre los ácidos orgánicos volátiles y la capacidad alcalina total, y pH. Variaciones en los parámetros indicados, permiten ajustar las tasas de incorporación de sustratos orgánicos, y eventualmente suspender la incorporación de los mismos, hasta el restablecimiento de las condiciones adecuadas de operación. 

Se aclara que el digestato sólido que se extrae del biodigestor y que se prensa, cumple con la NCh3375 en su numeral 4.4.1, dado que el digestato está libre de olores desagradables, por lo que no se considera como una fuente que pueda generar episodios de olores molestos. Adicionalmente, se aclara que la carga se realiza directamente desde de la prensa tornillo a la tolva del camión, el que se ubica directamente bajo esta. El camión es encarpado y luego transporta el digestato sólido hacia destino; por lo tanto, no se almacena en la planta. Se enfatiza que el digestato corresponde a un material estabilizado que cumple con la NCh 3375, esta condición permite una condición y manejo similar a un compost u otro biofertilizante orgánico, libre de olores desagradables. 

En caso de ocurrencia de una falla en la operación del sistema de separación, se suspende el ingreso de sustratos orgánicos adicionales y adicionalmente puede utilizase el volumen libre (capacidad adicional) del biodigestor, que permite detener la descarga por 2 o 3 días para resolver el problema. El volumen libre del biodigestor corresponde a la altura entre el nivel límite superior de llenado y el nivel efectivo de llenado, lo que para el biodigestor de las Pampas equivale a 600 m3 (aproximadamente un 10% del volumen total del digestor). 

En el diseño del sistema no se establecen generadores de respaldo, debido a que el biodigestor, desde el punto de vista del tratamiento, continúa funcionando, aun cuando no exista energía eléctrica, dado que la carga desde los planteles y la descarga al tranque de acumulación, se realizan por diferencias de nivel (gravitacional). Al suspenderse el suministro de energía eléctrica, sólo se suspende la agitación y calefacción del digestor, lo cual en un mediano plazo no afecta la actividad biológica del mismo; y por lo tanto, se mantiene el nivel de degradación de la materia orgánica (capacidad de tratamiento). En base a la inercia térmica del digestor, se estima una óptima capacidad de tratamiento de al menos 15 días,  si no  hubiese energía eléctrica.  

Adicionalmente en caso de producirse un corte de suministro eléctrico, se detiene inmediatamente la incorporación de sustratos orgánicos adicionales al biodigestor. 

No obstante lo anterior, se han definido medidas de control de olores y vectores, en el caso de que por alguna contingencia o falla no prevista se generen olores o vectores, las cuales son las siguientes: 

- Informar al encargado de la Planta.

- Investigación del motivo de la generación de malos olores y/o proliferación de vectores (detención extendida del sistema, aumento de la carga orgánica, entre otros).

- Evaluar si se requiere la detención y limpieza del sistema, o el requerimiento de aplicar algún aditivo o desinfectante, u otra medida.

- Verificar que el evento haya sido controlado.

- Evaluar si se requiere algún tipo de modificación al sistema, para evitar la nueva ocurrencia de este tipo de evento. 

El responsable de estas tareas es el operador de la planta, notificando directamente al jefe de la planta y al encargado de medio ambiente. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Forma de control y seguimiento
- Registro de inspección.

- Registro de mantenciones y check list de este procedimiento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Numeral 6.1.2., literal d) del Capítulo 6 de la DIA.

 
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
 
10.2.1. INCENDIO

Situación de emergencia

Ocurrencia de fuego no controlado que represente peligro.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Instalaciones eléctricas; áreas de tránsito de vehículos y maquinarias. 

Tipo de peligro: Emergencia ambiental: contaminación de aire, riesgo de explosión, daños a terceros.

Acciones a implementar
- Se activa el Plan de Comunicaciones.

- En función de la magnitud otorgada a la emergencia, se activa la alarma de incendio parcial o bien en todo el plantel.

- Se activa las labores de las unidades de contingencia.

- En función de la clasificación del incidente, el personal debe evacuar ordenadamente las instalaciones hacia las zonas de seguridad establecidas previamente, y debidamente señalizadas al interior del predio.

- Se prohíbe el ingreso del personal al área afectada.

- Se ataca el fuego con extintores y red húmeda perimetral, en los lugares donde se disponga de ésta última.

- Si no es posible controlar la situación con recursos propios, se da aviso inmediato a Bomberos y/o CONAF.

- Sólo pueden reactivarse las actividades una vez que el siniestro esté controlado.

- Se realiza una completa investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.

- Una vez ocurrido el evento, se procede a evaluar los daños en la estructura física de las obras de captación, conducción y almacenamiento de efluente, estableciendo los procedimientos de reparación de ellas en los debidos casos.

- Se activa el funcionamiento del sistema sólo cuando se haya verificado que todas las instalaciones no han sufrido daños y se encuentran fuera de peligro.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Todo evento es registrado, detallándose los siguientes aspectos:
 
- Sitio del evento.
- Fecha.
- Causa.
- Extensión (zonas afectadas).
- Medidas correctivas realizadas.
- Medidas preventivas a ser aplicadas. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 6.2.3., literal a) del Capítulo 6 de la DIA.

 
10.2.2. FALLA DEL BIODIGESTOR

Situación de emergencia

Fallas en alguno de los equipos que forman parte del biodigestor, de tal forma que evita el funcionamiento normal del mismo.

Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Biodigestor y obras asociadas. 

Tipo de peligro: Posible contaminación de suelo/agua.

Acciones a implementar
i. Se activa el Plan de Comunicaciones.
 
ii. Se verifica el origen de la falla. 

iii. Se da aviso de inmediato al Jefe de planta indicando: 

- Origen de la falla.

- Magnitud de la falla, instalaciones involucradas.

- Momento de la falla y punto exacto en que se produjo.

- Posibilidad de agravamiento de la situación de emergencia (proyectar la emergencia). 

iv. Dependiendo de la magnitud de la emergencia, se toman las medidas adecuadas para la protección de los empleados. 

v. Si la falla incluye derrame de efluente, como medida de contingencia el operador de la planta procede a detener, el vertido en el punto más cercano al lugar del accidente de manera de detener su escurrimiento mediante una obra de contención utilizando material que es dispuesto cercano a la planta (tierra o arena) así como también, en la medida que sea posible, se reconduce el líquido mediante zanjas. 

vi. De forma paralela se determinan las acciones a seguir dependiendo del tipo de falla que ocasionó el problema. 

vii. Si es necesario limpiar la zona del derrame, se toman las medidas pertinentes para limpiar el área afectada. Si es necesario remover la tierra afectada, la disposición se efectúa mediante la incorporación a terrenos. 

viii. Se realiza una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Todo evento es registrado, detallándose los siguientes aspectos:
 
- Sitio del evento.
- Fecha.
- Causa.
- Extensión (zonas afectadas).
- Medidas correctivas realizadas.
- Medidas preventivas a ser aplicadas. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, SAG y DGA de esta región, vía telefónica y formalizado a través de carta, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 6.2.3., literal b) del Capítulo 6 de la DIA.

 
10.2.3. DERRAME DE RIL

Situación de emergencia

Se refiere al vertimiento accidental de RIL sobre recursos naturales como el suelo y agua, producto de filtraciones o mal funcionamiento de la Planta.

Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Sectores cercanos al biodigestor. 

Tipo de peligro: Posible contaminación de suelo/agua.

Acciones a implementar
- Se activa el Plan de Comunicaciones.

- Se da aviso de inmediato al jefe de medio ambiente (Coordinador General de la emergencia), indicando el origen de la falla, la magnitud del derrame, la zona afectada, la superficie aproximada del derrame en m2, y si existe peligro de contaminación de aguas y suelo, instalaciones, quebradas o predio vecino.

- Dependiendo de la magnitud de la emergencia, se procede a evacuar la zona afectada.

- Se determina la zona de derrame. Adicionalmente, se procede a precisar la localización de la zona de fuga, a través de la inspección de la superficie del terreno por donde se extiende la red, en búsqueda de señales de humedad.

- El personal debidamente entrenado, dirige el derrame hacia un área de fácil manejo. Esta última acción consiste en direccionar el efluente, de manera de detener su escurrimiento hacia puntos frágiles (cursos de agua) mediante la construcción de acequia, pretiles, diques etc. en el punto más cercano al lugar del accidente, en la medida que ello sea posible.

- Dependiendo del lugar, retirar el vertido mediante una bomba o pala. También puede emplearse material absorbente (viruta limpia u otro), el cual posteriormente es almacenarlo en tambores de 200 litros, los cuales deben posteriormente ser llevados para tratamiento al interior de la Planta, o a un sitio autorizado para su disposición final.

- Excavar el área de derrame y efectuar las reparaciones del tramo del ducto dañado, en el caso que esto se amerite.

- Una vez realizadas las pruebas de rigor, y comprobado que el biodigestor o la tuviera se encuentra operativo y en buenas condiciones, se procede a activar nuevamente el tramo de red de transporte de efluente.

- Si el efluente derramado se aplica al suelo, se toman las medidas pertinentes de incorporación para evitar la proliferación de vectores.

- Se realiza una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Todo evento es registrado, detallándose los siguientes aspectos:
 
- Sitio del evento.
- Fecha.
- Causa.
- Extensión (zonas afectadas).
- Medidas correctivas realizadas.
- Medidas preventivas a ser aplicadas. 

Las comunicaciones desde la empresa a la comunidad en general, quedan centralizadas en el Gerente o Encargado de medio ambiente, para ser comunicada además a la Superintendencia del Medio Ambiente, SAG y DGA de esta región, vía telefónica y formalizado a través de carta. 

El procedimiento de comunicación para situaciones de emergencia ante afectación de cursos de aguas naturales, artificiales y napas, es el siguiente: 

- Se establece como interlocutor principal por parte de la DGA al Encargado de Medio Ambiente. Para ello, se genera y mantiene en el Plantel Las Pampas un listado con los datos de contacto de la persona encargada, listado que es actualizado cada tres meses. 

Ocurrida la emergencia, se da aviso a la DGA mediante llamado telefónico, el cual posteriormente es formalizado mediante una carta que detalla la emergencia ocurrida describiéndola brevemente, además de las medidas de emergencias implementadas. Esta carta es entregada en la oficina de partes de la DGA, dentro de los siguientes 5 días hábiles al evento.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 6.2.3., literal c) del Capítulo 6 de la DIA.

 
11. Que, de acuerdo el proceso de solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, no se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”. 

El Proyecto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 1 de diciembre de 2016, y en un Diario de circulación nacional (Diario El Mercurio), la misma fecha antes señalada. La Difusión Radial se efectuó por medio de la Radio Ilusión 102.3 FM, entre los días 2 y 9 de diciembre de 2016, según consta en el certificado emitido por la misma radio, firmado y timbrado por su representante legal de dicho medio de radiodifusión.   

Con fecha 16 de diciembre de 2016, 10 días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial, se venció el plazo indicado en el Artículo 30 bis de la ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de Participación Ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental que se presenten a evaluación, y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. 

Al respecto, no se presentaron y recibieron en la oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins, solicitudes de participación ciudadana por parte de personas afectadas u organizaciones ciudadanas, de acuerdo al Artículo 30 bis de la ley N°19.300. 

12. Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular debe remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 

13. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.8. Cronología de las Fases del Proyecto de la presente Resolución. 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 

15. Que, para que el proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas” pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.  

16. Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 

17. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA.  

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, ya sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas”, de Agrícola Santa Lucía Ltda. 

2°. Certificar que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 

3° Certificar que el proyecto “Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas” cumple con los requisitos de carácter ambiental, contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N°138, N°139, N°142 y N°160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  

4°. Certificar que el Proyecto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.8. Cronología de las Fases del Proyecto del presente acto.  

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días, contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Pablo Silva Amaya
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins




Pedro Pablo Miranda Acevedo
Director (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins




ARC/PMA/YSB/GHR

Distribución:

  • Pablo Espinosa Lynch
  • CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins
  • Ilustre Municipalidad de Pichidegua
  • SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins
  • SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <esanchez.6@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Incorporación de Sustratos Orgánicos de Origen Vegetal al Biodigestor del Plantel de Cerdos Las Pampas"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=0b/8c/45272b0deced5e56fe04923ba156a37e425a


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