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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Planta Industrial Renner Coatings Chile"

Resolución Exenta Nº 271/2016

Santiago, 23 de Mayo de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 19 de octubre de 2015, su Adenda de fecha 11 de enero de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de abril de 2016 del proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile” presentada por Renner Coatings Chile SpA.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile”.    

 

3°. Las Actas de Evaluación N° 07/2015 de fecha 05 de noviembre de 2015 y  N° 01/2016 de fecha 05 de mayo de 2016, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile” de fecha 09 de mayo de 2016.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 17 de mayo de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Renner Coatings Chile SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: 

Nombre o razón social

Renner Coatings Chile SpA

Rut

76.255.044-k

Domicilio

Av. La Montaña N° 1801, comuna de Lampa.

Nombre representante legal

Francisco Busch Estades

Rut representante legal

14.599.524-8

Domicilio representante legal

Avenida Colorado N°680, Quilicura, Santiago

Correo Electrónico representante legal

festades@rennercoatings.com

Teléfono Representante Legal

2-22709000

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de mayo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, 146, 148  y pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 17 de mayo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta Industrial Renner Coatings Chile”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 09 de mayo de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta de producción de pinturas en base acuosa (sustancias no peligrosas), pinturas en base a solventes (sustancias peligrosas inflamables) y adhesivos (sustancias peligrosas inflamables).

Para esto se proyecta construir un área de producción, bodegas de materias primas, bodegas de productos terminados, bodega de sustancias inflamables, área de estanques, instalaciones de apoyo, casino, entre otros.

El proyecto, como ya se señaló, almacenará insumos peligrosos y no peligrosos en bodegas y estanques superficiales. Por su parte los productos terminados se almacenarán en bodega exclusiva de sustancias peligrosas inflamables (para productos terminados inflamables) y bodega de productos terminados (para productos terminados en base acuosa).

Las instalaciones proyectan una superficie total a construir de 6.277 m2 al interior del predio que cuenta con una superficie de 25.000 m2.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal:

De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresó al SEIA según lo señalado en la letra:

“ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:”

 ñ.1. Producción, disposición o reutilización de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a diez mil kilogramos diarios (10.000 kg/día).

Capacidad de almacenamiento de sustancias tóxicas en una cantidad igual o superior a treinta mil kilogramos (30.000 kg).

Se entenderá por sustancias tóxicas en general, aquellas señaladas en la Clase 6, División 6.1 de la NCh 382. Of 2004, o aquella que la reemplace.

Los residuos se considerarán sustancias tóxicas si se encuentran en alguna de las hipótesis de los artículos 12, 13 y 14 del Decreto Supremo N° 148, de 2003, del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace. Para efectos de su disposición o reutilización, deberá estarse a lo dispuesto en la letra o.9. de este artículo.

ñ.3.Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg(día).) Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilógramos (80.000 kg).

Se entenderá por sustancias inflamables en general, aquellas señaladas en la Clase 2, División 2.1, 3 y 4 de la NCh 382. Of 2004, o aquella que la reemplace.

Los residuos se considerarán sustancias inflamables si presentan cualquiera de las propiedades señaladas en el artículo 15 del decreto supremo Nº 148, que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, de 2003, del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace. Para efectos de su disposición o reutilización, deberá estarse a lo dispuesto en la letra o.9 del presente artículo.”

En consecuencia, dado que el proyecto tendrá una capacidad de almacenamiento de 95.000 kg de sustancias tóxicas y una capacidad de almacenamiento de 1.396.000 kg de sustancias inflamables, debe someterse al SEIA.

El proyecto no comprende tipología secundaria.

Vida útil.

Indefinida

Monto de inversión

La inversión estimada para el desarrollo y operación del proyecto es de US$ 7.000.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El acto que da inicio a la ejecución del proyecto es la limpieza de terreno e instalación de faenas. La fecha estimada de inicio se redefinió durante la evaluación ambiental del proyecto estableciéndose para julio de 2016.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 Capítulo I, punto 1.7 del ICE.

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El proyecto se localiza en la Comuna de Pudahuel, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Descripción de la localización.

El proyecto se emplazará en Avenida Rinconada, Loteo Izarra de Lo Aguirre, Macrolote MLI-6, Lote 3, comuna de Pudahuel, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Superficie.

La superficie total del terreno donde se emplazará el Proyecto es de 25.000 m2 y la superficie construida es de 6.277 m2, la que considera la construcción y operación de las infraestructuras, cuya distribución se presenta en un croquis en la Figura 4 de la DIA.

 

Tabla 1. Áreas consideradas en el permiso de edificación

Instalación

Área N°

Detalle

Superficie m2

Nave principal

3

Bodega producto terminado

372

4 y 13

Producción

1.559

5

Bodega materia prima

806

6 y 17

Oficinas producción

204

8

Taller mantención

34

7

Laboratorio producción

50

9

Baños

38

10

Sala eléctrica

90

11

Pigmento rojo

112

12

Bodega de sustancias peligrosas

116

Bodega inflamables

19

Bodega exclusiva de sustancias peligrosas inflamables

1.076

Oficinas

16 y 17

Oficinas

900

Camarines

2

Camarines

314

Casino

18

Casino

258

Salas residuos sólidos

21

Bodega residuos peligrosos inflamables

74

22

Bodega residuos peligrosos tóxicos

35

23

Bodega residuos no peligrosos

36

24

Bodega residuos reciclables

18

Bodega de zinc

25

Bodega exclusiva de sustancias peligrosas inflamables Clase 4.3.

6

Lavado de tachos

29

Lavado de tachos

150

Portería

1

Portería

27

 

Total a construir

6.277

Fuente: Tabla 2, Punto 1.3.3 de la DIA

 

El proyecto considera además superficies anexas por un total de 731 m2., en donde se incluyen las áreas destinadas para estanques, aire comprimido y contenedor industrial. (Áreas N° 20, 28 y 26, de la Figura 4 de la DIA).

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

 

Tabla 2. Coordenadas UTM- Datum WGS 1984, Huso 19S

Vértice

Coordenada Este

Coordenada Norte

Noroeste

326392.99

6296295.12

Noreste

326585.02

6296298.57

Suroeste

326375.19

6296183.76

Sureste

326618.49

6296186.80

Fuente: Tabla 1, punto 1.3.1 de la DIA

 

Caminos de acceso.

El acceso principal al área del proyecto desde la ciudad de Santiago, es por la ruta 68 con dirección a Valparaíso, luego ingresar a rotonda ubicada en Km 15,1 para luego devolverse rumbo a Santiago e ingresar a Av. Rinconada de modo de llegar a la dirección del proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·        Representación cartográfica del proyecto en Figura 1, 2 y 3 de la DIA.

·        Coordenadas de localización del proyecto en Tabla 1, punto 1.3.1 de la DIA.

·        En el Anexo N° 4  de la Adenda se presenta el Certificado de Informaciones Previas para el proyecto.

·        En el Anexo 1 de la Adenda se adjunta la planimetría de planta del proyecto en formato KMZ.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Limpieza de terreno e instalación de faenas

Debido a la abundancia de espinos (Acacia caven), se procederá a la corta de especies previa obtención del PAS relativo al artículo 148 del DS 40/2012 del MMA.

Una vez ejecutada la corta de especies, se realizará el escarpe del terreno.

Posteriormente se instalarán las faenas al interior del predio, contando con lo siguiente:

  • Oficina de Obras
  • Comedores
  • Bodegas de Materiales
  • Bodegas de Residuos
  • Fosa séptica estanca
  • Baños químicos y Duchas 

a.1) Protección y Señalización

En aquellos lados del perímetro en donde se esté construyendo se levantarán vallas de protección en base a malla Raschel, esto permitirá el acceso exclusivo sólo al personal que realice las faenas constructivas, quedando prohibido el ingreso de personas ajenas a la obra.

La señalización se hará por medio de rótulos o avisos que indicarán a los trabajadores y a las visitas del proyecto, la conducta a seguir en cada una de las áreas de trabajo, indicando precaución y/o prohibición, según corresponda, los cuales serán colocados en lugares visibles, en lugares como el ingreso a la obra, en donde se instalarán las medidas de seguridad y los cuidados al medio ambiente que se requieran en la etapa.

Sin perjuicio de lo anterior, todos aquellos aspectos relativos a Prevención de Riesgos, Seguridad y Salud Ocupacional, serán cláusulas que se incorporarán al Contrato que se efectúe con la empresa que realice las obras.

a.2) Despeje y Limpieza

Se realizarán labores de despeje y limpieza del área circunscrita a intervención por parte del proyecto de construcción.

a.3) Trazados y Niveles

Previo a la intervención del terreno, se realizará el replanteo de trazados y niveles. Se trazarán las ubicaciones y dimensiones de la construcción, de acuerdo con las medidas y niveles expresados en los planos, se establecerán las referencias planimétricas y altimétricas necesarias para plantear ejes y niveles establecidos por los proyectistas, mediante un levantamiento topográfico.

a.4) Cierros Perimetrales

Una vez delimitadas las áreas de intervención, el contratista procederá al cierre del área que será sometido a la intervención, de forma que sólo el personal autorizado pueda circular por dicho sector. Estos cierres cubren el sector de servicios de la obra como camarines, baños, comedores, oficinas y bodegas de materiales, y toda área a intervenir por la obra.

Movimiento de tierra (excavaciones y fundaciones)

b.1) Preparación del terreno

Consiste en un escarpe del terreno en el cual se retira todo elemento presente sobre la superficie del terreno hasta de 20 cm. de profundidad, disponiendo de este material para posibles rellenos si fuere necesario, y el saldo será retirado a botaderos autorizados.

b.2) Nivelación, relleno, compactación

Luego del escarpe se deben observar y corregir las diferencias de nivel ya detectadas en el levantamiento topográfico, y posteriormente se procederá al depósito de una base de material estabilizado, de granulometría y composición definida según las bases técnicas de la obra. Este material se distribuirá uniformemente y compactará hasta lograr la altura requerida.

b.3) Zanjas y excavaciones

Una vez acondicionado el terreno que va a soportar las construcciones previstas en el proyecto, se procederá a realizar las excavaciones correspondientes a las fundaciones de las estructuras que lo requieran.

b.4) Fundaciones

Se realizan los armados de las enfierraduras y encofrados que requieren las fundaciones, y se aplica el Hormigón que procederá de planta, según las especificaciones técnicas del proyecto para las estructuras que lo requieran.

b.5) Radieres

Se preparan y aplican los refuerzos metálicos al área que acotada por las fundaciones, posteriormente se llenará con hormigón en calidad y espesor según EE.TT. del proyecto, en las estructuras que lo requieran.

b.6) Drenajes, canalizaciones de aguas lluvias

Una vez que las operaciones de hormigonado de fundaciones y radieres ha concluido, o durante este proceso, si no hubiere interferencias con aquel, se procederá a realizar las excavaciones y canalizaciones para el sistema colector de las aguas lluvia, sus respectivos drenajes.

Obra Gruesa

c.1) Estructuras metálicas

Se contemplan todas las estructuras en Hormigón armado, albañilería y/o tabiquería que las construcciones de las áreas de oficinas, camarines, casino, y portería se requiera construir. Estas construcciones podrán ejecutarse en paralelo al levantamiento de las de bodegas, toda vez que no se produzcan interferencias significativas entre áreas de construcción.

c.2) Estructuras no metálicas

En este punto se contemplan todas las estructuras en Hormigón armado, albañilería y/o tabiquería que las construcciones de las áreas de oficinas, camarines, casino, y portería se requiera construir. Estas construcciones podrán ejecutarse en paralelo al levantamiento de las de bodegas, toda vez que no se produzcan interferencias significativas entre áreas de construcción.

c.3) Iluminación y fuerza

Una vez levantadas las estructuras de bodegas y servicios, se procede a la instalación de redes de iluminación y fuerza en las áreas construidas.

c.4) Agua potable y alcantarillado

Se procederá a la instalación de las redes de agua potable y alcantarillado por el predio hasta llegar a los puntos previstos de empalme con los servicios públicos, desarrollando las canalizaciones respectivas según EE.TT. del proyecto de especialidad respectivo.

c.5) Limpieza

Se contempla realizar la limpieza del área a intervenir al inicio de la faena, manteniendo el orden y limpieza durante el desarrollo de la obra mediante el rehúso y disposición autorizada de los desechos de construcción y otros que las actividades generen; y finalmente, realizará la limpieza del área intervenida al término de las faenas de construcción.

Flujos vehiculares

En la respuesta 1.7 de la Adenda, el titular se compromete a mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto. Dicho registro deberá estar disponible en el lugar de emplazamiento del Proyecto para efectos de fiscalización.

 

En el punto 1.5.6, letra g) de la DIA, el Titular señala las rutas de acceso a utilizar durante la fase de construcción del proyecto:

 

Tabla 3. Frecuencia y rutas de vehículos pesados considerando el total de camiones durante la fase de construcción

Actividad

N° de camiones

Tipo de camión

Capacidad camión

Viajes requeridos fase de construcción

Rutas preferentes

Transporte hormigón

2

Camión mixer

16 m3

121

Américo Vespucio- ruta 68 –Av. Rinconada

Transporte Estabilizado para relleno

2

Camión tolva

20 m3

98

Américo Vespucio- ruta 68 –Av. Rinconada

Transporte Acero y/o Cableado

1

Tracto/camión

10 ton

2

Américo Vespucio- ruta 68 –Av. Rinconada

Transporte Paneles y cubiertas

1

Tracto/camión

10 ton

3

Américo Vespucio- ruta 68 –Av. Rinconada

Transporte pinturas y solventes

1

Camión 3/4

1,5 ton

2

Américo Vespucio- ruta 68 –Av. Rinconada

Transporte tierra y escombros

3

Camión tolva

20 m3

173

Av. Rinconada-Ruta 68-Americo Vespucio- Ruta 78-Camino a rinconada

Transporte residuos peligrosos

1

Camión 3/4

1,5 ton

2

Av. Rinconada-Ruta 68-Americo Vespucio-Camino a Lonquén-Santa Marta- Las industrias

Transporte residuos sólidos asimilables a domiciliarios

1

Camión 3/4

1,5 ton

40

Av. Rinconada-Ruta 68-Américo Vespucio – General Velázquez

Fuente: Tabla 26, letra g), punto 1.5.6 de la DIA

En la Figura 11 de la DIA se muestra la Ruta de transporte de insumos para el proyecto.

Materiales de construcción

Para la construcción del proyecto se requerirán principalmente los siguientes materiales de construcción:

 

Tabla 4. Materiales fase de construcción

INSUMO

CANTIDAD/AÑO

UNIDAD

Hormigón

3876

m3

Estabilizado para relleno

3930

m3

Acero y/o Cableado Construcción

20

Ton

Paneles y Cubiertas

5

Ton

Pinturas y solventes

1

Ton

Fuente: Tabla 25, letra f), punto 1.5.6 de la DIA

 

Maquinaria y equipos

La maquinaria y equipos a utilizar para la fase de construcción es la siguiente:

 

Tabla 5. Equipos y maquinarias a utilizar en fase de construcción

EQUIPO/MAQUINARIA

Potencia (KW)

Bulldozer

142

Motoniveladora

205

Rodillo compactador

3

Cargador frontal

170

Retroexcavadora

62

Fratasadora

-

Grúa móvil

275

Elevador tijera

24

Generador Diésel

20

Elevador pluma

35

Esmeril

2,3

Fuente: letra h), punto 1.5.6 de la DIA

 

Mano de obra

 

Se estima un número máximo de 170 trabajadores para la realización de las obras indicadas en la fase de construcción.

 

Tabla 6. Mano de obra del proyecto, fase de construcción

Mano de obra promedio

Mano de obra máxima

110

170

Fuente: Tabla 24, Punto 1.5.5 de la DIA.

 

Proyecto de pavimentación y aguas lluvias

Se proyectan tanto pavimentos interiores como exteriores en toda el área del proyecto.

Respecto al proyecto de Aguas Lluvias, este consta de componentes tales como: bocas, descargas, canales, ductos de PVC sanitario, rejillas, cámaras de inspección, cámaras decantadoras, redes, pruebas, pasadas, sujeciones,  métodos de captación y distribución sistemas de drenaje proyectados.

Las aguas lluvias captadas desde la cubierta general del edificio, serán conducidas por medio de bajadas de aguas lluvias de hojalatería de canales de aluminio especificadas en planos, PVC110 y PVC160, las que descenderán del edificio hasta el primer piso donde serán recibidas por sumideros, con decantador o sifón que capten las aguas lluvias y retengan mediante un colchón de agua, residuos y basuras provenientes de las techumbres, para evitar el traspaso al sistema de colectores y red interna, para después llegar a una cámara decantadora general, proyectada previo a la zanja de drenes de infiltración.

El detalle del proyecto de pavimentación y del proyecto de Aguas Lluvias, se presenta en el Anexo 7 “Proyecto Pavimentación y Aguas Lluvias” de la DIA.

 

Proyecto control de incendios

El proyecto de control de incendios, considera instalar los siguientes equipos en planta: válvulas, rociadores, sensores de flujo, válvulas de corte con detectores de estado incorporados, proporcionadores de espuma, Bladder tank, cañerías, fittings, y todos los equipos necesarios para completar la instalación y entregar un sistema funcionando de acuerdo a las exigencias que se indican en las especificaciones y en los planos correspondientes, presentados en el Anexo 9 “Control de Incendios” de la DIA.

Asimismo se instalarán dos estanques de agua potable de 340 m3 cada uno y un grupo electrógeno de emergencia para el funcionamiento de este sistema.

En general la planta contará con extintores PQS, red seca compuesta por 2 siamesas y tuberías para conexión exclusiva de bomberos ubicada en el acceso de la planta, junto con 8 grifos de dos bocas unidas por red perimetral de HDPE. Red húmeda conectada a la red de agua potable de la sanitaria y estanque propio para el combate en bodega exclusiva para sustancias peligrosas inflamables y área de estanques, detección automática, pulsadores de emergencia, sirenas con luz estroboscópica y extinción automática de incendios en bodega exclusiva para sustancias peligrosas inflamables.

En el Anexo 13 de la Adenda se presenta el “Plan de mantenimiento de equipos de incendio”.

Provisión de suministros básicos

Abastecimiento de agua: Se proveerá de agua potable envasada en bidones a todos los trabajadores, cuya agua cumplirá con NCh 409 Of 2005 y una dotación mínima de 100 litros por persona.

Servicios higiénicos: Se contará con al menos 6 baños químicos, los cuales estarán a menos de 75 m de las áreas de trabajo.

El transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será realizado por empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para realizar esta actividad.

Duchas, vestidores y casilleros: Se dispondrá de duchas con agua potable fría y caliente, la cual será suministrada por estanque cerrado de acumulación de agua potable y distribuida por red de cañerías.

El calentador de agua a gas para las duchas, estará siempre provisto de chimenea ubicada al exterior.

Por su parte, se contará con vestidores, exclusivo para hombres y mujeres, ubicado próximo a duchas, cuyo espacio interior estará limpio y protegido de las condiciones climáticas externas. En este mismo recinto se instalarán casilleros guardarropas los que estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al total de trabajadores ocupados en la faena.

Comedores: Se dispondrá de un comedor el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y protegido del ingreso de vectores. Este estará provisto de mesas, sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza, además de estar dotado con agua potable para el aseo de manos y cara, cocinilla, lavaplatos y sistema de energía eléctrica.

Requerimientos de combustible y electricidad: Se contará con instalaciones eléctricas provisionales, las cuales cumplirán a cabalidad con las disposiciones establecidas en NCh 350 Of 2003.

En relación al almacenamiento de combustible, se contará con:

·        Un cilindro portátil de 45 Kg para gas licuado de petróleo, destinado al funcionamiento del calentador de agua, el cual se encontrará al interior de gabinete que otorgará protección de las condiciones ambientales, que además se encontrará ubicado a nivel del terreno, bajo cielo abierto con una superficie de al menos 6 m2.

·        Grupo electrógeno de 20 KW, que contará con estanque de acumulación de diesel.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones atmosféricas correspondientes a la fase de construcción del proyecto, expresada en toneladas anuales, y detalladas en el Anexo N° 2 “Informe de Estimación Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria

 

Tabla 7. Emisiones atmosféricas- Fase de construcción

Contaminante

(Ton/año)

Límite PPDA

Conclusión

MP10

1,65208913

2,5

No compensa

NOx

2,0190266

8

No compensa

SO2

0,00077752

50

No compensa

COV

0,18149344

Solo informar

No compensa

CO

0,47705175

Solo informar

No compensa

NH3

0,00061561

Solo informar

No compensa

Fuente: Tabla 55, Anexo N° 2 “Informe Estimación Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a las estimaciones calculadas, se concluye que durante la fase de construcción, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: En el Anexo N° 13 de DIA “Evaluación de Impacto Acústico”, se presenta el estudio acústico para la fase de construcción del proyecto, se estimaron los niveles de ruido generados por distintas actividades de construcción, entre ellas limpieza de terreno, movimiento de tierra y obra gruesa. Dicha evaluación sólo se realizó para el periodo diurno ya que las obras se desarrollarán durante este periodo y considera en la evaluación la incorporación de un cierre perimetral de OSB de 2,4 metros de alto, el cual será instalado alrededor de todo el perímetro de la construcción.

La evaluación concluye que el proyecto da cumplimiento al D.S N°38/11 del MMA durante la fase de construcción del proyecto en el escenario evaluado, no siendo necesario implementar medidas de abatimiento de ruido adicionales a la evaluada en el estudio.

 

Efluentes líquidos:

Aguas Servidas: Las aguas servidas del proyecto corresponden a las generadas por los baños químicos, el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será realizado por empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para realizar esta actividad.

Residuos líquidos: El proyecto no considera generación de residuos líquidos durante la fase de construcción.

El proyecto no considera el lavado de rueda de camiones.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Tasa de generación de residuos sólidos

 

TIPO RESIDUO

DETALLE RESIDUO

CANTIDAD

CARACTERÍSTICA DE PELIGROSIDAD DE ACUERDO AL D.S 148

Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos

Materia orgánica, papeles, cartones, entre otros

170 Kg/día

No Peligroso

Residuos sólidos de la construcción

Tierra, escombros de hormigón, despuntes de maderas, metales, fierros y arboles desterrados

470 m3/año

No Peligroso

Residuos peligrosos

Envases de pinturas, envases de solventes, paños y elementos de protección personal contaminados con sustancias peligrosas

0,4 ton/año

Clase 3, Inflamables

Fuente: Tabla 32, letra b.1) del punto 1.5.9 de la DIA

Almacenamiento de residuos sólidos:

Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos

Este tipo de residuos se almacenará en contenedores plásticos con tapa.

 

Residuos sólidos de la construcción

Estos residuos se almacenarán en contenedor metálico, ubicado bajo techo.

Además contará con señalética de “Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos de la construcción”.

 

Residuos peligrosos

Los residuos peligrosos se almacenarán en contenedores metálicos al interior de sitio de almacenamiento, el cual contará con las siguientes condiciones:

  • Piso liso y continuo.
  • Cierre perimetral de material incombustible de 1,8 m de altura.
  • Techado y protegido del ingreso de vectores.
  • Pretil con capacidad de contención no inferior al contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen del total de contenedores.
  • Señalética de acuerdo a NCh 2190 Of 2003.
  • Señalética de “Sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos”.
  • Señalética de “No Fumar”.
  • Hojas de datos de seguridad de residuos peligrosos.
  • Registro de identificación y cantidades de residuos que ingresan y salen del sitio de almacenamiento. 

Transporte de residuos sólidos

Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos

El transporte de residuos sólidos asimilables a domiciliarios se realizará al menos una vez a la semana de modo de no atraer vectores sanitarios, y  se realizará por una empresa transportista autorizada por la Autoridad Sanitaria. Dichos residuos se dispondrán en sitio de disposición final autorizado tal como Estación de Transferencia Puerta Sur, de acuerdo a la Figura 13 de la DIA, la distancia de recorrido de ida desde la ubicación del proyecto a estación de transferencia de residuos sólidos asimilables a domiciliarios es de 24,0 km.

 

Residuos sólidos de la construcción

El transporte de tierra y escombros, considera residuos de escarpe (incluye árboles desenterrados), excavaciones y restos de residuos sólidos inertes que se generan en la obra gruesa.

Los residuos sólidos de la construcción que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final (tal como Soc. Pétreos), no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas y solventes. Para esto, se deberá mantener un registro en faena de la disposición final de materiales.

De acuerdo a la Figura 14 de la DIA, la distancia de recorrido de ida desde la ubicación del proyecto a destinatario autorizado para disposición de residuos sólidos de la construcción es de 24,7 km.

En la respuesta 1.20 de la Adenda el titular aclara: “El proyecto considera un registro de las cantidades que se almacenarán en sitio de almacenamiento temporal para residuos de la construcción (que consiste en contenedor metálico). De igual manera, estos residuos una vez que sean transportados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado, se llevarán registro de declaración y seguimiento con formato según lo establecido en Resolución 5081/92 del SESMA, quedando copia (por cada retiro) para el generador, transportista, destinatario y Seremi de Salud RM”.

 

Residuos peligrosos

El transporte de residuos peligrosos se realizará con una frecuencia mínima de 6 meses, el cual será realizado por un transportista autorizado por la SEREMI de Salud, estos residuos serán dispuestos en una empresa destinataria debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria.

En la Figura 15 de la DIA, se calcula que el recorrido asociado al transporte desde el área del proyecto a empresa de disposición final como por ejemplo Bravo Energy, la cual sería de 24,9 km.

En la respuesta 1.22 de la Adenda el titular indica: “En caso de requerirse mantención para vehículos, equipos y maquinarias en la fase de construcción se realizará esta actividad en talleres autorizados (con resolución sanitaria), para la realización de dicha actividad, por lo que en esta fase se contará con registro en obra de estos talleres”.

En el mismo contexto, en titular en la respuesta 1.23 agrega: “Aquellos residuos que pudiesen generarse en la actividad de mantención de maquinarias y equipos en la fase de construcción serán almacenados en sitios de almacenamiento temporal, con los cuales cuenta la empresa y luego serán gestionados con transportistas y destinatarios autorizados. Dependiendo si son o no residuos peligrosos, se realizará lo siguiente:

 

Residuos sólidos no peligrosos:

  • Almacenados temporalmente contenedor metálico de 1,1 m3 en Bodega residuos sólidos industriales No peligrosos (área N° 23).
  • Transporte y disposición final realizada por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria para la gestión de residuos industriales no peligrosos.

Residuos sólidos peligrosos:

  • Almacenados temporalmente en Bodega de residuos peligrosos tóxicos (área N° 22).
  • Transporte y disposición final realizada por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria para la gestión de residuos peligrosos”. 

Sustancias peligrosas:

Las sustancias peligrosas que se utilizarán en la fase de construcción corresponden a pinturas, solventes y fijadores (clase 3), en una cantidad total estimada de 1 ton/año. Su almacenamiento se realizará según el Párrafo 1 del D.S 78 (máximo 600 Kg), almacenando en estante metálico, con barra antivuelco, con control de derrames, ventilación, señalización que indique almacenamiento de sustancias peligrosas, extintor PQS y las respectivas hojas de seguridad en el formato establecido por NCh 2245.Of 2003.

Cabe señalar que el piso en donde se ubique el estante metálico será de pavimento impermeabilizado, de modo de evitar la infiltración de sustancias peligrosas en el suelo y napas subterráneas.

Aquellos trabajadores que se expongan a vapores o por contacto directo con estas sustancias deberán usar los elementos de protección personal debidamente certificados.

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Obras y acciones.

El proyecto considera una fase de operación de duración indefinida para el funcionamiento de la planta de producción de pinturas y adhesivos. Asimismo, considera un periodo de marcha de blanca con una duración de 1 mes aproximadamente, la cual es necesaria para el ajuste de los sistemas propios de producción, captación de vapores, funcionamiento del área de logística, entre otros.

La planta de producción considera operar en 1 turno de Lunes a Viernes, de 07:30 a 17:00 horas.

El proyecto también considera almacenar insumos peligrosos y no peligrosos en bodegas y estanques superficiales. Por su parte, los productos terminados se almacenarán en bodega exclusiva de sustancias peligrosas inflamables (para productos terminados inflamables) y bodega de productos terminados (para productos terminados en base acuosa).

La descripción de la elaboración de los productos terminados es la siguiente:

 

Elaboración Pinturas en base Acuosa:

Las pinturas en base a agua, están compuestas por agua, pigmentos, resinas y aditivos.

El proceso de fabricación se inicia recibiendo en el área de proceso las materias primas asociadas a la orden de producción, posteriormente se agrega agua a un estanque de formulación, el cual se encuentra ubicado un dispersor, a continuación se agregan los pigmentos, resinas y aditivos para realizar la respectiva molienda y mezcla, una vez concluida, se extrae una muestra, para Control de Calidad y en caso de ser aprobada dicha mezcla se deriva para ser envasada, en caso contrario se agreguen los elementos mencionados o en su defecto agua hasta el obtener la calidad del producto requerido que finalmente se envasará.

Posteriormente el producto se envía a bodega de productos terminados para su almacenamiento temporal y despacho a clientes.

En caso de ser necesario el lavado del estanque, este proceso se realizará en sala de lavado para su posterior acumulación en estanque de polietileno de alta densidad de 5 m3 de capacidad, cuyo residuo será retirado una vez a la semana y gestionado como un residuo peligroso debiendo contar con transportista y destinatario autorizado por la Autoridad Sanitaria.

 

Elaboración Pinturas en base a solventes y adhesivos

Las pinturas en base a solventes, están compuestas por solventes, pigmentos, resinas y aditivos.

El proceso de fabricación se inicia recibiendo en el área de proceso las materias primas asociadas a la orden de producción, posteriormente se agrega solvente a un estanque de formulación, el cual se encuentra ubicado un dispersor, a continuación se agregan los pigmentos, resinas y aditivos para realizar la respectiva molienda y mezcla, una vez concluida, se extrae una muestra, para Control de Calidad y en caso de ser aprobada dicha mezcla se deriva para ser envasada, en caso contrario se agreguen los elementos mencionados o en su defecto solvente hasta el obtener la calidad del producto requerido que finalmente se envasará.

Posteriormente el producto se envía a bodega exclusiva de sustancias peligrosas inflamables para su almacenamiento temporal y despacho a clientes.

En caso de ser necesario el lavado del estanque, se adiciona a este un solvente para que disuelva los pigmentos y resinas, posteriormente dicha mezcla se deriva (en el área de producción) a un destilador para que este recupere el solvente y genere una borra, la cual será utilizada como un producto terminado de menor calidad (ej: pintura anticorrosiva) o será gestionada como residuo peligroso, almacenándose temporalmente en bodega de residuos peligrosos inflamables.

El transporte y disposición final de estos residuos será realizado por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

 

Mano de obra

La mano de obra para la fase de operación del proyecto considera 131 trabajadores.

Estacionamientos

Los estacionamientos que considera el proyecto se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 8. Estacionamientos del proyecto

Ítem

Exigidos

Proyectados

Estacionamientos vehículos

35

92

Estacionamientos vehículos para personas con movilidad reducida

3

3

Estacionamientos camiones

5

5

Total estacionamientos

43

100

Fuente: Letra c.7, del punto 3.2.2, capítulo 3 de la DIA

 

Flujo de vehículos asociado a la fase de operación

Tabla 9. Flujo de camiones del proyecto en fase de operación

Actividad

N° de camiones

Tipo de camión

Frecuencia diaria de camiones

Frecuencia semanal de camiones

Rutas principales o preferentes

Transporte insumos

5

Tracto camión

1

5

Intersección Américo Vespucio con ruta 5 – Ruta 68 – Av. Rinconada

Transporte productos terminados

5

Tracto camión

1

5

Av. Rinconada -Ruta 68 – Intersección Américo Vespucio con ruta 5

Transporte residuos sólidos asimilables a domiciliarios reciclables

1

Tracto camión

0,2

1

Av. Rinconada -Ruta 68 –Américo Vespucio –General Velásquez

Transporte residuos sólidos asimilables a domiciliarios No reciclables

1

Camión compactador

0,2

1

Av. Rinconada -Ruta 68 –Américo Vespucio –General Velásquez

Transporte residuos sólidos industriales no peligrosos

1

Camión 3/4

0,1

0,5

Av. Rinconada -Ruta 68 –Américo Vespucio –Camino Lo Boza

Transporte residuos sólidos industriales peligrosos

1

Camión 3/4

0,05

0,25

Av. Rinconada -Ruta 68 –Américo Vespucio –Camino a Lonquén- Sta. Marta

Transporte Residuo líquido

1

Camión aljibe

0,2

1

Av. Rinconada -Ruta 68 –Américo Vespucio –Camino a Lonquén- Sta. Marta

Fuente: Tabla 39, letra f), punto 1.6.6 de la DIA

 

Actividades de mantención y conservación

El listado y programa de mantenimiento preventivo de máquinas y equipos se presenta en el Anexo 16 de la DIA.

 

Descripción de la provisión de suministros

Agua potable y alcantarillado: para la fase de operación, se proveerá de agua potable y servicio de alcantarillado suministrado por empresa sanitaria Izarra de Lo Aguirre S.A., para lo cual se cuenta con un Certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N° 06/2015 de fecha 28 de agosto de 2015, presentado en el Anexo 6. “Proyecto Sanitario” de la DIA, así también en el mismo Anexo se presentan los layout de los proyectos de agua potable y alcantarillado del proyecto.

De acuerdo a la respuesta 1.9 de la Adenda, el titular indica que: “El uso del agua potable suministrada por empresa sanitaria Izarra de Lo Aguirre S.A. será para los siguientes usos:

  • Uso doméstico: 19,65 m3/día (en función de 131 trabajadores y dotación de 150 L/día por trabajador según RIDAA)
  • Riego 25 m3/día (dotación de 10 L/día y una superficie de jardines de 2500 m2)
  • Procesos: 10 m3/día
  • Total requerido: 54,65 m3/día”.

Además, respecto del origen del agua que será utilizada para el control de incendios presentado en el Anexo 9 “Control de Incendios” de la DIA, el titular aclara en la respuesta 1.10 de la Adenda: “El origen del agua utilizada en el control de incendios será abastecido desde 2 estanques de acumulación de 340 m3 cada uno (tiempo de autonomía 60 minutos), los cuales a su vez se encontrarán conectados a red de agua potable pública conducida en polietileno de alta densidad con diámetro de 160 mm y presión mínima de 15 mca, la cual se encontrará conectada a medidor de agua de 40mm. Según tabla de caudales nominales de medidores, el MAP seleccionado es capaz de entregar un caudal de 10 m3/h es decir, 240 m3/día.

Los estanques de agua destinados al control de incendio, permanecerán a su máxima capacidad, este se llena por una única vez y solo se rellenara de ser necesario, lo que no debería afectar el uso de agua para el proceso industrial y el consumo de las personas.

En función de lo mencionado, el proyecto dará cobertura al consumo de agua potable destinada a trabajadores, riego, procesos y control de incendios”.

 

Artefactos Sanitarios: Se contará con los siguientes artefactos sanitarios, los cuales estarán al interior de servicios higiénicos y se encontrarán a menos de 75 m desde cualquier área de trabajo.

 

Tabla 10. Artefactos sanitarios para fase de operación

Artefacto

Exigido

Proyectado

Excusados con taza de WC

9

43 + 6 urinarios

Lavatorios

9

44

Duchas

14

19

Fuente: Tabla 37, letra b), punto 1.6.6 de la DIA

 

Además, se dispondrá de 2 calderas para calentar el agua de duchas, las cuales se encontrarán al interior de sala de calderas y funcionarán con gas natural.

 

Vestidores y casilleros: Se contará con vestidores, exclusivo para hombres y mujeres, ubicado próximo a duchas, cuyo espacio interior estará limpio y protegido de las condiciones climáticas externas. En este mismo recinto se instalarán casilleros guardarropas los que estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al total de trabajadores.

 

Comedor y casino: Se dispondrá de un casino para elaboración de alimentos que serán entregados al personal de trabajo de toda la planta. Dicho casino contará con la autorización sanitaria correspondiente.

Asimismo, se dispondrá de un comedor el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y protegido del ingreso de vectores. Este estará provisto de mesas, sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza, además de estar ubicado a menos de 75 metros de servicios higiénicos.

 

Requerimiento de Combustibles y electricidad: El suministro de electricidad será abastecido por Chilectra S.A.

En relación al almacenamiento de combustible, se contará con:

  • Cilindros GLP para grúas horquillas (4 cilindros de 24 kg c/u). Los cilindros se almacenarán en estante metálico debidamente cerrado, el cual llevará las siguientes señaléticas:

-        NCh 2190 Of 2003 (Clase 2.1)

-        No fumar

-        Usos de elementos de protección personal.

-        Hoja de datos de seguridad

  • Grupo electrógeno de 500 KVA, que contará con estanque incorporado para  acumulación de diésel en un volumen 700 litros aproximadamente.
  • Estanque de almacenamiento de diésel de acero de 1325 litros de capacidad. Localizado en sala de bombas para el combate contra incendios.
  • Estanque superficial de almacenamiento de gas licuado, de 4 m3 de capacidad. Este estanque llevará reja de seguridad para evitar el ingreso de personas no autorizadas. 

La potencia total instalada en la planta, se detalla en la siguiente tabla:

Tabla 11. Potencia instalada de la Planta

Equipo

Potencia KVA

Transformador

1000

Grupo electrógeno de emergencia

500

Caldera agua caliente

87,5

Caldera agua caliente

87,5

Total

1675

Fuente: Tabla 38, letra e), punto 1.6.6 de la DIA

 

Recursos naturales renovables

El proyecto no tiene contemplado extraer o explotar recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: La fase de operación generará emisiones atmosféricas principalmente asociados a la manipulación de pigmentos y al tipo de disolventes utilizados, funcionamiento de calderas, funcionamiento de grupo electrógeno, y circulación de vehículos.

En el Anexo N°2 de la Adenda Complementaria se presenta el “Informe de Estimación Emisiones Atmosféricas” en donde se resumen las emisiones estimadas para la fase de operación del proyecto.

Tabla 12. Emisiones atmosféricas- Fase de operación

Contaminante

(Ton/año)

PPDA

Conclusión

MP10

1,61

2,5

No compensa

NOx

0,59103896

8

No compensa

SO2

0,02180481

50

No compensa

COV

16,69

Solo informar

No compensa

CO

1,27422719

Solo informar

No compensa

NH3

0,06775402

Solo informar

No compensa

Fuente: Tabla 56, Anexo N° 2 “Informe Estimación Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria

 

Las emisiones correspondientes al material particulado y COV generado en el proceso de producción de pinturas y adhesivos, serán captadas y abatidas mediante sistema de filtrado en línea (filtro de mangas y carbón activado), por lo que la presente estimación contempla los abatimientos asociados a ambos sistemas.

De acuerdo a las estimaciones calculadas, se concluye que durante la fase de operación, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: Para la fase de operación del proyecto se consideran como fuentes predominantes de ruido el área de producción de la fábrica de pinturas, la llegada de materias primas y el despacho de producto final. La operación de la planta se realiza en dos turnos: de 07:00 a 15:00 horas y de 15:00 a 23:00 horas por lo que la evaluación consideró el horario diurno y nocturno. Se consideró además en la evaluación, como barrera acústica el perímetro del galpón de producción, que está compuesto por planchas de aluzinc en todo su contorno. Como fuentes de ruido fuera del galpón principal de producción se consideró: compresor, extractor, sala de bombas y camión.

Finalmente, se concluye que durante la fase de operación del proyecto se cumple el  D.S.N°38/11 del MMA.

 

Efluentes líquidos:

Aguas Servidas: El proyecto cuenta con certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado N° 06/2015 de fecha 28 de agosto de 2015, presentado en el Anexo N° 6 “Proyecto sanitario” de la DIA. 

 

Residuos líquidos: Corresponden a los generados por la limpieza de tachos y utensilios de pinturas en base acuosa al interior de la sala de lavado que serán gestionados como residuos peligrosos, los cuales se proyectan en una generación de 1 m3/día. Estos residuos serán almacenados temporalmente en un estanque superficial de polietileno de alta densidad de 5 m3 de capacidad, el cual se encontrará al interior de un pretil de contención de hormigón armado de volumen 9,62 m3, con capacidad de contención de 5,03 m3. El pretil de contención se encontrará al interior de la sala de lavado, la cual tendrá pavimento afinado e impermeabilizado con pendiente hacia canaleta de control de derrames.

Este sitio de almacenamiento se encontrará demarcado en el piso con pintura amarilla de alto tráfico, extintor PQS de 10 Kg, señaléticas que indiquen, “Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos” y característica de peligrosidad según NCh 2190 Of 2003 y DS 148/03 del MINSAL.

El transporte de este residuo se realizará una vez a la semana, para lo cual se contratará el servicio de una empresa transportista autorizada por la autoridad sanitaria para esta función, que luego dispondrá los residuos en lugar autorizado por la Seremi de Salud RM.

En la Figura 19 de la letra b) del punto 1.6.10 de la DIA se muestra un layout de la sala de lavado.

Cabe mencionar que el proceso de elaboración de pintura en base a solventes y adhesivos no generará residuos líquidos, ya que el mismo proceso considera la recirculación de solvente de modo de no generar residuo líquido alguno, solo considera la generación de borra la cual será gestionada como residuo peligroso acorde a lo establecido en DS 148/03 MINSAL.

Por su parte, los residuos líquidos provenientes del casino contarán con una cámara separadora de aceites y grasas (autorizada por la SISS), a la salida de la instalación del servicio de alimentación y previo a su conexión a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria.

 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios

Durante la fase de operación del Proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios que estarán principalmente constituidos por materia orgánica, papeles, cartones, entre otros. La cantidad de estos residuos se estima en 131 kg/día, cuya cantidad se encuentra en función del número de trabajadores y del factor de generación de 1 kg/persona/día.

Cabe mencionar que se realizará separación en origen, clasificando los residuos que pueden reciclarse de aquellos que no (60% residuos reciclables y 40 % residuos no reciclables).

Aquellos residuos que pueden reciclarse, se almacenarán temporalmente en tambores plásticos al interior de “Bodega de residuos reciclables” (adyacente a otras bodegas de residuos sólidos), la cual contará con una superficie interior de 15,00 m2, altura máxima 3,65 m, piso de pavimento, muros de hormigón armado, revestimiento exterior con panel metálico PIT 900 de Cintac, puerta RF 60, techumbre metálica y cubiertas metálicas panel e-kover pol.

El transporte asociado a estos residuos lo realizará una empresa autorizada por la Seremi de Salud, la cual trasladará los residuos a plantas de reciclaje localizadas en la Región Metropolitana.

La ubicación de la bodega se presenta en el plano RNC-DIA-582-E, del Anexo 2 “Planos de arquitectura” de la DIA.

Los residuos que no puedan reciclarse, se almacenarán temporalmente en contenedor industrial metálico (de 10 a 20 m3 de capacidad) debidamente protegido de la lluvia, el cual se encontrará al interior de una superficie de 54,00 m2, la cual se encontrará cercada por material incombustible y canaletas para la contención de derrames. El transporte asociado a estos residuos lo realizará camión municipal el que trasladará los residuos a estación de transferencia debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria.

 

Residuos industriales no peligrosos

La generación de residuos industriales no peligrosos, se estima en 14,84 ton/mes, los cuales corresponden a: papeles, plásticos, pallets, entre otros, cuyo detalle se presenta en la siguiente tabla.

 

Tabla 13. Residuos industriales no peligrosos fase de operación

Tipo de residuo

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Sacos y papeles

3

7,5

Cajas y cartones

0,1

0,4

Pallet madera

1,2

4,8

Envase plástico (baldes, tambores, IBC)

0,2

1,0

Plásticos en general

0,3

1,14

Total

4,8

14,84

Fuente: Tabla 48, letra d.2) del punto 1.6.10 de la DIA

 

Estos residuos se almacenarán temporalmente en contenedores metálicos de 1,1 m3, al interior de bodega de residuos sólidos no peligrosos, la cual tendrá una superficie interior de 32,90 m2, altura máxima 3,65 m, piso de pavimento afinado, impermeabilizado, endurecido y sellado con pendiente 0,5% en dirección a canaletas recolectora de derrames conectada a estanque de acumulación, muros de hormigón armado, revestimiento exterior con panel metálico PIT 900 de Cintac, puerta RF 60, techumbre metálica y cubiertas metálicas panel e-kover pol, extintor PQS de 10 Kg, señaléticas que indiquen, “acceso restringido”, “uso de EEPP”, entre otros.

 

Para el transporte se contratará el servicio de una empresa transportista autorizada por la autoridad sanitaria para esta función, que luego dispondrá los residuos en lugar autorizado por la Seremi de Salud RM. Además se dará cumplimiento a la Resolución 5081/92 del SESMA en materia de declarar y gestionar los residuos que son generados, transportados y dispuestos.

 

Residuos sólidos peligrosos

Los residuos peligrosos que se generarán en la fase de operación, corresponden básicamente a envases, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados con sustancias peligrosas (inflamables y toxicas). Para esto, se contempla la operación de 3 sitios de almacenamiento temporal para residuos peligrosos.

 

Bodega de residuos peligrosos inflamables

 

Tabla 14. Bodega de residuos peligrosos inflamables

Tipo de residuo

Característica de Peligrosidad

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Borra pintura en base a solvente

Inflamable

2,5

9

Tambores y baldes vacíos contaminados con sustancias inflamables

Inflamable

1,5

2,6

Paños, elementos absorbentes, y EPP contaminados con sustancias inflamables

Inflamable

0,09

0,13

Sacos vacíos de polvo de zinc

Inflamable

0,06

0,08

Paños y EPP contaminados con polvo de zinc

Inflamable

0,003

0,004

Filtros contaminados con polvos inflamables (captación en área producción)

Inflamable

0,2

0,001

Total

4,3

11,8

Fuente: Tabla 49, letra d.3) del punto 1.6.10 de la DIA

 

Estos residuos serán dispuestos en tambores metálicos cerrados de 208 litros c/u, segregados y almacenados temporalmente (con una frecuencia de retiro de 4 veces al mes) en bodega de residuos peligrosos inflamables, la cual tendrá una superficie interior de 68,62 m2, altura máxima 3,65 m, piso de pavimento afinado, impermeabilizado, endurecido y sellado con pendiente 0,5% en dirección a canaletas recolectora de derrames conectada a estanque de acumulación, muros de hormigón armado, revestimiento exterior con panel metálico PIT 900 de Cintac, puerta RF 60, techumbre metálica y cubiertas metálicas panel e-kover pol, extintor PQS de 10 Kg, señaléticas que indiquen, “bodega de residuos peligrosos inflamables”, “acceso restringido”, “uso de EEPP”, entre otros. Además se tendrá un encargado de bodega que se encontrará capacitado en: el uso y manejo de extintores, plan de emergencia y contingencia, manejo de residuos peligrosos, derecho a saber, etc. Asimismo, se tendrá un registro detallado de los residuos que ingresarán y saldrán de esta bodega, así como las respectivas hojas de datos de seguridad de estos residuos.

Para el transporte se contratará el servicio de una empresa transportista autorizada por la autoridad sanitaria para esta función, que luego dispondrá los residuos en lugar autorizado por la Seremi de Salud RM. Además se dará cumplimiento al DS 148/03 MINSAL, en declaración SIDREP en el sistema RETC.

La Figura 25 de la DIA muestra un layout de la bodega de residuos peligrosos inflamables.

Bodega de residuos peligrosos tóxicos

 

Tabla 15. Bodega de residuos peligrosos tóxicos

Tipo de residuo

Característica de Peligrosidad

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Sacos y papeles contaminados con sustancias tóxicas

Toxico crónico

0,285

1,14

Paños, elementos absorbentes, y EPP contaminados con sustancias toxicas

Toxico crónico

0,014

0,057

Tubos fluorescentes en desuso

Toxicidad extrínseca

0,003

0,002

Aceites usados de maquinarias

Toxico crónico

0,045

0,03

Total

0,35

1,23

Fuente: Tabla 50, letra d.3) del punto 1.6.10 de la DIA

 

Este tipo de residuos serán dispuestos en tambores metálicos cerrados de 208 litros c/u, segregados y almacenados temporalmente (con una frecuencia de retiro de 2 veces al mes) en bodega de residuos peligrosos tóxicos, la cual tendrá una superficie interior de 31,96 m2, altura máxima 3,65 m, piso de pavimento afinado, impermeabilizado, endurecido y sellado con pendiente 0,5% en dirección a canaletas recolectora de derrames conectada a estanque de acumulación, muros de hormigón armado, revestimiento exterior con panel metálico PIT 900 de Cintac, puerta RF 60, techumbre metálica y cubiertas metálicas panel e-kover pol, extintor PQS de 10 Kg, señaléticas que indiquen, “bodega de residuos peligrosos tóxicos”, “acceso restringido”, “uso de EEPP”, entre otros.

Para el transporte se contratará el servicio de una empresa transportista autorizada por la autoridad sanitaria para esta función, que luego dispondrá los residuos en lugar autorizado por la Seremi de Salud RM. Además se dará cumplimiento al DS 148/03 MINSAL, en declaración SIDREP en el sistema RETC.

Dada las cantidades a generar al año de residuos peligrosos (inflamables y tóxicos), cuando la planta entre en funcionamiento (fase de operación), se deberá presentar un plan de manejo de residuos peligrosos a la Seremi de Salud RM.

La Figura 26 de la DIA muestra un layout de la bodega de residuos peligrosos tóxicos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

El Proyecto no considera fase de cierre, dado que su duración es de carácter  indefinida.

 

     

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

La fecha estimada para el inicio del proyecto es julio de 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El acto que da inicio a la fase es la instalación de faenas.

 

Fecha estimada de término.

La fase de construcción se desarrollará en 1 etapa, con una duración total de 8 meses, por lo que el término de la fase se estima para febrero de 2017

Parte, obra o acción que establece el término.

El hito que da término a la fase de construcción corresponderá a la finalización de construcción de obras complementarias.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

El inicio de la fase de operación será durante el mes de Abril de 2017, la cual tendrá duración indefinida.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da inicio a la fase será el inicio del periodo de marcha de blanca de duración de 1 mes aproximadamente, necesaria para el ajuste de los sistemas propios de producción, captación de vapores, funcionamiento del área de logística, entre otros.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término.

No contempla.

4.4.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de abandono o cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:  

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

 

Emisiones atmosféricas: En el Anexo N°2 de la Adenda Complementaria se presenta el Informe de “Estimación Emisiones Atmosféricas” en donde se resumen las emisiones estimadas para la fase de construcción y operación del proyecto.

El área de influencia queda determinada por el área de emplazamiento del proyecto y las rutas asociadas al transporte.

Cabe señalar que el proyecto no deberá compensar sus emisiones, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 98 del D.S. 66/2009 que revisa, reformula y actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Parte, obra o acción que lo genera.

Fase de construcción: relativas a la resuspensión de polvo natural de los caminos, como consecuencia del traslado de materiales, actividades de escarpe, excavaciones, circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.

Fase de operación: emisiones atmosféricas asociadas son las emisiones de material particulado de resuspensión MP10 y gases de combustión, el funcionamiento de las calderas y de los grupos electrógenos, además de lo generado por el proceso de fabricación de pinturas y adhesivos.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido en los receptores sensibles cercanos al proyecto.

 

Ruido: En el Anexo N° 13 de DIA “Evaluación de Impacto Acústico”, se presenta el estudio acústico para la fase de construcción y operación del proyecto, se estimaron los niveles de ruido generados por distintas actividades de construcción, entre ellas limpieza de terreno, movimiento de tierra y obra gruesa. Dicha evaluación sólo se realizó para el periodo diurno ya que las obras se desarrollarán durante este periodo y considera en la evaluación la incorporación de un cierre perimetral de OSB de 2,4 metros de alto, el cual será instalado alrededor de todo el perímetro de la construcción. Para la fase de operación del proyecto se consideran como fuentes predominantes de ruido el área de producción de la fábrica de pinturas, la llegada de materias primas y el despacho de producto final. La operación de la planta se realiza en dos turnos: de 07:00 a 15:00 horas y de 15:00 a 23:00 horas por lo que la evaluación consideró el horario diurno y nocturno. Se consideró además en la evaluación, como barrera acústica el perímetro del galpón de producción, que está compuesto por planchas de aluzinc en todo su contorno. Como fuentes de ruido fuera del galpón principal de producción se consideró: compresor, extractor, sala de bombas y camión.

Finalmente, se concluye que durante la fase de construcción y operación del proyecto se cumple el  D.S.N°38/11 del MMA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Fase de construcción: distintas actividades de construcción, entre ellas limpieza de terreno, movimiento de tierra y obra gruesa.

Fase de Operación: Para la fase de operación del proyecto se consideran como fuentes predominantes de ruido el área de producción de la fábrica de pinturas, la llegada de materias primas y el despacho de producto final.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Suelo: Mayor generación de residuos.

El terreno donde se emplazará el proyecto, corresponde a un loteo previamente intervenido por acciones antrópicas asociadas a obras de urbanización, localizado en una Zona industrial Exclusiva  C.4, Subzona C.4.1, que permite la instalación de actividades industriales de carácter inofensivo y molesto.

En ninguna de las fases del Proyecto se contaminarán los suelos con residuos y/o sustancias peligrosas provenientes de las actividades a desarrollar. Los residuos y sustancias peligrosas se almacenarán en bodegas especialmente acondicionadas para ese fin y que consideran sistemas de control de derrames.

Parte, obra o acción que lo genera.

Fase de construcción: generación de residuos en las actividades de excavaciones y construcción de obra gruesa.

Fase de operación: generación de residuos por la planta industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aguas: Derrame de efluentes líquidos.

En el área del proyecto no existen cauces de agua y/o quebradas que pudieran verse afectados por las actividades a realizar.

El titular no realizará extracciones de aguas subterráneas y evitará alumbramientos de aguas subterráneas en todas las fases y etapas del Proyecto, con el fin de no ocasionar impactos negativos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

El proyecto considera sistemas de control de derrames en todos los sitios en donde se almacenan sustancias y residuos peligrosos, por lo que no se producirá contaminación de aguas subterráneas.

 

Parte, obra o acción que lo genera.

En la fase de construcción, control de derrames, manejo de residuos y conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado.

En la fase de operación, producción de pinturas.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5 y 6.1 del ICE.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

El Proyecto se ubicará en una zona industrial exclusiva, con un terreno de 2,5 hectáreas.

En el Anexo 2 “Informe Flora Vegetación y Hongos” de la Adenda, luego de realizar dos campañas de terreno, una de otoño y otra de primavera, se concluye que el área del proyecto se encuentra inserta en un bosque de Acacia caven, especie que presenta una cobertura superior al 20%.

Durante la campaña de otoño solo se registró una especie arbórea y 4 anuales, de estas dos últimas dos son gramíneas, Erodium sp. y Helenium aromaticum, las que presentan una cobertura del 90%.

Durante la campaña de primavera fue posible encontrar 15 especies vegetales, de las cuales, una corresponde a un especie arbórea, 10 especies son hierbas anuales y 4 son hierbas perennes. El 85,7 % de ellas son de origen introducido, solo 2 son de origen nativo. Ninguna de las especies registradas presenta algún problema de conservación.

En relación a los hongos durante las campañas realizadas solo fue posible registrar la presencia de Agaricus arvensis, especie no listada en el undécimo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación del MMA.

Dado que la especie Acacia cavens presenta hábito arbóreo y presenta una cobertura de copa que supera el 20%, se presenta los antecedentes asociados al PAS 148, por la corta de 1,9 hectáreas bosque.

Respecto al estudio de fauna terrestre, en el Anexo 1 “Informe Caracterización Fauna Terrestre Final” de la Adenda Complementaria, se indica que se realizaron campañas de muestreo en invierno y primavera, consolidando la información de todas las campañas realizadas se concluye la diversidad estaría compuesta por un total de 10 especies de animales, con 8 representantes del grupo de las aves, 1de la clase reptilia y un mamífero de origen introducido. La ausencia de anfibios radica en que no existen cuerpos de agua o sectores propicios para albergar este tipo de animales en el área del proyecto.

En particular, durante la campaña de invierno, se detectaron 6 especies animales, todas ellas del grupo de las aves. Para la campaña realizada en primavera, se identificaron 7 especies, en donde una es reptil y las 6 restantes corresponden a aves. En relación a la estacionalidad de los muestreos, en particular para el grupo de las aves, no se observaron grandes variaciones entre la época de invierno y de primavera. A diferencia de lo registrado para el grupo de los reptiles, los cuales solo se observaron durante la época de primavera, lo cual responde a las características térmicas de estos animales, los cuales son difíciles de registrar con temperaturas bajas.

Del total de especies registradas, solo la especie de reptil, Liolaemus leminscatus¸ se clasifica como Preocupación Menor, según D.S. 19/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. En virtud de este hallazgo, es que se solicitó PAS 146, para efectuar un rescate de los ejemplares de baja movilidad, en este caso reptiles, que se ubican dentro del área del Proyecto.

En conclusión, en el área del proyecto no existen recursos bióticos que puedan verse afectados durante la fase de construcción.

Componente ambiental afectado.

Biota.

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades realizadas en la fase de construcción, entre ellas limpieza de terreno, movimiento de tierra y obra gruesa.

 

Fase en que se presenta.

Construcción.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

 

Suelo: El Proyecto no generará un impacto adverso sobre el suelo, debido a que se emplaza en una  Zona Industrial Exclusiva, que permite el desarrollo de la Planta que se proyecta.

El terreno ha sido intervenido antrópicamente, por actividades agrícolas previas y actividades constructivas, asociadas a la ejecución de las obras de urbanización propiamente tal, por lo tanto no se generará una pérdida de suelo.

Los residuos y sustancias peligrosas se manejarán adecuadamente y no se afectarán recursos naturales.

 

Agua: El Proyecto no afectará cuerpos de aguas subterráneas, cursos de aguas, vegas y/o bofedales, o zonas de humedales, debido a que toda el agua a utilizar, tanto para la fase de construcción como de operación será suministrada por la empresa sanitaria del sector, además en el área de influencia no se ha identificado la presencia de recursos hídricos.

El titular no realizará extracciones de aguas subterráneas y evitará alumbramientos de aguas subterráneas en todas las fases y etapas del Proyecto, con el fin de no ocasionar impactos negativos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

El proyecto considera sistemas de control de derrames en todos los sitios en donde se almacenan sustancias y residuos peligrosos, por lo que no se producirá contaminación de aguas subterráneas.

El proyecto de aguas lluvias considera un saneamiento de las aguas lluvias proveniente de pavimentos y techumbres, dicho proyecto se hace cargo del 100% de las aguas lluvias drenadas al interior del predio. De este modo, garantiza que no se generaran mayores caudales de escurrimientos superficiales producto de las superficies impermeables, que los producidos de la situación sin proyecto.

De acuerdo a información del Anexo 6 “Estudio hidrogeológico y resultado de sondaje” de la Adenda, la napa subterránea se encontraría a una profundidad de 14,5 m. en este contexto, las obras de edificación consideran una profundidad máxima de 1,5 m, en tanto la construcción de zanjas  tendrán una profundidad máxima de 3,55 m (cámara de inspección de alcantarillado), por lo que no se afectará en ningún momento la napa freática de la zona del proyecto.

 

Aire: En el Anexo N°2 de la Adenda Complementaria se presenta el Informe de “Estimación Emisiones Atmosféricas” en donde se resumen las emisiones estimadas para la fase de construcción y operación del proyecto.

El área de influencia queda determinada por el área de emplazamiento del proyecto y las rutas asociadas al transporte.

Cabe señalar que el proyecto no deberá compensar sus emisiones, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 98 del D.S. 66/2009 que revisa, reformula y actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Componente ambiental afectado.

Suelo, agua, aire

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades realizadas en la fase de construcción entre ellas limpieza de terreno, movimiento de tierra y obra gruesa.

Actividades de la fase de operación, producción de pinturas y adhesivos.

Fase en que se presenta.

Construcción y operación

Referencia al ICE.

Puntos  5.1, 5.2, 5.3 y 6.2 del ICE

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El Proyecto se ejecutará al interior del predio, por lo que no se intervendrá o restringirá el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de ningún asentamiento humano.

El Proyecto se ejecutará al interior del predio y con acceso directo a ruta 68 por Avenida Rinconada, por lo que no se obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de cualquier grupo humano.

El titular aclara en la respuesta 4.4 de la Adenda entrega antecedentes que demuestran que el proyecto no afectará la calidad de vida de la población residente del Condominio Ciudad de los Valles indicando que: “Cabe mencionar que el acceso vial al proyecto se realiza desde retorno de Ruta 68 en Km 15,2, siendo totalmente independiente del acceso de Condominio Ciudad de Los Valles, el cual se encuentra en Km 12,6 de Ruta 68”.

En la respuesta 4.5 el titular señala:En general el transporte de trabajadores se realizará a través de buses interurbanos contratados, (…) los cuales se realizarán de ida y vuelta al proyecto de forma diaria, por lo que no generará una población flotante en ninguna de las fases del proyecto”.

Dado las características del proyecto no se alterará el acceso a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El área de influencia del proyecto se limita al interior del predio, por lo que no se afectarán asentamientos humanos y por ende no se dificultará o impedirá el ejercicio o manifestaciones de tradiciones, culturales o de interés comunitario.

De acuerdo a los argumentos anteriores, se concluye que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Tal como se analiza y justifica en el análisis del Artículo 7 del punto 2.8, del Capítulo 2 de la DIA y respuestas 4.4 y 4.5 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.3 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, tal como se indica en el análisis del Artículo 8 del punto 2.8, del Capítulo 2 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto  6.4 del ICE

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA”, se puede concluir que el paisaje es considerado de calidad baja, ya que más del 50% de los atributos se valoran en esta categoría y además no presenta atributos en categoría alta, por lo tanto no se generarán impactos negativos que afecten el valor paisajístico del área de influencia, por lo que el proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico, tal como se indica en el análisis del Artículo 9 del punto 2.8, del Capítulo 2 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto  6.5 del ICE

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

En el Anexo 11 de la Adenda se presenta el “Informe Patrimonio Cultural Renner Coatings Final”, en dicho informe se concluye que luego de una prospección arqueológica realizada en el área de emplazamiento del proyecto, no se registró presencia de patrimonio cultural arqueológico.

Por esta razón, el proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, tal como se indica en el análisis del Artículo 10 del punto 2.8, del Capítulo 2 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto  6.6 del ICE

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS. 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

El Proyecto contempla para la fase de operación los siguientes sitios de almacenamiento de residuos sólidos de carácter no peligroso:

1.      Sala de residuos reciclables (área N° 24)

2.      Contenedor industrial (área N° 26)

3.     Bodega residuos sólidos industriales No peligrosos (área N° 23)

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.2.2, del capítulo 3 de la DIA.

 

Pronunciamiento del órgano competente.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud en su Ord. N° 5704, de fecha 30 de octubre de 2015, indica que no se tienen observaciones respecto de los antecedentes solicitados.

Respecto de la solicitud del PAS, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio Nº3220 de fecha 05 de mayo de 2016 señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.1 del ICE.

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

El Proyecto contempla el funcionamiento de los siguientes sitios de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos:

1.      Bodega residuos sólidos peligrosos inflamables (área N° 21)

2.      Bodega residuos sólidos peligrosos tóxicos (área N° 22)

3.           Estanque de almacenamiento de residuo industrial líquido (en área N° 29).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

 

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.2.2, del capítulo 3 de la DIA.

 

Pronunciamiento del órgano competente.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud en su Ord. N° 5704, de fecha 30 de octubre de 2015, indica que: “El titular deberá incluir dentro de los residuos peligrosos, los provenientes del taller de mantención, como repuestos, mangueras, filtros, baterías, ropa contaminada, etc., y del laboratorio”.

A lo que el titular indica en la respuesta 3.1 de la Adenda: “Se acoge la observación, dichos residuos serán manejados como residuos peligrosos y se listan en las siguientes tablas corregidas de residuos peligrosos, en donde se indica el sitio de almacenamiento respectivo.

 

Bodega de residuos peligrosos inflamables (área N° 21)

Tabla 14: Bodega de residuos peligrosos inflamables

Tipo de residuo

Característica de Peligrosidad

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Borra pintura en base a solvente

Inflamable

2,5

9

Tambores y baldes vacíos contaminados con sustancias inflamables

Inflamable

1,5

2,6

Paños, elementos absorbentes, ropa y EPP contaminados con sustancias inflamables (proveniente de área de producción, laboratorio u otro) (*)

Inflamable

0,84

0,14

Sacos vacíos de polvo de zinc

Inflamable

0,06

0,08

Paños y EPP contaminados con polvo de zinc

Inflamable

0,003

0,004

Filtros contaminados con polvos inflamables (captación en área producción)

Inflamable

0,2

0,03

Total

5,103

11,854

(*): Residuos peligrosos incorporados

 

Bodega de residuos peligrosos tóxicos (área N° 22)

Tabla 15: Bodega de residuos peligrosos tóxicos

Tipo de residuo

Característica de Peligrosidad

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Sacos y papeles contaminados con sustancias tóxicas

Toxico crónico

0,285

1,14

Paños, elementos absorbentes, y EPP contaminados con sustancias toxicas

Toxico crónico

0,014

0,057

Tubos fluorescentes en desuso

Toxicidad extrínseca

0,003

0,002

Aceites usados de maquinarias

Toxico crónico

0,045

0,03

Repuestos, mangueras y filtros contaminados con aceites usados (*)

Toxico crónico

0,05

0,03

Baterías usadas (*)

Corrosivo

0,09

0,057

Total

0,487

1,316

(*): Residuos peligrosos incorporados

 

Estanque de almacenamiento de residuo industrial líquido (área N° 29)

 

Tabla 16: Estanque de almacenamiento de residuo industrial líquido

Tipo de residuo

Característica de Peligrosidad

Cantidad máxima a almacenar (Ton)

Generación (Ton/mes)

Residuo industrial líquido

Toxicidad crónica

5

20

Total

5

20

 

Nota: Se considera una densidad del RIL 1 ton/m3

 

Tabla 17: Resumen generación de residuos peligrosos

            Residuo

Generación (ton/mes)

Residuos de Bodega de residuos peligrosos inflamables

11,854

Residuos de Bodega de residuos peligrosos tóxicos

1,316

Residuo industrial líquido

20

TOTAL GENERACIÓN RESPEL

33,17

 

Dado que al año se generarán más de 12 ton, una vez en funcionamiento la planta se presentará Plan de Manejo de Residuos Peligrosos ante la Seremi de Salud RM”.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud en su Ord. N° 668, de fecha 26 de enero de 2016, señala que: “En la descripción de residuos peligrosos de la Adenda, Tabla 16 y 15, el Titular debe especificar el tipo de residuo industrial líquido al que hace referencia y tipo de sustancia tóxica de los sacos, paños y elementos de protección personal contaminados”.

El titular responde en el punto 3.1 de la Adenda Complementaria lo siguiente: “Con respecto al tipo de residuo industrial líquido al que se hace referencia, éste corresponde al generado por la limpieza de tachos y utensilios de pinturas en base acuosa al interior de la sala de lavado (área 29), los cuales se proyectan en una generación de 1 m3/día. Estos residuos serán almacenados temporalmente en un estanque superficial de polietileno de alta densidad de 5 m3 de capacidad, el cual se encontrará al interior de un pretil de contención de hormigón armado de volumen 9,62 m3, con capacidad de contención de 5,03 m3. El pretil de contención se encontrará al interior de la sala de lavado, la cual tendrá pavimento afinado e impermeabilizado con pendiente hacia canaleta de control de derrames.

Este residuo es considerado como residuo peligroso tóxico crónico por lo que su gestión se realizará de acuerdo a DS 148/2003 MINSAL, no obstante cuando se inicie la fase de operación se identificará la característica de peligrosidad definitiva la cual será determinada por análisis de laboratorio acreditado que preste el servicio de caracterización de residuos peligrosos.

En relación al tipo de sustancia toxica de los sacos, paños y elementos de protección personal contaminados, éstas corresponden a las siguientes sustancias (mencionadas en Anexo 15 de la DIA):

Tabla 16: Análisis de residuos en función de art. 88 DS 148/2003 MINSAL

Categoría

Clase y División

N° CAS

Análisis art. 88 DS 148/2003 MINSAL (para identificación de tóxico agudo)

Biocida

9

330-54-1

No incluida en art. 88

Oxido cuproso

9

1317-39-1

1317-38-0

7440-50-8

No incluida en art. 88

Amarillo cromo

6.1

1344-37-2

No incluida en art. 88

Naranja molibdeno

6.1

12656-85-8

7727-43-7

No incluida en art. 88

Cromato de zinc

9

37300-23-5

No incluida en art. 88

 

De las sustancias mencionadas, ninguna de ellas corresponde a residuos peligrosos tóxicos agudos ya que no se encuentran listadas en art. 88 del DS 148/2003 MINSAL, siendo consideradas como residuos peligrosos tóxicos crónicos.

La identificación y cuantificación de los residuos peligrosos que se generan y almacenan en la fase de operación se presentan en respuesta 3.1 de la Adenda”.

Respecto de la solicitud del PAS, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio Nº3220 de fecha 05 de mayo de 2016 señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.2 del ICE

 

6.1.3.  Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

El proyecto contempla el rescate y relocalización de Liolaemus lemniscatus encontrada en el área del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en Anexo 3 “Permiso Ambiental Sectorial 146” de la Adenda.

 

Pronunciamiento del órgano competente.

El Servicio Agrícola y Ganadero, mediante Oficio Nº996/2016 de fecha 29 de abril de 2016 se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.3 del ICE.

 

 

6.1.4. Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

El proyecto contempla un área de corta de 1,94 ha. de Acacia cavens durante la fase de construcción del proyecto, de modo de despejar el terreno para la construcción de la Planta industrial.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.2.2, del Capítulo 3 de la DIA y Anexo 11 “Plan de manejo Forestal” también de la DIA.

 

Pronunciamiento del órgano competente.

La Corporación Nacional Forestal, mediante Ordinario Nº 70-EA/2015, de fecha 02 de noviembre de 2015 se pronuncia conforme señalando que el titular, con los antecedentes presentados, acredita el PAS 148.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.4 del ICE.

 

 

6.1.5 Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje, del artículo 161 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

La calificación industrial aplica a toda la instalación del proyecto en evaluación.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes se encuentran en el punto 3.2.2, del Capítulo 3 de la DIA.

 

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°3220 de fecha 05 de mayo de 2016,  califica  la actividad como Molesta, considerando los antecedentes aportados en la DIA y en la, sobre cantidad y tipo de sustancias peligrosas almacenadas en la planta, incluida los combustibles y los residuos. También se consideró, el número de vehículos de carga que entran y salen por día, los estudios de análisis de consecuencias presentados que indicaron que el proyecto es de riesgo de categoría II.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.5 del ICE.

  

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Norma

D.S. 144/61 del MINSAL.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

Fase de construcción: Se delimitará la obra con planchas OSB y sobre estas malla raschel, con el fin de detener el traslado de partículas sedimentables hacia otras áreas, para éstas últimas además se controlarán humectando regularmente el suelo y los camiones que transporten material, llevarán en todo momento una lona o de material similar sobre la tolva.

Fase de operación: A las calderas y grupos electrógenos se les realizará inspecciones y mantenciones periódicas por profesionales debidamente autorizados, asimismo y de igual manera los vehículos usados para el transporte de insumos y productos terminados contarán con revisiones técnicas al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro fotográfico de humectación.
  • Registro de actividades en libro de obra.
  • Registro fotográfico uso de mallas protectoras en zonas de movimiento de tierras.
  • Registro de estado de revisión técnica al día
  • Certificado de revisión de calderas

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 19

 

2. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Norma

D.S. Nº 75/87 del MINTRATEL.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

A modo de aminorar cualquier impacto hacia la comunidad, los camiones que transporten carga, estarán acondicionados de forma tal que no ocurra ningún escurrimiento o caída del material que transportan. Asimismo, se encontrarán cubiertos por una lona o plástico de dimensiones adecuadas y llevarán su revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento.

  • Registro de actividades en libro de obra.
  • Registró fotográfico de camiones con lona en la tolva.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 19

 

3. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Norma

D.S. N° 66/09. Plan de prevención y descontaminación atmosférica para la Región Metropolitana.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

Dada las actividades que se realizarán, el proyecto no supera los límites establecidos para los contaminantes MP10, NOx y SOx. Sin embargo, se humectarán el suelo en algunos sectores (áreas donde se realice extracción, áreas donde se realice transferencia de material, carguío y volteo de camiones, caminos interiores no pavimentados), además, toda carga que se transporte en un camión que no se encuentre cerrado, será tapada con lona o material de plástico de modo de evitar la caída de objetos y liberación de material particulado.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Fase de construcción

·        Registro fotográfico de humectación.

·        Registro de estado de revisión técnica al día

Fase de Operación

·        Registro de estado de revisión técnica al día

·       Informe de medición de MP10 y gases realizado por laboratorio acreditado para las fuentes fijas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 19, respuesta 1.14 de la Adenda.

 

4. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES ACÚSTICAS

Norma

D.S. 38/11 del MMA. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Los valores estimados permiten determinar que las emisiones generadas cumplen con la normativa. Para ello se debe cumplir con lo siguiente:

Durante la fase de construcción se instalará un cierre perimetral de madera OSB de 2,4 metros de alto ubicado alrededor del perímetro de construcción.

El material del galpón de producción, considera planchas de aluzinc en todo su contorno.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro fotográfico de las medidas de control que se adoptarán para la fase de construcción y operación del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 20

 

5. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS

Norma

Resolución N° 5081/93 del SESMA

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

Se realizarán declaraciones de residuos industriales no peligrosos, cuyo transporte y disposición final se efectuará con empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración realizadas

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 21

 

6. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS

Norma

D.S. 594/99 del MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Art. 26

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Forma de cumplimiento.

Se solicita el permiso ambiental sectorial para almacenar residuos industriales no peligrosos dentro del predio industrial, entregando los antecedentes necesarios para su evaluación, por lo que una vez que se obtengan dicho permiso en la Resolución de Calificación ambiental, se ingresarán los antecedentes sectorialmente a la Seremi de Salud RM para obtener la resolución de autorización sanitaria.

Asimismo se solicita la autorización para realizar el transporte y disposición final fuera del predio industrial con empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución de autorización sanitaria para el almacenamiento temporal de residuos industriales sólidos no peligrosos y autorización sanitaria para realizar la disposición final fuera del predio.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 21

 

7. COMPONENTE/MATERIA: AGUA POTABLE Y AGUA DE RIEGO

Norma

Decreto Supremo 594/99 MINSAL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

El suministro de agua potable y servicio de alcantarillado con la que se abastece a la planta (tanto para trabajadores externos, internos y requerida por la propia planta para su funcionamiento) será suministrada por la empresa Izarra de Lo Aguirre S.A., la cual se encuentra debidamente autorizada por Autoridad Sanitaria, para prestar el servicio de agua potable, es por esto que se dará cumplimiento en todo momento con la cantidad y calidad establecida en DS 735/69 y sus modificaciones, D.S. Nº 131/06 y D.S. N° 76/09, NCh 409 y el D.S. 594/99, del MINSAL.

En relación a la fase de construcción, la empresa proveerá baños químicos a los trabajadores, los cuales serán gestionados por una empresa externa que cuente con todas las autorizaciones sanitarias vigentes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Factura de suministro de agua potable y servicio de alcantarillado emitido por empresa Izarra de Lo Aguirre S.A.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 22

 

8. COMPONENTE/MATERIA: AGUA POTABLE Y AGUA DE RIEGO

Norma

NCh 1333 Of 87

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción

Forma de cumplimiento.

En caso de realizarse humectación de áreas de trabajos y caminos no pavimentados, ésta actividad se realizará con agua potable la cual cumplirá a cabalidad los requisitos establecidos en la normativa vigente para agua de riego.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Emisión mensual de facturas
  • Revisión semanal de los registros de humectación realizados.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 22

 

9. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS PELIGROSOS

Norma

D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Reglamento Sobre el Manejo Sanitario de los Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción

Forma de cumplimiento.

Los residuos peligrosos se identificarán y etiquetarán de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 Of.2003, desde su almacenamiento hasta su eliminación. Los residuos industriales peligrosos, serán almacenados transitoriamente y manejados de acuerdo a los procedimientos señalados en el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, para ser eliminados en instalaciones debidamente autorizadas. Para su almacenamiento temporal se contará con sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos debidamente autorizados, por lo que en la DIA se presentan los antecedentes para su evaluación, que una vez que se obtengan los permisos en la Resolución de Calificación ambiental, se ingresarán los antecedentes sectorialmente a la Seremi de Salud RM para obtener la resolución de autorización sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resoluciones de autorización sanitaria para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Registro de declaraciones SIDREP.

Listas de chequeo para determinar el cumplimiento de normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 23

 

10. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS PELIGROSOS

Norma

D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Reglamento Sobre el Manejo Sanitario de los Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción

Forma de cumplimiento.

Los residuos peligrosos se identificarán y etiquetarán de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 Of.2003, desde su almacenamiento hasta su eliminación. Los residuos industriales peligrosos, serán almacenados transitoriamente y manejados de acuerdo a los procedimientos señalados en el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, para ser eliminados en instalaciones debidamente autorizadas. Para su almacenamiento temporal se contará con sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos debidamente autorizados, por lo que en la DIA se presentan los antecedentes para su evaluación, que una vez que se obtengan los permisos en la Resolución de Calificación ambiental, se ingresarán los antecedentes sectorialmente a la Seremi de Salud RM para obtener la resolución de autorización sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resoluciones de autorización sanitaria para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Registro de declaraciones SIDREP.

Listas de chequeo para determinar el cumplimiento de normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 23

 

11. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS

Norma

D.S. Nº 78/2010. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

Las sustancias peligrosas serán identificadas, clasificadas y almacenadas en Bodega de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Las cuales darán cumplimento en todas sus partes a lo establecido en el presente decreto.

Todas las sustancias peligrosas que ingresen deberán contar con su respectivo etiquetado de acuerdo a Título XIII del DS 78, acompañadas de las respectivas hojas de datos de seguridad que deben presentar los contenidos establecidos en NCh 2245 Of 2003.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Resolución de autorización sanitaria de las bodegas de sustancias peligrosas
  • Registro fotográfico de los almacenamientos de sustancias peligrosas al interior de la planta.
  • Elaborar listas de chequeo para determinar el cumplimiento de normativa.
  • Elaboración de formulario de identificación aplicable a todos los insumos que ingresan a la planta, para determinar si corresponden a una sustancia peligrosa y su respectivo lugar de almacenamiento al interior de ésta.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 24

 

12. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS

Norma

Decreto Supremo N° 298/94 MINTRATEL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

Todos los que vehículos que transporten sustancias peligrosas, tendrán una antigüedad máxima de 10 años, que además portarán rótulos según NCh 2190 Of 2003 por todos sus costados, junto con llevar un sistema de radiocomunicaciones o celular de alcance nacional y luz de seguridad. Asimismo, llevarán letrero en su exterior con la indicación del nombre común de la carga peligrosa, nombre y teléfono del destinatario de la carga, nombre del expedidor de la carga y nombre y teléfono del transportista

Por su parte, las sustancias peligrosas se transportarán con etiquetado de acuerdo a la clasificación de peligrosidad., así como también debidamente envasadas (no se transportarán sustancias peligrosas con envases o embalajes en malas condiciones), y debidamente estibadas y sujetas para evitar su desplazamiento, junto con llevar las respectivas hojas de datos de seguridad, guías de despacho y los elementos de protección personal que son utilizados en el evento de alguna contingencia.

En ningún caso se transportarán sustancias peligrosas junto con animales, alimentos o medicamentos y con sustancias incompatibles. Para el caso de transporte de sustancias peligrosas con insumos o productos terminados sin peligrosidad, en todo momento del transporte estarán estibados de forma separada.

Se prohibirá fumar durante el transporte y carga/descarga de sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Lista de chequeo de los vehículos que ingresan y salen con sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 24

 

13. COMPONENTE/MATERIA: SOLVENTES ORGÁNICOS

Norma

Decreto Supremo N° 144/85 MINSAL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de operación

Forma de cumplimiento.

Los solventes orgánicos que lleguen a utilizarse estarán contenidos en envases debidamente cerrados con las señaléticas que indiquen "úsese en ambientes ventilados" "la inhalación frecuente y prolongada de este producto genera daños irreparables a la salud". Además se dará cumplimiento a todo lo establecido en el presente decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

  Lista de chequeo con inspección de todos los envases de solventes orgánicos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 25

 

14. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD

Norma

D.S. Nº 158/80 del MOP.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

El proyecto contemplará el transporte de insumos, productos terminados y residuos por medio de camiones de propiedad de terceros. No obstante se utilizará para dichos transportes vehículos que no superen los límites de peso máximo establecidos en la presente normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro fotográfico
  • Registro de características técnicas de los vehículos

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 26

 

15. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD

Norma

Resolución N° 1/95 MINTRATEL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

El transporte de materiales e insumos y productos terminados será realizado en camiones que no exceden las dimensiones máximas establecidas por la presente resolución.

Indicador que acredita su cumplimiento

·      Registro fotográfico

·      Registro de características técnicas de los vehículos

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 26

 

16. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD

Norma

Decreto Nº 18/2001 del MINTRATEL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción y operación

Forma de cumplimiento.

Los vehículos que se utilicen para el transporte, circularán principalmente por las vías que se excluyen en el presente decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de rutas utilizadas

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 26

 

17. COMPONENTE/MATERIA: ARQUEOLOGÍA

Norma

Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción

Forma de cumplimiento.

Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Hallazgos arqueológicos reconocidos e informados al CMN y Carabineros.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 8, Punto 8.1, Tabla 27

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Emisiones atmosféricas

Impacto asociado

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado u otras emanaciones o contaminantes atmosféricos.

Fase del proyecto a la que aplica.

Fase de construcción y operación del proyecto

Objetivo, descripción y justificación.

Cumplimiento al D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES, referido al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana.

Lugar, forma y oportunidad de implementación.

Lugar: Área del proyecto.

 

Forma: En el Anexo N°2 de la Adenda Complementaria se presenta el “Informe de Estimación Emisiones Atmosféricas”, en él se concluye que el proyecto no supera los límites establecidos para los contaminantes MP10, NOx y SOx.

No obstante, en la respuesta 1.14 de la Adenda el titular señala: “Cabe mencionar que según Informe de emisiones atmosféricas, el proyecto no requiere compensar sus emisiones atmosféricas según lo establecido en el Articulo 98 D.S. 66/2009, esto considerando que no se utilizará humectación para el control de material particulado en la fase de construcción, de modo que lo estimado se calculó en la peor condición. En base a lo mencionado, no se requiere humectar caminos o área de trabajos. No obstante, voluntariamente se humectará el suelo en los siguientes sectores:

·        Áreas donde se realice excavación

·        Áreas donde se realice Transferencia de material, carguío y volteo de camiones

·        Caminos interiores no pavimentados

Dado lo mencionado se define el siguiente programa de humectación:

Tabla 6: Programa de humectación

Origen de aguas

A través de conexión a red pública de agua potable suministrada por empresa sanitaria Izarra de Lo Aguirre S.A

Frecuencia de humectación

3 días a la semana

Hora de humectación

Entre 12 y 14 hrs

Cantidad de agua a utilizar

50 litros/ dia

Sectores a humectar

·        Áreas donde se realice excavación

·        Áreas donde se realice Transferencia de material, carguío y volteo de camiones

·        Caminos interiores no pavimentados

Se llevará un registro de la actividad el que deberá estar disponible para efectos de fiscalización”.

Además en la letra g) del punto 1.5.6 de la DIA, se indica que: “Toda carga que se transporte en un camión que no se encuentre cerrado, será tapada con lona o material de plástico de modo de evitar la caída de objetos y liberación de material particulado”.

La Secretaría regional Ministerial de Salud  mediante su oficio N° 3220 de fecha 05 de mayo de 2016, señala que:

El titular del proyecto debe implementar, en cada una de las etapas del proyecto, las medidas de mitigación señaladas en la D.I.A. en la Adendas N° 1 y complementaria, y todas aquellas medidas adicionales que fuesen necesarias de implementar, para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, específicamente, lo señalado en el D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES.

 

En relación a lo indicado en el punto anterior el Titular debe implementar entre otros:

·        El sistema de cuatro líneas de extracción forzada en las áreas de producción (primer y segundo nivel) incluida plataforma de medición.

·        El sistema de extracción forzada y filtros en sala de pesaje, mezclas y molienda.

·        Implementación de sistemas de captación y filtros de carbón activado para captación de COVs”.

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera un periodo de 8 meses y durante la operación de la planta que contempla una duración indefinida.

 

Indicador que acredite su cumplimiento.

Fase de construcción

·        Registro fotográfico de humectación.

·        Registro de actividades en libro de obra.

·        Registro fotográfico uso de mallas protectoras en zonas de movimiento de tierras y sobre tolvas de camiones que trasladen materiales o residuos.

·        Registro de estado de revisión técnica

Fase de Operación

·        Registro de estado de revisión técnica

·        Informe de medición de MP10 y gases realizado por laboratorio acreditado para las fuentes fijas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.2.1.

 

8.2. Ruido

Impacto asociado.

Ruido durante la fase de construcción.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación.

Cumplimiento del D.S. 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

 

Forma: En el Anexo 13 de la DIA se presenta la “Evaluación de Impacto Acústico”, ante lo cual la Secretaría Regional Ministerial de Salud  mediante su oficio N° 5704 de fecha 30 de octubre de 2015, señala que no tiene observaciones en materia de acústica ambiental, sin embargo, establece las siguientes exigencias, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular:

Fase de construcción:

  • El horario de trabajo durante la fase constructiva será de lunes a viernes de  08:00 a 18:00  horas y  los sábados  de  08:00  a  13:00  horas. Lo que se traduce a que sólo se podrán efectuar dentro del horario diurno de la normativa, es decir, entre 07:00 y 21:00 horas.
  • Se deberá implementar un cierre perimetral de material OSB de 2,4 metros de alto, ubicado alrededor de todo el perímetro de la construcción del proyecto.
  • El galpón de producción, que albergará maquinaria deberá considerar un material constructivo en base a planchas de aluzinc”.

Fase de construcción y operación

·       Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica””.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera un periodo de 8 meses y durante la operación de la planta que contempla una duración indefinida.

Indicador que acredite su cumplimiento.

  • Registro fotográfico de las medidas de control que se adoptarán para la fase de construcción y operación del proyecto (cierre perimetral durante la fase de construcción) y materialidad de galpón de producción.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.2.

 

8.3. Residuos sólidos

Impacto asociado

Generación de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos y residuos domiciliarios.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación.

De acuerdo al Ord. N° 3220 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de fecha 05 de mayo de 2016, se debe cumplir con algunas exigencias.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

Forma:

·        Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, deberá solicitar la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional.

·        Para la eliminación de los residuos peligrosos, el titular debe disponer cada uno de estos materiales a lugares autorizados.

·        Para la rotulación de los residuos y los lugares de almacenamiento, se dará cumplimiento a lo establecido en la NCh 2190 of. 2003 “Sustancias peligrosas, marcas para información de riesgos”, siendo miscelánea de clasificación la Clase 9.

·        En el transporte y en la disposición final de los residuos peligrosos, tanto el transportista como la empresa donde se dispongan deben contar con resolución sanitaria vigente.

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera un periodo de 8 meses y durante la operación de la planta que contempla una duración indefinida.

Indicador que acredite su cumplimiento.

  • Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.3.

 

8.4. Aguas

Impacto asociado

Recurso hídrico

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Uso, afloramiento o contaminación del recurso hídrico

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

Forma:

De acuerdo al Ord. N° 545 de fecha 28 de abril de 2016, de la Dirección General de Aguas, se debe cumplir: 

·        Las aguas a utilizar en las Fases de Construcción (uso doméstico, humectación, etc.) y Operación del proyecto (uso doméstico, industrial, riego, red de incendio, etc.), se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa sanitaria Izarra de Lo Aguirre S.A., según lo declarado por el titular en el punto 1.6.6 de la DIA y respuesta a la Observación 1.8 del Adenda.

·        Se realizará humectación en las zonas de excavación, transferencia de material, carguío y volteo de camiones y en caminos interior no pavimentado cuyas aguas provendrán desde la conexión a la red pública de agua potable, según lo declarado en respuesta a la Observación 1.14 del Adenda.

·        No se realizará lavado de ruedas, de acuerdo a lo declarado en el punto 1.5.9 de la DIA.

·        En caso de ser necesario el lavado del estanque de pintura en base acuosa, este proceso se realizará en sala de lavado para su posterior acumulación en estanque de polietileno de alta densidad de 5 m3 de capacidad, cuyo residuo será retirado una vez a la semana y gestionado como un residuo peligroso, según lo declarado en el punto 1.6.1 de la DIA y respuesta a la Observación 2.15 del Adenda.

·        En caso de ser necesario el lavado del estanque de pintura a base de solventes y adhesivos, se adiciona al estanque un solvente para que disuelva los pigmentos y resinas, posteriormente dicha mezcla se deriva (en el área de producción) a un destilador para que este recupere el solvente y genere una borra, la cual será utilizada como un producto terminado de menor calidad (ej: pintura anticorrosiva) o será gestionada como residuo peligroso, almacenándose temporalmente en bodega de residuos peligrosos inflamables, según lo declarado en el punto 1.6.1 de la DIA y respuesta a la Observación 1.26 del Adenda.

·        El Titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en respuesta a la observación 1.18 del Adenda.

·        En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

a)      Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b)     Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c)      Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d)     En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

·        Es posible la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a)      Detener las actividades en el frente de trabajo.

b)     Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c)      En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d)     Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e)      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

·        Debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Norte (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

·        Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

·        Si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera un periodo de 8 meses y durante la operación de la planta que contempla una duración indefinida.

Indicador que acredite su cumplimiento.

  • Registros de aviso a la Dirección General de Aguas en caso de la eventualidad de contacto con napas o de alumbramiento de aguas.
  • Registros de disposición final de residuos.
  • Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa sanitaria Aguas Andinas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.4.

 

8.5. Vialidad

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación.

Uso de vialidad adyacente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación.

Lugar: Calles y caminos de tránsito de vehículos de transporte de carga.

Forma:

De acuerdo al Ord. N° 003216 de fecha 05 de mayo de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, se debe cumplir lo siguiente:

 

  • “El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.
  • Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
  • Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
  • En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en el Capítulo N° 5 “Señalización transitoria y Medidas de Seguridad para trabajos en la vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”. 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera un periodo de 8 meses y durante la operación de la planta que contempla una duración indefinida.

Indicador que acredite su cumplimiento.

Se mantendrá en faena un registro en obra, de carácter permanente sobre ingreso y egreso de camiones, indicando la actividad y las frecuencias de camiones.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.5.

 

8.6. Otras consideraciones

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación, según corresponda.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Consideraciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Adenda, respuesta 6.1:

 

  • El estanque de almacenamiento de gas licuado, de 4 m3 de capacidad, debe contar con su correspondiente Certificado de Fabricación o de Inspección, dependiendo si éste es nuevo o usado, según el Protocolo de Análisis y/o Ensayos de Productos de Gas PC SEC N° 59 “Estanques de Almacenamiento para Gases Licuados de Petróleo” o NCh2427.Of2004 MOD.2005 “Gases licuados de petróleo - Tanques estacionarios de presión para el almacenamiento de GLP - Inspección periódica, reparación y modificación”, respectivamente, certificado que debe ser emitido, por un Organismo de Certificación y/o Inspección, autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y cuya instalación debe cumplir con el señalado D.S. N° 108, de 2014, del Ministerio de Energía, que aprueba el “Reglamento de Seguridad para las instalaciones de almacenamiento transporte y distribución de gas licuado de petróleo y operaciones asociadas. 

Adenda, respuesta 6.2:

 

  • El calentador de agua, calefón o caldera, según corresponda, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitido por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”. 

Adenda, respuesta 6.3:

 

  • Las instalaciones interiores de gas que se proyecten, provisorias o permanentes, deberán dar cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N° 66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N° 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”. Tales instalaciones, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores de gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia”, y el Trámite de Combustibles TC6 “Declaración de Instalaciones Interiores de Gas”. 

Adenda, respuesta 6.4:

 

  • El tanque de acero de almacenamiento de petróleo diésel, de 1.325 litros de capacidad deberá contar con su correspondiente Certificado de Fabricación o de Inspección, dependiendo si éste es nuevo o usado, según el Protocolo de Análisis y/o Ensayos de Productos de Combustibles Líquidos PC SEC N° 103, “Estanques de Acero para Almacenamiento de Combustibles Líquidos. Parte 1: Ensamblados en fábrica, de capacidad hasta 90 m3” o PC SEC N°111, “Inspección y/o reparación de tanques de acero para almacenamiento de combustibles líquidos en servicio”, respectivamente, emitido por un Organismo de Certificación y/o Inspección, según corresponda, autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para tal efecto. Además, la instalación de petróleo, deberá contar con la declaración ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, efectuada por el titular del proyecto, mediante personas naturales o jurídicas con los conocimientos y competencias necesarios para ello, de acuerdo a los procedimientos de Notificación de Obras (Oficio Circular SEC N° 2083 de 1998) y al establecido en la citada precedentemente Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006 y el Trámite de Combustibles TC4 “Declaración de Instalaciones de Combustibles Líquidos”. 

Adenda, respuesta 6.5:

 

  • El abastecimiento de combustibles líquidos, deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el D.S. N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos” y su modificación según el D.S. N° 101/2013, del Ministerio de Energía. 

Adenda, respuesta 6.6:

 

  • Los grupos electrógenos de 20 kW y 500 KVA, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitido por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el citado precedentemente Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 

Adenda, respuesta 6.7:

 

  • Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deben ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la mencionada Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006 y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

Referencia al ICE.

Capítulo X, punto 10.2.7.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto no estableció  compromisos ambientales voluntarios.

                               

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

10.1.1. Plan de Contingencias y Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación.

Acciones o medidas a implementar.

En el Anexo 5 de la Adenda se presenta el “Plan de emergencia y contingencia” del proyecto.

Además, en respuesta a la pregunta 1.11 de la Adenda, el Titular señala que “Las medidas y acciones que se tomarán en caso de afloramiento de aguas subterráneas en la fase de construcción son las siguientes:

En caso de Afloramiento de aguas subterráneas por obras de construcción, se deberá dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h. A continuación y como medida de manejo preliminar, no se deberá almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a) Detener las actividades en el frente de trabajo.

b) Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c) En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d) Verificación de la calidad del agua, previo a su infiltración.

e) Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas”.

Además, de acuerdo a lo indicado en la respuesta 1.29 de la Adenda, se señala que: “En caso de presentarse alguna contingencia, tal como incendio, se comunicará vía telefónica a la junta de vecinos de Condominio Ciudad de los Valles, con el fin de alertar y preparar a la población en las acciones a tomar”.

Por último en la respuesta 1.30 de la Adenda el titular señala que se incluye dentro del Plan de contingencias, el aviso inmediato a la Dirección General de Aeronáutica Civil del aeropuerto Arturo Merino Benítez, en caso de incendio o emergencias químicas, esto para evaluar las condiciones de la pluma generada y sus posibles efectos en terminal de pasajeros y en las operaciones aéreas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1 del ICE; Plan de emergencia y contingencia” en el Anexo 5 de la Adenda, respuesta 1.11, 1.29 y 1.30 de la Adenda.

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto "Planta Industrial Renner Coatings Chile" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto " Planta Industrial Renner Coatings Chile” de Renner Coatings Chile SpA.

 

2°. Certificar que el proyecto " Planta Industrial Renner Coatings Chile " cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto " Planta Industrial Renner Coatings Chile ", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 146, 148 y pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto " Planta Industrial Renner Coatings Chile ", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/ACP

Distribución:
  • Francisco Busch Estades
  • SERNAGEOMIN, Zona Central
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Dirección General de Aeronautica Civil
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Planta Industrial Renner Coatings Chile"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=01/6f/56782bca2c378fe76486f081f1bfdc60c86f


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