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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES"

Resolución Exenta Nº 31

Copiapó, 30 de Enero de 2013



VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES", presentada por el Señor ALEXANDROS GEORGIOS SEMERTZAKIS PANDOLFI, en representación de TRANSELEC S.A., con fecha 22 de Octubre de 2012.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

    2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

    Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por, con fecha 22/10/2012

    Test de admisión S/N. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 24/10/2012

    Oficio solicitud de evaluación DIA Nº487. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 24/10/2012

    Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº277 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 22/11/2012

    Adenda S/N. Por TRANSELEC S.A., con fecha 07/01/2013

    Solicitud de evaluación de adenda Nº17. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 07/01/2013

    2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

    Oficio Nº12600/154 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 25/10/2012; Oficio Nº1591 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 30/10/2012; Oficio Nº818 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 07/11/2012; Oficio Nº85 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 08/11/2012; Oficio Nº10516 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 09/11/2012; Oficio Nº367 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 09/11/2012; Oficio Nº1126 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 12/11/2012; Oficio Nº267 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº819 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº4684 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº693 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº933 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº746 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº114-EA/2012. sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 13/11/2012; Oficio Nº887 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 14/11/2012; Oficio Nº1102 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 14/11/2012; Oficio Nº505 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 17/11/2012; Oficio Nº780 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 19/11/2012; Oficio Nº2199/2012 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 21/11/2012; Oficio Nº16 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 09/01/2013; Oficio Nº42 sobre la Adenda 1, por DGA,Región de Atacama, con fecha 18/01/2013; Oficio Nº026 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 21/01/2013; Oficio Nº155/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 21/01/2013; Oficio Nº51 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 21/01/2013;

    2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

    En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Explotación y Beneficio Yacimiento de Hierro Mina San Francisco', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

    CONADI, Región de Atacama

    Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama

    DGA,Región de Atacama

    DOH, Región de Atacama

    Gobernación Marítima de Caldera

    Gobierno Regional, Región de Atacama

    Ilustre Municipalidad de Copiapó

    SAG, Región de Atacama

    SEREMI Agricultura, Región de Atacama

    SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama

    SEREMI MOP, Región de Atacama

    SEREMI Minería, Región de Atacama

    SEREMI Minvu, Región de Atacama

    SEREMI Salud, Región de Atacama

    SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama

    SEREMI de Desarrollo Social

    SEREMI de Energía, Región de Atacama

    SERNAGEOMIN, Región de Atacama

    SERNAPESCA, Región de Atacama

    SERNATUR, Región de Atacama

    Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama

    Consejo de Monumentos Nacionales

    Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

    Superintendencia de Servicios Sanitarios

    Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

    Oficio no participación en la evaluación Nº1279. Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 31/10/2012

    Oficio no participación en la evaluación Nº3066. Por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 14/11/2012


  3. La sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama de fecha 30/01/2013

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES".

  5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES".

  2. Que, el derecho de TRANSELEC S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" consiste en:

     

    3.1 Localización

    El proyecto “Instalación de un Equipo CER en La Subestación Eléctrica Cardones” se construirá parcialmente al interior y parte de éste adosado a la actual Subestación Cardones, pero dentro del terreno perteneciente a Transelec, ubicada en la Comuna de Copiapó, Provincia de Copiapó, Región de Atacama.

    3.2 Vida Útil

    30 años

    3.3 Mano de obra

    ·         Construcción: 74 personas, con un peak de 94

    3.4 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

    La superficie total a utilizar por el proyecto terminado será de 3.320 m2, la cual estará compuesta fundamentalmente por la subestación GIS, que empleará 1.465 m2 y el Sistema CER que empleará 1.855 m2.

    3.5 Objetivo

    El Proyecto tiene por objetivo aumentar la capacidad, seguridad y confiabilidad operacional del Sistema Eléctrico Interconectado Central (SIC), a través de la instalación de equipos de alta tecnología que permitirán inyectar o absorber potencia reactiva del Sistema Eléctrico, evitando sobrecargas, perturbaciones y colapsos de tensión que puedan provocar un apagón total o parcial del Sistema.

    En efecto, estas obras permitirán aumentar la capacidad de transmisión de energía a través de las líneas eléctricas y proporcionar una mayor confiabilidad en la operación de los sistemas de transmisión e instalaciones dependientes de la Subestación Cardones.

    3.6 Descripción del proyecto

     

    El proyecto consiste en la construcción de un patio CER (Compensador Estático de Reactivos), en la subestación Cardones.

    Contempla la instalación de un equipo Compensador Estático de Reactivo (CER).

    Para la conexión dele quipo CER a la Subestación Cardones se contempla la implementación de un paño que tendrá  un equipo GIS (equipo de gas aislado).

    Para la conexión de equipo CER y el equipo GIS se realizará una canaleta de hormigón con tapa, que permitirá la conexión entre los equipos.

    3.6.1 Partes y obras del proyecto

    3.6.1.1 Equipos

    a) Compensador Estático de Reactivos (CER)

    El equipo CER permitirá inyectar o absorber energía reactiva del sistema eléctrico deforma continua, según lo requieran las condiciones de operación. Lo anterior tendrá como objetivo estabilizar la tensión y disminuir las pérdidas produciendo un aumento en la capacidad de transmisión, además de mejorar el factor de potencia de las instalaciones de transmisión eléctrica.

    Las partes que compondrán el equipo Compensador Estático de Reactivos (CER), el que se emplazará en su respectivo patio, serán las siguientes:

    · Transformador de poder de 100 MVAr

    · Sistema de válvula Tiristores

    · Filtros de armónicas

    · Reactores (Bobinas o inductores)

    · Banco de condensadores

    · Sistema de control y protecciones

    · Sistema de refrigeración

    · Sala de mando

    b) Equipo GIS

    Además, para la conexión a la subestación se contempla la implementación de un paño que tendrá un Equipo GIS (del Inglés Gas Insulated Switchgear1) en 220 kV, con sus correspondientes conexiones al equipo CER.

    El equipo GIS corresponde a una subestación compacta confinada a ductos metálicos llenos de Hexafloruro de Azufre que es un gas aislante incoloro, inodoro, no toxico y no Inflamable (también denominado gas SF6). A través de este equipo se conectará el equipo CER a las instalaciones existentes de la Subestación Cardones.

    Las partes que componen el equipo GIS, el que se emplazará en su respectivo paño al interior de la subestación, son las siguientes:

    · Aisladores de Pedestal.

    · Interruptor de poder de 220 kV.

    · Desconectadores de 220 kV.

    · Transformadores de Potencial (Medida) de 220 kV.

    · Transformadores de Corriente (Medida) de 220 kV.

    · Equipos Pararrayos de 220 kV.

    El paño GIS contará con un equipo de conexión encapsulado en gas SF6 el cual permite ahorrar 2/3 de espacio en comparación con paños de conexión convencional en aire. Además este sistema posee la ventaja de ser resistente a la polución en ambientes salinos, es de alta eficiencia y tiene un alto estándar de seguridad debido al encapsulamiento de sus componentes.

    El Titular en Adenda N°1 señala que en caso de ocurrir fugas del equipo GIS, se procederá de la siguiente forma:

    a) Antes de realizar cualquier actividad en la cual se manipule equipos que contengan gas SF6, así como desechos o residuos que contengan este gas, se deberá revisar la Ficha de Datos de Seguridad del producto.

    b) En caso de determinar que existe fuga de gas SF6, como consecuencia de observar una caída constante de presión en el manómetro del propio equipo, se procederá, en general, de la forma que se indica a continuación, complementada con los procedimientos técnicos específicos señalados por el fabricante del equipo:

    ·         Se aislarán las posibles zonas de fuga (unión de bridas, tapas, niples, etc.), con el objeto de ubicar el posible escape de gas.

    ·         Se realizará la detección de la presunta fuga con un equipo apropiado.

    ·         Se drenará el gas del equipo hacia un estanque apropiado, de preferencia a través de una unidad de tratamiento de gas. Aplicar vacío al equipo para retirar completamente el gas.

    c) Una vez finalizada la actividad el Inspector de la empresa o el Jefe de Faena del Contratista será el responsable de eliminar todos los residuos y desechos generados y manipularlo conforme a las disposiciones indicadas en el procedimiento de manejo ambiental de residuos y desechos sólidos.

    Para complementara la información sobre fugas en equipo GIS, revisar respuesta 9 del Adenda N°1.

    3.6.1.2 Instalaciones

    a) Equipo Compensador Estático de Reactivos (CER).

    Estos equipos se emplazarán sobre una superficie de aproximadamente 1.855 m2 para la instalación del equipo. La superficie a utilizar por el patio en que éste se instalará elequipo CER se ubica en un terreno adyacente al cierre perimetral que actualmentecircunscribe la Subestación Cardones.

    b) Equipo GIS de 220 kV y conexión al equipo CER

    La habilitación del equipo GIS de 220 kV, aislado en SF6, utilizará una superficie de 1.465 m2. En este caso el paño en que se emplazará esta instalación se ubica dentro de área delimitada por el cierre perimetral de la Subestación Cardones, lo que implica que para el equipo GIS no se necesita intervenir un área adicional a la que actualmente conforma la Subestación.

    Para lograr la conexión se deberá realizar una obra de canalización de fuerza y control que consiste en una canaleta de hormigón con tapa de aproximadamente 1,5 x 1,5 m que permitirá la conexión entre el equipo GIS con el equipo CER.

    c) Instalaciones metálicas y estructuras de hormigón

    Las instalaciones metálicas y las estructuras de hormigón son necesarias para la operación conjunta del Equipo CER y Equipo GIS. Este tipo de instalaciones corresponderán, fundamentalmente, a las siguientes:

    · Marcos de línea y Barra para la conexión del CER al equipo GIS de 220kV.

    · Estructuras para el montaje de los equipos primarios CER y equipo primarios GIS.

    · Plataformas de hormigón para el montaje de todos los equipos del proyecto.

    Además el proyecto incluirá la construcción del “cierro perimetral” para toda la zona de ampliación de la subestación (área instalaciones Patio CER), de característicassimilares al actual cierro.

    d) Obras menores

    · Sala de mando: Se construirá una sala de 270 m2 aproximadamente para albergar las válvulas tiristores, los equipos de control, protecciones entre otros del equipo CER.

    · Malla de puesta a tierra: se instalará para la protección del equipo CER. La malla se enterrará unos 60 cm bajo el nivel de piso terminado de la subestación y se ejecutará en cable de cobre desnudo y aditivos que mejoren la resistividad del terreno si fuese necesario. Esta malla protege a las personas que eventualmente se encuentren cercanas al equipo;

    · Obras de implementación del sistema de control y protecciones, alumbrado perimetral, sistemas de seguridad y alarmas, cierro metálico, entre otras obras menores;

    · Foso recolector con separador agua – aceite: Corresponde a un foso medianteun sistema de ductos, para el caso que ocurra un derrame de aceite del transformador (evento de muy baja probabilidad). El transformador utiliza un volumen de 38.000 litros de aceite aislante, por lo que el foso se construirá con una capacidad equivalente al 130% del volumen de aceite contenido en el transformador;

    · Equipo Auxiliar de poder: está compuesto por un transformador auxiliar, baterías y su respectivo cargador, un equipo UPS y sistemas de distribución de corriente continua;

    e) Instalaciones temporales

    Durante la etapa de construcción existirán instalaciones temporales, de tipo modular, las cuales estarán operativas durante 8 meses que corresponden a la duración de la etapa de construcción del Proyecto.

    Estas instalaciones temporales, o instalación de faenas, estarán completamente dentro del terreno perteneciente a Transelec, pero fuera del área comprendida por la Subestación. Las instalaciones temporales se circunscriben dentro de un perímetro que comprende un área de 1.740 m2, aproximadamente.

    La instalación de faenas estará compuesta fundamentalmente por oficinas, comedor, casa de cambio, bodegas, duchas, baños, estacionamientos y patios de acopio.

    Se proveerá de alimentación a los trabajadores en un comedor dotado con mesas y sillas con cubierta lavable, provisto de agua limpia para el aseo de manos y cara antes del consumo, el cual contará con la autorización sanitaria correspondiente, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 del D.S.Nº594/00 del Ministerio de Salud (MINSAL).

    En la instalación de faenas y lugares de trabajo se dispondrán de baños químicos en cantidad y calidad, según lo indicado en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº594/00 delMINSAL. Del mismo modo se instalarán duchas portátiles para el uso de los trabajadores.

    Se dispondrá de guardarropías para los trabajadores en la Subestación Cardones.

    Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del D.S. N° 594/00 de MINSAL, se dispondrá de un recinto destinado a vestidor, cuyo espacio interior permanecerá limpio y protegido de condiciones climáticas externas. Cuando trabajen hombres y mujeres los vestidores serán independientes y separados. En este recinto se dispondrán los casilleros guardarropas, los que estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al total de trabajadores ocupados en el trabajo o faena.

    Además la instalación de faenas contará con 5 bodegas para guardar herramientas y materiales menores, así como también contará con las oficinas para las respectivas jefaturas y personal administrativo.

    Dentro del área de instalaciones temporales y en un sector aledaño a las instalaciones modulares, se construirán obras para almacenamiento temporal de residuos, así como aceites y combustibles.

    Cabe indicar que no se considera necesaria la instalación de campamento debido a la cercanía de las obras con la ciudad de Copiapó y localidades cercanas, siendo el personal trasladado diariamente a la instalación de faenas y/o a las áreas de trabajo respectivos.

    La distribución de las instalaciones modulares con que cuenta la instalación de faenas se muestra en la Figura 2-4 de la DIA.

    3.6.2 Etapa de construcción

    La etapa de construcción considera principalmente movimientos de tierra y habilitación de fundaciones, montaje electromecánico de estructuras y equipos, pruebas y puesta en servicio. Cabe destacar que para su ejecución, el proyecto no requiere instalaciones auxiliares, tales como plantas de asfalto, extracción de áridos o puntos de captación de aguas.

    3.6.2.1 Contratación de mano de obra temporal y transporte de personal.

    La contratación será realizada por la empresa Contratista a cargo de las obras, la que deberá contratar mano de obra calificada y no calificada para la realización de las actividades.

    El personal se trasladará a la obra a través de un sistema de transporte privado desde la localidad de Copiapó a la subestación Cardones.

    En Adenda N°1 el Titular señala que el flujo de vehículos para el traslado de trabajadores en:

    - Etapa de movimiento de tierra se estima 20 viajes totales, 2 viajes por día

    - Etapa de obras civiles 80 viajes totales 2 viajes por día

    - Etapa de montaje 80 viajes totales, 2 viajes por día

    Para ampliar información sobre el flujo de vehículos revisar respuesta 5 del Adenda N°1

    3.6.2.2 Instalaciones de obras temporales.

    La instalación de faena contará con instalaciones modulares y una bodega de almacenamiento temporal de residuos BAT y un patio de salvataje, dentro de los terrenos de Transelec.

    Para instalar las estructuras modulares y patios de salvataje y la BAT se requerirá nivelación de terreno y luego de ello será necesario preparar la base sobre la cual se dispondrá cada uno de los módulos.

    Para la delimitación del terreno a utilizar por la instalación de faena se cerrará el perímetro del área mediante un cerco de malla tipo acma.

    Para las actividades asociadas a la ejecución de obras y actividades de la fase de construcción, se habilitará una instalación de faena. Esta instalación de faena estará operativa durante todo el período que dure la construcción del proyecto (8 meses aproximadamente).

    3.6.2.3 Compra equipos y servicios.

    Se adquirirá equipamiento tales como: equipos eléctricos de medida y de maniobra, conductores, aisladores, transformadores, etc., los cuales habitualmente provienen del extranjero.

    3.6.2.4 Transporte de suministros y materiales.

    Gran parte de los materiales transportados corresponderán a material de excavación, material de relleno y hormigón adquirido desde proveedores autorizados en la zona.

    El resto de los materiales será provisto desde Santiago, el traslado de ellos se realizará por la Ruta 5 Norte hasta la obra, exceptuando el material de empréstito para el relleno masivo que será provisto desde Copiapó por Ruta 5 Norte o Ruta C-391hasta la obra.

    Los orígenes y destinos de los viajes contemplados, se detallan en la Tabla 2-1 de la DIA.

    Respecto a los equipos y suministros importados, éstos desembarcarán en el puerto de Antofagasta o de Angamos y serán trasladados por vías públicas (Ruta 5 norte) a los lugares de almacenamiento ubicados en la subestación. Su transporte se realizará en camiones y camionetas.

    En caso que se requiera transportar una carga que supere los límites de peso máximo establecido en la normativa vigente (equipos o maquinarias), tanto en caminos urbanos como interurbanos, se solicitarán previamente los permisos correspondientes ante la Dirección de Vialidad.

    En Adenda N°1 el Titular señala que el flujo de vehículos para:

    - Traslado de maquinaria en la etapa de movimiento de tierra se estima 6 viajes totales, 0,6 viajes por día

    - Transporte de hormigón en la etapa de obras civiles 134 viajes totales, 4,46 viajes por día

    - Transporte de materiales de construcción en la etapa de obras civiles 2 viajes totales, 005 viajes por día

    - Transporte de equipos en la etapa de montaje 2 viajes totales, 0,05 viajes por día

    - Transporte de materiales de construcción en la etapa de montaje 4 viajes totales, 0,18 viajes por día

    Para ampliar información sobre el flujo de vehículos revisar respuesta 5 del Adenda N°1

    3.6.2.5 Maquinaria.

    La maquinaria a utilizar mientras se ejecuten las actividades de construcción en la subestación, se detalla en la tabla 2-2 de la DIA.

    En Adenda N°1 el Titular señala que el proyecto no considera un taller de mantención, todas las mantenciones de maquinarias se realizaran fuera del sector del proyecto, siendo responsabilidad del contratista estas actividades.

    Para acreditar que las mantenciones se realizan en un lugar autorizado, se contará con los respectivos certificados de acreditación industrial del taller y los certificados referidos a la disposición y manejo correcto de los residuos peligrosos asociados a estas mantenciones. Para requerimiento de la Autoridad cuando lo estima pertinente.

    3.6.2.6 Preparación del terreno y movimientos de tierra.

    Se realizará el escarpe, luego de esto se realizará la nivelación, relleno y compactación del terreno. Para esta actividad será necesario realizar un escarpe superficial del suelo en una superficie total aproximada de 3.320 m2 para habilitar equipos de paño GIS y patio CER.

    El movimiento de tierra asociado a esta actividad desglosado por obra según se muestra a continuación en valores aproximados:

    - Volumen de excavaciones 1.530 m3;

    - Volumen de material de relleno a utilizar: 80 m3;

    - Volumen de hormigón a utilizar: 400 m3.

    El excedente de excavación será transportado a un sitio autorizado por la autoridad competente.

    Una vez despejado el terreno se realizará el relleno controlado para lograr la cota de diseño y así alcanzar un terreno estable en donde se ubicarán las futuras instalaciones. El relleno se realizará con materiales granulares los que se someterán a compactación. 

    3.6.2.7 Obras civiles

    ·       construcción de fundaciones

    Se construirán fundaciones para el soporte de estructuras eléctricas en hormigón armado de acuerdo a las dimensiones y especificaciones de diseño de las estructuras.

    - Estructuras de patios y Malla de Puesta a Tierra

    Se instalarán las estructuras metálicas sobre las fundaciones construidas, a las cuales serán conectadas la malla aérea de protección contra descargas atmosféricas y la malla de puesta a tierra de las nuevas instalaciones.

    3.6.2.8 Pruebas y puesta en servicio.

    Esta actividad considera la revisión del correcto funcionamiento de los equipos, la continuidad eléctrica del sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases, la instrumentación de control.

    Se realizarán pruebas con carga, las que incluirán la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánicas de todos los equipos.

    3.6.3 Etapa de Operación

    La operación de las subestación Cardones será desatendida, es decir, sin presencia de personal permanente.

    Esta será monitoreada y comandada en forma remota a través de un enlace de telecomunicaciones vía Onda Portadora por Línea de Alta Tensión (OPAT) al Centro de Operación Zonal (COZ) de Transelec ubicado en ciudad de La Serena.

    Las actividades a ser desarrolladas durante la operación del proyecto serán:

    · Mantenimiento preventivo

    La mantención preventiva comprenderá la limpieza e inspección de los equipos y las instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos.

    Se elaborará un plan de mantenimiento preventivo en base a las instrucciones de los fabricantes, la experiencia de los especialistas en la materia y la realimentación obtenida de los resultados de su aplicación en los años precedentes.

    En este plan, a cada equipo se le asigna una determinada periodicidad de atención.

    El plan de mantenimiento preventivo puede experimentar perfeccionamientos paulatinos, año a año, de acuerdo a las nuevas experiencias que se vayan adquiriendo.

    · Mantenimiento correctivo programado y no programado.

    La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de producirse fallas o detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que se realizarán de acuerdo al programa de mantenimiento.

    3.6.4 Etapa de Cierre

    Debido a la posibilidad de prorrogar la vida útil del proyecto no se ha considerado una etapa de cierre. No obstante, en el caso de cerrar la instalación y no extender su vida útil, esta etapa considerará el desmantelamiento de las obras y la restitución del área de emplazamiento, en lo posible, a su estado original.

    3.6.4.1. Desconexión de las líneas

    Previo al retiro de los equipos, se procederá a la desenergización de los conductores de las líneas que empalman con la subestación, tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en esta actividad.

    3.6.4.2. Desmantelamiento de los equipos y estructuras

    Los equipos que puedan ser reutilizados serán guardados, y el resto se dispondrá en un sitio autorizado para ello.

    3.6.4.3. Eliminación de obras civiles y restitución del terreno

    Las obras civiles serán demolidas y se restaurarán las condiciones similares del terreno original.

    3.6.4.4. Transporte y disposición de residuos

    Se considerará la disposición final de los residuos inertes y peligrosos, incluida la tierra contaminada por eventuales derrames en la etapa de desmantelamiento, en sitio autorizado para cada tipo de residuo.

    3.6.5 Insumos y servicios

    3.6.5.1. Materiales de Construcción

    Para la construcción del proyecto se requerirá aproximadamente:

    · 300 m3 de hormigón, el cual será adquirido de proveedores locales

    · 20 ton de armaduras aproximadamente.

    3.6.5.2. Aceite Dieléctrico y Gas SF6

    Para el funcionamiento de los equipos se requerirán:

    · 38.000 litros de aceite dieléctrico en el transformador del equipo CER, los que provendrán en tambores sellados, de una capacidad de 200 litros y que serán almacenados en el patio habilitado en la instalación de faenas.

    · Gas SF6, este gas será suministrado directamente por el proveedor de los equipos GIS. Este viene contenido en cilindros de acero especialmente diseñados para su transporte y almacenamiento.

    Los aceites se acopiarán temporalmente en el patio habilitado al interior de la instalación de faenas. Esta área de 5 x 8 metros, contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente según lo establecido por el D.S. N°594/1999, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

    El área de almacenaje para SF6 corresponderá a una de las bodegas ubicadas en las instalaciones modulares donde, los cilindros queden protegidos de daños físicos, calor y la luz del sol.

    El Titular en Adenda N°1 señala que  el periodo de almacenamiento del gas SF6 es de un máximo de 6 meses en cilindros. El almacenamiento de los cilindros se realizara cumpliendo con los establecido en el D.S 78/2009, de Ministerio de Salud, serán almacenados de manera vertical y firmemente asegurados para impedir su caída, en un área fresca (la temperatura donde se almacenan no debe superar los 52°C), seca y bien ventilada, lejos de áreas de mucho tráfico y de salidas de emergencia, donde queden protegidos de posibles daños físico, además se mantendrá durante el almacenamiento, la protección de las válvulas en los cilindros.

    En Adenda N°1 el Titular señala que para las mantenciones preventivas y correctivas del equipo de control, para el caso del gas SF6 se procederá de la siguiente manera:

    a. El personal que realice cualquier actividad en la cual se manipule equipos que contengan gas SF6 así, como desechos o residuos que contengan este gas, deberá conocer la Ficha de Datos de Seguridad del producto.

    b. Durante la manipulación de equipos que contengan gas SF6 o desechos o residuos de este gas, el trabajador usará equipos de  protección personal (EPP) certificados. Se considerarán a lo menos los siguientes elementos: antiparras o lentes de protección, guantes y mascarilla desechable, dependiendo de la situación presente.

    c. En caso de necesidad de intervención en los compartimentos del equipo conteniendo SF6 , se procederá de la siguiente manera:

    - Se drenará el gas del equipo hacia un estanque apropiado, de preferencia a través de una unidad de tratamiento de gas. Aplicar vacío al equipo para retirar completamente el gas.

    - Antes de entrar al equipo, el personal de mantención verificará la presencia de productos sólidos de descomposición. Si fueran encontrados productos sólidos de descomposición, se ventilará el equipo con aire por 10 minutos, después de lo cual se usarán los elementos de protección personal para ingresar al equipo y mantener una ventilación suave durante el trabajo al interior de éste.

    - La remoción de los productos sólidos debe hacerse con una aspiradora de polvo, además todas las partes internas deben ser restregadas con un paño seco que no suelte fibras, para sacar los productos sólidos no removidos por el proceso de aspiración.

    - Los productos sólidos de descomposición del SF6 y todos los materiales usados en la limpieza, tales como paños, filtros de aspiración, elementos filtrantes del gas interruptor y de las unidades de tratamiento y elementos de protección personal deben ser manipulados con el máximo de cuidado evitando la dispersión del polvo.

    - Una vez finalizada la actividad el Contratista será el responsable de eliminar todos los residuos y desechos generados y manipularlos conforme a las disposiciones indicadas en el procedimiento de ambiental de residuos y desechos sólidos.

    En Anexo B del Adenda N°1 se presenta el “Procedimiento de Manejo Ambiental, manejo de fugas y derrames de sustancias o residuos peligrosos”, para complementar la información señalada anteriormente.

    3.6.5.3. Energía

    La energía eléctrica necesaria para operar los equipos y maquinarias que serán utilizados en las faenas, será suministrada mediante la conexión a un empalme energía eléctrica en la Subestación Cardones. Sin embargo, como alternativa en caso de emergencia, se contempla la utilización de un grupo electrógeno diesel de una capacidad de 32kVA.

    3.6.5.4. Combustibles

    Para el funcionamiento de los vehículos y de los equipos motorizados de construcción se requerirá un estimado mensual de 5 m3 de combustible, el cual será abastecido en los servicentros cercanos a la subestación Cardones.

    En caso que el Contratista requiera almacenar y manipular combustibles líquidos derivados del petróleo para abastecer a la maquinaria de baja movilidad (principalmente grupo electrógeno), el volumen no será superior a 800 litros (4 contenedores) y será colocado en tambores metálicos, debidamente rotulados, y en un lugar acondicionado dentro del patio para almacenamiento de aceites, el que se emplazará al interior del área de instalaciones temporales.

    3.6.5.5. Agua Potable

    Se estima que durante la etapa de construcción de obras se requerirán aproximadamente 9,4 m3/mes de agua potable para consumo humano y servicios sanitarios, considerando un máximo de 94 trabajadores y un consumo de 100 l/persona/día, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 del D.S. N° 594/00 de MINSAL. Para las duchas y lavamanos, el agua será adquirida de un proveedor autorizado, y almacenada en un estanque, en la respuesta 1 y 2 de Adenda N°1, el Proponente amplía esta información.

    Del agua requerida, el agua de bebida para los frentes de trabajo se abastecerá en botellones de 20 litros y se suministrará por medio de dispensadores. Los botellones y dispensadores podrán ser provistos por las empresas autorizadas de la zona. La fracción de agua para bebida es alrededor de 0,6 m3/mes para una dotación de 94 personas, considerando 2,5 l/día/persona.

    3.6.5.6. Agua de Uso Industrial

    Las obras a realizar en la subestación Cardones requieren la utilización de 50 m3/día de agua industrial para humectar la zona de obras y evitar el levantamiento de material particulado. El suministro será a través de camión aljibe y mediante un proveedor autorizado, en la respuesta 1 y 2 del Adenda, el Proponente amplía esta información.

    Así mismo para el lavado de de las canoas de los camiones mixer se estima utilizar 50 l, estimando una cantidad total 134 viajes de camiones mixer durante la etapa de construcción, esta agua será suministrada por una empresa autorizada. Esto equivale a un volumen total de 6.700 l.

    3.6.5.7. Servicios Higiénicos

    Los servicios higiénicos necesarios para el personal considera la implementación de baños químicos provistos por una empresa que cuente con la autorización Sanitaria Respectiva. Para las aguas servidas, lavamanos y duchas, también se considera la implementación de sistemas químicos con el retiro periódico de estas aguas residuales mediante una empresa autorizada.

    El Titular en Adenda N°1 señala que mantendrá una ficha de los camiones involucrados para el transporte de los residuos, donde se indique al menos las siguientes características: marca, modelo, año, patente, nombre conductor y capacidad de camión, la cual estará disponible para revisión y solicitud de la autoridad. Además se mantendrá un listado de todos los residuos líquidos generados (aguas servidas) que ingresen a la planta de aguas servidas de la sanitaria regional autorizada y se mantendrá toda la información y documentación que verifique el ingreso de estos residuos a la planta. Asimismo se mantendrá documentado guías y fichas que correspondan al ingreso a la PTAS de la sanitaria regional, debidamente timbrada, en la respuesta 4 del Adenda N°1, se entrega más detalle sobre esta materia.

    Los servicios higiénicos cumplirán con lo establecido en D.S. N°594/1999, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo.

    3.6.5.8. Almacenamiento Temporal de Residuos y Disposición Final

    - Residuos No Peligrosos

    La instalación de faena en su interior contará con un patio de salvataje, debidamente delimitado y señalizado, para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.

    Las dimensiones de referencia serán 3 m de ancho y 5 m de largo.

    Los residuos domésticos serán almacenados en contenedores con tapa, los cuales serán retirados por una empresa debidamente autorizada, con destino a un relleno sanitario autorizado con una frecuencia de al menos dos veces por semana, ubicado en sector quebrada El Chulo Ruta CH-31 a 24 km de la ciudad de Copiapó.

    - Residuos Peligrosos

    En la instalación de faena se habilitará una instalación denominada Bodega de Almacenamiento temporal BAT cuyas dimensiones aproximadas serán de 5 m de ancho y 8 m de largo. Estos residuos serán almacenados en tambores y el área contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente.

    Para su disposición final estos serán retirados por una empresa autorizada. Una vez que los depósitos completen su capacidad y se encuentren rotulados.

    El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos, contará con las siguientes características:

    · Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

    · Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

    · En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados.

    · Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

    · Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

    · Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

    · El recinto destinado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.

    · No obstante lo anterior, en caso que accidentalmente se generen residuos peligrosos (ej. fallas imprevistas en vehículos y/o maquinarias que contengan aceite o hidrocarburos) se implementará las siguientes acciones de contingencia:

    - Se delimitará el área contaminada con aserrín o arena, de forma de contener el derrame y evitar la contaminación de los suelos circundantes;

    - Se retirará el suelo contaminado y se depositará en tambores o contenedores especialmente destinados para ello;

    - Se etiquetará el tambor o contenedor con el tipo de residuo y se sellará herméticamente, almacenándolo temporalmente en una Bodega de Acopio Temporal (BAT) que para tal efecto el Contratista habilitará en la instalación de faenas

    - Se solicitará el retiro del material contaminado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, la que estará a cargo de su transporte hasta el lugar de disposición final de éste.

    En Adenda N°1 el Titular señala que se tendrá registro correspondiente del destino final de los residuos peligrosos.

    El Titular deberá solicitar autorización sanitaria de almacenamiento transitorio de residuos industriales peligrosos y no peligrosos a implementarse en la etapa de construcción del proyecto a la SEREMI de Salud. Sin perjucio de ello debe reportar el cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

    Por otro lado, el proyecto potencialmente podría generar residuos peligrosos durante la carga y descarga de los equipos eléctricos y aceites dieléctricos a ser usados en la subestación, tanto en la construcción como en la operación, ésta última a través de las mantenciones de los equipos. Por esto, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y actuar adecuadamente ante una contingencia, el Contratista implementará, respectivamente, las medidas de prevención y contención señaladas a continuación:

    Impermeabilización

    · Se dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor.

    · Sobre la primera capa de arena se dispondrá de un polietileno de de alta densidad para impermeabilizar el sector.

    · Sobre el polietileno antes mencionado se volverá a disponer de otra capa de arena que tendrá como objetivo proteger la capa de polietileno de rotura y además podrá absorber eventuales derrames.

    · Se dispondrá de pretiles de contención ante posibles derrames

    · Sobre las capas de arena antes descritas se dispondrá de pallets de madera de forma que los residuos no tenga contacto directo con el suelo.

    · El sector de acopio considera los distanciamientos y deslindes establecido en la normativa.

    · Se contará con extintores multipropósito y kit para posibles contenciones de derrames.

    Medidas de Prevención

    ·Se cubrirá el suelo con un plástico impermeable en el área de carga y descarga de aceites dieléctricos.

    ·Se cubrirá con un material sorbente el plástico (e.g. aserrín, arena tierra, arcilla granulada, barreras sorbentes, etc.), el cual será posteriormente recogido y dispuesto en la BAT que se dispondrá en las faenas para luego ser trasladado y dispuesto en un Sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

    Medidas de Contención

    · Se detendrá toda operación que se esté desarrollando en el sector.

    · Se establecerá una zona de seguridad, asilando el derrame y evitando que éste fluya hacia el sistema de drenaje u otros sectores.

    · Una vez superada la emergencia se recolectará el sorbente utilizado para luego ser trasladado y dispuesto en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

    En la etapa de cierre, si se opta por el desmontaje de parte de las obras, la generación de eventuales residuos peligrosos y su manejo, se realizará según se describe anteriormente.

    Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148/2004. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

    El retiro, transporte y disposición final de residuos se hará mediante servicios autorizados según la normativa vigente.

    En Adenda N°1 el Titular entrega un esquema general de reacción ante una emergencia y/o contingencia, en la respuesta 5 del Adenda N°1 se entregan mayores antecedentes.

    3.6.6 Seguridad y prevención de riesgos

    Se controlará en forma periódica el cumplimiento de las normas de prevención de riesgo en todas las obras e instalaciones involucradas, así como de las actividades de construcción y montaje del Proyecto. Se obligará a respetar y ceñirse a las normas legales y reglamentarias aplicables sobre seguridad laboral. Entre las medidas de control y de prevención de riesgos que se contemplan para el actual proyecto, destacan:

    · Se mantendrá en las obras un experto en prevención de riesgos;

    · Se efectuarán inspecciones periódicas a las faenas; y

    · Se dispondrá del lugar para prestar atención de primeros auxilios.

    En Adenda N°1 el Titular señala que se contempla un sistema de detección de incendios al interior de la nueva sala de control y del galpón del equipo GIS. El sistema será altamente confiable, de fácil mantenimiento y cumplirá todas las normas de seguridad aplicables, según se detalla en Anexo E del Adenda N°1, “Especificación Técnica del sistema de detección de incendios”. En la respuesta 15 del Adenda N°1, se presentan mayores antecedentes.

    En Adenda N°1 el Titular señala que en las capacitaciones a los trabajadores, se incluirá las relacionadas con el manejo de los residuos peligrosos, no peligrosos y domésticos.

    3.7 Principales Emisiones, descargas y residuos del proyecto

    3.7.1 Emisiones a la atmósfera

    El proyecto considera generar emisiones de material particulado respirable MP10 y MP2.5, producto de actividades tales como excavación, escarpe, transporte de material y movimiento de tierra.

    El volumen a excavar se obtuvo calculando la superficie total a intervenir por una profundidad de 50 cm, lo cual resulta un volumen de 1.660 m3. La densidad promedio corresponde a 1,7 t/m3, obteniendo un nivel de actividad de 2.822 toneladas.

    El material a excavar y movimientos de tierra serán transportados por camiones de capacidad de 30 toneladas, a un terreno o sitio autorizado, lo que corresponde a 94 viajes. Estos serán transportados principalmente por caminos públicos pavimentados existentes, por lo que tendrán emisiones bajas y de corta duración. Los tramos sin pavimento dentro del área del proyecto serán humectados y mantenidos para el control de levantamiento de polvo.

    La generación de gases se producirá debido a los procesos de combustión en los motores de maquinaria y de los vehículos utilizados en la construcción del proyecto. Estos se controlarán con debida mantención de la  maquinaria.

    Para el debido control de las emisiones de material particulado, el proyecto implementará las siguientes medidas:

    - Utilizará únicamente vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes;

    - Se estabilizará el terreno de manera tal que los vehículos que transiten dentro de la obra no generen material en suspensión. Se humectará el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las actividades de construcción de obras. Se estima una humectación de dos veces al día, efectuando inspecciones periódicas las cuales indiquen la necesidad de una mayor humectación de ser necesario.

    - Los camiones que transportarán material que puedan producir polvo, serán cubiertos con lona sujeta a la carrocería, la que deberá ser hermética e impermeable, manteniendo una distancia mínima de 10 centímetros entre la superficie de la carga y la cubierta;

    - Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados;

    -  Se mantendrán los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo.

    El resumen de las emisiones de material particulado y gases que se generará en la etapa de construcción del proyecto se presentan en el anexo E, de la DIA,  Estimación de Emisiones.

    El Titular en Adenda N°1 determina las emisiones eólicas del acopio de tierra y material de relleno, sumando los valores obtenidos de estas emisiones más los valores de las emisiones consideradas por escarpe, excavación, movimientos de tierra y transporte de material, durante la etapa de construcción, se pueden considerar bajas.

    3.7.2 Efluentes líquidos

    3.7.2.1 Residuos Líquidos Domésticos

    Generación de Aguas Servidas

    En la etapa de construcción el proyecto no generará aguas servidas domésticas ya que se utilizarán baños químicos y duchas portátiles, los cuales cuentan con sus propios desagües los cuales serán extraídos por empresa autorizada.

    El servicio de la instalación y mantención de los baños químicos será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Esta empresa, estará a cargo tanto del suministro, funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por estos, producto de su limpieza.

    Se llevará un sistema de registro y control de la mantención y disposición final de los residuos generados por éstos, a fin de demostrar que la  disposición final se efectuará en lugar autorizado.

    En términos generales, el sistema de registro considerará:

    - Fecha de retiro de los residuos generados por los baños químicos;

    - Numero de baños;

    - Empresa responsable del retiro de los residuos generados de los baños;

    - Cantidad estimada de residuos generados y retirados; y

    - Lugar de destino y disposición final de los residuos.

    Durante la etapa de operación no se generarán residuos líquidos domiciliarios ya que no se considera mano de obra para ésta etapa, sólo se dispondrá de personal cuando se realicen mantenciones a los equipos de la subestación, actividad que será puntual y esporádica, y que se ocuparan las instalaciones de la subestación ya existentes aprobadas.

    Durante la etapa de abandono, en caso de optarse por el desmontaje del proyecto, tanto las instalaciones sanitarias como la generación de aguas servidas serán similares a lo señalado para la etapa de construcción, cumpliéndose con la normativa vigente.

    El Titular en Adenda N°1 señala que mantendrá una ficha de los camiones involucrados para el transporte de los residuos, donde se indique al menos las siguientes características: marca, modelo, año, patente, nombre conductor y capacidad de camión, la cual estará disponible para revisión y solicitud de la autoridad. Además se mantendrá un listado de todos los residuos líquidos generados (aguas servidas) que ingresen a la planta de aguas servidas de la sanitaria regional autorizada y se mantendrá toda la información y documentación que verifique el ingreso de estos residuos a la planta. Asimismo se mantendrá documentado guías y fichas que correspondan al ingreso a la PTAS de la sanitaria regional, debidamente timbrada.

    3.7.2.2 Residuos Industriales Líquidos (RILES)

    Los residuos industriales líquidos para la etapa de construcción son producto del lavado de las canoas de los camiones mixer. Para el lavado de canoas de los camiones, se habilitará una piscina o foso de no más de 1 m de profundidad, recubierta con un material impermeable donde se realizará el lavado de las canoas, concluidos los trabajos de hormigonado, los restos de hormigón, una vez evaporada el agua, serán picados y enviados a sitios autorizados por la autoridad competente.

    El volumen de agua a utilizar por camión será de 50 l, estimando una cantidad total 134 viajes de camiones mixer durante la etapa de construcción, esta agua será suministrada por una empresa autorizada. Esto equivale a un volumen total de 6.700 l.

    3.7.3 Residuos Sólidos

    3.7.3.1 Residuos Domésticos

    Los residuos domésticos que se generan por los trabajadores durante la etapa de construcción corresponden a desechos tales como restos de alimentos orgánicos y envases de alimentos, así como residuos inorgánicos los cuales serán generados en las instalaciones de faenas. Estos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa de 250 lts localizados en la instalación de faenas, los cuales serán retirados por una empresa debidamente autorizada con destino a un relleno sanitario autorizado con una frecuencia de al menos dos veces por semana (señalado en Adenda N°1), ubicado en sector quebrada El Chulo Ruta CH-31 a 24 km de la ciudad de Copiapó.

    El Titular señala en Adenda N°1 que mantendrá un medio de verificación de la disposición final de los residuos sólidos domésticos.

    Se estima que la cantidad de residuos domésticos será de 136,9 m3 para la duración de la obra que será de 8 meses.

    La Tabla 3-3 de la DIA, muestra el cálculo de los residuos domésticos para la etapa de construcción del proyecto.

    En la etapa de operación, no se espera tener personal adicional al existente para las obras de mantenimiento de la subestación. En caso de existir obras de reparaciones, el personal depositará diariamente sus desechos en el lugar destinado para ello en la misma subestación que actualmente están en funcionamiento.

    Los residuos generados en la etapa de abandono del proyecto serán manejados de la misma forma presentada para la etapa de construcción.

    3.7.3.2 residuos Industriales No Peligrosos

    Los residuos sólidos no peligrosos que se generarán en la etapa de construcción corresponden principalmente a restos de materiales de la construcción, montaje y desmontaje de los equipos, como despuntes de aluminio, chatarra, hierro, envoltorios plásticos, tuberías y madera de embalaje, los que serán acopiados temporalmente en las instalaciones de faena en un sector denominado Patio de Salvataje.

    La instalación de faena en su interior contará con un patio de salvataje, debidamente delimitado y señalizado, para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.

    Las dimensiones de referencia serán 3 m de ancho y 5 m de largo.

    El patio de salvataje contará con puntos claramente identificados para la disposición temporal de residuos no peligrosos generados por la construcción (despuntes de aluminio, metales, envoltorios, tuberías, maderas, restos de embalaje).

    El transporte y disposición de estos residuos se hará por una empresa autorizada y se dispondrán en un sitio autorizado para cada tipo.

    La Tabla 3-4 de la DIA,  indica el manejo de residuos no peligrosos para el proyecto.

    Se estima una generación de 34,2 m3 de residuos industriales no peligrosos para la etapa de construcción.

    En la Tabla 3-5 de la DIA,  muestra los materiales y cantidades de los residuos no peligrosos generados en el proyecto.

    Durante la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos. De generarse una pequeña cantidad cuando sea necesario realizar trabajos de mantenimiento, estos serán destinados a un sitio autorizado.

    Cabe señalar que la madera de embalaje cumplirá con las exigencias establecidas en la Resolución Exentas N° 133/05 y N° 2.859/07 del Servicio Agrícola y Ganadero, por lo que están libres de riesgo de internación de plagas.

    En la etapa de abandono, en caso de optarse por el desmontaje de las obras, los elementos que formaron parte de la subestación de transmisión eléctrica serán retirados de su lugar de emplazamiento, clasificados y almacenados para ver si aún pueden ser de utilidad. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

    3.7.3.3 Residuos Industriales Peligrosos

    En general el proyecto no requiere sustancias cuyo uso genere un volumen relevante de residuos peligrosos. No obstante lo anterior, algunas actividades requieren insumos cuyos envases vacíos si constituyen un residuo peligroso. Éstos serán acumulados en la instalación de faena donde será acopiado temporalmente en un sitio habilitado para tales efectos denominado bodega de almacenamiento temporal (BAT) para que posteriormente se realice su retiro al lugar de disposición final, dando cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud.

    Estos residuos serán almacenados en tambores y el área contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética tambores. Para su disposición final estos serán retirados por una empresa autorizada. Una vez que los depósitos completen su capacidad y se encuentren rotulados.

    Tabla: Cálculo de Residuos Peligrosos

    Generador

    Cantidad Total

    Unidad de Medida

    Envases de Pintura

    38

    Galón

    Envases de sellos y adhesivos

    30

    Unidad

    Huaipe

    40

    Kg

    Tambores vacíos de aceite dieléctrico

    190

    Unidad


    El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos, contará con las siguientes características:

    - Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

    - Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

    - En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados.

    - Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

    - Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

    - Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

    - El recinto destinado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria.

    En caso que accidentalmente se generen residuos peligrosos (ej. fallas imprevistas en vehículos y/o maquinarias que contengan aceite o hidrocarburos) se implementará las siguientes acciones de contingencia:

    - Se delimitará el área contaminada con aserrín o arena, de forma de contener el derrame y evitar la contaminación de los suelos circundantes;

    - Se retirará el suelo contaminado y se depositará en tambores o contenedores especialmente destinados para ello;

    - Se etiquetará el tambor o contenedor con el tipo de residuo y se sellará herméticamente, almacenándolo temporalmente en una Bodega de Acopio Temporal (BAT) que para tal efecto el Contratista habilitará en la instalación de faenas

    - Se solicitará el retiro del material contaminado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, la que estará a cargo de su transporte hasta el lugar de disposición final de éste.

    Por otro lado, el proyecto potencialmente podría generar residuos peligrosos durante la carga y descarga de los equipos eléctricos y aceites dieléctricos a ser usados en la subestación, tanto en la construcción como en la operación, ésta última a través de las mantenciones de los equipos.

    Según lo señalado anteriormente, se implementará las medidas de prevención y contención señaladas a continuación:

    Impermeabilización

    - Se dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor.

    - Sobre la primera capa de arena se dispondrá de un polietileno de de alta densidad para impermeabilizar el sector.

    - Sobre el polietileno antes mencionado se volverá a disponer de otra capa de arena que tendrá como objetivo proteger la capa de polietileno de rotura y además podrá absorber eventuales derrames.

    - Se dispondrá de pretiles de contención ante posibles derrames.

    - Sobre las capas de arena antes descritas se dispondrá de pallets de madera de forma que los residuos no tenga contacto directo con el suelo.

    - El sector de acopio considera los distanciamientos y deslindes establecido en la normativa.

    - Además contará con extintores multipropósito y kit para posibles contenciones de derrames.

    Medidas de Contención

    - Se detendrá toda operación que se esté desarrollando en el sector.

    - Se establecerá una zona de seguridad, asilando el derrame y evitando que éste fluya hacia el sistema de drenaje u otros sectores.

    - Una vez superada la emergencia se recolectará el sorbente utilizado para luego ser trasladado y dispuesto en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

    En Adenda N°1 el Titular entrega un esquema general de reacción ante una emergencia y/o contingencia.

    En la etapa de cierre, si se opta por el desmontaje de parte de las obras, la generación de eventuales residuos peligrosos y su manejo, se realizará según se describe anteriormente.

    En Adenda N°1 en Titular señala medidas de prevención de riesgos:

    -Se cubrirá el suelo con un plástico impermeable en el área de carga y descarga de aceites dieléctricos.

    - Se cubrirá con un material sorbente el plástico (e.g. aserrín, arena tierra, arcilla granulada, barreras sorbentes, etc), el cual será posteriormente recogido y dispuesto en la BAT que se dispondrá en las faenas para luego ser trasladado y dispuesto en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

    Además señala que se contará con un Foso recolector con separador agua – aceite: Corresponde a un foso mediante un sistema de ductos, para el caso que ocurra un derrame de aceite del  transformador (evento de muy baja probabilidad). El transformador utiliza un volumen de 38.000 litros de aceite aislante, por lo que el foso se construirá con una capacidad equivalente al 130% del volumen de aceite contenido en el transformador.

    3.7.4 Emisiones de Ruido

    Se realizó la evaluación del nivel de ruido proyectado a los receptores, por el aporte del equipo CER y GIS durante su etapa de construcción y operación, además de la actual operación de la subestación Cardones.

    En el Anexo F de la DIA, se presenta el estudio acústico.

    El Titular en Adenda N°1 señala que además de lo señalado en el Anexo F de la DIA, que presenta el Estudio Acústico, se realizarán dos monitoreos, uno al inicio de la etapa de construcción y el otro en la etapa de operación de las obras, evaluando posteriormente su frecuencia de acuerdo al resultado de los primeros monitoreos, de existir superación de la norma en los puntos receptores sensibles, se implementaran las medidas de mitigación correspondientes. El cumplimiento debe ser reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente.

    3.7.4.1 Etapa de Construcción

    Las siguientes tablas muestran la evaluación del aporte exclusivo del proyecto esperado para la etapa de construcción en conjunto con la actual operación de la Subestación Cardones.

    Tabla: Evaluación de ruido. Etapa de construcción y actual operación de la subestación. Periodo diurno

    Punto de evaluación

    NPSeq etapa de construcción

    NPC Actual

    Suma Total dB(A)

    NPC Máximo permitido dB(A)

    1

    42

    46

    47

    70

    2

    48

    47

    49

    55

    3

    41

    45

    46

    70

    4

    51

    46

    50

    70


    Tabla: Evaluación de ruido. Etapa de construcción y actual operación de la subestación. Periodo nocturno

    Punto de evaluación

    NPSeq etapa de construcción

    NPC Actual

    Suma Total dB(A)

    NPC Máximo permitido dB(A)

    1

    42

    40

    44

    70

    2

    48

    42

    49

    50

    3

    41

    44

    46

    70

    4

    51

    40

    51

    70


    De las tablas anteriores se observa que durante la construcción del proyecto y en conjunto con la operación de la subestación Cardones, no se presentan incumplimientos a la normativa D.S.N°38/2011.

    3.7.4.2 Etapa de Operación

    Las siguientes tablas muestran la evaluación del aporte exclusivo del proyecto esperado para la etapa de operación en conjunto con la actual operación de la Subestación Cardones.

    Tabla: Evaluación de ruido. Etapa de operación y actual operación de la subestación. Periodo diurno.

    Punto de evaluación

    NPSeq etapa de construcción

    NPC Actual

    Suma Total dB(A)

    NPC Máximo permitido dB(A)

    1

    26

    46

    46

    70

    2

    29

    47

    47

    55

    3

    21

    45

    45

    70

    4

    34

    46

    57

    70

     

    Tabla: Evaluación de ruido. Etapa de operación y actual operación de la subestación. Periodo nocturno.

    Punto de evaluación

    NPSeq etapa de construcción

    NPC Actual

    Suma Total dB(A)

    NPC Máximo permitido dB(A)

    1

    26

    40

    40

    70

    2

    29

    42

    43

    50

    3

    21

    44

    44

    70

    4

    34

    40

    42

    70


    De las tablas anteriores se observa que la operación del patio CER y del paño que tendrá el Equipo GIS en conjunto con la subestación Cardones, no presenta incumplimientos a la normativa D.S.N°38/2011.

    3.7.5 Estimación de Campos Electromagnéticos

    El campo eléctrico esperado por la instalación de los equipos de compensación reactiva en la subestación Cardones se evaluó de acuerdo a información disponible para el CER de la subestación Polpaico, resultando que a 20 m del eje de la línea que entra a la subestación y se conecta a la GIS, es de 0,9 kV/m, respectivamente, valor menor que el indicado por la norma de referencia, como la del estado de New York, USA, que es de 1,6 kV/m.

    El campo magnético producido a 20 m del eje de la línea es de 1,5 μT, valor bastante menor que el indicado por la norma del estado de New York, USA, que es de 20 μT.

    Los campos eléctricos y magnéticos de 50 Hz y armónicos, producidos por el equipo de compensación de reactivos, que han sido medidos, son menores que los valores máximos dados por norma del ICNIRP para exposición ocupacional.

    El campo magnético producido por el transformador de poder es alto en su cercanía, pero al alejarse de su centro, decrece exponencialmente hasta ser prácticamente nulo a 20 metros del equipo. Por tanto, el valor de campo magnético está bajo el límite indicado por la norma del ICNIRP para exposición ocupacional.

    Para el caso de un switchgear GIS, por tratarse de un equipo encapsulado y encerrado (interior), el campo eléctrico en el exterior es nulo. El campo magnético en el entorno de un switchgear GIS es elevado, alcanzando 2300 mili Gauss, pero al alejarse unos 20 metros se reduce a magnitudes no superiores a 200 mili Gauss (20μT), valor inferior al límite de 100 micro Tesla (1000 mili Gauss) establecido internacionalmente por la ICNIRP como máximo tolerable para público en general, en forma permanente.

    La interferencia de radio esperada por la instalación del equipo CER en la S/E Cardones, a 15m de la fase exterior de la línea y conexiones, es de 53 dB, valor igual que lo indicado por la norma de referencia canadiense, que es de 53 dB para líneas de 220 kV.

    La interferencia de televisión producida a 15 m de la fase exterior de la línea y conexiones, es de 15 dB, valor más bajo que lo indicado por la norma de referencia canadiense que es de 17 dB.

    A 1,0 MHz, este valor oscila entre 36,9 y 45,9 [dB/ 1μV/m]. Para una subestación de 220kV, el valor límite corresponde a 53 [dB/1μV/m], según la Asociación de Normas Canadienses.

    De lo anterior, se concluye que las emisiones de campos eléctricos y magnéticos de 50Hz, las interferencias de radio y televisión y el ruido audible, que pueden esperarse por la instalación del equipo de compensación reactiva en la subestación Cardones, serán iguales o menores a los valores indicados por las normas de referencia.

    La comparación entre el campo eléctrico, campo magnético y ruido audible, con los valores límites señalados por las respectivas normas, se realizó a 20 m del eje de la línea y conexiones del equipo, y, para las interferencias de radio y televisión, a 15 m de la fase exterior. Estos puntos, se encuentran dentro del recinto de las subestación. El estudio completo se presenta en el Anexo G de la DIA.

     

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" cumple con:

4.1 Norma Oficial NSEG 5.E.n.71. Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes. Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Cumplimiento: La altura de los conductores, resistencia de los soportes cumplirán con lo establecido en normativa vigente. Se colocarán placas con inscripción señalando el peligro de muerte a que se expone quien toque los conductores e indicando la presencia de cada equipo, en los sectores que corresponda. Asimismo, el diseño y construcción de la línea de conexión cumplirá con las indicaciones que estipula la citada norma.

4.2 D.F.L. N°4/20.018 del año 2006. Ley General de Servicios Eléctricos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Cumplimiento: El proyecto Se ubicará contiguo a la subestación Cardones existente, por lo cual no será necesario ejecutar cruzamientos en los sistemas descritos en la norma.

El Proponente, informará oportunamente a la SEC la puesta en servicio de las obras del Proyecto. Asimismo, las especificaciones técnicas de la línea y las actividades durante todas sus etapas se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. Preservará el normal funcionamiento de las instalaciones y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

4.3 D.S. N° 327/1997. Reglamento General de Servicios Eléctricos. Ministerio de Minería

Cumplimiento: El Proyecto cumplirá con las especificaciones técnicas, y se ajustará a las normas técnicas y reglamentos vigentes relacionados con medio ambiente durante las etapas de construcción, operación y cierre del proyecto.

A su vez, previo a la puesta en servicio de las obras de generación se comunicará a la SEC, con a lo menos 15 días de anticipación, en los términos señalados en esta norma.

4.4 D.S. N°144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Ministerio de Salud.

Cumplimiento: Durante la fase de construcción, se considera implementar las siguientes medidas de control:

Emisiones de Material Particulado:

· Utilizará únicamente vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes.

· Se humectará el terreno en forma oportuna y suficiente durante el periodo en que se realicen las actividades que levanten material en suspensión. Se estima una humectación de dos veces al día.

· Se mantendrán los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo.

· Los camiones que transportarán el material para la construcción cumplirán con las disposiciones correspondientes del D.S Nº 75/87 del Ministerio de Transporte y  Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas”, con el objetivo de evitar durante el traslado la caída de materiales y el desprendimiento de polvo.

· Restricción de velocidad de circulación 30 km/h con carga y 40 km/h sin carga.

· Mantención de caminos de tierra al interior del área de faena.

Emisiones de Gases:

· Control de las revisiones técnicas de camiones y vehículos.

· Apagado de motores mientras los vehículos y maquinaria se encuentren detenidos.

· Exigencia a contratistas de actividades periódicas de inspección/mantención de vehículos y maquinaria.

· Los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y mantención adecuada para operar en óptimas condiciones.

· Todos los vehículos motorizados deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos, que el vehículo cumple con las normas de emisión de este decreto y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones.

4.5 D.F.L. N°725/1967 Modificado por Ley N° 20.380/2009. Código Sanitario. Ministerio de Salud.

Cumplimiento: Los trabajadores recibirán el equipo de protección personal apropiado a las actividades que realicen. Junto con esto, se considera la humectación en las vías no pavimentadas que utilizará el Proyecto. Todo lo anterior, sin perjuicio de las normas sectoriales que son aplicables a los trabajadores.

Durante la fase de operación, las emisiones de material particulado y gases de combustión que se generarán se producirán por el tránsito ocasional de vehículos que desarrollen labores de mantención y reparación de las obras del Proyecto.

Asimismo, se prevé que en la fase de cierre y/o abandono, las emisiones de material y gases de combustión se restringen a circulación de maquinaria y vehículos para las tareas de desmantelamiento de las instalaciones.

4.6 D.S. N°47/1992 y sus modificaciones. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Cumplimiento: Durante la etapa de construcción y cierre del proyecto se cumplirán cada una de las medidas indicadas.

· Se humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

· Se dispondrán de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

· Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

· Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

· Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

· La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

4.7 D.S. N°4/1994 Modificado por el D.S. Nº27/1997 y por los D.S. Nº16/1998 y N°131/2001. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: Los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y mantención adecuada para operar en óptimas condiciones, certificando que sus emisiones de contaminantes se encuentran en cumplimiento con los valores indicados por la normativa.

4.8 D.S. N°55/94 Modificado por D.S. N°95/05. Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: Las maquinarias utilizadas mantendrán las revisiones técnicas al día, a su vez se realizará mantención periódica de los vehículos. Además, se verificará que los motores de camiones y maquinarias porten el sello autoadhesivo que acredite la certificación del cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones.

4.9 D.S. N°54/1994. Modificado por D.S. N°95/2005. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: Todos los vehículos motorizados deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos, que el vehículo cumple con las normas de emisión de este decreto y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones.

Este rótulo será colocado por su fabricante o su representante, cuando éste cuente con la autorización expresa del fabricante, y deberá reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

4.10 D.S. N°75/1987 Modificado por D.S. N°78/1997. Establece condiciones para el transporte de carga. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: El Titular del proyecto cumplirá las exigencias establecidas en esta norma, mediante la utilización de maquinaria idónea y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales como arena, ripio, tierra u otros materiales, los que serán cubiertos con lona impermeable, humidificados y, cargados y descargados en forma adecuada, de modo que impida la dispersión del MP.

4.11 D.S. N°594/1999 Modificado por D.S. N°57/2003; D.S. N°97/2010. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud.

Cumplimiento: Se cumplirán las disposiciones del Reglamento proporcionando a los trabajadores de implementos de seguridad necesarios y controlando las emisiones a la atmósfera de material particulado con medidas mitigatorias como la humectación de caminos y sector de movimiento de material de forma de no emitir polvo en suspensión.

Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa asociada a la componente ruido son las siguientes:

- Exigir al contratista el uso adecuado de implementos de seguridad por parte de los obreros, en especial el uso de protectores auditivos.

- Evitar la operación en forma simultánea de faenas que superen los límites permitidos por la norma, poniendo en riesgo la salud de los trabajadores.

- Se privilegiará el empleo de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a la tecnología disponible.

- Se exigirá al contratista un mantenimiento periódico y adecuado de la maquinaria.

Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa asociada a la componente Agua (efluentes líquidos) son las siguientes:

- El Proyecto no contempla la descarga de residuos líquidos a aguas superficiales o subterráneas en ninguna de sus fases.

- Se considera implementar baños y duchas químicas que serán suministrados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, quien estará a cargo del suministro y  funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por éstos, producto de su limpieza.

- La cantidad de baños químicos (incluyendo los móviles) cumplirá con la reglamentación vigente (D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud), según el número de trabajadores. El aprovisionamiento, retiro y manejo de los residuos generados en los baños químicos será contratado a empresas que cuenten con sus respectivas autorizaciones sanitarias.

- Una vez finalizada la faena temporal, se reacondicionará sanitariamente el lugar que ocupaban los baños químicos, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.

- Se exigirá la entrega de la Resolución que acredite la autorización para funcionar y el contrato vigente con una empresa sanitaria para la disposición de los residuos.

Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa asociada a la componente Agua (potable) son las siguientes:

- Se estima que durante la etapa de construcción de obras se requerirán aproximadamente 9,4 m3/mes de agua potable para consumo humano y servicios sanitarios, considerando un máximo de 94 trabajadores y un consumo de 100 l/persona/día, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de este Decreto.

- Para las duchas y lavamanos, el agua será adquirida de un proveedor autorizado, y almacenada en un estanque.

- El agua de bebida para los frentes de trabajo se abastecerá en botellones de 20 litros y se suministrará por medio de dispensadores. Los botellones y dispensadores podrán ser provistos por las empresas autorizadas de la zona. La fracción de agua para bebida es alrededor de 0,6 m3/mes para una dotación de 94 personas, considerando 2,5 l/día/persona.

Durante la etapa de operación se utilizará las dependencias actuales de la subestación Cardones.

Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa asociadas a la componente Residuos Sólidos son las siguientes:

Etapa de Construcción:

- La instalación de faena en su interior contará con un patio de salvataje, debidamente delimitado y señalizado, para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.

- Las dimensiones de referencia serán 3 m de ancho y 5 m de largo.

- Él patio de salvataje contará con puntos claramente identificados para la disposición temporal de residuos asimilables a domésticos, los que serán almacenados en tambores; y puntos para almacenar aquellos residuos no peligrosos generados por la construcción (despuntes de aluminio, metales, envoltorios, tuberías, maderas, restos de embalaje), los que serán dispuestos en tambores claramente diferenciados.

- El transporte y disposición de estos residuos se hará por una empresa autorizada y se dispondrán en un sitio autorizado para cada tipo.

Etapa de Operación:

- Durante la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos. De generarse una pequeña cantidad cuando sea necesario  realizar trabajos de mantenimiento, estos serán destinados a un sitio autorizado.

Etapa de Cierre y/o Abandono:

- En la etapa de abandono, en caso de optarse por el desmontaje de las obras, los elementos que formaron parte de la subestación de transmisión eléctrica serán  retirados de su lugar de emplazamiento, clasificado y almacenado para ver si aún pueden ser de utilidad. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.


Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa asociada a la componente Sustancia Peligrosas son las siguientes:

En la instalación de faena se habilitará una Bodega de Almacenamiento Temporal BAT (para aceites usados, restos de pintura, envases de pintura, huaipes, brochas, tierra contaminada, tambores vacíos de aceite dieléctrico) cuyas dimensiones aproximadas serán de 5 m de ancho y 8 m de largo. Estos residuos serán almacenados en tambores y el área contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente.

- Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148/2004. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

- El retiro, transporte y disposición final de residuos se hará mediante servicios autorizados según la normativa vigente.

4.12 D.S. N°95/2005 y modificaciones. Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados livianos, medianos y pesados, contenidas en el D.S. N°211/1991, D.S. N°54/1994 y D.S. N°55/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: Se verificará que los vehículos inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados porten el sello que acredite la certificación de cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones, a través de la presentación de los documentos respectivos.

4.13 D.S. N°38/2011. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Elaborada a partir de la revisión del D.S. N° 146/97. Ministerio del Medio Ambiente.

Cumplimiento: El estudio de impacto acústico descrito en el Anexo F, determina que la construcción y operación del proyecto no presenta incumplimientos a la normativa, por cuanto las emisiones acústicas del proyecto cumplen con los niveles establecidos en la norma en cuestión.

4.14 D.F.L. N°725/1968 Modificado por Ley N° 20.380/2009. Código Sanitario. Ministerio de Salud.

Cumplimiento: Se considera implementar baños y duchas químicas que serán suministrados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, quien estará a cargo del suministro y funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por éstos, producto de su limpieza. El titular exigirá la entrega de la Resolución que acredite la autorización para funcionar y el contrato vigente con una empresa sanitaria para la disposición de los residuos.

Los residuos industriales líquidos para la etapa de construcción son producto del lavado de las canoas de los camiones mixer. Para el lavado de canoas de los camiones, se habilitará una piscina o foso de no más de 1 m de profundidad, recubierta con un material impermeable donde se realizará el lavado de las canoas, concluidos los trabajos de hormigonado, los restos de hormigón, una vez evaporada el agua, serán picados y enviados a sitios autorizados por la autoridad competente.

4.15 D.S. N°686/1998. Norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica. Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.

Cumplimiento: Para la iluminación del proyecto, el titular se asegurará que las luminarias a utilizar cumplan con la normativa vigente. 

4.16 D.F.L. N°725/1967 y sus modificaciones. Código Sanitario. Ministerio de Salud.

Cumplimiento:

Etapa de Construcción:

Residuos Domésticos: En el caso de los residuos domésticos, estos serán almacenados en contenedores con tapa de 250 litros localizados en la instalación de faenas y, los cuales serán retirados por una empresa debidamente autorizada, con destino a un relleno sanitario autorizado con una frecuencia de al menos dos veces por semana, ubicado en sector quebrada El Chulo Ruta CH-31 a 24 km de la ciudad de Copiapó.

Residuos No Peligrosos: La instalación de faena en su interior contará con un patio de salvataje, debidamente delimitado y señalizado, para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. Las dimensiones de referencia serán 3 m de ancho y 5 m de largo. El patio de salvataje contará con puntos claramente identificados para la disposición temporal de residuos asimilables a domésticos, los que serán almacenados en tambores; y puntos para almacenar aquellos residuos no peligrosos generados por la construcción (despuntes de aluminio, metales, envoltorios, tuberías, maderas, restos de embalaje), los que serán dispuestos en tambores claramente diferenciados. El transporte y disposición de estos residuos se hará por una empresa autorizada y se dispondrán en un sitio autorizado para cada tipo.

Residuos Peligrosos: Para la disposición temporal de estos residuos, en la instalación de faena se habilitará una Bodega de Almacenamiento Temporal BAT (aceites usados, restos de pintura, envases de pintura, huaipes, brochas, tierra contaminada) cuyas dimensiones aproximadas serán de 5 m de ancho y 8 m de largo.

Estos residuos serán almacenados en tambores y el área contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente.

Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148/2004. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

El retiro, transporte y disposición final de residuos se hará mediante servicios autorizados según la normativa vigente.

El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos, contará con las siguientes características:

· Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

· Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

· En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados.

· Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

· Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

· Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

· El recinto destinado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.

· No obstante lo anterior, en caso que accidentalmente se generen residuos peligrosos (ej. fallas imprevistas en vehículos y/o maquinarias que contengan aceite o hidrocarburos) se implementará las siguientes acciones de contingencia:

- Se delimitará el área contaminada con aserrín o arena, de forma de contener el derrame y evitar la contaminación de los suelos circundantes;

- Se retirará el suelo contaminado y se depositará en tambores o contenedores especialmente destinados para ello;

- Se etiquetará el tambor o contenedor con el tipo de residuo y se sellará herméticamente, almacenándolo temporalmente en una Bodega de Acopio Temporal (BAT) que para tal efecto el Contratista habilitará en la instalación de faenas

- Se solicitará el retiro del material contaminado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, la que estará a cargo de su transporte hasta el lugar de disposición final de éste.

El proyecto potencialmente podría generar residuos peligrosos durante la carga y descarga de los equipos eléctricos y aceites dieléctricos a ser usados en la subestación, tanto en la construcción como en la operación, ésta última a través de las mantenciones de los equipos. Por esto, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y actuar adecuadamente ante una contingencia, el Contratista implementará, respectivamente, las medidas de prevención y contención señaladas a continuación:

Impermeabilización

· Se dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor.

· Sobre la primera capa de arena se dispondrá de un polietileno de de alta densidad para impermeabilizar el sector.

· Sobre el polietileno antes mencionado se volverá a disponer de otra capa de arena que tendrá como objetivo proteger la capa de polietileno de rotura y además podrá absorber eventuales derrames.

· Se dispondrá de pretiles de contención ante posibles derrames

· Sobre las capas de arena antes descritas se dispondrá de pallets de madera de forma que los residuos no tenga contacto directo con el suelo.

· El sector de acopio considera los distanciamientos y deslindes establecido en la normativa.

· Además contará con extintores multipropósito y kit para posibles contenciones de derrames.

Etapa de Operación:

Residuos Domésticos: En la etapa de operación, no se espera tener personal adicional al existente para las obras de mantenimiento de la subestación. En caso de existir obras de reparaciones, el personal depositará diariamente sus desechos en el lugar destinado para ello en la misma subestación que actualmente están en funcionamiento.

Residuos Industriales No Peligrosos: Durante la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos. De generarse una pequeña cantidad cuando sea necesario realizar trabajos de mantenimiento, estos serán destinados a un sitio autorizado.

Residuos Industriales Peligrosos: Durante la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos industriales peligrosos. De generarse una pequeña cantidad cuando sea necesario realizar trabajos de mantenimiento, estos serán destinados a un sitio autorizado. El transporte y disposición de residuos industriales peligrosos cumplirá con lo establecido en el D.S N° 148/03.

Etapa de Cierre y/o Abandono:

Residuos Domésticos: Los residuos generados en la etapa de abandono del proyecto serán manejados de la misma forma presentada para la etapa de construcción.

Residuos Industriales No Peligrosos: En la etapa de abandono, en caso de optarse por el desmontaje de las obras, los elementos que formaron parte de la subestación de transmisión eléctrica serán retirados de su lugar de emplazamiento, clasificado y almacenado para ver si aún pueden ser de utilidad. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Residuos Industriales Peligrosos: En la fase de cierre y/o abandono los residuos peligrosos serán almacenados en tambores herméticos, y siendo destinados a su disposición final cumpliendo con la normativa específica establecida en el D.S. 148/03, MINSAL, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos, en un plazo menor de 6 meses.

4.17 D.S. N°148/2003. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Ministerio de Salud.

Cumplimiento:

Etapa de Construcción:

En la instalación de faena se habilitará una Bodega de Almacenamiento Temporal BAT (para aceites usados, restos de pintura, envases de pintura, huaipes, brochas, tierra contaminada) cuyas dimensiones aproximadas serán de 5 m de ancho y 8 m de largo.

Estos residuos serán almacenados en tambores y el área contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente.

Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148/2004.

Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

El retiro, transporte y disposición final de residuos se hará mediante servicios autorizados según la normativa vigente.

El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos, contará con las siguientes características:

· Contará con cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

· Tendrá un área especial con base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Esta área será además techada para asegurar su protección contra la humedad, temperatura y radiación solar.

· En caso que se almacenen líquidos, poseerá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados.

· Contará con la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

· Tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.

· Contará con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados.

· El recinto destinado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos será debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.

· No obstante lo anterior, en caso que accidentalmente se generen residuos peligrosos (ej. fallas imprevistas en vehículos y/o maquinarias que contengan aceite o hidrocarburos) se implementará las siguientes acciones de contingencia:

- Se delimitará el área contaminada con aserrín o arena, de forma de contener el derrame y evitar la contaminación de los suelos circundantes;

- Se retirará el suelo contaminado y se depositará en tambores o contenedores especialmente destinados para ello;

- Se etiquetará el tambor o contenedor con el tipo de residuo y se sellará herméticamente, almacenándolo temporalmente en una Bodega de Acopio

Temporal (BAT) que para tal efecto el Contratista habilitará en la instalación de faenas

- Se solicitará el retiro del material contaminado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, la que estará a cargo de su transporte hasta el lugar de disposición final de éste.

El proyecto potencialmente podría generar residuos peligrosos durante la carga y descarga de los equipos eléctricos y aceites dieléctricos a ser usados en la subestación, tanto en la construcción como en la operación, ésta última a través de las mantenciones de los equipos. Por esto, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y actuar adecuadamente ante una contingencia, el Contratista implementará, respectivamente, las medidas de prevención y contención señaladas a continuación:

Impermeabilización

· Se dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor.

· Sobre la primera capa de arena se dispondrá de un polietileno de de alta densidad para impermeabilizar el sector.

· Sobre el polietileno antes mencionado se volverá a disponer de otra capa de arena que tendrá como objetivo proteger la capa de polietileno de rotura y además podrá absorber eventuales derrames.

· Se dispondrá de pretiles de contención ante posibles derrames

· Sobre las capas de arena antes descritas se dispondrá de pallets de madera de forma que los residuos no tenga contacto directo con el suelo.

· El sector de acopio considera los distanciamientos y deslindes establecido en la normativa.

· Además contará con extintores multipropósito y kit para posibles contenciones de derrames.

Etapa de Operación:

Durante la fase de operación, no se generarán residuos peligrosos. De generarse una pequeña cantidad cuando sea necesario realizar trabajos de mantenimiento, estos serán dispuestos en sitios debidamente autorizados. El transporte y disposición de los residuos industriales peligrosos cumplirá con lo establecido en el D.S N° 148/03.

Etapa de Cierre y/o Abandono:

En la fase de cierre y/o abandono los residuos peligrosos serán almacenados en tambores herméticos, y siendo destinados a su disposición final cumpliendo con la normativa específica establecida en el D.S. 148/03, MINSAL, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos, en un plazo menor de 6 meses.

4.18 D.S. N° 298/94 Procedimiento para el Transporte de Cargas. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Cumplimiento: El transporte de este tipo de residuos se realizará a través de la subcontratación de una empresa externa, debidamente autorizada para efectuar el transporte y posterior disposición y/o tratamiento de este tipo de residuos.

En complemento con lo que se indica, es pertinente señalar que el Proponente será el responsable último, ante cualquier contingencia ocurrida con el transporte de residuos fuera del recinto en cualquiera de las fases del proyecto, independiente de la presencia de contratistas o subcontratistas. Ello con la finalidad de responder por daños a terceros y a la vialidad comprometida ante la ocurrencia de eventos durante el transporte de residuos.

4.19 D.S. N° 160/2008. Reglamento  de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Cumplimiento: Los vehículos y equipos motorizados de construcción se abastecerán de combustibles  en las estaciones de servicio autorizadas. No se contempla la instalación de estanques  de combustibles, ni operaciones de producción, refinación, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

En caso que el Contratista requiera almacenar y manipular combustibles líquidos derivados del petróleo para abastecer a la maquinaria de baja movilidad, el volumen no será superior a 800 litros (4 tambores) y será colocado en tambores metálicos, rotulados y en un lugar acondicionado para tal efecto dentro de la instalación de faenas.

4.20 D.S. N°78/2009. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Ministerio de Salud.

Cumplimiento: Los insumos que tendrán características de peligrosidad tales como pinturas, solventes, lubricantes, aceites, etc., serán dispuestos en un sector delimitado para estos fines, según se indica a continuación:

Aceite SF6: Los aceites se acopiarán temporalmente en el patio habilitado al interior de la instalación de faenas. Esta área de 5 x 8 metros, contará con una superficie impermeabilizada de modo de evitar contaminación de suelo por potenciales derrames, además contará con un cierro perimetral, acceso restringido y la señalética correspondiente según lo establecido por el D.S.

N°594/1999, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

El área de almacenaje para SF6 corresponderá a una de las bodegas ubicadas en las instalaciones modulares donde, los cilindros queden protegidos de daños físicos, calor y la luz del sol, con la hoja de seguridad correspondiente y debidamente señalizados.

El Proponente en Adenda N°1 señala que el periodo de almacenamiento del gas SF6 es de un máximo de 6 meses en cilindros. El almacenamiento de los cilindros se realizara cumpliendo con los establecido en el D.S 78/2009, de Ministerio de Salud, serán almacenados de manera vertical y firmemente asegurados para impedir su caída, en un área fresca (la temperatura donde se almacenan no debe superar los 52°C), seca y bien ventilada, lejos de áreas de mucho tráfico y de salidas de emergencia, donde queden protegidos de posibles daños físico, además se mantendrá durante el almacenamiento, la protección de las válvulas en los cilindros.

- Combustible: En caso que el Contratista requiera almacenar y manipular combustibles líquidos derivados del petróleo para abastecer a la maquinaria estos serán colocados en tambores metálicos, debidamente rotulados, y en un lugar acondicionado dentro del patio para almacenamiento de aceites, el que se emplazará al interior del área de instalaciones temporales, de acuerdo a la normativa atingente y vigente.

- Pinturas y Solventes: Las pinturas y solventes serán dispuestos en un sector habilitado, debidamente demarcado, y con una superficie impermeabilizada de forma de evitar derrames y contaminación del suelo y dando cumplimiento a la normativa atingente y vigente.

4.21 R.E. N° 610/1982. Prohibición uso de bifenilos policlorados (PCBs). Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Cumplimiento: El Titular cumplirá con la prohibición del uso de bifenilos policlorados (PCB), utilizando como fluido aceites dieléctricos libres de PCB.

4.22 D.F.L. Nº850/97 Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre Construcción  y Conservación de Caminos.

Cumplimiento: En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.

4.23 D.S. N°158/1980 modificado por D.S. N°1910/2002. Fija el peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos. Ministerio de Obras Públicas.

Cumplimiento: Los camiones utilizados en el proyecto cumplirán con ésta normativa. En caso de requerir superar los máximos admitidos por la norma, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad en los términos que establece la norma.

4.24 Resolución N°1/1995. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Cumplimiento: Los camiones utilizados en el proyecto cumplirán con las dimensiones establecidas en esta normativa. En caso de requerir superar los máximos admitidos por la norma, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.

4.25 D.S. N°75/1987 Modificado por D.S. N°78/1997. Establece condiciones para el transporte de carga. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Cumplimiento: Los camiones que transporten arena, ripio, tierra u otros materiales, serán cubiertos con lona impermeable de modo que impida el escurrimiento o caída de materiales.

4.26 D.S. N°47/1992. Ordenanza General de la Ley General de urbanismo y Construcciones (OGUC). Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Construcción.

Cumplimiento: El proyecto se ubica fuera de los límites urbanos de la comuna de Copiapó por lo que el proyecto no queda sujeto a las exigencias del instrumento de planificación.

En efecto, el PLADECO sí como el instrumento regulador comunal de Copiapó, no identifican el tipo de zonificación en esta área de la comuna. Por lo que es posible  asegurar que, tanto el Instrumento Planificador Regional vigente y sus modificaciones  futuras, como asimismo, el Instrumento Planificador Comunal, no generarán  incompatibilidades relacionadas con el emplazamiento de este tipo de proyecto.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. Nº 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo), es dable concluir que el proyecto forma parte de la red de infraestructura energética y en este sentido, se entiende siempre admitido, tanto en el área rural como urbana, debiendo sujetarse a las disposiciones que establezcan los organismos competentes, entre los que se cuenta las normas técnicas y de seguridad que para la materia dicta la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

4.27 Ley N°17.288/1970, modificada por Ley N°20.021/2005. Ley sobre Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación.

Cumplimiento: En la prospección arqueológica superficial efectuada descrita en el Anexo I de la DIA, no se identificaron hallazgos arqueológicos. Sin embargo, si producto de las excavaciones a desarrollarse hubiese un eventual hallazgo, se procederá según lo  establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos  Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre  excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras y dando aviso a Carabineros y al CMN de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

4.28 D.S. N° 484/1991. Reglamento de la Ley de Monumentos Nacionales, Sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológica, antropológicas y paleontológicas.

Ministerio de Educación.

Cumplimiento: En la prospección arqueológica superficial efectuada descrita en el Anexo I de la DIA, no se identificaron hallazgos arqueológicos. Sin embargo, si producto de las excavaciones a desarrollarse hubiese un eventual hallazgo se procederá a dar cumplimiento a la normativa paralizando las obras y dando aviso a Carabineros y al CMN de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

4.29 En lo referente al vehículo:

- D.S. 156/90 (Revisión Técnica);

- D.S. 55/94 (Normas de Emisión para Vehículos Pesados);

- D.S. 4/94 (Normas de Emisión para Vehículos en Uso) ,

- D.S. Nº 300/94 (Antigüedad Máxima de vehículos de carga) y

- Res. Nº 158/80 del M.O.P;

  En lo referente al Transporte:

- Ley 18.290 de Tránsito (Título I licencias de Conducir); D.S 75/87 (Condiciones para el Transporte de Carga); D.S 298/94 todos del MTT, y la Res. Ex 427/2002 de la SEREMITT 3ª región).

Cumplimiento: La normativa será cumplida durante la etapa de construcción del proyecto.

  

5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto Explotación y beneficio Yacimiento de Hierro Mina San Francisco" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos N°88, N°91, N°93, N°94, N°96 y N°106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacacto Ambiental.


PAS N°93

En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento  de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la  acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de  cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

En la DIA capítulo N°6 se presentan los antecedentes para la solicitud de Permiso Ambiental Sectorial N°93, referido a la generación y almacenamiento de residuos en la etapa de construcción asociado al patio de salvataje y bodega almacenamiento transitorio y su posterior disposición final de los residuos en centros autorizados.

Durante el proceso de evaluación, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a través del ORD.155/2013 con fecha 17 de enero de 2013

6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.1 En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o resiudo, se puede indicar lo siguiente:

En relación a las emisiones atmosféricas y de acuerdo a los antecedentes entregados en el informe de estimación de emisiones, sumado a que la distancia a la población más cercana es 12 km. y las medidas de manejo ambiental a implementar en la etapa de construcción como utilizar únicamente vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes, estabilizar el terreno, humectar el terreno en forma suficiente durante el período en que se realicen las actividades de construcción de obras, los camiones que transportarán material serán cubiertos con lona sujeta a la carrocería y se mantendrán los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo. Se puede indicar que las emisiones a la atmósfera en la etapa de construcción y operación son mínimas y no producen un riesgo para la salud de las personas.

De acuerdo a los residuos líquidos domésticos en la etapa de construcción el proyecto no generará aguas servidas domésticas ya que se utilizarán baños químicos y duchas portátiles, los cuales cuentan con sus propios desagües los cuales serán extraídos por empresa autorizada.

El servicio de la instalación y mantención de los baños químicos será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Esta empresa, estará a cargo tanto del suministro, funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por estos. Durante la etapa de operación no se generarán residuos líquidos domiciliarios ya que no se considera mano de obra para ésta etapa, sólo se dispondrá de personal cuando se realicen mantenciones a los equipos de la subestación, actividad que será puntual y esporádica, y que se ocuparan las instalaciones de la subestación ya existentes aprobadas.

En relación a la generación de residuos domésticos en la etapa de construcción del proyecto, se indica que estos serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa de 250 lts localizados en la instalación de faenas, los cuales serán retirados por una empresa debidamente autorizada con destino a un relleno sanitario autorizado con una frecuencia de al menos dos vez por semana. En la etapa de operación del proyecto  se depositará diariamente sus desechos en el lugar destinado para ello en la misma subestación que actualmente están en funcionamiento.

En relación a los residuos industriales no peligrosos, estos contarán con un patio de salvataje para la disposición temporal de los residuos generados en la construcción, el transporte y disposición de estos residuos se hará por una empresa autorizada y se dispondrán en un sitio autorizado para cada tipo. Durante ela etapa de operación el proyecto no genera residuos industriales sólidos no peligrosos.

En relación a los residuos industriales peligrosos, estos serán acumulados en la instalación de faena donde será acopiado temporalmente en un sitio habilitado para tales efectos denominado bodega de almacenamiento temporal (BAT) para que posteriormente se realice su retiro al lugar de disposición final, dando cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. Nº148/2003.

Según el informe de impacto acústico producido por el proyecto, se concluye que el proyecto no generará un impacto acústico negativo en los receptores cercanos.

Según el análisis realizado de las emisiones de campos eléctricos y magnéticos de 50Hz, las interferencias de radio y televisión y el ruido audible, que pueden esperarse por la instalación del equipo de compensación reactiva en la subestación Cardones, serán iguales o menores a los valores indicados por las normas de referencia.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (a), del artículo 11 de la Ley N° 19.300

6.2 En relación a lo señalado en la letra b) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El proyecto se encuentra emplazado en un área fuertemente intervenida, con especies sin problemas de conservación  y no se encontró fauna presente en el lugar.

En relación a las emisiones atmosféricas y de acuerdo a los antecedentes entregados en el informe de estimación de emisiones, sumado a los antecedentes proporcionados por el informe “Levantamiento de Medio Biótico”  y las medidas de manejo ambiental a implementar en la etapa de construcción como utilizar únicamente vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes, estabilizar el terreno, humectar el terreno en forma suficiente durante el período en que se realicen las actividades de construcción de obras, los camiones que transportarán material serán cubiertos con lona sujeta a la carrocería y se mantendrán los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo. Se puede indicar que las emisiones a la atmósfera en la etapa de construcción y operación son mínimas y no producen efectos adversos sobre los recursos naturales.

De acuerdo a los residuos líquidos domésticos en la etapa de construcción el proyecto no generará aguas servidas domésticas ya que se utilizarán baños químicos y duchas portátiles. Durante la etapa de operación no se generarán residuos líquidos domiciliarios ya que no se considera mano de obra para ésta etapa. Se puede indicar que no se producen efectos adversos sobre los recursos naturales.

En relación a la generación de residuos domésticos, estos serán depositados en un relleno sanitario autorizado,  sumado a que en el área del proyecto se encuentran especies sin problemas de conservación y no hay fauna presente que pueda ser afectada, se puede indicar que no se generarán efectos adversos sobre los recursos naturales.

Según los antecedentes presentados en el proyecto sobre el Medio Biótico se establece que el área en donde se ubicarán las obras del Proyecto no existe presencia de vegetación nativa con individuos en categoría de conservación.

De acuerdo a lo definido en el Anexo G de la DIA y según el análisis realizado de las emisiones de campos eléctricos y magnéticos y al no superar la normativa, se indica que esta no produce efectos adversos a la flora y fauna presente en el área del proyecto

El Proyecto no afectará la diversidad biológica ni su capacidad de regeneración en aquellos sectores donde se llevarán a cabo las actividades del proyecto, como tampoco en toda el área de ejecución del mismo, por cuanto se desarrolla a un costado y al interior de una subestación eléctrica existente e intervenida con infraestructura energética.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (b), del artículo 11 de la Ley N° 19.300

6.3 En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación el proyecto no alterará ni afectará la distribución de grupos humanos, comunidades o localidades, dada la ubicación y características del lugar que intervendrá.

En el área del proyecto y sus alrededores no se localizan comunidades o viviendas, siendo la más cercana, la ciudad de Copiapó a 14 km aproximadamente. El proyecto se ubica en terrenos de Transelec, y los flujos de transporte están asociados a la etapa de construcción y eventual cierre o desmantelamiento, haciendo uso de rutas ya consolidadas, como es la Ruta 5.

Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, en el área del proyecto no existen comunidades que presenten características étnicas ni culturales singulares, ni se realizan ceremonias religiosas u otras manifestaciones culturales.

El proyecto no generará cambios significativos en el empleo y desempleo de la zona. Durante la fase de construcción se contempla un promedio de 74 trabajadores y un peak de 94 personas.

Por su naturaleza el Proyecto no afecta ni limitará el acceso de la población a servicios y equipamiento u otro perteneciente a la dimensión de bienestar social básico.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (c), del artículo 11 de la Ley N° 19.300

6.4 En relación a lo señalado en la letra d) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

El proyecto se emplaza en un área donde no habita población protegida por leyes especiales. El proyecto se desarrolla al interior de los terrenos de Transelec e inmediatamente aledaño a una subestación existente y el entorno inmediato presenta una centrales térmicas en operación e infraestructura vial y minera.

El proyecto se emplaza en el sitio prioritario denominado “Desierto Florido”, corresponde a uno de los 64 sitios definidos por el Estado, de acuerdo al anexo H, “Levantamiento del Medio Biótico”, presentado durante el proceso de evaluación, el proyecto se ubica en polígonos de bajo valor ambiental y de conservación.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (d), del artículo 11 de la Ley N° 19.300

6.5 En relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, se señala que el proyecto no genera un impacto visual sobre zonas con valor paisajístico o turístico. El proyecto no está emplazado en una zona con valor paisajístico.

Dadas las dimensiones del proyecto, y al estar adyacente a la subestación existente, no se obstruye el acceso a recursos o elementos del medio ambiente. El proyecto no interviene ni está emplazado en áreas declaradas zonas o centros de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el D.L N° 1.224/75.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (e), del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

6.6 En relación a lo señalado en la letra f) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

Según los antecedentes presentados el proyecto no se encuentra próximo a algún Monumento Nacional.

En las áreas de las obras no se detectaron hallazgos arqueológicos. La descripción detallada se dispone en el Anexo I de la DIA, referido a la prospección arqueológica efectuada en el área de emplazamiento de las obras.

No se registran construcciones o sitios que por las características descritas pertenezcan al patrimonio cultural en el área de emplazamiento del proyecto.

En el área del proyecto y sectores aledaños, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un  EIA, por cuanto dado los antecedentes expuestos, el proyecto no presenta los efectos  y características del literal (e), del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

7.Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

 

El Proponente asume como compromiso participar en el Sistema Sidrep (Sistema de Declaración y Seguimiento Electrónico de Residuos Peligrosos), para el seguimiento de los residuos peligrosos.


8. Para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

9. Que, para que el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

10. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia de Medio Ambiente todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, incluyendo sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las  condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

11. El Titular deberá informar cualquier modificación en la información, a que refiere el artículo 119 del D.S. Nº 95/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva  modificación.

12.Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13. Que, el Titular del proyecto deberá informar a la Superintendencia  del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

14.Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama. 

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N°93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

     

  3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Rafael Prohens Espinosa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Olivia Pereira Valdés
Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama




OPV/YSN/VOP/kl

Distribución:
  • ALEXANDROS GEORGIOS SEMERTZAKIS PANDOLFI
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "INSTALACIÓN DE UN EQUIPO CER EN LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CARDONES"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=03/7e/af90d7f1b1e9cce199c6ec32e3012ed40ac9


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